Las familias necesitan más justicia

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Las familias necesitan más justicia

Se atribuye al abogado y diplomático estadounidense Robert Anderson la aseveración de que “en todo matrimonio que ha durado más de una semana existen motivos para el divorcio. La clave consiste en encontrar siempre motivos para el matrimonio”. Lo cierto es que las cifras han de darle en España algo de razón ya que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2019 casi 6 de cada 10 matrimonios acabaron en divorcio. 

CARLOS CAPA

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LA PANDEMIA de Covid‐19 y las medidas adoptadas para combatirla no han venido a mejorar mucho las cosas y, según expertos en Derecho de Familia, 2020 puede ser el primer año, a falta del recuento final, en que en España se hayan producido más separaciones que matrimonios.

Además de las inevitables consecuencias en el plano emocional, existen situaciones de carácter legal que deben ser resueltas en una crisis familiar.

Derecho de Familia. Así, el Derecho de Familia regula las relaciones personales y patrimoniales tanto de los miembros de una familia entre sí, como con respecto a terceros en procesos de separación, divorcio y nulidades matrimoniales, custodias y régimen de visitas, capitulaciones y contratos prematrimoniales, incapacitaciones y tutelas o filiaciones.

Las demandas de disolución matrimonial experimentaron un incremento interanual generalizado en el tercer trimestre de 2020 y supusieron un 16,6% más respecto al tercer trimestre de 2019. Todas las demandas de modificación de medidas, tanto matrimoniales como no matrimoniales, especialmente las consensuadas, han mostrado importantes incrementos interanuales respecto al mismo trimestre del año 2019.

También otros asuntos relacionados, como son las demandas de modificación de medidas y las modificaciones de medidas de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, tanto consensuales como litigiosas, tuvieron un importante incremento según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

De hecho, las demandas de modificación de medidas consensuadas se incrementaron un 28,3 por ciento y las demandas de modificación de medidas no consensuadas lo hicieron un 8,6 por ciento.

Por otro lado, las modificaciones de medidas de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales consensuadas tuvieron un incremento interanual del 56,8 por ciento, mientras que las no consensuadas se incrementaron un 21,3 por ciento.

El Real Decreto‐ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID‐19 en la Administración de Justicia, introdujo una regulación ‘ex Novo’ para un procedimiento especial y sumario respecto a la resolución de cuestiones relativas al Derecho de Familia directamente derivadas de la crisis sanitaria, que estuvo operativo durante el estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización.

Si bien no es posible determinar cuántos procesos de este tipo ingresaron en los órganos judiciales, al no tener reflejo individualizado, sí se observa un incremento de los juicios verbales relativos al Derecho de familia, tanto en el segundo trimestre como en el tercero de 2020. Asimismo, las demandas de modificación de medidas, tanto matrimoniales como no matrimoniales, especialmente las consensuadas, han mostrado importantes incrementos interanuales respecto al mismo trimestre del año 2019.

Para afrontar esta realidad, España solo dispone de 124 juzgados de Primera Instancia especializados en asuntos de Familia repartidos entre 56 partidos judiciales, lo que deja a más de la mitad de la población del país sin acceso a este tipo de un servicio público cualificado para resolver cuestiones tan delicadas como el divorcio, la custodia de los hijos, la herencia o la tutela y protección de personas discapacitadas. Un reciente estudio de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) indica que el 53% de los ciudadanos no tiene acceso a juzgados especializados en crisis familiares. 

Más procesos, mismos medios. A pesar de esta carencia, durante 2019 solo se abrió un juzgado nuevo de Primera Instancia propio de Familia y tampoco se ha visto beneficiada esta especialidad por la creación extraordinaria de nuevos juzgados que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 1 de diciembre en previsión de la sobrecarga de actividad jurisdiccional como efecto de la pandemia de Covid‐19 y las medidas adoptadas para su contención. De los 30 nuevos juzgados creados ninguno es de Familia. Por lo tanto, en 32 provincias españolas los ciudadanos que residen en ellas no tienen acceso a un tribunal especializado.

Los residentes en poblaciones como Cádiz, Ibiza, Menorca, Ávila, Toledo, Manresa, Segovia, Cáceres o Lugo, entre otras miles, quedan fuera de la especialización y deben conformarse con que sus asuntos sean resueltos por los llamados “juzgados mixtos”, aquellos que comparten jurisdicción civil de primera instancia y jurisdicción penal en materia de instrucción, y con frecuencia otras tareas encomendadas como el Registro Civil o la Violencia sobre la Mujer.

La escasez de medios y de recursos humanos en este estrato jurisdiccional provoca que las vistas sobre asuntos de familia lleguen a demorarse muchos meses, en ocasiones más de un año, con el consiguiente trastorno y notable perjuicio, si cabe más lacerante cuando existen decisiones a tomar sobre menores como la custodia, la pensión alimenticia o el régimen de visitas de los menores.

La falta de especialización provoca, además de una menor velocidad de tramitación, gran disparidad de criterios entre los diferentes juzgados, lo que en la práctica supone tener una Justicia de dos velocidades.

Los divorcios sin acuerdo en la pareja tardan en resolverse en España más de tres años y medio cuando se tramitan a través de juzgados de Primera Instancia y las audiencias provinciales no especializadas en asuntos de Derecho de Familia. En cambio, cuando estos mismos procesos contenciosos se despachan en órganos especializados, –con jueces, magistrados, fiscales y equipos técnicos correctamente formados en la materia– el tiempo se reduce a dos años de media contando ambas instancias, según se desprende del informe de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA). 

En definitiva, nos encontramos ante una Justicia desigual, entrando en contradicción con el mandato constitucional.

La presidenta de AEAFA, María Dolores Lozano considera que “esta situación provoca un agravio territorial, respuestas jurisdiccionales dispares, inseguridad jurídica y demoras en la tramitación de los procesos, que en muchas ocasiones potencian las situaciones de violencia de género y filio parental”. Lozano ha pedido al Ministerio de Justicia para los asuntos de Familia el mismo tratamiento que reciben los de Mercantil o Violencia de Género, que son atendidos por jueces, fiscales y funcionarios especializados en la materia.

En esta dirección en septiembre de 2019 nacía la Plataforma Familia y Derecho, una asociación formada por jueces y magistrados, letrados de la Administración de Justicia, abogados, psicólogos, docentes y trabajadores sociales y cuya finalidad fundamental es conseguir la especialización en el orden jurisdiccional civil de las materias de infancia, familia y capacidad.

Alternativa notarial

EN JULIO de 2015 entró en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Una norma que amplió las competencias de los notarios para resolver determinados asuntos que hasta ese momento tenían que llevarse a los juzgados. Uno de los actos de jurisdicción voluntaria más demandados por los ciudadanos es la declaración de herederos abintestato (cuando no existe testamento) por parte de ascendientes, descendientes o cónyuges. Estos expedientes han superado los 500.000 en cinco años.

Esta ley también permite a las parejas separarse o divorciarse ante notario, siempre que estén de acuerdo y que no tengan hijos menores a su cargo o con la capacidad judicialmente modificada. También se puede, entre otras cosas, recurrir a la conciliación ante notario ante cualquier controversia mercantil, sucesoria o familiar.

La Asociación Española de Abogados de Familia indica que el 53% de los ciudadanos no tiene acceso a juzgados especializados en crisis familiares

Para saber más

Divorcio ante notario. “La pregunta de la semana”.

Informe del Observatorio de Derecho de Familia de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).

Web de la Plataforma Derecho y Familia. Asociación multiprofesional que promueve una jurisdicción especializada en Familia.

Estadística de nulidades, separaciones y divorcios elaborada por el Consejo General del Poder Judicial. Se ofrecen resultados a nivel nacional, autonómico y provincial.

Solo disponemos de 124 juzgados de primera instancia especializados en asuntos de familia repartidos entre 56 partidos judiciales

El derecho a decidir de las personas con discapacidad

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El derecho a decidir de las personas con discapacidad

La agencia de noticias Servimedia organizó a finales de octubre un diálogo en el que se abordaba El Derecho de las personas con Discapacidad a tomar sus propias decisiones: reformas legales. El encuentro, que contó con numeroso público conectado a través de la plataforma Microsoft Teams, fue retransmitido en directo por el canal de televisión de esta agencia de noticias.

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

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@JMCarrascosa

José Manuel González Huesa, director general de Servimedia, moderó el debate, que contó con los siguientes ponentes: Maria Paz García Rubio, catedrática de Derecho Civil; Rosa Rubio, fiscal delegada de protección de personas con discapacidad en Canarias; Florentino González, miembro de la Junta Directiva de Down España; y Federico Cabello de Alba, notario y director de asuntos sociales de la Fundación Aequitas.

En el encuentro se abordaron las reformas legales más recientes relacionadas con la discapacidad, haciendo hincapié en el Proyecto de Ley que reforma la Legislación Civil y Procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Este texto pretende adecuar nuestro ordenamiento jurídico a la Convención Internacional de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (aprobada en 2006); concretamente su artículo 12, que proclama que los miembros de este colectivo tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que los demás e insta a los gobiernos a que adopten las medidas necesarias en este sentido.

Avance importantísimo. Para Federico Cabello de Alba, «el proyecto de ley supone un avance importantísimo frente a la situación anterior; han tenido que superarse muchas resistencias hasta que ha visto la luz. El cambio principal para el colectivo de personas con discapacidad radica en que pasan de ser objetos de derecho a sujetos de derecho. Asimismo, se reconoce la dignidad de estas personas; además de generar una enorme economía procesal. Lo prioritario de esta reforma es el respeto absoluto por la autonomía de la voluntad».

Sobre el papel de las instituciones tutelares en el nuevo proyecto, el director de asuntos sociales de la Fundación Aequitas apuntó que «seguirán acompañando en las decisiones, ya que asumen el desarrollo de los apoyos y la asistencia, aunque tendrán distinta intensidad». En cuando a la trascendencia práctica, el notario señaló que será «muy importante. Hasta ahora eran personas que querían, por ejemplo, constituir una sociedad y se les negaba la legitimación». Por último, señaló la necesidad de «hacer pedagogía y cambiar las actitudes de la sociedad, de los juristas y de las propias familias. Se deben evitar inercias jurídicas».

Maria Paz García Rubio, catedrática de Derecho Civil, aportó su experiencia como uno de los expertos que han trabajado en el desarrollo del proyecto de ley. «La Comisión General de Codificación inicia este trabajo en 2015. Se ha escuchado a la sociedad civil, a asociaciones y personas implicadas; se han realizado entrevistas a numerosos representantes de la discapacidad en trámite de audiencia pública. Tal y como ordenaba la Convención, esta ley será la primera en la que participen de manera directa sus protagonistas. Ahora le toca el turno a los parlamentarios que pueden perfeccionarla. Lo que hay que hacer con este proyecto cuando se convierta en Ley es mucha pedagogía: su letra, si se aplica con los parámetros de ahora, no cambia nada. Cuando los ‘aplicadores’ del Derecho comprendan las claves del nuevo sistema, se ‘convertirán’ sin lugar a dudas».

La jurista abundó en la importancia de esta nueva normativa. «Incorporará al Derecho español el desarrollo legislativo del artículo 12 de la Convención de la ONU, que es el corazón de este tratado internacional. España prontamente se apresuró en firmar y adherirse a la Convención, pero bastantes años después, ese artículo no se ha adaptado a nuestro ordenamiento. La importancia del proyecto es inmensa; las personas con discapacidad tendrán plena capacidad jurídica en cuanto a titularidad de derechos y de legitimación para ejercitarlos».

«Ahora mismo hay situaciones previas de incapacitación que llegan a prohibir casarse o incluso celebrar determinados contratos, -indicó la civilista-. Cuando entre en vigor la nueva ley se aplicarán medidas transitorias para eliminarlas. Ha habido quejas de asociaciones de jueces mostrándose contrarios a esta situación, afirmando que las sentencias de limitación de la capacidad de obrar eran imposibles de adaptar porque colapsarían los juzgados. Pero no pueden coexistir dos sistemas paralelos: los conformes y los contrarios a la Convención de la ONU. Las sentencias deberán adaptarse en un plazo breve y se deben reivindicar medios humanos para hacerlo».

Derecho a equivocarse. La fiscal Rosa Rubio coincidía en señalar la trascendencia del proyecto: «Va a suponer un antes y un después. Abandonaremos el concepto médico de discapacidad para entrar en el social. Cualquier persona, con independencia de su discapacidad, podrá y deberá ejercer sus derechos. Esta legislación elimina las barreras e impide -con apoyo del Estado- los obstáculos de la sociedad. No se hablará de incapacitación ni privación de derechos. No se necesita presupuesto económico para su aplicación, sino un cambio radical de pensar en los juristas, un cambio de mentalidad que va a llevar un tiempo».

Rubio reivindicó el «derecho de las personas con discapacidad a equivocarse. Debemos dejar que nuestro ser querido se equivoque con todas las consecuencias. El interés debe ser el respeto a su voluntad, no la protección».

Por último, Florentino González, de Down España, señaló que «el papel de las asociaciones va a seguir siendo fundamental en el nuevo Derecho de la Discapacidad». El representante de la ONG señaló que «pasamos ahora del modelo asistencial al de Derechos Humanos bajo la clave de bóveda del artículo 12. El proyecto de ley en general es un avance importantísimo, ya que España va con doce años de retraso. Estamos en condiciones de poder hacer una reforma que sea una referencia para muchos otros países; que cumpla plenamente las orientaciones y recomendaciones de la Convención y que marque un hito en defensa de los derechos y la protección jurídica de las personas con discapacidades».

Comparecencia en la Comisión de Justicia

La misma semana que tuvo lugar el foro de Servimedia TV; la directora de la Fundación Aequitas, Almudena Castro-Girona, comparecía en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados con el fin de informar sobre el proyecto de Ley de Reforma de la Legislación Civil y Procesal para el Apoyo de las Personas con Discapacidad.

La notaria valoró muy positivamente el texto del proyecto «dado que asume con carácter general los principios de la Convención. Aunque hay determinadas disfunciones, aspectos perfectibles o mejoras técnicas que pudieran ser introducidas en el trámite parlamentario para conseguir la plena adaptación a los principios de la Convención”, defendió.

Críticas al libro único del registro de la propiedad

Los participantes abundaron en un tema que ha generado controversia: la creación de un libro único informatizado en el Registro de la Propiedad que dará publicidad a las resoluciones judiciales que establezcan medidas de apoyo a las personas con discapacidad. Para Florentino González, miembro de la junta directiva de Down España, la medida es “un auténtico despropósito. Ese libro podría provocar una estigmatización de las personas con una discapacidad. Desnaturaliza el papel del Registro Civil y privatiza el mismo, e incumple la Convención al publicar la discapacidad», aseguró.

Nueva fiscal especializada en Discapacidad

A finales de octubre, el pleno del Consejo Fiscal nombraba una nueva fiscal de Sala en el Tribunal Supremo, que ejercerá las labores de coordinación de los servicios especializados en la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores. María José Segarra, fiscal general del Estado, con más de treinta años de experiencia, desempeñará esta tarea.

Durante el encuentro en Servimedia TV, la fiscal Rosa Rubio -Fiscal delegada de la especialidad civil y de protección jurídica de las personas con discapacidad en Canarias- manifestó que «este nombramiento es una noticia extraordinaria que reforzará la labor de los fiscales dedicados a esta especialidad. El hecho de que esta plaza sea cubierta por quien fuera fiscal general del Estado le confiere fuerza suficiente. Segarra ha demostrado sensibilidad suficiente y desempeñará una labor excelente», aseguró.