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LAS REDES DEL ODIO

Internet ha revolucionado nuestras vidas. Ha abierto las puertas a la información. También nos ha mostrado nuestro lado más oscuro. ¿Hay quien puede alegrarse por la muerte de un niño de 8 años a causa del cáncer? Si. Y además decirlo públicamente.
GABRIEL CRUZ

Apenas un 0,3% de la población sabe programar. Code.org pretende que alumnos de todo el mundo aprendan a hacerlo.

Visualice el teléfono como una olla cerrada. Todo va bien hasta que empieza a calentarse demasiado. La presión aumenta, suena el pitido del vapor escapándose y en el peor de los casos explota. En un teléfono es peor: el daño no se acaba en la cocina, se contagia a los demás teléfonos e incluso puede hacer “estallar” a sus dueños. Lo vimos en el asalto al Capitolio el 6 enero de 2021 o al parlamento de Brasilia el 8 de enero de 2023. Incluso se llega al nivel extremo cuando una persona se inmola empujada por el odio que ha consumido en la Red, como sucede como los yihadistas que se autoadoctrinan.

Objetivamente, el aumento de los mensajes de odio ha crecido; lo vemos en el informe del Ministerio del Interior, que señala un incremento de un 22%.

Pero gran parte de los mensajes no pasa a las estadísticas oficiales porque no se denuncian. De hecho, una encuesta de Amnistía internacional de 2017 encargada a Ipsos Mori en España (no consta número de encuestados) señalaba que el 27% de las mujeres habían recibido amenazas y que el 51% de las que las recibieron experimentaron ansiedad.

Como le pasó a Ana Bernal, periodista especialista en feminismo, que ha denunciado públicamente los tuits que le suelen lanzar: “Ojalá que seas la sexta asesinada este año”, “linchemos a esta zorra”, “feminazi”, etc. “No sabes quiénes son porque se ocultan tras identidades falsas”, señala.

 


OTRO TIPO DE ACOSO ES LA DIVULGACIÓN DE DATOS PERSONALES, TAMBIÉN CONOCIDA COMO DOXXING


 

Consecuencias penales

Aparte de los insultos, otro tipo de acoso es la divulgación de datos personales, también conocida como doxxing. Eso sucedió con el director de una web que publicó los datos de la víctima del conocido caso de la violación múltiple de “la manada” en julio de 2016. Fue condenado en enero de este año a tres años de cárcel y 15.000 euros de multa por un delito contra la integridad moral, en concurso con uno de descubrimiento y revelación de secretos.

Otro caso conocido fue el de los tres usuarios de redes sociales que desearon en 2016 la muerte a un niño enfermo de cáncer terminal que quería ser torero y que finalmente falleció en 2017. Publicaron mensajes como este: “Que se muera, que se muera ya; que se muera un niño enfermo que quiere curarse para matar a herbívoros inocentes y sanos que también quieren vivir. Anda yaaaa! Adrián, vas a morir”. Fueron condenados por la Audiencia Provincial de Valencia en agosto de 2022 a 3.000 euros por un delito de integridad moral (Art. 173.1 del Código Penal).

Pero ninguno de los dos ejemplos anteriores, que popularmente se tomaron como ejemplo de casos de odio en la Red, se consideraron jurídicamente como tales (Art. 510.1 del CP). Y es que a pesar de que el tema del odio en las redes esté muy presente en el debate público, también hay bastante desconcierto.

De hecho, Patricia Tapia, profesora de Derecho Penal, denuncia: “la confusión que reina en este delito por su uso extensivo”. Porque no es lo mismo odiar o injuriar que difundir el odio contra una persona perteneciente a determinado grupo social.

 


GRAN PARTE DE LOS MENSAJES NO PASA A LAS ESTADÍSTICAS OFICIALES PORQUE NO SE DENUNCIAN


 

La definición más aceptada internacionalmente del delito de odio propuesta por la OSCE (Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa) es aquella en “la que la víctima o el objetivo de la infracción (también se puede atacar cosas: por ejemplo, un templo) se elige por su real o percibida conexión, apoyo o pertenencia a un grupo que tiene una característica común de raza, origen nacional o étnico, idioma, color, religión, sexo, edad, discapacidad intelectual o física, orientación sexual u otro factor similar”. Si lo vemos así, prácticamente todos podríamos ser víctimas de un delito de odio, por eso Patricia Tapia señala que sería “más adecuado aludir a grupos o colectivos susceptibles de ser discriminados, en vez de utilizar el término vulnerable”. De hecho, analizando datos de la OSCE se ve que las temáticas que más odio generan en un país, por ejemplo, gitanos en España, no coinciden con las de otros, por ejemplo, judíos (norte de Europa).

Incluso como señala Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la intolerancia, “la legislación tiene que evolucionar porque se ha visto intolerancia contra la lengua que no está recogida legalmente e incluso con otros sectores, por ejemplo, contra los periodistas”. De todas formas, “se ha avanzado muchísimo”, como dice Esteban Ibarra. “En 1997 cuando empezamos, muchos catedráticos nos decían: pero a dónde vais que no se puede penalizar un sentimiento”. Entonces hablábamos de delito contra la tolerancia, “porque implicaba una conducta que produce víctimas”. Sin embargo, la terminología que se impuso fue la de los delitos de odio porque era como lo estaba tipificando Estados Unidos al hablar de “Hate Crimes”.

El refugio del anonimato

La clave del odio en las redes y de que no se diera antes parece sencilla. Se acordarán años atrás, cuando no existía internet, de aquello de: “A que no me lo dices a la cara”, y no, no se lo decían. La gente moderaba sus comentarios para no tener enfrentamientos. Pero el anonimato que genera internet creando perfiles falsos, les da total libertad para atacar. A esto se suma la deshumanización y la falta de empatía al no percibir el daño real provocado. No ve a la persona llorar cara a cara, por ejemplo.

La última polémica en España, antes del cierre de esta edición, ha sido sobre los vestidos de las actrices con sobrepeso que acudieron a los Goya. La lluvia de descalificaciones se definió como “gordofobia”.

 


EL ANONIMATO QUE PERMITE INTERNET DA TOTAL LIBERTAD PARA ATACAR. A ESTO SE SUMA LA DESHUMANIZACIÓN Y LA FALTA DE EMPATÍA AL NO PERCIBIR EL DAÑO REAL PROVOCADO


 

Aún así “Se están dando pasos en su lucha”, como escuchamos en un foro judicial a Patricia Rodríguez, Fiscal de Criminalidad Informática y Violencia sobre la Mujer. En España, en marzo de 2021 se presentó el Protocolo para Combatir el Discurso de Odio Ilegal en Línea en la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, que se inspira en el Código de Conducta de la Comisión Europea en 2016.

“Es un código de conducta entre plataformas de alojamiento de datos e instituciones para que fluya la colaboración. De tal forma que cuando se detecte un discurso de odio se pueda retirar fácilmente. De momento, va evolucionando positivamente”.

Queda bastante trabajo por hacer. De hecho, el Centro para Contrarrestar el Odio Digital de Estados Unidos señala que desde que el empresario Elon Musk llegó a Twitter se han triplicado los mensajes contra la comunidad negra y judía. Motivo: Elon Musk disolvió el consejo de la empresa que asesoraba sobre la moderación y el combate al odio en la red.

En Twitter

@McIntolerancia
Organización de referencia en España y en Europa en la lucha contra la intolerancia en todas sus manifestaciones y actitudes.

@SoyMmadrigal
Investigador de los bajos fondos de internet que descubre que hay detrás de algunos perfiles que apoyan discursos extremos.

@osce_odihr
Organización para la seguridad y cooperación para Europa, si bien de los 57 países que lo integran también hay de América del Norte y de Asia. Trata de proteger derechos humanos y construir sociedades tolerantes. Los informes que emite sobre delitos de odio son los únicos con datos oficiales que hacen un retrato comparativo de España con otros países.

@escar_gm
Fiscal especialista contra la criminalidad informática.

Informe de los delitos de odio

Este informe estadístico es el verdadero termómetro de la situación. Lo elabora la Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio con los datos del Sistema Estadístico de Criminalidad que facilitan Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzaintza, Mossos d’Esquadra, Policía Foral de Navarra y las policías locales que aportan datos al sistema. El 2021 es el último informe conocido; el de 2022 saldrá en octubre de 2023.

Se investigaron 1.802 infracciones penales e incidentes de odio en España. Un aumento del 28,62% en relación con 2020. Los principales afectados son hombres (el 63,82%) y el grupo de edad más victimado está entre los 26 y los 40 años, con un 32,98%. Los menores de edad constituyen el 11,31% del total de víctimas en 2021.

El informe tiene un capítulo específico para los cometidos por internet y a través de las redes sociales. En las redes se detectaron 232 delitos un 22,75% más que el año anterior. Entre los tipos penales destacaron las amenazas (74), injurias (32) e incitación al odio (26).

Si queremos ver cómo estamos a nivel internacional se puede consultar el informe de la OSCE 2021 (sale en noviembre del año siguiente), que forman 57 países. Los delitos de odio en total (tanto en redes como por internet) fueron 6.391. Curiosamente, el grupo más atacado fue el de los judíos (2.531). El informe completo

OTROS ENFOQUES, MISMO TEMA

¡De no haber nada hace apenas unos 15 años sobre el tema a un gran número de monografías! Destaca el trabajo de la profesora de derecho penal Patricia Tapia El discurso de odio del art. 510.1.a) del Código penal español: la ideología como un caballo de Troya entre las circunstancias sospechosas de discriminación, publicado en la revista Política Criminal vol.16.