DELITOS ECONÓMICOS
La seguridad jurídica en el Metaverso
Seguridad Jurídica en el Metaverso fue el título de la primera sesión monográfica organizada por la Cátedra ICADE-Fundación Notariado durante el curso 2022-23. Intervinieron como ponentes Moisés Barrio y Cristina Argelich, dos juristas pioneros en la reflexión sobre este nuevo proyecto tecnológico.
La sesión fue presentada y moderada por el director de la Cátedra ICADE-Fundación Notariado, el notario Manuel González-Meneses, que anunció que se trataba de la primera de una serie de sesiones monográficas con el formato de dos ponencias seguidas de un coloquio, que a lo largo del curso se irán celebrando, además de las jornadas y congresos con un contenido más amplio. Las próximas sesiones tratarán sobre NFTs, el Reglamento MiCa y la herencia digital.
Metaversos en plural. En la primera intervención, Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado y profesor de Derecho Digital en la Universidad Carlos III de Madrid, ofreció una introducción general del concepto de metaverso desde el punto de vista técnico. Según Barrio, en la actualidad solo tenemos manifestaciones iniciales del mismo: «El metaverso no existe», ha afirmado tajante. «En 2022 tenemos metaversos en plural: juegos, películas, casinos, deportes, arte, comercio electrónico, etc. Pero de momento no existe un único metaverso y no va a existir a medio plazo como lo que es el metaverso o multiverso, una aplicación de internet que consiste en un ecosistema virtual y tridimensional». Ha explicado que ese multiverso tiene la ambición de llegar a ser una red de metaversos como hizo internet con todas las páginas web. El Metaverso con mayúsculas, asegura, aspira a crear un mundo virtual donde se complemente, mejore o iguale el mundo físico y donde cada persona estará representada por un avatar, la personificación virtual de un usuario.»
BARRIO EXPLICÓ QUE EL METAVERSO, COMO MULTIVERSO, ES TODAVÍA UNA REALIDAD MUY LEJANA, Y CRISTINA ARGELICH ABOGÓ POR UNA REGULACIÓN QUE PROPORCIONE SEGURIDAD JURÍDICA
Para acceder a ese entorno virtual inmersivo, ese metaverso global o multiverso, «se necesitará un equipamiento adecuado, un dispositivo hardware con un coste superior, por lo que la inversión económica contribuirá a que sea un servicio privilegiado, en lugar de un servicio abierto y universal como internet», aseguró.
En cuanto a los desafíos jurídicos, Barrio defendió que al igual que sucede en internet es imprescindible tener terceros de confianza para aportar seguridad jurídica, especialmente en las transacciones electrónicas. Sobre la legislación, mantiene que las aplicaciones existentes cuentan con regulación en vigor, como la Ley 34/2002, sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, que es aplicable a los servicios del metaverso; y ha señalado que, aunque parece que el Derecho se está adelantando a la propia evolución tecnológica planteando problemas jurídicos, estos no se conocerán hasta el pleno desarrollo técnico del metaverso a medio y largo plazo.
Cristina Argelich, profesora Ayudante Doctor de Derecho civil de la Universidad Autónoma de Madrid, abordó algunas de las cuestiones legales que suscita esta tecnología desde el punto de vista del Derecho civil, como la protección del consumidor ante la presencia de NFTs y criptomonedas, la responsabilidad civil –dado que los daños en el metaverso tendrán que recibir un tratamiento legal específico en esta realidad digital–, la transmisión de activos digitales tanto en donación como en herencia, y la protección de datos, ciberseguridad y privacidad.
Cree que el gran problema que plantean las plataformas actuales del metaverso es que no se ha abordado todavía un régimen de responsabilidad objetiva de las plataformas de los proveedores de intermediación en línea, ni tampoco un régimen de responsabilidad objetiva transversal a cualquier tipo de plataforma. Por esta razón, explicó que un grupo de expertos en plataformas en línea de la Comisión Europea está planteando una revisión, con objeto de incorporar esta responsabilidad objetiva en la normativa existente.
En su intervención, la profesora Argelich se ha ocupado de analizar en detalle el encaje del concepto de propiedad privada en el marco del metaverso (smart property), así como de las cuestiones relativas a la adquisición y transmisión de valores patrimoniales digitales en el entorno de las plataformas. Considera que la adquisición originaria y derivativa de la propiedad inteligente (Smart property) de los activos digitales en el metaverso será la gran cuestión jurídica a abordar en los próximos años.