Hacia una sanidad digital europea

ÁMBITO EUROPEO

HACIA UNA SANIDAD DIGITAL EUROPEA

“El espacio europeo de datos sanitarios supondrá un nuevo comienzo para la política sanitaria de la UE, puesto que pondrá los datos sanitarios al servicio de la ciudadanía y de la ciencia”, dijo el vicepresidente de la Comisión Europea, Margaritis Schinas, en la presentación del proyecto.

JÚLIA MANRESA NOGUERAS,

 

La UE propone una declaración que deje claro que las tecnologías digitales deben garantizar «proteger los derechos de las personas» y «sustentar la democracia».

¿Tiene usted su historial médico a mano? Son pocos los ciudadanos que lo tienen o que saben cómo encontrarlo, aunque en la mayoría de casos la administración sanitaria de su comunidad autónoma le ofrece acceso a esta información a través de internet, simplemente con el documento nacional de identidad. La necesidad de mejorar la digitalización de la sanidad se puso todavía más de relieve durante la pandemia de coronavirus, cuando la información sobre la vacunación o la recuperación de la enfermedad se convirtió en clave para el día a día de la mayoría y permitió que la idea de crear un Espacio Europeo de Datos Sanitarios cogiera fuerza.

Digitalizar la sanidad

La mayoría de administraciones públicas hace tiempo que emprendieron el camino de la digitalización, pero no hay un uso extendido de las posibilidades que la digitalización brinda. Y todavía está menos extendido un uso transnacional de estos datos. Por ejemplo, si un turista español viaja a Dinamarca o a Alemania y necesita acudir a la sanidad del país, pero no habla el idioma, tener a su disposición (o a la del médico) una versión en inglés, alemán o danés de su historial médico sería de extrema utilidad para su atención y tratamiento. Máxime cuando, como ciudadano europeo, tiene derecho a atención sanitaria pública de urgencia en cualquier país de la UE.


LA NECESIDAD DE MEJORAR LA DIGITALIZACIÓN DE LA SANIDAD SE PUSO TODAVÍA MÁS DE RELIEVE DURANTE LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS


Para casos como estos y gracias a la experiencia recabada con el Certificado Digital Covid, la Comisión Europea ha redoblado la apuesta por una Sanidad Digital Europea y ha impulsado el llamado Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EEDS), una herramienta específica para el intercambio de datos sanitarios que permitirá el uso de esta información electrónica por parte de pacientes, profesionales e investigadores. Se considera una herramienta clave de la Unión Sanitaria Europea, un objetivo que la Comisión liderada por Ursula Von Der Leyen se marcó a raíz de la pandemia.

Control de los datos

En su propuesta, la Comisión asegura que esta iniciativa “ayudará a la UE a dar un salto cualitativo” en cuanto a cómo se prestan a las personas los servicios de atención sanitaria en toda Europa. De hecho, señala que uno de los objetivos es fomentar un “auténtico mercado único de servicios y productos sanitarios digitales”.

¿Qué significa todo esto en la práctica? La idea del ejecutivo comunitario es que cada ciudadano tenga acceso “inmediato, gratuito y fácil” a sus datos en formato electrónico. Hablamos de historiales resumidos de pacientes, recetas electrónicas, imágenes médicas o informes de alta, por ejemplo. De esta manera, un expatriado en Bruselas, ciudad llena de personas de otros países europeos que trabajan en las instituciones comunitarias, podría intercambiar fácilmente sus datos sanitarios con los profesionales de la salud de la capital.


LA COMISIÓN EUROPEA HA CREADO UNA HERRAMIENTA PARA EL INTERCAMBIO DE DATOS SANITARIOS POR VÍA ELECTRÓNICA


La idea de la Comisión también implica que los usuarios tengan “pleno control” de sus datos y puedan añadir información, corregirla o incluso restringir el acceso a terceros. Para que todo esto sea posible, por supuesto, deberá consensuarse un formato común europeo, como pasó con el Certificado Digital Covid, que permita que las autoridades de cualquier país emitan esta información de manera homologada y comprensible en el resto del territorio común.

Todo esto, sin embargo, implica retos innegables en el ámbito de la ciberseguridad y la privacidad, puesto que la información médica es especialmente sensible. Por ejemplo, para que investigadores, empresas o instituciones puedan tener acceso, deberán solicitar permiso a un organismo competente que cada gobierno deberá asignar.

Todo este marco debe garantizar que los datos serán únicamente usados para fines específicos, entornos cerrados y seguros y de manera anonimizada. Bruselas ya contempla por ejemplo que esté prohibido usar los datos para que se puedan aumentar las primas de seguros, por ejemplo, si hay personas que se consideran de más riesgo después de conocerse estos. La autorización para el acceso quedaría en manos de autoridades nacionales pero supervisada por una nueva infraestructura europea: Health Data EU.

El EDDS implica que se amplíe la utilización directa o primaria de los datos sanitarios electrónicos pero también secundaria a través de la anonimización de los datos y su uso agregado, para facilitar el diseño de futuras políticas públicas o para la investigación. Como hemos apuntado, pues, la gobernanza de toda esta amplia infraestructura será clave y la Comisión Europea se basa en la Ley de Gobernanza de Datos para delimitarla. Deberá crearse un Consejo del Espacio Europeo de Datos Sanitarios, compuesto por representantes de las autoridades sanitarias digitales y los organismos de acceso, tanto de los Estados como de la Comisión. Este Consejo, que también contaría con observadores, supervisará la aplicación de las normas y asesorará a las partes implicadas.


LA IDEA DEL EJECUTIVO COMUNITARIO ES QUE CADA CIUDADANO TENGA ACCESO DIGITAL “INMEDIATO, GRATUITO Y FÁCIL” A SUS DATOS


Fondos de recuperación

Ni la opinión pública europea ni la actual Comisión darían este paso si no fuera por el cambio de paradigma que ha significado la pandemia del coronavirus. Incluso la excanciller alemana, Angela Merkel, apoyó la idea de una Unión Sanitaria Europea en su último discurso ante el Parlamento Europeo.


LOS USUARIOS TENDRÁN PLENO CONTROL DE SUS DATOS Y PODRÁN AÑADIR INFORMACIÓN, CORREGIRLA O INCLUSO RESTRINGIR EL ACCESO A TERCEROS


Pero para convertirla en una realidad hace falta financiación y aquí entra en juego el Fondo Europeo de Recuperación, creado justamente para recuperar las economías europeas de la pandemia. Según la propuesta de la Comisión, en los planes de reformas que los gobiernos ya han presentado mayoritariamente para conseguir su porción del Fondo, se han presupuestado hasta 12.000 millones de euros para inversiones en digitalización del sector sanitario. También se contemplan recursos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional o el programa InvestEu. Además, la Comisión aportará directamente 810 millones para el EEDS.

Este gran proyecto, que necesita el respaldo de los gobiernos y de la Eurocámara, corre el riesgo de quedar en segundo plano a causa de la guerra en Ucrania y los nuevos problemas asociados.

La privacidad y la ciberseguridad

Una eventual sanidad digital europea implicará una estricta y clara supervisión del uso de unos datos elevadamente sensibles. Por eso, Bruselas prevé la creación de organismos de control nacionales y europeos que garanticen el correcto uso de la información e impidan que, por ejemplo, se convierta en una herramienta en manos de las aseguradoras para encarecer algunos servicios.

Los antecedentes

La Unión Europea de la Salud es ahora un simple embrión de un gran y complejo proyecto que implica interferir en competencias nacionales y coordinar infraestructuras gigantescas. Sin embargo, en la UE ya es posible usar recetas electrónicas entre Estados miembros. Existe también desde 2004 un reglamento para la coordinación de los sistemas de Seguridad Social.

Europa opina

Análisis de la Agencia Europea de Ciberseguridad sobre la pseudoanonimización de los datos para aconsejar buenas prácticas en el ámbito sanitario.
Estudio solicitado por la Comisión Europea sobre el análisis de impacto de un Espacio Europeo de Datos Sanitarios
Opinión preliminar del Organismo de Supervisión y Protección de Datos de la UE en la primera propuesta del Espacio Europeo de Datos Sanitarios

«Hay que empezar por nuestra propia casa», por José Ramón Patterson

ÁMBITO EUROPEO

JOSÉ RAMÓN PATTERSON,

Periodista

 

"De momento, donde yo vivo el acceso se limita a los informes hospitalarios de atención en urgencias, consultas externas, altas y cuidados de enfermería”"

Hay que empezar por nuestra propia casa

Aunque me estruje las meninges, me cuesta trabajo encontrar palabras para hablar de los aspectos positivos de una pandemia que ha matado a millones de personas. Sin embargo, si examinamos cuidadosamente lo ocurrido en los dos últimos años podremos ver que los ha habido. Y no me refiero a la ingenua esperanza que albergábamos cuando estábamos confinados de que íbamos a salir mejores de aquella catástrofe, porque se ha visto que no ha sido así. De hecho, seguimos siendo tan poco solidarios con el sufrimiento ajeno como antes.

Una de esas facetas valorables es que, de rebote, la lucha contra la Covid-19 ha dado un impulso a la integración europea. Por un lado, la UE centralizó la compra de vacunas, lo que permitió disponer de más capacidad de gasto y mayor fortaleza para moderar los precios. Por otro, se ha puesto en marcha un plan de recuperación, el Next Generation, que se financia, entre otros mecanismos, con la emisión de deuda conjunta respaldada por los 27 e impuestos específicamente europeos, lo cual es una novedad.

Me gustaría creer que también ha servido para advertirnos sobre cómo obrar en situaciones análogas, pero los seres humanos tendemos a olvidar rápido las circunstancias o acontecimientos que hemos vivido, lo que nos lleva a volver al mismo lugar donde nos hemos equivocado y a tropezar una y mil veces en la misma piedra. A mí, que soy muy de refranes, me gusta esa paremia que dice: vieja escarmentada, pasa el vado arrezagada, aunque creo que es más acorde con nuestras costumbres lo de: el hombre bestia en lo claro yerra.

Lo que quiero decir es que lo ocurrido también ha puesto de relieve bastantes carencias, sobre todo las de nuestro sistema de salud, como la penuria de la atención primaria o las disfunciones de unos servicios territorializados, a los que no veo que se esté poniendo remedio. En lo más duro de la pandemia, por ejemplo, un residente en Madrid desplazado temporalmente a Asturias podía hacerse allí una PCR, pero al no ser usuario en la comunidad conocer el resultado resultaba arduo.

Ahora, la Comisión Europea se ha venido arriba basándose en el más que discutible éxito del “pasaporte Covid” y ha propuesto la creación del Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EEDS) para que todos tengamos nuestro historial clínico en formato electrónico y sea accesible desde cualquier país. España ha aplaudido la idea con entusiasmo, aunque seamos el mejor ejemplo de la inutilidad del “pasaporte” para frenar la ola de contagios con la variante Ómicron o forzar a vacunarse a los remolones.

En principio, la existencia de una infraestructura que permita compartir los historiales de todos los europeos, y más adelante hasta sus datos genómicos, parece una buena idea. Disponer de esa información sería útil para prestar una asistencia más eficaz, con independencia de dónde estemos; además, el acopio de datos serviría de manera secundaria para desarrollar medicamentos y planificar políticas sanitarias y en investigación. Eso sí, habrá que garantizar la protección de la información confidencial de los pacientes.

El problema, creo, no está en controlar el uso y la difusión de esos datos. El principal obstáculo es mucho más simple. De hecho, el Ejecutivo comunitario prevé que sea el mayor inconveniente: para que el EEDS sea una realidad hay que crear infraestructuras interoperables que permitan el uso transfronterizo de los datos sanitarios; y eso exige que, previamente, a nivel nacional, la información (historial, analíticas, pruebas de imagen, etc.) también esté disponible en un formato común accesible para cualquier profesional. Y no es el caso, al menos en España.

La Comisión ilustra con ejemplos cómo funcionará el EEDS. Así, si una portuguesa que se pone enferma estando de vacaciones en Francia acude a un médico; este verá en su ordenador -“¡en francés!”- los datos de la paciente y prescribirá los medicamentos teniendo en cuenta su historial y, si es el caso, los productos a los que sea alérgica. Otro ejemplo es el de un hombre atendido de urgencia en un hospital cualquiera; más tarde, su neumólogo habitual evitará repetir innecesariamente las pruebas gracias al EEDS.

¿Verdad que sería fantástico? Pero, ¿es realizable en un horizonte no muy lejano? Difícilmente, aunque ojalá me equivoque. De momento, donde yo vivo el acceso se limita a los informes hospitalarios de atención en urgencias, consultas externas, altas y cuidados de enfermería. No se puede acceder a los historiales del principal hospital de la región, cuyo sistema informático es incompatible con los demás de la red, ni de los centros de salud; tampoco a los de las mutuas ni a los de las clínicas privadas.

El reto es, precisamente, conectarlo todo. Y a la vista de la paupérrima situación de nuestro sistema sanitario público, es un hándicap que costará franquear.

El caos informativo

ALDEA GLOBAL

EL CAOS INFORMATIVO

El informe analiza la existencia o no de daños físicos, psicológicos o emocionales a los periodistas.

Dicen, y permítannos apostillar que, con toda la razón, no puede haber democracia plena sin libertad de prensa. Si dicha libertad es solo un sueño tan inalcanzable como la propia democracia en algunos países, la ciudadanía pierde la capacidad de acción que proporciona la información. Como van demostrando los sucesivos estudios de Reporteros sin Fronteras, los Estados que iban mal, van peor. Y los síntomas de retroceso en los de regímenes democráticos no son ninguna buena noticia.

MELCHOR DEL VALLE,

Seguramente conviene empezar por recordar que Reporteros sin Fronteras, (RSF), organización no gubernamental nacida en Francia en 1985, es reconocida como entidad consultiva por las Naciones Unidas, la UNESCO y el Consejo de Europa. Desde hace veinte años, viene publicando un informe anual en el que analiza cómo se ejerce el periodismo en 180 países. Su evaluación se basa en lo que su propio panel de expertos define como libertad de prensa, principio con el que seguramente es fácil estar de acuerdo: «La libertad de prensa es la posibilidad efectiva para los periodistas, como individuos y como colectivo, de seleccionar, producir y difundir informaciones, en aras del interés general, independientemente de las interferencias políticas, económicas, legales y sociales, y sin menoscabo para su seguridad física y mental».

Los parámetros analizados.

La mejor manera de ver rápido y claro una situación es poner notas. En el caso del antes mencionado informe anual, y muy escuetamente, se lleva a cabo una valoración, de 0 a 100 puntos, mediante preguntas en cinco contextos diferentes: el político, el económico, el socio cultural, el marco legal y la seguridad. El fin del primero es valorar cómo se apoya a periodistas y medios cuando exigen claridad y transparencia a los políticos, pensando solo en el interés público, y cómo se acepta la diferencia de criterios profesionales según ideología o independencia políticas. En el aspecto económico se tienen en cuenta desde las trabas que ponen los gobiernos o la corrupción de los periodistas por parte de distintos actores, hasta las presiones hacia los editores y sus consecuencias respecto a los periodistas.

 


REPORTEROS SIN FRONTERAS SEÑALA QUE EXISTE UN CAOS INFORMATIVO CREADO POR UN ESPACIO DIGITAL GLOBALIZADO Y SIN REGULAR, QUE FAVORECE LAS INFORMACIONES FALSAS


 

El contexto sociocultural se mueve en dos líneas: las presiones sociales hacia los periodistas (machismo, racismo, xenofobia…) y las presiones culturales, concretadas en sugerir a los profesionales de la información que no «destapen» determinadas cosas para no perjudicar al conjunto del territorio o de la sociedad. El marco legal se refiere a la libertad de poder trabajar sin censura o sanción, la posibilidad normativa de proteger las fuentes o el grado de impunidad de quienes agreden a los periodistas. En lo tocante a la seguridad, por último, se analiza la existencia o no de daños físicos, sicológicos o emocionales a los periodistas y el perjuicio profesional, como pérdida de empleo, cuando el informador se sale de los límites impuestos por determinados poderes.

 

Caos informativo.

La expresión no es nuestra, sino fruto de la contundencia con que se expresan los redactores del informe de RSF: el informe «pone de manifiesto, en su edición de 2022, los efectos desastrosos del caos informativo, creado por un espacio digital globalizado y sin regular, que favorece las informaciones falsas y la propaganda». También hacen referencia a una doble polarización «amplificada por el caos informativo: la polarización mediática, que crea fracturas dentro de los países, y la polarización de los Estados, a escala internacional». En el fondo, las frases son la reseña de situaciones que hemos visto o percibido últimamente, desde el asalto al capitolio de EE. UU. hasta la invasión en Ucrania por parte de tropas rusas, sin olvidar todo lo que viene concurriendo en torno a la pandemia del COVID-19.

Según esas puntuaciones antes citadas, en esta «nueva era de la polarización» –así lo califican en RSF– los diez países donde el estado de la libertad de prensa se considera mejor son Noruega, Dinamarca, Suecia, Estonia, Finlandia, Irlanda, Portugal, Costa Rica, Lituania y Liechtenstein, cuyas puntuaciones oscilan entre los 92.65 y los 84.03 puntos sobre 100. A la cola, los cinco con menor puntuación son Birmania, Turkmenistán, Irán, Eritrea y Corea del Norte, que solo obtuvieron entre 25.03 y 13.92 puntos sobre 100. España quedó en el puesto 32 con 76.71 puntos.

Por contextos.

Si lo vemos según el contexto político, Noruega, Dinamarca y Suecia también encabezan la clasificación, con Eritrea a la cola. Respecto al contexto económico, los mismos tres de cabeza, aunque intercambian puestos Suecia y Dinamarca, siendo el último país de la clasificación Corea del Norte. Cambia un poco el panorama en el contexto sociocultural, donde el primer lugar lo ocupa Jamaica, seguido de Noruega y Portugal; también aquí Corea del Note ocupa el último puesto. Si miramos la situación del marco legal, Noruega, de nuevo, Argentina y Suecia están arriba y Cuba abajo del todo. En el ámbito de la seguridad, por último, primeros puestos para Liechtenstein, Irlanda y Costa Rica y el último para Birmania, país del que RSF dice que «el golpe de Estado de febrero de 2021 ha hecho retroceder brutalmente diez años la situación de los periodistas».

 


DE 2013 A 2022, LOS PAÍSES CON BUENA SITUACIÓN DE LA LIBERTAD DE PRENSA HAN PASADO DE 26 A 8 Y LOS QUE TIENEN SITUACIÓN DIFÍCIL O MUY GRAVE, DE 58 A 70


 

Hay un contexto, no definido así en el informe, que es el histórico, donde podemos ver con mayor perspectiva el panorama internacional comparando los análisis de 2013 a 2022. En el primero de los años, los países con buena situación de la libertad de prensa, de los 180 estudiados, eran veintiséis. En 2022, solo ocho. En el lado contrario, los países con situación difícil o muy grave eran cincuenta y ocho en 2013. En 2022, setenta. Y no: Europa no se libra de esta situación de retroceso, aunque cope los primeros puestos de la clasificación. El informe cita específicamente a países de la zona Europa-Asia Central como Eslovenia, Polonia, Hungría, Albania, Grecia, Rusia, Bielorrusia o Turquía, donde «se han endurecido las medidas liberticidas» contra el periodismo.

 


EUROPA NO SE LIBRA DE ESTA SITUACIÓN DE RETROCESO, AUNQUE COPE LOS PRIMEROS PUESTOS DE LA CLASIFICACIÓN


 

En democracia.

Solo por curiosidad, hemos comparado los resultados del informe de RSF con el Índice de Democracia Global elaborado por la Unidad de Inteligencia de la revista británica The Economist. Es verdad que este índice analiza 167 países (frente a los 180 del informe de RSF), con lo que la comparación no puede ser estricta; pero en su última edición (2021) solo veintiuno han sido calificados como democracias plenas. Y ahí se incluyen todos los países escandinavos, Irlanda o Costa Rica, que, oh coincidencia, son los que encabezan la clasificación hecha por los reporteros. Es un caso más de efecto y causa; es una llamada de atención a la sociedad compleja en la que estamos inmersos.

La libertad de prensa en España

España venía ocupando el puesto 29 en la clasificación de Reporteros sin Fronteras desde 2017, con un retroceso al 31 en 2018, y en 2022 ha caído hasta el lugar 32. Esto es debido, según los analistas de la organización internacional, a factores como que «España es víctima de un clima de gran polarización política, del que no se libran unos medios de comunicación en los que la opinión contamina cada vez más a la información, acrecentando la desconfianza de la ciudadanía en la profesión periodística», aunque, o quizás por eso, «desde la crisis de 2008 y la ola de cierre de medios y despidos masivos que supuso, la profesión se ha instalado en una precariedad ya cronificada».

Por si las dudas

Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa 2022: la nueva era de la polarización.
Reporteros sin Fronteras, 2022.

Democracy Index 2021: the China challenge. Economist Intelligence (The Economist Group), 2022

Contexto histórico

Número de países que entre 2013 y 2022 se encontraban en una u otra situación (de buena a grave), según los sucesivos informes de Reporteros sin Fronteras.
Fuente: La libertad de Prensa (2022). Reporteros sin Fronteras.

«El periodismo está en un momento muy peligroso», por Juan José Morodo

ALDEA GLOBAL

JUAN JOSÉ MORODO,

Subdirector de Cinco Días

 

"La fotografía de la libertad de prensa, mejor sería decir el vídeo, muestra un campo sembrado de minas”"

El periodismo está en un momento muy peligroso

La libertad de prensa es un derecho cardinal en cualquier sociedad democrática. Esta no existe sin aquella. En España viene recogido en el artículo 20 de la Constitución de 1978 como el derecho a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones” y a “comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”. Es un derecho que la sociedad deposita históricamente en los periodistas.

Sin embargo, pocas veces en la historia reciente ha estado ese derecho más en peligro. La Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa, realizada por Reporteros sin Fronteras, que evalúa las condiciones en las que se ejerce el periodismo en 180 países, pone de manifiesto en su vigésima edición, de 2022, los “efectos desastrosos del caos informativo creado por un espacio digital globalizado y sin regular, que favorece las informaciones falsas y la propaganda”.

En esa clasificación (que encabezan Noruega, Dinamarca y Suecia), España figura en el puesto 32, tres escalones más abajo que el año anterior y por debajo de Portugal (7), Alemania (16) o Francia (26), aunque por delante, por ejemplo, de Estados Unidos (42), donde se pone de manifiesto cómo la polarización mediática alimenta la fractura interna de una sociedad. Por razones obvias, Ucrania (106) y Rusia (155) ya pierden respectivamente nueve y cinco puestos (la verdad es la primera víctima de la guerra) tras la invasión de la primera por la segunda en febrero de 2022.

Titulado La nueva era de la polarización, el informe revela la existencia de una doble polarización, amplificada por el caos informativo: la mediática, que crea fracturas dentro de los países, y la polarización de los Estados, a escala internacional. Y sostiene que en las sociedades democráticas el desarrollo de ciertos medios de opinión y “la generalización de los circuitos de la desinformación, impulsada por las redes sociales, están provocando un aumento de las fracturas sociales”. En el plano internacional, insiste, “la asimetría que existe entre, por una parte, sociedades abiertas y, por otra, regímenes despóticos que controlan a sus medios y sus plataformas, mientras libran guerras de propaganda, debilita a las democracias”. En ambos niveles, “es un factor de intensificación de las tensiones”, concluye el estudio de Reporteros sin Fronteras.

A ello hay que añadir en demasiados casos una tercera y aún más inquietante polarización: la de muchos informadores que devienen en fans, cuando no en portavoces camuflados y simples productores de propaganda, sea de una idea o un concepto, o de publicidad, si se trata productos o servicios. Un proceso que anula el siempre inalcanzable ideal de la objetividad, pero que aniquila por completo la sagrada aspiración a la veracidad.
Todas ellas son el fértil caldo de cultivo en el que se desarrolla una generación de receptores a los que no les importa la verdad de los hechos ni la trascendencia de los acontecimientos.
La fotografía de la libertad de prensa, mejor sería decir el vídeo, muestra un campo sembrado de minas. Los Gobiernos, incluidos los de regímenes democráticos, y sus servicios de inteligencia, las Administraciones en sus diversas formas, los lobbies empresariales o de cualquier otro tipo y los grupos de presión en general desarrollan crecientes departamentos de imagen que medran al tiempo que las redacciones de la gran mayoría de los medios de comunicación pierden fortaleza. La inversión en capital humano de muchas grandes cabeceras ha pasado a un segundo plano, en paralelo al cambio de un modelo de negocio que ha puesto en tela de juicio buena parte de sus pilares a manos de la digitalización mal entendida, las redes sociales o el espectáculo, y esto a la vez que ha eclosionado un pretendido periodismo ciudadano que ignora con facilidad las normas básicas de la buena información. Conceptos como verificación, comprobación de las fuentes, precisión, claridad, credibilidad, profesionalidad o diferenciación expresa de información y opinión han perdido presencia a pesar de las facilidades proporcionadas por las nuevas tecnologías.

Es este un terreno fértil para las fake news (noticias falsas). Una contradicción en sus propios términos. Una noticia falsa es una mentira, y su peor efecto es que anula la capacidad de interpretar verazmente la realidad. La consecuencia de ello es que las personas, las organizaciones y la sociedad en general se convierten en vulnerables a los intereses de quienes mienten. Gobiernos, medios y gestores de redes sociales están obligados a no mentir, pero también a combatir las mentiras de otros. ¿Lo hacen? En un escenario como este quien sí está apremiado a evitar la mentira es el ciudadano, como individuo, contrastando sus fuentes, discriminándolas y acudiendo a medios fiables. La credibilidad, por tanto, será el principal activo de los medios y soportes, sea cual sea su formato. Contra la mentira están la verdad, y su hermana mayor, la transparencia. Aplicadas ambas con tanta contundencia como claridad.

Pero esa transparencia convive con dificultad con la libertad de prensa cuando los tres poderes básicos de una democracia se enmarañan. Si Montesquieu, el padre de la división de los poderes políticos en tres áreas independientes (ejecutivo, legislativo y judicial), se levantara hoy se echaría las manos a la cabeza. Lo mismo que quienes sigan creyendo en el cuarto poder como garante de la democracia. Y todo ello mientras se gesta ese quinto poder a manos de la intervención económica del Estado (más concretamente de los Gobiernos) sobre el mercado, unida a los nuevos fenómenos surgidos en torno a internet.

Al final, nadie interesado en la supervivencia de la libertad de prensa debe olvidar ese conocido aforismo, atribuido a George Orwell, pero conformado a lo largo de los años por muchos autores, que se sustancia en que “una noticia es aquello que alguien no quiere que se publique; el resto son propaganda o relaciones públicas”.

La digitalización de las empresas

ENTRE MAGNITUDES

De izquierda a derecha: Alberto Martínez Lacambra, Paz Val, Gerardo Cuerva y José Ángel Martínez Sanchiz, antes del coloquio. Directivos de empresas y representantes institucionales asistieron al Kreab Lab.

LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS

La digitalización de las empresas y el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia fue el tema de análisis de un reciente encuentro organizado por la empresa Kreab. Este foro reunió a tres representantes del sector público, empresarial y jurídico que debatieron sobre las ventajas que las nuevas tecnologías aportarán al tejido mercantil tras la puesta en marcha de medidas legislativas y proyectos institucionales como el denominado ‘kit digital’.

JOSÉ M. CARRASCOSA,

En el encuentro -moderado por Paz Val, directora de Asuntos Públicos de Kreab España- participaron Alberto Martínez Lacambra, director general de Red.es; Gerardo Cuerva, presidente de Cepyme; y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado.

Martínez Lacambra expuso algunas de las líneas maestras puestas en marcha desde el Ejecutivo dirigidas a ayudar a las pymes para su digitalización. El máximo responsable de Red.es recordó que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, impulsado desde la Unión Europea, «destina 20.000 millones al capítulo de la digitalización de las pymes; el segmento empresarial que más necesita la tecnología. Cerca de 5.000 millones se destinarán a la capacitación de sus trabajadores».

 

Eficiencia digital

Sobre el anteproyecto de Ley de Eficiencia Digital, Lacambra apuntó que «es una buena noticia. El sector jurídico no puede quedarse atrás en una reforma tan ambiciosa y debe basar su digitalización en dos pilares: la constitución de sociedades online y la digitalización de los órganos de la Administración de Justicia. El dato y el metadato sustituirán al papel. La seguridad jurídica es uno de los bienes más preciados del tráfico mercantil; si a este valor se le suma la agilidad, será la mejor de las noticias. Seguridad jurídica y rapidez unidas son un motor de generación de riqueza».

Gerardo Cuerva coincidió en señalar las bondades del texto legislativo: «Redundará en la eficiencia del funcionamiento de las empresas y también de la propia Administración. Según nuestros estudios, la duplicidad e ineficiencia de algunos trámites genera un sobrecoste de 60.000 millones de euros, que se podrían invertir en otras partidas como gasto social o innovación. La irrupción de la tecnología no cambiará de la noche a la mañana el modelo productivo, pero permitirá mejoras y disrupciones en el modelo de negocio».

El presidente de Cepyme hizo hincapié en que esta renovación digital debe hacerse extensiva a la Administración, en concreto a los operadores jurídicos: «La interrelación de la sociedad con la Justicia es cada vez mayor. La irrupción de la tecnología no sólo afecta a la empresa y al ciudadano; también al sector público. La Administración no se puede quedar al margen del cambio cultural que va a suponer la digitalización».

Jose Ángel Martínez Sanchiz hizo un balance positivo del anteproyecto «desde el punto de vista notarial y de mejora para la sociedad por sus relevantes innovaciones». Entre las aportaciones de la futura Ley de Eficiencia Digital señaló «la puesta en marcha del protocolo electrónico; una petición realizada por los notarios desde hacía tiempo que dotará de agilidad y eficiencia a la circulación de datos y documentos -como fichas parametrizadas- al Catastro, al Registro,… Asimismo, permitirá el otorgamiento electrónico a distancia de un 40% de los documentos notariales, circunscritos, sobre todo, al ámbito mercantil, aunque también procederán de otros campos, como el de los poderes. Las copias electrónicas emitidas en el ámbito cerrado de las Administraciones públicas se podrán transmitir a los particulares desde el teléfono móvil».

La Ley también contempla «la transposición de la Directiva comunitaria de herramientas digitales que exige que la constitución de sociedades -y la realización de actos societarios- se pueda realizar online. Los notarios españoles estábamos preparados desde hace dos años y podremos realizarlo desde el día siguiente a la entrada en vigor de la ley».

Por último, Martínez Sanchiz citó los beneficios de la videoconferencia, un servicio recogido en el texto del anteproyecto, que permitirá «el asesoramiento notarial a ciudadanos y empresas en la sede electrónica notarial. Es muy importante la interlocución con los usuarios por la vía de las nuevas tecnologías».

Portal Notarial

El presidente del Consejo General del Notariado recordó que «el Portal Notarial del Ciudadano está abierto desde hace tiempo con servicios como el envío y archivo de copias simples electrónicas a particulares y empresas o la celebración de videoconferencias. Esperamos que en breve podamos realizar otorgamientos a distancia».

Kit Digital

Martínez Lacambra destacó la aportación del Consejo General del Notariado en el proyecto del ‘Kit Digital’, impulsado desde el Gobierno de España para subvencionar la implantación de soluciones digitales: «Hemos recibido más de 50.000 solicitudes de empresas para implantar este proyecto, lo que indica su capilaridad. Sin la aportación de los notarios no hubiera sido posible ponerlo en marcha. Desde un primer momento quisimos contar con el potencial tecnológico de los notarios, elemento clave en los operadores de justicia que llevan más de veinte años empujando en el desarrollo digital. Gracias a ellos hemos conseguido que no sea necesario solicitar los poderes en papel; ahora un robot se dirige a la base de datos del CGN que tiene un 95% de respuesta inmediata, evitando que un gran número de personal tuviese que consultar una cantidad ingente de documentación». Para el presidente de Cepyme: «Red.es ha estado más que a la altura en la implantación del ‘Kit Digital’. Han sido capaces de llegar a cualquier rincón de España y cualquier tamaño de empresa, gracias a los 3.000 millones de euros de los fondos europeos».

ALBERTO MARTÍNEZ LACAMBRA,
director general de Red.es

«Si sumamos a la seguridad jurídica la agilidad de las nuevas tecnologías, lograremos un motor mayor de generación de riqueza»

JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ,
presidente del CGN

«La futura Ley de eficiencia digital permitirá el otorgamiento electrónico a distancia de un 40% de los documentos notariales»

GERARDO CUERVA,
presidente de Cepyme

«No hay un problema de creación de empresas en España; el problema radica en su desaparición: el 50% cierra al tercer año»

La gran paradoja laboral

ENTRE MAGNITUDES

LA GRAN PARADOJA LABORAL

El estigma social que rodea la insolvencia financiera es una pesadilla recurrente que trufa los sueños de todo emprendedor que se precie.
El desempleo es un mal endémico. La tozudez de las cifras no deja lugar a dudas y nos sitúa, sistemáticamente, en el furgón de cola intracomunitario. A pesar de las recetas aplicadas durante décadas por gobiernos de diferente ideología política, lo cierto es que la cifra de parados en nuestro país dobla de forma recurrente, en el mejor de los casos, a la de nuestros socios de la Unión Europea.

FERNANDO GEIJO,

Sin embargo y especificidades aparte de nuestro modelo productivo, este hecho también convive con la existencia de decenas de miles de puestos de trabajo sin cubrir. Las 109.000 vacantes disponibles en diversos sectores económicos, según los últimos datos disponibles del INE, frente a los casi tres millones de desempleados registrados en mayo pasado, suponen una aparente incongruencia en un mercado marcado por la fuga de talento, la elevada tasa de desempleo juvenil y el paro endémico de larga duración. Administraciones, empresarios y sindicatos discrepan a la hora de explicar los motivos de esta distorsión, que no es exclusiva de España, y han acordado colaborar para buscar alternativas de cara a tratar de aprovechar este oasis de ocupación en medio de la pertinaz sequía laboral española.


TENEMOS UN MERCADO LABORAL MARCADO POR LA FUGA DE TALENTO, LA ELEVADA TASA DE DESEMPLEO JUVENIL Y UN PARO ENDÉMICO DE LARGA DURACIÓN


Un problema, múltiples causas

Esta anomalía laboral no es, al menos de momento, la versión patria del fenómeno conocido en EE.UU. como la ‘gran dimisión’. sino que más bien parece que el origen de que exista en nuestro país este desencaje entre la oferta de 109.000 puestos de trabajo que no son cubiertos por la demanda de empleo se deben a diversos factores. Entre ellos destacan las carencias formativas, el bajo nivel salarial ofrecido, las malas condiciones laborales, la falta de flexibilidad laboral e, incluso, con la renuncia a ocupar, en algunos casos, empleos especialmente arduos, peligrosos o que cuentan con escaso prestigio social.

Patronales, representantes sindicales y Gobierno discrepan en las causas de este granero de vacantes que, dicho sea de paso, tiende a aumentar cuando el desempleo disminuye, como ocurre en la actualidad. Asimismo, lo paradójico es que esta circunstancia se produce en un país que, a pesar de la mejoría de las cifras fruto de la última reforma laboral aprobada recientemente in extremis, aún acumula un 13,3% de desempleo, liderando el ranking de países de nuestro entorno y doblando la tasa registrada tanto en la Unión Europea (UE) como en la eurozona, 6,2% y 6,8% respectivamente, según datos de marzo-abril de 2022.

En cualquier caso, no hay que olvidar que el dato español de plazas vacantes es el más bajo en toda la UE, ya que representa el 1% del total de empleos disponibles en el país, comparado con una media del 2,5% de puestos huérfanos en la UE, con un pico del 3,8% en el caso de Alemania, y donde solamente se observan porcentajes similares al nuestro en el caso de países con reducidas economías como Grecia y Bulgaria.

No solo camareros

Por sectores y según los datos del INE, los puestos de trabajo vacantes en España se dividen entre alrededor de 31.500 plazas disponibles en la Administración Pública y defensa, mientras que la segunda actividad con mayor número de puestos desatendidos corresponde al rubro de actividades sanitarias y servicios sociales, (casi 13.000), y el ramo educativo concentra, además, otras 3.249 vacantes.


LAS 109.000 VACANTES DISPONIBLES FRENTE A LOS CASI TRES MILLONES DE DESEMPLEADOS REGISTRADOS EN MAYO SUPONEN UNA APARENTE INCONGRUENCIA


Por su parte, el sector privado suma miles de empleos sin cubrir, donde destacan las actividades técnicas y científicas, con 8.744 vacantes, servicios auxiliares (7.303), construcción (6.567) y hostelería (4.444), caso este último que aglutina gran parte de la atención mediática en época estival, sobre todo en zonas turísticas especialmente tensionadas.

Las causas apuntadas por los expertos para explicar esta falta de candidatos varían entre las carencias formativas, que se observan en el sector tecnológico IT relacionado con carreras STEM (acrónimo en inglés que agrupa los estudios relacionados con ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas), y la escasa retribución salarial, unido a las condiciones laborales, de la que adolece una parte de la oferta en los servicios de hostelería. Por su parte, la construcción, el otro motor económico tradicional junto con el turismo, ha pasado por un largo período de hibernación debido, primero, a las sucesivas crisis económicas, y después, a los efectos de la pandemia sanitaria para recuperar en estos momentos niveles de alto crecimiento y, por consiguiente, demanda de empleo.

Por lo que respecta a la ubicación geográfica de los empleos huérfanos, las comunidades autónomas que aglutinan un mayor número de ofertas sin cubrir serían, por este orden, Cataluña, Comunidad de Madrid y Andalucía, que concentran cerca de un 60% de las vacantes laborales disponibles en toda España.

Esta concentración laboral responde también a la acumulación poblacional que registran estas tres regiones que, en total, suman unos 23 millones de habitantes, lo que supone un 48,37% del total de la población española.

Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública acaba de presentar una propuesta preliminar para realizar una Oferta de Empleo Público (OEP) de 20.000 plazas. La misma se ejecutará a lo largo de 2022 y prevé paliar las numerosas vacantes existentes en la Administración Central, de las que, al parecer, 12.000 serían puestos de nueva creación y los restantes 8.000 corresponderían a promoción interna.


EL SECTOR PRIVADO SUMA MILES DE EMPLEOS SIN CUBRIR, DONDE DESTACAN LAS ACTIVIDADES TÉCNICAS Y CIENTÍFICA


Otro ingrediente para añadir a la receta para encontrar la explicación al divorcio puntual entre empleos y trabajadores sería el conocido como reto demográfico, dado que los expertos consideran que la baja natalidad agravará en el futuro la problemática para que las empresas encuentren los perfiles que demandan.

La despoblación en el ámbito rural, fruto del llamado ‘invierno demográfico’, genera además el cierre de multitud de empresas económicamente viables incapaces de encontrar el adecuado relevo generacional para continuar con su actividad, sobre todo en puestos clave de la organización y especialmente entre las pymes, que suponen el 70% de las vacantes en todos los segmentos de actividad del sector privado.

RECICLARSE O DIMITIR

Los datos confirman que los trabajadores españoles no están dimitiendo en masa, como ocurre en EE.UU. Sin embargo, es posible que no estén renunciado a sus trabajos porque no tienen dónde elegir. Por tanto, no hay que descartar una más o menos amplia insatisfacción con las condiciones laborales en nuestro país.
En este escenario, los expertos consideran que la fórmula mágica para evitar una gran renuncia en España sería aquella que combina formación con trabajo digno.

La pandemia ha espoleado la forma de pensar al poner el foco en la necesidad de flexibilizar la jornada laboral, el trabajo híbrido: presencial/remoto y en salarios adecuados y actualizados al coste de la vida.

El mercado, dinámico y cambiante, demanda perfiles adaptados a la tecnología, con el 5G, la ciberseguridad, los servicios en la nube y la minería de datos, entre otros. Así, los expertos proponen adecuar el talento mediante el denominado reskilling, en referencia a la adecuación de las habilidades de los empleados, tanto actuales como futuros.

Para ello, esta tendencia implica actualizar los obsoletos programas de estudio en las escuelas y en las propias empresas de cara a cerrar la brecha digital del mercado laboral actual, incluyendo avances como la aportación del metaverso al sistema educativo y donde deje de primar la memorística frente al fomento de habilidades digitales desde el colegio, como la programación informática.

EN BUSCA DE ¿CURRITOS?

La pedrea que supondrá la inminente llegada del grueso de los fondos europeos preocupa en el sector de la construcción ante su manifiesta falta de trabajadores. Desde la Confederación Nacional de la Construcción cifran en 700.000 los empleados que necesitarán, sobre todo jóvenes, para hacer frente al aluvión de obras y grandes infraestructuras que están por venir.

A partir de 2023 está previsto que lleguen a España 70.000 millones de euros, de los que siete de cada diez tendrán que ver, de una manera u otra, con la construcción. Con lo que es evidente que harán falta desde peones, electricistas y albañiles hasta capataces y jefes de obra, pasando por ingenieros de caminos.

Un sector que, según la última Encuesta de Población Activa (EPA), dio empleo a un total de 1,32 millones de trabajadores, donde solo el 9% son mujeres, unas 120.000, y claramente envejecido, con una media de edad de 46 años, que cuenta con un evidente recorrido laboral.

Ojo al dato

Ofertas de empleo vacantes en Europa. Datos porcentuales por países relativos al cuarto trimestre de 2021 por sectores: industria, construcción y servicios (salvo actividades de los hogares y organizaciones y organismos extraterritoriales). Fuente: Eurostat.
Número de puestos de trabajo vacantes en España agrupados por sectores de actividad, desde el 1T de 2008 hasta el 4T de 2021. Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).

«Esto no ha hecho más que empezar», por Carlos Sánchez

ENTRE MAGNITUDES

CARLOS SÁNCHEZ,

director adjunto de El Confidencial

Twitter: @mientrastanto

"No sólo España, también Europa, y, por supuesto, EE.UU. sufren cada vez más para cubrir los puestos de trabajo vacantes"

Esto no ha hecho más que empezar

Es el elefante plantado en medio del salón de las economías avanzadas. Nadie quiere verlo, pero ahí está. Todos ignoran la imponente presencia del enorme paquidermo pese a que ya hay pocas dudas de que la falta de mano de obra, tanto cualificada como no cualificada, no es ya un problema de futuro, sino de presente.

El desajuste entre oferta y demanda de empleo es cada vez más acusado por la confluencia de una serie de factores que han coincidido en el tiempo: evolución demográfica, cambio tecnológico, aceleración de los procesos de innovación en el sistema productivo, encarecimiento de la vivienda, nuevos valores culturales a la hora de aceptar un empleo, un sistema educativo que tarda en adaptarse a las nuevas necesidades de las empresas y hasta auge del populismo y de la xenofobia, que hace que los gobiernos sean muy prudentes a la hora de abrir las fronteras, el mecanismo tradicional que han utilizado los países avanzados para casar oferta y demanda de empleo.

El resultado es que no sólo España, también Europa, y, por supuesto, EE.UU. sufren cada vez más para cubrir los puestos de trabajo vacantes. No, no es un problema genuinamente español. Un dato lo pone negro sobre blanco. Nunca antes, desde que hay series estadísticas, ha habido tantas vacantes sin cubrir en Europa. En concreto, un 2,8%, prácticamente el doble que en 2012, aunque con una notable diferencia entre países. Mientras que en Chequia el 4,9% del total de la ocupación está sin cubrir, en España, que es el país con menos vacantes, apenas supone el 0,7%.

La posición de España, lógicamente, tiene que ver con el alto nivel de desempleo, pero también con las barreras administrativas a la inmigración, que tradicionalmente ha cubierto los empleos no cualificados. En el caso de España, además, se dan otras circunstancias que hay que relacionar necesariamente con el modelo productivo, muy expuesto a factores de movilidad (ya se vio durante la pandemia) debido a la elevada estacionalidad de la economía, muy superior a la del resto de Europa. En particular, en hostelería, construcción y agricultura, que son, precisamente, los que demandan más mano de obra sin cubrir.

No es ningún secreto que desplazarse a trabajar en cualquiera de estos sectores, fundamentalmente en los meses centrales del año, supone un elevado coste, y eso restringe la posibilidad de desplazamiento. Vivir en zonas costeras en verano, que es cuando hay mayor oferta de empleo, es caro. Y ni siquiera un aumento de los salarios por encima de otros convenios podría paliar este desajuste. Si un trabajador va a cobrar 1.500 euros al mes y la mitad será para alquilar una vivienda, es mejor renunciar a la espera de un empleo que no obligue a cambiar de residencia.

Es verdad que los salarios en la hostelería, con jornadas agotadoras que en muchas ocasiones no se ajustan a lo que marca el convenio, son los más bajos de España y deberían subir, pero eso no debe ocultar un problema estructural que poco tiene que ver con la cuantía de las nóminas. También en Europa hay problemas de vacantes y los salarios son más elevados. En EE.UU., incluso, están subiendo por encima de los dos dígitos. El famoso “‘Pagadles más” de Biden fue una salida simple, típica del populismo, a un problema complejo.

Desde luego que el problema de las vacantes no es nuevo. España, históricamente, ha tenido un problema de movilidad laboral. Probablemente, entre otros factores, a una cuestión cultural que hay que relacionar con la fuerza del arraigo familiar y la importancia que se da al territorio donde se nace. Uno es de donde se hace el bachillerato, que decía Max Aub. Pero también hay que vincular a la preferencia por la vivienda en propiedad respecto de la de alquiler, aunque esa tendencia está bajando, lo que muchas veces es un obstáculo para favorecer los desplazamientos y así poder cubrir las vacantes. Un dato lo dice todo. En 2019 apenas el 9,8% de los trabajadores cambió de comunidad autónoma para firmar un contrato, mientras que en el caso de la movilidad interprovincial alcanzó el 14%.

Algunos estudios oficiales muestran que la movilidad geográfica está protagonizada por hombres con edades comprendidas entre los 25 y los 45 años, de los que casi un tercio son extranjeros y dos de cada tres no han superado la educación secundaria. Normalmente, fueron contratados por empresas del sector agrícola o del sector servicios en ocupaciones no cualificadas, como trabajar de peón o en trabajos relacionadas con servicios de restauración, cuidados personales, seguridad privada y vendedores. No parece que ese sea el perfil de ocupación que busca un país con una elevada tasa de paro juvenil, pero que es también uno de los que cuenta con mayor número de universitarios y con una red familiar comprometida con sus miembros.

La localización territorial, en este sentido, nos vuelve a jugar una mala pasada. La concentración de la población en grandes urbes, un proceso imparable, hace que amplios territorios queden sin mano de obra, lo que provoca disfunciones que solo pueden corregirse con temporeros en los momentos de mayor demanda (en verano, en el caso de España). Un problema que no solo afecta al empleo no cualificado, más fácil de sustituir, sino al cualificado, lo que revela en el fondo un desajuste entre el sistema educativo y el mercado laboral, cuyas necesidades avanzan mucho más rápido que la oferta educativa, constreñida porque adaptar los planes de estudios a las necesidades más urgentes de las empresas siempre es un proceso lento. ¿El resultado? Esto no ha hecho más que empezar si no se atacan las causas. Sólo hay que mirar la pirámide demográfica.

Publicar en internet: derechos y deberes

CONSUMO

PUBLICAR EN INTERNET: DERECHOS Y DEBERES

La persona que comete plagio puede ser condenada hasta a cuatro años de prisión.
Los medios digitales abren un mundo de posibilidades de colaboración, de intercambio de ideas, de inspiración y de formas de compartir contenidos y recursos en red entre creadores de diferentes ámbitos. Sin embargo, esos mismos medios son un campo abierto para aquellas personas sin escrúpulos que se dedican a plagiar y a apropiarse de los trabajos ajenos.

MARIÁN LEZAÚN,

Si bien es cierto que en España no es obligatorio registrar la propiedad intelectual, cuando se publica de manera profesional, conviene hacerlo y evitar problemas. Se trata, al fin y al cabo, de garantizar que nuestras publicaciones tengan el fin que queramos darles.

Desde la llegada de internet y las redes sociales a la vida cotidiana de los ciudadanos, la necesidad de protección de los datos y el trabajo se ha agudizado. Publicar en internet es demasiado sencillo. Tanto que, en ocasiones, nos olvidamos de las consecuencias que eso puede tener si no tomamos las medidas oportunas. Por eso conviene revisar las recomendaciones de los expertos sobre qué, cómo y cuándo publicar determinados contenidos y no subir a la Red lo primero que se nos ocurra. Es la mejor manera de defender nuestros derechos, recogidos en la Carta de los Derechos Digitales que, desde el año pasado, busca proteger la intimidad de las personas y sus derechos, de la misma manera que se hace en el mundo real.

 


AUNQUE EN ESPAÑA NO ES OBLIGATORIO REGISTRAR LA PROPIEDAD INTELECTUAL, CONVIENE HACERLO PARA EVITAR PROBLEMAS


 

Pautas a seguir

Así, si queremos escribir o subir información en internet (textos, fotos, ilustraciones y contenido audiovisual), los expertos de la Oficina de Seguridad Informática (OSI) aconsejan seguir una serie de pautas para proteger nuestros datos personales y también nuestra reputación online. No hay que olvidar que la huella que dejamos en la Red es también nuestra carta de presentación futura y la que hace que seamos más o menos apreciados en el sector en el que trabajamos. Además, en ocasiones, los autores de blogs especializados, canales audiovisuales y cuentas de redes sociales no son conscientes del impacto de sus publicaciones, que pueden ser plagiadas y no siempre con fines lícitos. Por eso, es necesario prestar mucha atención a todo lo que publicamos bajo nuestro nombre, y sobre todo, debemos reconocer siempre la propiedad intelectual de los contenidos que compartimos. De igual forma, en la OSI recomiendan prestar atención a las normas y regulaciones del contenido para no cometer ninguna ilegalidad. Es decir, si usamos obras o creaciones de otra persona, debemos citarla o hacer una referencia, al igual que ocurre con los trabajos académicos. No obstante, existen un conjunto de licencias de derechos de autor que permiten copiar, distribuir, editar e incluso desarrollar contenido, siempre dentro de los límites de la propiedad intelectual y de manera gratuita. Son lo que se conoce como Creative Commons (CC), aunque hay otras organizaciones que las emiten. De hecho, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) lanzó un servicio en línea con el mismo objetivo.

 

La propiedad intelectual

En España, la propiedad intelectual viene regulada en la Ley de Propiedad Intelectual y su protección corresponde al Registro de la Propiedad Intelectual, dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte. La clave son los derechos que tiene el autor sobre su obra desde el momento en el que la crea. Por tanto, el hecho de registrar las obras simplemente servirá como medio de prueba de esa autoría. Así, se considera que estamos ante un caso de plagio online cuando se utilizan textos o contenidos audiovisuales de una página sin el permiso del autor y sin ni siquiera mencionar la fuente de la que proceden esos contenidos.

 


DEBEMOS RECONOCER SIEMPRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS CONTENIDOS QUE COMPARTIMOS


 

“Nuestras publicaciones, ya sean en papel o en digital se pueden depositar en el registro de propiedad intelectual (central o regional), explican desde CEDRO, la asociación que engloba a autores y editores de libros, revistas y otras publicaciones en cualquier soporte. “Este registro no es obligatorio, pero sí conveniente para acreditar la titularidad de derechos sobre una publicación. En CEDRO hemos puesto a disposición de nuestros socios un servicio de registro de obras, gratuito, que está disponible en línea. Con el registro de CEDRO se obtiene un certificado que acredita la existencia de una obra en un determinado momento. De esta manera, los autores se aseguran que podrán denunciar la difusión o publicación de sus obras, independientemente de que se haya registrado legalmente. “Si alguien explota nuestras obras sin nuestro consentimiento podremos perseguirlo, solicitando la cesación e incluso una indemnización, aunque no hayamos registrado nuestras obras, porque el registro no es constitutivo de derechos”, reconocen.

 


ES BUENO CONOCER LAS RECOMENDACIONES DE LOS EXPERTOS SOBRE QUÉ, CÓMO Y CUÁNDO PUBLICAR DETERMINADOS CONTENIDOS


 

¿Dejamos de ser los propietarios de esos contenidos en algún momento? Según explica la portavoz de CEDRO “nunca dejamos de ser propietarios de nuestras obras”. Sin embargo, “si subo mis creaciones a una plataforma o redes sociales administrada por una empresa o un tercero, debo leer sus términos y condiciones porque en ocasiones incluyen cesiones de derechos a su favor sobre las obras que allí comparto”.

En cuanto al castigo por cometer plagio, hay que tener en cuenta sobre todo la intencionalidad del hecho. Según el Código Penal, quien cometa este delito puede ser condenado hasta a cuatro años de prisión. Pero para que sea delito, el autor debe de haber registrado el contenido y el plagiador haber obtenido algún beneficio. En el ámbito académico, el plagio supone un suspenso, la pérdida de un título y, sobre todo, el descrédito profesional.

Que conste en acta

Si eres escritor o creador informático, por ejemplo, los notarios pueden ayudarte a proteger tus obras sí las depositas ante ellos. El notario que elijas redactará un acta notarial de manifestaciones, que es un documento público, en la que dirá que en determinada fecha le hiciste entrega de una/s obra/s que asegurabas haber escrito o creado. El notario no da fe de esa autoría, pero ese acta puede resultar determinante en un proceso judicial si alguien se atribuye su autoría o te la discute. Es una opción muy recomendable para aquellos autores que están en constante renovación, con blogs o páginas web, y también para los creadores de programas y aplicaciones informáticas.

Herramientas para perseguir a los plagiadores

Si no quieres que las obras originales (textos, fotos, ilustraciones o música, etc.) que subes a internet sean utilizadas por cualquier persona y sin hacer referencia a tu autoría existen diferentes herramientas para asegurarte de que eso no ocurra. Muchas de estas herramientas son, además, gratuitas y fáciles de manejar. Son rastreadores de contenido que permiten ver qué se ha plagiado y también en qué cantidad. Una herramienta muy útil para profesores y que se puede utilizar en cualquier ámbito. Entre las gratuitas destaca Docode o Copyscape, aunque también con Google Academics se pueden realizar este tipo de búsquedas.

Para saber más

Carta de Derechos Digitales: El Gobierno adoptó el año pasado este compromiso que iguala los derechos de los ciudadanos y consumidores tanto en el ámbito real como en el digital.

Unión Europea: A pesar de que los derechos de propiedad intelectual e industrial (DPII) se rigen por las diferentes legislaciones nacionales e internacionales, también están sujetos al Derecho de la Unión

«La imagen personal: derecho constitucional autónomo y dato protegido», por Olga Ruiz Legido

CONSUMO

OLGA RUIZ LEGIDO,

Presidenta FACUA

 

"El derecho a la propia imagen ha sido protegido preferentemente incluso cuando entra en colisión con otros derechos constitucionales"

La imagen personal: derecho constitucional autónomo y dato protegido

Internet ha dado lugar a un nuevo espacio público amplificado en el que es fácil perder el control sobre elementos y derechos del ámbito privado. En esta gran ágora digital, las redes y plataformas sociales son herramientas habituales de comunicación y contacto de millones de personas que comparten y difunden a través de ellas imágenes, contenidos y datos relativos a su esfera privada y que una vez subidos a la Red quedan expuestos al uso de terceros.

¿Pierde el usuario el derecho a decidir sobre su propia imagen una vez que la expone en internet? ¿El derecho a decidir sobre su propia imagen, y sobre el uso que se da a la misma, queda restringido o anulado cuando se comparte y difunde a través de una red social?

La imagen de una persona entra en el ámbito de lo que se denominan derechos de la personalidad: derecho al honor, a la imagen y a la intimidad personal y familiar. Son derechos reconocidos en el artículo 18.1 de la CE, Título I “De los derechos y deberes fundamentales”, y están desarrollados en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, que considera como intromisión ilegítima el captar, reproducir o difundir imágenes de una persona en cualquier momento o lugar de su vida privada sin su consentimiento o autorización.

El Tribunal Constitucional, a través de su jurisprudencia, ha venido además configurando el derecho a la imagen como un derecho autónomo, desligado por tanto del derecho al honor y a la intimidad y reconociéndole una protección específica frente a reproducciones y usos ilegítimos, aunque estos no lesionen el honor o buen nombre de la persona afectada ni comprometan su intimidad o vida privada (STC 139/2001, de 18 de junio).

El derecho a la propia imagen ha sido protegido preferentemente incluso cuando entra en colisión con otros derechos constitucionales como el derecho a la información. Así, el Tribunal Constitucional ha tenido ocasión de pronunciarse al respecto, ponderando ambos derechos y garantizando prevalentemente el derecho a la propia imagen en la STC 27/2020, de 24 de febrero, estableciendo que los medios de comunicación no pueden publicar imágenes de un usuario sacadas de sus redes sociales sin su consentimiento expreso.

En esta sentencia, el Constitucional confirma la condena del Tribunal Supremo al periódico La Opinión de Zamora por haber publicado en una portada una fotografía del perfil de Facebook de un hombre para ilustrar un suceso del que fue víctima. El Alto Tribunal sopesa el derecho a comunicar libremente información veraz por cualquier medio, pero considera que en este caso no se dan los requisitos para la prevalencia de este último: la imagen publicada no era de interés público y carecía de relevancia para la información que se quería transmitir.

La sentencia, además, incide en el impacto que las redes sociales y las nuevas tecnologías pueden tener en el derecho a la imagen, ya que los usuarios se han convertido en sujetos colaborativos, que interactúan y que ponen en común en redes de confianza […] todo tipo de imágenes, información, datos y opiniones, ya sean propios o ajenos.

En este sentido, el Tribunal Constitucional afirma que este hecho innegable puede suponer que algunos contornos de los derechos fundamentales al honor, a la intimidad y a la propia imagen queden desdibujados, y que el funcionamiento de las redes sociales puede suponer una pérdida de control de la información suministrada por el propio usuario pero, advierte el Constitucional: los usuarios continúan siendo titulares de derechos fundamentales y su contenido continúa siendo el mismo que en la era analógica. Afirma así que el reconocimiento constitucional de los derechos fundamentales comprendidos en el artículo 18 de la Constitución conlleva la potestad de la persona de controlar los datos que circulan en la red social.

Toda persona dispone de la facultad exclusiva de determinar cuándo, cómo, por quién y en qué forma quiere que se capten, reproduzcan o publiquen sus imágenes, controlando el uso que por terceros pudiera darse e impidiendo, si así lo considera, su captación, reproducción y publicación por cualquier procedimiento mecánico o tecnológico, si no cuenta con el consentimiento expreso de aquella.

La imagen constituye también un dato de carácter personal, según la definición dada en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), toda vez que estamos ante información sobre una persona física que permite su identificación a través de características físicas intransferibles y que posibilitan además diferenciarla de otra.

Así, las imágenes, tanto fotos como vídeos, son datos personales cuya difusión y uso en servicios de internet por parte de terceros cuenta también con la protección reforzada del 18.4 de la CE al establecer que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Por ello, su tratamiento debe disponer del consentimiento o la autorización del titular para poder tratarlas y usarlas, ya que de no ser así supondría una vulneración sancionable del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

La Agencia de Protección de Datos presta tutela administrativa en estos casos, habiendo ya sancionado en numerosas ocasiones a particulares por usar, grabar y compartir imágenes de terceros sin su consentimiento a través de redes sociales y plataformas de contactos. Especialmente protegidas están las imágenes de menores, estableciéndose en la LOPDGDD que un menor de 14 años ni siquiera está facultado para autorizar o consentir el tratamiento de sus datos.

La tutela del derecho a la imagen personal puede articularse por tanto a través de distintas vías jurídicas, que permiten perseguir, evitar y, en su caso, resarcir al perjudicado por el uso de imágenes usadas sin consentimiento o sin autorización en internet, y más concretamente en redes y plataformas sociales. Corresponde a la persona afectada por el uso no consentido optar por aquellas que mejor salvaguarda ofrezcan a sus derechos, teniendo en consideración que su decisión inicial de compartir fotografías o vídeos con su imagen en internet no presume su autorización ni dar carta blanca para su uso arbitrario por terceros.

Cómo localizar un seguro de vida

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Cómo localizar un seguro de vida

En el año 2021 la compraventa de viviendas subió un 38,1%, según los datos del Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN).
En España, más de 20 millones de personas cuentan con un seguro de vida, según UNESPA, la patronal del sector. De estos, un 20% están ligados a hipotecas, ya que el seguro permite saldar la deuda en caso de fallecimiento prematuro del titular del préstamo.

MARÍAN LEZAÚN,

Es recomendable conocer de antemano qué debemos hacer cuando el titular de un seguro fallece y tener en cuenta las características principales de estos productos: cómo pueden los descendientes saber si el fallecido tenía o no un seguro de vida, cómo hay que cobrarlo o si se heredan.

Y es que, cuando alguien cercano fallece, además del duelo y lo que este supone, debemos abordar una serie de trámites que no siempre tenemos claros. Conocer cuáles han sido las últimas voluntades del fallecido, reconocer los bienes que componen su herencia y saber si tenía o no un seguro de vida, son algunos de ellos. “También es importante informar a la familia sobre otros seguros de vida que puedan existir, como los ligados a la tarjeta de crédito o a un colegio profesional”, advierten en Unespa.

En el caso del seguro de vida riesgo, las dudas suelen ser habituales porque una vez fallecido el tomador, los herederos no siempre están informados de la existencia de ese producto. Para evitar que el capital se pierda, hay que solicitar información en el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, informa Virginia Calderón, subdirectora de desarrollo de negocio vida individual de la compañía MAPFRE. Según explican en Unespa, quedan excluidos los seguros en los que coincidan tomador y beneficiario, los suscritos con mutualidades de previsión social y los que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores.

Respecto al volumen de seguros que quedan sin reclamar, no parece que sea muy grande, según los expertos. “Es cierto que hay seguros en los que no reclama ningún beneficiario y de los que la compañía no tiene conocimiento del fallecimiento del asegurado, por tanto, no sabemos si se ha quedado sin cobrar. En el caso de seguros en los que el asegurado estaba cobrando una renta periódica, las entidades sí pueden conocer, a través del Índice Nacional de Defunciones, los asegurados fallecidos, con el objetivo de suspender su pago. Pero este registro es de reciente creación, por lo que no disponemos de datos concretos sobre aquellos seguros que hayan prescrito por no recibir comunicación de los posibles beneficiarios”, explica Calderón.

 


ES IMPORTANTE INFORMAR A LA FAMILIA SOBRE LOS SEGUROS QUE HEMOS CONTRATADO


 

¿Quiénes son los beneficiarios de un seguro de vida?

Pues todo depende de las intenciones que tuviese el tomador cuando realizó la firma, aseguran fuentes del sector. A la hora de contratar la póliza, el tomador deberá dejar claro quiénes son los beneficiarios de la misma. Lo más común es hacerlo en el mismo momento de la contratación, aunque también se pueden hace cambios futuros. El asegurado podrá elegir a la persona que recibirá el dinero e incluso repartirlo como considere oportuno. En caso de que no se haya designado a los beneficiarios, el dinero del seguro irá a parar a los herederos. Por eso, lo recomendable es indicar los beneficiarios en el mismo momento de la contratación. Un fallecimiento prematuro, por ejemplo, puede provocar que la voluntad del titular sobre quién va a recibir el dinero no se plasme en la ejecución del seguro. Así, es necesario indicar que lo expuesto en la póliza podrá ser modificado por un testamento ante notario para que la voluntad prevalezca, aunque en el seguro se haya pactado algo totalmente diferente.

 

¿Cualquier familiar del fallecido puede consultarlo?

Para obtener el Certificado del Registro de Contratos de Seguros no es necesario ser un familiar directo. Puede solicitarlo cualquier persona interesada en obtener dicha información, ya que se trata de un servicio público. “Para hacer esta gestión deberán presentar documentación oficial, como el Certificado Literal de Defunción del Registro Civil y cumplimentar la tasa administrativa 790, en la que se solicita información que, normalmente, conoce tan solo la familia del fallecido”, explica Calderón. Por su parte, “el registro ofrece datos identificativos sobre la persona asegurada, datos de la compañía aseguradora y la información relativa al contrato del seguro”, añaden en Unespa.

 


PARA SABER SI NUESTRO FAMILIAR TENÍA CONTRATADO UN SEGURO HAY QUE CONSULTAR CON EL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO


 

¿Qué pasos hay que dar para poder cobrarlo?

En caso de conocer que el familiar efectivamente tiene un seguro de vida, en el certificado del Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento se informará de la compañía aseguradora con la que lo tenía contratado, siendo los propios familiares quienes deben contactar con la compañía para iniciar los trámites.

¿Qué documentación se necesita?

Una vez se tenga el certificado expedido en el registro, que demuestra que el fallecido tenía un seguro, sólo es necesario acudir a la aseguradora y preguntar si se es beneficiario. En caso de que así sea, podrá cobrar la indemnización.

¿Cuándo se rescata el seguro de vida?

El seguro de vida no se cobra de manera inmediata. Esa es una gran diferencia con el seguro de decesos, por ejemplo. No se puede tener en cuenta para, por ejemplo, pagar los gastos del sepelio que son mucho más inmediatos. De hecho, normalmente existe un plazo de hasta siete días para comunicar el fallecimiento al asegurador.

¿Existe un plazo máximo para reclamar el pago?

El artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro fija un plazo de cinco años hasta su prescripción para reclamar los seguros de daños a las personas, como los de vida, accidentes o enfermedad, siempre y “cuando no exista dolo o mala fe” en el hecho de no haber reclamado en el plazo correspondiente. Por ejemplo, en el caso de desconocer que el asegurado tenía suscrito un seguro de vida y haber dado con él una vez fallecido.

No todos los seguros de vida son iguales

El mercado ofrece varias opciones de seguros de vida. Cada consumidor puede elegir en función de las cargas familiares que tenga, de si tiene o no una hipoteca, de la edad o de los riesgos que se quieren cubrir. Dentro de la rama de seguros de vida podemos encontrar tres tipos de producto: los de vida riesgo, los de vida ahorro (existen varias opciones) y los mixtos. Se trata de limitar cuál será el destino del capital aportado y establecer las primas a pagar. Cuánto más alta sea la prima, más alto será el capital asegurado. En el caso de los seguros de vida ahorro, la ventaja es que el capital puede recuperarse en forma de rentas y que pueden ligarse a productos financieros que aumenten el capital. Según los expertos, no existe un capital mínimo para asegurar, aunque en cualquier caso se recomienda que represente al menos cinco años de salario íntegro. En ningún caso se debe confundir un seguro de decesos, cuya finalidad es únicamente cubrir los gastos derivados del fallecimiento del tomador.

¿Me puede ayudar un notario?

El interesado, con ocasión del otorgamiento de una escritura de adjudicación de herencia (a la que es obligatorio adjuntar dicho certificado) puede solicitar al notario que obtenga en su nombre, de forma telemática, el certificado del Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Al ser obligatorio aportar dicho documento en la escritura de adjudicación de herencia, se garantiza que los familiares tengan conocimiento de si el difunto tenía contratado algún seguro de esta naturaleza.

Por si las dudas:

Unespa: La patronal del sector asegurador ofrece información sobre los pasos que hay que dar para hacer una consulta en el Registro de seguros, así como guías sobre buenas prácticas de las compañías que operan en el ramo de vida

Pasos a seguir: La web especializada Mundo Jurídico aborda este tema y nos da las claves para poder rescatar un seguro de vida de la manera más eficaz

Registro de seguros: Desde el año 2005 existe en España el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, dependiente del Ministerio de Justicia y que obliga a las aseguradoras que operan en España a registrar toda la información relativa a los productos contratados por sus clientes