Actualidad de los Colegios Notariales – Madrid

COLEGIOS NOTARIALES

MADRID

Charla sobre El buen morir. En la mesa, de izda. a dcha.: Manuel Martínez-Sellés, Rubén Amón y Vicente Bellver.

‘Lunes de Actualidad’

En los meses de marzo y abril, el Colegio Notarial de Madrid organizó nuevas sesiones del foro Lunes de Actualidad. El primero de los encuentros estuvo protagonizado por el coronel José María Pardo de Santayana, que ofreció una ponencia sobre las claves para entender las alianzas internacionales y el estancamiento de los conflictos en un «mundo en guerra». Pardo de Santayana acudió a la sede del colegio notarial para exponer los últimos acontecimientos bélicos desencadenados en el este de Europa y en Oriente Medio, analizando particularmente el enfrentamiento entre Rusia y Estados Unidos, el papel de China e India en esta pugna y los distintos y posibles escenarios de futuro y su impacto en nuestro país.

La segunda cita de los Lunes de actualidad articuló un debate en torno a los derechos y cuidados al final de la vida. El cardiólogo Manuel Martínez- Sellés, presidente del Colegio de Médicos de Madrid; el catedrático Vicente Bellver, profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia; y el periodista y escritor Rubén Amón, debatieron sobre El buen morir. Los ponentes hablaron de cómo humanizar la muerte para dignificar la vida; de los distintos contextos sociosanitarios que ha desplegado Europa, del marco jurídico que ampara en España una muerte digna, de los protocolos médicos que garantizan los cuidados paliativos en España y de los claroscuros

Eva Fernández de Medina y Álvaro Fernández Piera.
Alfonso Madridejos durante su intervención.
Carmen Boulet en el foro Madrid te asesora.

‘Madrid te asesora’

El pasado 6 de marzo el Colegio Notarial de Madrid inauguró, en su sede, el ciclo Madrid te asesora. Especial empresas, un proyecto conjunto del Ayuntamiento de Madrid y el Notariado madrileño, orientado a emprendedores, pymes y comerciantes. En la primera sesión intervino la directora general de Comercio, Hostelería y Consumo del Consistorio, Concha Díaz de Villegas, a la que acompañaron los notarios Pedro Armas y Álvaro Fernández Piera. La segunda sesión corrió a cargo de Carmen Boulet, que habló sobre El asesoramiento notarial a lo largo de la vida de la empresa. El ciclo, de periodicidad mensual, está dedicado, entre otras muchas cosas, a la expansión e internacionalización de la empresa, su financiación, la empresa familiar, la mediación y el arbitraje.

Por otro lado, en los meses de marzo y abril se celebraron las sesiones habituales de Madrid te asesora para ciudadanos, con las charas ofrecidas por los notarios Manuel Lora-Tamayo, quien detalló el marco jurídico de la discapacidad; Alfonso Madridejos, que explicó la importancia y el alcance de los poderes notariales; y Eva Fernández de Medina y Álvaro Fernández Piera, que señalaron las diferencias nacionales y autonómicas de la regulación que ampara a los matrimonios y las parejas de hecho.

En los próximos meses participarán en este foro la vicedecana del Colegio Notarial de Madrid, Concepción Pilar Barrio del Olmo, y los notarios Pedro Armas y Teresa Losada.

El notario Ricardo Cabanas.
Segismundo Álvarez en la Academia.
Eduardo Hijas durante su conferencia.

Prácticum de la Universidad Autónoma

La Academia Matritense del Colegio Notarial de Madrid organizó durante los meses de marzo y abril diversas conferencias, impartidas por los notarios Segismundo Álvarez, Eduardo Hijas y Ricardo Cabanas, y la catedrática de Derecho Mercantil, Juana Pulgar.

Tanto Juana Pulgar como Segismundo Álvarez disertaron sobre el nuevo régimen jurídico de las modificaciones estructurales, que transpone la Directiva UE 2019/2121 sobre transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas y ofrece a España un nuevo marco jurídico para las modificaciones estructurales de las sociedades ya constituidas. Ambos ponentes ofrecieron miradas diferentes, pero complementarias, sobre este tema. Así, mientras Pulgar, que presidió el grupo de juristas que trabajaron en el seno de la Comisión General de Codificación la transposición de esta directiva, dedicó su intervención a apuntalar las novedades de la ley, Segismundo Álvarez fue más allá y en tono crítico desentrañó las dificultades de interpretación, y en consecuencia de aplicación, que ofrece la norma.

Tras ilustrar su conferencia con numerosos ejemplos, Álvarez dedicó la última parte de su charla a recordar el difícil equilibrio en el que se mueven los notarios, garantes de la legalidad y operadores necesarios, cuando de lo que se trata es de favorecer la actividad mercantil. El notario de Madrid parafraseó al reputado jurista Juan Vallet de Goytisolo, citando que «la ley no es sólo un dique sino también un cauce», y apuntó que los notarios deben seguir trabajando para que las escrituras públicas que recogen las modificaciones estructurales societarias sean «autopistas limpias y rectas y no carreteras llenas de agujeros y plagadas de advertencias». De igual manera, Álvarez reconoció que la complejidad de estas operaciones y las deficiencias de la ley «van a obligar a tender puentes para que los nuevos negocios jurídicos lleguen con todas las garantías a buen puerto». Finalmente, insistiendo en la importancia de favorecer los negocios jurídicos, concluyó: «No olvidemos que, aunque la seguridad jurídica es el marco, el propósito último siempre es garantizar la justicia y la libertad».

También en el mes de abril, los notarios Eduardo Hijas y Ricardo Cabanas ofrecieron sendas conferencias en la Academia Matritense del Notariado. En su intervención, Hijas habló sobre la opción de compra, su regulación, operativa y régimen fiscal, así como de su transmisión, revocación, garantías y prohibiciones. Esta opción jurídica, enmarcada dentro de los denominados precontratos o contratos preparativos, tiene como principal característica su vinculación con un compromiso de venta de un inmueble, en un tiempo estipulado y con unas condiciones preestablecidas. Por su parte, Ricardo Cabanas abordó la irrupción del Derecho concursal en el societario, un cambio ligado a la nueva cultura de la insolvencia, centrada en preservar la empresa y no en liquidarla.

Academia Matritense del Notariado

El notario Segismundo Álvarez ofreció el pasado 15 de abril una charla de orientación a los alumnos de Derecho, y de las dobles titulaciones en Derecho y ADE o Políticas, de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) que desarrollarán sus prácticas en las notarías madrileñas, en el marco del convenio entre el Colegio Notarial de Madrid y la UAM. Álvarez explicó a los alumnos qué tareas realizarán en las notarías y resolvió sus dudas sobre la función notarial, la labor jurídica y social de los notarios y el acceso por oposición.

Segismundo Álvarez (de pie) con los alumnos de la UAM.

Actualidad de los Colegios Notariales – País Vasco

COLEGIOS NOTARIALES

PAÍS VASCO

De izda. a dcha.: Javier Oñate, Andrés Urrutia, Ignacio de Miguel, Diego Granados y Mario Martínez de Butrón; sentadas, Cristina García Ramos, Milena Moreno y Elisa Castro, todos ellos notarios.

El futuro del Derecho Civil vasco

Dentro de las actividades conmemorativas del 20 aniversario de la Academia Vasca de Derecho (AVD-ZEA), el pasado 6 de marzo se celebró la III Jornada sobre Derecho Privado, bajo el título Claves profesionales de futuro en el Derecho Civil vasco, en la sede del Colegio de la Abogacía de Bizkaia (ICAB), en Bilbao. Además de la AVD-ZEA y la Abogacía vizcaína, participaron en la organización de la jornada el Instituto Vasco de Administración Pública y el Colegio Notarial del País Vasco, en colaboración con los registradores de Euskadi.

El decano del colegio notarial vasco, Diego Granados, tomó la palabra en la apertura de la jornada, junto a la decana del ICAB, Maite Morillo; y el presidente de la AVD ZEA, Andrés Urrutia. Este último intervino en el primer panel de juristas, dedicado a las sucesiones y moderado por Granados, para hablar sobre el futuro de la legítima vasca. También participaron en este panel el notario Mario Martínez de Butrón, quien ofreció la ponencia La sucesión, el testamento hil buruko y el testamento mancomunado en una sociedad cambiante; y los abogados Jesús Javier Fernández de Bilbao y José Miguel Gorostiza. El segundo panel fue moderado por Elixabete Piñol, abogada y miembro de la junta directiva de la AVD-ZEA, y estuvo dedicado a aspectos relacionados con las parejas de hecho y las personas con discapacidad. Las ponencias corrieron a cargo de los abogados Nerea Sologaistua, Oscar Monje, Kepa Ayerra y Rafael Armesto. Ya en la sesión de tarde se abordaron las propuestas legislativas de mejora a la luz de la doctrina, la práctica profesional y la jurisprudencia sobre Derecho Civil vasco, desde las diferentes perspectivas profesionales. Con la moderación de la abogada Nieves Paramio, intervinieron el magistrado del TSJ del País Vasco, Francisco de Borja; el registrador Gonzalo Olmos; el abogado Gontzal Aizpurua; y el notario Javier Oñate. Finalmente, la abogada Alkain Oribe fue la encargada de poner el cierre exponiendo las principales conclusiones de la sesión.

Portada del quinto título de la colección Minor Bilduma.

Publicaciones de Derecho

El Colegio Notarial del País Vasco, la Academia Vasca de Derecho (AVD-ZEA), el Instituto Vasco de Administración Pública y la agencia Thomson Reuters publicaron en el mes de febrero una nueva edición del Código Civil, actualizado a 31
de diciembre de 2023, con sendos índices analíticos castellano-euskera y euskera castellano que complementan el texto normativo.

También, en el mes de abril, se publicó el quinto título de la colección Minor Bilduma, titulado El recurso de casación y el Derecho civil vasco, escrito por el magistrado Manuel Ayo con prólogo de Iñaki Subijana, presidente del Tribunal Superior de Justicia vasco. Esta colección, que edita el Colegio Notarial del País Vasco, la Academia Vasca de Derecho y la editorial Dykinson, está coordinada por el presidente de la AVD-ZEA, Andrés Urrutia, y el periodista Álex Oviedo.

Diego Granados (en el centro) junto al presidente y el secretario del Club, Diego Ruiz (izda.) y Jorge Ibáñez (dcha.), respectivamente.

‘Testamentos, herencias, poderes y revolución digital notarial’

En el marco de las actividades culturales que desarrolla el Club Cantábrico de San Sebastián, el decano del Colegio Notarial del País Vasco, Diego Granados, impartió el pasado 17 de abril una charla-coloquio titulada Testamentos, herencias, poderes y revolución digital notarial.

Actualidad de los Colegios Notariales – Navarra | Extremadura | Murcia | Baleares

COLEGIOS NOTARIALES

NAVARRA | EXTREMADURA | MURCIA | BALEARES

De izda. a dcha.: Javier Urrutia, Alfredo Aldaba y María Luisa Salinas.

Digitalización de actuaciones notariales

El Colegio de Abogados de Pamplona organizó una sesión de formación en el mes de febrero en la que el decano del Colegio Notarial de Navarra, Alfredo Aldaba, impartió la conferencia titulada Digitalización de actuaciones notariales y registrales. Ley 11/2023 de 8 de mayo. El decano, acompañado por la notaria María Luisa Salinas y el vicedecano del colegio de abogados, Javier Urrutia, explicó los nuevos servicios online que prestan los notarios en la Sede Electrónica Notarial, a través del Portal Notarial del Ciudadano, como la legitimación de firmas electrónicas, la obtención de copias electrónicas de las escrituras públicas y las autorizaciones y otorgamientos por videoconferencia.

De izda. a dcha.: Carlos del Solar, Samantha Reynolds, Ángel Martínez Gutiérrez y Federico Moncunill.

El notario Carlos del Solar intervino el pasado 13 de marzo en la mesa redonda sobre Cuestiones jurídicas alrededor de las denominaciones de origen, enmarcada dentro del II Curso de Derecho Agrario y Ganadero Iberoamericano. Esta formación, organizada por la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste y el Consejo General del Poder Judicial, en colaboración con el Colegio Notarial de Extremadura, tuvo lugar a lo largo de dos jornadas en la localidad extremeña de Jarandilla de la Vera.

El curso contó con la participación de numerosos representantes institucionales y de las autoridades judiciales. Particularmente, el notario Carlos del Solar estuvo acompañado en su mesa por el secretario de la asociación Origen España, Federico Moncunill; el catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Jaén, Ángel Martínez Gutiérrez; y la magistrada Samantha Reynolds, quien modero el diálogo.

Festividad de San Juan Evangelista

El Colegio Notarial de Navarra celebró el pasado 20 de abril los actos conmemorativos de la festividad de San Juan Evangelista, patrón de los notarios. Cerca de 40 personas, entre notarios, miembros de la junta directiva del colegio notarial y personalidades invitadas, compartieron una misa en la Capilla Penitencial de la Iglesia de San Antonio de Pamplona y, posteriormente, un almuerzo. Entre los asistentes: Alfredo Aldaba, decano del colegio notarial navarro; José Manuel Fernández, vocal del Consejo General del Poder Judicial; Joaquín Galve, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra; Javier Urrutia, vicedecano del Colegio de Abogados de Pamplona; Jaime Ubillos, decano del Colegio de Procuradores de Navarra; Enrique Azparren, abogado del Estado; y Mercedes Galán, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Navarra.

Foto del encuentro.

Reunión con la Administración de Justicia

El pasado 11 de abril se celebró en la sede del Colegio Notarial de Murcia una reunión entre el Notariado y los letrados de la Administración de Justicia encargados de los registros civiles en la Región de Murcia, para intercambiar impresiones sobre materias comunes en el ámbito de la colaboración entre ambos organismos. En la sesión participó Carmen Rodríguez, decana del colegio notarial murciano.

Modificaciones estructurales de sociedades

El Colegio Notarial de las Islas baleares celebró en el mes de marzo un nuevo seminario, impartido por el notario Carlos Jiménez Gallego, sobre los cambios normativos y las novedades de interés notarial para los colegiados. En esta sesión se debatió sobre la regulación del traslado internacional de domicilio bajo el paraguas de la nueva normativa de modificaciones estructurales de sociedades, y también sobre la capacidad del otorgante, en el marco de las consideraciones de la Ley 8/2021, de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

CNUE | Reuniones

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE | REUNIONES

Asamblea General del CNUE
De izda. a dcha.: Álvaro Lucini, José Carmelo Llopis y María Jesús Mazo.

El Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) celebró en Bruselas, a mediados de marzo, su primera Asamblea General de 2024, en la que se debatieron algunos de los temas de interés reciente en el ámbito europeo, como el paquete legislativo -actualmente en discusión- para la protección transfronteriza de los adultos, y comentaron el resultado de las negociaciones sobre las medidas a implementar en materia de prevención del blanqueo y digitalización del Derecho de sociedades.

Por parte del Notariado español participaron en el encuentro el presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz; el delegado del CGN para el CNUE, Álvaro Lucini; el delegado de Nuevas Tecnologías del CGN, José Carmelo Llopis; y la asesora económica de la institución. María Jesús Mazo.

Encuentro con el Notariado italiano

A finales del mes de febrero tuvo lugar una reunión en Barcelona entre los Notariados español e italiano, y sus respectivos centros tecnológicos, para abordar cuestiones relacionadas con el desarrollo tecnológico. Por parte del Consejo General del Notariado (CGN) asistieron el presidente, José Ángel Martínez Sanchiz; el delegado para el Consejo de Notariados de la UE, Álvaro Lucini; el delegado de Nuevas Tecnologías, José Carmelo Llopis; y el decano del Colegio Notarial de Cataluña, José Alberto Marín.

En representación del Centro Tecnológico del Notariado participaron el director general, Alberto Martínez Lacambra; el director de Internacional, Marcos Ruiz; el director de Negocio, Carles Llach; y el director de Seguridad e Innovación, Enric Hernández. Y por parte del notariado italiano y su sociedad informática (Notartel), intervinieron el consejero nacional del Consiglio Nazionale del Notariato (CNN), Vicenzo Gunnella, -también presidente de Notartel-; Raimondo Zagami, miembro de la Comisión de Informática del CNN; y Pasquale Starace, director general de Notartel; entre otros consultores y directores de área.

Red Notarial Europea

A finales de abril, la Red Notarial Europea (RNE) organizó un seminario sobre la Protección Transfronteriza de Adultos Vulnerables y una reunión de trabajo en la sede del notariado belga, en Bruselas, que reunió a notarios y expertos jurídicos para profundizar en este asunto, entre ellos, el interlocutor para España de la RNE, Roberto Follía. Además de este seminario, la Federación Belga de Notarios celebró su Fednight, un evento anual en el que se congregan notarios, autoridades políticas y representantes institucionales de la UE y que contó con la participación del ministro de Justicia belga, Marie Vautravers.

José Carmelo Llopis, en el centro, reunido con la delegación filipina.
Reunión con la delegación de Filipinas
En marzo, el delegado de la sección de Nuevas Tecnologías del Consejo General del Notariado, José Carmelo Llopis, se reunió en el Colegio Notarial de Valencia con una delegación del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Filipinas y el consulado filipino en España, representado por su cónsul en la Comunidad Valenciana, Manuel Carrión, para dialogar sobre la implementación de la apostilla electrónica.
Visita del Notariado alemán

El pasado 16 de abril visitaron la sede del Consejo General del Notariado (CGN) los representantes de la Cámara Federal de Notarios de Alemania (Bundesnotarkammer) para mantener un encuentro de trabajo en el marco de la cooperación y estrecha colaboración que mantienen ambas instituciones notariales en el ámbito europeo.

Los presidentes de los Notariados español y alemán, José Ángel Martínez Sanchiz y Jens Bormann, respectivamente, lideraron la reunión bilateral, en la que también participaron el delegado del CGN para el CNUE, Álvaro Lucini; el delegado de Nuevas Tecnologías del CGN, José Carmelo Llopis; y el consejero de la UINL, Enrique Brancós; así como los representantes del Notariado alemán: Richard Bock, Larissa Oebel y Lovro Tomasic.

UINL | Conferencias

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE | REUNIONES

En el encuentro, mesa presidida por Lionel Galliez (en el centro).
Comisión de Asuntos Americanos

A mediados de abril se reunieron en República Dominicana los representantes de los 22 países que conforman la Unión Internacional del Notariado (UINL) para tratar los principales asuntos relativos al Notariado de América, durante la 111ª Sesión Plenaria de la Comisión de Asuntos Americanos. Al mismo tiempo se celebró el VII Congreso Nacional del Notariado Dominicano, organizado por el Colegio Dominicano de Notarios.

En representación del Notariado español participaron los consejeros de la UINL y delegados de Consejo General del Notariado para América y África -respectivamente-, Alfonso Cavallé y José Ignacio González Álvarez; y la consejera de Relaciones Internacionales del CGN, María Luisa Pacheco.

En el encuentro, el presidente de la UINL, Lionel Galliez, expuso las prioridades de su mandato: influir en las organizaciones internacionales, ampliar las competencias notariales mediante la formación y la desjudicialización, y adoptar un código internacional para los notarios que permita generar un marco de referencia para conseguir reformas que apoyen el desarrollo de la función notarial.

Participantes en el webinar.
Webinar del Día de la Mujer

Con motivo del Día Internacional de la Mujer, el pasado 8 de marzo la Unión Internacional del Notariado (UNIL) organizó un webinar del grupo de trabajo de Igualdad de Género para debatir sobre cómo puede el notariado ser un vehículo de igualdad entre hombres y mujeres.

En la sesión intervinieron, en representación del Notariado español, las notarias Almudena Castro-Girona, presidenta de la Fundación Æquitas y de la Comisión de Derechos Humanos de la UINL; y Carmen Boulet, quien intervino en la mesa sobre prevención de la violencia de género en el ámbito económico.

Guía de Buenas Prácticas

La Unión Internacional del Notariado (UINL) ha publicado una serie de vídeos informativos para dar a conocer la Guía Notarial de Buenas Prácticas para Personas con Discapacidad, un texto elaborado por la Comisión de Derechos Humanos de la UINL, presidida por la notaria, y directora de la Fundación Æquitas, Almudena Castro-Girona, quien apuntó que esta guía «es fruto del intenso trabajo realizado en la UINL con el objetivo de proporcionar unas directrices al Notariado internacional respecto a la necesidad de adaptación a la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad».

Isidoro Calvo en la conferencia.
Conferencia de Notarios Europeos

Los días 18 y 19 de abril se celebró en Salzburgo la 34ª Conferencia de Notarios Europeos, que congregó a más de 200 participantes para debatir sobre La década digital de Europa. Inteligencia artificial y transformación digital. En representación del Notariado español asistió Isidoro Calvo, notario implicado en distintos grupos de trabajo del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE).

En la conferencia, que contó con ponentes de primer nivel de las instituciones europeas, el presidente del CNUE, Marius Stračkaitis, valoró el uso actual de la IA por parte de algunos notariados europeos e hizo hincapié en la importancia de que el poder de decisión último siga estando en manos de los propios notarios para garantizar la preservación de la seguridad jurídica.

Conferencia Europea de Formación Judicial

Con vistas a la preparación de la futura estrategia de formación judicial, se celebró los días 25 y 26 de abril en Bruselas la Conferencia Europea de Formación Judicial 2024: Apoyo a la Digitalización de la Justicia, cuyo objetivo fue debatir sobre cómo la formación judicial puede apoyar la digitalización de los sistemas judiciales nacionales. La notaria M.ª Belén Barrios asistió al encuentro en representación del Notariado español.

«La crisis del Estado de Derecho en España», por Federico Trillo-Figueroa

ÁGORA CULTURAL Y JURÍDICA

La crisis del Estado de Derecho en España

Por Federico Trillo-Figueroa,

Doctor en Derecho. Letrado del Consejo de Estado (Rt)

Ex Presidente del Congreso de los Diputados

Ex Ministro de Defensa

Expertos en diferentes áreas del Derecho se dan cita en nuestra revista para ofrecernos su visión de lo acontecido en el mundo de la Literatura, las Artes, la Justicia y, por qué no, en la vida misma. En este número nos acompañan: Federico Trillo-Figueroa, doctor en Derecho; Joaquín Borrell, notario y escritor; y Pablo Fernández Carballo-Calero, catedrático de Derecho Mercantil.

“El Estado de Derecho es una cima de la civilización de la que solo se puede bajar hacia la barbarie”

Kirchenheim

Suele pensarse que el Estado de Derecho es un alto e inconcreto paradigma de las democracias, una declaración dogmática que se proclama solemnemente en el frontispicio de las constituciones –en la Constitución española, en el párrafo tercero del Preámbulo- o se afirma enfáticamente como característica del Estado -en la nuestra, junto a su caráter social y democrático, en el artículo 1.1 -, pero se contempla incluso por no pocos juristas como si no tuviera fuerza normativa ni eficacia concreta. Nada más alejado de la realidad de su auténtica fuerza operativa como principio agente, como principio de principios y conjunto de normas que tienen -o deben tener- plena eficacia en el ordenamiento estatal.

El Estado de Derecho es el crisol que aglutina el principio que Merkl llamó de juridicidad –y contemporáneamente de “sumisión al bloque de la legalidad”- en sus diversas manifestaciones, que abarca: la supremacía de la Constitución como norma jurídica (el procedimiento reforzado para su reforma y la necesaria constitucionalidad de las leyes); el principio de legalidad sensu estricto y sus técnicas: las reservas de ley (orgánica y ordinaria) y la jerarquía normativa; el sometimiento a la ley de todos los poderes públicos y al cumplimiento y respeto a las decisiones judiciales; la división de poderes y, en/el fin: el reconocimiento y garantía de los derechos y libertades fundamentales ciudadanas.

Todos esos principios y técnicas se recogen positivamente en el artículo 9 y concordantes de la Constitución española. Y todos ellos forman parte capital de los 60 parámetros de referencia para evaluar anualmente la calidad democrática de 167 países por el índice más reconocido en el mundo internacional: el Democracy Index de The Economits Intelligence Unit, y en el que la democracia española ha ido perdiendo puntos sucesivamente año tras año, de manera dramática en los últimos cinco, en forma tal que ha pasado de ocupar, en el año 2007, el número 15 entre las democracias mundiales en el ranking, al puesto 24 el año 2023; es decir, la última de las democracias plenas, la fronteriza con las democracias imperfectas o defectuosas .

¿Qué ha pasado o, mejor, qué está pasando para esta regresión? Lo que ha ocurrido, y explica la involución que estamos sufriendo, es que nuestro régimen parlamentario ha devenido -tras 5 elecciones generales desde 2015- en un parlamento fraccionado -de 7 a 10 Grupos Paralmentarios – y progresivamente polarizado -4 mociones de censura de 2017 a 2023-. Desde que en Julio de 2018 triunfó la moción de censura negativa que hizo a Pedro Sánchez Presidente del Gobierno -sin ser Diputado y con el peor resultado histórico del PSOE-, a la cabeza de una coalición de fracciones inconexas, esas mayorías asimétricas de radicales han apoyado una acción de gobierno dispuesto a quebrantar el Estado de Derecho si ello es necesario para sus fines, consolidando a Sánchez, e ignorando incluso para la formación de Gobierno tras las últimas elecciones, la convención constitucional de que el Primer Ministro que convoca una elecciones anticipadas y las pierde debe dimitir y permitir que gobiene el candidato de la lista más votada.

La elusión del principio de legalidad

Derivado políticamente de la revolución francesa y construido laboriosamente por los juristas alemanes (Laband, Stahl, Merkl), el principio de legalidad consiste fundamentalmente en el sometimiento de todos los poderes a las leyes generales, al imperio de la ley – que desde Kelsen podemos extender, también, al sometiento del legislativo ordinario al poder constituyente y la necesaria constitucionalidad de las leyes; el ejecutivo, a la reserva de ley y a la jerarquía normativa; y los Jueces y Tribunales independientes únicamente sometidos a la ley al aplicarla, garantizándose así la igualdad, libertad y seguridad ciudadanas.

Esta vinculación a la Ley conlleva el respeto no solo el a las materias reservadas sino también a los procedimientos generales establecidos comúnmente para su redacción, elaboración y aprobación. Por ello, una primera y clara evasión del principio de legalidad es el recurso continuado al Decreto Ley, cuando debiera reservarse su uso a las previsiones constitucionales de “casos de extraordinaria y urgente necesidad” (artículo 86 CE). De su creciente abuso en los últimos años dan idea las siguientes cifras: desde Julio de 2018 -primer Gobierno Sánchez por moción de censura –se aprobaron 24 Decretos Leyes en solo seis meses. De Abril de 2019 a Noviembre, en seis meses de Gobierno en funciones, 18. De Enero de 2020 a Julio de 2023, 97 .Y en ésta legislatura ya figuran otros 6. En fin, más de 140 Dectetos Ley en los años de presidencia de Sanchez, el Presidente que más ha utilizado este recurso excepcional en menos tiempo.

Hay que señalar, además, la elusión de los procedimientos parlamentarios ordinarios para la elaboración y aprobación de los proyectos de ley, transmutándolos y presentándolos en forma de Proposiciónes No de Ley, para eludir los preceptivos dictámenes previos del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado, como ha ocurrido en el caso de la amnistía, por señalar el más reciente.

Se ignoran también las exigencias de los principios de buena regulación y de calidad de la ley, propios de los países de la UE y entre nosotros desde las Leyes 39 y 40/2015. Se echan de menos especialmente en las reformas y contrarreformas continuadas en los ámbitos Civil y Penal. En el ámbito civil se escapa de la idea racionalista de codificación -regulación general ordenada, sistemática y estable, que proporcione seguridad, transparencia y confianza- para legislar a golpe de las exigencias de los coaligados: son ya incontables las formas y nomenclaturas de matrimonio y familia así como los cambios arbitrarios en las mayorías y minorías de edad. En el Código Penal la norma es la improvisación, tan contraria a una política criminal justa, proporcionada, y disuasoria: se han introducido en estos años 20 modificaciones -¡7 de ellas en tan solo un año (2022)!-; la ley del “sí es sí”, redactada con crasa ignorancia de las escalas de las penas y de su incidencia sobre la realidad penitenciaria es una buena y trágica prueba de ello.

El desprecio a la Constitución

Pero las más graves y preocupantes quiebras de nuestro Estado de Derecho, han sido y pretenden ser las violaciones, directas e indirectas, de la Constitución española.

El Tribunal Constitucional estimó la inconstitucionalidad flagrante de los Decretos del estado de alarma, declarando primero la vulneración de la libertad de circulación, residencia y reunión (Snt 148/2021), con ignorancia del Parlamento -que estuvo sin funcionamiento durante meses- y la inconstitucionalidad de su prórroga (STC 183/2021).

Con ser grave, lo es más el intento de subversión en marcha del Estado constitucional: la Ley de amnistía, como pago del precio de la investidura. No es solo que la amnistía no haya sido contemplada por la Constitución como forma de extinción de la responsabilidad penal, y que se haya rechazado por analogía al prohibirse los indultos generales. La propuesta actual exhibe en su redacción la voluntad pasada y futura de considerar sin responsabilidad a quienes subvirtieron el orden constitucional y anuncian que seguirán intentándolo por procedimientos ilegítimos. Es reveladora su Exposición de Motivos: “devolver al debate parlamentario las divisiones que siguen tensando las costuras se la sociedad, mediante una una renuncia el ejercicio del ius puniendi por razones de utilidad social”. Es decir, pretende manifestadamente que el Estado renuncie al derecho/deber irrenunciable de defender, con medidas penales, “la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles” (artículo 2 CE), a costa de llevar al debate parlamentario ordinario lo que no tienen capacidad para hacer por la vía de la reforma constitucional, que exige unas mayorías reforzadas que saben imposible conseguir. Juridicamente es todo un fraude a la Constitución, negociando el apoyo a la investidura de Sánchez con un grupo de prófugos de la justicia fuera de España y sustrayendo al pueblo español la soberanía nacional decisoria que le corresponde (Artículo 1.2 CE).

Todo ello manifiesta una concepción de la ley como un instrumento para consolidar o incrementar el poder, o como un obstáculo a saltar, y no como límite al que ajustar su acción por mandato parlamentario, trasunto de la voluntad general. Pero con ser todo ello gravísimo, Sánchez se ha mostrado, además, abierto a considerar la posibilidad de un “referéndum de autodeterminación” o “un nuevo estatus,” que reivindican actualmente los independentistas catalanes y vascos, y que produciría una mutación constitucional sin tocar su letra ni seguir los procedimientos para su reforma, subvirtiendo las reglas del juego democrático de 1978.

En fin, con la ocupación de las instituciones como la Fiscalía General del Estado o el Tribunal Constitucional -configurada ya una mayoría adicta-, y los intentos de importar el concepto de lawfare -ajeno a nuestro sistema, para estigmatizar y perseguir a los jueces que son aquí profesionales de carrera e independientes- cerrarían el círculo acabando con la independencia del poder judicial, último bastión hoy de la resistencia del Estado de Derecho en España.

«Sobre la boda de la musa y el robot», por Joaquín Borrell

ÁGORA CULTURAL Y JURÍDICA

Sobre la boda de la musa y el robot

Por Joaquín Borrell,

Notario de Valencia. Exdecano del Colegio Notarial de Valencia.

Escritor y novelista. Premio Serra D’Or de Novela Joven (1991), por “El bes de la nivai-ra”. premio Néstor Luján (2001), por “Sibil.la, la plebea que va regnar”.

Expertos en diferentes áreas del Derecho se dan cita en nuestra revista para ofrecernos su visión de lo acontecido en el mundo de la Literatura, las Artes, la Justicia y, por qué no, en la vida misma. En este número nos acompañan: Federico Trillo-Figueroa, doctor en Derecho; Joaquín Borrell, notario y escritor; y Pablo Fernández Carballo-Calero, catedrático de Derecho Mercantil.

Empieza a ser habitual que antes de ciertas intervenciones quirúrgicas se pregunte al paciente si prefiere confiarla a un médico de siempre o a un robot. Dada nuestra tendencia bastante infantil a suponerlos antropomorfos, resulta inevitable que nos imaginemos a un androide de La Guerra de las Galaxias, con batín verde, guantes y mascarilla, avanzando hacia el quirófano mientras unas lucecitas giran por su cabezota metálica.

Obviamente no es así; y me gustaría saber algo de medicina y de informática para calibrar las perspectivas de que los robots -ahora que caigo, ¿en castellano no deberíamos escribir “robotes”?- acaben suplantando a los cirujanos sin necesidad de hacer el MIR. Ya puestos, y a los anestesistas y a los auxiliares de quirófano; y aquí un machista a la antigua usanza colocaría a algo así como la Afrodita de Mazinger Z, también con mascarilla, pasando las tijeras al doctor R2-D2. No cabe duda sobre las ventajas para la organización sanitaria; porque ese personal no necesitaría turnos, ni descansar tras las guardias, ni cotizar para su jubilación. Al contrario, llegada ésta se aprovecharía como hierro reciclado, contribuyendo a la sostenibilidad del planeta.

El arte dominado por la inteligencia artificial

Son elucubraciones derivadas de otra distopía en auge, prácticamente convertida en realidad: el arte dominado por la inteligencia artificial. El enunciado ya contiene una tautología, porque -cito aquí la admirable web Etimologías Chilenas, casi siempre más profunda que las nuestras- la descomposición de los componentes de artificium da: “resultado de hacer una obra que exprese creatividad”.

Casi todos habremos visto ya vídeos que exhiben los resultados de esa inteligencia en el terreno visual, producidos en unos segundos y temibles para sus competidores humanos, con el agravante de que en el mismo tiempo el programa puede haber añadido un acompañamiento musical combinando a Mozart con Paul McCartney. En territorio jurídico también hemos leído demandas escritas por una inteligencia artificial, tan bien fundamentadas que, contestadas por otra, parecen estar requiriendo que la sentencia corresponda a una tercera inteligencia artificial.

Un artefacto inteligente, literato, frente a Miguel de Cervantes

La materia da tanto de sí que vale más ceñirse a un solo campo, en este caso el literario. Dejemos aparte el ensayo, donde el peligro no puede ser más evidente: entre las instrucciones transmitidas por el programador debe de ser fácil introducir a qué conclusión ha de llegar el trabajo, de modo que el sistema seleccione los argumentos a favor y omita los contrarios. También podemos aparcar la poesía. Imagino que, a una inteligencia artificial, dotada de todo el vocabulario existente, todas las rimas posibles en consonante y asonante, las posibilidades sintácticas para encajar los acentos y la experiencia acumulada de decenas de miles de obras ajenas, quizá memorizadas en una sola noche, formar un soneto perfecto le costará lo mismo que a nosotros chascar los dedos. Pero no es probable que su evolución avance en esa dirección, porque el resultado ya no le importaría a nadie.

Vamos a quedarnos pues con la ficción en prosa; en cuyo terreno pueden incluirse los guiones de cine y televisión, igual que entraría el teatro si no le ocurriese lo mismo que a la poesía. Supongamos un ente -seguro que ya no es una suposición, sino que existe, que es justo lo que significa “ente”- que ha leído y conserva en la memoria, privada además de la capacidad de olvido, toda la obra impresa, digamos que, en castellano, sin discriminar a Cervantes de cualquier reciente premio Planeta.

Un inciso aquí: las referencias no son casuales. Lamento no poder citar al autor, porque yo sí tengo capacidad de olvido, pero cuando intentaban identificar los restos de Cervantes en la cripta de los Capuchinos me encantó la siguiente propuesta: alinear todos los huesos hallados y leer en voz alta unas páginas de cualquier premio actual bien pagado. Los que se pusieran a dar saltos serían los de don Miguel.

Memoria, aprendizaje e imitación

Volvamos al ente; el cual, ya que andamos con etimologías, también está hecho con arte, en su caso el de la informática, de modo que en adelante lo llamaremos “artefacto”. Además de retener, tiene la capacidad de entender -por eso es una inteligencia-. Implica que su aprendizaje aceleradísimo comprende captar los mecanismos que activan las tramas, amor, odio, ambición, perversidad o filantropía, y los recursos expresivos de los que han echado mano los autores para transmitirlos. También abarca un listado de escenarios posibles, reales o imaginarios, de accesorios de los personajes y del amplísimo abanico de fórmulas para transmitirlos -por usar referencias actuales, búsquese la descripción del atuendo de cualquier personaje regio por R. R. Martin en Juego de Tronos y compárese con La Catedral del Mar: algo así como “la vestimenta del rey era magnífica y las de su séquito no le iban a la zaga”. Unas meras indicaciones sobre el argumento y la extensión requerida y una novela completa aparecerá en la pantalla.

¿Generada con qué criterio? A partir de aquí entramos en el terreno de la pura suposición. Estamos hablando de un proceso caro, incluso muy caro. Al margen de la aparición de un mecenas desinteresado, puede preverse que quien invierta los fondos necesarios lo haga en busca de rentabilidad. ¿Quién vende o vendería más en nuestros días, Dostoievski o Matilde Asensi? Pues el artefacto ya sabe a quién imitar. O, si no lo sabe -supongamos que tanto material acumulado le ha deparado cierto gusto literario-, ya se encargará de ordenárselo su amo el programador.

La “intuición” predictiva del algoritmo

¿Con qué instrumento? Un ignorante en materia informática apuntaría al algoritmo. Como es mi caso, eso mismo voy a hacer yo. Con riesgo de incurrir en disparates, explicaré qué entiendo por algoritmo a estos efectos: un sistema que, dado un cierto número de posibilidades, las clasifica con arreglo a un criterio prefijado, priorizando las que mejor lo cumplan. En este caso, según parece demostrar la experiencia práctica, las que mejor se acomoden a la expectativa de un lector modelo, representante de la colectividad.

Vamos a buscar un ejemplo, sacado de los precursores del algoritmo informático que son los correctores de cualquier editorial; ésos a los que Ildefonso Falcones, en cierta entrevista, atribuía el éxito de su novela más vendida. Imaginemos que un autor decide referirse a un objeto no sólo de color blanco, sino para el que la blancura es un signo distintivo importante, sea por intensa o por inhabitual en dicho objeto. Quizá en el primer caso piense en la piel de un armiño -no es tan blanca, pero se asocia instintivamente con dicha tonalidad, aunque habría que precisar que en invierno-, o el segundo le remita a la clara de huevo. Vanos intentos, porque el corrector le rectificará: “blanco como la nieve”.

Y es que el algoritmo, en su caso intuitivo, le está diciendo que el lector espera que las cosas blancas lo sean como la nieve, las duras como la roca o las rápidas como el viento; y no, busquemos otros ejemplos arbitrarios: como un halcón peregrino o como un fotón. Supongamos ahora que se halla en escena un inquisidor y que otro personaje acaba de decir algo opuesto a sus creencias. ¿Qué respuesta pide ese algoritmo intuitivo? Algo del estilo: “¿Cómo osáis decir eso?”. Antes habrá exigido que el inquisidor en cuestión sea calvo, de facciones angulosas y que hable a gritos. En realidad, no hará falta que lo exija, porque esa misma intuición habrá obrado ya en el autor.

Un futuro probable: una IA en la sombra que escriba mal

Aunque suponga un nuevo corte, no me resisto a incluir otra anécdota, lamentando su final algo grosero. Cuentan que Mark Twain recibió varios folios de los correctores de su editorial requiriendo unos cuantos cambios. Los devolvió al editor con un texto que decía algo así: “Por favor, siga mis instrucciones al pie de la letra. Debe enrollarlos sobre un eje formando un cono. Después incremente la resistencia del vértice friccionándolo enérgicamente entre el índice y el pulgar. Cuando la haya adquirido métaselo por el … a esos tipos que quieren que cambie mi novela”. Obviamente, para tener la potestad de escribir eso se necesita ser Mark Twain.

Hablamos de elementos descriptivos y de diálogos. Otro tanto podríamos incluir sobre los argumentos; porque entre los datos suministrados al artefacto se hallarán los listados de ventas de otros productos contemporáneos. Supongamos que podría generar la siguiente respuesta: va de crímenes horribles en una ciudad pequeña, con una investigadora aquejada de graves problemas familiares, probablemente derivados de su infancia o de un exmarido, pero que cuenta con un amigo fiel, integrante de alguna minoría racial o social. U otra por el estilo.

Total, que como ya viene ocurriendo con algunos autores capaces y consagrados, la inteligencia artificial va a ser capaz de escribir muy bien; pero resulta bastante probable que se la programe para escribir mal; en particular si en vez de dar la cara, aunque no tenga, se le asigna la función de “negro literario”. Cabe sospechar que en ciertos casos ya la tiene asumida.

¿Otro inconveniente? Que el artefacto en cuestión, insensible a las críticas o a los halagos, no tiene identidad concreta y que por tanto nunca tendrá cabida, para bien ni para mal, en el museo interno del lector. Lo cual suscita otras dos preguntas. ¿La tienen, con cierto carácter de permanencia, la mayoría de los autores más vendidos actuales, o más bien resultan fungibles, reemplazables por el siguiente sin dejar poso? La segunda, desde el punto de vista de las editoriales, ¿se trata de un inconveniente o de una ventaja? Al fin y al cabo, un programa informático todavía puede ser más fácil de manejar.

«¿Sueñan las máquinas con ser artistas?», por Pablo Fernández Carballo-Calero

ÁGORA CULTURAL Y JURÍDICA

¿SUEÑAN LAS MÁQUINAS CON SER ARTISTAS?: DESAFÍOS DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL PARA EL DERECHO DE AUTOR

Pablo Fernández Carballo-Calero,

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Vigo. Consejero Académico en HOYNG ROKH MONEGIER en Madrid. Doctor en Derecho Europeo por la Universidad de Bolonia.

Expertos en diferentes áreas del Derecho se dan cita en nuestra revista para ofrecernos su visión de lo acontecido en el mundo de la Literatura, las Artes, la Justicia y, por qué no, en la vida misma. En este número nos acompañan: Federico Trillo-Figueroa, doctor en Derecho; Joaquín Borrell, notario y escritor; y Pablo Fernández Carballo-Calero, catedrático de Derecho Mercantil.

El Museum of Modern Art (MoMA) ha adquirido recientemente para su colección permanente Unsupervised – Machine Hallucinations, una obra de arte generativa creada por el artista turco Refik Anadol que utiliza inteligencia artificial (IA) para producir diseños visuales inspirados en los archivos del museo. Unos años antes, en 2016, se presentaba al mundo The Next Rembrandt, un retrato creado por una máquina inteligente que, gracias a las enseñanzas recibidas durante 18 meses por historiadores del arte, científicos e ingenieros, fue capaz de reproducir a la perfección los trazos y el estilo del maestro barroco. En el transcurso de la creación de las dos citadas obras, el arte generado por IA captaba la atención de las casas de subastas más carismáticas y relevantes de este peculiar mercado y, de hecho, en 2018, Christie´s vendía por 432.000 dólares Edmond De Belamy, primera obra creada por IA subastada públicamente.

Encuadrado el tema objeto de análisis, es preciso señalar desde un principio que el binomio “IA” y “Arte” no se agota -y ni siquiera se inicia- con las obras citadas. En efecto, sistemas como “AARON” (Harold Cohen, 1973), “The painting fool” (Simon Colton, 2001), “PAUL” (Patrick Tresset, 2010) o “Interactive Robotic Painting Machine” (Benjamin Grosser, 2011), constituyen una muestra de las inquietudes de los seres humanos por involucrar a las máquinas en el proceso creativo.

Ya no es ciencia ficción: el impacto de la IA en el arte

A día de hoy es obvio que la IA ha dejado de ser ciencia ficción: interactúa con nosotros, aporta soluciones rápidas y efectivas y, sin apenas darnos cuenta, ha pasado a formar parte de nuestras vidas. La IA (término acuñado por primera vez en 1956 por John McCarthy en un seminario de verano en Dartmouth), sería un campo científico de la informática volcado en la creación de programas y mecanismos capaces de mostrar comportamientos “inteligentes”. Una disciplina dirigida a crear sistemas preparados para aprender y razonar como lo haría un ser humano; en definitiva, un concepto en virtud del cual “las máquinas piensan como seres humanos”.

Si analizamos el impacto de la IA en el Arte, no hay duda de que los sistemas de IA (o máquinas inteligentes) escriben, pintan, componen música… ¿significa esto que «sus» novelas, pinturas y canciones son obras susceptibles de protección por la propiedad intelectual? ¿Quién sería, en ese caso, el autor y titular de los derechos?

El sistema, ¿autor o herramienta?

Para analizar tales interrogantes, cabe señalar desde un inicio que la relación de los autores con los programas informáticos utilizados para dar vida a sus creaciones no ha planteado tradicionalmente problemas. En efecto, hasta un pasado reciente resultaba pacífico afirmar que el programa informático del cual se sirve el autor para concebir una determinada obra constituye, en la mayoría de las ocasiones, un mero instrumento -más o menos necesario- pero, en todo caso, un simple elemento de apoyo en el marco del proceso creativo.

El programa sería de esta forma el equivalente al pincel para el pintor, el compás para el arquitecto o la cámara para el fotógrafo. Así las cosas, a nadie se le ocurriría pensar que las novelas escritas con el programa Microsoft Word pertenecen en alguna medida a la compañía tecnológica, al igual que tampoco tendría sentido concluir que los creadores del pincel, el compás o la cámara fotográfica, fuesen titulares de derechos de autor sobre las obras de Feininger, Foster o Arbus.

En este contexto, el usuario de la herramienta (y no el inventor de la misma), merecería, sin ningún género de duda, la condición de autor de los resultados obtenidos. Al fin y al cabo, las herramientas -por muy sofisticadas que sean- no dejan de ser precisamente eso: elementos de apoyo que, bajo el control de los usuarios, habilitan a estos últimos para plasmar o ejecutar en el mundo físico el producto de su mente creativa.

Aprendizaje autónomo: a juicio la intervención humana

Este planteamiento inicial ha cambiado radicalmente con el desarrollo de los sistemas de IA y, en particular, con el desarrollo del software de aprendizaje automático o aprendizaje de máquinas (machine learning), una rama de la inteligencia artificial que produce sistemas autónomos capaces de aprender por sí mismos. En este escenario, determinados sistemas de IA son más que herramientas a través de las cuales los usuarios expresan sus propias ideas. A diferencia de las herramientas ordinarias, tales sistemas son capaces de crear contenidos con una intervención humana inexistente o mínima.

Encuadrado así el debate, la creación de obras de arte por máquinas inteligentes plantea enormes desafíos para el derecho de autor. El punto de partida podría ser precisamente la distinción entre obras creadas autónomamente por IA (con una intervención humana inexistente o en todo caso insuficiente o irrelevante para fundamentar la autoría humana) y obras creadas por IA con la participación relevante de seres humanos.

Obras generadas con y por la IA: el contexto legislativo español

Respecto a las primeras (AI generated works), cabe señalar que la gran mayoría de las legislaciones sobre propiedad intelectual (incluyendo Europa continental, Estados Unidos y Australia) exigen la creatividad humana como un presupuesto para la protección. Esta concepción se basa en una idea tradicionalmente asentada: son objeto de propiedad intelectual las obras originales creadas por una persona natural o física.

En España, sin ir más lejos, el artículo 5 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), bajo el epígrafe Autores y otros beneficiarios, establece en su apartado primero lo siguiente: “Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica”. Así las cosas, la regla general es que únicamente la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica es autor (y a la vez titular originario de los derechos de propiedad intelectual sobre la misma) por el mero hecho de la creación.

En este contexto, la atribución en exclusiva de la condición de “autor” a las personas físicas excluiría a las máquinas, incluso cuando los resultados que produjesen pudieran parecer externamente obras de ingenio. En vista de lo apuntado, por mucho que el sistema de IA crease de manera autónoma una obra susceptible de ser protegida [en este tipo de proyectos la IA consigue producir resultados que, formalmente, encajan en el concepto de “obra” del artículo 2 de la Convención de Berna o del artículo 10 de nuestra LPI] dicho sistema nunca podría calificarse como “autor”.

Este enfoque, sin embargo, podría cambiar radicalmente cuando hablamos de obras generadas por máquinas inteligentes en las cuales la participación humana resulta imprescindible, fundamental o relevante (AI assisted works). En efecto, el hecho de que las obras producidas mediante procesos mecánicos totalmente aleatorios no puedan acceder a la protección que otorga la propiedad intelectual, no impide que las obras de autoría humana contengan elementos generados por procesos automatizados. En estos procesos artificiales y automatizados podemos mirar a las personas físicas como posibles autores y a los sistemas de IA como meras herramientas por muy sofisticadas o complicadas que sean. En pocas palabras, estos sistemas de IA no son completamente autónomos y, por lo tanto, tampoco son completamente «inteligentes».

Protección de los derechos, propiedad intelectual y perspectivas de futuro

A la vista de lo expuesto, la cuestión clave es determinar cuál es la línea que marca una intervención humana relevante o, dicho de otra forma, cuál es la línea que permite calificar como autor al ser humano que ha generado una obra con la participación de un sistema de inteligencia artificial. En los Estados Unidos, la US Copyright Office ha rechazado hasta el momento todas las solicitudes presentadas por humanos que, de una forma u otra, han interactuado con sistemas de IA generativa para generar las correspondientes obras [véanse los casos A Recent Entrance to Paradise, Zarya of the Dawn, Théâtre D’opéra Spatial o Suryast]. Básicamente, en todos estos casos, la institución norteamericana ha concluido que la intervención humana no ha sido suficiente para merecer la tutela que brinda el derecho de autor. En China, por el contrario, los tribunales ya han otorgado en diversas ocasiones protección a obras creadas con sistemas de IA generativas en las que los humanos han sido capaces de probar una participación relevante en la configuración del resultado final [vid. últimamente el caso “LI vs. LIU” en el que la Beijing Internet Court dictaminó que dado que el ser humano introdujo más de 150 instrucciones y experimentó varias veces con diversos parámetros al utilizar Stable Diffusion para generar la imagen, habría ejercido opciones estéticas y un juicio personal en todo el proceso de generación, por lo que la imagen generada por la IA debía ser calificada como una obra protegida por derechos de autor].

El futuro Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act) no aporta soluciones al respecto. Y es que la AI Act centra sus esfuerzos en el tratamiento de los inputs (datos con los que se alimentan a las máquinas inteligentes) dejando para los outputs una mera obligación de identificación de los contenidos generados por IA. Habrá que ver en el futuro cuál es el impacto real de la normativa que vendrá condicionado, principalmente, por la viabilidad de las medidas de implementación y su eventual aplicación a agentes externos a la UE que operen en su territorio

Ya no estamos en la era en que las máquinas constituían un mero instrumento de apoyo técnico a la creatividad humana. Tampoco estamos (ni probablemente lo estemos nunca) en la era en que las máquinas sustituyen a los artistas porque, aunque el producto final fuese formalmente una obra de arte, dicha obra nunca podría reflejar el “alma” de un autor que no tiene alma. Vivimos en la era en la que los sistemas de IA, al menos en el ámbito artístico, pueden convertirse, no en enemigos, sino en aliados. Si es así, las obras de arte que nazcan fruto de esa colaboración deberían tener la posibilidad de convertirse en obras protegidas. De esta forma, la propiedad intelectual, siempre asociada con el respeto y fomento de la creatividad humana, no traicionaría su esencia. Antes bien, seguiría siendo el instrumento idóneo para poner en valor creaciones que, pese a contar con la ayuda de máquinas inteligentes, continúan siendo, esencialmente, humanas.

Los notarios: claves en la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales

EDITORIAL

Los notarios: claves en la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, aseguró a finales de enero ante el Parlamento Europeo que, “especialmente a través de los notarios, tenemos una base de datos (de titularidad real) que ha sido señalada por numerosos informes como mejores prácticas, incluso por el GAFI (Grupo de Acción Financiera)”.

Para el titular de Economía esta base es “una de las fortalezas del sistema español de lucha contra el blanqueo de capitales, porque facilita los datos necesarios para las diferentes partes interesadas. Esto era esencial antes de la recomendación de la Comisión Europea y es algo que ya está en marcha”.

De hecho, la Oficina Anti Fraude (OLAF), integrada en la Comisión Europea, tiene acceso a la información que figura en esta base.

La Base de Titular Real del Notariado es una pieza esencial del Registro Central de Titularidades Reales, creado por Real Decreto 609/2023, de 11 de julio, que completa la trasposición de la Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018.

La Base de Datos de Titularidad Real

La Base de Datos de Titular Real (BDTR), creada al amparo de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales, permite a las autoridades públicas saber quiénes son las personas ocultas tras sociedades, fundaciones, asociaciones, partidos políticos y sindicatos; incluso tras una maraña de sociedades fantasmas y testaferros. El Consejo General del Notariado creó esta base en marzo de 2012, tras el dictamen favorable de la Agencia Española de Protección de Datos.

 


EL MINISTRO DE ECONOMÍA SEÑALÓ ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO LA IMPORTANCIA DE LA BASE DE DATOS DE TITULAR REAL, CREADA POR EL NOTARIADO


 

En esta base están identificados de manera acreditada, desde 2004, los titulares reales de 2.748.000 entidades mercantiles, 163.914 personas jurídicas no mercantiles, como asociaciones, fundaciones o partidos políticos y 50.672 entidades extranjeras.

El Grupo de Acción Financiera (GAFI) aseguró ya en 2014, tras evaluar a España en materia de prevención del blanqueo de capitales, que si nuestro país puede saber quiénes son los titulares reales de las sociedades mercantiles españolas es gracias a la información contenida en la Base de Datos de Titular Real, desarrollada por el Notariado.

Actualmente tienen acceso a la información de la BDTR el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac); las autoridades judiciales, policiales, fiscales y administrativas competentes en materia de prevención del blanqueo de capitales; los notarios, en su condición de sujetos obligados en la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales, y otros sujetos obligados previstos en la Ley 10/2010.

Colaboración notarial

Las declaraciones del ministro de Economía, Comercio y Empresa vienen a reconocer una labor que se inició en 2005.

El Ministerio de Economía creó en 2005 en el Consejo General del Notariado el Órgano Centralizado de Prevención del blanqueo de capitales (OCP), para intensificar y canalizar la colaboración de los notarios con las Administraciones Públicas en esta materia. Desde entonces, la ayuda notarial ha sido decisiva para prevenir este tipo de delitos.

El OCP permite fortalecer la colaboración del Notariado con el Sepblac y con las autoridades policiales y judiciales, y facilita enormemente la labor del notario.

Así, es el propio órgano el que comunica, en nombre del notario correspondiente, las operaciones con indicios o sospechas.

Los técnicos del OCP son los responsables de analizar (en el marco de la normativa de protección de datos) la información contenida en el Índice Único Informatizado Notarial, una gran base que almacena y clasifica electrónicamente el contenido de las escrituras y de las actas públicas autorizadas por los más de 2.800 notarios existentes en nuestro país. También han de informar al Sepblac sobre cualquier operación que resulte sospechosa.

Desde 2005 el OCP ha respondido a miles de peticiones remitidas por órganos judiciales, administrativos o policiales.

Este índice se ha convertido en la segunda mayor base de datos de España -sólo por detrás de la Agencia Tributaria-, con información parametrizada de más de 151 millones de documentos públicos, de más de 41 millones de personas físicas y de más de 3,8 millones de personas jurídicas.

De media, más del 80% de las comunicaciones que el OCP hace en nombre de los notarios se acaban investigando por la policía judicial. Se ha contestado a requerimientos policiales, fiscales o judiciales -sólo en materia de prevención de blanqueo- en más de 299.000 ocasiones, de manera telemática y con medias de tiempo que no superan los tres minutos en la mayoría de los casos.

Una labor responsable

La labor de los técnicos del OCP y OCT se realiza con exquisito cumplimiento de la normativa de protección de datos, garantizando el derecho de los ciudadanos a la privacidad y confidencialidad de su información. Proceder que también rige cuando sus técnicos responden a los miles de peticiones de información que desde órganos judiciales, administrativos o policiales se realizan en sus funciones de lucha contra estos delitos, ya que la colaboración entre las distintas instituciones siempre es bidireccional.

El sistema diseñado por el Notariado español garantiza que la información permanece siempre protegida y encriptada, siendo un reducido número de instituciones y personas las que pueden solicitarla, siempre en el contexto de lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo o el fraude fiscal.

Reconocimiento internacional

El sistema de prevención del blanqueo puesto en marcha por el Notariado se integra plenamente dentro de su actividad de control de la legalidad y la regularidad formal y material de los actos y negocios autorizados, como funcionarios públicos.

El máximo aprovechamiento de las nuevas tecnologías y el uso centralizado de la información, junto con la especialización de la función de análisis, constituyen los ejes del sistema.

El estudio sobre aplicación de la normativa de prevención del blanqueo y de la financiación del terrorismo fuera del sector financiero, encargado por la Comisión Europea a la firma Deloitte, dedica un apartado especial a describir la experiencia española con el OCP.

Como se comenta al principio de este texto, el Grupo de Acción Financiera conoció este esquema en el marco de la evaluación de España en 2014 y lo valoró de forma muy positiva. Sirvan como ejemplo estas tres citas relativas a aspectos del OCP:

“Entre los sujetos obligados no financieros, el fortalecimiento de las medidas preventivas es más significativo en el sector del notariado. El notariado ha logrado avances considerables como consecuencia de la creación del OCP (Órgano Centralizado de Prevención), que ha aumentado la concienciación y la capacidad en todo el sector. Asimismo, el desarrollo de complejos indicadores de riesgo y el aumento de las comunicaciones por indicio a través del OCP han favorecido un buen conocimiento de los riesgos de BC/FT y un buen grado de cumplimiento en el sector”.

“Fuera del sector financiero, el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Consejo General del Notariado ha introducido indicadores de riesgo y herramientas analíticas que se centran en los riesgos que entrañan las actividades que se reflejan en los actos notariales, y también está intentando, mediante el desarrollo de sus bases de datos, abordar los riesgos específicos existentes en torno al abuso de personas jurídicas”.

“El notariado cuenta con un órgano centralizado de prevención (el OCP), que ha desarrollado una lista exhaustiva de indicadores de riesgo que utilizan todos los notarios. El OCP también tiene la función de examinar actividades o patrones de actividad potencialmente sospechosos llevados a cabo a través de los notarios. Dada su función, sobre todo en relación con las personas jurídicas y las operaciones inmobiliarias, los notarios desempeñan una importante función de control en España”.

 


EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO PUESTO EN MARCHA POR LOS NOTARIOS SE INTEGRA PLENAMENTE DENTRO DE SU ACTIVIDAD DE CONTROL DE LA LEGALIDAD


 

Posteriormente, en junio de 2019, Grupo de Acción Financiera hizo pública en junio de 2019 su Guía de recomendaciones sobre los profesionales del Derecho.

Un modelo a seguir

En ella propuso a los gobiernos una serie de medidas destinadas a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y la protección de la integridad del sistema financiero internacional. Entre estas medidas señaló como modelo a seguir el sistema de prevención del blanqueo de capitales utilizado por los notarios de España y, más concretamente, su Base de Datos de Titular Real.

El Grupo de Acción Financiera considera la aplicación de esta guía- según puede leerse en sus páginas “esencial para la implementación efectiva de los estándares del GAFI por parte de países y profesionales legales”.

La guía dice textualmente que “el sistema de prevención del blanqueo de capitales utilizado por los notarios de España representa un avance considerable para las Autoridades Públicas, que gracias a su implementación ahora tienen acceso a una nueva fuente de información valiosa, los índices notariales (una base de datos única con información sobre todos los instrumentos públicos realizados ante notario en el país). Esta información es procesada de manera integrada y automatizada para detectar posibles operaciones de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo”.

Sobre la Base de Datos de Titular Real (BDTR), creada en 2012 y regulada por el Real Decreto 304/2014, el GAFI señala que “todas las partes sujetas a los requisitos de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo pueden consultar la BDTR para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida. Esto permite que la Unidad de Inteligencia Financiera y las agencias de cumplimiento de la ley obtengan, además de la titularidad real, información sobre los propietarios con un porcentaje inferior al 25% (régimen corporativo completo) en las compañías privadas de responsabilidad limitada españolas, en una fecha determinada”.

En suma, las ventajas que el modelo descrito reporta lo convierten en un mecanismo útil y valioso para la lucha contra lacras tan graves como el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Un mecanismo que existe gracias a la colaboración desinteresada de los casi 3.000 notarios españoles.

La tiranía del edadismo

EN EL ESCAPARATE

LA TIRANÍA DEL EDADISMO

Pensar que las personas mayores no pueden aportar nada o considerar a alguien demasiado mayor o joven para un trabajo son formas habituales de edadismo, una discriminación tan generalizada que Naciones Unidas la considera un problema mundial. El edadismo, que afecta sobre todo a las personas de más edad, conduce a una salud más pobre, al aislamiento social y tiene un alto coste económico. Es necesario sensibilizar a la población sobre sus consecuencias y actuar con rapidez para combatirlo.
ELVIRA ARROYO

La edad, una de las primeras características que observamos en los demás, está relacionada con procesos biológicos, pero también se configura socialmente, al asociarse con conceptos que son a menudo discriminatorios. Hablamos de edadismo cuando la edad lleva a categorizar a las personas por atributos que ocasionan daño o desventaja. Se manifiesta en forma de prejuicios, exclusión y políticas institucionales que perpetúan ciertas creencias estereotipadas.

Se calcula que la mitad de la población mundial tiene actitudes edadistas. Según la Encuesta Social Europea, uno de cada tres mayores europeos ha sufrido las consecuencias del edadismo. Naciones Unidas advierte que esto afecta a millones de personas y constituye un problema grave de derechos humanos. Así lo recoge el Informe mundial sobre el edadismo, publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el que se analiza su alcance y se identifican las estrategias para hacerle frente.

Una cuestión global

A diferencia de otros “ismos”, como el racismo o el sexismo, el edadismo tiende a ser más aceptado y está más extendido. Afecta a personas de cualquier edad, aunque los jóvenes y los mayores suelen ser los más desfavorecidos. En los jóvenes se refleja en dificultades para acceder al empleo, la vivienda y la política, donde sus voces suelen ignorarse o rechazarse.

En las personas mayores, el edadismo se asocia con una peor salud física y mental, un mayor aislamiento social, inseguridad financiera, una menor calidad de vida y unas mayores tasas de muertes prematuras. Los adultos mayores con actitudes negativas sobre el envejecimiento pueden vivir 7,5 años menos que los que tienen actitudes positivas. Además, se estima que 6,3 millones de casos de depresión en todo el mundo son atribuibles al edadismo.

 


NACIONES UNIDAS ADVIERTE QUE EL EDADISMO AFECTA A MILLONES DE PERSONAS Y CONSTITUYE UN PROBLEMA GRAVE DE DERECHOS HUMANOS


 

En algunas sociedades, los sistemas sanitarios reducen los cuidados a largo plazo reduciendo los recursos destinados a la patología crónica o excluyendo a los adultos mayores de ciertos tratamientos. A esto se suman otras desventajas como la dificultad para acceder a servicios en los que la transformación tecnológica impone elementos comunicativos que suponen una brecha digital, así como prejuicios relacionados con el sexo, la raza y la discapacidad.

Una idea bastante común es que las culturas orientales (China, India, Japón, Filipinas, Vietnam…) muestran hacia los mayores un respeto superior que en las culturas anglófonas (Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Reino Unido y Estados Unidos) y en Europa. Concretamente, Japón, conocido por celebrar el Día del Respeto a los Ancianos y por la longevidad de su población, es uno de los países donde los mayores son más valorados. No obstante, un análisis realizado por la OMS en 57 países encontró que las culturas anglófonas y Europa mostraban un mayor aprecio por las personas mayores. Aun así, la propia OMS advierte que, cuando se habla de edadismo, no conviene hacer generalizaciones geográficas.

Concepto social

La consideración de persona joven o mayor depende en gran medida del contexto y el entorno cultural. Una persona de 18 años puede ser demasiado mayor para aprender a ser gimnasta de competición y, a la vez, demasiado joven para ocupar un puesto político de gran responsabilidad. Las distintas culturas difieren también entre sí en lo que respecta a lo que se considera vejez, edad mediana y juventud. Hace un siglo, en Europa occidental y América del Norte, la vejez comenzaba mucho antes que hoy, mientras que sigue abierto el debate sobre la necesidad de fijar el umbral de la tercera edad más allá de los 65 años, porque esta edad biológica ya no se corresponde con la imagen real del envejecimiento.

 


LOS ADULTOS MAYORES CON ACTITUDES NEGATIVAS SOBRE EL ENVEJECIMIENTO PUEDEN VIVIR 7,5 AÑOS MENOS QUE LOS QUE TIENEN ACTITUDES POSITIVAS


 

De forma inconsciente, los pensamientos relacionados con la edad, incluidos los edadistas, se asimilan desde la primera infancia. El informe de la OMS destaca que, a partir de los 4 años, los niños perciben los estereotipos existentes en su cultura respecto a la edad mediante las señales que captan de las personas que tienen a su alrededor. Curiosamente, se hizo un experimento que consistía en enseñar a niños de infantil y primaria dibujos que representaban a un hombre en cuatro etapas de la vida, y dos tercios del alumnado consideraron al hombre de mayor edad indefenso, incapaz de cuidar de sí mismo y pasivo.

Cómo se manifiesta

El edadismo se expresa en tres niveles que se potencian mutuamente: institucional, interpersonal y autoinfligido.

El edadismo institucional se refiere a las leyes, regulaciones, normas sociales y políticas que limitan injustamente las oportunidades en función de la edad. También incluye ideologías que las instituciones fomentan para justificar su edadismo. Es probable que la ciudadanía no perciba este edadismo porque esas reglas llevan mucho tiempo vigentes y se consideran normales. Son un ejemplo de ello las políticas en el sector de la salud que permiten limitar la atención sanitaria en función de la edad, las prácticas de contratación discriminatorias, o las edades de jubilación obligatorias en el sector laboral.

El edadismo interpersonal tiene lugar durante las interacciones entre dos o más personas. Aquí destacan la falta de respeto, tratar con superioridad a las personas mayores o jóvenes, no tener en cuenta sus puntos de vista en la toma de decisiones, o utilizar un vocabulario demasiado sencillo al interactuar (infantilismo) pensando que tienen menos capacidades.

El edadismo autoinflingido es el que una persona se aplica a sí misma cuando interioriza los sesgos basados en la edad que se dan en su cultura. Es el caso de las personas veinteañeras que piensan que son demasiado jóvenes para un determinado puesto de trabajo y por ello no lo solicitan. También están en esta categoría las personas mayores que no ven posible aprender nuevas competencias en una fase avanzada de la vida y descartan matricularse en la universidad o en otro tipo de formación; o aquellos que consideran sus capacidades mermadas por haber cumplido una determinada edad.

Este tipo de pensamientos tienen consecuencias. Diversos estudios demuestran que las personas con una idea negativa sobre su edad obtienen un peor rendimiento en pruebas de memoria o físicas que quienes tienen un estereotipo de edad neutral o positivo. De manera similar, se ha detectado que cuando las personas mayores son expuestas a una discriminación por edad en forma de discurso condescendiente, sus resultados cognitivos son peores.

 


UN EJEMPLO DE EDADISMO SON LAS POLÍTICAS EN EL SECTOR DE LA SALUD QUE PERMITEN LIMITAR LA ATENCIÓN SANITARIA EN FUNCIÓN DE LA EDAD


 

Elevado coste

Se sabe que el edadismo tiene además un alto coste económico para la sociedad, aunque son pocos los países en los que se ha valorado este impacto. El primer estudio sobre la carga económica que supone se publicó en Estados Unidos en 2020. Una de las conclusiones fue que, en una empresa con 10.000 empleados, la desafección del personal a causa de la discriminación por la edad llevó a aproximadamente 5.000 días de absentismo laboral no justificado y a una pérdida salarial de unos 600.000 dólares. También se calculó el coste anual del edadismo en Estados Unidos en los ocho trastornos de salud más costosos para las personas de más de 60 años. Estos trastornos son: enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias crónicas, trastornos osteomusculares, traumatismos y lesiones, diabetes mellitus, enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco, trastornos mentales y enfermedades no transmisibles. El estudio indicó que la percepción negativa del envejecimiento por parte de las propias personas mayores conlleva un gasto anual de 33.700 millones de dólares; mientras que los estereotipos negativos respecto a la edad cuestan 28.500 millones de dólares al año.

En Australia, se calcula que, si un 5% más de personas mayores de 54 años tuviera trabajo, se generarían cada año 48.000 millones en la economía del país.

 


CUANDO LAS PERSONAS MAYORES SON EXPUESTAS
A UNA DISCRIMINACIÓN POR EDAD EN FORMA
DE DISCURSO CONDESCENDIENTE, SUS RESULTADOS COGNITIVOS SON PEORES


 

Qué hacer

La lucha contra el edadismo significa cambiar la forma en la que pensamos y actuamos en relación con la edad propia y de los demás. Una de las prioridades de la Década del Envejecimiento Saludable 2021-2030 es combatir el edadismo. Por ello, Naciones Unidas instó a la OMS a elaborar, en colaboración con otros asociados, una campaña mundial de lucha contra el edadismo que se lanzó en 2021. Esta iniciativa cuenta con el apoyo de los 194 Estados miembros de la OMS y tiene como objetivo cambiar la narrativa en torno a la edad y el envejecimiento, así como ayudar a crear un mundo para todas las edades.

Se recomienda poner en marcha tres estrategias cuya eficacia está demostrada:

  • Políticas y legislación que aborden la discriminación y la desigualdad por motivos de edad, así como la legislación relativa a los derechos humanos.
  • Intervenciones educativas en todos los niveles y tipos de educación. Las actividades formativas ayudan a mejorar la empatía, a disipar las ideas erróneas sobre los distintos grupos de edad, y a reducir los prejuicios al proporcionar información precisa y ejemplos para contrarrestar los estereotipos.
  • Favorecer el contacto intergeneracional para acabar con los estereotipos entre grupos de cualquier edad.

En España se están promoviendo cada vez más campañas desde el ámbito público y privado para que calen en la sociedad los mensajes contra el edadismo en los medios de comunicación y redes sociales, entre otros canales.

En lo que respecta a los mayores, el Ministerio de Sanidad recuerda la importancia de comprender que el envejecimiento es una etapa más de la vida y que los cambios de edad deben ser siempre respetados. También aboga por la participación informada de las personas mayores en la toma de decisiones, especialmente en aquellas en las que están implicadas.

Al mismo tiempo, es fundamental aprender a utilizar el lenguaje de forma cuidadosa para no transmitir ideas o sensaciones incómodas. Algunas palabras como “anciano” o “viejo” suelen asociarse con estereotipos que hacen ver a las personas mayores frágiles y dependientes. Del mismo modo, la palabra “infantil” se asocia a menudo con la idea de que las personas jóvenes son inmaduras.

Otro gran reto es acabar con el elderspeak o habla para personas mayores, muy frecuente no solo en la familia, sino también entre los cuidadores. Al hacerse mayores, las personas notan cómo se les empieza a hablar de forma diferente, como si no comprendieran lo que se les está diciendo. Observan que los demás elevan su tono de voz, les hablan más despacio o les dicen frases más cortas. Mención aparte merecen las conversaciones en tono infantil (“hola Luisita, ¿qué tal estás, bonita?”, “vamos a darte una duchita antes de salir a la calle”). La solución es tan sencilla como tratarlos de igual a igual.

 


EN AUSTRALIA, SE CALCULA QUE SI UN CINCO POR CIENTO MÁS DE PERSONAS MAYORES DE 54 AÑOS TUVIERA TRABAJO, SE GENERARÍAN CADA AÑO 48.000 MILLONES EN LA ECONOMÍA DEL PAÍS


 

Por otro lado, se va imponiendo en la publicidad, el cine y las redes sociales la presencia de modelos, actrices, actores e influencers mayores, sobre todo mujeres, a quienes la edad dejaba fuera de escena hace unos años. Numerosas voces de Hollywood y, por supuesto, del cine español, luchan para acabar con la invisibilidad a partir de cierta edad. Mujeres que lucen orgullosas sus canas y muestran con naturalidad el paso del tiempo son hoy modelos habituales en marcas de cosmética y moda, rompiendo así con estereotipos frustrantes e irreales. Igualmente, en las redes sociales gozan de gran aceptación mujeres que demuestran cómo se puede ser un referente de estilo a cualquier edad.

En el mundo de la política, candidatos octogenarios conviven con otros muy jóvenes, pero los prejuicios edadistas siguen muy arraigados. En Estados Unidos la edad ha obligado al presidente Biden (80 años) a dar explicaciones sobre el estado de su memoria por presentarse a la reelección. La edad también ha hecho que su oponente Donald Trump (76 años) sea objeto de críticas. Un aspecto positivo es que, a pesar de todo, siguen adelante con sus candidaturas, algo que años atrás era casi impensable. Basta recordar que, Eisenhower, que llegó a la Casa Blanca con 62 años, admitió en sus memorias que dudó sobre presentarse a la reelección con 66 años por temor a ser demasiado mayor.

Un concepto relativamente nuevo

El término inglés ageism (edadismo) fue acuñado en 1969 por Robert Butler, gerontólogo estadounidense y primer director del Instituto Nacional del Envejecimiento en Estados Unidos.

Aunque el edadismo ha existido siempre en diferentes países y culturas, el concepto es reciente y no existe todavía en todos los idiomas. El Informe mundial sobre el edadismo subraya que la identificación de una palabra específica en todos los idiomas sería una manera de comenzar a generar conciencia y cambio en todo el mundo.

En España la RAE incorporó la palabra “edadismo” al Diccionario de la lengua española en diciembre de 2022, definiéndola como “discriminación por razón de edad, especialmente de las personas mayores o ancianas”.

La lucha contra el edadismo significa cambiar la forma en la que pensamos y actuamos en relación con la edad propia y de los demás.
Es fundamental favorecer el contacto intergeneracional para acabar con los estereotipos entre grupos de cualquier edad.
Estereotipos negativos asociados con la edad
Fuente: Informe mundial sobre el edadismo.
Microedadismos

La discriminación por edad suele pasar desapercibida o se acepta mediante lo que se conoce como microedadismos. Como explica la Guía para una Comunicación Libre de Edadismo hacia las Personas Mayores (Fundación HelpAge International España), se trata de comportamientos automatizados, como hablar de forma distinta a las personas mayores, en un tono más alto, con diminutivos (“abuelito”, “viejecita”) o utilizando frases hechas como: “Ya no aguantas nada, te estás haciendo mayor”, “te quejas de todo, pareces un viejo cascarrabias”, “eso es muy boomer”, “sois como niños”,… Estas expresiones tan normalizadas en la sociedad perpetúan los prejuicios contra los grupos de edad más avanzada.

Otro gran reto es acabar con el elderspeak o habla para personas mayores, muy frecuente no sólo en la familia sino también entre los cuidadores.
Para saber más

Campaña mundial contra el edadismo. Iniciativa respaldada por los 194 Estados miembros de la Organización Mundial de la Salud. Recursos para aprender sobre el edadismo, organizar eventos para concienciar a la población o difundir mensajes a través de las redes sociales.

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Glosario sobre edadismo. Fundación La Caixa. Recopilación de palabras y expresiones edadistas gracias a la participación y al valor de las personas mayores.

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Observatorio del Edadismo. Fundación HelpAge International España.

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Plataforma Cívica contra la Discriminación por Edad. Coalición de organizaciones para acabar con la discriminación por edad en todos los ámbitos.

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¿Demasiado mayor para trabajar? Informe que recoge los resultados de un experimento basado en el envío de dos currículos, uno vinculado a una persona de 35 años y otro de 49 años, a diversas vacantes para cuantificar la presencia de discriminación. Autoría: Sara de la Rica, Odra Quesada, David Martínez de Lafuente. Fundación Iseak.

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