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SEGISMUNDO ÁLVAREZ ROYO-VILLANOVA,

notario. Director del curso del Notariado en la Universidad del País Vasco

 

"La investigación y la colaboración ilumina facetas menos visibles para que la función notarial contribuya mejor al interés general "

Nuevas perspectivas, con la persona en el centro

La realidad es siempre compleja. Lo que desde determinado ángulo y distancia aparece como un simple cuadrado puede ser en realidad un poliedro con decenas de facetas. Por eso, para pensar sobre el presente y futuro de nuestra profesión es necesario buscar nuevas perspectivas. Para ello sirve el estudio académico profundo pero también escuchar a personas con otros puntos de vista. Eso hemos hecho durante dos días de julio en San Sebastián: hablar con juristas de otros ámbitos y notarios de otros países, pero también con sociólogos, economistas, empresarios y asociaciones de la sociedad civil. La investigación y la colaboración ilumina facetas menos visibles para que la función notarial contribuya mejor al interés general.

El envejecimiento, por ejemplo, se suele contemplar como problema social y sobre todo económico, un alargamiento de la vejez y de todo lo que –negativamente- se asocia a ella: no productividad, dependencia, soledad, costes… Pero como nos mostró la estadística, ha de verse más bien como un alargamiento de la vida y de cada una de sus etapas. Se prolonga la formación, y todas las fases se retrasan: el primer trabajo, la formación de pareja, el primer hijo, la muerte de los padres, los nietos… No es tanto una vejez más larga sino más tardía, lo que plantea alargar la fase de trabajo, -probablemente con esquemas de dedicación y remuneración distintos- y trabajar por la inclusión y autonomía de los mayores.

Esto último conecta con la nueva concepción de la discapacidad, que requiere también cambiar el enfoque. Ya no hay personas incapaces, que solo podían actuar a través de un representante designado por el juez: ahora todas tienen capacidad, aunque algunas pueden necesitar apoyos para ejercerla. De esta forma, el foco pasa de la capacidad al consentimiento y de la actuación del juez a la de quienes interactúan con la persona con discapacidad, y muy especialmente del notario. Más que un cambio radical, esto supone fijarnos en un aspecto ya conocido de la actuación del notario, que nunca ha sido un simple controlador de la capacidad, sino un conformador del consentimiento, como revelaba ya la exigencia de un asesoramiento adaptado a cada persona. El éxito de la nueva ley dependerá en buena parte de cómo el notario adapte su actuación a cada persona y a cada documento, con los apoyos familiares, profesionales o técnicos necesarios. También está llamado a facilitar el funcionamiento de la guarda de hecho, una de las instituciones esenciales de la nueva ley y a colaborar con el Ministerio Fiscal cuando detecte situaciones de desprotección o riesgo.

Los avances tecnológicos también permiten abrir perspectivas, partiendo de dos premisas: primero, que la digitalización no es un fin en sí misma sino un instrumento al servicio de las personas; segundo, que replicar y mecanizar lo analógico a veces no será posible y en otras no será útil, pues los nuevos medios permitirán soluciones distintas. Un ejemplo de esto último es utilizar en beneficio de los ciudadanos los datos que obtienen los notarios al ejercer su función. Vimos cómo la transmisión de los cambios de titularidad al catastro fue una primera forma de ahorrar trámites, pero el avance tecnológico permite ahora que la propia escritura incluya las modificaciones de fincas y que se trasladen al catastro. De manera aún más creativa, esos datos sirven ahora para simplificar la solicitud de subvenciones para la transformación digital a través del llamado Kit Digital.

La tecnología permite establecer canales de comunicaciones seguros entre notarios para la remisión de documentos o coordinación de notarios de distintos países. Pero puede incluso replantear algo tan característico de la función notarial como la necesidad de presencia física y de firma ante notario de la escritura. La esencia de la función del notario no radica en el papel sino en su interacción con las partes, indagando su voluntad y explicando las consecuencias del acto para garantizar el ajuste del contrato a la ley y la prestación de un verdadero consentimiento informado. Y la tecnología actual -criptografía, videoconferencia, redes seguras- puede permitir realizar todas esas actividades a través de una conferencia en un entorno seguro con una eficacia y seguridad equivalentes.

Sin embargo, no todo lo analógico pasa sin esfuerzo y sin perder su esencia a lo digital. En algunos casos es fácil percibirlo: igual que un zoom no puede sustituir una reunión de amigos, la consulta y otorgamiento de un testamento no debe hacerse por videoconferencia. Otras diferencias son menos evidentes porque requieren un conocimiento profundo de la tecnología. En este sentido, la ponencia final reveló cómo el legislador se ha olvidado de las importantes diferencias entre la firma manuscrita y la firma electrónica y de la problemática que ésta genera en manos de particulares, sobre los recaen todos los riesgos de su uso.

Con este final volvíamos al principio de las jornadas: a la persona, a su dignidad, seguridad y autonomía, que es el centro y el objetivo de la función notarial pero también de todo el sistema jurídico.