Las dificultades de los jóvenes para encontrar vivienda

CONSUMO
Tras la crisis financiera de 2008 la tasa de propiedad entre los jóvenes se ha desplomado hasta el 31% actual.

LAS DIFICULTADES DE LOS JÓVENES PARA ENCONTRAR VIVIENDA

Disponer de una vivienda en propiedad es el gran reto de muchos jóvenes que deciden independizarse. Hace unas décadas los españoles necesitaban el salario de tres años y medio para poder comprar un inmueble; hoy se necesita el sueldo de diez años. Así, según los últimos informes, la emancipación de los jóvenes es más difícil que nunca, no sólo por el precio de las viviendas sino también por la escasez de las mismas.
MARIÁN LEZAUN

El principal problema del acceso a la vivienda en España es que no hay inmuebles suficientes, ni los va a haber a corto plazo. Dice Gonzalo Bernardos, economista y profesor de la Universidad de Barcelona, que esa insuficiencia demuestra que no se están tomando las decisiones adecuadas, que no hay un verdadero compromiso de las partes implicadas. “El mercado podría soportar que se construyeran hasta 400.000 viviendas nuevas, pero apenas se levantarán unas 170.000 este año”, explica.

No hay suficiente oferta privada, pero tampoco hay voluntad pública para crear vivienda protegida y liberalizar más suelo para construir. Por eso, la compra de una vivienda es hoy el gran reto de los jóvenes que reclaman ayudas y facilidades para hacerse con un inmueble en propiedad.

 


EL PRINCIPAL PROBLEMA DEL ACCESO A LA VIVIENDA EN ESPAÑA ES QUE NO HAY INMUEBLES SUFICIENTES, NI LOS VA A HABER A CORTO PLAZO


 

Préstamos más flexibles

Para solventar este problema, las entidades financieras ofertan actualmente nuevos créditos hipotecarios dirigidos a personas de entre 18 y 34 años que estén pensando en adquirir su primera vivienda. Muchos de estos productos ofrecen cierta relajación de las condiciones, así como la ampliación de los periodos de devolución y la cobertura de hasta el 100% del precio del inmueble.  Bernardos reconoce que este tipo de hipotecas, aunque con cierto riesgo, son una buena solución y abren el mercado a un mayor número de personas.

Para acceder a estos productos se requiere contar con un trabajo estable, tener cargas familiares y no tener deudas. De esta manera el Gobierno es quien avala la hipoteca a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Estas ayudas obligan también a comprar inmuebles que no superen determinados precios. Así, se pretende ayudar a miles de jóvenes que se ven obligados a destinar un elevado porcentaje de sus ingresos al alquiler o la compra, sin poder ahorrar, compartiendo vivienda con otras personas o en inmuebles que no se ajustan a sus necesidades.

 


LAS ENTIDADES FINANCIERAS OFERTAN
ACTUALMENTE NUEVOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS DIRIGIDOS A PERSONAS DE ENTRE 18 Y 34 AÑOS


 

Emanciparse, misión imposible

Y es que salir de la casa familiar es cada vez más difícil. Según el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España de 2024, una persona joven debe destinar más del 90% de su sueldo para alquilar un piso sola (para un alquiler mediano de 1.080 euros al mes, frente a un salario medio de 1.170,54 euros), lo que dificulta cualquier posibilidad de ahorro. “En las grandes áreas urbanas españolas, donde los jóvenes se concentran en busca de oportunidades laborales, esta situación es aún más restrictiva: la tasa de esfuerzo en alquiler (un máximo de 35% de los ingresos) para una persona con renta promedio supera el límite recomendado a partir de viviendas de 30 metros cuadrados y llega a absorber la mitad de los ingresos para un piso de 45 metros cuadrados”, apunta Marina García, consultora de AFI. Es decir, las posibilidades de elección de vivienda son mínimas. Y es que, aunque es un problema que lleva casi dos décadas con nosotros, se ha acentuado con el aumento de los precios de compraventa y alquiler, que han crecido por encima de los salarios reales de los jóvenes en los últimos años.  A principios de los 2000 el acceso de los jóvenes a la vivienda en España no presentaba las dificultades actuales: en 2002, alrededor del 70% de los menores de 35 años ya vivía en una vivienda en propiedad. “El cambio fundamental se produce con la crisis financiera de 2008, ya que, desde entonces, la tasa de propiedad entre los jóvenes se ha desplomado hasta el 31% actual, según el Banco de España, y el alquiler se ha convertido en la forma de tenencia mayoritaria, alcanzando a más del 56% de los menores de 30 años”, señala García. Este cambio se refleja también en la edad media de emancipación que ha pasado de los 27 a los 30 años, lo que implica un retraso de varios años en la formación de hogares propios.

Pero Bernardos señala también un problema social que saca a relucir el cambio de costumbres en la población más joven. La manera de divertirse y la forma de entender esa emancipación hacen cada vez más difícil ahorrar y que muchos jóvenes opten por el alquiler como única solución para vivir de manera independiente. “Si bien es cierto que los menores de cuarenta años son los que acaparan la compra de vivienda, lo están haciendo con la ayuda de padres y abuelos”, explica Bernardos, quien añade que “estamos viendo una transferencia de dinero en este sentido como nunca: donaciones, transmisiones, etc.”.

Ayudas ICO: Alcance limitado

El principal problema del acceso a la vivienda es que no existen suficientes inmuebles asequibles. Por eso, las líneas de avales del ICO para jóvenes o los diferentes programas autonómicos tienen un alcance limitado. “España cuenta con un parque de vivienda social equivalente al 2,5% del total, muy por debajo del 9,3% de media en la Unión Europea y lejísimos del 30% de Países Bajos”, explica Marina García Gil, consultora de AFI. Esto se debe a que en nuestro país la vivienda de protección oficial se liberaliza pasado un determinado periodo, por lo que no se mantiene como una oferta de vivienda asequible a largo plazo. “Revertir esto podría ser una medida que contribuyera a aumentar esta oferta, pero seguiría siendo una medida cuyos efectos no serían inmediatos”, puntualiza García.  Además, la movilización de viviendas vacías o las fórmulas de alquiler asequible aún son poco frecuentes y no están generalizadas, lo que reduce su impacto estructural, reconoce García.  Las facilidades actuales pueden abrir la puerta a la compra a quienes no tienen ahorros suficientes, pero también concentran riesgos significativos. Antes de la crisis financiera, el porcentaje mediano de financiación sobre el valor (LTV) superó el 100%, y desde entonces se ha reducido al entorno del 80% gracias a un marco regulatorio más estricto. Volver a niveles muy elevados incrementa el riesgo cíclico y puede derivar en sobreendeudamiento, especialmente entre jóvenes y rentas bajas, que son los más vulnerables a subidas de tipos de interés o a pérdidas de empleo. “La experiencia reciente demuestra que un cambio rápido de tipos, como el vivido en los últimos dos años, aumenta de forma notable la proporción de hogares con cargas financieras elevadas, concentrándose de nuevo en los colectivos más frágiles, por lo que conviene que los niveles de apalancamiento no suban en exceso”, coinciden los expertos.

Según el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud, un joven tendría que destinar el 90% de su sueldo para alquilar un piso.

Antes de comprar hay que ahorrar

Contar con ahorros es el primer paso para acceder a una vivienda. Pero disponer de ese dinero requiere tiempo, un plan y compromiso de gasto, algo que para muchos jóvenes es una misión casi imposible. Por eso, antes de formalizar una compra y pese a que algunas entidades bancarias ofrezcan una financiación total hay que tener analizar muy bien los recursos financieros necesarios y disponibles: “Un mínimo del 11% del coste del inmueble”, apunta Gonzalo Bernardos, economista y profesor de la Universidad de Barcelona. “Antes de comprometerse con una compra, es fundamental evaluar el coste real de la operación, que va mucho más allá de la cuota hipotecaria. Hay que tener en cuenta impuestos, gastos de comunidad, mantenimiento y seguros”, explica Marina García, consultora de AFI. Por eso es importante disponer de un fondo de emergencia, valorar la estabilidad laboral y pensar en el horizonte vital: una hipoteca limita la movilidad geográfica y profesional, y eso puede tener implicaciones a medio plazo.

PARA SABER MÁS:

Helpmycash: Este comparador de productos bancarios ofrece información mensual sobre las hipotecas para jóvenes, así como sobre los requisitos necesarios para acceder a las ayudas.

Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: ofrece un programa de ayudas para jóvenes menores de 35 años. Desde ahí, se pueden consultar también las ayudas disponibles en las comunidades autónomas.

Consejo de la Juventud: ha publicado un informe en el que analiza las dificultades que tienen los jóvenes en el momento de emanciparse y acceder a una vivienda.

“Hipotecas juveniles, ¿una buena idea?”, por José García Montalvo

CONSUMO
JOSÉ GARCÍA MONTALVO,

catedrático de Economía de la Universitat Pompeu Fabra

“La cuestión es si se debe promover la propiedad con una flexibilización de condiciones hipotecarias como alternativa a un mercado del alquiler dislocado”

Hipotecas juveniles, ¿una buena idea?

En las últimas semanas diversos estudios e informes han puesto de nuevo de manifiesto las dificultades para la emancipación de los jóvenes españoles. Solo el 15,2% de los jóvenes menores de 30 años viven fuera del hogar familiar. Una posible causa de la reducción de la proporción de jóvenes emancipados es el elevado precio de los alquileres y los pagos de la hipoteca respecto a sus salarios. Entre los jóvenes emancipados se observa que la proporción de propietarios de vivienda ha caída a la mitad desde 2008, bajando del 54,9% al 27% de 2024, pero han crecido significativamente los jóvenes que alquilan a precio de mercado (del 25,5% de 2006 al 51,2% de 2024) y por debajo del mismo. En este contexto algunas entidades financieras han empezado a ofrecer hipotecas con condiciones especiales para jóvenes menores de 35 años, bien por estrategia comercial propia o con la garantía o aval de algún programa público.

Ante esta situación es importante hacerse varias preguntas: ¿es efectiva la política de avales para incrementar la tasa de emancipación entre los jóvenes? ¿Tiene riesgos macroprudenciales generalizar una política que eleva la ratio crédito valor al 100% para hipotecas de los jóvenes o incremente la tasa de esfuerzo (renta sobre cuota hipotecaria) aceptable para conceder una hipoteca si el demandante es joven? Aunque la tasa de propiedad entre los jóvenes ha caído, ¿es la tasa actual muy diferente a la que se observa en otros países con un nivel de desarrollo similar a España? ¿Era en épocas anteriores demasiado grande? Y si este era el caso, ¿puede ser una buena solución endeudar con un elevado apalancamiento los jóvenes ante la dislocación del mercado del alquiler?

La primera pregunte tiene dos vertientes. La primera tiene que ver con la relevancia del mercado de la vivienda en las tasas de emancipación de los jóvenes y la segunda con la eficacia de medidas que reducen el volumen de la entrada sobre la compra de vivienda. La cuestión de la elevada edad de emancipación de los jóvenes españoles es estructural. Suena al día de la marmota. La edad media de emancipación de los jóvenes españoles ha cambiado poco en los últimos 25 años. En el año 2000 era 29,4 años y en 2019 era 29,5 años. En 2023 la edad ha aumentado a 30,4 años, 4,1 años superior a la de los jóvenes de la UE. La mayoría de los países en los que la edad media de emancipación es superior a España, o en torno a 30 años, son del sur de Europa: Grecia, Italia, Portugal y Malta. Por tanto, en la edad de emancipación hay causas culturales y sociales más allá de los precios en el mercado inmobiliario. De la misma forma la precariedad laboral de los jóvenes menores de 30 años es muy elevada teniendo unas tasas de parcialidad en el empleo (25,4%) que casi doblan la media general (13,5%) junto con unos salarios un 35% por debajo de la media. Y aún peor, aunque no recibe mucha atención, es que el progreso de sus ingresos a lo largo de su vida laboral es cada vez más lento.

Respecto a la efectividad de estos esquemas el ejemplo más reciente es el programa Help to buy del Reino Unido que facilitaba, como respuesta a las restricciones de crédito posteriores a la crisis inmobiliaria de 2008, un préstamo gubernamental de hasta el 20% del valor de la vivienda (hasta el 40% en Londres), sin intereses durante cinco años, para la compra de una primera vivienda. Aproximadamente el 62% de los beneficiarios tenían menos de 34 años. Los resultados de diferentes evaluaciones no muestran evidencia de mejora de la accesibilidad. Además, hasta un 60% de los receptores señalan que podría haber comprado sin necesidad del esquema. Se calcula que el esquema Help to buy solo aumento en 0,4 puntos porcentuales la tasa de propietarios de vivienda. Evidentemente la efectividad de las políticas públicas depende de los detalles, pero no está claro que este tipo de ayudas acaben teniendo efectos significativos.

En segundo lugar, están las consecuencias macroprudenciales. Cuando el Banco de España se está planteando fijar, como ya han hecho muchos bancos centrales, límites para mantener en niveles razonables la ratio crédito/valor y la proporción de esfuerzo en el pago de la hipoteca sería un tanto paradójico que se relajaran estos límites hasta un punto que se pusiera en cuestión la sostenibilidad del pago de las cuotas por parte de los jóvenes beneficiarios. El caso de Estados Unidos entre los años 1997 y 2012 es paradigmático: la reducción de los criterios de concesión de créditos hipotecarios aumento la proporción de propietarios de viviendas desde el 65% hasta el 69% en 2007, para volver al 65% en el año 2012 tras millones de desahucios de hipotecados incapaces de hacer frente a sus créditos.

Finalmente, la tasa de propietarios de vivienda entre los jóvenes está cayendo en todos los países europeos, aunque en los países del sur desde niveles tradicionalmente más elevados. A pesar de la significativa caída en España, la proporción de jóvenes entre 16 y 34 años propietarios de vivienda sigue siendo superior a muchos países como Alemania, Francia, Italia, Austria, Países Bajos o Irlanda. El problema es que cuando se está produciendo una normalización en la tendencia de los jóvenes españoles a vivir de alquiler, la dislocación de este mercado impide dificulta el acceso por esta vía. La cuestión, de nuevo, es si la tasa de propiedad entre los jóvenes españoles es subóptima condicionada a su situación económica y si la mejor opción a un mercado del alquiler disfuncional es volver a promover la propiedad entre los jóvenes.

En conclusión, es evidente que la proporción de jóvenes que tienen vivienda en propiedad ha disminuido en España, pero la proporción de jóvenes que tienen un empleo a tiempo completo y viven con sus padres es cinco puntos porcentuales inferior a la media de la UE. La cuestión es si se debe promover la propiedad con una flexibilización de condiciones hipotecarias como alternativa a un mercado del alquiler dislocado, una ínfima proporción de alquiler social y un mercado laboral que genera una gran proporción de parcialidad entre los jóvenes.

Diez años de la Ley de Jurisdicción Voluntaria

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DIEZ AÑOS DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Desde la entrada en vigor de la ley se autorizaron 310.840 actos relacionados con la familia.

El pasado mes de julio se cumplieron diez años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV). Una regulación que supuso un aumento de las atribuciones de los notarios y cuyo principal objetivo fue la desjudicialización de numerosos actos no contenciosos —como las actas de declaración de notoriedad para herederos abintestato, las aceptaciones de herencia a beneficio de inventario, o las escrituras de celebración de matrimonio o divorcio, entre otros—, permitiendo que pudieran tramitarse de forma ágil, segura y accesible fuera del ámbito judicial.

REDACCIÓN

 “La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha cumplido su objetivo: desjudicializar numerosos expedientes, muchos de los cuales han pasado a ser competencia de los notarios o permiten que el ciudadano elija acudir a nosotros. Como funcionarios públicos que controlamos la legalidad, prestamos asesoramiento imparcial y autorizamos documentos públicos, fuimos reconocidos como la autoridad pública adecuada para resolver muchos de estos asuntos a través de la jurisdicción voluntaria”, explica la portavoz del Consejo General del Notariado (CGN), María Teresa Barea.

Álvaro Lucini, delegado del Consejo General del Notariado para el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), añade: “Esta ley ha sido pionera en Europa y, de hecho, actualmente otros países miembros de la Unión Europea participan en el proyecto JuWili II, por la justicia sin litigio, con el fin de impulsar que en esos países, tal como se ha hecho en España,  se atribuya a los notarios la competencia para actuar en actos no contenciosos, que hoy todavía están reservados a la autoridad judicial, como los matrimonios o los divorcios.”

Desde julio de 2015 hasta junio de 2025, los notarios autorizaron un total de 1.264.453 actos de jurisdicción voluntaria, relacionados con sucesiones (948.287), familia (310.840), obligaciones y conciliación (5.326 entre ambos). El aumento de este tipo de actos ha sido constante año a año, con la excepción del parón registrado en 2020 a causa de la pandemia.

 

Un hito normativo

El pasado 23 de julio se cumplió el décimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de junio, de la Jurisdicción Voluntaria, la cual supuso un hito normativo en la modernización del Derecho privado español. La Ley de Jurisdicción Voluntaria  se creó con el objetivo de agilizar algunos procedimientos, haciéndolos más eficientes y accesibles. Además, buscaba aliviar la carga de los tribunales al asignar ciertas competencias a los notarios y a otros funcionarios públicos.

MARÍA TERESA BAREA,

PORTAVOZ DEL NOTARIADO: “LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA HA CUMPLIDO SU OBJETIVO: DESJUDICIALIZAR NUMEROSOS EXPEDIENTES”

ÁLVARO LUCINI,

DELEGADO ESPAÑOL EN EL CONSEJO DE LOS NOTARIADOS DE LA UNIÓN EUROPEA: “ESTA LEY HA SIDO PIONERA EN EUROPA. ACTUALMENTE OTROS PAÍSES MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA PARTICIPAN EN EL PROYECTO JUWILI II, POR LA JUSTICIA SIN LITIGIO”

EN MÁS DETALLE

El Centro de Información Estadística del Notariado realizó en julio un informe con motivo del décimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

NÚMERO DE ACTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, desde julio de 2015 a junio de 2025

Por autonomías

Las comunidades autónomas que han registrado un mayor número de actos notariales de jurisdicción voluntaria durante este periodo de tiempo han sido Andalucía (225.632), Madrid (189.444) y Cataluña (166.459).

En líneas generales, por tipo de actos, se observa en las autonomías el mismo patrón que a nivel nacional, con los actos de sucesiones siendo el grupo mayoritario en todas las comunidades autónomas: en Extremadura el 92% del total de 35.481 actos; en Castilla y León supusieron el 89% del total de 75.523 actos; y en Galicia el 87% del total de 108.688 actos. Estas han sido las CC.AA. donde los actos de sucesiones han tenido un mayor peso desde el inicio de la aplicación de la LJV. Sin embargo, en Madrid los actos de sucesiones alcanzaron el 48% del total de 189.444 actos, en las Islas Baleares el 33% del total de 22.475 actos; y en Cataluña el 29% del total de 166.459 actos. En estas comunidades los actos de familia han alcanzado su mayor importancia relativa.

 


DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LJV, SE HAN AUTORIZADO 127.464 MATRIMONIOS Y 95.362 SEPARACIONES Y DIVORCIOS ANTE NOTARIO


 

Impacto nacional

Los actos de sucesiones sumaron un total de 948.287 entre julio de 2015 y junio de 2025, casi el 75 % del total. Destacaron las actas de declaración de notoriedad para herederos abintestato (872.545); seguidas por las actas de notoriedad de herederos abintestato colaterales (47.021); las de requerimiento al heredero para aceptar la herencia (11.661); las aceptaciones de herencia a beneficio de inventario (10.320); las protocolizaciones de testamentos ológrafos o parroquiales (3.938 actos). y las designaciones o nombramientos de contador partidor dativo o albacea (2.802 actos).

En cuanto a los actos relacionados con familia, durante este periodo se autorizaron 310.840. Entre ellos, se encuentran las escrituras de celebración de matrimonio (127.464 actos); las escrituras de separación o divorcio (95.362 actos); las actas de resolución de expediente matrimonial (68.869); los convenios reguladores (18.306), y las modificaciones de estos convenios (839).

ACTOS NOTARIALES DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA MÁS FRECUENTES
Código Acto Notarial Descripción
0114 Escritura de celebración de matrimonio Escritura pública en la que se formaliza la celebración del matrimonio civil ante notario, con todos los efectos legales previstos en el Código Civil. El notario actúa como autoridad pública con competencia para celebrar el vínculo matrimonial.
0115 Escritura de separación matrimonial o divorcio Escritura pública mediante la cual los cónyuges acuerdan su separación o divorcio de mutuo acuerdo, siempre que no existan hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores.
0118 Acta de resolución de expediente matrimonial Documento que acredita la resolución favorable del expediente previo necesario para contraer matrimonio, en los casos en que este procedimiento sea tramitado ante notario. Es paso previo a la celebración del matrimonio.
0203 Testamento cerrado y protocolización de testamento ológrafo o parroquial Comprende dos actos: el otorgamiento de testamento cerrado ante notario, y la protocolización (incorporación a protocolo notarial) de testamentos ológrafos o parroquiales, una vez acreditada su autenticidad y cumplimiento de requisitos legales.
0317 Convenio regulador Escritura que recoge el acuerdo alcanzado por los cónyuges en un procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo, en el que se regulan cuestiones como el uso de la vivienda, pensiones, etc.
1109 Aceptación de herencia a beneficio de inventario Escritura en la que el heredero acepta la herencia limitando su responsabilidad por las deudas del causante al valor de los bienes hereditarios, previo inventario. Garantiza la protección patrimonial del heredero.
1416 Designación o nombramiento de contador partidor dativo o albacea Escritura mediante la cual los herederos solicitan al notario la designación de un contador partidor (cuando no existe testamento o designación previa) o de un albacea, para facilitar la partición de la herencia o el cumplimiento de la voluntad del testador.
1630 Declaración de notoriedad para herederos abintestato Es heredero abintestato aquella persona o personas que, al no haber un heredero nombrado en testamento, lo es por establecerlo la ley. Para ser nombrado heredero abintestato es necesario formalizar un expediente de declaración ante notario.
1638 Acta de notoriedad de herederos abintestato colaterales Variante de la anterior, referida a herederos colaterales (hermanos, sobrinos, tíos…), cuando no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge del fallecido. Requiere mayor justificación documental.
1639 Acta de requerimiento al heredero para aceptar la herencia Documento en el que un interesado en una herencia insta formalmente a un heredero a manifestar si acepta o repudia la herencia, a fin de evitar incertidumbre jurídica o dilaciones indebidas.

“La jurisdiccion voluntaria notarial, tras una década”, por Ignacio Gomá Lanzón

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IGNACIO GOMÁ LANZÓN,

notario

“Éxito en general de esta delegación de funciones a los notarios y necesidad de revisar los requisitos y efectos de algunos expedientes”

La jurisdiccion voluntaria notarial, tras una década

Se cumplen ahora 10 años de la promulgación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y de la ley 13/2015 sobre Catastro, que atribuyeron a los notarios funciones que anteriormente desarrollaban los jueces. Es momento de ver si esta decisión de política legislativa ha conseguido sus fines: liberar a los jueces de tareas en las que propiamente no había contienda para que se pudieran centrar en las funciones más propias de su función, las de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, y prestar al ciudadano un servicio más dinámico sin merma de la eficacia y de la seguridad.

Desde mi punto de vista, puede decirse que la atribución de estas funciones a los notarios ha sido un éxito en términos generales, si bien cabe hacer matices si se desciende a los expedientes concretos. Obviamente, es más difícil de medir en aquellos en los que tenemos competencia exclusiva y más visible en aquellas actuaciones que son compartidas con otras instancias. Por ejemplo, la ley atribuyó al notario algunas nuevas competencias sustantivas -como los casos de matrimonio, separación o divorcio, o en el posteriormente atribuido expediente matrimonial y las juras de nacionalidad-, compatibles con otras instancias, y ello ha sido bueno porque lo único que ha hecho es ofrecer más posibilidades al ciudadano a un precio regulado. Si el Notariado funciona bien, hará muchos expedientes y si no, no, pero el ciudadano tendrá una alternativa si quiere.

Otros nuevos expedientes anudan efectos jurídicos a actuaciones que ya se realizaban de otra manera, o amplían su ámbito, y aquí puede decirse que la novedad ha funcionado en aquellos expedientes que producen efectos claros y palpables y suponen un avance frente al sistema anterior (declaración de herederos de colaterales o beneficio de inventario), y no en los expedientes que no resultan útiles porque su configuración es excesivamente limitada o sus efectos reales son parcos; como, por ejemplo, el expediente de ofrecimiento de pago y consignación, porque no se produce la liberación del deudor hasta la aceptación de la consignación por el acreedor, sin que el notario pueda declararla bien hecha como puede hacer el juez. Tampoco ha funcionado el expediente de reclamación de deudas dinerarias no contradichas, porque excluye demasiadas deudas de su objeto, entre ellas las de los consumidores.

Mención especial merece el procedimiento, muy poco definido en la ley. En la práctica, los notarios hemos tenido que “inventárnoslo” para conseguir que todos los elementos sustantivos resulten cumplidos, con un problema añadido: algunos de los expedientes, particularmente los que antes se realizaban judicialmente, tienen un regusto judicial poco adaptado al despacho notarial y a la forma de actuar del notario.

La falta de regulación es aún más visible en los procedimientos que han introducido elementos que exceden de la función notarial clásica porque implican un juicio del notario que rebasa nuestro quehacer habitual tradicional, atribuyéndonos ciertas facultades decisorias, como en el caso de la aprobación de la partición si hubo pago en metálico de la legítima y de la realizada por el contador partidor dativo. El problema es que puede ocurrir que el requirente confunda la naturaleza del acto que estamos realizando, pretendiendo servicios o actuaciones que quizá procedieran en una escritura o un acta, pero no aquí, porque no estamos ejercitando las funciones profesionales clásicas sino otras, relacionadas con la equidad y la justicia, en las que sin duda el elemento predominante es el público y no procede la función mediadora propia de la actuación notarial en los negocios jurídicos, sino la valoración de la actuación de un tercero sin intromisiones ni sugerencias. Y ello no es siempre fácil de comprender.

Es cierto que esa facultad decisoria en equidad, más próxima a la actividad jurisdiccional que a la tradicional del Notariado, se corresponde a asuntos en los que normalmente subyace un conflicto que normalmente no existirá en una declaración de herederos, en la pérdida de un título valor o incluso en la reclamación de deudas no dinerarias. Pero cuando es el juez el que actúa, el control del conflicto subyacente se realiza por medio de la autoridad y poder de que el juez dispone; pero cuando se trata del notario, esta autoridad no existe. Por ello, quizá sería conveniente permitir que el ciudadano disconforme pudiera recurrir ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe pública la decisión notarial. De esa manera no le obligaríamos a acudir a la vía judicial, siempre más costosa y larga y que, desgraciadamente, con demasiada frecuencia, tiende a ir a la vía penal, ofreciéndole una vía más sencilla y rápida para discutir la decisión del notario que, quizá, de ser confirmada desalentaría ulteriores recursos. Dicho de otra manera, en los expedientes en los que se excede la función notarial clásica -juicios o calificaciones básicamente de notoriedad y percepciones, no recurribles– para pasar a la valoración de equidad o justicia, debería poder revisarse la decisión del notario, como de hecho ocurre ya con las resoluciones denegatorias de la celebración de matrimonio (arts. 58.7 y 85.1 LRC).

En resumidas cuentas: un éxito en general de esta delegación de funciones de la jurisdicción voluntaria a los notarios; necesidad de revisar los requisitos y efectos de algunos expedientes; y conveniencia de establecer procedimientos por vía reglamentaria y de crear un recurso en aquellos expedientes que implican decisiones de fondo del notario.

* Esta es una versión abreviada de un artículo publicado en la revista El Notario del Siglo XXI, núm. 121, mayo-junio 2025.

Entrevista a José Luis Fernández Lozano, delegado autonómico de Æquitas en Asturias

ESPACIO ÆQUITAS

JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ LOZANO,

DELEGADO AUTONÓMICO DE LA FUNDACIÓN ÆQUITAS EN EL COLEGIO NOTARIAL DE ASTURIAS

Además de ejercer como notario de Ribadesella, José Luis Fernández Lozano es académico de número de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia. A ello hay que sumar su labor corporativa, cuatro años como decano del colegio notarial asturiano y después como delegado autonómico de Æquitas, así como su trabajo doctrinal como miembro de la Comisión de Seguimiento de la Cátedra de Derecho Notarial de la Universidad de Oviedo, codirector del Curso Práctico de Derecho Notarial y profesor de la Escuela de práctica jurídica del Principado y del Curso de Experto en Derecho de Sucesiones. En esta entrevista nos acerca la labor que realizan los notarios y su Fundación Æquitas en apoyo de las personas con discapacidad.
JOSÉ M. CARRASCOSA

"Acudir al asesoramiento del notario es la medida más recomendable que se puede dar a una persona con discapacidad y a su familia"

Notario desde 1991. ¿Cómo ha evolucionado la función notarial en este período?

Los cambios experimentados en la función notarial, en todos estos años, como no podía ser de otra forma, han sido sustanciales, pero sin que por ello se haya perdido la esencia de nuestra labor, siempre al servicio de la sociedad. Se han ampliado las competencias, atribuyéndonos nuevas e importantísimas actuaciones, aliviando a los tribunales de buena parte de su carga de trabajo (Ley 15/2015), y convirtiéndonos en factor fundamental para la transparencia material en los préstamos hipotecarios (Ley 5/2019), pero, sobre todo, haciéndonos responsables de ser el apoyo institucional de las personas con discapacidad (Ley 8/2021). Por otra parte, la digitalización, desde la implantación de la firma electrónica notarial, el índice único informatizado y la conexión telemática con registros, Catastro y otros organismos públicos, ha culminado en la Ley 11/2023, con el protocolo electrónico notarial y la autorización de determinados actos por videoconferencia.

¿Cómo cree que perciben la sociedad y las instituciones el papel del notario?

Siempre ha existido un gran desconocimiento de la labor del notario, que, en una visión simplista, se ha venido reduciendo, a la firma, al considerarse que el notario se limita a dar fe de un documento, por exigencias meramente formales de la normativa vigente, sin aportar ningún otro valor.

No obstante, en los últimos años, creo que se ha mejorado la imagen que la sociedad tiene de nosotros, al considerarnos una parte fundamental del sistema de seguridad jurídica preventiva, caracterizados por la imparcialidad e independencia, totalmente adaptados a los retos tecnológicos.

A esta mejora en la percepción de la función notarial, en la que todavía queda mucho recorrido por hacer, ha contribuido, sin duda alguna, por una parte, nuestro papel como protectores de los consumidores y como apoyo de las personas con discapacidad, bastante visibilizado tras las últimas reformas legales, pero también, por otra parte, la difusión de la labor notarial a través de las secciones de Imagen y Comunicación del Consejo General del Notariado y de algunos Colegios Notariales, utilizando todos los recursos disponibles, incluyendo los tecnológicos, entre los que se incluye el uso de las redes sociales.

 


“UNA DE LAS FUNCIONES MÁS IMPORTANTES DEL NOTARIADO ES LA SOCIAL. SIEMPRE HEMOS ATENDIDO A LAS PERSONAS QUE RECLAMAN NUESTRO MINISTERIO”


 

En 2017 se incorporó a la Fundación Aequitas, como delegado. ¿Cuál es su valoración de esta etapa?

Anteriormente, del año 2006 al 2009, ya tuve el honor de ser el delegado de la Fundación Aequitas en Asturias. Tras el paréntesis habido al asumir el cargo de decano del colegio notarial asturiano, al quedar vacante la delegación, volví a serlo en el año 2017.

Una de las funciones más importantes del Notariado, a mi juicio, es la función social. Los notarios siempre hemos atendido y escuchado a las personas que reclaman nuestro ministerio; siempre hemos promovido el respeto de la dignidad de la persona.

La creación en 1999 de la Fundación Aequitas, impulsando reformas legislativas que mejoran el marco legal de las personas vulnerables, y organizando actividades de formación y campañas de concienciación, ha sido una de las mejores iniciativas (por no decir la mejor y más acertada) del colectivo notarial. Como persona y como notario, me siento muy satisfecho de participar en sus actividades junto con los demás delegados territoriales, dirección y equipo de comunicación de la fundación.

En 2023 se constituyó Foraequidas. ¿Cuáles serán las principales líneas a seguir en el corto plazo?

El Foro Aequitas de discapacidad de Asturias (Foraequidas) tiene como fines estudiar y analizar la situación actual de la protección de los derechos de las personas con discapacidad y de las personas mayores vulnerables; establecer vías de colaboración para lograr la efectividad de tal protección; examinar la aplicación de las normas que afectan a las personas con discapacidad; proponer reformas legislativas; detectar posibles necesidades de formación de los profesionales y, caso de considerarlas necesarias, organizar esa formación. Todo ello con la finalidad de mejorar la protección y defensa de los derechos de las personas con discapacidad y de las personas mayores vulnerables.

La reunión de los diversos operadores jurídicos y sociales en un foro de ámbito autonómico está permitiendo descubrir los problemas que las personas con discapacidad tienen en la práctica concreta y cercana en el ejercicio de sus derechos, valorar las posibles soluciones, entre todos los participantes, y, en último término, mejorar la aplicación de la normativa legal.

La implicación vocacional de todas las personas que lo integran es extraordinaria, y por ello quiero expresarles mi máximo agradecimiento.

 


“DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 8/2021 EL NOTARIO SE CONVIERTE EN EL PRINCIPAL APOYO INSTITUCIONAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD”


 

Suele impartir charlas informativas en asociaciones de mayores. ¿En su opinión, qué es lo que más preocupa a estas personas?

Entre las principales preocupaciones de las personas mayores de 65 años se encuentran la soledad, y el temor a la pérdida de su autonomía por un posible deterioro cognitivo sobrevenido. Quieren dejar “las cosas organizadas antes de perder la cabeza”.

Las preguntas más frecuentes son: ¿Cómo puedo designar a una persona, familiar o de mi entorno de confianza, que me apoye y cuide si no puedo hacerlo por mí misma?; ¿Cómo puedo dejar mi patrimonio, tras mi fallecimiento, de la mejor forma para que mis herederos no se peleen y paguen menos impuestos?; ¿Cómo puedo garantizar mi subsistencia económica si necesito ingresar en una residencia y no tengo patrimonio suficiente?; ¿Cómo puedo disponer que, en caso de enfermedad incurable y terminal, no se mantenga médicamente mi vida con tratamientos inútiles que no deseo que se me apliquen?

En las charlas divulgativas que impartimos en las asociaciones de jubilados y otros centros sociales les damos a conocer las figuras jurídicas del poder preventivo, la autocuratela, el testamento, las instrucciones previas o testamento vital, así como los instrumentos jurídicos que pueden contribuir a su estabilidad económica (como las hipotecas inversas).

¿Qué consejo daría a una familia que quiere garantizar la autonomía de la voluntad de una persona vulnerable?

Acudir al asesoramiento y apoyo del notario es la medida más recomendable que se puede dar a una persona con discapacidad y a sus familias.

Puesto que las discapacidades son muy variadas y de una intensidad muy diversa, es conveniente solicitar cita en la notaría, para que el notario pueda atender y escuchar a la familia y, especialmente, a la persona vulnerable, con el fin de hacer “el traje a medida” que permita garantizar su autonomía de voluntad.

A tal fin, con los apoyos adecuados a cada caso, el notario autorizará una medida voluntaria de apoyo, un poder preventivo, una autocuratela, o una combinación de estas medidas, adaptando éstos al caso concreto, en función de la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad, con el fin de que pueda ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás personas, de la forma más eficaz y segura.

Este septiembre se cumplen cuatro años de la entrada en vigor de la Ley 8/21 de apoyo a las personas con discapacidad. ¿Cómo ha modificado su trabajo diario esta nueva normativa?

La Ley 8/2021 persigue un “cambio de paradigma” en la consideración jurídica de las personas con discapacidad. Ya no cabe la “incapacitación” ni la “modificación judicial de la capacidad”. Toda persona tiene capacidad jurídica, pudiendo ejercitar ésta por sí misma o con los apoyos necesarios.

Antes de la reforma, lo primero que comprobábamos en la notaría era si la persona estaba o no “incapacitada”, sometida a tutela o curatela. Si estaba sujeta a tutela, prescindiendo de la voluntad de la persona, era el tutor el que actuaba, con o sin autorización judicial, según los casos.

Desde la entrada en vigor de esta ley, el 3 de septiembre de 2021, toda persona con discapacidad ha de ser escuchada por el notario, que se convierte en el apoyo institucional principal de ésta.

Entre los puntos del orden del día de la última reunión del foro llaman la atención aspectos procesales como la reforma del internamiento no voluntario…

Es necesaria una reforma urgente del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, e incluso su derogación, a fin de adaptar el internamiento no voluntario de las personas con discapacidad a la nueva regulación.

La transformación de los juzgados en tribunales de instancia, con una mayor especialización y concentración de procedimientos, puede favorecer la adecuada aplicación de la normativa vigente en materia de discapacidad.

La sanidad digital

EN PLENO DEBATE
La Inteligencia Artificial comienza a incorporarse en pruebas radiológicas o dermatológicas.

LA SANIDAD DIGITAL

La sanidad española ha experimentado una transformación significativa. La digitalización ha impulsado grandes avances, como la receta electrónica y la historia clínica digital, beneficiando a más del 90% de la población. Sin embargo, persisten retos acuciantes: el envejecimiento demográfico, la escasez de profesionales y la brecha digital en los mayores. La sanidad privada crece, pero su capacidad está bajo presión. La inteligencia artificial emerge como una posible solución, aunque debe superar importantes desafíos éticos y legales. Reforzar la atención primaria, avanzar en una digitalización inclusiva y destinar más financiación son claves para el futuro del sistema.
CARLOS CAPA

La evolución de la sanidad en España, desde la aprobación de la Ley General de Sanidad en 1986, marca un antes y un después en el tratamiento institucional de la sanidad de los españoles.

Esta norma, pionera en los países avanzados, desarrolló el art.43 de la Constitución que reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública mediante medidas preventivas, servicios y prestaciones necesarias, creando el Sistema Nacional de Salud, basado en la universalización, equidad y financiación pública. El gran cambio fue la descentralización: las competencias pasaron a las comunidades autónomas, permitiendo una gestión territorial y una adecuación más eficiente a las necesidades locales.

Gestión de los datos

En los últimos años, la digitalización ha revolucionado el panorama sanitario nacional. España es hoy un país líder en la implantación de la receta electrónica y la historia clínica digital, servicios de los que ya dispone más del 90% de la población.

La interoperabilidad entre comunidades autónomas y servicios en la nube han permitido la gestión eficiente de datos sanitarios e imágenes médicas, facilitando el acceso y la continuidad asistencial. Además, la Estrategia de Salud Digital 2021 y La Estrategia Española de Salud Global 2025-2030 ya proyectan los nuevos desafíos de la sanidad con el objetivo de avanzar en la inclusividad y sostenibilidad.

 


LA SANIDAD DIGITAL EN ESPAÑA NO ES SOLO UNA CUESTIÓN DE MODERNIZACIÓN. ES UN PROYECTO INTEGRAL QUE CONECTA DERECHOS, ÉTICA, ECONOMÍA Y SOCIEDAD


 

Esta estrategia busca crear sistemas sanitarios robustos que garanticen el acceso universal para todos, independientemente de su situación administrativa, haciendo efectiva la desvinculación del aseguramiento sanitario de la cotización social y vinculándolo a la residencia en el país. Sin embargo, el triple reto de afrontar una modernización tecnológica acelerada, el déficit de profesionales y la realidad de una población crecientemente envejecida que, en muchos casos, se enfrenta a la brecha digital, debe ser afrontado.

Nuevos retos

Aplicaciones como La Meva Salut (Cataluña), SaludInforma (Aragón) o SaludMadrid entre otras permiten hoy obtener citas, informes clínicos o resultados diagnósticos. Y la IA comienza a incorporarse en pruebas radiológicas o dermatológicas.

Estos avances no deberían convertirse en una nueva brecha de desigualdad. En España más de nueve millones de personas superan los 65 años (el 20% de la población) y muchas de ellas tienen dificultades para manejar aplicaciones informáticas. Los profesionales sanitarios coinciden en que obligar a un paciente de 82 años a renovar su receta en un teléfono inteligente, del que probablemente ni siquiera dispone, es un absurdo y una pérdida de tiempo para el paciente y para el profesional que acabará, finalmente, haciendo la gestión.

 


LA INTEROPERABILIDAD ENTRE COMUNIDADES
AUTÓNOMAS Y LOS SERVICIOS EN ‘LA NUBE’ HAN PERMITIDO LA GESTIÓN EFICIENTE DE DATOS SANITARIOS E IMÁGENES MÉDICAS


 

Una mirada especial es obligada para la atención primaria, concebida como puerta de entrada del sistema, y que todos los estudios sitúan bajo mínimos. Las proyecciones de las autoridades sanitarias prevén que el déficit de médicos de familia en 2029 llegará a más de 5.600 profesionales.

Esta situación ha empujado a muchos ciudadanos a la sanidad privada, que mantiene un crecimiento de usuarios sostenido en los últimos años con más de 12 millones de asegurados en este momento. Pero, ¿está preparada para absorber este incremento?

Las aseguradoras manifiestan preocupación por la saturación de sus redes y una demanda disparada que ha provocado que, al menos en las grandes ciudades, ya existan agendas de profesionales o especialidades bloqueadas o citando a meses vista ante la imposibilidad de absorber la demanda.

El sistema sanitario español se juega mucho en los próximos años. Tres palancas serán decisivas: reforzar la atención primaria, digitalizar de forma inclusiva y aumentar la financiación pública (España es el décimo país de la UE en porcentaje del PIB dedicado a la Sanidad).

Desafíos de la digitalización

Según el barómetro Sanitario del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) cerca del 60% de los ciudadanos admite esperar más de diez días por una cita en atención primaria. Al mismo tiempo, cuatro de cada diez valoran positivamente las aplicaciones sanitarias. La digitalización genera ilusión, pero no sustituye la falta de médicos. El barómetro refleja esta realidad cuando señala que 45,1% de la población opina que la sanidad pública necesita cambios importantes o profundos.

Además de los retos ya mencionados, la digitalización plantea un desafío adicional en la gestión ética y legal de los datos sanitarios. La creciente recopilación y procesamiento masivo de información personal con tecnologías avanzadas requiere una regulación rigurosa que garantice la privacidad, protección y uso adecuado de los datos. En España, las normativas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), imponen estándares estrictos, pero la implementación práctica provoca nuevas discusiones sobre el consentimiento informado y la responsabilidad en caso de brechas de seguridad o uso indebido. Extender la confianza ciudadana en los sistemas digitales es fundamental para que el avance tecnológico sea efectivo y socialmente aceptado.

El profesional sanitario también enfrenta una transformación en su rol. La automatización y la inteligencia artificial no solo optimizan recursos, sino que cambian las formas de diagnóstico y toma de decisiones médicas. Esto exige una formación continua y adaptativa para médicos, enfermeros y técnicos, que deben aprender a convivir con estas herramientas sin perder el criterio humano indispensable. La resistencia a la digitalización, especialmente en colectivos menos familiarizados con la tecnología, es otro desafío interno que el sistema debe abordar mediante programas de capacitación y motivación.

 


LA ESTRATEGIA DE SALUD DIGITAL 2021 Y LA
ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE SALUD GLOBAL 2025-2030 YA PROYECTAN LOS NUEVOS DESAFÍOS DE LA SANIDAD


 

La inclusión digital

En cuanto a las personas mayores, la brecha digital no sólo afecta a la gestión de recetas o citas, sino que también limita el acceso a modelos innovadores de telemedicina, que podrían beneficiar en gran medida a quienes tienen movilidad reducida o viven en zonas rurales. Por ello, la inclusión digital debería acompañarse de iniciativas orientadas a facilitar la alfabetización tecnológica, mayor accesibilidad y apoyo personalizado. El sistema sanitario debe garantizar que nadie quede excluido por razones tecnológicas, evitando así agravar las desigualdades que por razón de edad u otras existan.

Asimismo, la sanidad privada, aunque en crecimiento, ve sus límites a la vista. La saturación de consultas, la presión sobre la atención pública y el alza en los costes de los seguros sanitarios plantean la posibilidad de repensar un modelo mixto que sea sostenible y eficaz. La colaboración público-privada, con estrategias compartidas e intercambio de información digital, podría ser una vía para aliviar esta tensión y optimizar la atención a la población.

En definitiva, la visión a largo plazo que propone la Estrategia Española de Salud Global apuntala un sistema más resiliente que responda a los cambios demográficos y tecnológicos sin dejar atrás a los más vulnerables.

La sanidad digital en España no es solo una cuestión de modernización técnica; es un proyecto integral que conecta derechos, ética, economía y sociedad. El equilibrio entre innovación y equidad será la clave para que los avances en salud digital beneficien a todos los españoles sin disparar desigualdades ni sobrecargar recursos limitados.

Estrategia europea

La telemedicina, la inteligencia artificial y las aplicaciones móviles de servicios de salud forman parte de la estrategia de transformación digital de la Unión Europea, impulsada por la experiencia de la pandemia de COVID-19 que actuó como catalizador de un cambio digital en el sistema sanitario, al igual que en la empresa o la Justicia que, de manera natural, hubiera tardado lustros en alcanzarse.

La esperanza se llama Inteligencia Artificial
La IA es una de las grandes apuestas para intentar cerrar ese círculo virtuoso que integra una prolongada longevidad, la carencia — al menos en los próximos años — de suficientes profesionales y la obligación de ofrecer un servicio sanitario universal. Esta herramienta permite prever brotes epidémicos, analizar radiografías y optimizar quirófanos. Pero no está exenta de dilemas éticos en asuntos como el consentimiento o la programación algorítmica y tiene pendiente resolver las dificultades de acceso, en especial para las personas mayores.
PARA SABER MÁS

En este enlace se puede consultar la Estrategia de Salud Digital del Reino de España (2021-2026) 

El Baremo Sanitario del CIS esta accesible aquí

“La medicina y la IA: ¿una historia de amor o de odio?”, por Salvador Macip

EN PLENO DEBATE
SALVADOR MACIP,

Médico e investigador, director de los Estudios de Ciencias de la Salud de la Universitat Oberta de Catalunya y catedrático de medicina molecular de la Universidad de Leicester

“Si pretendemos usar la IA como un suplente del médico, vamos a dañar la calidad del sistema, exagerando aún más la dualidad público/privado”

La medicina y la IA: ¿una historia de amor o de odio?

A finales del 2022, la compañía OpenAI publicaba la primera versión de un chatbot que utilizaba lo que se ha venido a llamar inteligencia artificial generativa, y en dos meses ya tenía cien millones de usuarios. Era el nacimiento del ChatGPT y el inicio de una revolución que llevaba años gestándose. Aunque ChatGPT no era el primer chatbot de la historia (desde finales de los 60 que existen programas que pueden mantener conversaciones más o menos “inteligentes”), ni el primer ejemplo de aplicación que utiliza la inteligencia artificial para producir contenido en principio “nuevo”, sí que inició el boom de la IA accesible a todo el mundo que estamos viviendo.

Igual que pasó originalmente con internet, que antes de explotar solo estaba disponible en el entorno universitario, la Inteligencia Artificial no apareció de golpe con el chatGPT. En entornos profesionales ya se venía usando de varias formas, algunas bastante revolucionarias. Por ejemplo, hace años que existe AlphaFold, un programa que predice la forma de las proteínas. Esto, entre muchas otras cosas, es uno de los primeros pasos para diseñar fármacos, y antes del aterrizaje de AlphaFold requería experimentos largos y complejos. Podemos decir que la IA ya está acelerando el descubrimiento de nuevos tratamientos.

Con la popularización de la IA era cuestión de tiempo que se planteara implementarla también en la atención médica. Existen algoritmos que pueden diagnosticar ciertos cánceres igual o mejor que un oncólogo experto. Y no es descabellado pensar que las habilidades de la IA a la hora de reconocer patrones podrían ser útiles en prácticamente cualquier tipo de diagnóstico. ¿Quiere decir esto que los ordenadores acabaran sustituyendo a los médicos en las consultas? El planteamiento no tendría que ser este.

AlphaFold es de nuevo un buen ejemplo. La primera reacción cuando se publicaron los estudios que demostraban su gran poder fue creer que los biólogos estructurales se habían quedado sin trabajo. La IA hacía lo mismo que ellos, pero más rápido y más barato: los días de la profesión parecían contados. Pero no fue así, ni mucho menos. AphaFold no ha substituido a nadie, sino que se utiliza como lo que es: una herramienta. Se ha incorporado al arsenal de los profesionales, facilitándoles el trabajo y permitiéndoles avanzar con más eficacia.

Así tiene que ser también la incorporación de la IA en el entorno sanitario. Si pretendemos usarla como un suplente del médico, vamos a dañar la calidad del sistema, exagerando aún más la dualidad público/privado, cuando el objetivo sería precisamente el contrario: cerrar el abismo que se abre entre los dos tipos de asistencia, resultado de haber recortado y sobrecargado una seguridad social que era la envidia de muchos países. No podemos aceptar un futuro en el cual los que acudan a la sanidad pública serán atendidos principalmente por máquinas mientras que solo los que paguen un premium tendrán acceso al trato humano.

La medicina del futuro tiene que recuperar su vertiente más humanista, perdida después de años de recortes y presiones que han limitado el tiempo de contacto entre médico y paciente a mínimos insostenibles. Aunque suene paradójico, la IA puede ser la manera de conseguirlo. Un ordenador puede encargarse de la burocracia, por ejemplo, transcribiendo el diálogo con el paciente hasta convertirlo en una historia clínica más detallada y exacta que las actuales: Puede ayudar al diagnóstico, ahorrando consultas adicionales, pruebas innecesarias y búsquedas en bases de datos. Puede, también, corroborar decisiones para reducir errores. Todo esto nos ahorrará un tiempo precioso.

La IA nunca sustituirá al profesional. No puede. Le falta la intuición y la humanidad tan esenciales en la profesión, y que tienen que volver al primer plano del proceso. Los médicos tienen que poder destinar tiempo a hablar con sus pacientes. Mi padre, médico generalista de la vieja escuela, siempre decía que la mayoría de los diagnósticos, y una buena parte del tratamiento, los hacía sentado delante de los enfermos y dejando que se explicaran. Esta imagen es impensable tal como está diseñado el sistema hoy en día, pero quizás la podremos recuperar, por lo menos en parte, si dejamos entrar la IA en las consultas. Eso sí: hay que hacerlo bien para evitar que el resultado sea justo el contrario de lo que buscamos.

La generación X no somos nativos digitales, pero somos los primeros que hemos pasado la mayor parte de nuestra vida rodeados de ordenadores. Estos “inmigrantes digitales”, como se nos llama a veces, estamos acercándonos a la edad de la jubilación, y volveremos a ser, una vez, más pioneros, porque seremos la primera población de ancianos que vivirá una medicina plenamente tecnificada y asistida por la IA. Será inevitable en países como España, donde coincidimos con el baby boom. Se calcula que una cuarta parte de la población tendrá más de 65 años en el 2030. Si no cambiamos el modelo, no podremos hacer frente a las necesidades de salud de tanta gente mayor. Quizás la solución sea un uso racional de la IA en la atención médica.

Aprovechemos pues para diseñar una asistencia a la tercera edad (y, claro está, al resto de la población) más completa y personalizada con la ayuda de la IA, con el objetivo prioritario de poner otra vez en el centro al enfermo, que es la única manera de hacer una medicina de calidad. Que el miedo que le tenemos a la IA se acabe convirtiendo en una historia de amor.

‘La celestina y los enamorados’, de Luis Paret y Alcázar

ESFERA CULTURAL
LEER CUADROS

CONVENIO EL PRADO-FUNDACIÓN NOTARIADO

CLAVES DE LA OBRA

Autor: Luis Paret y Alcázar (1746-1799)
Fecha: 1784
Tamaño: 410 x 300 mm
Material: Pluma, pincel y aguada de colores sobre papel verjurado
Ubicación: Gabinete de Dibujos

‘La celestina y los enamorados’

Esta acuarela de Paret, realizada durante su exilio en Bilbao, está considerada la más bella del siglo XVIII español debido a su gran formato, a su carácter de obra autónoma acabada, a la destreza con que está elaborada y a su temática a caballo entre lo costumbrista, lo literario y lo bizarro.
JOSÉ MANUEL MATILLA,

jefe de la Colección de dibujos, estampas y fotografías

Paret describe con minuciosidad una escena de la vida cotidiana en un interior realista dotado de detalles moralizantes alusivos a las relaciones amorosas furtivas, al paso inequívoco del tiempo y al deseo del ser humano de controlar su destino a través de la creencia en lo sobrenatural.

Los objetos dispuestos en la vivienda ayudan a entender que nos encontramos en presencia de una alcahueta con supuestas dotes adivinatorias y de modificación de las voluntades amatorias.

Un autor de detalles

En primer término se ve una pila de lavar de madera sobre la que hay una pieza de tela y una gata. En un segundo plano, sobre la mesa cubierta con un tapete o alfombra raída se disponen una serie de objetos: una jarra blanca vidriada que refleja los colores de la gata; una copa dieciochesca de cristal, una caja de esencias de perfume y dos botes de farmacia. 

 


ESTA OBRA ANTICIPA ASUNTOS QUE INTERESARÁN A GOYA POCO DESPUÉS: LA SUPERSTICIÓN, EL ENGAÑO Y LA VEJEZ


 

La celestina, vestida con indumentaria anticuada sostiene un rosario con el que más que rezar parece contar el tiempo que pasarán los jóvenes en la habitación que les ha dejado. Si la indumentaria y los objetos son astrosos, no lo es menos la estancia, con el suelo de barro cocido desportillado y las paredes desconchadas. El techo deja ver la viguería de madera con telarañas y la rudimentaria forma de tabicar y cubrir con paja el reservado, en la que se aprecia una cama al fondo para el amor furtivo de la pareja. La joven se dispone a cerrar la puerta, mientras el varón, con tocado de plumas, apoya ansioso su mano sobre el hombro de la mujer y acerca la cabeza a su nuca, como en las composiciones galantes francesas contemporáneas.

En la ventana se aprecia una hoja de papel con un gozo, quizá dedicado a San Antonio de Padua, muy popular entonces y recurrente en las oraciones para la obtención de esposo.

Paret ha incluido en la vivienda de la hechicera una serie de elementos que denotan su profesión: un cráneo de asno, cuyos sesos se usaban para potenciar el poder genésico de los amantes; una ristra de ajos, utilizados por su poder de amarre; un cedazo, utilizado para adivinar el futuro; una devanadera con una vela, símbolo del conocimiento oculto; un murciélago disecado, con cuyos polvos se hacían conjuros a los enamorados; una rama de amapola, utilizada por su poder somnífero; un gallo muerto, con cuyo corazón se hacían pócimas; y los ovillos de hilo, símbolo de Cloto, una de las Parcas, que regía la vida de los hombres con su devanadera.

Esta obra anticipa asuntos que interesarán a Goya poco después: la superstición, el engaño y la vejez.

Encuentro con el ministro de Justicia

PRIMER PLANO
COLABORACIÓN INSTITUCIONAL

Félix Bolaños destaca la contribución de los notarios al servicio público

El Ministro y la Presidenta al concluir el acto.
En la reunión mantenida por la presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio Del Olmo con el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños puso en valor la labor de los más de 2.800 notarios y notarias en España, destacando su papel como garante de la seguridad jurídica preventiva y su contribución al servicio público en beneficio de la ciudadanía, y emplazándoles a continuar participando en la mayor transformación de la Justicia en décadas.

Ambos destacaron el avance del proyecto de interoperabilidad entre el Registro Civil (DICIREG) y la plataforma notarial (SIGNO), fruto de un grupo de trabajo conjunto que permite a los notarios acceder directamente a certificaciones registrales en trámites clave como matrimonios o juras de nacionalidad. Esta iniciativa, que culminará su implantación territorial el próximo 16 de septiembre, constituye un paso decisivo en la digitalización de la Justicia y en la simplificación de gestiones para la ciudadanía, que ya no tendrá que aportar los certificados del Registro Civil en trámites como el matrimonio o la jura de nacionalidad ante notario.

Un paso más en el proceso de modernización y agilización del Servicio Público de Justicia, que se suma a la culminación este mes de julio de la implantación del nuevo modelo de Registro Civil, totalmente digitalizado, que permite obtener certificados de forma telemática y sin esperas.

Convenio con el Banco de España

PRIMER PLANO
COLABORACIÓN INSTITUCIONAL
De izda. a dcha.: Mayte Ledo, José Luis Escrivá, Concepción Barrio y Alberto Martínez Lacambra.

Convenio con el Banco de España

La presidenta del Consejo General del Notariado (CGN), Concepción Pilar Barrio Del Olmo, y el gobernador del Banco de España (BdE), José Luis Escrivá, firmaron en el mes de julio un convenio de colaboración para facilitar el acceso de la entidad a información procedente del Índice Único Informatizado Notarial.

Con aproximadamente 25.000 millones de datos de más de 160 millones de documentos notariales, el índice único notarial es la base de datos más precisa para analizar el sector inmobiliario. Mediante este acuerdo, cuya vigencia es de cuatro años, el Banco de España podrá ampliar los datos disponibles para sus diversos estudios estadísticos sobre la evolución de la economía española y sus análisis del mercado de la vivienda.

La entidad podrá consultar, a través de un canal desarrollado por el Centro Tecnológico del Notariado, información anonimizada contenida en las operaciones inmobiliarias realizadas ante notario: compraventas, hipotecas, tipología de inmuebles, etc. De igual manera, este convenio reafirma el compromiso del Consejo General del Notariado con la colaboración institucional y la puesta en valor del importante caudal de información que gestionan los notarios en el ejercicio de su función pública.

A través del Índice Único Informatizado Notarial, la institución facilita el acceso a datos relevantes, cumpliendo así con sus competencias estadísticas y de apoyo a las Administraciones Públicas. La presidenta del Consejo General del Notariado destacó en la firma que “este acuerdo refuerza el papel del Notariado como generador de información precisa y fiel sobre la realidad jurídica y económica de nuestro país. Poner nuestros datos al servicio de instituciones como el Banco de España es una forma de contribuir activamente a una mejor comprensión de la realidad económica”.

A la firma del acuerdo, que tuvo lugar en la sede del Banco de España, asistieron también la directora general de Estrategia, Personas y Datos del BdE, Mayte Ledo, y el director general del Centro Tecnológico del Notariado, Alberto Martínez Lacambra.