ÁMBITO EUROPEO
ANA GALLEGO TORRES,
directora general de la Dirección General de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea.
“Es nuestro deber garantizar que la digitalización mejore nuestros sistemas judiciales de una manera que no socave la confianza pública en la tecnología"
Justicia digital para la era digital
Resulta ya un lugar común afirmar que vivimos en una era esencialmente digital. La pandemia puso aún más de relieve si cabe el papel crucial que desempeña la tecnología digital en nuestra vida diaria como consumidores o usuarios, como empresas o en las actividades comerciales, pero también de forma particular en el ámbito de la justicia. Como muestra el cuadro de indicadores de la justicia de la UE, los tribunales utilizan de forma abrumadora la tecnología digital para llevar a cabo su trabajo, aunque en distinto grado según los Estados miembros . Diversos factores pueden estar en el origen de estas diferencias, desde el grado de penetración de la tecnología, la formación de los operadores judiciales, hasta la existencia de un marco jurídico habilitante. En una Europa cada vez más transfronteriza, los ciudadanos y las empresas se desenvuelven con naturalidad en un entorno libre de fronteras, y se sirven de la tecnología digital para hacer realidad la ausencia de barreras entre los Estados miembros. Asimismo, las formas delictivas evolucionan y se adaptan rápidamente a estas nuevas circunstancias. Para poder responder a estos retos de manera eficaz, es esencial dotar a las autoridades judiciales de soluciones digitales modernas que les permitan operar en un entorno digital.
El papel de la digitalización va más allá de garantizar resiliencia institucional y gestión de crisis. La tecnología debe estar al servicio de la justicia y ayudar a mejorar los sistemas judiciales, de modo que se respeten los derechos fundamentales de los ciudadanos. La digitalización aporta ante todo eficiencia a la hora de impartir justicia, ya que permite una comunicación más rápida y económica. A modo de ejemplo, una carta certificada puede tardar de 48 horas a 15 días en llegar de un Estado miembro a otro, con un coste de entre 3 y 5 € en franqueo, mientras que su envío por vía electrónica tarda segundos y el coste es prácticamente nulo, sin merma de las garantías en la seguridad de la transmisión. Las herramientas y tecnologías digitales también tienen el potencial de facilitar el acceso a la justicia, acelerar procedimientos judiciales, facilitar la cooperación, reforzar la asistencia mutua entre autoridades y aumentar la transparencia y eficiencia en la tramitación de casos. La digitalización también mejora la calidad de la justicia, ya que, acelerando tareas administrativas, los jueces pueden dedicarse plenamente a interpretar el Derecho y dictar sentencias, reduciendo la pendencia y propiciando un uso más eficiente de recursos valiosos y escasos.
No sorprende que la transformación digital del espacio de justicia sea una de las prioridades de la Comisión Europea y elemento clave en la agenda de la UE en los últimos años. La Comisión ya ha cumplido su objetivo principal de digitalizar todos los instrumentos de cooperación judicial transfronteriza, por ejemplo, adoptando normas sobre notificación y traslado de documentos y obtención de pruebas en asuntos civiles y mercantiles transfronterizos. La «norma de oro» de la UE para garantizarlo es una herramienta informática llamada e-CODEX, que permite a los sistemas nacionales de justicia informática comunicarse de forma segura. El comienzo de 2024 supone otro paso adelante en este ámbito, ya que las nuevas normas sobre digitalización de la justicia entran en vigor en enero. El Reglamento tiene por objeto mejorar la eficiencia y resiliencia de la comunicación transfronteriza entre autoridades que participan en la cooperación judicial mediante la introducción de un canal de comunicación digital seguro y fiable, obligatorio para todas las comunicaciones entre autoridades en procedimientos transfronterizos en materia civil y penal. Además, permitirá a particulares, empresas o sus representantes legales, presentar reclamaciones y comunicarse con las autoridades competentes por vía electrónica a través del denominado Punto de Acceso Electrónico Europeo, que se creará en el Portal Europeo de e-Justicia. También permitirá a las partes que se encuentren presentes en otro Estado miembro en el momento de una audiencia en asuntos transfronterizos civiles y penales, acceder a la audiencia por videoconferencia.
Esta panoplia de instrumentos sienta las bases para alcanzar nuestro objetivo de aquí a 2030 de modernizar la justicia transfronteriza e integrarla en la era digital, disponiendo de una comunicación «digital por defecto» entre las autoridades judiciales a finales de esta década.
Pero todavía queda mucho por hacer. Un ejemplo es la necesidad de modernizar los procesos judiciales mediante herramientas digitales para establecer normas comunes y plataformas fiables. Los órganos jurisdiccionales nacionales emplean programas para llevar a cabo videoconferencias que no están diseñados para las vistas judiciales, suscitando preocupación por la seguridad, privacidad e igualdad en su uso. Otro ejemplo es la utilización de la Inteligencia Artificial (IA) y la capacitación de los jueces en el uso de herramientas digitales. Debe alentarse a los Estados miembros a poner a disposición de sus órganos jurisdiccionales las herramientas e instrumentos necesarios para la plena implantación de soluciones digitales en condiciones de seguridad jurídica y respeto de las garantías procesales. Para ello, la UE pone a disposición de los Estados miembros modos de financiación para herramientas de IA y otros proyectos de digitalización a través del programa Technical Support Instrument (TSI).
Otro reto a medio plazo será la necesidad de extender el principio de digital por defecto también a la cooperación judicial con terceros Estados, con el objeto de evitar la existencia de ángulos ciegos en la implantación de la tecnología al ámbito de la justicia. Para ello, seguimos con enorme interés iniciativas recientes de transmisión electrónica en áreas geográficas que resultan esenciales para la cooperación judicial, como es el caso del Tratado de Medellín adoptado en el contexto de IberRed.
Por otro lado, si bien la IA y otras tecnologías digitales pueden aportar beneficios significativos para una justicia eficaz, también entrañan una serie de riesgos que hemos de afrontar. La UE está firmemente a favor de la innovación, pero nunca en detrimento de la seguridad y los derechos fundamentales. Por consiguiente, la Comisión ha garantizado que todas las propuestas legislativas incluyan salvaguardias para proteger los derechos fundamentales. Si bien la IA puede ser una herramienta muy útil para liberar a los jueces y otros profesionales del Derecho de tareas repetitivas y que requieren mucho tiempo y, de este modo, aumentar la eficiencia de los sistemas judiciales, es igualmente importante garantizar que los ciudadanos no reciban un trato injusto como resultado de su uso o que los sesgos integrados en los sistemas de IA afecten a la calidad de nuestros sistemas judiciales. Por lo tanto, el enfoque europeo coordinado de la IA, junto con la futura Ley de IA, apoya la innovación a través de un marco jurídico claro que proporcione seguridad jurídica a las empresas emergentes, aproveche los beneficios de la IA y centre la regulación en los riesgos. El enfoque de la Ley de IA reforzará el potencial de Europa para competir a escala mundial.
Es nuestro deber garantizar que la digitalización mejore nuestros sistemas judiciales de una manera que no socave la confianza pública en la tecnología o incluso en nuestros propios sistemas judiciales. Para ello, la UE y los Estados miembros deben aunar esfuerzos en pro de este objetivo común, propiciando el uso eficiente de herramientas de financiación, instrumentos jurídicos y políticas activas de digitalización de la justicia, e involucrando a las autoridades judiciales en este cambio cultural. Sólo así se logrará que la transformación de la justicia en una justicia digital sea sistémica y duradera, capaz de acompañar los profundos cambios sociales asociados a la transición digital.
* EU Justice Scoreboard 2023, figure 42, page 34.