Expedientes matrimoniales ante notario

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Expedientes matrimoniales ante notario

Desde el pasado 30 de abril, los casi 3.000 notarios que hay repartidos por toda España pueden autorizar los expedientes previos a la celebración de los matrimonios que, hasta el momento, solo podían hacerse en el Registro Civil. Así, las parejas que quieran casarse tienen la opción de acudir a las notarías para que en ellas se tramite el acta previa matrimonial.

.FÁTIMA PÉREZ DORCA

Los notarios, como funcionarios públicos y autoridad reconocida, deben comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados) o que estén casados con otras personas, o, en su caso, que hayan obtenido la posible dispensa de los impedimentos. Asimismo, deben asegurarse de que no se trata de un matrimonio simulado. Además, determinarán el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes.

Según el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz: “los notarios prestamos esta función con la eficacia, celeridad y seguridad propias de la función notarial, ayudando a las parejas a tramitar sus expedientes en el plazo de tiempo más breve posible y prestándoles asesoramiento gratuito, si así lo desean, sobre otras cuestiones, como el régimen que regirá su matrimonio y la posibilidad de hacer capitulaciones matrimoniales”.

Esta reforma refuerza la consideración del notario como autoridad, que ya fue puesta de manifiesto con la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en julio de 2015, de la que deriva la medida. “Esta ley otorgó muchísimas competencias a los notarios, entre ellas la de celebrar enlaces y tramitar el expediente matrimonial, pero esta segunda competencia quedó a la espera de que entrara en vigor la nueva ley del Registro Civil, que se aprobó en 2011 y se ha ido postergando, hasta que el 30 de abril de 2021 desplegó sus efectos”, asegura la portavoz del CGN, María Teresa Barea.

La solicitud. Para formularla se requieren datos básicos: la copia del DNI y el certificado de empadronamiento. Puede solicitarse, tanto de manera presencial como por correo electrónico, al colegio notarial de la comunidad autónoma en la que residan uno o ambos contrayentes. Una vez realizada la petición, el colegio notarial designará a un notario de la localidad siguiendo un turno, para que preste su servicio a la pareja.

A partir de ahí, señala María Teresa Barea, “el procedimiento es igual al que se realizaría en el Registro Civil, en cuanto a la documentación que deben aportar los novios y las pruebas que se pueden practicar son las mismas”. De esta manera, explica “se concluye con un acta notarial donde se declara que no hay ningún impedimento a ese enlace o, por contra, que sí lo hay, en cuyo caso podrá recurrirse como un acto administrativo y será la instancia superior quien resuelva”. 

Ventajas. Los notarios asumen la gestión del expediente matrimonial con la expectativa de agilizarlo. En este sentido, la portavoz del CGN explica que “cada expediente es distinto. No es lo mismo un matrimonio que vaya a tramitar un español con una persona extranjera y que además uno de ellos esté divorciado. La documentación y pruebas que se necesita aportar no son las mismas en todos los casos, y eso es lo que nos va a dar pistas de cuál puede ser la duración del procedimiento”.

Además, al realizar un expediente ante notario, los novios podrán recibir un asesoramiento individualizado y plantear dudas sobre otros temas legales relacionados con el matrimonio. Una de esas cuestiones será sobre su régimen económico matrimonial. El notario les explicará el que por ley les corresponde según el lugar donde viven, ganancial o de separación de bienes, y les consultará si desean cambiarlo haciendo capitulaciones. En el caso de que los contrayentes tengan distinta vecindad civil pueden tener la duda de cuál va a ser su régimen. Entonces “les asesoramos y fijamos en el acta el régimen aplicable”, explica Barea.

¿Qué tiene que hacer la pareja?

Los novios tendrán que rellenar un modelo de solicitud muy sencillo, con datos básicos, y adjuntar la copia de sus DNI y certificados de empadronamiento. Una vez completado, lo enviarán por correo electrónico, o lo presentarán presencialmente, en el colegio notarial de la comunidad autónoma en la que se encuentre su domicilio o el de su pareja. El colegio notarial les asignará un notario y se lo comunicará para que pidan cita y empiece la tramitación.

Para saber más

Busca tu colegio para solicitar el expediente: la página web del Consejo General del Notariado contiene una sección con las webs oficiales y datos de contacto de todos los colegios notariales de España.

Visualiza un ejemplo de solicitud para saber qué datos serán requeridos a los contrayentes en el colegio notarial correspondiente a la comunidad autónoma en la que vive por lo menos uno de los miembros de la pareja.

Además de realizar el acta previa matrimonial, los notarios pueden casar, separar y prestar asesoramiento sobre otras cuestiones relacionadas, como el régimen que regirá un matrimonio o las capitulaciones matrimoniales. En NotariosenRed.com se encuentran varios artículos sobre estos temas.

Su finalidad

En España el expediente matrimonial es obligatorio para casarse, puesto que ayuda a comprobar que los futuros contrayentes reúnen todos los requisitos legales para poder hacerlo: que tienen la capacidad suficiente, que ninguno de los dos está en ese momento casado, que haya un parentesco prohibido entre ellos, etc.

Bodas ante notario

Desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en julio de 2015, que autorizó las bodas ante notario, estos funcionarios públicos han casado a 41.474 parejas.

La celebración de matrimonios por esta vía prácticamente se ha duplicado durante los primeros años de vigor de la ley (de 5.593 en 2016 a 10.782 en 2020). Ahora, con la reforma que entró en vigor el 30 de abril de 2021, también pueden casar a parejas si hay peligro de muerte de uno de los contrayentes. Si se diera esta circunstancia, el matrimonio se celebraría sin expediente previo, invirtiéndose el orden: primero se celebraría la boda ante notario y después se tramitaría el expediente matrimonial para comprobar que los cónyuges cumplen los requisitos legales.

Los notarios, al lado de los ciudadanos durante la pandemia

EN ESTE PAÍS

LOS NOTARIOS, al lado de los ciudadanos durante la pandemia

Desde que se declaró el Estado de Alarma, en marzo de 2020, los notarios han estado al lado de los ciudadanos. Durante el confinamiento, la labor notarial fue declarada servicio esencial, por lo que todas las notarías permanecieron abiertas para atender casos de urgencia, con el objetivo de evitar la paralización de muchos asuntos de gran importancia económica y social para el país. Cerca de 3 millones de personas acudieron, durante estos primeros meses de confinamiento, a las notarías.

FÁTIMA PÉREZ DORCA

JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ, presidente del Consejo General del Notariado

  “Fueron momentos muy duros y tengo que elogiar el esfuerzo y la entrega de los casi 3.000 notarios y los más de 17.000 profesionales que trabajan con nosotros”

MARÍA TERESA BAREA, portavoz del Consejo General del Notariado: 

“Los notarios estuvimos al lado de las personas más vulnerables durante la pandemia”

“Fueron momentos muy duros y tengo que elogiar el esfuerzo y la entrega de los casi 3.000 notarios y los más de 17.000 profesionales que trabajan con nosotros”, señala el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz. “En este sentido, el Gobierno actuó de forma rápida y segura para que pudiéramos atender las necesidades de urgencia, tanto personales como económicas, de ciudadanos y empresas. La relación con el Ministerio de Justicia fue muy buena, con una excelente coordinación con la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de la que dependemos los notarios”, explica el presidente.

Con la desescalada, la actuación notarial, progresivamente, ha ido y sigue expandiéndose a todos los ámbitos en los que habitualmente se produce. Desde junio hasta el mes de diciembre de 2020, fueron casi 14 millones de personas las que pasaron por las notarías españolas, algunas mayores y vulnerables. En consonancia con lo ocurrido en general, en 2020, el número total de instrumentos autorizados por los notarios sufrió una caída de un 6,1% frente a los datos de 2019.

“La pandemia que ha puesto nuestra vida del revés y, sin duda, ha tenido reflejo en el movimiento de los despachos notariales, ha afectado a nuestra forma de trabajar en el día a día, al tipo de asuntos y de operaciones que llegan a nuestras manos y a las inquietudes, a los miedos, a las incertidumbres que los ciudadanos al conversar con nosotros nos trasladan”, explica María Teresa Barea, notaria y portavoz del CGN.

Las estadísticas notariales muestran el gran cambio económico y social que ha provocado la pandemia del coronavirus. Según la portavoz del CGN: “Si analizamos las estadísticas de 2020, nos damos cuenta de que los datos confirman una situación de crisis económica que ha llevado, entre otros, a incrementar los actos notariales dirigidos a mejorar la solvencia de los ciudadanos y las empresas”.

Así, por primera vez desde el inicio de las series estadísticas del Notariado en 2007 se observan importantes incrementos en la novación de préstamos (298%), las subrogaciones hipotecarias (13%) y las ampliaciones de hipotecas (12%). Por otro lado, han descendido las compraventas de vivienda, en un 15,2%; los préstamos hipotecarios para adquisición de vivienda un 9,5%; y la constitución de nuevas sociedades un 15,4%.

Cabe señalar que durante el último año se han registrado subidas en actos vinculados con el impacto de la pandemia, como el nombramiento de albaceas (27,3%) y tutores (16,9%), y la extinción de usufructos por fallecimiento (3,7%), probablemente a causa del exceso de mortalidad, así como de las mediaciones (25,5%), como alternativa a la saturada vía judicial.

En este sentido, según la portavoz del CGN: “Han sido meses de mucha consulta telefónica; nos han llamado muchas personas mayores que no podían o no debían salir de casa y nos trasladaban sus medios, si tenían o no hecho testamento, si necesitaban dar un poder a un familiar para que les hiciera gestiones de la vida cotidiana, y ahí hemos estado los notarios, al lado de las personas más vulnerables acudiendo a sus domicilios si era necesario”. 

Más datos. El efecto de la primera ola en el mercado fue inédito ya que el número de compraventas efectuadas llegó a registrar desplomes que rozaron el 70% interanual en abril de 2020 (sin diferencias por tipo de vivienda entre pisos y viviendas unifamiliares). Las compraventas crecieron en el segundo semestre de 2020, aunque la diferencia entre pisos y viviendas unifamiliares fue visible y persistente: mientras los primeros cayeron un 3,5% interanual acumulado, las segundas subieron un 22,8%.

En los últimos años el 80% de las compraventas de viviendas eran de pisos y el restante 20% de viviendas unifamiliares. Este último porcentaje repuntó al 25% con la llegada de la crisis por el coronavirus. La normalización del teletrabajo y el cambio de preferencias hacia las ventajas de la vivienda unifamiliar podrían ser las principales causas de este repunte.

Por comunidades sólo creció la compraventa de vivienda en Asturias. Las caídas más suaves se registraron en las provincias de interior con menor concentración demográfica y en la cornisa cantábrica. Las mayores caídas se concentraron en las autonomías con mayores operaciones (Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana), y sobre todo en los archipiélagos, donde las compraventas de extranjeros se desplomaron. En concreto, las compraventas de no residentes descendieron un 30% en el segundo semestre de 2020, el doble que el total del mercado.

La caída de la compraventa de viviendas en 2020 fue acentuada, pero no inédita: el número de operaciones fue un 15,2% menos que en 2019, una contracción de menor intensidad a las de los ejercicios de 2008, 2009, 2011 y 2013.

2020 registra las mayores caídas anuales desde 2007: aceptaciones (-11,4%) y renuncias (-6,5%) a herencias. Dado que legalmente disponemos de 30 años para aceptar o renunciar a una herencia, todo parece indicar que estos actos se están posponiendo. También se redujo el número de testamentos, en concreto un 4%.

En 2020 se formalizaron ante notario más divorcios que matrimonios (algo que no ocurría desde 2016). El número de divorcios prácticamente se mantuvo, mientras que el de matrimonios se derrumbó. Así, los matrimonios ante notario descendieron un 42%, mientras que los divorcios notariales cayeron un 2%. También descendieron las capitulaciones matrimoniales un 32,4% con respecto a 2019, en consonancia con las caídas de los matrimonios.

Principales servicios prestados durante el confinamiento

Durante el confinamiento, se declaró la labor notarial como servicio esencial y los notarios tuvieron que ceñir su trabajo a una serie de actuaciones urgentes muy concretas que atañían, fundamentalmente, a la circulación del crédito, a la financiación y a necesidades de carácter personal, como los testamentos o las donaciones.

En primavera los documentos estrella fueron los préstamos ICO, préstamos avalados por el Instituto de Crédito Oficial que numerosos empresarios y autónomos han necesitado. Al hilo de autorizar ese tipo de instrumentos, la realidad de la calle llegó de manera muy directa a las notarías. Fueron momentos en los que ciudadanos, empresarios y autónomos compartieron con los notarios su incertidumbre, porque no sabían cuándo iban a poder volver a abrir su negocio, porque tenían que seguir haciendo frente a muchos gastos fijos. Con la desescalada, la actuación notarial, progresivamente, se ha ido expandiendo a todos los ámbitos en los que habitualmente se produce.

Para saber más

Con motivo del cumplimiento de un año del primer confinamiento domiciliario en España, el Consejo General del Notariado ha realizado una rueda de prensa en la que ha ofrecido datos sobre los efectos de la pandemia desde la experiencia de lo que se vive y se percibe en la actividad de las notarías.

La notaria Itziar Ramos Medina explicaba en su post de Notariosenred.com, publicado en abril de 2020, cómo se ejercía la función notarial en su notaría en tiempos de pandemia.

El camino a la digitalización

El Notariado dispone desde hace 16 años de la sede electrónica notarial, lo que le permite prestar su función pública en un espacio privado y seguro. En primavera, a raíz del inicio de la pandemia, propuso al Gobierno que permitiría a los notarios la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares en dicha sede y a través de videoconferencia. Las medidas propuestas permitirían a empresas y ciudadanos relacionarse con los notarios sin que fuera necesario su desplazamiento físico. Además, sería posible la obtención de copias simples gratuitas de las escrituras públicas de las hipotecas y de las compraventas. Los notarios estarían también en disposición de autorizar por videoconferencia otros documentos, como testamentos en caso de epidemia, poderes especiales, revocaciones de poderes (lo que impediría su utilización fraudulenta), y actos societarios.

Protegerse y proteger: objetivo de notarios y empleados

Durante la pandemia los notarios han sido juristas al servicio de las personas, al lado de los ciudadanos. Las notarías de España se mantuvieron abiertas durante toda la pandemia y, para ello, se tuvieron que adoptar una serie de medidas de higiene y de seguridad, las que se tuvieron al alcance en cada momento, para protegerse y proteger a los ciudadanos. Además, durante los meses de confinamiento se instauró de manera obligatoria la cita previa para evitar aglomeraciones.

Documentos a buen recaudo

EN SOCIEDAD

Documentos a buen recaudo

Según el Reglamento Notarial, los notarios deben custodiar los instrumentos públicos originales que autoricen en un protocolo anual encuadernado. Durante 25 años, dichos volúmenes permanecen en las notarías -en perfecto estado de conservación-, momento en que pasan a los archivos generales de protocolos de cada distrito notarial. Una vez las escrituras hayan cumplido cien años de antigüedad se trasladan al Archivo Histórico de los colegios notariales. Millones de documentos permanecen custodiados de esta manera desde hace siglos. Una labor no demasiado conocida por la sociedad, que constituye una gran inversión de recursos humanos y materiales en cada notaría, primero, y en los colegios notariales, después..

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

@JMCarrascosa

Para Felipe Pou, notario en Pamplona y antiguo decano del Colegio Notarial de Navarra, «la formación y conservación del protocolo es uno de los aspectos fundamentales de la función notarial. La custodia del protocolo no tiene solamente una finalidad de mera conservación documental, con objetivos históricos o culturales, sino que está en la base de la eficacia del instrumento público, que se apoya en el hecho de que su original queda en poder del notario y protegido por tanto contra toda alteración posterior. Dejar por escrito los pactos jurídicos y conservarlos para poder recordarlos cuando sea necesario se ha revelado más eficaz que cualquier otro sistema testifical o cualquier otra prueba».

Fernando Ruiz Morollón, notario en la localidad aragonesa de Fuentes de Ebro apunta que «a día de hoy considero muy difícil organizar un sistema de archivo de estas escrituras al margen de los notarios, que intentamos dar rápida solución a problemas que pueden llegar a ser muy graves para ciudadanos que, por ejemplo, no tienen manera de probar su derecho de propiedad».

Itziar Ramos, notaria en Córdoba y miembro de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Andalucía, coincide con sus compañeros en resaltar que «el valor de la custodia de los protocolos para la sociedad y los ciudadanos, en particular, es incalculable».


El protocolo notarial nunca se pierde.
Siempre existe un notario a su cargo que lo conserva,
lo custodia y lo mantiene

Matriz
La escritura original que firman los interesados junto con el notario es la denominada ‘matriz’, destinada a incorporarse en el protocolo y ser encuadernada junto con las demás matrices del año en curso. El protocolo encuadernado se guarda en cada notaría durante el plazo de 25 años porque así lo establece la ley.

El protocolo notarial se custodia en las mismas dependencias de la notaría debidamente ordenado por fecha en estanterías. A causa de su peso y volumen se suelen utilizar estanterías metálicas de archivo, que aseguran estabilidad y firmeza para aguantar los tomos. Hay que tener en cuenta que se trata de un protocolo “vivo” respecto del cual se solicitan copias de escrituras, para lo cual es necesario extraer el volumen correspondiente para copiar el original y cotejarlo con el fin de poder asegurar la identidad de la copia.

Cada notario es el responsable de la custodia y la conservación del protocolo que tiene a su cargo en su notaría puesto que el protocolo en sí, es decir, todos los tomos que lo constituyen, son un conjunto de documentos públicos originales, cuya propiedad le corresponde al Estado como titular soberano de la fe pública.

Espacio acondicionado y seguro
«Las salas donde se custodia el protocolo deben tener acceso restringido y contar con las medidas necesarias para una adecuada conservación de los tomos -señala Itziar Ramos-. En mi notaría dedico dos salas con una superficie de cuarenta metros cuadrados. Esta circunstancia condiciona a la hora de elegir un local puesto que debe ser lo suficientemente grande para ubicar el protocolo, a lo que hay que sumar una inversión importante en acondicionamiento». 

Los protocolos notariales ocupan un espacio propio y seguro, con medidas contra la humedad, incendios y robos y debidamente ventilados. Ruiz Morollón apunta que «contamos con una sala especialmente acondicionada para ello. Se trata de un sótano en el que la temperatura es unos cinco o seis grados menos. El espacio es de unos dieciocho metros cuadrados y el número total de escrituras almacenadas es de trece mil ochocientas cuarenta y ocho, todas ellas debidamente encuadernadas (años 1996-2019). Contamos con un plan de prevención de incendios; alarma con sistemas anti-inhibidores, conexión con la policía y sistemas de anti-intrusión».

Archivos de los colegios notariales

El historiador Fernando García de Cortázar, autor de la obra Comparece España: una Historia a través del Notariado arguye que para reconstruir el pasado cotidiano de una nación «ninguna crónica atesora mejor esa historia que los archivos notariales, donde queda fijada cada actividad, cada soplo creador, desde las herencias más pingües hasta los contratos más modestos, desde el plazo concedido a Goya para pintar el retrato de la duquesa de Alba a los materiales para la construcción de una Lonja, desde la última voluntad de un terrateniente cualquiera a los deseos moribundos de un rey».

Así, los Archivos Históricos de los Colegios Notariales se han convertido a lo largo de los siglos en una memoria documental de España. Entre ellos, destacan el Archivo de Protocolos de Sevilla, que alberga escrituras de conquistadores y navegantes como Hernán Cortés, Hernando Colón (vástago de Cristóbal), Américo Vespucio o artistas como Velázquez, Murillo o Zurbarán. Su homólogo madrileño custodia documentos notariales desde 1504, con cerca de 50.000 volúmenes de todo tipo -desde el contrato del torero Lagartijo a documentos de Cervantes, Lope de Vega, Velázquez, Zorrilla, Goya y las familias reales-. En el archivo zaragozano se conservan protocolos de la antigua Corona de Aragón, con documentos de 1316 en hebreo antiguo. El archivo de Valencia se halla documentado de forma ininterrumpida desde 1307.

Acta de apertura del testamento cerrado de Hernando Colón, autorizado por escribano Pedro Castellanos en 1539. Archivo de Protocolos de Sevilla.

El sistema de conservación y archivo de los documentos notariales está regulado en el Reglamento Notarial. El que fuera decano del Colegio Notarial de Navarra explica detalladamente la escrupulosa confección de los protocolos: «Se reúnen las escrituras de cada año y se encuadernan en tomos de 500 páginas aproximadamente. La encuadernación es en pergamino o piel, con unas correas para que puedan abrocharse por el exterior y que impida el deterioro de su contenido. Con esta encuadernación se dificulta y hasta se impide que pueda entrar el fuego y el agua en el interior del tomo de papel. El protocolo no sale de la notaría y la encuadernación del mismo se realiza en la misma oficina notarial para asegurar su integridad y autenticidad».

La formación y conservación del protocolo
es uno de los aspectos fundamentales de la función notarial

Dependerá del número y extensión de las escrituras de cada notaría para que el protocolo ocupe más o menos espacio. Como media se podría decir que un año de protocolo en una notaría que autorice unos 1.000 documentos puede significar alrededor de 14 tomos que ocupan 150 centímetros de estantería.

«La organización de la oficina notarial depende de la decisión del notario -apunta Pou-. Pero, tradicionalmente, se ha dedicado un puesto de trabajo en la notaría a los copistas que son las personas encargadas de realizar las copias de las escrituras matrices y también las posteriores de los protocolos de años anteriores que se solicitan por los particulares, por la autoridad judicial y la tributaria. En cada notaría siempre suele existir una persona que a tiempo completo o parcial se dedica a trabajar en el protocolo y que lo ordena, custodia y organiza».

«El valor del protocolo notarial es el valor de la seguridad jurídica que se concede a los ciudadanos en el reconocimiento de sus derechos civiles, sucesorios, testamentarios, y de cualquier clase que se hayan establecido en una escritura notarial. El protocolo notarial no se pierde. Siempre existe un notario a su cargo que lo conserva, lo custodia y lo mantiene. Hay que tener en cuenta que la función notarial tiene siglos de existencia y esto lo demuestran los protocolos notariales conservados desde la Edad Media», concluye el notario navarro.

Cabe destacar que la custodia de los documentos notariales es a costa del arancel notarial, sin cargo para los ciudadanos y la Administración Pública. El coste aproximado de una empresa privada de custodia documental de archivos en papel –para un supuesto de una notaría de tamaño medio, que genera unos catorce tomos de protocolos al año- superaría los 14.000 euros anuales, lo que multiplicado por las más de 2.800 notarías existentes da una idea de su coste global. Esto sin cuantificar el dinero invertido en los archivos de los colegios notariales, que conservan los protocolos a partir de los 25 años.

Archivo digital medieval de Cataluña

Por la cantidad y singularidad de sus documentos, el Archivo Histórico de Protocolos de Barcelona está considerado como uno de los más importantes del mundo. Con más de 140.000 volúmenes repartidos en unos 10.000 metros lineales de estanterías, es uno de los principales centros de investigación y estudio para los historiadores. El ‘Arxiu’ cuenta con documentos desde finales del siglo XIII; en los últimos años, se ha iniciado un proyecto de digitalización de los más de 5.000 volúmenes medievales, de los que se han obtenido casi 750.000 imágenes. Recientemente, el Colegio Notarial de Cataluña ha celebrado -con gran éxito- dos exposiciones con documentos del Archivo: Testamentos que hacen historia, con las últimas voluntades de figuras históricas, como Fernando el Católico; y Los protocolos de Barcelona: una ventana abierta a Europa.

Mirando al futuro: la custodia digital

Aunque el papel siga soportando la documentación milenaria de los escribanos públicos, la avanzada adaptación tecnológica puesta en marcha por el Notariado español permite el archivo digital de las escrituras. El notario es custodio de la escritura pública electrónica, depositada en su propio servidor, por lo que la conservación en papel se refuerza por duplicado. Este formato permite generar copias para su remisión telemática a los organismos públicos. Asimismo, los datos fundamentales de los documentos notariales se conservan en el Índice Único Informatizado Notarial, una base de datos en la que se vuelca el contenido de las escrituras públicas de las 2.800 notarías españolas. Se puede garantizar que una futura migración a un soporte tecnológico de los archivos notariales está asegurada con la tecnología actual.

Lo que piensan los ciudadanos de los notarios

EN SOCIEDAD

Lo que piensan los ciudadanos de los notarios

Social Lógica –empresa de investigación demoscópica, análisis de mercado y estudios de opinión– y la consultora de comunicación BCW realizaron durante el mes de septiembre (del 1 al 11 de ese período) un estudio de percepción sobre la profesión notarial.

REDACCIÓN

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@Notarios_es

LA ENCUESTA se realizó entre 1.141 mayores de 18 años, con una distribución proporcional por comunidad autónoma y tamaño de población, con selección de entrevistados conforme a cuotas de sexo y edad, directamente proporcionales a la distribución de la población en España. El margen de error para este trabajo de campo es de un (más/menos 3%) y el nivel de confianza, de un 96%.

Experiencia con la notaría. El 65% de los ciudadanos ha ido a una notaría en alguna ocasión, frente al 34% que dice no haber acudido nunca. Entre los usuarios, el 23% fue por última vez este último año, el 32% entre dos y cinco años antes y el 46% hace más de cinco años.

Satisfacción con el servicio. El 77% de los usuarios valora bien o muy bien el servicio en su conjunto. Respecto a 2016, mejoran sistemática y significativamente (6,9 puntos porcentuales) los porcentajes de satisfacción en todos los aspectos considerados. Los ítems mejor valorados, calificados favorablemente por entre el 79% y el 85%, son la atención ofrecida, la capacidad de hacer al cliente sentirse cómodo y el asesoramiento prestado. El precio es calificado con un bien o muy bien por el 51% y mejora significativamente (9,1 puntos) en comparación con los datos de hace cuatro años.

Conocimiento de los servicios. Se observan diferencias en el nivel de conocimiento en el amplio abanico de servicios prestados en las oficinas notariales.

Los servicios con mayor notoriedad, atribuidos a los notarios por más de siete de cada diez individuos, son testamentos y herencias (87%), compraventa de viviendas (80%) y poderes y actas (77%).

Con un conocimiento medio se encuentran la participación de los notarios en préstamos hipotecarios y personales (59%) –con un incremento significativo de 6,2 puntos respecto a 2016– y creación de empresas (57%) –con un ligero aumento (2 puntos)–. Algo menos conocidos (uno de cada dos encuestados) son los relacionados con donaciones (49%) y bodas y divorcios (48%). Los servicios de mediación y conciliación son los menos conocidos, con un 36%.

Características del trabajo. Más de siete de cada diez entrevistados asocia el trabajo de los notarios con un gran esfuerzo de preparación (73%) y de cualificación (72%). También les atribuyen un buen sueldo (72%). La alta valoración sobre el esfuerzo y su cualificación se corresponde con el acuerdo que suscita la confianza que les inspira su conocimiento profesional y de las leyes (72%).


El 77% de los usuarios valora bien o muy bien
el servicio en su conjunto. Respecto a 2016,
mejoran en 6,9 puntos los porcentajes de satisfacción

Sigue siendo menor el nivel de acuerdo, aunque con mejora sustancial con respecto a 2016, en otros aspectos como que es moderno y adaptado a los tiempos (42%) o que es una figura que produce cercanía (29%). Se incrementa significativamente (7,3 puntos porcentuales) la percepción de su utilidad social en relación con 2016.

Siete de cada diez ciudadanos (70%) se declaran conocedores del derecho a la libre elección de notario (2,2 puntos más que en 2016).

Los encuestados se encuentran más divididos a la hora de valorar la claridad de información disponible en las notarías sobre sus servicios (47%). Mejora significativamente el conocimiento de dos aspectos: el papel del notario en la prevención y lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.

Aunque sólo uno de cada cuatro ciudadanos (26%) conoce el derecho a reunirse a solas con el notario diez días antes de la firma de la escritura hipotecaria (promovido con la reciente Ley de crédito inmobiliario), el 97% se muestra favorable. Los usuarios más recientes, que han visitado una notaría en el último año (44%), son los que mayor conocimiento tenían sobre este punto.

Estado de alarma. La gran mayoría de los ciudadanos (97%) aprueba que los notarios continuaran prestando servicios para casos urgentes durante el estado de alarma (entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020).

Por último, ocho de cada diez ciudadanos valoran bien o muy bien la posibilidad de poder contactar con un notario por videoconferencia para realizar algunos servicios como testamentos en caso de pandemia o poderes, con plenas garantías y seguridad jurídica en la Sede Electrónica Notarial (se muestran significativamente favorables quienes tienen entre 25 y 44 años).

Análisis cualitativo

Mayoritariamente, los ciudadanos valoran la función notarial: sobre todo, la asesoría y el trato que reciben en las notarías. Asimismo, crece la percepción de que su figura es útil para la sociedad.

Los notarios siguen ostentando altos niveles de reconocimiento profesional tanto por el esfuerzo inicial en su preparación como por su calidad profesional y la seguridad jurídica que proporcionan.

Sobresale el conocimiento de servicios notariales más habituales, pero se observa que paulatinamente van creciendo otros como su papel en la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales.

Por último, cabe destacar que la práctica totalidad de los ciudadanos, tanto los usuarios como los no usuarios, han calificado satisfactoriamente que los notarios hayan estado disponibles durante el estado de alarma y verían con muy buenos ojos poder contactar con los notarios por videoconferencia.

 

Durante todo el estado de alarma, los notarios, como funcionarios públicos y profesión esencial, han mantenido sus notarías abiertas para realizar servicios de urgencia. ¿Le ha parecido bien esta medida?

¿Me podría indicar si ha acudido usted al notario en alguna ocasión?