EN SOCIEDAD

POR LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES UCRANIANOS

Como consecuencia de la guerra de Ucrania se está produciendo un éxodo de población hacia los países de la Unión Europea. Entre los refugiados abundan menores de edad que en ocasiones están acompañados de su progenitor o tutor, en otras, por personas que ejercen la función de guarda de hecho y, en algunos casos, no están acompañados por ningún adulto responsable.

FÁTIMA PÉREZ DORCA,

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Twitter: @fatimadorca

Para dialogar sobre esta situación y extraer conclusiones y recomendaciones al respecto tuvo lugar la jornada Los menores afectados por el conflicto de Ucrania desplazados a España para encontrar refugio, organizada por la Fundación Aequitas y el Consejo General del Notariado y realizada en su sede de Madrid, con la presencia de representantes de las Administraciones competentes en la materia y entidades sociales.

 


LOS PARTICIPANTES COINCIDIERON EN QUE HA EXISTIDO UNA ÁGIL Y EFICIENTE RESPUESTA DEL GOBIERNO ESPAÑOL, LAS CC.AA., LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y LA SOCIEDAD CIVIL


 

En el acto de apertura intervinieron el secretario del Consejo General del Notariado, Manuel Tarrío; el director general de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Comunidad de Madrid, Alberto San Juan Llorente; y el subdirector general de Política de Infancia y Adolescencia del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, José Luis Castellanos.

El encuentro contó con la realización de dos mesas redondas. La primera titulada Perspectiva social, moderada por la notaria Carmen Velasco, en la que participaron la presidenta de la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), María Arauz; la responsable del Departamento de Políticas de Infancia de Save the Children, Carmela del Moral; y la responsable del Área de Migraciones de UNICEF España, Sara Collantes.

En segundo lugar, se celebró el coloquio sobre Perspectiva Institucional, moderado por el notario Juan Pérez Hereza, en el que intervino el fiscal de Sala, coordinador de Menores, de la Fiscalía General del Estado, Eduardo Esteban; el magistrado juez del Juzgado de Familia nº 24 de Madrid, Juan Pablo González del Pozo; la subdirectora general de protección del Menor de la Comunidad de Madrid, Ana Cristina Gómez; la directora general de Familias, Infancia, Educación y Juventud del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid, Sonia Moncada; y el notario, vicesecretario del CGN y presidente de la Asociación Familias para la Acogida, Jorge Prades.

Recomendaciones.

El objetivo de este encuentro consistió en reflexionar sobre la realidad de los menores ucranianos desplazados a España para encontrar refugio, para poder llegar juntos a unas conclusiones y recomendaciones compartidas. En este sentido los participantes coincidieron en que “ha existido una ágil y eficiente respuesta del Gobierno español, las CC.AA., las instituciones públicas y la sociedad civil”. Ahora “nos encontramos ante la ocasión de consolidar, fortalecer y avanzar en el sistema de protección de la infancia”, aseguraron. En el futuro “es necesario profundizar en la seguridad jurídica como principio vertebrador del sistema de protección y ello exige tanto garantizar un diagnóstico adecuado de la situación de vulnerabilidad de los menores, como atender a su interés superior, evitando la confusión con otras situaciones como, por ejemplo, el asilo; y manteniendo la coordinación con el país de origen para favorecer el regreso cuando la situación lo permita”.

 


NOS ENCONTRAMOS ANTE LA OCASIÓN DE CONSOLIDAR, FORTALECER Y AVANZAR EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE LA INFANCIA


 

En este sentido los participantes recomendaron al Gobierno “la adopción de medidas jurídicas que clarifiquen la forma en que podrá prorrogarse la protección temporal de la que disfrutan actualmente los menores ucranianos refugiados en España, al ser el conocimiento de esta circunstancia determinante para su integración, para favorecer el retorno a su país y el reencuentro con sus familias y para la planificación de su vida”. De la misma manera, los expertos destacaron la importancia de realizar “un impulso institucional para el acogimiento familiar que ha de ser la estructura básica del sistema de protección de la infancia”.
La labor del Notariado. Por su parte, y en atención a las particularidades que presentan los menores desplazados por el conflicto de Ucrania, el Consejo General del Notariado (CGN) ha hecho llegar a todos los notarios del país la Circular 1/2022, de 28 de marzo, en la que establece recomendaciones “sobre documentación relativa a menores afectados por el conflicto de Ucrania desplazados a España para encontrar refugio”.

El Notariado ya venía trabajando para fortalecer la protección de los niños y niñas. Anteriormente a esta circular se emitió, en 2020, una previa sobre la “actuación notarial en aquellos documentos que afecten a la función de guarda de los menores de edad” que es el resultado del trabajo para dar la respuesta documental que constate la protección jurídica de los menores que están a cargo de personas distintas de sus progenitores. Esta circular contempla tanto la posibilidad de que los padres puedan auxiliarse en el ejercicio de la función de guarda del menor por parte de familiares a través de las escrituras de extensión o apoyo, como la realización del acta de constancia de guarda de hecho, en la que una persona (que no es el progenitor) asume funciones de protección respecto de un menor de edad.

Una vez realizada esta documentación ante notario “se informa a las Administraciones competentes, lo que aporta seguridad jurídica a los menores y facilita la coordinación entre las entidades de protección de la infancia en cada ámbito territorial, así como con la Fiscalía de Menores”, explica Jorge Prades, notario y presidente de la Asociación Familias para la Acogida.

Apoyo notarial

El Consejo General del Notariado emitió en 2020 una circular sobre la “actuación notarial en aquellos documentos que afecten a la función de guarda de los menores de edad” que contempla la posibilidad de realizar:

  • Escritura de extensión o apoyo: un apoyo general que se otorga en favor de un familiar cuando los progenitores no pueden ejercer la guarda de su hijo durante un tiempo, de forma que queda autorizado para ocuparse del menor durante ese periodo.
  • Acta de constancia de guarda de hecho: Su finalidad es aportar seguridad jurídica: en el caso de guardas altruistas, al dotar al “guardador de hecho” de un documento que, sin ser título legitimador, le permite justificar la situación fáctica hasta que la autoridad judicial, o la entidad pública, valore la conveniencia de establecer las correspondientes medidas.
Convención sobre los Derechos del Niño

El encuentro se realizó en el marco de la defensa de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas del 20 de noviembre de 1989, la norma más importante en los ámbitos social y jurídico con respecto a la infancia y la adolescencia. Se destacó la convicción, expresamente recogida en su Preámbulo, de que “la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad” así como la afirmación, también recogida en dicho Preámbulo, de que “el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”.

De izda. a dcha.: Alberto San Juan, Manuel Tarrío y José Luis Castellanos.
De izda. a dcha.: Sara Collantes, Carmen Velasco, María de Arauz de Robles y Carmela del Moral.
De izda. a dcha.: Sonia Moncada, Ana Cristina Gómez, Eduardo Esteban, Juan Pérez Hereza, Juan Pablo González Del Pozo y Jorge Prades.