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CONSUMO

Las asociaciones profesionales consideran que los consumidores siguen necesitando mayor información y protección

Proteger al consumidor desde el compromiso deontológico

Marián Lezaun

La Asociación Española de Consumidores (ASESCON) y Unión Profesional se han aliado para proteger al consumidor partiendo de las premisas ya contenidas en sus código deontológicos.

Pese a todos los avances y la normativa existente, la vigilancia de la protección de los consumidores sigue siendo necesaria por varias razones: los compradores suelen tener menos información, recursos y capacidad de negociación que los vendedores, y, además, existe siempre cierto desequilibrio de poder entre el ciudadano y las grandes empresas. Por eso, los derechos básicos de los consumidores en España están ya reconocidos en el artículo 51 de la Constitución Española y están desarrollados en el Real Decreto 1/2007 que aprueba el texto refundido de la  la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Consumo justo y responsable

Pero una cosa es que exista la normativa y otra que, en muchas ocasiones, los consumidores no sepan dónde acudir a reclamar o qué hacer cuando no están conformes con un intercambio comercial o han sido víctimas de un fraude. Según la legislación vigente, los derechos de los consumidores que requieren mayor protección son la salud y la seguridad frente a productos peligrosos, los intereses económicos contra cláusulas abusivas y el derecho a una información veraz. Por eso, la Asociación Española de Consumidores (ASESCON) trabaja con diferentes entidades para garantizar el cumplimiento de todos esos derechos en cualquier ámbito y, sobre todo, para promover un consumo justo, responsable y libre de fraudes. Así, el pasado mes de junio, la ASESCON y Unión Profesional, la asociación estatal que agrupa a los consejos generales y superiores de los colegios profesionales, firmaron un acuerdo para promover la protección y mejora de los derechos de las personas consumidoras, situando la colegiación y la deontología en el centro de las garantías ciudadanas. Es decir, las dos entidades consideran el código deontológico como el punto de partida de cualquier relación comercial o contractual. Un código que debe reunir las normas, los deberes y los valores éticos que deben cumplir las personas que ejercen una profesión concreta y que siempre deben redundar en el beneficio de toda la sociedad.

Promoción de buenas prácticas

De esta manera, el acuerdo firmado promueve, en primer lugar, la difusión de información sobre los principios y las normas recogidas en los códigos deontológicos de los profesionales colegiados (juristas, sanitarios, economistas, sociólogos, docentes, científicos, arquitectos e ingenieros), así como la promoción de buenas prácticas en el ejercicio profesional. Además, la firma de este convenio se centra en una de las funciones esenciales que desempeñan los colegios profesionales: la protección de la ciudadanía como consumidores y usuarios de productos y servicios.  Y es que, a través de la colegiación, las organizaciones profesionales velan por el cumplimiento de los requisitos necesarios para que una persona desempeñe el ejercicio profesional y por el respeto a los principios éticos y deontológicos que rigen cada profesión. Por eso, los colegios se han reconocido como un mecanismo de garantía para consumidores y usuarios, “al favorecer que los servicios sean prestados por profesionales cualificados y sometidos a normas y sistemas de supervisión profesional”, como explicaba, Miguel Ángel Ruiz, presidente de ASESCON en la firma del acuerdo. Además, los colegios profesionales ofrecen cauces de información, orientación y tramitación de incidencias relacionadas con el ejercicio profesional, lo que mejora la confianza de la ciudadanía en los servicios que recibe. Una iniciativa que tendrá también un gran impacto económico, ya que un entorno seguro siempre anima a mucha más gente a comprar y contratar productos y servicios sin miedo. Tomás Cobo, presidente de Unión Profesional, reconocía también “que este convenio apuesta por la visión de ejercicio profesional, responsabilidad y acreditación de la calidad de los servicios prestados hacia los consumidores españoles por parte de los colegiados de todos los Consejos Generales y Colegios Profesionales que forman parte de Unión Profesional y por eso,  todas las actuaciones previstas en el clausulado del convenio establecen un acercamiento entre los colegios profesionales y los consumidores y usuarios”.

El artículo 51 de la Constitución recoge cuáles son los derechos del consumidor en España
ASESCON y Unión Profesional quieren situar la colegiación y la deontología en el centro de las garantías ciudadanas

PARA SABER MÁS

BOE: En el Boletín Oficial del Estado (BOE), se puede consultar el texto íntegro que recoge la protección al consumidor y las normas que le afectan.

Asescon: Desde su página web la Asociación Española de Consumo promueve la formación en materia de consumo en todos los rangos de edad de la población para proporcionar a los consumidores todas las herramientas necesarias para contratar productos y servicios.

Unión Profesional: En la web de la asociación se puede consultar toda la información relativa a los servicios profesionales y la actualidad al respecto.

Comprar vivienda de manera segura

La compra de vivienda es la principal preocupación de los consumidores españoles y, en la mayoría de casos, una de las decisiones más importantes. El proceso está siempre lleno de dudas y cuestiones que resolver. Además de la labor de asesoramiento imparcial, identificación de las partes y control de la legalidad que realizan los notarios en esta materia, que puede iniciarse desde el primer momento, incluso en la firma de las arras, el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) y la Asociación Española de Consumidores (ASESCON) han suscrito un convenio de colaboración para desarrollar actuaciones conjuntas destinadas promover la calidad, la seguridad y la sostenibilidad en la edificación. El acuerdo establece un marco de trabajo común que incluye campañas de información y sensibilización, acciones de formación y divulgación, elaboración de estudios e informes, y colaboración en iniciativas de acreditación de la calidad de las viviendas. Igualmente, desde el pasado 15 de abril, profesionales y particulares pueden solicitar la legitimación de firmas ante un notario sin necesidad de registro previo en el Portal Notarial del Ciudadano. Pensando precisamente en ellos, el Consejo General del Notariado ha firmado convenios con el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España para que sus profesionales puedan usar este servicio, que reconocerá y autentificará su pertenencia colegial de forma automática e inmediata.

Según la legislación vigente, los derechos de los consumidores que requieren mayor protección son la salud y la seguridad frente a productos peligrosos

Los derechos básicos del consumidor

Los derechos básicos del consumidor garantizan el intercambio comercial entre ciudadanos y proveedores y se clasifican por orden de importancia. En primer lugar, se incluyen los relativos a la salud y a la seguridad. Después, se contemplan los dirigidos a adquirir bienes y servicios que no representen riesgos para la vida o la integridad física.  A continuación, le siguen los relativos a la protección de intereses económicos. Es decir, los ciudadanos estamos protegidos frente a cláusulas abusivas, fraudes o prácticas deshonestas. También existe el derecho a la información: recibir datos claros, verdaderos, comprensibles y suficientes sobre el precio, características y condiciones del producto o servicio. En el proceso de compra, los consumidores deben tener información sobre la reparación e indemnización de sus adquisiciones, así como condiciones de garantía. El derecho garantiza además la reparación de los daños sufridos o una indemnización justa si el producto o servicio es defectuoso. Se garantizan también programas que faciliten un consumo racional y seguro, así como el derecho a ser escuchados a través de las asociaciones de consumidores en la elaboración de leyes que les afecten. La normativa señala también la necesidad de contar con procedimientos rápidos y sencillos para resolver conflictos o presentar reclamaciones. Los expertos recomiendan que, ante cualquier duda, se acuda siempre a una asociación de consumidores o a los colegios profesionales.

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