Coto a las contrataciones telefónicas de las eléctricas

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Coto a las contrataciones telefónicas de las eléctricas

Un reglamento en trámite prohibirá a las comercializadoras de luz y gas cerrar contratos por teléfono, a menos que el usuario lo pida de forma expresa o sea él quien realice la llamada.
PATRICIA ANDÚJAR
El Ministerio para la Transición Ecológica quiere responder a los desafíos en política energética.

El Gobierno pretende prohibir que las empresas comercializadoras de luz y gas puedan hacer contratos a los consumidores a través de una llamada telefónica. Es uno de los puntos recogidos en el proyecto de real decreto por el que se aprueba el Reglamento General de Suministro y Contratación, con el que se establecen las condiciones para la comercialización, agregación y protección del consumidor de energía eléctrica. Así, el Ministerio para la Transición Ecológica busca adaptar el actual marco normativo y dar respuesta a los desafíos y objetivos en materia de política energética.

 


LA NUEVA PROPUESTA DE REGLAMENTO GENERAL DE SUMINISTRO Y CONTRATACIÓN PROHIBIRÁ LA PUBLICIDAD Y LA CONTRATACIÓN TELEFÓNICA DE LUZ Y GAS


 

Existe solo una excepción a esta norma, y es que el propio usuario sea el que solicite esa comunicación o bien la lleve a cabo en primera persona. En este caso, se señala que el comercializador, según el ministerio “deberá grabar la totalidad de la llamada comercial, independientemente de quién la origine, incluyendo toda la información facilitada al consumidor y, en su caso, la información precontractual con las características básicas de la oferta”.

Cómo se deberá hacer. El texto también incorpora una serie de derechos y obligaciones para los agentes que intervienen en este negocio. Por ejemplo, que las comercializadoras deberán comunicar sus ofertas comerciales, tanto las nuevas como cualquier modificación de otras ya existentes, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con una antelación de, al menos, diez días a la fecha en que serán efectivas. Así, este organismo gestionará un comparador de precios a partir de esta documentación, que será confidencial hasta su difusión pública y elaborará un informe anual.

Desde la Asociación de Comercializadores Independientes de Energía (ACIE) aseguran haber alertado al ministerio sobre esta cuestión, ya que “las comercializadoras actúan en un mercado muy volátil y, por ello, se deben realizar las ofertas con mucha celeridad y día a día”. Esto, en muchas ocasiones, “les impide ser previsores” y, sin embargo, sí “aprovechar las oportunidades de mercado”. Concluyen que “es posible que ni el propio comercializador sepa qué oferta va a realizar en el plazo de diez días” y que, aunque el ministerio esté “lleno de buenas intenciones, debe comprender que esto no es razonable en el sector”.

 


SEGÚN EL MINISTERIO, EL COMERCIALIZADOR “DEBERÁ GRABAR LA LLAMADA COMERCIAL, INCLUYENDO TODA LA INFORMACIÓN FACILITADA AL CONSUMIDOR”


 

Llamada de atención. Tras la avalancha de reclamaciones por parte de los consumidores a la CNMC en relación a las comunicaciones telefónicas por parte de algunas comercializadoras, el organismo supervisor publicó un informe el pasado mes de abril sobre los mercados minoristas de gas y electricidad, en el que ya planteaba la necesidad de establecer “normas estrictas” para poner fin a este tipo de prácticas que los propios usuarios tildaban de “engañosas”.

 


LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA YA ALERTÓ DE PRÁCTICAS COMERCIALES ENGAÑOSAS POR PARTE DE ALGUNAS COMERCIALIZADORAS


 

En este mismo informe, la Comisión denunciaba las deficiencias en la contratación, ya que muchas comercializadoras “minimizan los soportes documentales en la contratación” y por ello, considera que “no son transparentes ni antes ni durante la contratación de la oferta e incurren en prácticas comerciales engañosas diseñadas para cumplir con estos requisitos documentales sin que quede constancia de estas en la documentación aportada”. Por ello, ya instaba a que existan unos requisitos mínimos que mejoren la información que está disponible para el consumidor, así como que “se impidan las prácticas comerciales engañosas y abusivas y se reduzcan los cambios por errores administrativos y falta de diligencia de las compañías”.

Un paso más. Ya en 2018 el Ministerio para la Transición Ecológica puso en marcha otro real decreto ley que incluía una medida por la que se prohibía la contratación a domicilio de la luz y el gas natural, salvo que la visita fuese solicitada expresamente por el propio usuario.

Dicha prohibición se justificó en “el elevado número de reclamaciones presentadas ante los organismos de consumo y ante la CNMC en los últimos años” por las visitas a las viviendas de particulares para llevar a cabo las citadas contrataciones.

La norma, según denunciaron algunas empresas en ese momento, afectaba a más de 5.000 comerciales repartidos por todo el país. Sin embargo, no afectaba al segmento industrial y el de las grandes empresas con potencias contratadas por encima de los 10 KW y las compañías recurrieron a otras alternativas, como la de contratación telefónica (ahora, en vías de prohibición) o a través de puestos informativos, por ejemplo, en centros comerciales.

Las grandes del sector coinciden

Hasta el 13 de septiembre las compañías eléctricas podían presentar sus alegaciones, aunque las más grandes como Endesa, Iberdrola y Naturgy sí apoyan la medida porque entienden que puede “contribuir a mejorar la imagen” que se tiene de las compañías de luz y gas, afectada por las empresas que se dedican a realizar esa contratación telefónica. Aun así, solicitan “reglas claras” para evitar que se sigan produciendo.

Un claro ejemplo es la actual Ley General de Telecomunicaciones, de la que se pide una interpretación unánime, ya que, aunque se ha dictaminado que solo se pueden realizar llamadas a los clientes de menos de un año o en el caso de que el usuario haya dado su consentimiento expreso, lo cierto es que no se está cumpliendo y eso ejerce un “daño reputacional para el sector eléctrico”.

La Asociación de Comercializadores Independientes de Energía asegura que “actúan en un mercado muy volátil”.

Las comercializadoras independientes opinan

En palabras de Javier Colón, presidente de la Asociación de Comercializadores de Energía Eléctrica (ACENEL), “el proyecto supone un grave perjuicio para las comercializadoras independientes de electricidad, para el libre mercado y la competencia y, por ende, para los consumidores”, y añade que “la limitación de alternativas comerciales y canales de venta beneficia a las eléctricas tradicionales”. En la misma línea, desde la ACIE entienden que son “medidas que podrían impactar negativamente en la competencia del sector eléctrico, afectando también a pymes y a grandes empresas” ya que “estos grupos de clientes sí están acostumbrados a estas gestiones telefónicas y esto supone un cambio drástico de operativa”. Según fuentes de ACIE, ese tipo de llamada les permite en muchas ocasiones “promocionar nuestros servicios que tienen que ser competitivos con los del resto del sector”. Ambas asociaciones están de acuerdo en la necesidad de regular, aunque con matices. Desde ACENEL son “partidarios de una efectiva supervisión más que de la prohibición”, que para ACIE se traduce en “hacer un mayor seguimiento, la imposición de penalizaciones a los sujetos que actúen de manera ilícita o la codificación de los call center para lograr un mayor control”.

PARA SABER MÁS

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
En su web se explica la normativa vigente relacionada con la actividad de comercialización y el suministro de energía eléctrica, con todas sus actualizaciones y revisiones pertinentes hasta llegar al último proyecto de real decreto, que también se puede consultar.

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En el apartado dedicado a los consumidores de energía eléctrica de la web de la CNMC se encuentra toda la información necesaria sobre dicho sector y se incluye un PDF con los pasos a seguir para poder realizar una reclamación.

Comisión Nacional de los Mercados.
En abril de este año hizo público el último informe de los mercados minoristas de gas y electricidad donde advertía de las reclamaciones de numerosos consumidores sobre las comunicaciones realizadas.

Otra vez, una llamada spam

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

OTRA VEZ, UNA LLAMADA ‘SPAM’

La Ley General de Telecomunicaciones establece un nuevo marco de actuación para las compañías que realizan llamadas comerciales. Si antes el consumidor tenía que oponerse a recibirlas para intentar limitarlas, ahora la norma da una mayor garantía a través del consentimiento previo.
PATRICIA ANDÚJAR
Las sanciones a las empresas que realicen llamadas sin autorización pueden llegar hasta los 100.000 euros.

Suena el móvil, miramos la pantalla y observamos un número que no conocemos. Automáticamente, nos surge una posibilidad: que se trate de una de esas incómodas llamadas comerciales no deseadas, más conocidas como llamadas spam.

 


ES NECESARIO QUE EL CONSUMIDOR HAYA AUTORIZADO EXPRESAMENTE Y DE FORMA PREVIA A LAS EMPRESAS PARA QUE PUEDAN LLAMARLE


 

Desde hace años, esta práctica habitual realizada por determinadas compañías, se ha convertido en una de las acciones que más exasperan a los consumidores, lo que ha llevado a la Administración a regular en favor de los usuarios, con el objetivo de salvaguardar sus derechos y proteger sus datos personales.

Con la entrada en vigor el 29 de junio de 2023 de la Ley General de Telecomunicaciones, se establecía un cambio importante en la legislación. Según el artículo 66.1.b de esta norma, los usuarios “tienen derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario”. Es decir: es necesario que el consumidor haya autorizado expresamente y de forma previa a las empresas para que puedan llamarle.

De cumplirse esta norma, tan solo aquellas compañías con las que el particular tenga un contrato vigente de menos de un año pueden ponerse en contacto para ofrecerle mejoras o servicios relacionados con los que ya tiene.

¿Qué está ocurriendo en la práctica? ¿Está siendo efectiva esta ley?

Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asegura que “es un cambio fundamental que valoran de manera positiva porque regula de una forma más clara la situación que existía con anterioridad”. Sin embargo, explica que sigue habiendo mucha llamada spam “porque, primero, hay compañías que incumplen la norma y segundo, la Administración investiga poco y sanciona menos”. En este sentido, incide en que habla con datos en la mano: “Nosotros hemos hecho alguna encuesta después de la aplicación de la ley en la que prácticamente el 90% de los consumidores seguían recibiendo llamadas”. Según los datos que facilita Rubén Sánchez, portavoz de FACUA – Consumidores en Acción, la cifra aumenta hasta el 97%. “Casi diez de cada diez consumidores dicen seguir recibiendo estas comunicaciones”, señala.

La inseguridad del consumidor

Con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica tanto a los usuarios, como a quienes realizan las comunicaciones, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) emitió una circular en la que se analiza la interpretación del citado artículo y en la que determina que el consentimiento previo ha de ser informado, inequívoco, libre y específico.

A pesar de ello, lo que ocurre muchas veces en la realidad es bien distinto. Ana María Paniagua, consultora y auditora de PRODACYL, la sede en Castilla y León de PRODAT, especialistas en Protección de Datos, señala que los consumidores “nos enfrentamos a extensos y complejos textos legales que, en la mayoría de las ocasiones, no nos paramos a leer. Se trata de términos y condiciones que hojeamos de forma tan rápida que no somos conscientes de lo que estamos autorizando y en ocasiones, se presenta la información enmascarada con total ausencia de transparencia, de manera que el usuario acepta recibir este tipo de comunicados sin saberlo” y añade que “hay un abuso hacia el consumidor porque desconoce lo que acepta”.

Además, este debe saber que si ese consentimiento existe y no lo revoca o no ejerce el derecho de oposición a seguir recibiendo estas comunicaciones comerciales, el mismo seguirá siendo válido. Si las comunicaciones comerciales persisten, puede presentar una reclamación o denuncia en la AEPD o en los órganos de consumo de las distintas Administraciones Públicas.

 


LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS SEÑALA QUE EL CONSENTIMIENTO PREVIO HA DE SER INFORMADO, INEQUÍVOCO, LIBRE Y ESPECÍFICO


 

La realidad de las denuncias

Según datos publicados en la última memoria anual de la AEPD, las reclamaciones por recibir publicidad no deseada se duplicaron con respecto al año anterior (2022). En total, se presentaron casi 4.300 denuncias. Sin embargo, solo catorce terminaron en sanciones.

A ojos del portavoz de FACUA, las denuncias siguen siendo pocas, en parte, dice, “porque no hay campañas para fomentar el conocimiento de los consumidores sobre lo que dice la ley y ante quién pueden denunciar”. Por su parte, Enrique García, de OCU, va más allá: “Cuando hay 4.000 consumidores que se molestan en completar un procedimiento de reclamación, que no es fácil, y solo catorce acaban en sanción, hay algo que no funciona. Lo mismo es que las normas que regulan las sanciones no son las más adecuadas”.

Paniagua explica que a veces no se pueden llevar a efecto “porque no se sabe quién está detrás”.

Aun así, se puede denunciar. La AEDP señala que hay que anotar el número de teléfono, el día y la hora, hacer un pantallazo y dirigir un escrito relatando lo ocurrido. También, aunque se trate de un número oculto, porque pedirá a la compañía que le traslade la numeración.

El problema viene cuando la Agencia va a verificar la procedencia de la empresa. Como a veces operan desde el extranjero porque es donde tienen los call center, “es muy difícil y las denuncias se archivan”, concluye la analista y consultora de PRODACYL.

Este parece ser el principal hándicap con el que se encuentra la AEPD a la hora de hacer efectivas las sanciones, que en la actualidad están contempladas en multas de hasta 100.000 euros, y es que, según datos recogidos por OCU, tan solo el 33% de las llamadas son localizadas. Y no se trata de una dificultad legal, sino técnica.

Si bien hay quien duda de que la cuantía de las sanciones ejerza algún tipo de presión sobre las compañías por considerarlas irrisorias para el tipo de empresas a las que van dirigidas, Paniagua apunta que “sí les hacen daño porque están intentando externalizar esos servicios fuera, mediante call center que no estén domiciliados en España para poder complicar la labor de investigación”. Eso sí, no están exentas de cumplir la ley al tratar datos de ciudadanos de la Unión Europea, y la responsable sigue siendo la empresa matriz y no la centralita.

La excepción que limita la norma

Para seguir realizando llamadas comerciales, las empresas se pueden acoger al denominado ‘interés legítimo’, siempre y cuando exista una relación contractual previa, los datos se hayan obtenido de forma lícita y la llamada se refiera a productos y servicios similares a los ya contratados por el cliente con la entidad que efectúa la llamada; nunca de otras entidades. Cabe señalar que si la relación contractual ya no está en vigor y el cliente no ha realizado ninguna otra solicitud o interacción con la empresa durante el último año, no podrán llamarle.
Para denunciar hay que anotar el número de teléfono, el día y la hora, hacer un pantallazo y dirigir un escrito a la AEPD relatando lo ocurrido.

‘Plan antiestafa’

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública pondrá en marcha un plan para combatir las estafas de suplantación de identidad que se comenten mediante llamadas o SMS. El objetivo es aumentar la protección ante el creciente número de fraudes.

Además de facilitar la identificación de un posible engaño, algunas de las disposiciones ayudarán también frente a las llamadas comerciales no deseadas. Entre las normas, destaca la prohibición de utilizar numeración móvil para realizar llamadas comerciales y sí permitir estas comunicaciones a los números 800 y 900 por parte de las entidades, lo que servirá al usuario para identificar de qué tipo de llamada se trata.

PARA SABER MÁS

Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública: El pasado 30 de julio de 2024, este ministerio hizo pública una nota de prensa sobre un nuevo plan antiestafa, cuyas medidas también pueden ayudar a reducir las llamadas comerciales no consentidas.

AEPD: En la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos se explican los pasos a seguir para formular una reclamación.

OCU: La web de la Organización de Consumidores y Usuarios ofrece información, datos y recomendaciones para prevenir el acoso telefónico.

Freno al juego sin control

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Freno al juego sin control

La Real Academia Española define el verbo jugar como “hacer algo con alegría, con el fin de entretenerse, divertirse o desarrollar determinadas capacidades”. El problema viene cuando se convierte en una obsesión que impide a las personas realizar su día a día con normalidad, como ocurre con los juegos de azar, las apuestas, etc. Las autoridades alertan de cómo la adicción al juego ha aumentado en España y recomiendan poner límites.
MARIÁN LEZAÚN
Los juegos online más elegidos son las apuestas deportivas, la Primitiva y el casino.

El perfil de los jugadores ha cambiado en los últimos años. Si hace apenas una década era el de un hombre de mediana edad que arriesgaba su dinero en las máquinas tragaperras o en el bingo, hoy es muy diferente. Las facilidades de acceso al juego a través de dispositivos móviles o la proliferación de locales de apuestas en el centro de las ciudades alertan sobre una peligrosa tendencia que afecta a los más jóvenes, hombres y mujeres.

 


LOS JÓVENES ENTRE 18 Y 25 AÑOS SON LOS MÁS SUSCEPTIBLES DE CAER EN LAS REDES DEL JUEGO ADICTIVO


 

Irene Núñez, de Proyecto Hombre en Cantabria, explica: “Las personas que llegan a tratamiento son mayoritariamente hombres con 35 años de media. Tienen una sólida red de apoyo sociofamiliar, formación profesional o estudios superiores, así como una ocupación laboral estable”. “Las mujeres también acuden a tratamiento, principalmente con adicción a los juegos online y sufren mayor estigmatización”, señala.

 


EN ESPAÑA, EL SECTOR DEL JUEGO PRIVADO
GENERA 46.423 EMPLEOS DIRECTOS Y MÁS DE 170.000 INDIRECTOS


 

Para parar este problema muchas autonomías han comenzado a regular el sector mediante normativas que limiten el acceso a las personas más vulnerables y, sobre todo, que controlen el desarrollo de este tipo de juegos. El Gobierno de Castilla y León ha sido el último en dar un paso al frente en la renovación de su Ley reguladora del juego, que entró en vigor el pasado mes de abril. Ya lo habían hecho antes autonomías como Galicia, Baleares o la Comunidad Valenciana. Esta realidad choca con el desarrollo de esta industria, un sector muy importante en nuestro país y que considera que introducir medidas restrictivas no es siempre la mejor solución.

El consejero de la Presidencia de Castilla y León, Luis Miguel González Gago, resaltó en marzo, en rueda de prensa, que uno de los objetivos prioritarios de la normativa en su comunidad es “profundizar en las políticas de juego responsable, con el fin de crear un entorno de juego más seguro y consciente y garantizar la debida protección de la salud pública”. Para ello, la Ley recoge mayor control de entrada a los establecimientos específicos, que deberán tener un registro individualizado de los visitantes y limita su visualización desde la calle. En cuanto a la promoción, publicidad y patrocinio de la actividad del juego, González Gago anunció que “cualquier campaña de este tipo quedará sujeta a autorización administrativa previa, salvo las desarrolladas dentro de los establecimientos específicos o a través de los medios de comunicación especializados”.

Cifras

En España, el sector del juego privado genera 46.423 empleos directos y más de 170.000 puestos de trabajo de manera indirecta. Además, en términos de recaudación de impuestos, el juego privado aporta 1.140 millones de euros a las arcas del Estado a través de impuestos y tasas especiales.

Desde Cejuego señalan que “la solución al problema del mal uso del juego tiene que ver con una legislación pertinente y no necesariamente más dura”. Para la patronal, “las Administraciones han asumido de manera errónea que endurecer la normativa contra el sector es bueno y esto ha tenido consecuencias perniciosas”. “En primer lugar -aclaran- porque las medidas a toda costa llevan a adoptar legislaciones totalmente absurdas como las de las distancias desorbitadas entre centros escolares y salones de juego. Lo que ocurría es que el salón podía estar lejos del colegio de un menor, pero cerca de su casa”, apuntan. “En segundo lugar, una legislación demasiado dura genera un efecto ‘ley seca’ que se traduce en un aumento del juego ilegal y en empujar al usuario a entornos desregulados en los que está menos protegido”, explican.

 


PARA PARAR EL INCREMENTO DE LA ADICCIÓN
AL JUEGO MUCHAS AUTONOMÍAS HAN REGULADO
EL SECTOR CON NORMATIVAS MÁS RESTRICTIVAS


 

Para muchos expertos, en lugar de restringir, es necesario apoyar una mayor educación o campañas de concienciación. Desde Proyecto Hombre, señalan: “En nuestro país tenemos muchos años de tradición en juego responsable; muchos ciudadanos compran anualmente un décimo de lotería nacional y eso no genera un problema en la persona”. No obstante, explican, “un grupo de la población al realizar consumo de juego desarrollará un problema de adicción y sus derivadas consecuencias. El motivo de esta diferenciación es multicausal y variable en cada persona afectada, pero podemos dar explicación al mecanismo de escalada a través de procesos de aprendizaje basado en condicionamiento intermitente y otros factores que acompañan y ayudan a que se establezca un problema”.

En el punto de mira

Los jóvenes consideran el juego como algo inofensivo y entre los 18 y los 25 años es cuando corren más riesgo de padecer trastornos al respecto, según señala el Estudio de Prevalencia de Juego 2022-2023, elaborado por la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo. Un factor de riesgo para desarrollar este trastorno y otros problemas de salud mental es haber empezado a jugar en una edad precoz. Según este estudio, el 36% de los pacientes de la Unidad del Juego de Bellvitge habían empezado a jugar antes de la edad legal, los 18 años. Los juegos presenciales más elegidos por este grupo son la lotería, las apuestas deportivas, los juegos de casino y las máquinas tragaperras. Los juegos online más elegidos son las apuestas deportivas, la Primitiva y el casino online.

Señales de alerta

La ludopatía es un trastorno reconocido por la Asociación de Psiquiatría Americana y por la Organización Mundial de la Salud. Para detectar si estamos ante un caso de adicción, varias de las acciones causantes deben prolongarse en el tiempo. Algunas señales que lo indican son: la preocupación por el juego, la necesidad de jugar en cualquier situación, ir incrementando la cantidad de dinero con el objetivo de lograr la excitación deseada, la inquietud o la irritabilidad cuando se intenta reducir o dejar de jugar. Destaca también la utilización del juego como vía de escape de los problemas o de alivio del malestar emocional, entre otras manifestaciones.
La Ley intensifica el control de entrada en los establecimientos de juego.

PARA SABER MÁS

Ministerio de Sanidad. En la web del ministerio podemos encontrar información sobre cómo prevenir y cómo actuar ante las conductas adictivas como el juego.

Gobierno vasco. El Gobierno vasco editó una guía abierta a todos los ámbitos en los que se relacionan los jóvenes para prevenir la ludopatía entre los más jóvenes y detectar las señales de alerta.

Ley del juego. La normativa que regula el juego en España es la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Sin embargo, algunas autonomías han endurecido algunos aspectos debido al aumento de la ludopatía entre la población más joven.

Robos digitales

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ROBOS DIGITALES

Los ciudadanos hemos pasado en muy poco tiempo del temor a las transacciones online a realizar cualquier trámite o compra en las redes. Este cambio hace que, en muchas ocasiones, estemos expuestos a cualquiera de los delitos digitales que existen.

MARIÁN LEZAÚN
Las estafas informáticas han aumentado un 508% en 8 años.

El aumento de los casos en los que los ciberdelincuentes se hacen pasar por un banco con el objetivo de vaciar las cuentas de sus titulares está provocando el crecimiento de la alarma social ante los robos digitales. La estrategia que utilizan resulta tan convincente que nadie está libre de caer en sus redes. Expertos reunidos hace unas semanas en el Congreso Internacional sobre CiberDelincuencia, Cybercrime Sevilla 2024, aseguraban que España es el tercer país del mundo más atacado y alertaban del uso de la Inteligencia Artificial para incrementar este tipo de delitos, más lucrativos incluso que el tráfico de drogas.

Hace algunos meses varios bancos avisaron a sus clientes de que bajo ningún concepto facilitasen sus datos personales si recibían la llamada de un supuesto agente de la entidad. La alarma saltaba porque varios usuarios habían denunciado que habían sido engañados tras recibir la llamada de un supuesto agente que les dijo que su cuenta había sido jaqueada y estaba en peligro. La llamada era tan verosímil que no les hizo dudar y muchos clientes terminaron depositando sus ahorros en una cuenta facilitada por el estafador. Por eso, desde las entidades financieras lanzaron una campaña de avisos con el objetivo de comunicar cuál es la información que puede pedir el banco y evitar así cualquier fraude. Sin embargo, hay demasiados clientes que quedan fuera de esta protección, que no leen los mensajes, que no conocen cómo funciona realmente la banca digital o que, incluso, pecan de confiados.

El problema es serio

Según el balance de criminalidad publicado por el Ministerio del Interior, 2023 cerró con 2,5 millones de infracciones penales, de las que casi dos millones corresponden a la delincuencia convencional (un 2,1% más que en 2022) y 470.388 son ciberdelitos. De ellos, el 90% son estafas informáticas, que crecen un 27% con respecto al año anterior. Interior destaca que en ocho años este tipo de estafas han aumentado un 508%, dado que en 2016 apenas se registraron 70.178. Así, los expertos auguran que la balanza empieza a caer del lado digital ya que cada vez realizamos más trámites, más operaciones financieras y más compras de todo tipo en las redes. Como denuncian algunas organizaciones de consumidores, los robos son tan sutiles que, en ocasiones, ni te enteras. El asunto de fondo es que todos los ciudadanos estamos expuestos, ya que nuestros datos están registrados en diferentes plataformas y los consumidores no siempre conocemos cómo podemos protegernos mejor. Cualquiera de nosotros puede ser víctima de un ataque o de un engaño porque a estas alturas ya no somos capaces de saber a quién, cómo y dónde hemos facilitado nuestros datos personales. Esa es la realidad, porque si antes nos mostrábamos más cautelosos a la hora de pagar las compras online, hoy apenas nos fijamos.

 


EL SKIMMING ES UNA TÉCNICA MEDIANTE LA CUAL EL JÁQUER LOGRA HACERSE CON LOS DATOS DE LA TARJETA DE CRÉDITO


 

Estafas actuales

Y es que, desde el anonimato que suponen las redes, los delincuentes campan a sus anchas. La última estafa tiene que ver con la declaración de la renta de 2023. Desde INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad) ya se ha alertado a los ciudadanos de que si reciben un mensaje de la Agencia Tributaria no deben facilitar ningún dato personal. El robo de datos se ha colado también bajo el sistema de autentificación Cl@ve e incluso en los pagos por bizum. Nada escapa a los que buscan el dinero ajeno. Entre estos delitos masivos destacan el phishing (correos fraudulentos y enlaces a páginas falsas); el smishing (mediante mensajes instantáneos); el vising (a través de videollamadas), o los que mezclan varias herramientas. En los últimos meses, las autoridades alertan de tres nuevas estafas menos conocidas, pero que han venido para quedarse. Se trata del skimming, el shimming y el shoulder surfing. Todas con nombre en inglés porque son los países anglosajones los encargados de estudiar cómo funcionan y en los que antes se detectan. El skimming, es una técnica mediante la cual el jáquer logra hacerse con los datos de la tarjeta de crédito o débito mediante el uso de un dispositivo llamado skimmer, que se encarga de duplicarla. El shimming es una variante del skimming, que consiste en trucar la ranura en la que se inserta la tarjeta en los cajeros automáticos o datáfonos para obtener la información necesaria. Y el shoulder surfing permite obtener los datos de la tarjeta de crédito o débito de la víctima mirando por encima del hombro a una persona cuando está sacando dinero de un cajero o cuando paga en un restaurante o comercio para hacerse con el PIN o las contraseñas.

 


EL MINISTERIO DE INTERIOR REGISTRÓ EL AÑO PASADO CASI MEDIO MILLÓN DE CIBERDELITOS EN NUESTRO PAÍS


 

¿Quién es el responsable?

Depende del robo. Los expertos apuntan que en el caso de las compras la legislación protege al consumidor y es el banco el que debe hacerse cargo de la estafa. “Los mensajes para engañar a las víctimas se suelen repetir y son del tipo: tu cuenta ha sido bloqueada, se ha detectado un cargo fraudulento en tu cuenta o tienes pendiente un reembolso”, explica Javier Mezcua, del comparador de productos financieros HelpMyCash.com. Una vez que se cae en la trampa, recuperar el dinero es difícil. Por eso, las compañías de seguros ofrecen también productos dirigidos a mejorar la protección de los clientes ante posibles engaños. Muchas de ellas facilitan la protección frente al pishing, extorsión cibernética, ciberacoso y otros delitos.

Lo que nunca se debe hacer

Protegerse frente a los delitos digitales no es tan complicado. Muchas veces el error está en no prestar atención a las recomendaciones. Lo primero que hay que hacer según los expertos es mantener los dispositivos actualizados. Esas actualizaciones incluyen parches de seguridad que protegen contra las últimas amenazas. Recomiendan también crear contraseñas únicas y seguras para todas las cuentas en línea. Para poder gestionarlas bien y que la excusa no sea que se nos olvidan, lo mejor es contar con un gestor de contraseñas (existen numerosas aplicaciones para hacerlo y son muy útiles). Otro de los pasos que se recomiendan es contar con la autenticación de dos factores, contar con un segundo método de verificación, como un código enviado al teléfono, además de la contraseña, lo que hace que sea más difícil para los jáquers acceder a las cuentas. Además, ante cualquier correo sospechoso lo mejor es no abrirlo, ni responder si no estamos completamente seguros del remitente. A la hora de conectarse se recomienda no utilizar redes abiertas y, en caso de necesitar acceder a una red pública, utilizar una red privada virtual (VPN) para cifrar la conexión. En caso de publicar información en redes, se debe tener en cuenta que cada uno es el responsable de lo que quiere comunicar. Ten presente siempre que la información es vulnerable y que cualquier dato puede ser utilizado por los delincuentes, siempre al acecho.

Dónde acudir

Lo primero que debemos hacer si hemos sido víctimas de cualquier ciberdelito es acudir a cualquiera de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado presentes en nuestra comunidad autónoma. También ponernos en contacto con la página web del INCIBE, aportando la información necesaria, como es una descripción del incidente, los datos de contactos y alguna evidencia o prueba que demuestre que hemos sido estafados. De esta forma, el equipo de respuesta a incidentes identificará mejor el caso y ayudará a resolverlo.
Las compañías de seguros ofrecen productos dirigidos a mejorar la protección ante las estafas informáticas.

Por si las dudas

Banco de España. Su web dispone de la información que los consumidores deben conocer para protegerse contra los delitos cibernéticos. Así, cuenta con una guía para evitar la ciberdelincuencia y conocer cada una de las modalidades que existen.

INCIBE. El Instituto Nacional de Ciberseguridad alerta de las últimas estafas e informa a los ciudadanos de qué hacer ante cualquier sospecha.

OCU. La Organización de Consumidores y Usuarios realiza campañas para informar a los ciudadanos de las últimas estafas y cómo hacer frente a ellas.

¡Cuidado! con los créditos rápidos

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

¡CUIDADO! Con los créditos rápidos

Préstamos online, sin avales, sin papeleo, sin nómina… Así se anuncia hoy el dinero rápido que bancos y operadores financieros ofrecen a sus clientes para cubrir gastos inesperados o saldar deudas. En ocasiones, un crédito rápido puede ser la solución a una emergencia financiera, aunque siempre con reparo. Por eso, el primer requisito antes de contratarlo es conocer los riesgos que puede entrañar y planificar minuciosamente cómo se le va a hacer frente.

MARIÁN LEZAÚN
Cualquier persona o entidad puede prestar dinero a otros sin necesidad de estar supervisado por el Banco de España.

Pedir dinero prestado debe ser siempre una decisión medida, analizada y, sobre todo, el consumidor debe contar con los recursos que le permitan hacer frente a la deuda contraída. De lo contrario, los expertos advierten que las consecuencias pueden salir muy caras.

El pasado mes de enero, el defensor del pueblo, Ángel Gabilondo, inició una actuación de oficio ante el Banco de España y el Ministerio de Economía para conocer cuál es el grado de protección que tienen los consumidores cuando contratan un préstamo rápido (online, microcrédito, minicrédito, etc.). Esta decisión vuelve a traer a primera plana los problemas que genera la ausencia de una normativa para este tipo de financiación que, en muchas ocasiones, supone una decisión desesperada para personas que tienen dificultades de acceso a los canales de financiación tradicional.

Entidades prestamistas

En España, según los últimos datos, hay unas 700 entidades no reguladas que conceden préstamos rápidos con un tipo de interés de hasta el 33%. El asunto de fondo es la posibilidad legal que existe en España de que cualquier persona o entidad puede prestar dinero a otros sin necesidad de estar supervisado por el Banco de España o de estar inscrito en un registro del supervisor. Por eso, los prestamistas de toda la vida ahora ofrecen sus servicios en plataformas online o simplemente mediante aplicaciones. No obstante, desde el Banco de España aseguran que la mayoría de las entidades que conceden préstamos se acogen a la norma porque se dedican también a la toma de depósitos y otros productos financieros. El resto, las empresas que no están en el registro del banco, quedan bajo la responsabilidad de las consejerías de consumo de las comunidades autónomas que son las encargadas de garantizar su correcto funcionamiento. Eso no quiere decir que exista una normativa que limite los tipos impositivos, ni las condiciones de devolución ni las cargas por demora. Por eso, las autoridades advierten de que este tipo de préstamos, que tienen una finalidad muy concreta, deben contratarse sabiendo las consecuencias que pueden tener.

Desde la Asociación Española de Micropréstamos (AEMIP), cuyos asociados representan el 80% del volumen de micropréstamos concedidos, se niega que exista esa falta de control, pese a la ausencia de una norma específica. Su presidenta, Alisa Cevere, explica que “aunque las empresas que ofrecen micropréstamos no están supervisadas por el Banco de España se rigen igualmente por una serie de normas que protegen al consumidor”. Es el caso, por ejemplo, de la ley de defensa de los consumidores, la ley sobre comercialización a distancia de servicios financieros o la ley de contratos de crédito al consumo. Pero, ¿puede un consumidor lamentar el contrato de un producto aprobado por él mismo? Esa es una de las grandes cuestiones. Si el tipo medio de los préstamos personales se sitúa en el 8%, en el mercado podemos encontrar productos que incluso los triplican y que algunos consumidores no dudan en firmar. No obstante, teniendo en cuenta la horquilla impositiva que existe, son muchos los afectados que hablan de usura y de abuso. Las quejas van en aumento y el defensor del pueblo ha tomado medidas para controlar ese vacío.

 


ESTE TIPO DE FINANCIACIÓN, EN MUCHAS OCASIONES, SUPONE UNA DECISIÓN DESESPERADA PARA PERSONAS QUE TIENEN DIFICULTADES DE ACCESO A OTROS PRÉSTAMOS


 

Qué dice la regulación

Sin embargo, desde la asociación de prestamistas lamentan que se les ponga en el punto de mira, porque también grandes bancos operan en el negocio. “Además, sí que existe en España una regulación en materia de usura”, explica Alisa Cevere, presidenta de la AEMIP. Se trata de la Ley Azcárate del año 1908, que evidentemente ha quedado desfasada y ha sido objeto de numerosas interpretaciones por parte del Tribunal Supremo. “La doctrina en materia de usura aclara en una sentencia reciente que el tipo de interés puede ser usurario si la diferencia entre el tipo medio del mercado y el pactado en un contrato supera los 6 puntos porcentuales. Sin embargo, un punto clave de la doctrina que no debemos olvidar es que, para determinar el carácter usurario o no del interés de un producto, este debe compararse con el tipo medio de la categoría más específica a la que pertenezca dicho producto”, añade. Por eso no sirve comparar los tipos de interés de los micropréstamos con las estadísticas publicadas por el Banco de España, porque estas no reflejan los tipos medios de los asociados de AEMIP. Ese es uno de los grandes errores, según los expertos. “De hecho, se usa reiteradamente la TAE como medida comparativa, cuando este es un indicador anualizado que distorsiona el resultado para aquellos productos de importe reducido y plazo de devolución muy inferior a la anualidad”, explica Cevere. “No obstante, desde AEMIP estamos en diálogo constante con todas las autoridades competentes y nos ponemos a su disposición para compartir cualquier información que precisen, a fin de que se publique oficialmente un índice de referencia de precios específico para el sector del micropréstamo. Creemos que la creación de dicho índice no solo redundaría en una mayor seguridad jurídica para el sector, sino que también ofrecería las máximas garantías para nuestros clientes, asegurando así su acceso a métodos de financiación alternativa de forma clara y transparente”, añade.

¿Quiénes contratan los préstamos más caros?

Los micropréstamos están diseñados para mejorar a corto plazo el flujo de efectivo, ayudando a solucionar un problema puntual de liquidez que permita cubrir en un momento determinado los gastos corrientes o imprevistos puntuales de cierta urgencia. En definitiva, ofrecen un alivio inmediato a quien necesita hacer frente a un gasto inesperado y carece de ahorros o alternativas por lo que no puede convertirse en un remedio permanente. “En este perfil se encuentran personas de entre 20 y 50 años, aunque son los que están entre los 31 y los 40 años los más numerosos. Además, se trata de personas cuya nómina mensual ronda los 1.500 euros y, en la mitad de los casos, tienen hijos a su cargo”, explica Alisa Cevere, presidenta de la AEMIP. De hecho, Cevere concluye que quienes solicitan esos préstamos responden al perfil del trabajador medio en España. El destino de dichos fondos suele estar relacionado con imprevistos domésticos, talleres de automóviles, gastos médicos o desembolsos relacionados con las reformas del hogar.

El asesoramiento del notario

Formalizar el préstamo en una póliza intervenida ante notario puede ser beneficioso tanto para el prestamista como para el prestatario. El consumidor estará más protegido porque el notario, antes de la firma, realizará un control de la legalidad del documento y comprobará que la póliza no tiene ningún tipo de cláusula abusiva o contraria a la ley. Además, en el momento en el que el notario le explique su contenido, el consumidor podrá plantearle todas sus dudas sobre las cláusulas que va a firmar. Una vez firmada la póliza, el contenido quedará fijado y será inamovible e indiscutible de manera que, en el futuro, el prestamista no podrá alegar que lo registrado en su programa informático contiene cláusulas diferentes. En lo que respecta a la protección de la parte acreedora, la firma de una póliza ante notario le asegura que, si el prestatario no cumple con lo pactado, podrá hacer valer la póliza con carácter ejecutivo en un juicio, ahorrándose el proceso declarativo.
Si el tipo medio de los préstamos personales se sitúa en el ocho por ciento, en el mercado podemos encontrar productos que incluso los triplican.

Educación financiera para evitar riesgos

Uno de los principales riesgos de los créditos rápidos son las penalizaciones, el escaso tiempo para su devolución o unas condiciones de contratación no siempre claras. Por eso, cuanta más información tienen los consumidores menos errores van a cometer en el momento de contratar determinados productos. No se trata de ser un experto en finanzas, pero sí que es una responsabilidad ciudadana disponer de unos conocimientos mínimos sobre cualquier tema que afecta a nuestra economía doméstica. Para ello, diferentes entidades, como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España, promueven campañas de alfabetización financiera dirigidas a paliar esta necesidad. Tener esos conocimientos nos permite gestionar mejor nuestro dinero, administrar nuestros recursos y tener mucha más libertad ante cualquier imprevisto como, por ejemplo, una necesidad de financiación.

Para saber más:

Banco de España: Cuenta en su web con un registro de las principales entidades que operan en el mercado del crédito y de información práctica para tomar las mejores decisiones.

ASNEF: La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito dispone en su página web de las últimas noticias sobre el sector del crédito, estadísticas y también un apartado dedicado a la educación financiera de los consumidores.

OCU: Desde la Organización de Consumidores y Usuarios señalan que recurrir a los créditos rápidos puede acarrear más problemas y proponen otras alternativas para pedir prestadas cantidades no muy grandes.

AEMIP: La Asociación Española de Micropréstamos cuenta en su web con la información que corresponde al sector, así como la normativa disponible y los principales operadores.

Los derechos del consumidor ‘online’

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR ‘ONLINE’

Las compras online han dejado de ser un canal alternativo y son ya la primera opción de muchos consumidores. Una vez superado el temor a posibles problemas de seguridad en los pagos o en las condiciones de devolución, los compradores eligen el comercio online por la comodidad que representa y también porque permite comparar cientos de productos sin moverse de casa, favoreciendo el ahorro de dinero, de tiempo y también la toma de decisiones.

MARIÁN LEZAÚN
Los productos nuevos cuentan, con independencia del canal de compra utilizado, con un plazo de garantía de tres años.

Por eso, no es de extrañar que, solo en nuestro país, las ventas online hayan crecido un 22 % en 2023, según la consultora Salesforce, que sitúa a España a la cabeza de Europa, donde las ventas han aumentado un 9 % de media.

Canales preferidos

A pesar de las condiciones del mercado, de la inflación y del entorno internacional, los pronósticos indican que las ventas online seguirán creciendo a lo largo de este año. La firma Insider Intelligence estima un crecimiento del 10,4 % respecto al último ejercicio y que representen el 20,8 % del total de las ventas del comercio minorista. El buen funcionamiento de las plataformas de comercio electrónico y de las pasarelas de pago, la reducción en los tiempos de entrega y las garantías adicionales que se añaden al comercio online hacen que se haya perdido el reparo respecto a comprar por internet cualquier tipo de producto. Apenas el sector de la belleza, el bienestar y la salud se mantiene fiel a los establecimientos físicos. Además, los expertos señalan que ya es el móvil el canal preferido para realizar los pedidos, aunque también el soporte con la mayor tasa de abandono de “carritos”. Si en España la tasa de abandono de las compras es del 80 %, en las realizadas desde el móvil la cifra alcanza al 88 %. Por eso las compras se planifican desde el teléfono, pero se ejecutan desde el ordenador.

Respecto a dónde se realizan las compras, la situación ha cambiado y las aplicaciones ganan adeptos. Las ventas a través de aplicaciones representan un 16 % del total en España, mientras que las que se llevan a cabo en las redes sociales alcanzan el 12 %, unas cifras aún inferiores a las que se registran en las páginas web (32 %) o las que se realizan activamente en una tienda física (40 %), según un informe elaborado por Adyen, en el que se detalla el gran potencial de crecimiento de estos canales, según Portaltic.

 


EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LAS PLATAFORMAS, LA REDUCCIÓN EN LOS TIEMPOS DE ENTREGA Y LAS GARANTÍAS HACEN QUE SE HAYA PERDIDO EL REPARO A COMPRAR POR INTERNET


 

Devoluciones

¿Y qué pasa si me arrepiento después de comprar un producto? ¿Qué debo hacer si no tengo un establecimiento cerca al que pueda acudir? El procedimiento es el mismo que en el comercio tradicional. Según explican en la OCU, el cliente dispone de 14 días naturales para desistir de la compra sin motivo alguno, pero debe comunicarlo al vendedor de manera formal. De esta manera, el producto se debe devolver en los 14 días siguientes desde el momento en que se comunica esa decisión. Salvo que esté defectuoso o hayan cometido un error, es el consumidor final el que corre con el coste de devolución. El vendedor, por su parte, deberá reembolsar el importe de la compra y los gastos de envío originales. Hay excepciones en el caso de las mercancías que no se pueden devolver como también ocurre en el comercio tradicional. Es el caso, por ejemplo, de los productos que están personalizados, los perecederos, los bienes precintados y otros objetos de los que podrían derivarse problemas de higiene, como la ropa interior. Además, si el vendedor no informa de este derecho en su página web de manera clara y accesible, el plazo para ejercer este derecho se amplía de esos 14 días a 12 meses.

¿Y cómo se aplican las garantías en el comercio online? De la misma forma que ocurre con los artículos comprados en un establecimiento físico, los productos que se vendan por internet están sujetos al régimen legal. En este sentido, los productos nuevos cuentan, con independencia del canal de compra utilizado, con un plazo de garantía de tres años desde la entrega, que se reduce a dos años en el caso de contenidos o servicios digitales. En los productos de segunda mano, las partes pueden pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde su entrega.

Si el producto comprado por internet no responde a lo contratado, la persona consumidora puede optar entre exigir la reparación o la sustitución, que serán gratuitas y deberán ser llevadas a cabo en plazo razonable. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios para subsanar la falta de conformidad, especialmente los gastos de envío, así como los relacionados con la mano de obra y los materiales, según se recoge en la página web del Ministerio de Consumo. En este sentido, la legislación contempla también mejoras en la disponibilidad de piezas de recambio. Los cambios que introduce la Directiva Europea (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019 sobre la disponibilidad de recambios es clara. Para todos los productos comprados a partir del 1 de enero de 2022, se exige la existencia de piezas de reparación y un servicio técnico adecuado que garantice hasta 10 años a partir de la fecha en la que el producto deje de fabricarse.

Los clientes no se la juegan

Los consumidores online son igual de exigentes o más que aquellos que compran en establecimientos comerciales tradicionales. Para ellos lo más importante es el servicio. Además, valoran otros aspectos que no se tienen tanto en cuenta en las tiendas físicas. Lo primero que buscan es una respuesta rápida de la página y encontrar los productos sin demasiados rodeos. Según diversos estudios, un tiempo de respuesta por encima de los tres segundos hace que el 80 % de los usuarios abandone la web antes de tiempo. Los consumidores online valoran también la seguridad y la usabilidad de las páginas. Es decir, que la navegación sea sencilla, intuitiva y que la información necesaria esté disponible.

El móvil es el canal preferido para realizar los pedidos, aunque también el soporte con la mayor tasa de abandono de «carritos».

La Inteligencia Artificial se cuela en el carro de la compra

El uso de la AI en el comercio electrónico ha sido una de las grandes bazas de 2023. Independientemente de los beneficios que la inteligencia artificial representa para las plataformas de comercio online y para las marcas, ya que les permite agilizar la atención al cliente, personalizar ofertas o incluso diseñar productos a medida, los consumidores también empiezan a sacarle partido. Aplicaciones como ChatGPT permiten comparar productos, buscar alternativas y sobre todo ahorrar tiempo. Según la consultora SalesForce, el número de pedidos motivados por una recomendación de un producto a través de IA aumentó un 6 % interanual. Por otro lado, los esfuerzos en fidelización que realizan las empresas también tienen su impacto. El porcentaje de pedidos que corresponde a compradores habituales fue el año pasado de un 43 %, según recoge la consultora.

Para saber más:

Ministerio de Consumo: Los derechos del consumidor online avanzan en todo el mundo. Por eso, desde la web del Ministerio se recopila toda la información que afecta a estas compras. Además, pone a disposición de los ciudadanos una guía para que las compras en internet sean seguras y sin sobresaltos.

OCU: En la web de la Organización de Consumidores y Usuarios disponen de una guía para saber cómo reclamar ante un posible fraude en una compra online y en la que se detallan los derechos a los que pueden acogerse los compradores.

Newtral: La publicación recoge en un reportaje qué debe saber cualquier consumidor antes de realizar una compra online.

Portaltic: La web de tecnología de Europa Press publica un informe en el que recoge las tendencias de las ventas online.

Cómo evitar la publicidad invasiva

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CÓMO EVITAR LA PUBLICIDAD INVASIVA

Los consumidores estamos cada día más cansados de recibir mensajes y llamadas publicitarias. No sabemos cómo escapar de la información comercial masiva que invade dispositivos, aplicaciones y plataformas.
MARIÁN LEZAÚN
Muchas veces somos nosotros los que previamente hemos dado el permiso de recibir publicidad sin ser demasiado conscientes.

Huir de todo ello parece ser la razón del crecimiento de la Lista Robinson, creada por la Asociación de la Economía Digital en 1993 para las personas que quieren dejar de recibir publicidad.

Escapar de este acoso no es fácil, aunque existan directorios en los que apuntarse y tratar de evitarlo. La lista Robinson es la más demandada, pero no la única vía. También podemos contactar con las empresas con las que hemos tenido alguna relación comercial para que dejen de enviarnos información, o con el Instituto Nacional de Estadística (INE), si lo que queremos es dejar de recibir propaganda electoral.

Actualmente hay más de tres millones de personas registradas en el directorio con nombre de náufrago y el número va en aumento. Solo en el último año han sido un millón los españoles que han decidido acabar con la molestia de recibir llamadas y evitar las interrupciones, el tiempo perdido y los inconvenientes de tener que responder al teléfono a cualquier hora o de borrar mensajes.

Llamadas de robots

El problema es que no es fácil controlar todos esos mensajes que nos llegan, aunque el reglamento sobre protección de datos y las leyes de defensa del consumidor son muy claros al respecto. Según las asociaciones de consumidores, el mayor número de quejas viene hoy de las llamadas inesperadas. Ni durante los fines de semana, ni en los días festivos, ni antes de las 10 a. m. ni después de las 9 p. m. y tampoco después de comer. Las empresas deben respetar ese horario y no realizar llamadas para promocionar sus productos en esa franja. Pero todos sabemos que, en ocasiones, no es así. Los teléfonos suenan en cualquier momento y no siempre es fácil “deshacerse” de los comerciales que insisten en vendernos cualquier cosa. Les dices que no es el momento, que estás ocupado, que no te interesa y acabas dando explicaciones sobre los servicios que ya tienes contratados o por qué no te interesa determinado producto. Dependiendo de las habilidades del comercial hasta puede que acabes cayendo en “sus redes”, especialmente las personas más mayores o las desinformadas.


ACTUALMENTE HAY MÁS DE TRES MILLONES DE PERSONAS REGISTRADAS EN LA LISTA ROBINSON PARA NO RECIBIR PUBLICIDAD


En los últimos tiempos se han puesto de moda las llamadas masivas, más molestas si cabe. Son esas en las que descolgamos el teléfono y no hay nadie que responda al otro lado. Son comunicaciones múltiples, realizadas por robots, que resultan un fastidio para los usuarios. Su funcionamiento es muy sencillo: se lanzan varias llamadas a la vez y el sistema espera que un operador quede libre con el fin de atender al cliente que está a la espera. En otros casos, se trata de comprobar la disponibilidad de los números de la lista y discriminar el mejor horario para realizar las futuras conexiones. Se trata de spam (información no solicitada) que también puede evitarse apuntándose a la lista Robinson.

En otras ocasiones somos nosotros los que previamente hemos dado el permiso para que nos localicen sin ser demasiado conscientes: a través de registros en newsletters, páginas de descuento o en compras online. Por eso, cuando esos contactos empiezan a ser una molestia, lo mejor es cortarlos de raíz.

¿Qué hay que hacer para apuntarse en la lista Robinson?

El procedimiento es muy rápido y sencillo. Sólo hay que entrar en la web www.listarobinson.es y registrarse facilitando los datos personales. Una vez realizado ese paso, se recibe un e-mail de confirmación con el nombre de usuario y una clave numérica para gestionar la cuenta. Además, te preguntarán por qué quieres dejar de recibir publicidad y por qué vías, ya que puedes desconectarte a través del e-mail, el teléfono, el correo postal y mensajes SMS/MMS. Cada uno de los canales se activa por separado, indicando e-mail y número.

¿La inscripción en la lista caduca?

El registro está activo hasta que el ciudadano decide darse de baja. Una vez te encuentras inscrito, se pueden añadir o actualizar los datos de contacto accediendo de nuevo a la lista. No caduca.


LAS EMPRESAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE CONSULTAR ESTA LISTA PARA SABER LAS PERSONAS QUE NO QUIEREN RECIBIR PUBLICIDAD


¿Es gratuita?

La Lista Robinson es gratuita para los consumidores. El servicio que presta se financia con las cuotas que pagan las empresas que deben consultarla para no caer en un delito y enviar la publicidad a las personas que no lo desean.

¿Cuándo se deja de recibir publicidad?

Desde que el consumidor se registra hasta que la ausencia de llamadas se hace efectiva pueden pasar tres meses. No obstante, hay que saber que se puede seguir recibiendo publicidad de las empresas a las que en algún momento se han facilitado los datos o se ha dado permiso. En ese caso, el consumidor debe comunicarse con cada una de ellas para zanjar el asunto. Suelen ser las empresas de servicios (energía, agua, seguros, etc.) las que deben tratarse de manera individual.


SE HAN PUESTO DE MODA LAS LLAMADAS MASIVAS, QUE NOS HACEN DESCOLGAR EL TELÉFONO, SIN QUE HAYA NADIE AL OTRO LADO O NOS RESPONDA UNA MAQUINA


¿Tiene algún inconveniente estar registrado?

Apuntarse en la lista puede tener algún inconveniente, por lo que los consumidores lo debemos valorar. Según la consultora tecnológica Ático 34, registrarse no es completamente infalible, es decir, aunque reduce notablemente la recepción de publicidad no deseada, no evita del todo llamadas comerciales y el spam en el correo, ya que hay empresas que no cumplen con la obligación de consultar la lista antes de enviar publicidad. Tampoco sirve para dejar de recibir publicidad de empresas con las que tenemos una relación contractual, ni con aquellas a las que dimos nuestro consentimiento para que nos enviaran publicidad, con las que habrá que negociar de manera individual. En el peor de los casos puede suponer dejar de recibir ofertas o promociones que podrían interesarnos.

¿Qué les ocurre a las empresas si se saltan la lista?

Si una compañía no cumple con la exclusión publicitaria de alguien que esté inscrito en la Lista Robinson se expone a una multa interpuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que puede llegar a ser de miles de euros. Así, si estás apuntado y recibes una llamada comercial que no has solicitado puedes ponerte en contacto con la AEPD y denunciar los hechos.

El origen de la lista Robinson

La vida del náufrago Robinson Crusoe que vivió varios años aislado en una isla desierta inspiró la idea de esta lista creada por la Asociación de la Economía Digital en 1993, con el objetivo de reducir las comunicaciones comerciales que se recibían por correo. Años después el ámbito se amplió a aquellas comunicaciones recibidas por e-mail, sms y llamadas telefónicas. La iniciativa, que es privada, pretende acabar con las quejas de consumidores y evitar esa imagen de molestia que transmiten algunas compañías. Entre las empresas que forman parte de ella se encuentran grandes marcas como Bizum, eBay, Booking, Carrefour, Codere, Fnac, Microsoft, Naturgy o Wallapop.

Si una compañía no cumple con la exclusión publicitaria de alguien que esté inscrito en la Lista Robinson se expone a una multa.

Para saber más:

Lista Robinson: La Asociación Española de la Economía Digital creó hace más de 20 años un registro para evitar publicidad no deseada que ha cobrado especial importancia en estos últimos años. En su web se puede consultar cualquier duda.

AEPD: En la web de la Asociación Española de Protección de Datos (AEPD) se puede consultar la información sobre el derecho de los consumidores a no recibir publicidad no deseada y las novedades legislativas al respecto.

ATICO 34: En la web de esta consultora tecnológica explican las ventajas y los inconvenientes de registrarse en la lista de exclusión publicitaria. Como siempre, la decisión debe de ser personal y cada consumidor valorar qué necesita en cada momento.

Dependiendo de la habilidad del comercial hasta puede que acabes cayendo en «sus redes», especialmente las personas mayores.

Cómo elegir el mejor préstamo

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CÓMO ELEGIR EL MEJOR PRÉSTAMO

Antes de solicitar dinero al banco, hay algunas cuestiones que debemos tener en cuenta para evitar sorpresas futuras. Además del tipo de interés es necesario conocer otras cuestiones como los gastos de apertura y cancelación, la tabla de amortización, o las obligaciones contractuales. También existen diferentes préstamos según el sistema de amortización que se utilice.
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Los préstamos más habituales son los llamados «al consumo» que se destinan a financiar compras domésticas.

La concesión de préstamos personales aumentó un 3,4% en 2022, según datos del Banco de España. Detrás de este incremento se encuentra la necesidad de saldar deudas, de financiar proyectos personales, de hacer frente a imprevistos y de guardar los ahorros a la espera de una mejora de la inflación. Según recoge el V Barómetro de Préstamos al Consumo de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), “los principales motivos que impulsan a los consumidores a contratar estos préstamos son obtener liquidez y refinanciar las deudas, la compra de vehículos, las reformas del hogar, los viajes y las vacaciones”. Este aumento llama la atención debido al encarecimiento de este tipo de productos (algunos intereses superan ya el 13%), que no desanima a los consumidores a seguir contratándolos. A cierre del reportaje, el tipo de interés medio de los préstamos personales se situaba en un 7,86%, mientras que la TAE media llegaba al 8,96%. Por eso, los expertos recomiendan saber cómo funcionan y cuáles van a ser las obligaciones para hacerles frente, evitar la morosidad y los posibles problemas de solvencia porque no parece que los precios vayan a bajar a medio plazo.

Diferentes tipos. Para pedir uno de estos productos a una entidad financiera lo primero que debemos saber es qué es realmente un préstamo y diferenciarlo de otros productos financieros. Un préstamo es una cantidad de dinero determinada que una entidad financiera nos presta de una sola vez y para la que se establecen unas condiciones de tiempo y gastos de devolución. A diferencia de este producto, un crédito es también una cantidad de dinero que el banco nos presta, pero que se puede usar en función de las necesidades o incluso no utilizar si no es necesario. Es muy importante también conocer cuál es nuestra capacidad de endeudamiento. Si vamos a contraer una deuda, debemos tener los recursos necesarios para hacerle frente, y “nunca destinar más del 35% de nuestros ingresos mensuales a su devolución”, explican en Helpmycash. Para poder solicitar un préstamo hay que ser mayor de edad (pueden darse algunas excepciones) y menor de 75 años; demostrar cierta solvencia; disponer de ingresos estables; tener propiedades libres de cargas (en el caso de los préstamos hipotecarios), y no aparecer en las listas de morosos. Después, solo hay que ver la cantidad de dinero que se necesita, las condiciones en las que se quiere devolver y conocer la oferta disponible. Para ello, existen online diferentes calculadoras, comparadores y simuladores que hacen la tarea más llevadera.

 


SI PEDIMOS UN PRÉSTAMO PERSONAL LA ENTIDAD FINANCIERA NOS DARÁ DE UNA SOLA VEZ LA CANTIDAD PACTADA CON UNAS CONDICIONES DE TIEMPO Y GASTOS DE DEVOLUCIÓN


 

En el mercado existen distintos tipos de préstamo según los sistemas de amortización, las cantidades solicitadas y su finalidad. Los más habituales son los llamados “al consumo” que se destinan a financiar compras domésticas como coches, equipamientos del hogar, reformas, etc. La cantidad puede oscilar desde los 200 euros a los 75.000 euros. Los créditos rápidos suelen tener una finalidad similar, pero la cantidad no suele superar los 30.000 euros y los intereses son mayores porque se otorgan de manera rápida y con mayores facilidades de devolución. Cuando la persona apenas dispone de recursos y su solvencia es limitada puede solicitar los llamados microcréditos cuyo destino suele ser la puesta en marcha de un pequeño negocio o la inversión en un proyecto. En este caso las cantidades son pequeñas y no se requieren avales. En el mercado existen también los llamados préstamos subvencionados que están sujetos a las condiciones establecidas por la entidad pública que los canaliza.

Modelos de amortización. Además de por la finalidad, también existen diferentes préstamos según el sistema de amortización que se utilice. El más habitual es el sistema francés o de cuotas constantes. Es decir, si tenemos un préstamo concedido con estas características, la cuota mensual será la misma desde inicio hasta el fin del periodo establecido. En este caso hay que tener en cuenta que como la cuota está compuesta de diferentes elementos al comienzo del préstamo pesará más la parte de los intereses que se pagan y menos la del capital amortizado. Y a medida que avance el tiempo, sucederá todo lo contrario, aunque la cuota no varíe. La ventaja está en que siempre sabemos cuánto hay que pagar y que en el caso de hacer amortizaciones anticipadas se puede reducir la carga de intereses ya que al ser menor la cantidad financiada también disminuyen los intereses.

 


EL MÁS HABITUAL ES EL PRÉSTAMO QUE SIGUE EL SISTEMA FRANCÉS O DE CUOTAS CONSTANTES: LA CUOTA MENSUAL SERÁ LA MISMA DESDE INICIO HASTA EL FIN


 

Además del modelo francés existe el sistema alemán. En este sistema, las cuotas no son iguales y van decreciendo con el paso del tiempo. Con el sistema alemán la proporción de capital que se amortiza en la cuota es siempre el mismo y los intereses descienden con el tiempo según lo va haciendo el capital adeudado. Con este sistema el esfuerzo mayor se realiza al principio y poco a poco los pagos se reducen. Existe también el llamado modelo americano, aunque mucho menos usado por los clientes particulares. Al principio solo se pagan intereses y la amortización se produce al final. Generalmente, las cuotas del sistema de amortización americano son anuales. Es decir, a final de año se pagan los intereses de ese periodo. En la última cuota, al capital total se le suman también los intereses de ese año. Como con este sistema no se amortiza nada durante la vida de la financiación, la amortización americana es la que conlleva más intereses.

La labor del notario

Dentro de las funciones encomendadas al notario en la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, está el verificar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos en dicha norma. En caso de que queden acreditados hará constar en un acta notarial, que no generará coste arancelario alguno y será previa a la formalización del préstamo hipotecario.

El notario deberá informar individualizadamente al deudor, haciéndolo constar en el acta, que ha prestado asesoramiento relativo a las cláusulas específicas recogidas en la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE).

Igualmente, y en presencia del notario, el prestatario responderá a un test que tendrá por objeto concretar la documentación entregada y la información suministrada. En ese test, una de las preguntas dirigidas a comprobar si el prestatario tiene cabal conocimiento de las condiciones financieras es: ¿Conoce que cada una de las cuotas comprende una parte de capital y otra parte de intereses?

No es misión del notario asesorar sobre cuál de los sistemas de amortización es el más apropiado a los intereses del deudor; eso es labor de los asesores financieros, pero sí es función del notario explicarle los documentos incorporados al acta y entre ellos cómo funciona el sistema de amortización elegido, si el cliente se lo demanda.

No dude en solicitar de su notario las explicaciones que necesite sobre los documentos entregados por el banco y no tema preguntar lo que considere conveniente. La llamada acta de transparencia se ha convertido en el centro de gravedad del negocio hipotecario, acercando al deudor a la comprensión eficaz y directa del clausulado otrora difícilmente entendible para el ciudadano de a pie.

José Luis Lledó, notario

¿Servicios financieros o banca tradicional?

La concesión de préstamos no es una actividad reservada en España, lo que quiere decir que cualquiera puede ser prestamista particular. Sin embargo, las empresas que se dedican a prestar dinero como actividad principal están reguladas por el Banco de España. Por eso, desde la institución señalan que muchas de las empresas que conceden créditos casi sin papeleo, a plazos muy cortos y con costes elevados, ya sea debido a un alto tipo de interés o a las comisiones; no están supervisadas por la autoridad bancaria. Desde el banco recomiendan comprobar siempre que la entidad está registrada y cumple con la supervisión. Antes de contratar cualquier producto debemos contar con todas las garantías y con el mejor servicio.
En algunos casos el tipo de interés de los préstamos personales supera ya el 13%.

Para saber más:

Banco de España: La web del cliente bancario del Banco de España dispone de una guía detallada sobre todos los conceptos que atañen a los préstamos personales.

Helpmycash: El comprador de productos financieros te explica todos los tipos de préstamos y créditos que existen en el mercado. Además, disponen de calculadoras online que te permiten simular tus pagos durante el plazo establecido.

¿Tiene un plan para su jubilación?

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¿TIENE UN PLAN PARA SU JUBILACIÓN?

Tengamos la edad que tengamos deberíamos estar preparados para responder a la pregunta del título. Porque la jubilación siempre llega y, en ocasiones, puede hacerlo cargada de imprevistos. Hay que prepararse con antelación, de manera consciente y, sobre todo, disponer de los recursos necesarios, tanto financieros como prácticos y emocionales, para que se convierta en un gran momento.
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Hay que simular el estilo de vida que se quiere llevar durante la jubilación para así disponer de una referencia de los gastos asociados.

Acabar la vida profesional supone también dejar de recibir un salario. Y aunque en España existe un buen sistema de pensiones públicas, contributivas y de reparto, debemos tener en cuenta que nuestros ingresos mensuales se reducirán y nuestros gastos, por el contrario, pueden aumentar. Los ingresos se ven reducidos porque la pensión nunca equivale al salario que se recibe cuando se está en activo (consultar el simulador de la seguridad social) y eso es lo primero que hay que tener en cuenta cuando se está trabajando. Por eso, los expertos recomiendan planificar el futuro lo antes posible y, sobre todo, ver cuáles serán nuestros recursos financieros en el momento de terminar la vida laboral. De hecho, se estima que para mantener el nivel de vida es necesario tener hasta un 80% de los ingresos previos a esa jubilación.

 


LOS SISTEMAS DE PENSIONES EN EUROPA AVANZAN HACIA MODELOS MIXTOS MÁS SOSTENIBLES ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO


 

Estilo de vida

Desde Bankinter explican a Escritura Pública que el primer paso es calcular cuál será la pensión pública a percibir en cada caso particular, pero también estimar cuáles serán los recursos financieros con los que cada persona contará durante la jubilación: rentas derivadas del ahorro acumulado, rentas provenientes del alquiler de inmuebles, productos financieros, etc… Por otro lado, hay que simular el estilo de vida que se quiere llevar durante la jubilación para así disponer de una referencia de los gastos asociados al mismo. “Ambas ecuaciones permitirán hacerse una idea del ahorro que es necesario acumular para ese momento y que permitirá a las personas complementar la pensión de jubilación, sin olvidar que la tendencia demográfica indica pasar muchos más años durante el periodo de jubilación, lo que exigiría acumular un mayor ahorro si se desea complementar la pensión de jubilación durante más tiempo”, explican fuentes del banco. El problema, señalan, es que para la gente más joven esta necesidad de ahorrar a largo plazo, ser precavido o planificar, les resulta lejana, pero cuanto antes se empiece, mejor.

Esa planificación se hace especialmente necesaria, además, en un momento en el que las dudas sobre el mantenimiento del actual sistema de pensiones son constantes. Llevamos años escuchando que el sistema tal y cómo está concebido tiene los días contados y, vistas las medidas adoptadas en países vecinos como Francia o los países del norte de Europa, deberíamos empezar a tomarlo más en serio. En primer lugar, porque mientras el número de pensionistas aumenta, los trabajadores que pagan las cotizaciones necesarias para mantener el sistema disminuyen. Además, en muchos casos, los salarios de las personas en activo son menores que el dinero que reciben los jubilados y esto, a efectos sociales, puede tener un impacto enorme.

Un modelo sostenible

Por eso, sobre la mesa está ya el debate de buscar otros modelos más sostenibles a largo plazo, que tengan en cuenta ese envejecimiento de la población y esa caída de los salarios. El futuro mira así al modelo desarrollado por otros estados europeos como los nórdicos o más recientemente en los Países Bajos, donde triunfa un sistema mixto en el que las aportaciones del Estado se complementan con los planes de pensiones empresariales. En la gran mayoría de países, los planes de pensiones de empleo son obligatorios, algo que no ocurre en España donde, según publicaba El Economista hace unas semanas “solo un 28,4% de las empresas realiza aportaciones para sus trabajadores. Las aportaciones medias del 3,8% del salario se traducen en un ahorro complementario para la jubilación de hasta el 10,6% del último salario, cuando en los Países Bajos los planes de pensiones se llevan el grueso de la prestación”. Los activos que suman en pensiones privadas los españoles alcanzan el 14,3% del Producto Interior Bruto (PIB), siete veces menos que la media de la OCDE, que supera el 105% del PIB.

 


SE ESTIMA QUE PARA MANTENER EL NIVEL DE VIDA ES NECESARIO TENER HASTA UN 80% DE LOS INGRESOS PREVIOS A LA JUBILACIÓN


 

Así las cosas, para ahorrar para la jubilación, o cuando el ahorro es a muy largo plazo, además de la rentabilidad esperada del producto y de que este se adecúe al perfil de riesgo en cada caso, lo recomendable es optar por productos de ahorro que disfruten de un tratamiento fiscal ventajoso. “Como estamos hablando de un ahorro a lo largo de muchos años, el impacto positivo de la tributación mejora la rentabilidad financiero-fiscal de los productos. En concreto, para ahorrar para la jubilación, los planes de pensiones siguen siendo una opción muy válida con una fiscalidad muy positiva y, de igual forma, los seguros de ahorro, como, por ejemplo, los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático) son otra opción a tener en cuenta para conseguir un complemento adecuado a las pensiones públicas de jubilación”, explican desde Bankinter. Así, cada persona debe analizar su capacidad de ahorro, sus necesidades y sus metas. Los planes de pensiones ofrecen un ahorro fiscal mientras se ahorra, que bien utilizado permite acumular una cantidad mayor, y solo tienen liquidez bajo ciertas contingencias, mientras que los PIAS son un seguro de ahorro que ofrece la posible ventaja fiscal al rescatarlo y sin embargo es líquido. Pero existen también productos sencillos y flexibles como los fondos indexados que te permiten obtener rentabilidades buenas y, sobre todo, sistematizar ese ahorro.

Cómo empezar a ahorrar

Lo más complicado es dar el primer paso: tomar la decisión de comenzar a ahorrar. Porque ahorrar supone cambiar de hábitos, renunciar a cosas y, sobre todo, planificar. Para ello puede consultar a un asesor, pero también utilizar las calculadoras que los bancos ponen a disposición de los clientes para determinar el ahorro en función del complemento que deseemos a la pensión de jubilación y a la edad en cada caso. Y, por último, realizar ese ahorro de forma sistemática vía aportaciones mensuales, que se pueden revisar todos los años al alza, en función de nuevos ingresos, del IPC, de un cierto porcentaje que fije el ahorrador, etc. Como dice Luis Pita, divulgador en temas de ahorro y autor del libro Ten un coche más barato que tu vecino, “el error que comete la mayoría de la gente al ahorrar es dejarlo para final de mes. Típicamente cobran su salario y empiezan a gastar. Primero el alquiler, la luz, el móvil y después salir a cenar, la compra, ocio… Al final de mes lo normal es que no quede nada o casi nada”.

Por eso ya no hay que hablar del ahorro, sino del preahorro. Es decir, separar a principio de mes un porcentaje de tu salario y ajustar la economía al resto que ha quedado disponible. Si aun así no lo consigues, también puedes probar con los diferentes métodos que existen para dejar de gastar: desde los básicos sobres que te ayudan a organizar el presupuesto doméstico, hasta otros más desarrollados como el método Kakebo o el método Harv Eker, que establecen metas y objetivos en diferentes plazos. No obstante, “lo más conveniente para los que no tienen muchos conocimientos financieros es contratar un fondo indexado”, recomienda Natalia de Santiago, divulgadora financiera y experta en ahorro. Los hay para todos los perfiles, desde los más conservadores a los más arriesgados, nacionales, internacionales y también sectoriales. La principal ventaja de estos fondos es que te permiten beneficiarte del interés compuesto. Es decir, el capital inicial y las aportaciones van creciendo con los intereses que se van generando.

Los gastos que aumentan

Una vez en la jubilación, con el paso de los años, las necesidades irán cambiando. Por un lado, irán aumentando los gastos asociados con la salud o con cuestiones propias de la edad (gastos médicos, de cuidados, servicios domésticos, etc.). Por otro, aquellas personas que se encuentren en buen estado de salud puede que aumenten sus gastos en ocio: viajes, restauración y formación. Cada vez son más los jubilados que se animan a seguir estudiando y formándose. Por el contrario, habrá también una serie de gastos que se verán reducidos, como pueden ser todos aquellos relacionados con la actividad laboral: desplazamientos a la oficina (coche, gasolina, etc.), comidas fuera de casa, vestimenta para el trabajo, por ejemplo. Asimismo, y a medida que los hijos cumplan años y se emancipen, habrá menos gastos relacionados con su manutención. La realidad es que cada persona debe saber qué espera de esa etapa y ponerse a trabajar ya para conseguirlo.

En la gran mayoría de países, los planes de pensiones de empleo son obligatorios, algo que no ocurre en España.

POR SI LAS DUDAS

Seguridad social: En la página web de la Seguridad Social se pueden consultar todos los requisitos necesarios para tramitar la pensión, así como las últimas novedades y acuerdos sobre la jubilación

BBVA: En la web del banco se ofrecen consejos e información para conseguir un ahorro efectivo.

Indeed: El portal de empleo publica en su web cuáles son los pasos que hay que seguir para jubilarse de la mejor manera posible.

Aprende a ahorrar: En la web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se pueden consultar varias guías para adentrarte en el mundo de las finanzas. Entre las publicaciones que forman parte de la iniciativa Finanzas para todos, desarrollada en colaboración con el Banco de España, cuentan con una guía dedicada al ahorro y sus objetivos.

Robos cibernéticos

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ROBOS CIBERNÉTICOS

LOS MENSAJES SPEAR PHISHING SUELEN ESTAR DISEÑADOS PARA PARECERSE A LOS MENSAJES DE UNA FUENTE DE CONFIANZA O DE UN CARGO DIRECTIVO DE LA EMPRESA

Existen varias razones que hacen que los consumidores seamos vulnerables a las ciberestafas. La confianza que depositamos en las empresas, organizaciones y entidades bancarias y la falta de tiempo para leer con atención los cientos de mensajes que nos llegan cada día nos exponen a los riesgos desconocidos del entorno digital.
MARIÁN LEZAÚN
Para protegerse hay que leer bien los mensajes, preguntar todas las dudas y no intercambiar información con cualquier plataforma.

Si a eso unimos que los ciberdelincuentes operan desde el anonimato y desde organizaciones profesionalizadas, los ciudadanos estamos muy cerca de sufrir un ataque sobre nuestros datos y nuestras finanzas. Para protegerse hay que leer bien los mensajes, preguntar todas las dudas y no intercambiar información con cualquier plataforma.

El Ministerio de Interior ha activado recientemente todas las alarmas contra el incremento de la ciberdelincuencia. Un fenómeno que, lejos de detenerse, crece sin control. Las mafias campan a sus anchas en la Red sin que los ciudadanos seamos conscientes de cómo exponemos nuestra información de manera pública. Y es que, mientras la delincuencia común disminuye, internet se ha convertido en el paraíso de los estafadores de todo tipo.

 


LAS ESTAFAS SON TAN SOFISTICADAS QUE MUCHAS VECES LOGRAN CAMUFLARSE EN LOS MENSAJES REALES DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS


 

Campaña pública.

Desde el Gobierno se ha puesto en marcha la campaña ‘unodecadacincodelitos.com’ para protegernos de todas las maneras posibles ante los ataques que afectan tanto a las finanzas como a la integridad de las personas. Hoy, uno de cada cinco delitos denunciados en España está relacionado con las redes sociales y la tendencia va en aumento. Según datos del Ministerio de Interior, en 2022 se produjeron un total 375.506 ciberdelitos, un 72% más que los registrados en 2019, incremento que se eleva hasta el 352% respecto a 2015. Entre todos ellos están los que tienen un carácter económico, pero también muchos otros (acoso, extorsión, etc.), ya que la Red es también el escondite perfecto de aquellos que atacan a la integridad de las personas y a sus derechos.

Según explican desde el Gobierno, el objetivo de esta campaña es la concienciación y sensibilización ciudadana sobre los ciberdelitos más comunes (suplantación de identidad, robo de datos, estafas en el comercio online…), apelando a la necesidad de autoprotección y al incremento de la confianza ciudadana en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como primer instrumento público de lucha contra la cibercriminalidad. Y es que nadie está a salvo de estos ataques. Ante cualquier sospecha, las autoridades recomiendan denunciar y pedir ayuda porque todos somos susceptibles de caer en las trampas ideadas por estos delincuentes sin rostro, que actúan rápido y en cualquier plataforma.

 


TAMBIÉN BIZUM APARECE COMO UN CANAL PERFECTO PARA SUSTRAER PEQUEÑAS CANTIDADES Y HAY QUIEN UTILIZA TAMBIÉN LAS LLAMADAS TELEFÓNICAS


 

Ataques de phishing o smishing.

Como apunta, Javier Mezcua, del comparador de productos financieros HelpMyCash.com, durante los últimos meses, una larga lista de bancos españoles han sido víctimas de ataques de phishing o smishing. “Así, hemos visto ataques contra BBVA, Santander, Caixabank, Bankinter, Targobank, WiZink y Abanca”, asegura. El gran problema es que es muy difícil detectar con antelación estos ataques y ni siquiera las grandes corporaciones se libran de ellos por muchos medios que destinen a la seguridad.

Entre estos delitos masivos destacan el phishing, el smashing, el vising (a través de videollamadas) y los realizados a través de la mensajería instantánea. Últimamente también bizum aparece como un canal perfecto para sustraer pequeñas cantidades y hay quien utiliza también las llamadas telefónicas. En una campaña de phishing los ladrones de datos envían correos masivos con el objetivo de llegar a un gran número de víctimas. Con esos correos lo que se pretende es debilitar la seguridad de los destinatarios, mediante el uso de archivos infectados, enlaces o preguntas sobre datos personales. Una vez que alguien abre el mensaje, se descarga un archivo o simplemente da alguna información personal ya está en manos de aquellos que pueden entran en sus dispositivos y obtener la información que necesitan. La policía alerta constantemente de este tipo de campañas, pero en ocasiones es demasiado tarde. Otro tipo de campaña de phishing es la que se conoce como spear phishing. Son campañas de phishing que, organizadas desde entramados delictivos, tratan de engañar a personas específicas para que pongan en peligro la seguridad de la organización para la que trabajan compartiendo datos o dando paso a virus maliciosos. Los mensajes spear phishing suelen estar diseñados para parecerse a los mensajes de una fuente de confianza o de un cargo directivo de la empresa. Los ataques son hoy tan sofisticados que en algunos casos se han conseguido camuflar entre los mensajes reales de los bancos o entidades.

 


NUESTRO BANCO NUNCA NOS PEDIRÁ POR E-MAIL, SMS O LLAMADA NUESTRAS CLAVES NI LOS NÚMEROS DE NUESTRAS TARJETAS


 

Estar alerta.

Sin embargo, si seguimos algunas recomendaciones podemos blindarnos ante los delincuentes. “Los mensajes para engañar a las víctimas se suelen repetir y son del tipo: tu cuenta ha sido bloqueada, se ha detectado un cargo fraudulento en tu cuenta o tienes pendiente un reembolso”, explican desde Helpmycash. Una vez que se cae en la trampa, recuperar el dinero es difícil. Por eso, las compañías de seguros ofrecen también productos dirigidos a mejorar la protección de los clientes. Muchas de ellas ofrecen protección frente al phishing, extorsión cibernética, ciberacoso y otros delitos.

Pero la mejor forma de no caer en estas estafas es aprender a detectarlas. Para empezar, hay una regla de oro que no debemos olvidar: nuestro banco nunca nos pedirá por e-mail, SMS o llamada nuestras claves ni los números de nuestras tarjetas. Si recibimos un mensaje con un link en el que nos piden que actualicemos nuestra información hay que estar alerta porque seguramente sea una estafa para robarnos nuestras credenciales. También dicen los expertos que, los mensajes alarmistas siempre son sospechosos. “Si recibimos un SMS o un e-mail en el que nos avisan de un supuesto cargo fraudulento o de un acceso no autorizado a nuestra cuenta o nos indican que si no cambiamos nuestra contraseña en las próximas horas nos van a bloquear la cuenta o la tarjeta, debemos sospechar”, explican en Helpmycash. También tenemos que desconfiar de cualquier mensaje en el que nos digan que tenemos un reembolso pendiente y que tenemos que hacer algo concreto para recibirlo.

Desde las autoridades señalan, además, a los menores y las personas mayores como un grupo que también interesa a los ladrones. Unos por desconocimiento y otros porque, a veces, operan con los teléfonos de sus padres. “No obstante, al usar menos el correo electrónico y los SMS, son menos susceptibles de recibir este tipo de comunicaciones fraudulentas. En cualquier caso, debemos advertirles de que existen este tipo de estafas y explicarles que no compartan nunca sus datos personales ni bancarios”, dice Mezcua.

Cómo protegerse

No siempre es fácil detectar un fraude, pero hay algunas medidas que podemos tomar si no queremos ser timados. Desde Helpmycash recomiendan revisar bien el remitente por muy obvio que resulte. También hay que comprobar si el mensaje está bien redactado o, por el contrario, tiene faltas de ortografía, errores gramaticales o parece una mala traducción, sospechar de cualquier tipo de mensaje alarmista y desconfiar de cualquier enlace. Antes de hacer clic, se puede pasar el cursor por encima para saber a qué página apunta. Y si se pincha, hay que verificar cuál es la url de la página a la que redirige. Especial atención hay que poner en esto porque los ciberdelincuentes crean webs que suplantan las originales y suelen usar urls que se parecen mucho a las legítimas (a veces, solo cambia una letra). En cualquier caso, no conviene hacer clic en los enlaces recibidos por SMS y hay que sospechar de los que llegan por e-mail. Si dudamos, podemos llamar al banco para confirmar si se trata de una comunicación legítima.

¿Se puede recuperar el dinero?

Recuperar el dinero de una estafa online no es fácil, aunque hay ocasiones en las que puede lograrse. Es difícil porque si es el propio cliente el que ha autorizado la operación el banco no es responsable. Otra cosa es que se dé un delito de suplantación de identidad y alguien realice compras online con nuestros datos o que se autoricen compras sin nuestra verificación. Solo en esos casos, el banco deberá responder ante sus clientes y devolver la cantidad sustraída. Por eso, cuando una persona considera que puede ser susceptible de tener algún problema, por su estilo de vida, patrimonio o cualquier otro asunto, lo más recomendable es contar con una cobertura que nos blinde.

PARA SABER MÁS

Banco de España: Su web recoge la información necesaria para protegerse frente al fraude. Además de explicar cada una de las estafas más frecuentes, te ayudan a identificarlas y poder actuar a tiempo.

Catalana Occidente: La compañía aseguradora explica cómo recuperar el dinero perdido en una estafa, así como las recomendaciones para evitarla.

Observatorio español de delitos informáticos: En la web de este organismo oficial nos explican cómo denunciar los ciberdelitos o los posibles casos de violencia digital. Además, existe un glosario de los delitos más habituales en cualquier plataforma tecnológica.