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Los notarios están muy cerca de las familias. Lo saben los ciudadanos que han acudido alguna vez a ellos para elegir el régimen económico de su matrimonio, casarse, comprar la vivienda familiar, donar un bien a los hijos, proteger jurídicamente al más vulnerable, organizar la empresa familiar, hacer testamento…
¿Sabía que puede casarse ante notario? El año pasado 8.235 parejas contrajeron matrimonio ante notario, frente a las 5.571 que lo hicieron en 2016 (un 48% más). En el primer semestre de 2018 fueron 3.596. Otra de sus funciones en relación con la pareja son las capitulaciones matrimoniales, el contrato por el que se fijan las normas que regulan la relación económica del matrimonio. Aunque en cada comunidad autónoma se aplica por defecto un régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes, fundamentalmente) es posible que los cónyuges hagan antes o después de la boda unas capitulaciones ante notario para cambiarlo.
Muchas parejas en vez de contraer matrimonio eligen formalizar su unión como pareja de hecho. Hacerlo ante notario no supone garantizar su validez en todo el Estado, puesto que actualmente no existe una normativa nacional que regule las parejas de hecho, y existen importantes diferencias entre las 13 comunidades donde sí tienen regulación específica.
En el caso de ruptura, si los dos miembros de la pareja de hecho están de acuerdo, bastará con que vayan a la notaría y otorguen una escritura de disolución en la que recojan los términos de la separación. Cuando se trate de un divorcio, solo se podrá realizar ante notario al menos tres meses después desde la celebración del matrimonio, siempre que sea de mutuo acuerdo y no haya hijos menores no emancipados o que tengan una discapacidad y dependan de los padres.
Actos preventivos. La mayor longevidad y el crecimiento de enfermedades neurodegenerativas, como el alzhéimer, hace que muchas familias sean conscientes de la necesidad de tomar medidas antes de que esa u otra enfermedad impida a alguno de sus integrantes, normalmente los de más edad, tomar decisiones. Esto explica que estén aumentando los poderes preventivos que se otorgan ante notario, así como las autotutelas. El más solicitado y el que más crece es el poder preventivo, que permite a una persona designar a otra, normalmente un familiar, para que le represente si llegara a perder la capacidad de decidir por sí mismo.
Empresa familiar. En la empresa familiar el notario desempeña un papel clave en el momento de su constitución, ayudando a decidir cuestiones como la forma societaria o el contenido de sus estatutos. Pero hay otros asuntos del devenir de las empresas y de sus socios que tienen gran trascendencia para su continuidad en los que puede ayudarles un notario, como la creación de un protocolo familiar. Se trata de un acuerdo firmado por los familiares propietarios en el que indican las funciones de cada uno, cómo se transmitirán las acciones o participaciones, cómo se llevará a cabo la sucesión de las siguientes generaciones y cualquier otro asunto que regule sus relaciones. Una figura de gran utilidad para asegurar el futuro de los negocios familiares.
El testamento. El testamento es uno de los servicios notariales con mayor trascendencia para la familia. Es un documento notarial que refleja claramente la voluntad de una persona sobre cómo han de repartirse sus bienes cuando fallezca. Lo que es poco sabido es que en el testamento se pueden incluir otras disposiciones como el reconocimiento de hijos, designar a sus tutores en caso de fallecimiento o nombrar a la persona que queramos que sea nuestro albacea digital, para que se encargue, por ejemplo, de cerrar nuestras cuentas en las redes sociales.
Por Redacción
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