Entrevista a Eva González Pérez, abogada de los Países Bajos

EN CURSO LEGAL

Eva González Pérez,

abogada de los Países Bajos

“Hago mi trabajo como todos los abogados: con la Ley en la mano y exigiendo que el Gobierno la cumpla»

Eva González Pérez salto a la fama a finales del año pasado cuando su perseverancia en investigar y defender a los perjudicados por las acciones discriminatorias en el reparto de ayudas del Gobierno holandés de Mark Rutte hizo dimitir a éste y adelantar las elecciones en los Países Bajos. En 2021 recibió el Premio “Puñetas de Plata” de la asociación española ACIJUR por su trabajo en este caso de discriminación, que afectó a 26.000 familias inmigrantes.

CARLOS CAPA,

Periodista.

Desde entonces viene recibiendo numerosos reconocimientos por su rigor y perseverancia en la defensa de la ley. Graduada en Derecho por la Universidad de Utrecht y ejerciendo la abogacía desde hace más de 20 años, hasta la plataforma Netflix estudia hacer una serie contando su caso.

 

Aunque española de nacimiento, su vida personal y profesional se ha desarrollado en los Países Bajos. ¿Cuál es su vínculo con España?

Mi conexión con España es, por supuesto, a través de mi pueblo San Martín de Trevejo. Allí nací y, después de venirnos a vivir a Holanda, era el sitio donde pasábamos todos los veranos las vacaciones. Ahora que soy mayor y estoy casada y con hijos, seguimos haciéndolo, preferiblemente dos veces al año. Es agradable estar en el pueblo, volver a ver a mi madre. Es volver a casa.

En los últimos meses se ha convertido en una personalidad de renombre tanto en su país de adopción como en el de origen, recibiendo varios reconocimientos y galardones. ¿Alguna vez pensó en que su actividad profesional podría llevarle a este reconocimiento público?

Es algo muy especial para mi e increíble que un caso te lleve a la «fama». Yo hago como todos los abogados: trabajar con la Ley en la mano y exigir que el Gobierno también la cumpla. Así es como he ejercido mi profesión durante 20 años. Asimismo, es un gran honor que haber recibido diversos premios y que se reconozca públicamente mi trabajo por hacer lo correcto. Me sirve de viento de cola para hacerlo aún mejor en los siguientes 20 años y mantenerme alerta.

¿Por qué quiso ser abogada?

Siempre fue mi sueño, desde niña, para poder enorgullecer a mis padres.

Y ¿Por qué dedicarse a un territorio jurídico menos rentable que otros, como la abogacía de los negocios, por ejemplo?

No sé cómo funciona exactamente en España el abogado pro-bono, pero en Holanda puedes llevar tu bufete de abogados de forma rentable como abogado pro-bono si también tienes una parte comercial.

Esta combinación hace que un bufete de abogados sea rentable. En los últimos años, el gobierno ha hecho nuevos recortes y está poniendo cada vez más difícil a los abogados lo que en España se denomina asistencia jurídica gratuita. Estoy en contra de esos recortes. Mi caso también ha puesto de manifiesto la importancia de la asistencia jurídica financiada por el Estado, ya que fueron especialmente los menos pudientes los que tuvieron que enfrentarse a los métodos ilegales del Gobierno. Los abogados comerciales no asisten a estas personas.

Yo no he elegido mi trabajo en función de lo que se puede ganar con él; el dinero no es mi motor. Creo que, si trabajas en un campo del derecho con pasión, te irá bien económicamente. Siempre facturo lo menos posible a mis clientes, y más a la otra parte. Por lo general, eso tiene éxito. Este es también mi método de trabajo en este caso en contra de la Hacienda holandesa.

Su constancia en la defensa de los derechos de los más desfavorecidos frente al innegable poder del Estado ha tenido que ser complicada en lo personal y lo profesional. ¿Se siente satisfecha?

No es satisfactorio ser un abogado que defiende los derechos de los ciudadanos contra un Gobierno mentiroso que a su vez viola la ley, discrimina a las personas, oculta documentos al tribunal, y pone a los ciudadanos en listas secretas de fraude sin darles un juicio justo (porque estas personas ni siquiera sabían que estaban siendo consideradas autoras de un fraude). Es más bien una decepción. Creo que, en los procedimientos hacia los ciudadanos, el gobierno debe ser íntegro, transparente en documentos y respetar sus derechos.

El hecho de que haya podido defender los derechos de estos ciudadanos se debe a que accidentalmente recibí un expediente de un funcionario en el que vi cosas que se nos ocultaron al juez y a mí. El encuentro con un denunciante, la política y los medios de comunicación después, llevaron el expediente a este nivel. Me siento honrada de trabajar con otros para hacer que el gobierno en los Países Bajos sea más justo.

Si no hubiera sido por la visibilidad de su defensa de colectivos desfavorecidos como los inmigrantes es probable que muchos ciudadanos europeos no hubieran descubierto que en países como Holanda también existe la discriminación. ¿Se ha sentido intimidada por alguien en algún momento por hacer este trabajo?

En mi estrategia mediática, al principio no ponía a mis clientes de origen extranjero en primer plano en la televisión, los periódicos y la radio. Al principio puse a sus parejas (si eran de origen holandés) en primer plano para que el caso no se limitara a los problemas con los extranjeros y todos los holandeses pudieran identificarse. Hasta julio de 2020 no tenía pruebas fácticas de la discriminación porque la investigación de la Autoridad de Datos Personales aún estaba en curso y no había concluido. No me pareció bien que sin un informe de esta autoridad, que confirmara que había habido discriminación, ya se dijera que la había habido, aunque lo supiera desde 2014. Creo que este método de trabajo ha creado un precedente y el clamor general de la población.

No me he sentido intimidada. Por supuesto, se lanzaron acusaciones y ha habido funcionarios que enfadados salieron gritando de las reuniones con una actitud agresiva. Se siente la presión del lado de Hacienda porque obviamente ve que está perdiendo. Pero esa presión era fácil de soportar quedándote tranquila, y como nunca fue física no me afectó.

 

El proyecto europeo, y en concreto la primacía del derecho comunitario, vive momentos difíciles ante el desafío de algunos países. ¿Qué papel considera que juega el derecho de la Unión en estos momentos?

Creo que el derecho europeo siempre desempeña un papel en todas las normativas de un país. También considero que hay que cumplirla porque esta legislación contiene derechos y obligaciones que se aplican a todos y protegen a todos. Estoy en contacto con personas del Parlamento Europeo en relación con este expediente.

¿En que ha afectado a su vida personal y profesional haber hecho – nada más y nada menos- caer a un Gobierno y provocar un adelanto electoral?

La caída del Gobierno en enero de 2021 fue, nada más y nada menos, que una caída inteligente. Al fin y al cabo, la semana siguiente debía celebrarse un debate y se daría un voto de censura. No me ha afectado personalmente ni en mi vida profesional. El nuevo Gobierno vuelve a tener la misma composición. Sigo teniendo que lidiar con los funcionarios del Departamento de Impuestos que ya estaban antes de la caída. Con o sin Gobierno esto continuará de la misma manera. Como decía Albert Einstein: “No podemos resolver los problemas utilizando el mismo tipo de pensamiento que utilizamos cuando los creamos”. En este momento estamos en esta fase.

Estas personas que ya trabajaban en esos puestos tienden a mantener las cosas como estaban en lugar de esforzarse por cambiarlas. Wanda de Kanter, una especialista en pulmones y activista antitabaco, siempre me dice que existen personas que son “frenos permanentes”. Personas que actúan como si quisieran el progreso (y en mi caso que quieren resolver los problemas que han causado a, por ejemplo, mis clientes), pero mientras tanto frenan las soluciones porque, de lo contrario, serán redundantes. Y no quieren perder sus puestos de trabajo. Por eso se está viendo que no avanzan en la resolución y en pagar los daños y perjuicios.

Los Países Bajos liberalizaron funciones notariales, estableciendo modelos de competencia de precios, hace casi 20 años. En España sigue siendo un cuerpo de naturaleza pública con aranceles establecidos, ¿Qué modelo le parece mejor?

Desconozco los métodos de trabajo del notariado en España o si los ciudadanos españoles consideran importante que el modelo siga siendo el actual. Creo que los ciudadanos de los Países Bajos en general dan cada vez más por sentada la «seguridad jurídica». En un mercado liberalizado, esto hace que la seguridad jurídica «secular» sea un producto difícil. Pero ofrecer seguridad jurídica sigue siendo la piedra angular de la práctica notarial. Creo que, en un modelo liberalizado, la práctica notarial debería desarrollarse y también debería aportar valor en otras áreas, como el asesoramiento, el control de los registros y la supervisión de los procesos.

“Mi caso ha puesto de manifiesto la importancia de la asistencia jurídica financiada por el Estado”

Huella digital

Eva González mantiene una cuenta de Twitter en la dirección @MEGonzalezPere2 y tiene una entrada en Wikipedia con un resumen de su biografía

La BBC realizó un reportaje donde explica los detalles del caso destapado por Eva González que puede leerse aquí

“No es satisfactorio ser un abogado que defiende los derechos de los ciudadanos contra un Gobierno mentiroso que viola la ley”

“Me siento honrada de trabajar con otros para hacer que el gobierno en los Países Bajos sea más justo”

Bruselas marca el camino para una carta magna digital

ÁMBITO EUROPEO

BRUSELAS

MARCA EL CAMINO PARA UNA CARTA MAGNA DIGITAL

La Unión Europea abandera la defensa de los derechos humanos y valores fundamentales como la democracia, la libertad de expresión, la defensa de las minorías, la solidaridad y la sostenibilidad. Pero en un mundo cada vez más digital, Europa quiere garantizar que todos estos valores también se respetan y promueven en línea. Por ello ha propuesto una Declaración de Derechos y Principios Digitales, una especie de carta magna digital, que deberá regir las políticas que regulen este sector una vez sea aprobada por el Consejo Europeo y la Eurocámara, para garantizar así un enfoque europeo también en la Red.

JÚLIA MANRESA NOGUERAS,

 

La UE propone una declaración que deje claro que las tecnologías digitales deben garantizar «proteger los derechos de las personas» y «sustentar la democracia».

“Lo que es ilegal offline también debería serlo online”. Con esta contundencia se expresaba el comisario de Mercado Interior Thierry Breton a principios de este año, cuando la Comisión Europea presentó su propuesta de Declaración sobre los derechos y principios digitales que pretende ser una guía para la transformación digital en la que el conjunto de la Unión se ha embarcado esta década. Europa quiere ser (y está siendo) pionera en la regulación del sector online por diferentes frentes y quiere que cualquiera de estas regulaciones tenga en cuenta los derechos y principios fundamentales que abandera en el resto de ámbitos. Dicho de otra manera: la Unión quiere garantizar la protección de los derechos fundamentales también en el ámbito digital y que este sector respete también los principios europeos. El principal objetivo, dicho en pocas palabras, es que las personas están en el centro de esta transformación. La Comisión Europea espera que esta declaración qualificada de solemne sea firmada por el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo el verano de este 2022.


El acceso a internet tiene que ser seguro para niños, mujeres y colectivos vulnerables


Solo este año, la Unión Europea tiene previsto adoptar leyes digitales de gran calado, como la Directiva de Servicios Digitales o la Directiva de Mercados Digitales, que afectarán directamente las normas de competencia de grandes plataformas como Facebook o de gigantes del sector como Google, Apple o Amazon. La aprobación de estas directivas ha provocado que el sector tecnológico -principalmente dominado por grandes empresas americanas- se haya volcado en Bruselas, incrementando su gasto en actividades de lobby hasta dedicar 100 millones de euros anuales, más de lo que gasta el lobby farmacéutico, según los cálculos de la ONG Corporate Europe. Estas directivas pretenden proteger la privacidad del consumidor, exigiendo más responsabilidades al sector tecnológico y evitando sus prácticas monopolísticas y, por descontado, este sector está empleando recursos para evitar que se les pongan límites.

El pasado marzo la Unión Europea llegó a un acuerdo sobre la Directiva de Mercados Digitales y también este año está previsto aprobar la Directiva de Servicios Digitales, dos leyes que afectarán directamente las normas de competencia de grandes plataformas como Facebook o de gigantes del sector como Google, Apple o Amazon. El impulso de estas directivas ha provocado que el sector tecnológico principalmente dominado por grandes empresas americanas– se haya volcado en Bruselas, incrementando su gasto en actividades de
lobby hasta dedicar 100 millones de euros anuales, más de lo que gasta el lobby farmacéutico, según los cálculos de la ONG Corporate Europe. Estas directivas pretenden proteger
la privacidad del consumidor, exigiendo más responsabilidades al sector tecnológico y evitando sus prácticas monopolísticas y, por descontado, este sector está empleando recursos para evitar que se les pongan límites.

Las personas en el centro

De aquí que la Comisión Europea, y de hecho también el Parlamento Europeo, así como los líderes y organizaciones de la sociedad civil, consideren necesario establecer cuáles son los derechos de la ciudadanía en el mundo digital. El difunto presidente de la Eurocámara, David María Sassoli, por ejemplo, ya había promovido en 2018 la idea que el acceso a internet fuera reconocido como un nuevo derecho humano. Pero, ¿cuáles son los derechos que recoge Bruselas? La declaración que propuso la Comisión Europea se articula en seis capítulos: las personas en el centro de la transformación digital; la solidaridad e inclusión; la libertad de elección; la participación en el espacio público digital; la seguridad, la protección y el empoderamiento; y la sostenibilidad.


Cuatro de cada diez europeos no son conscientes de que la libertad de expresión, la privacidad o la no discriminación deben respetarse también en internet


Dentro de estos capítulos, Bruselas propone una declaración que deje claro que las tecnologías digitales deben garantizar “proteger los derechos de las personas” y “sustentar la democracia”. Pero también garantizar que los europeos tengan acceso asequible y rápido a la Red. Este acceso, a su vez, debe ser seguro; seguro para niños, mujeres y colectivos vulnerables. La privacidad de los datos o la transparencia de los algoritmos y el derecho a tener servicios públicos digitales, como una identidad digital accesible y fiable, también están contemplados en esta declaración.

Según datos de la misma Comisión, cuatro de cada diez europeos no son conscientes de que sus derechos, como la libertad de expresión, la privacidad o la no discriminación, deben respetarse también en la Red. Además, en 2019 la mitad de los usuarios de internet de la UE aseguró que limitaba sus actividades en línea debido a sus preocupaciones relacionadas con la seguridad.

El derecho a la desconexión

Un ejemplo tangible de lo que implica esta declaración es, por ejemplo, el llamado derecho a la desconexión, que debe garantizar que los trabajadores puedan desconectar de su trabajo en línea al concluir su jornada laboral. El Parlamento Europeo aprobó en enero de 2021 una resolución pidiendo a la Comisión que regule este derecho. Países como Bélgica ya lo contemplan en sus renovadas legislaciones laborales y, por lo tanto, ya se está teniendo como un derecho laboral más después de una pandemia que disparó el teletrabajo. En otros casos, sus efectos prácticos todavía están por ver o simplemente no se ha traducido todavía en legislación. El control o el libre acceso de los datos y que las Administraciones Públicas sean accesibles también en el ámbito digital son otros ejemplos contemplados en este texto. Pero hay otros muchos aspectos que deben verse incluidos, como la inteligencia artificial, la ciberseguridad o, por ejemplo, los derechos del consumidor a tener más información sobre sus productos digitales, su huella medioambiental o su posibilidad de reparación.


Bruselas quiere garantizar que todas las actividades que son consideradas ilegales en el mundo offline también lo son en la red


No es gratuito que la transformación digital sea uno de los vectores regentes de cualquiera de las políticas que llegan a las capitales marcadas desde Bruselas. Y es que este es un pilar fundamental de la hoja de ruta que la Comisión liderada por Ursula Von der Leyen, cosa que se ha traducido no solo en la agenda legislativa del ejecutivo bruselense, sino también, por ejemplo, en los criterios fijados para la obtención de los fondos de recuperación articulados como respuesta a la pandemia del coronavirus. El 40% de las inversiones y proyectos previstos por cada gobierno europeo deben consagrarse a la transformación digital. Todo este dinero, proyectos y nuevas formas de negocio o de generar actividad económica implican una intensificación de la vida online de la ciudadanía europea que, a ojos de Bruselas, no tiene por qué perder ningún tipo de protección fundamental respeto a la vida que mantiene offline.

Los antecedentes

Este proyecto de declaración, que tiene que ser aprobado todavía por los veintisiete y por la Eurocámara, tiene sus raíces en otras iniciativas similares que provienen de los mismos gobiernos europeos, como la Declaración de Tallinn sobre el Gobierno Digital (2017), la Declaración de Berlín sobre la Sociedad Digital y un Gobierno Digital basado en valores (2020), o la Declaración de Lisboa sobre la Democracia Digital (2021). Todas estas iniciativas tienen como objetivo último adoptar un modelo de transformación digital que refuerce y no debilite los derechos humanos.

Las bases legales

Según explica la Comisión Europea, la Declaración de Derechos y Principios Digitales está profundamente arraigada en la legislación europea. Tanto en la Declaración de Derechos Fundamentales como en la jurisprudencia que ha ido marcando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por eso, se ha llegado a bautizar como la carta magna digital. Bruselas también considera que esta iniciativa es comparable al Pilar Europeo de Derechos Sociales. Para garantizar que no se queda únicamente en una declaración, la Comisión propone a su vez un proceso de monitarización con un informe anual.

Europa opina

Declaración de Derechos y Principios Digitales para la Década Digital. Enlace a la declaración que propuso la Comisión a principios de año en todos los idiomas oficiales de la Unión Europea.
Documento de trabajo de la Comisión Europea para la elaboración del proyecto de declaración.
Contribución de la red de ONGs, expertos y académicos EDRI, dedicada a defender y promover los derechos digitales.

«La Carta de Derechos digitales de España”, por Moisés Barrio Andrés

ÁMBITO EUROPEO

MOISÉS BARRIO ANDRÉS,

Letrado del Consejo de Estado, Profesor de Derecho digital y Director del postgrado en Legal Tech y transformación digital (DAELT) de la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid

 

"El ordenamiento jurídico tiene que garantizar que estos derechos pueden ejercerse en el entorno digital con la misma eficacia que fuera de él"

La Carta de Derechos digitales de España

La transformación digital ejerce una influencia trasversal en todas las actividades de la sociedad, y naturalmente en el propio Derecho. El gran problema jurídico que plantea consiste en que los comportamientos y las actividades desplegadas con o en virtud de la transformación digital no siempre se encuentran previstos por la legislación vigente. Por eso constituyen auténticas lagunas en las normas jurídicas.

Además, algunas de las innovaciones tecnológicas emergentes operan al margen del Derecho y ponen en cuestión el tradicional papel del Estado. Y suscitan asimismo importantes desafíos relacionados con la descentralización (pensemos en las tecnologías DLT/blockchain), el anonimato, la protección de datos, la identidad digital, la opacidad de los procesos, la interconectividad global, las amenazas de ciberseguridad, la propiedad de los datos, etc.

Por ello es urgente actualizar las declaraciones de derechos, adaptando las vigentes a los fotónicos cambios tecnológicos y sociales que se están produciendo, salvaguardando al mismo tiempo el indispensable equilibrio entre las utilidades que reporta la transformación digital y la garantía de los derechos de los ciudadanos en los nuevos espacios y escenarios de relación y conflicto.

Así las cosas, los nuevos entornos y contornos disruptivos provocan desazón en los ciudadanos y empresas, ante lo cual crecientes voces reclaman seguridad jurídica y cartas de derechos digitales.

Ello tanto desde el sector público, como sucedió en la Cámara de Diputados de Italia en 2015 con la Declaración de Derechos de Internet o con la reciente Declaración europea de Principios y Derechos Digitales de la Unión Europea presentada por la Comisión Europea el 26 de enero de 2022, como también en el sector privado, pudiéndose citar entre nosotros el Manifiesto por un Nuevo Pacto Digital promovido por Telefónica en 2018.

Jurídicamente, la cuestión se articula a través del concepto de «derechos digitales», que engloba los derechos de los ciudadanos en el entorno digital, ya sean derechos fundamentales reconocidos en la Constitución o derechos de rango ordinario previstos en las leyes.

Por tanto, la categoría de «derechos digitales» comprende no sólo la actualización de derechos tradicionales para identificar en ellos nuevas facultades en el marco de la sociedad digital (por ejemplo, el derecho al olvido dentro del derecho fundamental a la protección de datos, como lo ha admitido la STC 58/2018, de 4 de junio), sino también para reconocer nuevos derechos fundamentales en sentido genuino en los textos constitucionales, como serían por ejemplo el caso del acceso universal a internet y la ciberseguridad, así como un derecho fundamental a la verdad para luchar contra las noticias falsas (fake news), un derecho a la conciliación familiar y laboral o los neuroderechos.

Esta categoría es especialmente relevante porque la transformación digital debe tener como principio estructural maximizar la calidad de la democracia y los derechos. El ordenamiento jurídico tiene que garantizar que estos derechos pueden ejercerse y están asegurados en el entorno digital con la misma eficacia que fuera de él, lo que plantea el problema de cómo protegerlos adecuadamente dadas las especiales características del mundo digital.

Ahora bien, a la hora de encajar los derechos digitales en el marco constitucional vigente las opiniones son diversas y se plantea incluso la necesidad de que éste sea actualizado con una reforma expresa de la Constitución Española de 1978.

Por el momento, en España ya el título X de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (la LOPDGDD) establece una primera regulación de los mismos. Es una regulación jurídica, no ética, y su promulgación supuso una importante novedad en el Derecho comparado.

El paso siguiente se ha producido con la Carta de Derechos digitales de España, de 2021.

La Carta, adoptada el pasado 14 de julio de 2021 por el Gobierno, se estructura en cinco grandes apartados: «derechos de libertad», «derechos de igualdad», «derechos de participación y de conformación del espacio público», «derechos del entorno laboral y empresarial» y, finalmente, «derechos digitales en entornos específicos». Y en cada uno de estos ámbitos se contiene una relación de derechos que suman un total de veinticinco.

Ahora bien, su objetivo no es el de elaborar un proyecto de norma jurídica (algo que ha ocasionado una comprensible decepción) sino el de redactar un documento que pueda servir de referencia para una futura ley orgánica que actualice los derechos digitales, si bien en principio sería muy conveniente una reforma expresa de la Constitución.

Pero la Carta cumple finalidades adicionales. Por ejemplo, puede servir para el fomento activo por los poderes públicos de códigos de conducta inspirados en los principios del texto. O de impulso de políticas públicas digitales. Del mismo modo, es un útil instrumento interpretativo de algunos conceptos difusos en la legislación vigente. O, en fin, constituye el inicio de un debate sobre nuevos derechos digitales no positivizados hasta la fecha y la forma en que deberían modularse, como es el caso del empleo de las neurotecnologías.

La influencia de la Carta la encontramos por ejemplo en la próxima Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia, así como en la señalada Declaración de Principios y Derechos Digitales de la UE, de 26 de enero de 2022.

A partir de ahora, corresponde a los titulares de la iniciativa legislativa (esto es, fundamentalmente al Parlamento y al Gobierno según el art. 81.1 CE) promulgar nueva legislación para mejorar la protección de los derechos digitales en nuestro país.

Un mundo más desigual

ALDEA GLOBAL

Un mundo más desigual

La desigualdad varía significativamente entre la región más igualitaria (Europa) y los más desiguales (Oriente Medio y el Norte de África).

Hay muchas –demasiadas– formas de desigualdad entre humanos. La que más incentiva al resto, y la más visible, además, es la desigualdad económica. Si lo pensamos superficialmente, nos imaginamos que el problema solo existe en áreas subdesarrolladas, en lugares que no han alcanzado aun la suficiente estabilidad política y social. Pero llegó una pandemia a decirnos que las cosas no son tan simples, que un virus diseminado por todo el planeta puede ahondar en esas diferencias o que un conflicto bélico, más próximo a nuestras casas de lo que creíamos, podría suceder, las podría multiplicar por cifras impensables hace solo un par de años.

MELCHOR DEL VALLE,

Desigualdad global de ingresos y riqueza

El 50% obtiene el 8,5% del ingreso total medido y posee 2% de la riqueza. El 10% de los más ricos del mundo posee el 76% de la riqueza total y logra el 52% de todos los ingresos netos generados en 2021. Téngase en cuenta que los principales tenedores de riqueza no son necesariamente los principales titulares de ingresos.

World Inequality Lab, un centro de investigación internacional económica y social creado en l’École d’économie de París, ha hecho público su informe anual sobre la desigualdad en el mundo (World Inequality Report 2022) en el que decenas de investigadores de setenta países han plasmado la siguiente foto fija de 2021: el 10% de la población con mayor riqueza posee el 75% de toda la que hay en el mundo, mientras que el 50% con menos recursos solo dispone del 2%. Y la tendencia, durante la pandemia, ha sido ir incrementando esas diferencias.


Los conflictos bélicos destruyen recursos, paralizan la producción y el empleo


Pandemia.

«La crisis del COVID –explicó Lucas Chancel, autor principal del informe– ha exacerbado las desigualdades entre los muy ricos y el resto de la población. Sin embargo, en los países ricos, la intervención del gobierno evitó un aumento masivo de la pobreza; este no fue el caso en los países pobres. Esto demuestra la importancia de los estados sociales en la lucha contra la pobreza».

En cifras, y mirando las diferencias entre los datos de 2019 y los de 2021, el 50% de la población mundial menos favorecida no ha incrementado ni disminuido su porcentaje de riqueza, tan solo es de un 2%, mientras que el del 10% de los más ricos ha crecido en cuatro décimas (75,1% a 75,5%); pero la diferencia es más evidente si solo miramos al 1% de los más pudientes, que han incrementado su riqueza del 37,1% del total mundial al 37,8%. Estos porcentajes debemos mirarlos juntamente con los de ingresos: quienes más tienen no los han incrementado, pero para los más infortunados han caído una décima porcentual.

Desigualdad desigual.

No es nuevo para nadie que existen zonas geográficas en las que las diferencias económicas son, de puro grandes, abismales. Dice el informe de World Inequality Lab que «la desigualdad varía significativamente entre la región más igualitaria (Europa) y los más desiguales (países MENA, acrónimo inglés que se refiere al Oriente Medio y el Norte de África)». En Europa, la participación en los ingresos del 10% (de las personas más ricas) está en torno al 36%, mientras que en los países MENA es del 58%. Ya se habrá percatado el lector que el estudio diferencia entre riqueza, donde es mayor la desigualdad, e ingresos.

Si vamos más allá de los números globales, observamos también distintos patrones. Por ejemplo, los niveles de ingreso promedio nacional no son proporcionales con el grado de igualdad. Hay países de ingresos elevados que son muy desiguales, como los EE.UU., mientras que, en otros, como Suecia, se da mayor proporcionalidad. Algo parecido sucede entre los países de ingresos bajos y medianos, donde encontramos casos como Brasil e India, con una enorme desigualdad; China, que se sitúa en un término medio, aunque peligrosamente tendente al alto; o Malasia y Uruguay, donde los grados de desigualdad se pueden calificar de moderados.

Dificultades de recuperación.

En el informe Global Economic Prospects 2022, del Banco Mundial, se incluyen secciones analíticas en las que se plantean tres obstáculos que pueden impedir una recuperación duradera en las economías en desarrollo. Uno de ellos es el impacto de la pandemia en la desigualdad. Se pone de manifiesto que la pandemia ha supuesto un incremento en la desigualdad de ingresos a nivel mundial, dando al traste, en gran medida, con la disminución conseguida en las dos décadas anteriores.


La crisis del covid ha exacerbado las desigualdades entre los muy ricos y el resto de la población


«También ha intensificado la desigualdad –dice el informe– en muchas otras esferas de la actividad humana: en la disponibilidad de vacunas, en el crecimiento económico, en el acceso a la educación y la atención de la salud, y en la escala de la pérdida de empleo y de ingresos, que ha sido mayor entre las mujeres y los trabajadores poco cualificados e informales. Esta tendencia puede dejar cicatrices duraderas: por ejemplo, las pérdidas de capital humano causadas por las interrupciones en la educación pueden transmitirse de una generación a otra».

Soluciones.

Dicen los economistas que «el papel lo aguanta todo», pero no es menos verdad que sin poner sobre la mesa posibles soluciones, los problemas de desigualdad (cualquier problema de ámbito económico y mundial, en realidad) serán difíciles de atajar. Abhijit Banerjee y Esther Duflo, que firman el prólogo del World Inequality Report 2022, dicen que «Este informe deja claro una vez más que se necesitan cambios políticos profundos para que las cosas vuelvan a su lugar. Las soluciones políticas existen normalmente y, cuándo no, a menudo sabemos cómo encontrarlas. Nuestra propia investigación, y la de los investigadores de la red que ayudamos a crear, se ha centrado en cómo hacer bien la ‘fontanería’, para que la política pueda hacer su trabajo».


Son necesarias reformas que puedan incrementar la inversión y promover el capital humano y revertir la desigualdad de ingresos y de género


Por su parte, Ayhan Kose, director del Grupo de Perspectivas del Banco Mundial, dijo que «A la luz de la desaceleración prevista en el crecimiento de la producción y la inversión, el escaso espacio normativo y los riesgos considerables que opacan las perspectivas, las economías emergentes y en desarrollo deberán calibrar cuidadosamente sus políticas fiscales y monetarias. También es necesario que emprendan reformas para borrar las cicatrices de la pandemia. Estas reformas deben diseñarse de modo tal que puedan incrementar la inversión y promover el capital humano, revertir la desigualdad de ingresos y de género, y hacer frente a los desafíos del cambio climático».

Conflicto bélico.

Estábamos enfrascados en estos análisis y pensando en soluciones, cuando un país decidió invadir militarmente el territorio anejo y ajeno, y provocar una importante debacle económica en todo el mundo. No les abrumamos con detalles, ni los humanos ni los económicos, que los tienen ampliamente explicados y al día en todos los medios informativos. Pero eso nos ha hecho preguntarnos si esto va a incrementar la desigualdad en el mundo, si se restringirá a Europa o si será solo un problema para invasores e invadidos.

Duele hablar de ello mientras mueren personas, niños… mientras se destruyen hospitales y escuelas, pero ya nos pasó antes, nos sigue pasando, en otros conflictos bélicos. Así que déjennos echar mano de la historia europea, sin ir más allá, para encontrar un dato. Los conflictos bélicos, por definición, destruyen recursos, paralizan la producción y el empleo, además de causar disminución poblacional. Cero crecimiento, incluso negativo, y menor riqueza, por tanto; pero para todos. En Francia, por ejemplo, la desigualdad disminuyó durante ambas guerras mundiales y en el lapso entre ellas (datos del World Inequality Lab, que lleva estudiando la desigualdad en el país galo desde principios del siglo XIX). Ya saben: vivimos en un mundo en el que hay más grises que blancos y negros, aunque el mal de muchos no consuele, esta vez, a nadie.

La desigualdad en España

El World Inequality Report 2022 aporta, además de resultados globales, el detalle por países. Nos mueve, claro, la curiosidad de saber cómo está España. En el cuadro pueden ver las diferencias porcentuales de riqueza e ingresos de 2019 y 2021 (pre y post pandemia). Los grupos son los mismos que los estudiados en el resto de los países del mundo: 1% de los españoles con mayor riqueza, 10% de estos mismos y 50% de la población menos favorecida. La diferencia no es mucha, pero hay un ligero incremento de la desigualdad.

Para saber más

World Inequality Report 2022.
Coordinado por Lucas Chancel (director y autor). World Inequality Lab, diciembre de 2021.

Global Economic Prospects.
Coordinado por Carlos Arteta. Grupo Banco Mundial, enero de 2022.

El efecto del COVID-19 en los negocios internacionales (2ª edición).
Gina Bowman (dirección) y Olivia Scotti (coordinación). Gedeth Network, mayo de 2021.

«Una bofetada de realidad”, por Casimiro García-Abadillo

ALDEA GLOBAL

CASIMIRO GARCÍA-ABADILLO,

Director de «El Independiente»

 

"Los europeos estábamos mirándonos el ombligo y, de repente, ¡zas!, estalló la guerra en nuestra frontera"

Una bofetada de realidad

Cuando terminó la Primera Guerra Mundial, el presidente norteamericano, Woodrow Wilson, declaró que ya no volvería a haber más guerras como esa. Confiaba en que el horror causado por los millones de muertos y el espíritu pacificador que llevó a creación de la Sociedad de Naciones, que él impulsó, harían que nunca más se repitiera tal barbarie.

Pero veinte años después, Hitler echó por tierra el vaticinio de Wilson. La Segunda Guerra Mundial sería aún peor que la Primera.

La guerra fría que se instaló en el planeta tras el final de la Segunda Guerra Mundial trasladó los conflictos entre los dos bloques al extrarradio europeo. En realidad, nunca dejó de haber guerras, pero estas no afectaban directamente a las grandes potencias. África, América Latina y, sobre todo, Asia se convirtieron en el tablero de operaciones en la disputa por el control de áreas de influencia.

Tras la caída del Muro de Berlín y el colapso de la URSS algunos, como el politólogo norteamericano Francis Fukuyama, pensaron que la historia tal y como la conocíamos había acabo. Pero se equivocó. Treinta años después de la publicación de su famoso libro El fin de la historia y el último hombre, en Europa vuelven a estallar las bombas.

Los europeos hemos vivido plácidamente durante estas tres décadas. Rusia, pensábamos, había caído rendida a los encantos del capitalismo y China no se veía como una amenaza. Durante unos años, el peligro para la paz se focalizó en el terrorismo yihadista. Los atentados de las torres gemelas, de Madrid y de Londres, evidenciaron los agujeros de seguridad e inteligencia que se habían producido tras la relajación que siguió a la caída del Telón de Acero. ¡Qué tremendo error!

Occidente reaccionó con operaciones militares y de ocupación en Afganistán e Irak, que no lograron sus objetivos finales. La consolidación de Al Asad en Siria, tras diez años de cruenta guerra contra su pueblo, y, sobre todo, la retirada de Afganistán, cuyo gobierno volvió a manos de los talibanes el pasado mes de agosto, evidenciaron la debilidad de EEUU y sus aliados.

Pero a los gobernantes europeos y a la mayoría de los ciudadanos de la UE lo que más les preocupaba entonces era mantener su nivel de vida y mejorar sus sistemas de salud tras la eclosión del Covid, que ha puesto de relieve la ineficacia de sus sistemas sanitarios para hacer frente a la pandemia.

La decisión de Vladimir Putin de invadir Ucrania, sin una provocación previa, saltándose la legalidad internacional y el cumplimiento de sus propias promesas ante los líderes europeos, es un golpe de mano que obedece al intento de Rusia de volver a ser un actor protagonista de la escena internacional, que se produce en un contexto de repliegue de EEUU y de falta de liderazgo en Europa.

Los europeos estábamos mirándonos el ombligo y, de repente, ¡zas!, estalló la guerra en nuestra frontera.

Ha sido un baño de realidad que nos enfrenta a los horrores de los bombardeos de ciudades, al éxodo de millones de personas y al miedo a que un conflicto nuclear.

El mundo ya no será igual. Europa -ese es uno de los efectos positivos de lo que está pasando- ha cobrado conciencia de sí misma. La dureza de las sanciones económicas a Rusia, el envío de armas a Ucrania y la decisión de aumentar los presupuestos de defensa, sobre todo de Alemania, han animado a los países más relevantes a convertir a la UE en algo más que un club de intereses económicos.

Los parlamentarios europeos han pasado de discutir sobre el tamaño de las jaulas en las que deben transportarse las gallinas, a brindar solidaridad a un pueblo que está siendo masacrado por la superioridad militar de una Rusia que quiere recuperar su imperio. ¡Ya era hora de dejar de hablar de tonterías!

Las decisiones tienen sus consecuencias. Putin podrá ganar la guerra, pero ya para siempre será un paria con el que los países democráticos no querrán tener nada que ver. La renovada conciencia europea puede alumbrar lo que, hasta ahora, no era más que un planteamiento teórico: la necesidad de crear un ejército europeo. Europa es consciente de que tiene poder, pero que éste debe estar sustentado en Estados fuertes. Esa es una mala noticia para los movimientos secesionistas.

Mientras que Rusia corre el peligro de quedar aislada internacionalmente, China consolida su posición como gran actor a la altura de Estados Unidos. Europa tiene dos opciones: o seguir dependiendo de las prioridades que marque Washington, o bien tener su propia agenda, aunque se mantenga la alianza occidental dentro de la OTAN.

Las guerras cambian muchas cosas. Una de ellas es la economía. Europa tiene que plantearse su estrategia energética a medio y largo plazo. Es una decisión muy importante que tiene que engarzar, por un lado, la transición a las energías limpias y, por otro, la independencia energética del gas ruso y el petróleo de los países árabes.

Mientras que Estados Unidos y China se disputan la primacía económica mundial, sobre los ejes de la tecnología, la inteligencia artificial y el control de los datos, Europa todavía no tiene una agenda propia para competir en esas áreas. Es otros de los asuntos que los líderes europeos tienen que abordar en el corto plazo.

El mundo, decíamos, ya no será igual. No habrá globalización, sino áreas de influencia y alianzas. Ha llegado el momento de que el baño de realidad de la invasión de Ucrania genere un nuevo concepto más robusto, más político, y más competitivo de Europa.

Derecho a fracasar

ENTRE MAGNITUDES

DERECHO A FRACASAR

El estigma social que rodea la insolvencia financiera es una pesadilla recurrente que trufa los sueños de todo emprendedor que se precie.

El Gobierno quiere actualizar el actual marco concursal y, de paso, adaptarlo a la normativa europea de insolvencia. El objetivo es modernizar los procedimientos de reestructuración y exoneración de deudas y, por consiguiente, ayudar a las empresas viables a salir adelante y evitar que acaben en liquidación. En este contexto, el proyecto de ley de Reforma de la Ley Concursal fue aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre pasado.

FERNANDO GEIJO,

El estigma social que rodea la insolvencia financiera es una pesadilla recurrente que trufa los sueños de todo emprendedor que se precie. Y es que el recelo de los empresarios a la hora de adentrarse en desconocidos senderos del mercado está plenamente justificado, máxime en tiempos de creciente incertidumbre, como los actuales, en los que a las secuelas aún no extintas del Covid se unen las consecuencias del conflicto bélico en Ucrania.

En este sentido, el Gobierno se ha puesto manos a la obra para poner al día el actual marco concursal que rige en España la reestructuración de las empresas con problemas de solvencia y pretende renovar así nuestro ordenamiento jurídico, alineándolo mediante la correspondiente transposición de la directiva europea vigente en la materia.

Con este objetivo, se encuentra en proceso de tramitación parlamentaria el proyecto de ley de reforma concursal, una esperada evolución que está conectada con el recientemente aprobado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que cuenta con una gran trascendencia para el futuro empresarial en nuestro país.


Tras un período de negociación no superior a tres meses, acreedores y deudores deben optar por alcanzar un acuerdo o proceder a la liquidación


Agilizar, facilitar y minimizar

Entre los retos fijados por las autoridades para acometer las mejoras propuestas en la próxima ley concursal se encuentran la aceleración de los correspondientes procedimientos de reestructuración, la apuesta por las soluciones consensuadas y negociadas de antemano entre acreedores y deudores para abordar situaciones de insolvencia y, por último, la meta de tratar de evitar la destrucción de valor en una economía ya castigada por las crisis anteriores.

Entre los avances recogidos en el proyecto de ley se hace hincapié en el impulso de los denominados planes de reestructuración, que tratan de paliar una hipotética situación de insolvencia en la fase preconcursal, anticipando para ello acuerdos entre deudores y acreedores con el objetivo de refinanciar la deuda y, a la postre, evitar liquidaciones.

Los nuevos planes de reestructuración incluidos en el proyecto están concebidos para ser mecanismos ágiles desde la perspectiva del procedimiento al que deben acogerse los afectados por situaciones de insolvencia.

La clave estaría en conseguir incorporar a los acreedores que no votan a favor del plan de salvamento inicial, aunque sin conculcar los derechos de los mismos. Con ello, las autoridades prevén conseguir que se corrija uno de los males endémicos en España en materia de concursos empresariales, la demora en acogerse a las medidas previstas en la ley. Esto se traduce en la desaparición prematura de muchas empresas, que a la postre podrían salvarse, dada la irreversibilidad del daño ya producido a esas alturas.

Y es que a las ventajas directas derivadas del auxilio anticipado a un mayor número de compañías ahogadas por las deudas se unen las que entrañan la descongestión de los juzgados de lo mercantil, con la consiguiente liberación de recursos y la maximización de la eficiencia del sistema de concurso, para lo que se requerirá, además, la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Mutatis mutandis.

Las principales modificaciones que introduce el nuevo texto legal a debate parlamentario y, por tanto, aún en fase de enmiendas, es la introducción, en línea con los países de nuestro entorno, de una tramitación específica para abordar los problemas de solvencia de las microempresas.

De hecho, el proyecto incluye un nuevo procedimiento único para autónomos y microempresas, de menos de 10 empleados. Se trata de un modelo digital, con bajo coste, capaz de aumentar de forma exponencial las posibilidades de supervivencia de las empresas, siempre que cuenten con un adecuado grado de viabilidad a futuro.

Para ello, y tras un período de negociación con un plazo no superior a los tres meses, acreedores y deudores deben optar o bien por alcanzar un acuerdo para poner en marcha un plan para continuar con el negocio y establecer un calendario de pagos de la deuda o, en caso contrario, proceder a la liquidación ordenada de la empresa, antes de que se deteriore la situación financiera de la misma, mediante la utilización de una plataforma digital habilitada ad hoc.


El consenso es vital para lograr acuerdos de reestructuración antes de llegar al concurso


La reforma prevé incentivar también a los autónomos y personas físicas para que cuenten con una segunda oportunidad real y efectiva que posibilite que puedan continuar en el futuro con su actividad. Con lo que, bajo unas determinadas condiciones, puedan exonerar parte de la deuda, sin entrar para ello en la liquidación de su patrimonio, incluyendo la vivienda en el caso de los autónomos, mediante el establecimiento de un plan de pagos con una duración máxima de tres años, ampliable a cinco.

Asimismo, se incluye la posibilidad de poder proceder a la venta de unidades productivas, mediante la firma del correspondiente convenio entre las partes, siempre que, de nuevo, se cumplan unas mínimas condiciones de viabilidad del negocio.

No hay que olvidar tampoco que, en aras de la aceleración del proceso, la reforma contempla incentivos al administrador concursal para estimular la celeridad y premura del mismo y, en caso contrario, penalizaciones si se alarga más de un año y es imputable a su gestión.

Certidumbre y protección

‘El que no arriesga no gana’. Al menos esta máxima se suele aplicar al éxito empresarial. Un concepto asociado al hecho de atreverse a poner en marcha una determinada idea o iniciativa y que está imbricado con la mencionada Ley de Segunda Oportunidad. Un recurso legal para que particulares y autónomos tengan la posibilidad de renegociar sus deudas sin obviar los derechos de cobro de los acreedores en procesos extrajudiciales bajo tutela judicial.

En definitiva, la reforma concursal en tramitación pretende lograr una legislación competitiva que otorgue estabilidad y un marco predecible a los agentes económicos, al tiempo que se constituya en un vector de ayuda al relanzamiento de la economía de nuestro país.

Al César lo que es del César

Entre las principales modificaciones adoptadas en materia de planes de reestructuración en el proyecto de ley concursal, frente al anteproyecto, con respecto a los créditos de derecho público, se encuentran:

  • La posibilidad de que la reestructuración afecte a las deudas contraídas con el Estado, siempre y cuando, el deudor esté al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social en el momento de comunicar la apertura de negociaciones con los acreedores y estos créditos de derecho público tengan menos de dos años.
  • La reestructuración en ningún caso supondrá la reducción de su importe, el cambio de deudor, la modificación o extinción de las garantías que los generaron o su conversión en acciones, crédito, participaciones sociales o préstamo participativo, al tiempo que se establece un plazo máximo de 18 meses para la devolución de estos créditos de derecho público desde la comunicación del inicio del proceso negociador.
  • Las deudas frente al Estado se constituyen, además, en una clase única.
  • No estar al corriente de pago con la administración tributaria y la seguridad social puede suponer un motivo de impugnación del auto de homologación.
  • Los acreedores de derecho público podrán solicitar la resolución del plan de reestructuración en caso de incumplimiento por parte del deudor.

Ejemplo de transparencia

Banco Santander decidió, a finales de 2021, dar un paso al frente e inscribirse en el registro habilitado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para ejercer labores como grupo de interés. Su objetivo es transmitir su punto de vista, tanto propio como del sector, ante los poderes públicos que, con sus decisiones, afectan el quehacer diario de ciudadanos, empresas e instituciones. Esta iniciativa, tomada de forma voluntaria y pionera por una entidad financiera en España, supone un evidente impulso para normalizar el trabajo de ‘lobista’. Una función que ejercerá el secretario general de Santander España, Adolfo Díaz-Ambrona Moreno, y que se espera que anime a otros bancos para defender su legítima actividad de cara a canalizar su participación en el proceso de toma de decisión de las administraciones públicas.

Ojo al dato

Proyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020. 14 de enero de 2022. Boletín Oficial del Estado (BOE).

«Un posible remedio para la insolvencia probable», por José Miguel Embid

ENTRE MAGNITUDES

JOSÉ MIGUEL EMBID,

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valencia.

"Para encauzar la insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado se regulan los planes de reestructuración"

Un posible remedio para la insolvencia probable

Con fecha de 14 de enero del presente año se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales un importante proyecto de ley que, de ser aprobado, traerá consigo cambios significativos en el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Dicho proyecto se ha elaborado, ante todo, para adaptar nuestro Derecho de la insolvencia a la directiva 2019/1023, de 20 de junio, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas. Pero en el proyecto que nos ocupa no encontramos solo los necesarios preceptos de adaptación al texto europeo, sino, además, un buen número de modificaciones normativas que el legislador español ha considerado oportuno establecer a fin de conseguir una regulación coherente y adecuada a las circunstancias de nuestra realidad.

Sin perjuicio de algunos ensayos precedentes, corresponde aplicar ahora al Derecho concursal este criterio de “reforma y adaptación”, si bien desde una perspectiva singular, pues la directiva 2019/1023 aparece guiada por el propósito de llevar el tratamiento de la crisis económica de la empresa a un estadio anterior a lo que es característico del concurso de acreedores. En consonancia con esa finalidad, la parte principal del proyecto de ley se sitúa en el marco de lo que se denomina “insolvencia probable”, supuesto previo a la insolvencia propiamente dicha (actual) e, incluso, a la insolvencia inminente contempladas en el Texto refundido, como situaciones susceptibles de desencadenar el concurso de acreedores.

Para encauzar esa insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado y mantengan de manera eficiente su actividad, se regulan los llamados “planes de reestructuración”, que se constituyen así, dentro del Derecho español, en el “marco de reestructuración preventiva” reclamado por la directiva, con numerosas aportaciones de nuestro legislador. Tales planes, para el proyecto de ley (art. 614) tienen un objetivo ciertamente muy amplio que se dirige a modificar la composición, las condiciones o la estructura del activo y del pasivo del deudor, incluyendo las transmisiones de activos, unidades productivas o la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como cualquier cambio operativo necesario, o una combinación de estos elementos.

Tras esta amplísima delimitación, podrá decirse que estamos ante una figura preconcursal, asumiendo la terminología ampliamente divulgada durante la Gran Recesión y que da nombre a uno de los dos grandes bloques en que se dividen el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Sin negar dicho calificativo, la regulación de los planes muestra, no obstante, un espíritu propio, que los distingue netamente de los consabidos acuerdos de refinanciación y que los convierte en “algo más” que una mera figura preconcursal. Con arreglo a la muy detallada exposición de motivos del proyecto, resulta evidente un doble propósito en su tratamiento normativo: de un lado, la ya aludida anticipación de su puesta en práctica, con clara mejora respecto de los actuales instrumentos preconcursales, y, de otro, la considerable flexibilidad con que aparece concebida su regulación.

En este último sentido, hay que destacar el muy limitado papel que se asigna a la intervención judicial, restringida a la homologación, en su caso, del plan, con algunas actuaciones añadidas. Pero, con ser esta circunstancia sumamente relevante, lo que singulariza con plenitud a los planes de reestructuración es que todo en ellos depende de lo que el deudor y sus acreedores consideren conveniente negociar, a fin de llegar al acuerdo mediante el cual se materialice el plan de reestructuración. El proyecto opta, de este modo, por una suerte de “negociación colectiva” (según la exposición de motivos) al entender que, así, se consigue no solo mayor inmediatez a la situación de insolvencia probable, sino que se hace posible la mayor libertad de las partes para establecer los más adecuados términos del plan con el objetivo de garantizar la actividad del operador económico (empresa o profesional) en el mercado.

No se podría conseguir este propósito, habitual en los institutos preconcursales, si no se añadieran algunos elementos al esquema recién descrito. Entre ellos destaca la posibilidad de “arrastre” (así, en el preámbulo del proyecto) de aquellas clases de acreedores disconformes con el plan acordado, lo que no impide, claro está, el establecimiento de ciertas salvaguardas para los disidentes, relativas, entre otros extremos, al supuesto de su homologación. Algo similar sucede con respecto a los socios del deudor, cuya disconformidad con el plan trae consigo algunas especialidades respecto del régimen de adopción de acuerdos por parte de las sociedades de capital (art. 631).

Son muchas, en todo caso, las novedades del proyecto en punto a los planes de reestructuración a las que resulta imposible referirse ahora. Interesa señalar, no obstante, que su regulación, junto con otros elementos, igualmente considerados por el proyecto, implica un cambio radical en la estructura sistemática del Texto refundido de la Ley concursal, pues se deroga por completo su actual libro segundo. Al mismo tiempo, se da un paso relevante para la reconversión, si vale el término, del entero Derecho concursal. Quizá a partir de ahora debamos hablar de un “Derecho de la insolvencia”, desde la probable hasta la actual, del que los planes de reestructuración constituirán el primer y relevante apartado, quedando el Derecho concursal no sólo como una parte del mismo, sino como su última ratio, no especialmente deseable en cuanto a su aplicación, por la pérdida de valor que implica, para superar la crisis de los operadores económicos en el mercado.

Las marcas blancas ganan espacio en la cesta de la compra

CONSUMO

Las marcas blancas ganan espacio en la cesta de la compra

Los productos de marca blanca pueden ser hasta un 30% más baratos que los del fabricante.
España es, después del Reino Unido, el mayor consumidor europeo de las marcas de distribuidor (MMD), llamadas marcas blancas en lenguaje coloquial. En tiempos de crisis, estos productos han vivido su propio boom y se han posicionado como una alternativa a las marcas tradicionales o de productor (MMP). Además de sus precios más competitivos, la apuesta por valores como la sostenibilidad o los productos ecológicos son hoy sus grandes bazas.

MARIÁN LEZAÚN,

El año pasado, las marcas de la distribución acaparaban una cuota del 38,4% en el mercado de gran consumo (sin frescos perecederos), lo que supone un incremento del 1,2% respecto a 2020, según la consultora Kantar.

El origen de las marcas blancas tuvo lugar en Alemania, en la segunda mitad del siglo XX, cuando después de la 2ª Guerra Mundial, los consumidores buscaban productos de primera necesidad a buen precio. De esa manera, los fabricantes empezaron a comercializar segundas líneas de productos (pastas, arroces, conservas, productos de limpieza, etc.) con envases mucho más sencillos, asépticos y con escaso diseño que dan lugar al popular nombre de marca blanca.

En España la tendencia llegaría unos años más tarde, en la década de los años setenta. Desde entonces, las marcas blancas han tenido su propia evolución y hoy han dejado de ser el producto barato y necesario del pasado para convertirse en una referencia a tener en cuenta por su calidad, su precio, su apuesta por lo ecológico o incluso por ofrecer determinados productos gourmet y premium.


Por ahora, la compra de marca blanca es un acto donde predominan los juicios racionales (precio, calidad, características, cantidad, etc.)


De esta manera, las marcas blancas han pasado de ser una solución ligada a la renta de las familias a una opción más a tener en cuenta dentro de la cesta de la compra. Algunas encuestas elevan hasta un 58% su presencia en la cesta de la compra, si bien es cierto que aún existen ciertas diferencias regionales relacionadas con el poder adquisitivo de las familias, esa línea es cada vez más difusa. “En regiones como Andalucía, Madrid o Levante, donde las cadenas apuestan por empujar sus marcas en los lineales, es donde este tipo de marcas están más desarrolladas”, explica Bernardo Rodilla, experto en Retail en Kantar, división Worldpanel. En Europa, son el Reino Unido y los Países Bajos los que lideran el mercado porque su posición en los lineales es mucho más fuerte.

El precio

“Y aunque el precio sigue siendo un factor muy importante en la compra de este tipo de productos, la presencia constante de estas marcas en los establecimientos les ha permitido escalar puestos, según los parámetros de cualquier otra marca y seguir las tendencias. Y así lo han ido haciendo para poder atraer a más y diversos tipos de clientes”, explica Paco Lorente, profesor en ESIC Business School y director creativo en Sinaia Marketing. Hay que tener en cuenta que las marcas blancas son hasta un 30% más baratas que las marcas de productor, lo que les da una gran ventaja de salida en el momento de la compra. Por eso, cuando lo que se busca es una solución de consumo y no tanto un producto de primera calidad, las marcas blancas son las que ganan.

“Es evidente que las marcas blancas han ido cogiendo peso y ganando calidad. Una calidad que el consumidor percibe como “suficiente” para cubrir sus expectativas, lo que no quiere decir que deje de pensar que la marca del fabricante es mejor, porque sí se suele pensar esto”, aclara Lorente.

Por ahora, la compra de marca blanca es un acto donde predominan los juicios racionales (precio, calidad, características, cantidad, etc.), pero con eso ganado, solo queda implementar aspectos emocionales que consigan una mejor relación con el consumidor. “Eso lo han ido consiguiendo gracias a líneas como la de productos gourmet”, reconoce Lorente. Además, el 47% de los compradores prioriza los productos de marca propia si son ecológicos, especialmente las mujeres y los más jóvenes, según el estudio. Y es que la sostenibilidad es otro elemento de valor añadido para los consumidores. El 81% de los consumidores da importancia al tipo de envase utilizado, teniendo muy en cuenta la reducción de plásticos en su toma de decisión.

No obstante, las marcas blancas están ya presentes en todo tipo de productos y no hay sector que se les resista. Los productos de marca propia que más se consumen en España son fruta, verdura y congelados, los derivados de la celulosa, los platos congelados, las pizzas, los cereales y los aperitivos, según una encuesta de la cadena Aldi. “El crecimiento ha sido más notorio durante los últimos meses, con el actual entorno inflacionista y con un comprador más preocupado por el precio. Para la distribución, las marcas propias se han convertido en una herramienta para mantener la competitividad en precio y por eso están ganando peso en el lineal. En muchos casos, han tardado más en trasladar el incremento de precio al consumidor, lo que ha acelerado el crecimiento de este tipo de marcas”, explica Rodilla.


La mayoría de las marcas blancas ha incrementado su calidad y su transparencia en los últimos años


Calidad creciente

Aunque no todas las marcas blancas, la mayoría sí ha incrementado su calidad y su transparencia en los últimos años. Por eso, se han consolidado en el mercado y eso hace que la innovación vaya cogiendo peso poco a poco. Respecto a su futuro próximo, “conviene destacar que si se llegan a convertir y posicionar como una opción más que compite cara a cara con marcas de fabricantes puede ocasionar que los precios suban ligera y paulatinamente, lo que deja atrás el primer y principal enfoque de la marca blanca: el ahorro y el precio”, advierte Lorente. Estaremos atentos a ello.

Los productos de marca propia que más se consumen en España son fruta, verdura y congelados.

El perfil del consumidor

El perfil del consumidor de marcas blancas ha evolucionado. Así, “encontramos desde un consumidor que prima el precio y el ahorro por encima de todo a consumidores fidelizados a una serie de categorías de productos específicas de marca blanca que los consumen por su calidad y funcionalidad”, apunta Paco Lorente, profesor en ESIC Business School y director creativo en Sinaia Marketing. Lorente explica que “existen productos de marca blanca que ocupan los primeros puestos de los rankings por su calidad, espacio que comparte con marcas de fabricantes de mucho reconocimiento y tradición”. Hay consumidores muy racionales que priman dicha funcionalidad frente a la conexión emocional que le aporta una marca tradicional. Este tipo de consumidores son recurrentes y en su cesta de la compra existe una mezcla entre marcas blancas y otras. Además, existe otro tipo de comprador más ocasional o de impulso, que hasta ahora era un terreno propiedad de las grandes marcas: “Gracias a las innovaciones en producto, envasado e imagen de la marca blanca en los últimos tiempos también está participando de ello”, añade este experto.

¿Quién está detrás de las marcas blancas?

Conocer quién es el fabricante de los productos de marca blanca es una de las principales demandas de los consumidores. Existen numerosos blogs, páginas webs e incluso perfiles de redes sociales en los que consumidores experimentados nos explican quiénes son los fabricantes de esos productos. Es el caso, por ejemplo del blog www.marcasblancas.com o de la web de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Y es que, cuando elegimos un producto con la enseña del distribuidor pueden darse varias situaciones diferentes. Por ejemplo, que figure directamente en el envase el nombre del fabricante. También puede ocurrir que en el envase no esté el nombre del fabricante pero si un código de números (denominado RGSEAA). En este caso, podremos saber quién lo ha fabricado entrando en la web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición e introduciendo dicho código en el Registro Sanitario de Empresas y Alimentos.

Para saber más

AESAN: La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición cuenta con un buscador en el que se puede consultar información sobre cualquier fabricante del sector alimentario. De esta manera se puede encontrar quiénes están detrás de muchos productos de marcas blancas.

La información: Este diario online publicó un reportaje sobre quién está detrás de muchos productos de consumo diario de varias cadenas de supermercados

“Marcas blancas o marcas del distribuidor», por Fernando Móner

CONSUMO

FERNANDO MÓNER,

Presidente de CECU (Confederación de Consumidores y Usuarios)

 

"La mejora en la calidad y presentación de los productos de marca de distribución ha favorecido que se encuentren en las cestas de la compra"

Marcas blancas o marcas del distribuidor

En alimentación se producen cambios de forma constante, tanto de tipología de productos, como en la manera de presentarlos, además de modificaciones en su composición, etiquetado y demás. Por eso, desde la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), como miembro de la Mesa de Participación de Asociaciones de Consumidores (MPAC), estudiamos las tendencias en los hábitos de compra y consumo de la población española mediante una encuesta de casi medio centenar de preguntas, en la que participan más de 3.500 familias de todo el país desde hace ya seis años y cuyos datos permiten medir las preocupaciones y cambios que se van produciendo en este sentido.

Precisamente uno de los cambios más importantes en el ámbito de los productos es el auge continuo de las mal llamadas “marcas blancas”. Un nombre más acertado sería “marcas del distribuidor”, pues son una línea de productos encargada a un fabricante por un distribuidor, que pone su propia marca y diseño y la coloca en sus estantes a un precio más económico que otras marcas convencionales.

Aunque en sus inicios los productos de marcas blancas estaban asociados a una baja calidad en relación con la media, así como a unas características de envase muy sencillo, sin apenas colores ni elementos destacables, su éxito creció pues gracias a ellas la población empezó a cubrir algunas de sus necesidades sin tener por qué gastar más. Además, las diferentes crisis económicas, que han ido provocando una paulatina desaparición de la clase media, también han jugado un papel en este sentido pues muchas familias pasaron a engrosar otras clases sociales con menor capacidad económica.

Posteriormente, tras comprobar que las marcas blancas ganaban peso entre la población, las empresas de distribución comprobaron que mejorando las propiedades y características de estos productos ganarían también atractivo entre otros segmentos poblaciones, captando consumidores de diferentes escalas económicas, al conseguir que la calidad no fuese un elemento tan diferenciador como lo había sido 10 o 15 años antes.

Esos cambios de estrategia en las empresas de distribución generaron un crecimiento continuo, hasta llegar a su punto álgido en 2019, con una cuota de mercado cercana o incluso superior al 50%. Aunque la llegada de la pandemia disminuyó esas cifras al 40-45% por los repentinos cambios en los hábitos de compra y consumo de la población española, una vez pasadas las primeras semanas volvió a crecer el consumo de marcas blancas, cuya penetración en las gamas de alimentación y limpieza del hogar supera el 80%.

Los hábitos de compra han fluctuado por cuestiones económicas, pero también por una mayor preocupación por la salud. Como nos muestra la encuesta de la MPAC, aunque el factor precio es importante, la calidad y preferencias personales también tienen mucho peso, por lo que la mejora en la calidad y presentación de los productos de marca de distribución ha favorecido que se encuentren en las cestas de la compra, por delante en algunas gamas de productos de grandes marcas que históricamente han formado parte de nuestras vidas.
A pesar de todo, es importante que los consumidores sigamos exigiendo diversidad, es decir, una oferta variada, con diferentes rangos de precios y características, pero con altos estándares de calidad en todos los casos. Como presidente de asociaciones de consumidores, debo verificar en términos de competencia la coexistencia de una amplia gama de marcas y productos que permitan responder a las diferentes necesidades de las variadas tipologías de consumidores que componen la sociedad española y, por supuesto, que dicha competencia sea leal y cumpla con la legislación vigente.

¿Qué nos puede deparar el futuro? Sin duda en estos momentos las tendencias apuntan a que ganarán peso los productos cuyas marcas sepan y puedan demostrar su origen, la sostenibilidad de sus procesos y la trasparencia en la información que pueda llegar a los consumidores. Estamos en un momento de cambios, en el que la expresión de los consumidores a través de sus compras nos orienta sobre qué quiere y cómo lo quiere, donde la digitalización empieza a tener un papel importantísimo, y donde el engaño o la información falsa se pagan con cambios drásticos en las decisiones de los consumidores.

Por supuesto, temas como la venta de productos online, los hábitos de compra y consumo de los consumidores, el fenómeno de las marcas negras, la propia digitalización en el etiquetado y muchos otros seguirán produciendo cambios en las marcas blancas, o de distribuidor, aunque siempre manteniendo una cuota de mercado destacada.

En mi opinión, la verdadera protagonista será la información. Por eso es imprescindible, por un lado, invertir en formar e informar a los consumidores y, por otro lado, luchar de manera conjunta contra la desinformación, las fake news, que en alimentación ya supone un 30% de la información que circula-principalmente por las redes sociales e internet-. En este sentido todos tenemos una asignatura pendiente, que podría trastocar las cuotas de mercado de los diferentes productos y, con ello, los hábitos de compra y consumo de la población.

¿Es buen momento para comprar una vivienda?

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

¿Es buen momento para comprar una vivienda?

En el año 2021 la compraventa de viviendas subió un 38,1%, según los datos del Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN).

El momento idóneo para comprar vivienda es difícil de definir. Los factores a tener en cuenta son dispares y, además de la coyuntura económica, hay que considerar la solvencia del comprador, su capacidad de endeudamiento y la oferta disponible en el lugar de interés, entre muchas otras cosas.

MARÍAN LEZAÚN,

En líneas generales, varios expertos consultados por Escritura Pública consideran que 2022 es un buen momento para hacerse con una vivienda en propiedad porque los tipos de interés continúan bajos y el mercado inmobiliario no refleja aún los efectos de la inflación. En el sector reconoce, sin embargo, que esta situación puede cambiar pronto.

La compra de una vivienda representa el desembolso más grande al que seguramente se enfrentan los consumidores. Por eso, disponer de información y contar con asesoramiento es una cuestión clave para evitar problemas. En el mercado español la vivienda en propiedad sigue teniendo muchos defensores, como lo demuestra la evolución de las ventas: En el año 2021, con respecto al año 2020, la compraventa de viviendas subió un 38,1%, según los datos del Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN).


Muchos ciudadanos se preguntan si es mejor contratar una hipoteca a tipo fijo o variable


Así, tras la ralentización registrada en años anteriores, asistimos actualmente a una reactivación de un sector sobre el que siempre acecha la incertidumbre. Los expertos dicen que se avecinan cambios, por lo que los interesados deberán estar atentos a cualquier movimiento.

“El mercado de compraventa de viviendas en España ha superado ya todas las consecuencias de la pandemia, recuperando e incluso superando las cifras de antes de la misma”, asegura Francisco Iñareta, portavoz del portal inmobiliario Idealista. “Por eso, las personas que busquen hoy una vivienda en venta encontrarán una oferta más reducida, sobre todo en los grandes mercados, aunque con precios estables o con ligeras variaciones al alza que podrían mantenerse en el medio plazo”, añade.

Desde Adicae, la asociación de usuarios de banca, señalan, que “tras el estallido de la burbuja inmobiliaria los precios de la vivienda han sufrido un importante ajuste a la baja, de manera que quienes se encuentren en una situación económica favorable tienen aún la oportunidad de encontrar un inmueble con buenos precios”. Si además tenemos en cuenta que la primavera es la época del año donde más promociones salen a la venta y que estos meses son un buen momento para las ofertas de vivienda de segunda mano, las oportunidades se multiplican.

Inflación

Sin embargo, los consumidores se muestran cauteloso ante una inflación creciente y la inevitable subida de los tipos de interés que encarecerán las hipotecas y la financiación de los nuevos hogares, introduciendo requisitos más exigentes (plazos más cortos, avales, etcétera). Para su tranquilidad, los expertos reconocen que, a pesar de que la elevada inflación está generando constantes rumores de subidas de tipos y el consiguiente encarecimiento de la financiación hipotecaria, todavía se pueden contratar préstamos hipotecarios en condiciones muy ventajosas y en un rango de precios históricamente bajo. “En estos momentos los tipos de interés están en mínimos, pero la tendencia es alcista. De hecho, en próximos meses veremos alguna subida de tipos del Banco Central Europeo (BCE) en línea con la decisión ya tomada por la FED, la Reserva Federal en Estados Unidos. Por eso, ahora es un buen momento, porque se pueden conseguir tipos de interés muy competitivos y porque más adelante las hipotecas serán más caras y se encarecerá la financiación”, advierte Carlos Smerdou, consejero delegado de Foro Consultores Inmobiliarios.


Los tipos de interés continúan bajos y el mercado inmobiliario no refleja aún los efectos de la inflación


Con estas previsiones la siguiente pregunta que se hacen los compradores es si ahora es mejor contratar un tipo fijo o uno variable. “Nuestra recomendación es que, aunque actualmente sean un poco más caras, los usuarios opten por el tipo fijo, que les ofrecerá una mayor seguridad en un entorno inflacionista como el actual. El euríbor al que se referencian la mayoría de hipotecas en España sigue negativo, aunque está empezando a cambiar de tendencia”, explica Ferrán Font, director de estudios del portal inmobiliario Pisos.com. “La situación de tipos negativos volverá a normalizarse y, como consecuencia de la elevada inflación actual, el BCE ya ha anunciado cambios en su política de compra de bonos y de tipos, si bien estos cambios serán siempre graduales y sin que signifiquen un nuevo problema sobrevenido”, aclara Font.

Desde Adicae señalan que lo importante es que comparemos las ofertas de diferentes bancos, las negociemos con toda la información disponible y tengamos en cuenta los requisitos o vinculaciones que nos puedan pedir, dado que algunas cláusulas pueden provocar que se incremente el pago de la hipoteca debido a estas variables.

¿Un valor seguro?

Con los mercados financieros inestables y un escenario a corto plazo poco halagüeño, el ladrillo, suele decirse, es uno de los valores más seguros. Como señalan desde el portal Idealista: “Es posible que el impacto de la inflación sea mayor entre los ahorradores que se decidan a buscar una mayor rentabilidad a su dinero, y posiblemente el sector inmobiliario sea una de las opciones más interesantes para ellos en el medio plazo. “Además, en caso de prolongarse el conflicto en Ucrania podría existir la posibilidad de que familias centro europeas decidieran adquirir una vivienda en España para alejarse todo lo posible de las fronteras bélicas”, augura Irañeta. Smerdou añade que “la inversión en inmuebles, en estos momentos, puede convertirse en un valor refugio. Además, es un buen momento para comprar porque la tendencia de precios, especialmente en vivienda nueva, es alcista, debido al encarecimiento de los materiales”. “En las grandes capitales encontramos rentabilidades más moderadas principalmente porque el gasto inicial es mayor, aunque el riesgo que se asume es muy reducido. Por otro lado, en mercados menos concurridos donde el valor de adquisición es menor y la demanda es más reducida, se asume un poco más de riesgo, aunque la rentabilidad aumenta”, señala Ferrán Font.

Las claves para elegir bien

Lo primero que hay que distinguir es si se trata de un inmueble como residencia o como inversión, porque los pasos a seguir no serán los mismos. Si es vivienda habitual, todo depende de las necesidades de cada uno y de donde quiera vivir. “Siempre es bueno analizar la vivienda, la zona y todo lo que rodea como transporte, zonas de ocio, colegios, etc.”, recomienda Carlos Smerdou, consejero delegado del Foro Consultores Inmobiliarios.

“Si es para inversión es necesario tener en cuenta una serie de factores. No todo vale, hay que encajar la ecuación de inversión y renta esperada, sin olvidarnos de la inflación porque su incremento retrae renta disponible”, apunta. Como en cualquier otra inversión lo primero es analizar el activo que queremos comprar y sus expectativas. Es interesante elegir un mercado con demanda contrastada y con tipos de demanda complementarias. Es decir, que se pueda alquilar como vivienda de larga duración, turística e incluso como oficina, Y eso se consigue más en los centros urbanos. Después, se trata de ver las condiciones de financiación a las que se pueden acceder.

Por si las dudas:

Notariado: En nuestra página web puedes consultar información práctica, así como consejos para resolver dudas.

Banco de España: En la web del cliente bancario del Banco de España recogen consejos antes de contratar una hipoteca, así como información, documentación y pasos para formalizar la compra de un inmueble

Asociación Hipotecaria Española (AHE): dispone de un simulador online y acceso a información relativa a hipotecas

Disponer de información y contar con asesoramiento es una cuestión clave para evitar problemas.