EN CURSO LEGAL

PASCUAL SALA,

PREMIO PUÑETAS DE ORO 2022

“La Justicia no es el primer recurso para solucionar un conflicto, sino el último al que acudir”

Pascual Sala Sánchez (Valencia, 1935) es una de las referencias jurídicas españolas imprescindibles: es la única persona que ha sido sucesivamente presidente del Tribunal de Cuentas, del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.
CARLOS CAPA,

Periodista.

En el pasado mes de junio recibió el Premio Puñetas de Oro, que otorga anualmente la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos de España (ACIJUR) en atención a sus méritos en el campo del Derecho y la Justicia.

Acaba de recibir el Premio Puñetas de Oro, que otorga la asociación que representa a los informadores jurídicos ACIJUR. ¿Qué ha supuesto para usted?

Una gran satisfacción. Los premios Puñetas son una referencia y gozan de un cierto sentido jocoso, pero están cargados de prestigio entre los juristas. La libertad de expresión y la libertad de información son esenciales en una democracia, y los informadores tienen la crucial tarea de resaltar ante una opinión democrática libre la actividad de la Justicia y del Derecho, que regula todos los aspectos esenciales de la vida humana.

Es necesario no solo actuar bien en el ejercicio del derecho por todos los operadores jurídicos, sino también comunicarlo bien a la opinión pública. La Justicia y el Derecho son fundamentales como declara la Constitución para la convivencia democrática.

En definitiva, después de toda una vida dedicada a la Justicia y el Derecho, una satisfacción muy grande y un honor que agradezco a ACIJUR.

¿Cómo ve la Justicia en España, después de su extenso y diverso conocimiento de esta?

La Justicia se ha convertido en un auténtico poder del Estado desde la llegada de la Constitución. En la época de la dictadura te jugabas la carrera cuando querías implementar los principios democráticos en el ejercicio de la judicatura.

Desde 1978 se asume plenamente el principio de división de poderes y esto otorga a nuestra Justicia una independencia comparable a la de cualquier Estado de nuestro entorno. Desde luego no todo es perfecto. Por ejemplo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de Gobierno del Poder Judicial, tiene un mandato constitucional expresamente previsto de cinco años, que se cumplieron ya hace más de tres y medio sin que se haya procedido a su renovación por razones de conveniencia o de permisibilidad legal que no deberían admitirse.

A nadie se le ocurre que el mandato de las Cámaras pueda prorrogarse más allá del establecido. El Poder Judicial es también un poder del Estado.

¿Debería entonces buscarse un nuevo modelo para la elección de los miembros del CGPJ?

Con la actual Ley Orgánica del Poder Judicial son los propios jueces los que proponen a los doce jueces de procedencia judicial en una sala especial, al objeto de permitir un posible recurso. El sistema es bueno, son los que lo aplican con criterios de conveniencia política, los que introducen las distorsiones mediante una especie de sistema de “reparto de lotes”.

¿Hay una buena técnica legislativa en España?

La seguridad jurídica es esencial en un sistema democrático. Y aquí la claridad de las leyes es importante. La existencia de conceptos jurídicos indeterminados produce inseguridad. Actualmente existen enumeraciones exhaustivas en textos legales que finalizan dejando espacios abiertos.

Es necesaria la claridad en las leyes; es lo que genera seguridad jurídica. Y lo que permite el derecho a la tutela judicial efectiva. Debería el legislativo ser más específico. Por seguir el ejemplo del CGPJ, debería haber una norma que diera por extinguido el órgano si en un plazo razonable, tres meses, por ejemplo, no se ha procedido a la renovación. No critico al poder legislativo, pero es muy importante proteger la seguridad jurídica.

¿Es independiente la Justicia española?

La justicia española es independiente sin ninguna duda. Tenemos menos jueces que en Italia o Alemania y un nivel de resolución igual o mayor que el de estos países. El problema es la ejecución que se dilata más que el propio proceso, o a veces se convierte en imposible. Yo mismo he mediado en un caso que llevaba 18 años sentenciado sin tener una solución efectiva.

Muchos ciudadanos no entienden cómo es posible que normas recurridas ante el Tribunal Constitucional lleven años, si no lustros, sin que se haya tomado una decisión sobre su constitucionalidad. ¿Cuál es su opinión?

Creo que el Tribunal Constitucional (TC) debería tener mejores medios materiales y humanos. Aun así, creo que el TC no incurre en demoras importantes, sino que tiene sus criterios de modulación según las materias.

El recurso que más tiempo lleva es el de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Pues bien, esa ley ha podido ser modificada por el Parlamento que ha tenido mayorías suficientes de los mismos que la recurrieron, pretendiendo que sea el TC el que resuelva la cuestión y olvidando que el tribunal no es un órgano consultivo. Esa es la función principal del Consejo de Estado: el Tribunal Constitucional es un órgano decisorio. En definitiva, los problemas que pueden ser resueltos políticamente es mejor que lo sean en ese ámbito.

¿Cree que debería volver a establecerse el recurso previo de inconstitucionalidad?

Sí, debiera recuperarse. Eso evitaría muchos problemas como el que vivimos en Cataluña. Si antes de someter el Estatut al refrendo del pueblo catalán hubiera sido revisada su constitucionalidad en el Tribunal Constitucional nos hubiéramos ahorrado problemas. Por supuesto es una herramienta aplicable en determinados y significados casos de normas de relevancia constitucional, como pueden ser los estatutos de autonomía.

Tras más de 50 años como juez ahora trabaja en un despacho de abogados. ¿Cómo ha sido el cambio?

Después de jubilado -en los cargos, que no en la vida-, abrí una segunda etapa muy provechosa para mí porque me ha dado la oportunidad de trabajar en los medios alternativos de resolución de conflictos como la mediación y el arbitraje.

Las instituciones europeas impulsan la mediación como un instrumento para evitar el embolsamiento litigioso. Es muy importante impulsar la mediación intrajudicial donde intervienen las partes y el tribunal. En definitiva, un gran recurso para desatascar la justicia dando justa satisfacción a las partes.

Es una gran satisfacción poder desarrollar mi actividad actual como socio consultor en el despacho de uno de los padres de la Constitución, Miquel Roca, un jurista completo y perspicaz.

¿Somos un país con tendencia al litigio?

No creo que los españoles seamos especialmente litigiosos, o no más que los países de nuestro entorno, pero no se debería presentar a la Justicia como el primer medio para la resolución de conflictos, sino como el último recurso que cierra el sistema. Sin duda necesitamos los medios alternativos dentro o fuera de la jurisdicción ordinaria. Muchos litigios pueden ser resueltos por acuerdo de las partes.

Recientemente el Tribunal Constitucional ha resuelto cuestiones relativas a la firmeza de las resoluciones arbitrales. ¿Se ha clarificado el uso de esta herramienta legal?

El arbitraje es un sistema alternativo al que se llega por voluntad de las partes: el arbitraje obligatorio es inconstitucional. Por lo tanto, no puede convertirse en una primera instancia recurrible, y el TC ha hecho bien en delimitar el alcance del concepto de Orden Público. El procedimiento arbitral y sus decisiones no son impugnables por razón de estar o no de acuerdo con su contenido.

En su larga carrera ha tenido un contacto intenso con la función notarial. ¿Qué impresión tiene de ella?

El Notariado español es tan perfecto como el de cualquier país de nuestro entorno. Es un ejemplo de servicio y profesionalidad. La seguridad jurídica no solamente se implementa con leyes claras y precisas sino también con su aplicación. Y ahí los notarios resuelven muchas situaciones en la práctica. Las instituciones como el Notariado nunca podrán ser sustituidas o deterioradas.

“A nadie se le ocurre que el mandato de las Cámaras pueda prorrogarse más allá del mandato establecido. El Poder Judicial es también un poder del Estado”

Huella digital

Especialista en Derecho Administrativo ingresó en la carrera judicial en 1962, en la que permaneció hasta su jubilación en 2013 y es doctor honoris causa por la Universidad de Valencia. Durante la dictadura, poniendo en riesgo su propia carrera, fue uno de los impulsores del movimiento Justicia Democrática, integrado por profesionales del ámbito judicial opuestos al régimen y partidarios de establecer la democracia en España.
Incansable y entregado al Derecho, en 2015 cambió la judicatura por el ejercicio de la abogacía ingresando en el despacho Roca Junyent como socio consultor en su área de mediación y arbitraje. Durante los últimos años ha dedicado sus esfuerzos a promover los medios alternativos de resolución de conflictos
Pascual Sala no es muy activo en las redes sociales, pero mantiene un perfil abierto en LinkedIn

También Wikipedia tiene una entrada con su biografía y otros datos de su actividad profesional
En la página web de La Casa del Libro puede consultarse la bibliografía de Pascual Sala, centrada en el Derecho Administrativo

“El problema es la ejecución que se dilata más que el propio proceso, o a veces se convierte en imposible”

“Sin duda necesitamos los medios alternativos dentro o fuera de la jurisdicción ordinaria”

“El Notariado español es tan perfecto como el de cualquier país de nuestro entorno. Es un ejemplo de servicio y profesionalidad”