EN CURSO LEGAL

AURORA ELÓSEGUI,

magistrada. Premio Foro Justicia y Discapacidad

El Foro Justicia y Discapacidad concedió el pasado diciembre su premio A una trayectoria profesional a la magistrada jubilada Aurora Elósegui. En el acto de entrega, el presidente del Foro, Juan Manuel Fernández, destacó de la jueza galardonada su «respeto, cuidado, exigencia, cercanía y trabajo en equipo».

JOSÉ M. CARRASCOSA

"Todos los operadores jurídicos tienen su papel en el tratamiento integral y transversal de la discapacidad"

¿Qué ha supuesto para usted este reconocimiento a su trayectoria profesional?

Este premio inicialmente me incomodó. No soy amiga de reconocimientos oficiales por hacer tu trabajo con dedicación, como creo debe hacer cualquier profesional. El verdadero premio es el reconocimiento de las personas a las que has ayudado en la solución de sus conflictos en el día a día de la labor judicial; y ese premio creo que lo he tenido durante estos largos años de contacto personal con quienes acudieron al juzgado en busca de apoyo. En mi jubilación ya me sentía reconocida. En todo caso, reflexionando, creí entender que se otorgaba no a mi persona, sino a una manera de trabajar en el ámbito de la discapacidad y esto podía ser un acicate para que ese modelo sirviera, en algún sentido, de orientación a los profesionales que siguen trabajando en ese ámbito. Así entendido, expreso mi profundo agradecimiento al Foro Justicia y Discapacidad por este premio, que quiero hacer extensivo a todos cuantos colaboraron conmigo en ese modelo de trabajo.

 


LA DEFENSA DEL ESTADO DE DERECHO ES DIFÍCIL EN CUALQUIER TIEMPO; LAS FORMAS DE ATACARLA SON DIVERSAS Y LA INDEPENDENCIA JUDICIAL SUELE LEVANTAR AMPOLLAS


 

Ingresó en la magistratura en 1987, en plena época de los ‘años de plomo’ de ETA, llegando a ser la decana de los juzgados guipuzcoanos. ¿Qué papel jugaron los jueces vascos en esos primeros años de democracia?

Creo que los jueces, entonces como ahora, defendíamos la Constitución y los derechos fundamentales en ella reconocidos -como son la libertad, la igualdad, la no discriminación-, frente a los intolerantes totalitarios e identitarios que pretendían imponer por la fuerza un pensamiento único. No plegarse a sus exigencias tuvo sus consecuencias. Hubo una huida de ciudadanos y también de jueces de esta tierra y los que nos quedamos perdimos una parcela de libertad pues vivimos todos bastantes años escoltados. No fue una experiencia fácil para nadie, pero la defensa del Estado de Derecho es difícil en cualquier tiempo; las formas de atacarla son diversas y la independencia judicial suele levantar ampollas.

 


A LOS FAMILIARES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD LES DIGO QUE NO TENGAN MIEDO A PEDIR AYUDA. QUE NO ESTÁN SOLOS


 

El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Sebastián, del que usted era titular hasta su jubilación en 2019, está considerado como uno de los pioneros en especializarse en discapacidad e internamientos voluntarios. ¿Qué recuerda de aquellos primeros pasos?

Entonces los procedimientos que afectaban a la discapacidad eran los llamados de incapacitación y los ingresos psiquiátricos involuntarios, fundamentalmente. No entraban muchos asuntos. Se tramitaban mediante modelos, con nulo contacto con las personas afectadas. No se cumplía tan siquiera la escasa normativa existente. Las resoluciones se basaban en informes médicos y testimonios de familiares que no se comprobaban; y, en general, se actuaba con una ignorancia total de la dimensión emocional de la vida de una persona, sus familiares y allegados que comportaba una declaración de incapacitación. Las sentencias eran escuetas, genéricas, abstractas, … Se declaraba a una persona incapaz para todo y se nombraba un tutor que la representara en el ejercicio de su capacidad jurídica.

¿Qué le hizo pensar esa realidad?

Inmediatamente fui consciente de que no se podía tratar este campo como tratábamos las hipotecas, los contratos, las sociedades… Esto era otra cosa. Requería cercanía, escucha, comprensión, principios muy alejados de la burocracia, formalismos y protocolos habituales en los juzgados civiles. Había que profundizar en el conocimiento de la escasa legislación y jurisprudencia existente, ver la forma de aplicarla de acuerdo con los principios reconocidos en la Constitución y en convenciones internacionales sobre discapacidad y salud mental. Se requería dedicación y especialización. Eso era imposible si seguíamos repartiendo estos asuntos entre seis juzgados. Entendiendo que la situación era urgente vi otra vía para poder hacerlo que fue a través de las normas de reparto de asuntos, de tal manera que todos los temas relacionados con la discapacidad se turnaran a un solo juzgado a cambio de una exención de otro tipo de procedimientos.

 


ANIMO A TODOS LOS QUE PUEDAN, A QUE ACUDAN A LA NOTARÍA A EXPRESAR SU VOLUNTAD Y SUS PREVISIONES PARA UNA POSIBLE SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD


 

¿Por qué eligió el ámbito civil de la discapacidad como principal área de actuación?

Dentro del derecho, el ámbito civil es un poco ‘la madre’ de todos los derechos. Es el más extenso, el que contempla a la persona en sí misma. Es también, por decirlo de alguna manera, la cara más amable del derecho, distante del carácter punitivo y sancionador del penal. Además, dentro del procedimiento civil, existe una rama -por llamarla de alguna manera- que contempla determinadas relaciones, situaciones, actividades de las personas en las que no existe confrontación, pero que requieren ser reguladas, supervisadas, para evitar abusos. Esa función se realiza mediante la jurisdicción voluntaria, tan olvidada y menospreciada por nuestros juristas, pero a través de la cual el juez puede ejercer una función que para mí es importante, que es la de cuidar. Hicimos muchas cosas con la jurisdicción voluntaria en beneficio de las personas con discapacidad, medidas puntuales, planes temporales, provisionales…

Participa activamente como patrona en las actividades de la Fundación donostiarra Hurkoa. ¿Cuál es la contribución de las ONG de este tipo?

Este tipo de entidades son esenciales en el mundo de la discapacidad intelectual, porque de nada sirve que se reconozca en una resolución judicial la existencia de una situación de discapacidad que necesita ayuda, si no existe una persona o entidad dispuesta a prestársela. Es más, estas entidades son muy importantes para determinar qué tipo de ayuda requiere la persona, por qué la requiere, para qué, cómo se puede ejercer y con qué recursos.

En unas jornadas organizadas por el Foro Aequitas de la Discapacidad en el Parlamento de Vitoria se puso de manifiesto el avance logrado desde la entrada en vigor hace dos años de la Ley 8/2021 a la hora de adaptar los expedientes a la nueva normativa. ¿Está de acuerdo o cree que queda camino por recorrer?

La Ley 8/2021 exige revisar todas las sentencias de incapacitación dictadas hasta su entrada en vigor. Sé que es una carga de trabajo enorme para estos juzgados, ya de por sí sobrecargados, y seguramente estarán retrasando los nuevos procedimientos para la fijación de medidas de apoyo de las personas que los necesiten. Siento no compartir esa urgencia de revisión de sentencias, que creo surge de una desconfianza injustificada respecto, al menos, de las sentencias dictadas en la última década. La Convención de Nueva York rige desde el año 2006 y debía ser aplicada. La jurisprudencia desde hace tiempo iba revocando aquellas sentencias genéricas, abstractas, y exigiendo que se detallaran los aspectos en que la persona requería ser asistida o sustituida, así como la prohibición de privar de derechos.

¿Qué recomienda a las familias a la hora de configurar las mejores ayudas que garanticen la situación patrimonial, personal o laboral de sus seres queridos?

A los familiares y personas con discapacidad les digo que no tengan miedo a pedir ayuda. Que no están solos. Que acudan a los servicios sociales, a las entidades del tercer sector, a los notarios, al juzgado, … Que sean persistentes y exijan.

Imágenes del acto de entrega del premio a la magistrada jubilada Aurora Elosegui.
Fotos: Consejo General del Poder Judicial
El papel de los operadores jurídicos

¿Qué papel juegan los operadores jurídicos en un derecho de la discapacidad cada vez más desjudicializado?

Todos los operadores jurídicos, y en conjunto toda la sociedad, tienen un papel en el tratamiento de la discapacidad que ha de ser transversal e integral. La función de los notarios es relevante porque mediante su ejercicio podemos conocer de modo fehaciente la voluntad de las personas -expresada cuando están con plenitud de facultades para hacerlo- sobre cómo quieren ser tratadas cuando no puedan decidir por sí mismas y quién debe ser la persona o entidad que ponga en práctica sus decisiones anticipadas. En esa dirección puede otorgar los apoderamientos o instrumentos jurídicos necesarios para ello. El notario debe realizar el juicio de capacidad preciso para la adopción de dichas decisiones; así como el asesoramiento sobre el conjunto de medidas que pretenda establecer. También deberá asesorar sobre las salvaguardas posibles para el caso de que las circunstancias futuras que se han previsto como idóneas, no sean tales o sufran modificaciones. Una resolución judicial o un acta notarial, constituyen una foto fija de la persona y su voluntad en un momento determinado, pero sus efectos se proyectan hacia el futuro y la realidad nos demuestra que las cosas y las personas pueden cambiar.

En todo caso, aun cuando finalmente estas situaciones puedan llegar a los juzgados, estimo esencial conocer cuál fue la voluntad de la persona. Animo a todos los que puedan a que acudan a la notaría a expresar su voluntad y sus previsiones para el caso de que se produzca -que seguramente se producirá porque la edad nos llega a todos- una posible situación de discapacidad, anticipando de esta manera las decisiones que le gustaría que se adoptaran para su atención, sin olvidar la provisión de recursos económicos para ello.