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El notario es un apoyo importante para el empresario, que le asiste en diversos actos relacionados con la evolución de la empresa, desde su constitución, crecimiento y desarrollo, hasta la disolución. Los notarios, además de autentificar los documentos y controlar su legalidad, prestan un servicio de asesoramiento jurídico previo, gratuito y de calidad a los empresarios. Más de 1.000.000 de empresarios acudieron al notario en 2018 para realizar unos 700.000 actos relacionados con el mundo empresarial y los distintos momentos de la vida de una empresa. En el primer semestre de 2019 fueron 523.466 los empresarios y más de 344.000 los actos.
Creación de sociedades y estatutos. La creación de empresas es uno de los principales indicadores de la actividad económica de un país. El notario informa al empresario sobre los distintos tipos de sociedad que puede utilizar para crear su empresa, asesorándole sobre las diversas alternativas para organizar las relaciones internas entre los socios y la actividad empresarial. También puede encargarse de redactar los estatutos y de realizar telemáticamente la mayor parte de las gestiones necesarias para la puesta en funcionamiento de la nueva empresa, como la obtención del certificado de denominación social, del NIF, del alta en Hacienda y de la inscripción en el Registro Mercantil. En menos de 24 horas, el notario puede redactar la escritura de constitución, obtener electrónicamente el NIF provisional, liquidar el impuesto y presentar la copia autorizada de la escritura en el Registro Mercantil.
Asesoramiento del notario. Dentro de la función de asesoramiento del notario está incluida la redacción de los estatutos. Es aconsejable consultar al notario antes de firmar la escritura de constitución, pues los estatutos van a ser la norma por la que se rija la sociedad y cualquier cambio posterior requiere el acuerdo de la mayoría de los socios. Por ello, los notarios inciden en la importancia de prever adecuadamente el contenido de los estatutos, adaptando a las propias circunstancias personales las opciones posibles en materia de determinación del objeto, capital social, adopción de acuerdos por los socios, estructura del órgano de administración, retribución de los administradores, prohibición de competencia, régimen de transmisión de las acciones o participaciones sociales, separación o exclusión de socios y otros aspectos de la vida de la sociedad.
Reorganización empresarial. La expansión de las empresas, su transmisión y la adaptación de estas a las circunstancias cambiantes de la vida económica se realizan frecuentemente por medio de modificaciones estructurales: fusión, escisión, transformación, cesión global del activo y pasivo, y traslado del domicilio al extranjero. A diferencia de las simples modificaciones de estatutos, que limitan sus efectos al marco estatutario por el que se rige una sociedad, las modificaciones estructurales de las sociedades se caracterizan por suponer una alteración sustancial de la sociedad, un cambio en la estructura, afectante a la organización patrimonial y personal.
Otras actuaciones. La intervención del notario permite acreditar la existencia de una sociedad, las regla por las cuales se rige y cualquier modificación posterior, así como obtener el diseño más adecuado para las relaciones jurídicas internas y externas de la sociedad. Pero los notarios prestan también otros servicios útiles para la vida de la empresa, como intervenir en las juntas generales o asambleas de socios, redactando el acta de la reunión; elevar a públicos los acuerdos sociales, dotándolos de fehaciencia y autenticidad, entre ellos los que tienen por objeto el nombramiento y cese de los cargos sociales de administradores y auditores, o recibir las declaraciones relativas a la unipersonalidad, que son de especial trascendencia para los terceros, por lo cual es necesario dar a conocer públicamente la adquisición y pérdida de la condición de sociedad unipersonal y el cambio de socio único.
El protocolo familiar. El protocolo familiar es un acuerdo firmado por los familiares propietarios de la empresa en el que se establecen las funciones de cada uno; cómo tienen que transmitirse las acciones o participaciones; cómo se llevará a cabo la sucesión de las siguientes generaciones, y cualquier otro asunto de interés para el buen funcionamiento de la empresa familiar o para asegurar su continuidad
Por Redacción
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