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CONSUMO

Los casos de violencia de género figuran entre los asuntos más habituales.

Justicia para todos

Marián Lezaun

El 12 de julio se celebra el día de la justicia gratuita, cuya ley acaba de cumplir 30 años. La asistencia jurídica gratuita, conocida como Turno de Oficio, es un servicio público que garantiza el acceso a la justicia en condiciones de igualdad a quienes carecen de recursos económicos para litigar.

La asistencia jurídica gratuita posibilita que cualquier persona, independientemente de su situación económica y personal, pueda defenderse en un proceso y que sus derechos queden garantizados. Las solicitudes van en aumento y los abogados reclaman mejoras y cambios legislativos para poder atender mejor a todos sus clientes.

 


EL AÑO PASADO SE REGISTRARON 1.155.285 SOLICITUDES DE ABOGADOS DE OFICIO, LO QUE SUPONE UN AUMENTO DEL 1,7 % RESPECTO A 2024


 

Cifras

Las peticiones del llamado Turno de Oficio no dejan de crecer en España. El año pasado se registraron 1.155.285 solicitudes, que suponen un aumento del 1,7 % respecto a 2024, según el último Informe del Observatorio de la Justicia Gratuita, elaborado por el Consejo General de la Abogacía Española. Este crecimiento se ha dado en todas las comunidades, pero Andalucía y Canarias acaparan el mayor número de expedientes, al igual que en el informe anterior. Los motivos de este aumento son varios, según datos del sector, aunque los casos de violencia doméstica son los que suponen una mayor actividad. “Los procesos más habituales actualmente son los relacionados con violencia de género, la familia, problemas de extranjería y reclamaciones de cantidad. Pero no hay ningún proceso que quede al margen de este tipo de justicia”, explica Ángel Méndez, presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y Función Social del Consejo General de la Abogacía Española. Porque de lo que se trata es de asegurar el cumplimiento del derecho de defensa en igualdad de condiciones para todos los ciudadanos que residen en España. “Así queda establecido en la reciente Ley Orgánica del Derecho de Defensa y en el artículo 119 de la Constitución española”, explica Méndez. “La justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar”, recoge el texto.

Cómo funciona

Por eso, los profesionales reclaman más recursos y cambios en la normativa que garantice sus condiciones laborales y, sobre todo, que evite las desigualdades territoriales que se producen con el aumento de la demanda. Actualmente hay más de 46.000 abogados adscritos al Turno de Oficio, que son gestionados por los ochenta y tres colegios de la Abogacía que existen en España. Cuando una persona solicita el servicio, son esos colegios quienes designan a los profesionales conforme a las listas creadas al efecto, normalmente por turno riguroso. También en los casos de procedimientos penales, cuando un letrado de oficio asiste a algún detenido asume la defensa en ese procedimiento.

 


LOS ABOGADOS QUE QUIEREN ENTRAR EN EL TURNO DE OFICIO TIENEN QUE TENER EL GRADO EN DERECHO Y EL MASTER DE ACCESO Y ACREDITAR TRES AÑOS DE EXPERIENCIA


 

Requisitos

Pero, ¿cualquier persona puede acceder a un abogado de oficio? Según la normativa, la situación económica es el primer factor a tener en cuenta. Pero no el único. El reconocimiento del derecho al beneficio está referido a la situación patrimonial, personal y familiar del ciudadano. “Se trata de un conjunto de circunstancias económicas a valorar, no exclusivamente del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que buscan determinar la insuficiencia de recursos para litigar”, explica Ángel Méndez. Para valorar la existencia de patrimonio suficiente, por ejemplo, se tienen en cuenta la titularidad de bienes inmuebles, siempre que no constituyan la vivienda habitual del solicitante, así como los rendimientos del capital mobiliario.

Quién puede solicitarlo

No existe un perfil predeterminado de demandante. Cualquier persona que cumpla con los requisitos económicos de acceso tiene derecho al beneficio de justicia gratuita. Además de esas variables económicas, también existen supuestos en los que este beneficio se extiende a personas en situaciones de especial vulnerabilidad y en otras situaciones reconocidas legalmente. Por ejemplo, el caso de las víctimas de violencia de género.  “Nos encontramos ante un modelo de justicia garantista, sólido e inclusivo que, cada vez más, se concede teniendo en cuenta la especial vulnerabilidad en la que pueden encontrarse las personas”, explican en el Consejo. Ante esta situación, el principal problema ahora es la financiación, que parece siempre correr a costa de la abogacía de oficio y de los colegios de abogados. Por eso, los abogados reclaman cambios en la normativa que ayuden a compensar las posibles deficiencias.  

Además, en los últimos meses, con la regularización masiva de migrantes, hemos podido comprobar que no es un requisito necesario estar regularmente en España para solicitar un abogado de oficio. La Ley alude a que tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita los extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar. En el orden contencioso-administrativo, así como en la vía administrativa previa, los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos para litigar tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuita en los procedimientos que puedan llevar a la denegación de su entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, y en todos los procedimientos en materia de asilo.

 


LOS ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO RECLAMAN MÁS RECURSOS PARA AFRONTAR EL AUMENTO DE LA DEMANDA


 

¿Quién será mi abogado?

Pero, la pregunta que se hacen muchos de los usuarios, a los que el desconocimiento del sistema les hace dudar de la calidad del servicio, es si tendrán un buen abogado. Lo que no saben es que cualquier abogado, sin experiencia, no puede formar parte de la abogacía de oficio. “Los profesionales, para poder prestar este servicio, para poder adscribirse al Turno de Oficio, además de los requisitos genéricos para el ejercicio de la profesión como son estar en posesión del título de Grado en Derecho y el del Master de acceso, han de acreditar tres años de ejercicio efectivo en la profesión. También, para determinados turnos como violencia de género, extranjería, laboral y otros, los colegios exigen la realización de determinados cursos de especialización”, dice Ángel Méndez.   

En el caso de las ventajas que ofrece el servicio, lo importante es conocer todo lo que el demandante puede ahorrar. El beneficio principal es la protección en caso de perder el juicio. Si el juez te condena a pagar las costas (los gastos procesales de la parte contraria), al tener reconocida la justicia gratuita no se te podrán cobrar, a menos que tu situación económica mejore notablemente en los tres años siguientes.

Más de 46.000 abogados prestan servicio en el turno de oficio a través de los 83 colegios de la Abogacía.

Casos en los que pueden cobrar los abogados

Existen algunos casos en los que los abogados de oficio pueden solicitar una retribución económica por su actuación profesional. Por ejemplo, si el beneficiario de la justicia gratuita gana el juicio y gracias a eso obtiene una compensación económica, siempre que no se haya hecho en la sentencia expreso pronunciamiento del pago de las costas (los gastos de todo el proceso). El abogado también puede reclamar su pago cuando la Comisión de Justicia Gratuita rechace la solicitud del solicitante y se haya nombrado provisionalmente a un abogado. En ese caso, el nombramiento provisional se anula, y el abogado está en su derecho de solicitar que le paguen por el trabajo realizado hasta que se haya rechazado definitivamente la solicitud.

La asistencia jurídica gratuita cumple 30 años como servicio público esencial.

Los beneficios

Los beneficios de la justicia gratuita van desde el acceso a un abogado y procurador sin coste, hasta la exención de las costas, pasando por el asesoramiento previo. Ese asesoramiento es crucial ya que incluye toda la orientación antes de que empiece formalmente el juicio, para saber, en los casos en que sea posible, si realmente te conviene o no iniciar el proceso. Tampoco hay que pagar las tasas judiciales que correspondan, ni los depósitos obligatorios que se exigen para poder interponer ciertos recursos si no estás de acuerdo con una sentencia.

Si el caso requiere que un experto (un médico, un arquitecto, un psicólogo, etc.) haga un informe técnico o declare en el juicio, el coste de este perito corre a cargo del Estado. También hay descuentos y gratuidad en notarías y registros, para obtener copias, actas notariales y testimonios de forma gratuita. Además, se aplica una reducción del 80% en los aranceles de los notarios (para escrituras públicas) y de los Registros de la Propiedad o Mercantil cuando los documentos se necesiten para el juicio.

Andalucía y Canarias concentran el mayor volumen de expedientes de justicia gratuita en España.

PARA SABER MÁS

BOE.es: se cumplen 30 años de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, cuyo texto se puede consultar en la web del Boletín Oficial del Estado.

Consejo General de la Abogacía Española: en la web del Consejo está disponible la información referente a la justicia gratuita, requisitos y servicios que se pueden solicitar.

ElDerecho.com: en este medio se ofrecen las claves y beneficios que supone contar con la posibilidad de recibir asistencia jurídica gratuita en España.

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