¿Cuentas conjuntas o separadas?

CONSUMO

Algo sencillo como abrir una cuenta bancaria puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas.

¿Cuentas conjuntas o separadas?

Marián Lezaun

Compartir o no las cuentas bancarias es una decisión que las personas que viven en pareja deben tomar tarde o temprano. Para acertar es necesario conocer las ventajas y las desventajas de cada opción y, sobre todo, estudiar cada caso en particular: desde la edad de los miembros, hasta las necesidades financieras de cada uno. No obstante, los expertos señalan que la tendencia actual entre los consumidores más jóvenes es mantener sus cuentas separadas y, en caso necesario, abrir una tercera cuenta para los gastos compartidos.

Algo tan sencillo como abrir una cuenta bancaria, puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas desde el primer momento. Y aunque la mayoría de los problemas surgen en el momento de cerrar las cuentas y liquidar el capital, se recomienda dejar constancia del origen de los fondos y de todas las aportaciones periódicas desde el inicio. No obstante, los datos señalan que, con el objetivo de evitar litigios o perder intimidad, las cuentas bancarias compartidas han dejado de ser la opción favorita de las parejas en España, que prefieren mantener cierta independencia en este aspecto. Si hace apenas unos años compartir la cuenta bancaria con la pareja era la situación habitual, las generaciones más jóvenes ni se lo plantean. Según datos de Finect, el 44’5% de los encuestados reconocía la necesidad de separar los gastos individuales y los comunes, y solo un 28’5% de personas aseguraba tener una cuenta bancaria compartida.

 


EL NÚMERO DE CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS APENAS SUPONE EL 30% EN LAS PAREJAS ESPAÑOLAS


 

Tomar una decisión

 ¿Hay una opción que sea más económica y práctica que la otra? ¿Qué pasa con las cuentas conjuntas cuando se produce una separación o algún miembro de la pareja fallece? ¿Cómo se puede garantizar el rescate de las cuentas individuales? Ahí es donde surgen las dudas y los problemas. Dicen los expertos que la falta de claridad sobre la titularidad y el origen de los fondos compartidos está disparando actualmente las consultas jurídicas. Por eso, se recomienda que cuando se abre una cuenta todo quede documentado, aunque sea de manera informal. Y es que, los bancos consultados reconocen que la mejor opción sólo depende de la situación particular, la personalidad de los miembros, el nivel de confianza y los objetivos financieros de la pareja.

Entre las ventajas de las cuentas conjuntas destaca la facilidad para hacer frente a los gastos comunes (alquileres, hipotecas, facturas, compras, etc.). Pero también que ambos tienen una visión clara de los ingresos y los gastos domésticos, lo que fomenta la comunicación de la pareja y la responsabilidad. Algunos estudios sugieren además que las personas que unen sus finanzas sienten un mayor sentido de posesión de los bienes compartidos y de los objetivos financieros comunes, lo que puede aumentar la satisfacción en la relación. De esta manera, también se simplifica la planificación y el ahorro para metas comunes (vacaciones, vivienda, estudios, etc.). Y tampoco hay que olvidar que una cuenta conjunta nos ayudará a ahorrar, especialmente en todo lo que supone el mantenimiento de las cuentas, la emisión de tarjetas o algunas comisiones. Además, supone una forma de preahorro​, ya que en el momento de cobrar el salario se destina una parte de los fondos a la cuenta común, lo que crea un hábito muy útil para aprender a ahorrar.

 


HAY QUE DEJAR CONSTANCIA DE LAS APORTACIONES Y DEL REPARTO DEL DINERO PARA NO TENER PROBLEMAS


 

Los contras

En el lado contrario los expertos señalan la pérdida de privacidad e independencia respecto al dinero. Cada miembro pierde cierta autonomía financiera y hay personas que reconocen que les desagrada tener que justificar cualquier gasto superfluo o capricho. Además, como la responsabilidad es compartida, los dos titulares son responsables de los descubiertos o deudas que se generen en la cuenta, incluso cuando son causados por un solo miembro. En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo. Por eso, si la decisión es compartir las cuentas se requiere un alto nivel de confianza y un acuerdo previo en la gestión financiera.

 


LA FALTA DE CLARIDAD SOBRE LA TITULARIDAD Y EL ORIGEN DE LOS FONDOS COMPARTIDOS ESTÁ DISPARANDO ACTUALMENTE LAS CONSULTAS JURÍDICAS


 

Pero como no todo es blanco o negro, para aquellos a los que las dos opciones anteriores no les terminan de convencer, existe una tercera posibilidad. Se trata de un modelo híbrido o de tres cuentas, recomendado por muchos expertos. Es una de las soluciones más comunes y a menudo la más equilibrada. Se mantiene una cuenta conjunta para gastos y ahorros comunes en la que cada miembro aporta una cantidad acordada (ya sea igual o proporcional a sus ingresos). Por otro lado, cada miembro mantiene su cuenta personal para sus ingresos, gastos individuales y ahorros personales. Esta es la opción que utilizan además otros perfiles de consumidores como son familiares, compañeros de piso e incluso grupos de amigos. En este caso, habrá que estudiar también las consecuencias fiscales. Para la Administración fiscal, los titulares son dueños de los fondos de la cuenta a partes iguales. No obstante, se puede aclarar que una parte tiene más fondos que la otra y señalar que el saldo no se divide a la mitad entre ambos.

No todas las cuentas compartidas son iguales

La gestión de las cuentas bancarias en pareja, ya sea entre matrimonios o convivientes, está rodeada de confusión. Aunque muchas personas piensan que figurar como cotitular automáticamente implica un reparto equitativo del dinero, la realidad legal es mucho más compleja. Además, hay que tener en cuenta que la legislación distingue fundamentalmente entre dos tipos de cuentas compartidas. Por un lado, las cuentas indistintas, que son las que permiten a cualquier cotitular disponer libremente de los fondos, lo que agiliza la gestión diaria, pero puede traer problemas si no se ha acordado claramente la titularidad de los ingresos. Por otro lado, las cuentas mancomunadas, que requieren la firma conjunta para cualquier movimiento, aportando mayor seguridad, pero menos flexibilidad en el momento de operar. Cuando se trata de una cuenta de valores, el funcionamiento es el mismo y se entiende que el volumen de activos se repartirá a partes iguales.

Una cuenta conjunta ayudará a ahorrar en lo que supone el mantenimiento de las cuentas.
Si la decisión es compartir cuentas se requiere un alto nivel de confianza.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo.

PARA SABER MÁS

Helpmycash: El comparador financiero dispone en su web de toda la información necesaria para decidir qué tipo de cuenta elegir. Además, periódicamente analiza qué cuentas bancarias ofrecen mejores condiciones.

Nationale-Nederlanden: La entidad financiera explica en su canal cuáles son las ventajas e inconvenientes de optar por cuentas bancarias conjuntas o cuentas separadas.

Idealista: El portal inmobiliario y de servicios explica todo lo que hay que saber cuándo tienes una cuenta con tu pareja.

Cofidis: La entidad financiera cuenta en su blog todos los pormenores de las cuentas compartidas, para que no haya sorpresas y cada titular sepa cuáles son sus responsabilidades.

Protegerse ante la desinformación

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

En la web del Parlamento Europeo se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación.

La desinformación es información descontextualizada, imprecisa o falsa que se difunde para manipular

Protegerse ante la desinformación

PATRICIA ANDÚJAR

Las fake news representan uno de los grandes retos mundiales de nuestro tiempo, pues la información manipulada supone, incluso, un riesgo para las democracias. Las redes sociales son el aliado perfecto para quienes buscan confundir y obtener beneficios políticos o económicos y por ello, países y organizaciones como la UE, trabajan para regularlo.

La desinformación se podría definir como esa información descontextualizada, imprecisa o directamente falsa, que se difunde intencionadamente para manipular la opinión u obtener un beneficio concreto. Conecta con otro término, el de la ‘posverdad’, o ‘verdad emotiva’, y que viene a señalar que “los hechos objetivos tienen menos influencia que las apelaciones a las emociones y las creencias personales”. Así lo afirma Julia Alicia Olmo y Romero, actual cónsul General de España en Bogotá, en su análisis Desinformación: concepto y perspectivas. Al contrario de la máxima periodística sobre que “los hechos son sagrados y las opiniones libres”, ahora lo que vale son las interpretaciones y que cada uno elija su propia verdad.

 


EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA UE CONTIENE NORMAS Y COMPROMISOS PARA LUCHAR CONTRA LA DESINFORMACIÓN


 

Si bien es cierto que la desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre, el mundo digital lo ha dimensionado hasta límites imposibles de determinar. En esta era donde internet marca el paso, se producen más noticias que nunca y se difunden a escala mundial. Y lo hacen a la velocidad de la inmediatez. Este hecho, lleva implícito la falta de análisis, pues no hay tiempo que perder y, por lo tanto, la veracidad del relato queda reducido a una condición casi casual. “Cada individuo se ha convertido en un medio de comunicación en sí mismo que solo comparte lo que quiere y aquello con lo que está de acuerdo”, explica Olmo y Romero.

De hecho, tal y como apunta Rosario Serra, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, en su análisis Noticias falsas (fake news) y derecho a recibir información veraz, “las noticias falsas tienen un 70% más de probabilidades de ser retuiteadas que las verdaderas”.

Límites a la regulación

Moisés Barrio, profesor de Derecho digital y autor del estudio La regulación de la desinformación en el derecho digital europeo, señala que “vivimos inmersos en una ciberdemocracia donde la política y las redes sociales van de la mano. En ese mundo digital los bulos representan una amenazada global para la libertad y la democracia de los Estados”.

Urge poner límites y así lo han entendido los diferentes países y organizaciones internacionales. ¿Debería ser un derecho estar protegidos de la desinformación? ¿Hasta qué punto legislar para controlar la desinformación puede atentar contra la libertad de expresión? Para Serra Cristóbal, “no existe un derecho fundamental a no recibir mentiras, de hecho, la libertad de expresión y de información deben prevalecer”. “Sin embargo, si se transmiten unos hechos falsos, no es que se niegue o impida el libre acceso a una información, al contrario, ésta ha fluido libremente y sin impedimentos se ha recibido, pero al ser falsos, puede dañar otros derechos que serían los invocables ante los tribunales”, señala.

 


EL 83% DE LOS EUROPEOS CREE QUE LA DESINFORMACIÓN ES UNA AMENAZA PARA LA DEMOCRACIA


 

“En los años en los que las redes sociales emergieron con fuerza, tanto Estados Unidos (EE.UU.) como la Unión Europea (UE), entendieron que regular internet llevaba implícito limitar algunos derechos fundamentales y sus respuestas jurídicas al respecto fueron tímidas”, señala Barrio. Sin embargo, en años posteriores, algunos incidentes que afectaron a políticos de diferentes países y, sobre todo, las noticias falsas durante la pandemia de la COVID-19, la guerra de Rusia con Ucrania o el auge de la Inteligencia Artificial, iniciaron el camino de la regulación.

Estos acontecimientos propiciaron que algunos Estados miembros de la UE aprobaran su propia legislación contra la desinformación, y también desde Bruselas se dieron los primeros pasos pues en 2018 se presentó el Código de Buenas Prácticas, “el primer instrumento autorregulador voluntario del mundo para las plataformas en línea y que contiene normas y compromisos destinados a luchar contra la desinformación”, tal y como explica la Comisión Europea.

En 2022, este Código se reforzó y, un año más tarde, la Ley de Servicios Digitales, más conocida como Reglamento de Servicios Digitales, pasó a ser jurídicamente vinculante, “regulando a los intermediarios y plataformas en línea”, según señala la web de la Comisión Europea. El objetivo del reglamento es “prevenir las actividades ilegales y nocivas en línea y la difusión de desinformación”, y lo hace garantizando la seguridad de los usuarios mediante la protección de sus derechos fundamentales y creando un entorno de plataformas en línea “justo y abierto”. Para ello, explica la Comisión, “las plataformas y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben compartir sus evaluaciones de riesgos anuales sobre el contenido ilícito difundido a través de su servicio”.

Además, en 2025, el Código de Buenas Prácticas se integró en el marco de la Ley de Servicios Digitales como Código de Conducta en materia de Desinformación, lo que le convierte en una referencia para comprobar el cumplimiento de dicha ley por parte de las plataformas.

Guía para frenar la desinformación

Desde la web del Parlamento Europeo también se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación. Señalan diez pasos a seguir para protegerse y proteger a los demás, como mantenerse alerta a la hora de leer los titulares de las noticias; aprender a descifrar la información y buscar fuentes que permitan comprobar los hechos; verificar las noticias, imágenes y vídeos en diferentes fuentes antes de compartirlas, sobre todo, por redes sociales; formarse e informarse para detectar estrategias habituales utilizadas en las campañas de injerencia extranjera; promover el pensamiento crítico e informar sobre contenido sospechoso ante las autoridades competentes o en las plataformas correspondientes.

También indican cuáles son las tácticas más utilizadas para engañar al ciudadano, que son jugar con las emociones, la polarización, la saturación de información mediante el bombardeo de múltiples versiones contradictorias de una misma historia y aprovechar el sesgo de confirmación, es decir, la tendencia del consumidor a creer más la información que refuerza sus propias ideas; así como la manipulación del contexto, el ataque y silenciamiento de voces críticas.

Principales víctimas

Si la regulación es importante, la implicación ciudadana es clave a la hora de frenar la desinformación. Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news y la mejor vía es la formación. Para ello, se debe incidir especialmente en los jóvenes y los mayores, pues son los más perjudicados. Los de mayor edad poseen menos competencias digitales y pueden tener más dificultad para distinguir el contenido real del falso, algo que también les sucede a los más pequeños. Por ello, en el apartado dedicado a menores de la web del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), se aborda el tema de los bulos en la Red, ofreciendo herramientas útiles para aprender a combatirlo mediante la prevención e identificación de dichos contenidos. Además, la Línea de Ayuda en Ciberseguridad de INCIBE, 017, está disponible para atender al ciudadano.

Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news.

Qué piensa la ciudadanía

Para entender el impacto que la desinformación ejerce en la sociedad, hay que conocer los datos. La Comisión Europea ofrece en su página web tres cifras muy significativas: el 83% de los europeos cree que la desinformación es una amenaza para la democracia, el 63% de los jóvenes se enfrentan a noticias falsas más de una vez a la semana y el 51% de la gente cree que ha estado expuesta a desinformación en línea. Según el informe Digital News Report 2025, elaborado por el Reuters Institute y la Universidad de Oxford, el 40% de la población mundial evita las noticias por la falta de credibilidad, el sesgo de contenido o el elevado número de informaciones que recibe. Si ponemos el foco en España, la confianza se desploma, ya que cerca del 70% de los ciudadanos desconfía de la información y casi cuatro de cada diez evitan informarse de forma habitual por la saturación de fake news.

La última encuesta realizada por la consultora Asesores nos muestra también que “en torno al 40% de los españoles admite no ser capaz de distinguir entre una información real y un bulo, así como que el 55% de la población cree que las redes sociales son el lugar donde más abunda la desinformación”.

Urge poner límites a la información falsa.

PARA SABER MÁS

Web oficial de la Comisión Europea. Información sobre el Código de Buenas Prácticas (qué es, cronología y documentos relacionados).

Página web del Parlamento Europeo sobre desinformación. Acciones europeas contra la desinformación, recomendaciones y vídeos para usuarios.

Informe Digital News Report 2025. Elaborado por Reuters Institute y la Universidad de Oxford sobre el consumo de noticias en español.

La desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre.

Las nuevas tecnologías y su impacto en la educación

EN PLENO DEBATE

Suecia ha eliminado la digitalización obligatoria en menores de seis años.

LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU IMPACTO EN LA EDUCACIÓN

MARTA RUIZ-CASTILLO

Las nuevas tecnologías (TIC) y la Inteligencia Artificial (IA) han transformado la sociedad, en general, y el sistema educativo, en particular. En el caso de España, como en otros países de nuestro entorno, cada vez más voces se preguntan si su implantación está teniendo efectos no deseados en el aprendizaje. 

Es un hecho que vivimos en una sociedad marcada por el uso cotidiano de la TIC y la IA. Un uso que, desde la pandemia, se ha incrementado en las aulas. El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas, según el informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación con datos del Instituto Nacional de Estadística de 2024, del Ministerio de Educación y de Infocop. Además, según el estudio, el 92% de los adolescentes españoles posee un smartphone propio y lo utiliza a diario con fines educativos y de ocio; el 61% de los estudiantes en España ha tenido clases híbridas (presenciales + online) en el último año académico».

 


UNO DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA DIGITALIZACIÓN EXCESIVA ES LA DISMINUCIÓN DE LA COMPRENSIÓN LECTORA Y LA ATENCIÓN SOSTENIDA


 

En la décima feria SIMO Educación celebrada en 2024 bajo el lema Tecnología que inspira la transformación educativa, los expertos analizaron este tema desde perspectivas como la seguridad digital, la alfabetización tecnológica, la salud mental y el papel de la educación emocional, destacando un enfoque equilibrado entre el componente tecnológico y el humano.

Miguel Ángel Savall, doctor en Tecnología Educativa y director general de Foredu, y Adelardo Camacho, especialista en sistemas digitales en Globeducate, coincidieron en que «es esencial garantizar entornos tecnológicos seguros en las escuelas, considerando que la digitalización acelerada, especialmente tras la pandemia ha expuesto vulnerabilidades significativas». Durante las conferencias quedó claro que «la tecnología tiene un potencial transformador, pero su implementación debe estar acompañada de un enfoque reflexivo y equilibrado». Para los expertos «la tecnología no debe verse como un fin en sí mismo, sino como un medio para enriquecer la experiencia educativa y humana, siempre con un enfoque centrado en las personas».

 


SOLAMENTE EL 9% DE LOS PADRES ESTABLECE REGLAS CLARAS SOBRE EL USO DE LA IA PARA AYUDAR EN LOS ESTUDIOS


 

¿Positivo o negativo?

 El debate está servido, como reflejan las encuestas y las distintas opiniones de expertos. «El 62% de los padres en España afirma que la tecnología ha tenido un impacto positivo en el aprendizaje de sus hijos», y para el «54% de las familias, el aprendizaje online aumenta la motivación de los estudiantes». Son datos del Informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación, con información de Infobae España y El País.

Entre los detractores, el informe recoge que hay un «74% de padres que teme un uso excesivo de las pantallas y de la IA en el entorno escolar»; el «83% de las familias españolas manifiesta preocupación por la privacidad y el uso de datos personales en aplicaciones educativas», y «el 53% de los padres no considera adecuado que los alumnos usen IA para hacer los deberes». Destaca también el hecho de que «sólo el 9% de los padres establece reglas claras sobre el uso de la IA para ayudar en los estudios».

Restricciones

Suecia, pionera en su día de la digitalización de las aulas, anunció en 2023 un cambio de rumbo en su estrategia para la educación, eliminando la digitalización obligatoria en menores de seis años para volver a la enseñanza tradicional en los primeros grados, centrándose en habilidades fundamentales como lectura, escritura y cálculo. El motivo de este cambio fueron los malos datos obtenidos por los alumnos suecos en el Estudio Internacional de Progreso en Comprensión Lectora (PIRLS).

 


EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID APROBÓ UN DECRETO QUE ELIMINA EL USO DE DISPOSITIVOS DIGITALES EN ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS


 

Medidas similares se están tomando en España. En concreto, el Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó en julio de 2025 un decreto que elimina desde este curso 2025/26 el uso individual de dispositivos digitales en alumnos de Educación Infantil y Primaria de los centros educativos públicos de la región y concertados y restringe el uso en cursos superiores. «El Consejo de Gobierno ha autorizado esta normativa autonómica para reducir los riesgos derivados del uso temprano, intensivo o inadecuado de las tecnologías de la información, una medida pionera que beneficiará a más de 550.000 estudiantes», cita un comunicado de la Comunidad de Madrid al respecto. Otras comunidades que han limitado el uso de dispositivos en las aulas son Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Baleares, Galicia, Asturias y Cataluña. En todas ellas se promueve un equilibrio entre lo digital y lo tradicional.

Desde E-tic, un programa educativo dirigido a niños, niñas y adolescentes y cuyo objetivo es fomentar un uso responsable, ético y con criterio de las tecnologías, se hace hincapié en lo que apuntan los expertos: «Más allá de la prohibición del acceso, el trabajo debe centrarse en la regulación, la educación y el acompañamiento. Esto permitirá que los y las estudiantes no sólo aprendan a usar la tecnología de manera segura y responsable, sino que también desarrollen las competencias necesarias para aprovechar su potencial en beneficio de su aprendizaje y desarrollo personal».

Rendimiento escolar

Cataluña, País Vasco y Navarra, donde el uso diario de dispositivos alcanza hasta el 75%, son las que peores resultados obtienen en matemáticas, lectura y ciencias durante la última década, según el último Informe PISA. Por el contrario, en comunidades como Castilla León, Asturias y Cantabria, donde el uso diario de TIC se sitúa en torno al 37%, los alumnos tienen de media mejores resultados. En este sentido, cada vez más expertos coinciden en que una digitalización excesiva en las aulas no siempre tiene efectos positivos en el aprendizaje. «Uno de los principales problemas es la disminución de la comprensión lectora, la memoria de trabajo, la atención sostenida y el pensamiento abstracto cuando el soporte es digital», explica Telmo Lazcano, experto en Educación Digital. En su artículo Retos de la digitalización en el sistema educativo, publicado en octubre de 2025, subraya que «a diferencia del libro impreso y la escritura manuscrita, que facilita una lectura lineal, profunda y reflexiva, la pantalla tiende a promover una navegación fragmentada, hipertextual y superficial. Esta fragmentación no sólo afecta a la retención de información, sino también a la capacidad de análisis y síntesis, elementos clave en el aprendizaje significativo». Para Lezcano la principal conclusión es que «la digitalización educativa será una oportunidad sólo si logramos que esté al servicio del desarrollo integral del alumnado y no al revés».

Docentes en la era digital

Uno de los aspectos analizados en la citada feria SIMO Educación incidía en la importancia que, según los expertos, tiene actualizar infraestructuras tecnológicas y formar a docentes en competencias digitales, ya que en muchos casos, la falta de personal especializado compromete la protección de datos sensibles de estudiantes.

El Informe GoStudent 2025 pone de manifiesto que «el 75% del profesorado español declara no haber recibido formación específica sobre el uso de IA en la educación», mientras que «el 63% de los estudiantes españoles opina que sus profesores deberían tener más conocimientos sobre IA para poder guiarles mejor». En cuanto a los retos y actitudes del profesorado, «el 71% de los docentes españoles defiende que el acceso a la IA debe estar supervisado, pero no prohibido en las aulas» y un «60% teme que el uso excesivo de tecnología reduzca el esfuerzo y la autonomía de los alumnos». Entre las recomendaciones del informe se destaca la necesidad de «reafirmar la función insustituible de los y las docentes en la educación» y «promover y proteger las competencias profesionales  docentes» con objeto de contrarrestar los «riesgos de desprofesionalización».

La implementación de la tecnología debe estar acompañada de un enfoque reflexivo.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas.

Otros enfoques

La Vanguardia: Se centra en el debate que hay con argumentos a favor y en contra del uso de ta-bletas en los centros educativos. 

ABC: El reportaje da voz a padres contrarios a la digitalización en las aulas. 

Extraconfidencial.com: El reportaje analiza la transformación de la educación tras la llegada de las nuevas tecnologías. 

Calahorra, Ave, Calagurris!

AL ENCUENTRO

Museo de la Romanización, con la Dama de Calahorra al fondo (foto Museo de la Romanización).

CALAHORRA

Ave, Calagurris!

JESÚS ORTIZ

Pongamos una colina, no muy alta, pero suficiente para controlar el valle medio del Ebro que se extiende a sus pies; pongamos un segundo río, el Cidacos, que amplía ese valle y anima las huertas próximas; pongamos un culto, más que cultivo, a las verduras; pongamos una fuerte impronta de la antigua Roma, una parte de cultura judía, una buena dosis de tradición cristiana y hasta un cráter en Marte… El viajero ha llegado a Calahorra.

Un terreno bien regado tiene una inminente consecuencia: los asentamientos. En Calahorra, que de fertilidad sabe mucho, la evolución humana ha ido dejando muestras de su presencia en varios lugares. Si avanzamos un poco hasta la Edad de Hierro, ahí está el yacimiento de Sorbán para atestiguar que, en la zona, los indoeuropeos se encontraron a gusto. Después de ellos, quienes dieron el nombre de Kalakorikos a lo que hoy es el centro urbano calagurritano y que pudieron ser celtas o celtíberos: no hay consenso entre los historiadores. Y, por fin, los romanos.

Calagurris, la romana, empezó a significarse cuando las poblaciones de la ribera del Ebro se aliaron con los romanos o fueron directamente sometidas las que no llegaban a acuerdos. Por situarnos temporalmente, hablamos de unos doscientos años antes de nuestra Era como inicio de la invasión. Guerras púnicas, desencuentros entre facciones, el norte peninsular que no cede… Y así, hasta que Hispania se convierte en escenario del llamado “conflicto sertoriano” o Guerra de Sertorio. Por no entrar en demasiados detalles, recordemos solo que el mundo romano venía viviendo una serie de enfrentamientos entre el bando político de los populares (o “partidarios del pueblo”) y el de los optimates (“los óptimos”, afectos a los aristócratas).

 


CALAGURRIS FUE SITIADA HASTA LA EXTENUACIÓN DE SUS GENTES, QUE PERMANECIERON FIELES A SERTORIO DURANTE EL “CONFLICTO SERTORIANO”


 

Sertorio era del grupo popular y los calagurritanos estaban de su parte. Pero el conflicto, entre los años 82 a. C. y 72 a. C., se decantó hacia el lado optimate, cuya cabeza más visible era Pompeyo, y Calagurris fue sitiada hasta la extenuación de sus gentes, que permanecieron fieles a Sertorio. El episodio de la fames (hambre) calagurritana, esa que habla de canibalismo y hasta de sacrificio de esclavos para poder comer, viene de esta etapa histórica. También la leyenda de La Matrona, mujer que iba encendiendo los fuegos de las casas del pueblo todas las noches para que los sitiadores creyesen que aún quedaban en él muchas personas capaces de hacerles frente. Cuentan, en torno a todo esto, que el mérito a la fidelidad de los soldados hacia su líder fue reconocido por Octavio Augusto, quien tuvo una guardia personal de calagurritanos.

La Pax Romana, esa que empezó cuando Augusto consideró que había vencido a cántabros y astures, fue un periodo de estabilidad para todo el imperio; y también, quizás especialmente, para Calagurris. Por un lado, la derrota de Pompeyo en la guerra civil tras el primer triunvirato, del que formó parte con César y Craso, dio un plus de importancia a quienes se habían opuesto a él durante el conflicto sertoriano. Por otro, los calagurritanos que formaron parte de la guardia del emperador debieron licenciarse con buenas rentas y su retorno a orillas del Cidacos pudo ser el catalizador del desarrollo económico y social del municipio; y sí: era municipium civium Romanorum o, lo que es lo mismo, lugar donde los ciudadanos gozaban de plenos derechos, cosa que no pasaba en todo el imperio. Para entonces, ya quedaba clara la protección de la gens Iulia, a la que pertenecía Julio César, a la población. También, desde un poco antes, de los Escipiones. De esta manera, el nombre completo de nuestra actual Calahorra fue Calagurris Iulia Nassica. El nassica, o “de nariz puntiaguda” era el sobrenombre de un Publio Cornelio Escipión, primo del que conocemos como el Africano.

 


ERA MUNICIPIUM CIVIUM ROMANORUM O, LO QUE ES LO MISMO, LUGAR DONDE LOS CIUDADANOS GOZABAN DE PLENOS DERECHOS, COSA QUE NO PASABA EN TODO EL IMPERIO


 

La capacidad de acuñar moneda ya indica un alto grado de autonomía. Por su buena situación fronteriza, fue durante décadas sede de la legio VI Victrix y, cuando se estabilizó la Pax, de un destacamento de caballería de la legio VII Gemina (en efecto: la que dio nombre a León). Para entonces, ya era conocido y honrado en todo el orbe romano Marco Fabio Quintiliano, calagurritano de pro, maestro de personalidades como Plinio el Joven, Juvenal, Suetonio o Tácito y autor de la obra Institutio oratoria, que sigue siendo hoy referente de la educación en general y de lo que denominamos “hablar en público”, en particular. Lo que hoy llamamos (¡qué modernos!) “gamificación”, ya lo desarrolló Quintililiano a mediados del siglo I d. C.

Apellidos como Calahorra, Calahorrano o Alcalahorrí, que se puede encontrar el viajero en toda Europa, pero principalmente en Polonia, también en algunos lugares de América del Sur, corresponden a descendientes de los judíos que vivían en torno a la sinagoga, sita donde hoy está el Museo de los Pasos Procesionales (antiguo convento de San Francisco, s. XVII) cuando se decretó su expulsión en 1492. Idea de que la aljama calagurritana tuvo una singular importancia la da la teoría histórica de que Aben Ezra “El Sabio” (s. XI) se instaló en Calahorra y que quizás ahí terminó su vida. Hablamos de un tudelano, rabino, que destacó en poesía, gramática, filosofía, matemáticas, medicina, astronomía y cábala (interpretación mística del judaísmo). Su reconocimiento llegó… ¡hasta la luna! Hay un cráter en nuestro satélite bautizado como “Abenezra” en su honor.

Otro cráter, esta vez en Marte, recibió el nombre de “Calahorra” por parte del científico de la Nasa Jim Rife, bisnieto de Felipe Jiménez y Javiera Obanos, calagurritanos que emigraron a Estados Unidos en el siglo XIX. Así que cuando el viajero visite esa tierra, que el Ebro sigue mirando con cariño, y se admire con el carácter gótico de la Catedral de Santa María (s. XV), con el plateresco del Crucero del Humilladero (s. XVI) o imaginando todo lo que pudo acontecer en torno al Rollo Jurisdiccional (s. XV), situado en un extremo de lo que fue el circo romano de Calagurris, no olvide dirigir alguna mirada al firmamento, que seguramente la Luna o Marte le lanzan un guiño de complicidad.

 


ERA CONOCIDO Y HONRADO EN TODO EL ORBE ROMANO MARCO FABIO QUINTILIANO, CALAGURRITANO DE PRO, MAESTRO DE PERSONALIDADES COMO PLINIO EL JOVEN, JUVENAL O TÁCITO


 

De museos, quedémonos con dos: el de la romanización y el de las verduras. El primero, dado el peso histórico de la localidad tras la llegada de los romanos, se justifica por la cantidad de restos arqueológicos encontrados en terrenos del municipium. Ya comentamos que fue ceca y que tuvo su circo; también templos, teatro, termas… En fin; todo lo que caracteriza a un territorio romano libre hace poco más de dos mil años. En su visita, le encantará el “vaso de las carreras” (s. I d. C), el miliario referido a Augusto (año 9 a. C.) o la cabeza en mármol de la “Dama de Calahorra” S. II d. C.). También el museo expone piezas de la época anterior a la romanización, como la celtibérica “vasija de las cabezas” (s. II a. C).

 


EN EL MUSEO DE LAS VERDURAS SE HABLA DE TERRITORIO, PAISANAJE, AGRICULTURA, GASTRONOMÍA… ¡Y HASTA DE MODELITOS DE ALTA COSTURA!


 

A Calahorra le gusta ser reconocida como “Ciudad de la Verdura”; bueno: es indudable su estrecha relación con la bien regada huerta que la rodea, de la que sale, entre otras muchas, esa magnífica coliflor con Indicación Geográfica Protegida. Pero ¿un museo? Se trata, como ellos lo describen de “mostrar al visitante la actividad de las huertas y cultivos de la ribera del Ebro, formando parte de la historia de la comarca y de sus gentes”. Territorio, paisanaje, agricultura, gastronomía… ¡y hasta modelitos de alta costura! Proceden de las Jornadas Gastronómicas de la Verdura, que tienen lugar todos los meses de abril (en 2026 celebrarán la décimo tercera edición), y una de cuyas actividades es la Pasarela «Ciudad de la Verdura». En ella, las modelos desfilan con vestidos y complementos hechos, claro, con verduras frescas o liofilizadas; y algunos de ellos, los mejor valorados, acaban expuestos en el museo. ¿Quién dijo que una coliflor no podía ser un tocado o un fantástico ramo de novia?

INFORMACIÓN

Oficina de Turismo de Calahorra
Plaza del Raso, 16
Tel.: 941 105 061
[email protected]
https://calahorra.es/turismo/

ALOJAMIENTO

Parador “Marco Fabio Quintiliano” ****
Paseo Mercadal, s/n
Tel.: 941 130 358
[email protected]
https://paradores.es/es/parador-de-calahorra

RESTAURANTES Y TAPEO

Gastrobar Capi
Mártires, 8
Tel.: 941 590 554
[email protected]

Chef Nino
Padre Lucas 2
Tel.: 941 133 104
[email protected]
https://www.chefnino.com/

Casa Mateo
Pl. del Raso, 15
Tel.: 941 130 009
[email protected]

Coliceo 29
Coliceo, 29
Tel.: 941 129 810
[email protected]

Catedral de Santa María, s. XV (foto Zarateman - Trabajo propio, CC BY-SA 3.0 es).
Iglesia y Planillo de San Andrés, con el arco romano al fondo (Foto Ayuntamiento de Calahorra).
Miliario referido a Augusto, año 9 a. de C (foto Museo de la Romanización).
Humilladero, s. XVI (Foto Juanma232 - Trabajo propio, CC BY-SA 4.0).
Glorieta de Quintiliano, con el ayuntamiento (derecha) y el Rollo jurisdiccional en primer plano (foto Ayuntamiento de Calahorra).
Fuente de los 13 caños (foto Ayuntamiento de Calahorra)
Pasarela "Ciudad de la Verdura". Vestido de novia con verduras y ramo de coliflor.
Convento de San Francisco, s. XVII (foto Zarateman - Trabajo propio, CC0). https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=60629538

PARA NO PERDERSE

Historia de Calahorra.
José Luis Cinca Martínez (coord.), Rosa González Sota (coord.)
Amigos de la Historia de Calahorra (2011).

Así era la vida en una ciudad romana.
Calagurris Iulia.
Pilar Iguácel de la Cruz (coord.), Elena Pavía Laguna (coord.), José Luis Cinca Martínez (coord.), María José Castillo Pascual (coord.)
Amigos de la Historia de Calahorra (2002).

Guía Turística de Calahorra.
Turismo de Calahorra (edición online).

SEMANA SANTA CALAGURRITANA

Del 28 de marzo al 5 de abril de 2026

Si el viajero quiere revivir lo que pudo ser el ambiente de una población romana al principio de nuestra Era, las actividades previas a los días clave de la semana santa en Calahorra le darán una idea más que aproximada. Los calagurritanos han organizado Mercaforum, en los días previos al Domingo de Ramos, y por las calles desfilan las legiones romanas, se organizan talleres de acuñación de monedas, luchas de gladiadores, exhibiciones de aves rapaces y representaciones teatrales en las que participan cerca de 500 actores. A partir de ahí, llegados al jueves, la escenificación de la Pasión y la procesión del Santo Entierro el viernes.

Digna de mención es la representación de la obra Los sueños de Claudia Prócula, que sirve de nexo entre Mercaforum y la semana santa. Se basa en la leyenda de la mujer de Pilatos, Claudia, según la cual, ésta intercedió en pro del reo tras haber tenido un sueño en el que percibía la injusticia de la condena.

La actividad cultural es iniciativa del grupo Paso Viviente, que en 1995 dio vida a la idea de “promocionar el turismo cultural y aumentar la difusión de la historia de Calahorra”. Hoy, forman parte de la Asociación Española de Fiestas y Recreaciones Históricas, lo que da fe del cuidado con que se recrea la historia, y es, además, fiesta de Interés Turístico Nacional.

Al Encuentro con Calahorra (vídeo-resumen).

Desfile de la Legio VI Victrix durante Mercaforum (foto Grupo Paso Viviente).
Representación de la Pasión. Pilatos indulta a Barrabás en presencia de Jesús (foto Grupo Paso Viviente).

El efectivo, un derecho contra la exclusión

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EL EFECTIVO, UN DERECHO CONTRA LA EXCLUSIÓN

Quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, pueden ser discriminados si no se les deja pagar en efectivo.

La ley ampara al consumidor: puede pagar en metálico si así lo desea y el comerciante no puede negarse, siempre que la transacción se encuentre dentro de los límites legales establecidos. En caso de no permitirlo se arriesga a una sanción económica.

PATRICIA ANDÚJAR

En España no está permitido obligar a pagar con tarjeta. Así lo determina el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada en 2022, y que en su apartado ñ recoge como infracción “la negativa a aceptar el pago en efectivo dentro de los límites permitidos por la normativa tributaria y de lucha contra el fraude”.

Dichos límites son los pagos superiores a 1.000 euros cuando una de las partes es empresario o profesional (por ejemplo, un consumidor compra un producto y no puede pagarlo en efectivo si supera dicha cantidad); gastos mayores de 10.000 euros cuando el pagador es persona física sin residencia fiscal en España y no actúa como empresario o profesional, esto es, un turista extranjero, y, finalmente, cuando la transacción se produce entre particulares (ambas partes son consumidores y no tienen relación profesional o empresarial), no existe límite legal en la norma antifraude, pero el efectivo sigue sujeto a la normativa de blanqueo de capitales si las cantidades son elevadas.

Por lo tanto, por debajo de esos límites, el consumidor siempre tiene derecho a pagar en efectivo y el comerciante no puede negarse.

 


EN ESPAÑA NO ESTÁ PERMITIDO OBLIGAR A PAGAR CON TARJETA. ASÍ LO DETERMINA EL ARTÍCULO 47.1 DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS


 

Sanciones

En el caso de incumplir la normativa y rechazar el pago en efectivo, el establecimiento en cuestión puede incurrir en una infracción leve, con multas que oscilan entre los 100 y los 10.000 euros, incluso alcanzando los 100.000 euros en los supuestos más graves. Estos últimos se producen cuando el beneficio obtenido es muy elevado, por ejemplo, cuando un establecimiento ha impedido de manera continuada el uso del efectivo o ha afectado a muchos consumidores.

Desde el Ministerio de Consumo, además, señalan que la sanción no debe ser más beneficiosa para la parte infractora que el incumplimiento de las normas infringidas.

Hasta el momento, uno de los sectores más sancionados por el propio Ministerio es el del transporte aéreo, tras considerar “prácticas abusivas”, entre otras, la de no permitir el pago en efectivo en los aeropuertos españoles.

La pandemia supuso un punto de inflexión. La necesidad de evitar el contacto impulsó los pagos con tarjeta, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado e innecesario. Según el informe La digitalización y democratización de los pagos del consumidor, elaborado por Nuek, la empresa de medios de pago de Minsait (Indra Group), solo el 20% de los españoles elige el efectivo como medio de pago preferido, y es que nuestro país, en paralelo con Europa, lidera la transición hacia los pagos con tarjeta y sin contacto. Un dato muy revelador de este estudio es que el 83% de los españoles utiliza su tarjeta en operaciones online, y también es habitual el uso de la tarjeta de débito en compras presenciales.

Además, según este informe, uno de cada tres consumidores españoles no ha podido pagar en alguna ocasión como quería.

En la misma línea están las últimas estadísticas sobre pagos del Banco de España, que muestran un aumento del 10,5% en las operaciones realizadas con instrumentos distintos del efectivo durante el segundo semestre de 2024, respecto al mismo periodo de 2023. De ellos, el 65,5% se realizaron con tarjeta, medio de pago que crece alcanzando los 114 millones en el país (2,2 por habitante), mientras que el de cajeros desciende un 1,6%.

La brecha digital

Esta situación pone en evidencia otra realidad: la de quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, y que inevitablemente, parecen quedar fuera de este avance tecnológico.

 


EN EL CASO DE RECHAZAR EL PAGO EN EFECTIVO, EL ESTABLECIMIENTO PUEDE INCURRIR EN UNA INFRACCIÓN LEVE, CON MULTAS QUE OSCILAN ENTRE LOS 100 Y LOS 10.000 EUROS


 

Existen asociaciones que velan por el cuidado de estos colectivos y otras cuyo objetivo principal es hacer cumplir la ley sobre algo que consideran un derecho fundamental. Es el caso de la plataforma Denaria, cuya razón de ser es la defensa del efectivo. Su presidente, Javier Rupérez, señala que “no es solo un método de pago”, sino que “para las personas representa libertad, privacidad e inclusión financiera, ya que no discrimina por edad, nivel digital o situación socioeconómica”. Además, añade que “para un país significa resiliencia y seguridad nacional”, tal y como se observó, dice, con el apagón tecnológico del pasado abril. “Sin efectivo, la economía se habría paralizado”, concluye.

Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), explica que su prohibición “puede provocar miedo a los fraudes, ansiedad y desconfianza hacia los nuevos métodos de pago, aumentando la sensación de vulnerabilidad y reforzando la dependencia de terceros”. Para la PMP, todo esto se traduce en “exclusión social y económica” ya que impide (a estos colectivos) “participar plenamente en la vida cotidiana”.
La consecuencia es “la falta de autoestima”, según Cruz Roja, organización que aboga por desarrollar estrategias en escenarios clave: “Los barrios, pueblos rurales, comercios de proximidad son aliados fundamentales para tejer una red de apoyo social”, dicen.
En el mundo rural, “disponer de cajeros es vital”, explica Rupérez y para el presidente de la PMP los barrios y comercios “desempeñan un papel fundamental en la vida de las personas mayores” ya que, “ofrecen información clara y adaptan sus servicios a sus necesidades”.

La situación en Europa

Para la plataforma Denaria existe un escenario desigual entre países. “Mientras en Francia, Alemania, Irlanda o Suecia se han aprobado planes nacionales de resiliencia que blindan el acceso al efectivo, en España se ha tejido una red normativa hostil hacia su uso”, explica su presidente Javier Rupérez, lo que deriva, dice, “en asimetrías regulatorias, dificultando la libre circulación económica y colocando a España en clara desventaja competitiva”.

Del mismo modo resalta la creación, en países como Holanda o Reino Unido, “de grupos de trabajo específicos para planificar la protección del efectivo desde sus bancos centrales” y pone el límite de 1.000 euros como ejemplo de la diferente actuación. Lo considera “una anomalía europea”, ya que “la Directiva comunitaria de prevención de blanqueo establece un máximo de 10.000 euros y el propio Banco Central Europeo calificó de ‘desproporcionada’ la reducción del límite a 1.000 euros al considerar que reduce significativamente la capacidad de los pagadores para utilizar billetes en euros y la libertad de los ciudadanos para elegir cómo pagar”.

La necesidad de evitar el contacto impulsó el uso de las tarjetas, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado.
Que nadie se quede fuera

Desde la plataforma Denaria afirman que “el efectivo es crucial allí donde la digitalización no llega o no convence y asegura que nadie quede fuera del sistema”. Por ello, plantean posibles medidas para blindar su uso, tales como “definir una red de efectivo como una Infraestructura Nacional Crítica; diseñar planes en colaboración con Administraciones Públicas que den soluciones; la apertura de cajeros en zonas rurales y despobladas o en puntos urbanos afectados por el cierre de sucursales bancarias, con una distancia máxima entre ellos; o crear un grupo de trabajo para diseñar un plan de resiliencia nacional como el de otros países”, etc.

Por su parte, Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), aboga por “la formación digital y tecnológica” de los colectivos afectados, así como trabajar la sensibilización de los comerciantes “para ofrecer un trato amable, accesible y comprensible”. También señala “el acompañamiento en gestiones y trámites, pasando por la mediación con la Administración y la sensibilización social”. De hecho, en PMP “participamos activamente en el Foro de Inclusión Financiera, donde, a través del diálogo con las patronales bancarias y el Ministerio de Economía, supervisamos el compromiso social de la banca hacia los mayores”, concluye Fernández.

PARA SABER MÁS

La digitalización y democratización de los pagos del consumidor. Informe realizado por Nuek, compañía tecnológica de Minsait especializada en infraestructura de pagos.

Banco de España. En su página oficial se puede consultar la última estadística realizada por la entidad sobre pagos.

 

Plataforma Denaria. En su web se encuentra toda la información relativa al uso del efectivo, incluidos los canales para presentar denuncia.

 

Diez años de la Ley de Jurisdicción Voluntaria

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

DIEZ AÑOS DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Desde la entrada en vigor de la ley se autorizaron 310.840 actos relacionados con la familia.

El pasado mes de julio se cumplieron diez años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV). Una regulación que supuso un aumento de las atribuciones de los notarios y cuyo principal objetivo fue la desjudicialización de numerosos actos no contenciosos —como las actas de declaración de notoriedad para herederos abintestato, las aceptaciones de herencia a beneficio de inventario, o las escrituras de celebración de matrimonio o divorcio, entre otros—, permitiendo que pudieran tramitarse de forma ágil, segura y accesible fuera del ámbito judicial.

REDACCIÓN

 “La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha cumplido su objetivo: desjudicializar numerosos expedientes, muchos de los cuales han pasado a ser competencia de los notarios o permiten que el ciudadano elija acudir a nosotros. Como funcionarios públicos que controlamos la legalidad, prestamos asesoramiento imparcial y autorizamos documentos públicos, fuimos reconocidos como la autoridad pública adecuada para resolver muchos de estos asuntos a través de la jurisdicción voluntaria”, explica la portavoz del Consejo General del Notariado (CGN), María Teresa Barea.

Álvaro Lucini, delegado del Consejo General del Notariado para el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), añade: “Esta ley ha sido pionera en Europa y, de hecho, actualmente otros países miembros de la Unión Europea participan en el proyecto JuWili II, por la justicia sin litigio, con el fin de impulsar que en esos países, tal como se ha hecho en España,  se atribuya a los notarios la competencia para actuar en actos no contenciosos, que hoy todavía están reservados a la autoridad judicial, como los matrimonios o los divorcios.”

Desde julio de 2015 hasta junio de 2025, los notarios autorizaron un total de 1.264.453 actos de jurisdicción voluntaria, relacionados con sucesiones (948.287), familia (310.840), obligaciones y conciliación (5.326 entre ambos). El aumento de este tipo de actos ha sido constante año a año, con la excepción del parón registrado en 2020 a causa de la pandemia.

 

Un hito normativo

El pasado 23 de julio se cumplió el décimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de junio, de la Jurisdicción Voluntaria, la cual supuso un hito normativo en la modernización del Derecho privado español. La Ley de Jurisdicción Voluntaria  se creó con el objetivo de agilizar algunos procedimientos, haciéndolos más eficientes y accesibles. Además, buscaba aliviar la carga de los tribunales al asignar ciertas competencias a los notarios y a otros funcionarios públicos.

MARÍA TERESA BAREA,

PORTAVOZ DEL NOTARIADO: “LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA HA CUMPLIDO SU OBJETIVO: DESJUDICIALIZAR NUMEROSOS EXPEDIENTES”

ÁLVARO LUCINI,

DELEGADO ESPAÑOL EN EL CONSEJO DE LOS NOTARIADOS DE LA UNIÓN EUROPEA: “ESTA LEY HA SIDO PIONERA EN EUROPA. ACTUALMENTE OTROS PAÍSES MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA PARTICIPAN EN EL PROYECTO JUWILI II, POR LA JUSTICIA SIN LITIGIO”

EN MÁS DETALLE

El Centro de Información Estadística del Notariado realizó en julio un informe con motivo del décimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

NÚMERO DE ACTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, desde julio de 2015 a junio de 2025

Por autonomías

Las comunidades autónomas que han registrado un mayor número de actos notariales de jurisdicción voluntaria durante este periodo de tiempo han sido Andalucía (225.632), Madrid (189.444) y Cataluña (166.459).

En líneas generales, por tipo de actos, se observa en las autonomías el mismo patrón que a nivel nacional, con los actos de sucesiones siendo el grupo mayoritario en todas las comunidades autónomas: en Extremadura el 92% del total de 35.481 actos; en Castilla y León supusieron el 89% del total de 75.523 actos; y en Galicia el 87% del total de 108.688 actos. Estas han sido las CC.AA. donde los actos de sucesiones han tenido un mayor peso desde el inicio de la aplicación de la LJV. Sin embargo, en Madrid los actos de sucesiones alcanzaron el 48% del total de 189.444 actos, en las Islas Baleares el 33% del total de 22.475 actos; y en Cataluña el 29% del total de 166.459 actos. En estas comunidades los actos de familia han alcanzado su mayor importancia relativa.

 


DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LJV, SE HAN AUTORIZADO 127.464 MATRIMONIOS Y 95.362 SEPARACIONES Y DIVORCIOS ANTE NOTARIO


 

Impacto nacional

Los actos de sucesiones sumaron un total de 948.287 entre julio de 2015 y junio de 2025, casi el 75 % del total. Destacaron las actas de declaración de notoriedad para herederos abintestato (872.545); seguidas por las actas de notoriedad de herederos abintestato colaterales (47.021); las de requerimiento al heredero para aceptar la herencia (11.661); las aceptaciones de herencia a beneficio de inventario (10.320); las protocolizaciones de testamentos ológrafos o parroquiales (3.938 actos). y las designaciones o nombramientos de contador partidor dativo o albacea (2.802 actos).

En cuanto a los actos relacionados con familia, durante este periodo se autorizaron 310.840. Entre ellos, se encuentran las escrituras de celebración de matrimonio (127.464 actos); las escrituras de separación o divorcio (95.362 actos); las actas de resolución de expediente matrimonial (68.869); los convenios reguladores (18.306), y las modificaciones de estos convenios (839).

ACTOS NOTARIALES DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA MÁS FRECUENTES
Código Acto Notarial Descripción
0114 Escritura de celebración de matrimonio Escritura pública en la que se formaliza la celebración del matrimonio civil ante notario, con todos los efectos legales previstos en el Código Civil. El notario actúa como autoridad pública con competencia para celebrar el vínculo matrimonial.
0115 Escritura de separación matrimonial o divorcio Escritura pública mediante la cual los cónyuges acuerdan su separación o divorcio de mutuo acuerdo, siempre que no existan hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores.
0118 Acta de resolución de expediente matrimonial Documento que acredita la resolución favorable del expediente previo necesario para contraer matrimonio, en los casos en que este procedimiento sea tramitado ante notario. Es paso previo a la celebración del matrimonio.
0203 Testamento cerrado y protocolización de testamento ológrafo o parroquial Comprende dos actos: el otorgamiento de testamento cerrado ante notario, y la protocolización (incorporación a protocolo notarial) de testamentos ológrafos o parroquiales, una vez acreditada su autenticidad y cumplimiento de requisitos legales.
0317 Convenio regulador Escritura que recoge el acuerdo alcanzado por los cónyuges en un procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo, en el que se regulan cuestiones como el uso de la vivienda, pensiones, etc.
1109 Aceptación de herencia a beneficio de inventario Escritura en la que el heredero acepta la herencia limitando su responsabilidad por las deudas del causante al valor de los bienes hereditarios, previo inventario. Garantiza la protección patrimonial del heredero.
1416 Designación o nombramiento de contador partidor dativo o albacea Escritura mediante la cual los herederos solicitan al notario la designación de un contador partidor (cuando no existe testamento o designación previa) o de un albacea, para facilitar la partición de la herencia o el cumplimiento de la voluntad del testador.
1630 Declaración de notoriedad para herederos abintestato Es heredero abintestato aquella persona o personas que, al no haber un heredero nombrado en testamento, lo es por establecerlo la ley. Para ser nombrado heredero abintestato es necesario formalizar un expediente de declaración ante notario.
1638 Acta de notoriedad de herederos abintestato colaterales Variante de la anterior, referida a herederos colaterales (hermanos, sobrinos, tíos…), cuando no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge del fallecido. Requiere mayor justificación documental.
1639 Acta de requerimiento al heredero para aceptar la herencia Documento en el que un interesado en una herencia insta formalmente a un heredero a manifestar si acepta o repudia la herencia, a fin de evitar incertidumbre jurídica o dilaciones indebidas.

Combatir el ciberacoso

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Combatir el ciberacoso

El 33% de los menores entre 12 y 17 años reconoce haber experimentado alguna forma de acoso.

Los datos sobre el acoso online en España preocupan: el 21% de las víctimas y el 25% de sus acosadores han intentado suicidarse, y es que este tipo de intimidación se presenta con formas muy diversas y violentas, por lo que urge actuar desde todos los ámbitos de la sociedad.

PATRICIA ANDÚJAR

Acosar a alguien implica una persecución insistente que busca molestar o generar un perjuicio en el otro. Si lo trasladamos al mundo de internet, solo hay que añadir el prefijo ‘ciber’ para explicar esa misma acción, pero en un plano mucho más amplio y complejo y que deriva en peores consecuencias.

De hecho, el ciberacoso es una de las problemáticas que más preocupa a familias y educadores. Así lo atestigua el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), a través de Internet Segura for Kids (IS4K) con su campaña Tolerancia cero frente al ciberacoso, desde la que pretenden facilitar recursos en los que apoyarse a la hora de combatirlo.

 


EL CIBERACOSO ES UNA DE LAS PROBLEMÁTICAS QUE MÁS PREOCUPA A FAMILIAS Y EDUCADORES


 

Los datos hablan. Desde INCIBE se indica que “el 33% de los menores de entre 12 y 17 años reconoce haber experimentado alguna forma de acoso”. Si nos referimos al ciberacoso, hay que tener en cuenta que internet facilita la divulgación del contenido gracias a su fácil acceso e inmediatez, sin importar su veracidad. Pero, además, según un informe elaborado por investigadoras de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) e impulsado por la Fundación Cola Cao, “Internet proporciona sensación de anonimato”, lo que hace que tanto el agresor como los observadores se sientan menos expuestos y “decidan seguir la corriente al acosador”. Ambos hostigamientos están estrechamente relacionados, ya que las víctimas de acoso escolar tienen más probabilidades de serlo también a través de dispositivos digitales. Asimismo, la investigación revela que es un tipo de acoso que suelen experimentar más las chicas (12,7%) que los chicos (8,7%) y que tal y como sucede con el acoso presencial, los ‘matones’ actúan contando mentiras o rumores sobre sus víctimas, criticando su aspecto físico o utilizando motes y burlas. 

Dicen las investigadoras que los acosadores también eligen a los más vulnerables, pero que ellos mismos suelen acarrear problemas de salud mental. Además, este estudio evidencia el riesgo de que la víctima se convierta en agresor: el 10,6% de quienes sufren acoso escolar presencial reconoce haber participado en alguna situación de acoso, y cuatro de cada diez agresores presenciales admiten haber sufrido ciberacoso como víctima.

El aumento de las redes sociales ha provocado también un incremento del bullying ejercido en el mundo digital. Pero, sobre todo, es la vulnerabilidad de quienes acceden a estas plataformas lo que está determinando la gravedad de sus consecuencias. La clave está en el acceso temprano a internet y el uso excesivo de dispositivos tecnológicos sin supervisión de adultos responsables que les acompañen y expliquen determinados contenidos. Las redes sociales están hechas para generar una dependencia, un consumo constante que se vuelve adictivo, sobre todo para quienes todavía no tienen formada una personalidad sólida. Adquieren percepciones erróneas de determinados asuntos como las relaciones personales o incluso sexuales y se vuelven más endebles ante riesgos online como el sexting o el grooming, que son dos formas de acoso.

Formas de reclamación. Desde la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU) consideran que “España necesita reforzar tanto la prevención como los mecanismos de respuesta para frenar esta problemática”. Por ello, cuentan con la guía Conectados responsables: Uso de Dispositivos Electrónicos por parte de menores, enmarcada dentro del proyecto No clames, reclama que CECU desarrolla desde 2010 y cuyo objetivo es informar a las personas consumidoras sobre sus derechos. En este caso, se informa a madres y padres, educadores y demás organizaciones interesadas sobre “los riesgos, recomendaciones y derechos que existen frente a diferentes peligros que surgen en el entorno digital”. Entre los consejos destaca la comunicación activa en los hogares y en los centros educativos, así como prestar atención a cambios en su comportamiento, establecer horarios en el uso de pantallas y un control parental de los contenidos que visitan.

 


LOS ACOSADORES ELIGEN A LOS MÁS VULNERABLES, PERO ELLOS TAMBIÉN SUELEN ACARREAR PROBLEMAS DE SALUD MENTAL


 

Además de las leyes que pueden amparar a los menores de los peligros digitales, indican diferentes vías para poder denunciar. Es el caso de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a través del Canal Prioritario (https://www.aepd.es/canalprioritario), en caso de difusión de contenido sexual o violento. Según sus últimos registros, el 70% de estas denuncias son hechas por mujeres y niñas.

Desde INCIBE se facilita la Línea de Ayuda 017 e incluso existen asociaciones como ‘Stop Haters’, donde encontrar acompañamiento. Otras vías de denuncia son ante la Guardia Civil, en la Dirección General de la Policía o en los tribunales de justicia.

¿Qué dice la ley?

Más allá de la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Gobierno trabaja en la Ley Orgánica para la protección de personas menores de edad en los entornos digitales, por los riesgos y perjuicios que el uso de móviles y otros dispositivos puede conllevar, y que ya tiene el aval de la Comisión Europea.

En esta ley, no solo se incorporan delitos, sino que se amplían algunos que ya existen y se agravan las penas. Además, la edad mínima para acceder y registrarse en redes sociales sube de los 14 a los 16 años. Un debate, por cierto, también planteado en la UE.

Otra novedad es la aplicación móvil que la Comisión Europea prevé lanzar este verano para que los usuarios verifiquen si son mayores de edad. Es una herramienta transitoria hasta que en 2026 entre en vigor el Monedero Digital de la UE, con el que los ciudadanos se identificarán digitalmente ante la Administración, las entidades bancarias o compañías aéreas.

Desde CECU señalan la Ley de Ciberresiliencia (CRA, por sus siglas en inglés): “Aunque no es una ley específica contra el ciberacoso, sí puede contribuir a reducir ciertos riesgos asociados”, ya que muchos casos de ciberacoso provienen de dispositivos inseguros o aplicaciones mal diseñadas.

Suelen experimentar más ciberbullying las chicas (12,7%) que los chicos (8,7%).

El ejemplo: Finlandia

Ni el ‘matón’ ni la víctima. Poner el foco en el público es el principal éxito del método Kiva, abreviatura en finés de kiusaamista vastaan, y que significa “contra el acoso”. Es la herramienta para la prevención e intervención del acoso escolar que un grupo de investigadores creó en Finlandia en 2006 y que se basa en el trabajo de las emociones a través de dos acciones: generales y específicas. Con las primeras se trabaja la prevención, incrementando la conciencia de los testigos para así plantear cómo ellos podrían responder para acabar con una posible situación de acoso.

Las acciones específicas comienzan cuando se detecta un caso concreto. Se designa entonces un Equipo Kiva, formado por profesores y otros miembros de la escuela, para que hablen con la víctima y los acosadores y un tutor elegido se reúne con compañeros considerados ‘populares’, para animarlos a apoyar al damnificado. La principal premisa de este método es que las humillaciones del acosador solo tienen sentido si existe una audiencia que lo aplauda.

Tras probarlo en 234 colegios con 30.000 estudiantes, el acoso se terminó en un 79,4% de los casos y se redujo en un 18,5% de las ocasiones.

PARA SABER MÁS

Tolerancia cero al ciberacoso. Campaña de INCIBE e IS4K para ayudar a combatir el ciberacoso.

Estudio sobre Acoso escolar y ciberacoso en España en la infancia y la adolescencia (Fundación Colacao). Se basa en una muestra de 20.622 estudiantes de entre 4º de Primaria y 4º de ESO, pertenecientes a 325 centros educativos de las 17 comunidades autónomas.

Conectados responsables: Uso de dispositivos electrónicos por parte de menores. Una guía con la que CECU pretende ayudar a conocer los principales riesgos, recomendaciones y derechos que existen frente a las problemáticas del entorno digital.

Método Kiva. Programa finlandés para combatir el acoso escolar mediante el trabajo de las emociones de la clase con lecciones mensuales y juegos de ordenador.

Empresas de alquiler turístico, en el punto de mira

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Empresas de alquiler turístico, en el punto de mira

Consumo abrió expediente sancionador a inmobiliarias por obligar al pago de comisiones.

Consumo inicia investigaciones contra las principales gestoras de alquiler turístico por posibles prácticas engañosas que atentan directamente contra los derechos de los consumidores.
PATRICIA ANDÚJAR

En diciembre de 2024, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 comenzó una investigación contra empresas que gestionan y administran cientos de viviendas turísticas. Lo hizo a partir de las denuncias realizadas por particulares que alquilaron pisos vacacionales pensando que el propietario también era un particular cuando en realidad era una empresa, lo que atenta directamente contra la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

Previamente, Consumo ya había iniciado otra investigación para indagar sobre los anuncios en algunas plataformas dedicadas a ofrecer este tipo de alojamientos, las cuales no disponían de licencia para operar, lo que también vulnera la norma antes citada.

Incluso en octubre se había abierto un expediente sancionador a diversas agencias inmobiliarias que podían haber incurrido en hasta tres prácticas abusivas contra los inquilinos en la gestión del alquiler, como obligar al pago de una comisión por la gestión del alquiler; firmar contratos temporales sin justificar la temporalidad para alquilarlos a largo plazo de octubre a junio y como vivienda turística de julio a septiembre; y la aceptación de cláusulas que, de nuevo, incumplen dicha ley.

 


HAY PERSONAS QUE ALQUILAN PISOS VACACIONALES PENSANDO QUE EL PROPIETARIO ES OTRO PARTICULAR Y EN REALIDAD ES UNA EMPRESA


 

Prácticas abusivas. Ileana Izverniceanu, directora de Comunicación y Relaciones Institucionales de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), explica que este tipo de acciones llevadas a cabo por algunas agencias de intermediación inmobiliaria contravienen el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que precisa que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”. Además, asegura que ese incumplimiento “se ha vestido de servicios prestados al inquilino, lo que constituye una práctica abusiva e ilegal, desde el momento en que esos servicios son impuestos a todos los inquilinos, sin poder admitirlos o rechazarlos”.

El Ministerio las considera “prácticas engañosas” basándose en el artículo quinto de la Ley de Competencia Desleal que las define como “cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”. El mismo texto contempla, en el artículo 27, supuestos como afirmar de forma fraudulenta o crear la impresión falsa de que un empresario o profesional no actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional, o presentarse de forma fraudulenta como consumidor o usuario.

Desde OCU afirman que todo esto es consecuencia del problema de acceso a la vivienda que existe en España, ya que “muchos inquilinos se ven obligados a aceptar condiciones abusivas para conseguir la vivienda que desean alquilar”. En su opinión, “no se trata solo de encarecer ilegalmente el acceso a la vivienda a los inquilinos, sino que el problema es más grave, ya que se pierde la confianza en mediadores inmobiliarios profesionales al percibir que buscan recovecos o interpretaciones legales no justificables para salvar una parte de sus ingresos”.

¿Perjuicio para el consumidor? En palabras de Gabriela Camayd, portavoz de FACUA-Consumidores en Acción, “el principal perjuicio sería que el régimen normativo aplicable no protegiera al consumidor en caso de que exista algún inconveniente o haya que interponer alguna reclamación a los arrendadores”, y esto es lo que sucede cuando una empresa de alquiler de pisos turísticos se hace pasar por un particular porque “entre particulares no existe relación de consumo”. Es decir, “no se aplicaría la normativa de consumo, salvo que se descubra que es una empresa la que está detrás”, concluye Camayd.

Acogiéndose a la Ley de Competencia Desleal, los expedientes sancionadores pueden conllevar multas de hasta 100.000 euros, cantidad que puede ser muy superior hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito que haya obtenido cada empresa por haber llevado a cabo dichas acciones irregulares.

Aunque esta es la teoría, todavía no se puede determinar si esas sanciones se llegarán a aplicar, ya que esos expedientes aún no se han resuelto. “Por recursos de personal, este tipo de procedimientos se dilatan en el tiempo”, explica la portavoz de FACUA, quien estima que la resolución puede tardar en llegar incluso un año más, y eso si la empresa o empresas no han recurrido previamente. Y es que, “si se trata de una gestora pequeña a lo mejor le compensa abonar la multa, pero en el caso de empresas que son ‘grandes tenedores’, les beneficia poner en duda si la práctica es contraria o no a la ley, por el daño que hace a su imagen, pero también porque no lo podrían seguir haciendo en el futuro”.

 


CONSUMO CONSIDERA PRÁCTICA ENGAÑOSA CUALQUIER CONDUCTA QUE CONTENGA INFORMACIÓN FALSA O QUE PUEDA INDUCIR A ERROR A LOS DESTINATARIOS


 

¿Compensa a las empresas? Este tipo de plataformas de alquiler turístico sí obtienen beneficios de esconder su verdadera identidad. Por ejemplo, a la hora de sortear la obligación legal de contar con un servicio de atención al cliente para atender posibles reclamaciones. Otra ventaja sería la de esquivar el rechazo que existe por una gran parte de la demanda de alquiler vacacional a los grandes gestores y propietarios de pisos, que no casan con los principios de economía colaborativa, entendida como esa economía de intercambio en la que se comparten bienes y servicios entre individuos a través de plataformas digitales.

 


ACOGIÉNDOSE A LA LEY DE COMPETENCIA DESLEAL, LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES PUEDEN CONLLEVAR MULTAS DE HASTA 100.000 EUROS


 

En lo relativo a los alojamientos, un ejemplo de empresa dedicada a esta actividad es Airbnb, que se defiende argumentando que los ingresos que obtienen sus anfitriones no les enriquecen, sino que simplemente suponen un apoyo a una economía sustentada por otra actividad laboral principal.

¿Cómo atajar el problema?

Gabriela Camayd, portavoz de FACUA, pone el foco en la lentitud a la hora de resolver los procedimientos, así como en la cuantía de las multas: “Para una empresa que suscribe muchos contratos de alquiler turístico al año, una sanción de 100.000 euros no es disuasoria”, por lo que, en la práctica, “cometer el ilícito le sale rentable”. Por ello, desde FACUA instan a que “el régimen sancionador vaya dotado de personal, medios e infraestructuras suficientes para que, o bien se reduzca el tiempo del procedimiento o bien las sanciones no les compensen a las empresas”.

Desde OCU van más allá, pues entienden que “no existe una vía eficaz de protección al inquilino ni al propietario en materia de alquiler” y buscan dar seguridad a ambas partes. “Hemos solicitado que las consejerías autonómicas de vivienda doten a sus oficinas de funciones mediadoras o sancionadoras e incluso se ha propuesto desde algún sector que sean los notarios quienes intervengan en la firma de los contratos de alquiler de vivienda habitual”, señalan.

Este tipo de plataformas de alquiler turístico obtienen beneficios de esconder su verdadera identidad.

El origen de todo

El alquiler de viviendas turísticas está de moda; sale más rentable que alquilar a largo plazo. Esto ha provocado la salida de miles de viviendas del mercado del alquiler tradicional. Así lo atestigua un estudio realizado por La Alianza para la Excelencia Turística (Exceltur), un lobby que representa a algunas de las empresas más grandes del sector turístico y que refleja que las viviendas turísticas en las ciudades que más pernoctaciones registran en España crecieron un 23% anual hasta superar los 80.000 anuncios en el primer trimestre de 2023, una tendencia que no se ha frenado en los últimos trimestres y que ha provocado que muchos ciudadanos de algunas de las ciudades españolas más visitadas hayan salido a manifestarse por el impacto que tiene en la falta de vivienda y en su elevado precio.

PARA SABER MÁS

Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). En el apartado de prensa se puede consultar algún caso de cobro irregular de comisiones, denunciado por la organización y sancionado por el Ministerio de Consumo.

Airbnb. Estudio realizado por la plataforma de alquiler vacacional sobre el impacto en positivo de su actividad para el sector del turismo.

La Alianza para la Excelencia Turística (Exceltur). Dentro de la sección de Viviendas turísticas, se puede encontrar información y estudios sobre los efectos, en este caso negativos, que las viviendas turísticas tienen en diferentes ámbitos.

Pasar la ITV, un seguro de vida

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Pasar la ITV, un seguro de vida

La antigüedad del parque también afecta a la protección del medio ambiente, ya que los vehículos antiguos contaminan más que los modernos.

Más del 33% de los vehículos que deberían haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en 2023 no lo hicieron. Se trata de una cifra en aumento que tiene un impacto directo en la siniestralidad en carretera.
PATRICIA ANDÚJAR

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un procedimiento obligatorio que ayuda a garantizar que los vehículos en circulación cumplan con los requisitos de seguridad y emisiones exigidos por la normativa vigente. Un examen que tiene como objetivo prevenir accidentes, así como reducir el impacto ambiental de los automóviles.

A pesar de ello, las cifras oficiales muestran un incremento en el incumplimiento de la ITV, ya que el 33,2% de los vehículos que debían haberla pasado en 2023 no lo hicieron. El porcentaje ha aumentado un 24,8% desde 2017, cuando la ratio de incumplimiento se ubicaba en el 26,6%. Estos datos, publicados por el Ministerio de Industria y Turismo han sido analizados por la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV). Su director gerente, Guillermo Magaz, asegura que existen varias causas por las que un conductor puede circular con la ITV caducada: “Puede ser por un olvido, algo puntual, pero también hay muchos otros que no acuden a las estaciones porque saben que su vehículo se encuentra en mal estado y no va a superar la inspección favorablemente y normalmente el coste de la reparación es superior al valor del vehículo, y mucho mayor que la sanción que se puede imponer si tiene la ITV caducada”.

 


LA ITV ES UN PROCEDIMIENTO OBLIGATORIO QUE AYUDA A GARANTIZAR QUE LOS VEHÍCULOS EN CIRCULACIÓN CUMPLAN CON LOS REQUISITOS DE SEGURIDAD Y EMISIONES


 

Causas del suspenso. Las principales causas por las que los vehículos españoles suspenden la ITV son el alumbrado y la señalización, con un 22,8%, seguido de las emisiones contaminantes, que actualmente suponen el 21,5% y, en tercer lugar, los ejes, ruedas, neumáticos y la suspensión, con un 20,5%.

Lo que es una certeza es que los automóviles más antiguos tienen menos éxito a la hora de pasar esta revisión y en España la edad del parque de vehículos ha aumentado en los últimos años, lo que a su vez deriva en una mayor siniestralidad.

Haciendo referencia a un estudio publicado por la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) sobre la Contribución de la ITV a la seguridad vial y al medio ambiente, el director gerente de AECA-ITV explica que “los vehículos a partir de los 11 años se ven implicados en siniestros viales en un mayor porcentaje, creciendo este de forma progresiva según aumenta su antigüedad”. También los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT) muestran el vínculo entre la antigüedad del vehículo implicado en un siniestro con el estado de su ITV. “A mayor edad, mayor porcentaje de vehículos con la ITV caducada implicados en un siniestro vial con fallecidos”, finaliza Magaz.

Los datos hablan por sí solos. De los vehículos que tenían que haber llevado a cabo esta inspección y no lo han hecho, un 3% son turismos de hasta 4 años; un 15% oscilan entre 15 y 19 años, y el 17% son coches de más de 25 años.

¿Y renovar el parque de vehículos? Modernizar el parque de vehículos en España parece, por tanto, la solución más evidente para mejorar la seguridad vial. ¿Por qué no se produce?

Puede que “un incremento del precio de los vehículos al incorporar nuevas tecnologías, junto con una incertidumbre sobre qué tipo de vehículo adquirir (eléctrico, combustibles fósiles, etc.), así como unos planes de ayuda a la renovación del parque complejos y no directos en el momento de la compra, sean factores que están influyendo de forma significativa en que el parque cada vez sea más antiguo”, señala Guillermo Magaz, quien propone sustituir los antiguos por vehículos de segunda mano más modernos ya que, según dice, “es preferible circular con un vehículo de 5 años, más económico de adquirir, que con uno de 20 años”.

 


LAS PRINCIPALES CAUSAS POR LAS QUE LOS
VEHÍCULOS ESPAÑOLES SUSPENDEN LA ITV SON EL ALUMBRADO Y LA SEÑALIZACIÓN, SEGUIDO DE LAS EMISIONES CONTAMINANTES


 

Mientras esta evolución se produce, es necesario que los vehículos que circulan por las carreteras cumplan con los estándares de seguridad y protección del medio ambiente y para ello “es clave que todo el parque tenga la ITV en vigor”.

Si retomamos el antes citado estudio de la Universidad Carlos III de Madrid, se exponen cifras tan significativas como que gracias a estos exámenes periódicos “se evitan al año al menos 15.641 siniestros viales, 13.110 heridos y se salvan 723 vidas”. Y va más allá. Dice Magaz en relación a estos datos que “si los vehículos que teniendo obligación de realizar la ITV lo hubieran hecho, se habrían evitado, adicionalmente, 13.517 siniestros viales, 11.643 heridos y salvado 353 vidas más”.

Ayuda al medio ambiente. La antigüedad del parque también afecta a la protección del medio ambiente, ya que los vehículos antiguos contaminan más que los modernos.

Tanto es así que el 21,5% de los vehículos que acudió a las estaciones de ITV durante el año 2023 presentó un nivel de emisiones contaminantes que excedían los límites marcados por la normativa aplicable, cifra que ha aumentado en el último año, según explican desde AECA-ITV.

 


EN ESPAÑA LA EDAD DEL PARQUE DE VEHÍCULOS HA AUMENTADO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS, LO QUE A SU VEZ DERIVA EN UNA MAYOR SINIESTRALIDAD


 

De hecho, de acuerdo con el mismo estudio, ‘Contribución de la ITV a la seguridad vial y al medio ambiente’ de la UC3M, Magaz explica que “cada año se evita en España la circulación de 935.556 vehículos con emisiones contaminantes superiores a las permitidas, reduciendo la emisión de 39.370 toneladas de partículas contaminantes y evitando 575 muertes prematuras ocasionadas por emisiones contaminantes”. A estos números se podrían sumar el total de los vehículos que no han acudido a las inspecciones obligatorias y que, de haberlo hecho, supondrían otras 207 muertes prematuras que se podrían haber evitado.

¿Cómo hacer cumplir con esta inspección?

Según la Ley de Seguridad Vial, circular con la ITV caducada, incluso aunque se haya pedido cita previa, es ilegal. Las multas son de entre 200€ a 500€, si se circula con ella negativa. A pesar de ello, el número de vehículos que no la pasa aumenta. ¿Hay sensación de impunidad?

En opinión de Guillermo Magaz, “existe una cierta permisividad con el infractor ya que no se le da a la ITV la importancia que tiene”.

Por ello, desde AECA-ITV proponen medidas que pasan por la concienciación a los ciudadanos; regular la obligatoriedad de tener la ITV en vigor en el momento de contratar, renovar o subrogar la póliza del seguro obligatorio de vehículos; así como usar las cámaras de las Zonas de Bajas Emisiones y de acceso a las ciudades para llevar a cabo la detección de vehículos con la ITV caducada, cruzando la información con los datos de la DGT. La entidad también propone fomentar aún más los cursos de seguridad vial y las campañas de concienciación.

Los vehículos a partir de los 11 años se ven implicados en siniestros viales en un mayor porcentaje, creciendo este de forma progresiva.

Los que más suspenden

Según el análisis hecho por AECA-ITV, en el último año las estaciones ITV españolas llevaron a cabo 21.878.186 inspecciones, superándola el 81,1% a la primera, mientras que un 18,9% fueron rechazadas (4.134.000 vehículos).

Así, las furgonetas y camiones de más de 3.500 Kg son los vehículos que se encuentran en peor estado (un 28,8% no la supera a la primera). El segundo puesto lo ocupan los autobuses y autocares (27,2% de suspensos), y en tercer lugar, las furgonetas y camiones de menos de 3.500 Kg (25,6% de ITV no apta).

Por contra, los vehículos agrícolas son los que están en mejor estado (86,2% de inspecciones favorables). Les siguen las motocicletas y quads (84,3%), ambulancias y taxis (82,5%) y turismos (82,3%).

PARA SABER MÁS

Ministerio de Industria y Turismo (MINTUR)
En este apartado de la web del Ministerio de Industria y Turismo se puede consultar toda la información sobre los resultados de la ITV del año 2023, último del que se tiene registro.

Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV)
Toda la información relativa a la ITV, así como campañas de concienciación, objetivos y otros datos de interés, están disponibles en la página oficial de la asociación.

Estudio sobre la Contribución de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a la seguridad vial y al medio ambiente de la Universidad Carlos III de Madrid
Informe detallado sobre la aportación de la ITV a la seguridad vial y al cuidado del medio ambiente.

 

La Administración digital

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL

Los motivos más habituales de acceso a los servicios públicos a través de internet son acceder a información almacenada y concertar una cita o realizar una reserva.

La digitalización de la Administración Pública se ha convertido en los últimos años en una meta a alcanzar para los países de la Unión Europea, entre los que también se encuentra España, ya que la posibilidad de ofrecer un servicio telemático óptimo al ciudadano se traduce en modernidad y crecimiento económico para un país.
PATRICIA ANDÚJAR

Veinte años después de que se empezara a hablar de las ‘oficinas sin papeles’, lo que hoy se conoce como Administración digital ha sufrido una importante evolución, con medidas y planes llevados a cabo que ahora toca analizar.


EN 2024, CASI OCHO DE CADA DIEZ PERSONAS DE 16 A 74 AÑOS (EL 79,7%), CONTACTÓ CON LAS ADMINISTRACIONES A TRAVÉS DE INTERNET


En este camino, hasta la propia terminología ha cambiado. Al principio, hacer referencia a la Administración electrónica era el nombre más correcto para explicar el objetivo principal: ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de relacionarse con los organismos públicos a través de Internet. Pero incluso ese término ha quedado obsoleto.

En este tiempo se han puesto en marcha diversas políticas, como la Agenda España Digital 2026, una actualización de la estrategia lanzada en julio de 2020 como Agenda España Digital 2025, y que es una hoja de ruta para la transformación digital del país. Se trata de una estrategia ambiciosa cuyas prioridades en lo relativo a la Administración incluyen la modernización y dinamización de ámbitos clave como el empleo, la Justicia o las políticas sociales, mediante una puesta al día de las infraestructuras digitales.

¿Cuál es la realidad actual en España?

Tras esta breve introducción, es el momento de poner el foco en la situación actual de nuestra Administración Pública y saber si realmente se están alcanzando los objetivos. Sara Argüello, secretaria general del Consejo General de Economistas, considera que “la Administración española ha avanzado considerablemente en su proceso de digitalización, aunque persisten diferencias significativas entre territorios y organismos”.

Argüello, quien también es secretaria técnica del órgano especializado ReDigital, que pertenece al Consejo General de Economistas y está centrado en la Economía Digital, señala que “en comparación con otros países europeos, España ocupa una posición media-alta en el índice DESI (Índice de Economía y Sociedad Digital)”, pero “está por detrás de líderes como Estonia o Dinamarca, que han sabido integrar la digitalización en su modelo administrativo de manera más ambiciosa y uniforme”. En lo relativo a nuestro país, Argüello asegura que “la Agencia Tributaria, en particular, ha destacado como un referente gracias a la implementación de tecnologías avanzadas como la inteligencia artificial para la detección de fraudes y la simplificación de procesos como la declaración de la renta” y que este éxito se debe a la implantación de “una estrategia clara, una dotación adecuada de recursos y un enfoque centrado en el ciudadano”.

En este sentido, tiene claro en qué se ha producido un mayor avance. “Probablemente ha sido la digitalización de servicios esenciales como el DNI electrónico, las citas previas online y la posibilidad de realizar trámites sin necesidad de desplazarse”.

Para tener una idea más precisa al respecto, según la Encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los Hogares, realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2024, casi ocho de cada diez personas de 16 a 74 años, (el 79,7%) contactó o interactuó con las Administraciones o servicios públicos a través de Internet en los últimos doce meses, siendo los motivos más habituales el acceder a información almacenada (61,5%) y concertar una cita o realizar una reserva (58,8%).


SE HAN PUESTO EN MARCHA DIVERSAS POLÍTICAS COMO LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2026, UNA HOJA DE RUTA PARA LA TRANSFORMACIÓN EN ESTE ÁMBITO DEL PAÍS


Pros y contras de la administración digital

Entre las ventajas de contar con unos servicios más automatizados gracias a las nuevas tecnologías, se encuentran el acceso fácil y sencillo que los usuarios tienen a la información o la posibilidad de llevar a cabo trámites en cualquier momento del día y desde cualquier lugar con acceso a Internet, sin depender de los horarios de cada oficina. Para Sara Argüello esta es la principal ventaja: “la disponibilidad y la facilidad para personalizar o adaptar servicios”, para lo que dice “el análisis de datos cobra una importancia muy alta” y entiende que la mayor ventaja de la digitalización de la Administración radica en poder ofrecer “una mayor eficiencia y transparencia de cara a su relación con la ciudadanía”.

Por el contrario, se ha hablado mucho de la famosa brecha digital, o lo que es lo mismo, aquellos ciudadanos que se quedan fuera de la Administración digital por falta de formación o recursos.

La secretaria técnica de ReDigital recuerda que aún “el reto más urgente es garantizar que todos los ciudadanos, independientemente de su nivel socioeconómico o ubicación, puedan acceder a estos servicios” y añade que el problema “es especialmente agudo en áreas rurales o entre colectivos vulnerables”. Explica también que “es fundamental seguir formando a los empleados públicos”, otro de los inconvenientes a los que también se hace referencia cuando se habla de la digitalización de la Administración. Asegura que a veces tienen “resistencia al cambio” y que además es vital “mejorar la interoperabilidad entre diferentes Administraciones para maximizar los beneficios de la digitalización”. Existen otros contras como la reducción de puestos de trabajo o todo lo relativo a las medidas de protección y acceso.

La ‘ciberseguridad’

Cuando se habla de medidas de protección, se pone el foco en la ciberseguridad. ¿Puede ralentizar o limitar de alguna manera la transformación digital?

En palabras de la secretaria general del Consejo General de Economistas, Sara Argüello, “la ciberseguridad juega un papel fundamental, ya que garantiza la protección de los datos sensibles de los ciudadanos y la continuidad de los servicios públicos en un entorno cada vez más amenazado por ciberataques. “No hay transformación digital sostenible sin una base sólida de ciberseguridad”, dice, y es que los ciudadanos se fían de los sistemas digitales si sienten que sus datos están seguros. Tampoco ayuda la creciente sofisticación de los ataques y la falta de concienciación de algunos usuarios y empleados públicos.

Ofrecer un servicio telemático óptimo al ciudadano se traduce en modernidad y crecimiento económico para un país.

Así influye la Inteligencia Artificial

Según la Real Academia Española (RAE), la Inteligencia Artificial (IA) es la “disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico”. Cabe esperar, por lo tanto, que también sea un mecanismo a tener en cuenta a la hora de digitalizar la Administración.

En algunas zonas de España se lo están tomando en serio y hay comunidades autónomas que pisan fuerte el acelerador. Por ejemplo, Castilla y León cuenta con un activo fundamental para impulsar el desarrollo de la inteligencia artificial: el supercomputador Caléndula. Se trata de un potente equipo, uno de los más grandes de España, que está permitiendo que investigadores, empresas y centros tecnológicos puedan desarrollar proyectos de investigación avanzados en el ámbito del cálculo intensivo, lo que coloca a esta región a la vanguardia de la supercomputación a nivel nacional.

No son los únicos. Recientemente, la Comunidad de Madrid ha firmado un protocolo con Telefónica para impulsar la inteligencia artificial en la Administración y que así contribuya a modernizarla, personalizar la atención al ciudadano y, por ende, lograr una mayor eficiencia en los procesos administrativos.

PARA SABER MÁS

Agenda España Digital 2026:

Es un plan de acción para la transformación digital del país, que trabaja en tres dimensiones clave: infraestructuras y tecnología, economía y personas. Se puede consultar el PDF del proyecto dentro de la página del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en el apartado de ‘Estrategias y Políticas’.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

Los Estados miembros de la Unión Europea han elaborado planes nacionales de recuperación y resiliencia por los que reciben apoyo financiero. En el caso del español, el ‘Componente 11: Modernización de las instituciones públicas’ se centra en la digitalización de la Administración.

ReDigital:

Pretende ayudar a mejorar la práctica profesional de los economistas en el ámbito de la Economía y la Transformación Digital.