Claves de la legítima en las herencias

ÁMBITO EUROPEO

CLAVES DE LA LEGÍTIMA EN LAS HERENCIAS

La sede del Colegio Notarial de Cataluña, en Barcelona, acogió el 19 y 20 de octubre las reuniones anuales de la Comisión de Asuntos Europeos (CAE) y de la Academia Notarial Europea, pertenecientes a la Unión Internacional del Notariado (UINL).
Apertura de la Academia Notarial Europea, con José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Cataluña; Valentina Rubertelli, presidenta de la CAE; y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (De izda. a dcha.).
REDACCIÓN

El encuentro, enmarcado en el décimo aniversario de la designación de Barcelona como sede, reunió a más de un centenar de notarios, procedentes de 41 países, quienes analizaron las claves de la legítima en las herencias, el futuro de la misma y los sistemas sucesorios europeos.

La sesión de la Academia Notarial de la Comisión de Asuntos Europeos (CAE) tuvo lugar el 19 de octubre en el Salón de Actos del Colegio Notarial de Cataluña.

La ceremonia contó con la apertura a cargo de la presidenta de la Comisión de Asuntos Europeos de la Unión Internacional del Notariado (UNIL), Valentina Rubertelli, junto al presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz y el decano del Colegio Notarial de Cataluña, José Alberto Marín.

 


JOSÉ ALBERTO MARÍN: “LA LEGÍTIMA NO ES CUESTIONADA POR LA CIUDADANÍA, PERO SÍ GENERA DISCREPANCIAS LA DIFICULTAD DE PODER DESHEREDAR”


 

La legítima

El decano del Colegio Notarial de Cataluña, José Alberto Marín, destacó que la desheredación es “una senda por la que habría que avanzar, pues la legítima no es cuestionada por la ciudadanía, pero sí genera discrepancias la dificultad que supone poder llevar a cabo el proceso de desheredación de forma efectiva por parte de aquellos individuos que se encuentran en situaciones donde sus descendientes no cumplen con los méritos para recibir un bien, debido a la falta de relación con los mismos u otros motivos”.

 


JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ: “EN ESPAÑA HA HABIDO REFORMAS PARA TRATAR DE DISMINUIR Y FLEXIBILIZAR LA LEGÍTIMA. HAY QUE SER PRUDENTE”


 

El presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, explicó que “en España ha habido reformas para tratar de disminuir y flexibilizar la legítima, pero allí donde todavía la cuestión es candente es en el ámbito del derecho común; es decir, en todas aquellas regiones en las que la herencia no tiene una forma propia, sino que mantiene la forma del Código Civil de 1889”. Asimismo, matizó que “hay que ser prudente y dejar que el cambio se vaya desarrollando en la vida cotidiana”.

Para finalizar, la presidenta de la Comisión de Asuntos Europeos de la Unión Internacional del Notariado (UNIL), Valentina Rubertelli, consideró que “no se trata de promover la abolición total de la legítima hereditaria. El debate no ha de ser si debe prohibirse o flexibilizarse, sino buscar el balance entre la expresión de una libertad individual, la libertad de legar, la protección de los derechos individuales y la protección de los hijos, así como la preservación de la paz social. Por lo tanto, el objetivo que nos atañe es encontrar este equilibrio”.

Las sucesiones en Europa

Tras la ponencia de las principales autoridades, dio comienzo la mesa redonda para debatir sobre el futuro de las legítimas en los sistemas sucesorios europeos, moderada por la misma presidenta de la Comisión de Asuntos Europeos (CAE), Valentina Rubertelli.

 


VALENTINA RUBERTELLI: “NO SE TRATA DE PROMOVER LA ABOLICIÓN TOTAL DE LA LEGÍTIMA HEREDITARIA. EL OBJETIVO QUE NOS ATAÑE ES ENCONTRAR ESTE EQUILIBRIO”


 

La mesa contó con la intervención del notario de Barcelona y profesor en la Universidad Internacional de Cataluña (UIC), Jesús Gómez Taboada; junto con Philippe Potentier, notario de Francia; Federico Tassinari, notario de Italia; Corinne Zimmerli, notaria de Suiza; y Fanny Orsini, notaria escribana del Reino Unido; Valentina Rubertelli, presidenta de la CAE y Elena Lauroba, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de Barcelona, quienes expusieron la situación de las legítimas en sus respectivos países y su futura evolución.

Al terminar dicha mesa, se llevó a cabo la presentación de las conclusiones del estudio de la CAE sobre la legítima, a cargo de la presidenta de la comisión, Valentina Rubertelli, quien destacó la importancia de la legítima, señalando que “la reserva hereditaria contribuye a la construcción de la identidad del niño y garantiza una igualdad mínima entre hermanos y hermanas, ayudando a evitar el resurgimiento de nuevas diferencias entre los hijos de una primera unión en familias reconstituidas”.

La presidenta de la CAE presentó una serie de propuestas que, manteniendo la estructura básica de la reserva hereditaria, “podrían adaptar su funcionamiento en línea con la evolución actual de los negocios jurídicos”. Como ejemplos señaló la reducción del monto de la reserva hereditaria y el correspondiente aumento de la porción disponible; la creación de nuevos pactos sucesorios que favorezcan una sucesión contractual negociada; la donación transgeneracional, o la transición de una reserva hereditaria a una simple compensación monetaria.

Sesión plenaria de la Comisión de Asuntos Europeos (CAE)

La sesión plenaria de la CAE tuvo lugar el 20 de octubre en el Saló del Tinell del Museo de Historia de Barcelona. En la apertura participaron la presidenta de la Comisión de Asuntos Europeos de la UINL, Valentina Rubertelli -primera mujer en ocupar el cargo-, y el decano del Colegio Notarial de Cataluña, José Alberto Marín.

En su discurso, la presidenta de la CAE destacó y agradeció la acogida que el Notariado les ha brindado, añadiendo que “poder celebrar la sesión de la Comisión de Asuntos Europeos en este lugar es conmovedor”.

Mesa de debate de la Academia Notarial Europea. De izda. a dcha.: Jesús Gómez Taboada; notario de Barcelona; Corinne Zimmerli, notaria de Suiza; Philipe Potentier, notario de Francia; Valentina Rubertelli, presidenta de la CAE; Fanny Orsini, notaria escribana del Reino Unido; Federico Tassinari, notario de Italia y Elena Lauroba, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de Barcelona.
La Academia Notarial Europea

Es el centro de formación, análisis y estudio de los notarios de Europa. La academia supone un punto de encuentro de los notarios europeos y, a su vez, un acercamiento de estos con el resto de operadores jurídicos. Entre sus funciones destaca la promoción de relaciones con los notariados nacionales, con el objetivo de colaborar en su organización y desarrollo en previsión de su futura incorporación a la Unión Internacional del Notariado.

Sesión plenaria de la CAE, celebrada en el Salón del Tinell, en el Museo de Historia de Barcelona.
La Comisión de Asuntos Europeos
Reúne a todos los países miembros de la Unión Internacional del Notariado ubicados en Europa (41 Notariados). La Comisión se ocupa de estudiar distintos temas de derecho comparado e internacional privado desde una perspectiva amplia, como juristas, y basándose en la práctica diaria del derecho real. También elabora informes sobre las cuestiones de máxima actualidad jurídica y notarial para, posteriormente, trasladarlos al Parlamento europeo con el objetivo de promover las directivas europeas consideradas de interés. Entre sus objetivos también se encuentran la cooperación con otros organismos internacionales y la promoción de la capacitación, tanto inicial como continuada, de los notarios en su radio de acción, particularmente, desde la Academia Notarial Europea.

«El futuro de las legítimas», por José Alberto Marín Sánchez

ALDEA GLOBAL

JOSÉ ALBERTO MARÍN SÁNCHEZ,

decano del Colegio Notarial de Cataluña

“El reto del legislador es conseguir el equilibrio entre la legítima y la libertad de testar"

El futuro de las legítimas

Si existe una institución sucesoria popularmente conocida es la legítima, el mínimo que la ley garantiza a una persona en la sucesión de determinados familiares.

El debate sobre la conveniencia o no de la existencia de esta institución sigue abierto y cada vez son más los detractores de la misma partidarios de su supresión.

La legítima tenía sentido, dicen, en un momento histórico en el que la actividad económica de la familia era desarrollada por prácticamente todos sus miembros y la ley pretendía garantizar a todos ellos una participación en la sucesión del patrimonio familiar.

La realidad social y económica en la actualidad no casa con ese esquema histórico y la situación es la contraria. Los hijos, principales destinatarios de la legítima, no sólo no suelen colaborar en la generación de la riqueza familiar, sino que, al contrario, conviven en el hogar de los padres hasta una edad elevada.

Otro factor importante es la litigiosidad que provoca su propia existencia, especialmente en lo que se refiere a la valoración del patrimonio hereditario sobre el que ha de calcularse la legítima.

A pesar de ello prácticamente todas las legislaciones civiles europeas y las que coexisten en España siguen regulando la legítima con diferente extensión. En nuestro país tenemos un auténtico escaparate de normativa sobre legítima que oscila entre los dos tercios de derecho común y la legítima cero que cabe atribuir en Navarra. Las reformas legislativas más recientes han incidido en una “suavización” de la legítima para hacerla más acorde con la realidad social y las pretensiones de la ciudadanía en pro de una mayor libertad a la hora de testar.

Son muchos los elementos integradores de la legítima que pueden modificarse en las distintas normativas para “ajustar” su configuración a la sociedad más moderna en la que vivimos.

Así, el círculo de posibles beneficiarios es un aspecto fundamental; descendientes, ascendientes y cónyuge o pareja pueden ostentar (o no) esta condición. La determinación de los mismos es un buen mecanismo para dulcificar su contenido.

El reparto igualitario o no entre estos parientes permite establecer nuevos criterios. La cuantía es otro de los puntos en los que se puede incidir. Reparto libre a favor de uno o algunos de los legitimarios, reparto libre de una parte y no de otra ….

Además del círculo subjetivo es importante el objetivo: la cuantía a la que se refiera la herencia mediante la fijación de uno u otro porcentaje.

También las normas de computación (bienes y derechos que se incluyen para el cálculo de su cuantía) e imputación (disposiciones que se consideran pago de legítima, por ejemplo, donaciones hechas en vida, bienes que se reciben en la propia herencia) legitimaria pueden modular el contenido de la legítima.

La naturaleza jurídica que se atribuya al derecho de legitimario también tiene una enorme trascendencia, con especial repercusión en la intervención de los legitimarios en la partición de la herencia. La diferencia entre que se la considere como un derecho a parte de los bienes de la herencia a que se entienda que es un simple derecho de crédito, conlleva que, en el primer caso, el legitimario deba intervenir en la partición (y por tanto con posibilidad de bloquearla), mientras que, en el segundo supuesto, la partición se realiza sin él.

El plazo de prescripción, los casos en que se suspende este plazo, las acciones que asisten a los legitimarios y otros muchos aspectos menos relevantes son, junto con lo expuesto en los párrafos anteriores, unas piezas de un puzle que permite al legislador de cada territorio configurar la legítima en la forma que considere que es más útil para la economía social y familiar y para la mejor relación interna entre los vinculados por esos parentescos.

En las sesiones de la Academia Europea del Notariado (de las que se informa en este número de Escritura Pública) hubo consenso sobre el hecho de que no había un clamor en favor de la supresión de la legítima, pero sí la conveniencia de que en determinadas legislaciones se ajustara a estándares más modernos modificando los parámetros a que antes se ha hecho referencia.

En mi opinión, siendo cierto lo anterior, en la actualidad lo que la sociedad demanda con más intensidad no es tanto la revisión de la propia legítima sino las causas de privación de la misma: las causas de desheredación. Determinadas conductas que socialmente se consideran reprobables no están tipificadas como causas de privación de la legítima. Las causas clásicas que son comunes en prácticamente todos los ordenamientos (derivadas de comisión de delitos contra el causante o denegación de alimentos) son insuficientes para considerar al sistema como “justo”. Resulta paradójico que en supuestos en los que evidentemente el legitimario no da un trato adecuado al causante de la legítima pueda llegar a percibir este “premio”. El mal trato psicológico o la falta de trato familiar continuado por causa imputable al legitimario son dos ejemplos claros de lo que estamos expresando, siendo escasas las legislaciones que las recogen.

En definitiva, este es el reto del legislador: conseguir el equilibrio entre la legítima y la libertad de testar acompañando al sistema con una mejor regulación de las causas de privación de aquella. Si lo consigue la paz familiar resultará reforzada.

Planeta agua

ALDEA GLOBAL

Planeta agua

Naima Adén, de 14 años, en el pozo de Demissew Bizuwerk (Etiopíoa). Va todos los días a buscar agua lo más temprano posible para llegar a tiempo © UNICEF/UN0694032/Bizuwerk a la escuela.

Todos sabemos que, tras el aire para respirar, lo que necesitamos imperiosamente para seguir viviendo es el agua. Dependemos de ella, pero no somos capaces de «fabricarla»; así que estamos a merced de la que nos provee la naturaleza. Y, sin embargo, nos empeñamos en alterar el medio ambiente, en contaminar cauces y sobreexplotar acuíferos hasta, sí, quedarnos sin el líquido elemento para nuestras más elementales necesidades, incluido beber. Hoy, a poco más de dos años de haber consumido el primer cuarto del siglo XXI, mientras algunos aún abrimos un grifo despreocupadamente, casi una tercera parte de la población mundial no tiene acceso al agua potable. La situación del saneamiento es aún peor y el estrés hídrico crece con el cambio climático.
MELCHOR DEL VALLE

Uno de los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas definido en la Agenda 2030, concretamente el número seis, es Agua limpia y saneamiento. La preocupación internacional es lógica, porque unimos a la sequía, con periodos cada vez más largos y estimulados por la crisis climática, una mayor demanda en todo el orbe. El resultado es que hay un creciente número de personas en países en vías de desarrollo, principalmente, que no tienen posibilidad de cubrir sus necesidades de agua. Se han definido indicadores para comprobar si en las distintas zonas geográficas se dan los pasos necesarios para lograr dicho ODS6, lo que nos permite saber que, de momento, la cosa no pinta muy bien. Por ejemplo, ya hay más personas a las que no llega el agua potable que en 2020.


SI UNA PERSONA ESTÁ A MENOS DE UN KILÓMETRO DE UNA FUENTE SEGURA O PUEDE DISPONER DE VEINTE LITROS AL DÍA, SE CONSIDERA QUE TIENE ACCESO AL AGUA POTABLE


El acceso.

Conviene empezar por tener en cuenta qué podemos entender por «acceso al agua potable» según los cánones internacionales. Si la fuente de esa agua de la que se sirve una persona está a menos de un kilómetro de su casa o si, al menos, puede disponer de veinte litros al día, se considera que dicha persona tiene acceso al agua potable. Para poner en contexto estos datos, cabe recordar que la mayoría de nosotros recorremos solo unos metros en nuestra casa o lugar de trabajo para obtener agua de boca. En cuanto a la disponibilidad, veinte litros pueden solucionar las necesidades de bebida (dos litros al día) y preparación de alimentos (cocer un kilo de patatas precisa unos cinco litros), lo que deja un escasísimo margen para las más imprescindibles necesidades de higiene personal.

Comparemos: según el XVII Estudio Nacional de Suministro de Agua Potable y Saneamiento (noviembre de 2022) en España, presentado por la Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (AEAS y la Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua Urbana, cada español consume diariamente 131 litros de agua. Esta cifra solo tiene en cuenta los hogares, no otros usos. Por si parece sorprendente el volumen, calcúlese que una ducha de cinco minutos consume unos 100 litros de agua, que una lavadora necesita unos 50 litros para hacer una colada normal o que un retrete usa unos 10 litros de media por descarga.

Las cifras de la escasez.

Volvamos a lo del kilómetro o los veinte litros. Con esta premisa, el 27 % de la población mundial (cerca de 2.200 millones de personas) no tenía en 2022 «agua potable gestionada de forma segura». Son las estimaciones del Programa Conjunto de Vigilancia del Abastecimiento de Agua, el Saneamiento y la Higiene (JMP) de la OMS y Unicef (actualización de julio de 2023). Obviamente, una persona puede estar cerca de un manantial de montaña cuya agua pudiera ser potable, pero no lo sabrá si no se analiza. De ahí el concepto «gestionada de forma segura» o, dicho de otra manera, hablamos de agua que llega a la ciudadanía sin riesgos para ella porque se controlan las fuentes o porque ha sido convenientemente tratada.


EL 27 % DE LA POBLACIÓN MUNDIAL (CERCA DE 2.200 MILLONES DE PERSONAS) NO TENÍA EN 2022 «AGUA POTABLE GESTIONADA DE FORMA SEGURA» (OMS Y UNICEF)


De los 142 países analizados (del resto no se han obtenido datos suficientes), varios africanos son los que están en peor situación, como Chad, R. D. del Congo, Uganda, Sudán de Sur, Tanzania o Madagascar, donde al menos la mitad de sus ciudadanos no tienen acceso al agua y en algunos de ellos la situación ha empeorado con los años, como en la R. D. del Congo, donde han pasado en las zonas rurales del 16 % en 2015 al 14 % en 2022. En la mayoría de los países europeos y Canadá el acceso supera el 99 % de la población. Países como Estados Unidos, Brasil o Rusia están en ese porcentaje, aunque sin superarlo.

Saneamiento.

La cara B del acceso al agua potable es el saneamiento. Es decir: qué pasa con el agua que hemos utilizado y va a parar a las alcantarillas, a pozos negros o al mismísimo campo. Hablamos de un fluido mezclado con todo tipo de residuos, algunos de los cuales son contaminantes o, incluso, portadores de agentes infecciosos que pueden comprometer la salud de las personas. A nadie se le escapa que el cólera, y no es más que un ejemplo, es una dolencia causada por un bacilo, cuya propagación está estrechamente ligada a la falta de agua potable y saneamiento. Según la OMS (septiembre de 2023), en 2022 se notificaron a esta organización 472.697 casos de cólera y 2.349 muertes por su causa.

Volvemos a las estimaciones del JMP antes citado: en 2022, más 3.400 millones de personas seguían careciendo de saneamiento gestionado de forma segura. Esta cifra es la suma de los 1.900 millones con servicios básicos, los 570 millones con servicios limitados, los 545 millones con servicios no mejorados y los 419 millones de personas que hacen sus necesidades al aire libre. La buena noticia, aunque parezca poco importante, es que en el bienio 2020-2022 el porcentaje de aguas residuales tratadas a nivel mundial ha subido un dos por ciento.

Estrés hídrico.

Que no se renueven las fuentes de agua es lo que nos hace mirar al cielo «con ojo inquieto, si la lluvia tarda», como contaba Antonio Machado de su «hombre de casino provinciano» (Del pasado efímero, 1912). Muy resumidamente, se puede entender por estrés hídrico la situación que se produce cuando en una zona geográfica hay más demanda de agua de la que es posible obtener de lagos, ríos, embalses y aguas subterráneas de esa misma zona. Consumimos agua para usos agrícolas, que acaparan el 70 %, industriales (19 %) y domésticos (11 %). Otro importante «demandante» de agua es el aumento de la temperatura: por cada grado de incremento hay un 20 % menos de renovación en superficies y acuíferos.


EN 2022, MÁS 3.400 MILLONES DE PERSONAS SEGUÍAN CARECIENDO DE SANEAMIENTO GESTIONADO DE FORMA SEGURA


A la hora de clasificar la situación de mayor o menor estrés hídrico en el mundo, los distintos organismos que lo calculan se basan en criterios diferentes, por lo que no es posible dar una cifra en la que estén de acuerdo todos. Podemos centrarnos en las estimaciones del Banco Mundial, que permiten visualizar la situación. Según este organismo, hay países que superan la proporción del 1.000 % en la relación demanda-oferta. El caso extremo es Kuwait, donde dicha proporción es del 3.850 %; es decir: consumen casi cuarenta veces más agua de la que se genera naturalmente y tienen que recurrir a las desalinizadoras, lo que les hace gastar más de la mitad de su consumo nacional de energía en transformar el agua salada en potable. Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudí, Libia y Catar están en situaciones parecidas. En varios países de América, como Canadá y Brasil, y del norte de Europa, además de Australia o Rusia, entre otros, la renovación de agua es superior a la demanda. España, al igual que Estados Unidos, Alemania o Italia, está entre los países en los que el estrés hídrico se sitúa entre el 25 y el 50%.

Queda, en fin, recordar al biólogo marino Jacques-Yves Cousteau: «Olvidamos que el ciclo del agua y el ciclo de la vida son uno mismo». Podemos recordarlo a diario, cuando hacemos el simple ejercicio de abrir un grifo para beber agua.

Desigualdad

Uno de los elementos para tener en cuenta cuando hablamos de abastecimiento de agua es la mayor vulnerabilidad de la mujer. En el informe ONU-Unicef de julio de 2023 se analiza profundamente la desigualdad de género en torno al agua potable, el saneamiento y la higiene. Lo que se observa en todo el mundo es que son mayoritariamente las mujeres las que se encargan de ir a recoger agua para los hogares, aspecto que es más notorio en el caso de las niñas respecto los niños. Según Cecilia Sharp, directora del Departamento de Agua, Saneamiento e Higiene de Unicef, «Cada paso que dan las niñas para recoger agua es un paso que las aleja de la educación, el juego y la seguridad».

El caso extremo de estrés hídrico es Kuwait, donde consumen casi cuarenta veces más agua de la que se genera naturalmente.

Tratamiento de las aguas residuales domésticas

Según los datos de seguimiento del ODS6 (ONU-Agua), el tratamiento adecuado de las aguas residuales domésticas en España llega al 79,90 % del volumen total utilizado. Por compararlo con otros países desarrollados, la media en Europa es del 86,48 %, casi igual que en América del Norte. Por debajo de España está Italia, con un 70,22 %, aunque nuestros vecinos Francia y Portugal son más activos, tratando el 87,94 % y el 87,51, respectivamente. En el norte y centro Europa, la situación es aún mejor: Alemania, 98,96 %; Dinamarca, 98,79 %; Países Bajos, 99,79 %; Suecia, 96;98 %.

Para saber más

Portal de datos sobre el ODS 6.
ONU-Agua. Interactivo con datos de 2022.

Progress on household drinking water, sanitation and hygiene 2000-2022. Joint Monitoring Programme for water supply, sanitation and hygiene. OMS y UNICEF.

Global water, sanitation and hygiene.
OMS, informe anual 2022.

«Muertes por falta de agua, saneamiento e higiene», por María Neira

ALDEA GLOBAL

MARIA NEIRA,

directora del Departamento de Medio Ambiente, Cambio Climático y Salud de la OMS

“Las poblaciones más pobres son a menudo ignoradas y a veces enfrentan discriminación al intentar acceder a los servicios de agua y saneamiento"

Muertes por falta de agua, saneamiento e higiene

Cada año, al menos 1,4 millones de muertes son causadas por servicios inadecuados de agua, saneamiento e higiene (WASH, por sus siglas en inglés).

La diarrea representa la mayor parte de esta carga, con más de un millón de fallecimientos. Aunque las muertes por diarrea han disminuido en las últimas décadas, sigue siendo una de las diez principales causas a nivel mundial, y una de las cinco principales en países de bajos ingresos. Además, los brotes de enfermedades transmitidas por el agua, como el cólera, siguen siendo un importante desafío para la salud pública.

En los últimos años, el cólera se ha propagado a una velocidad alarmante: 30 países informaron casos y brotes en 2022, principalmente en África y a menudo en países con bajos niveles de acceso a servicios básicos de agua y saneamiento.

El segundo contribuyente más grande a la carga atribuible a WASH fueron las infecciones respiratorias agudas debidas a una higiene de manos inadecuada, lo que resulta en 356.000 muertes al año. Las infecciones respiratorias incluida la neumonía, son la cuarta causa de muerte a nivel mundial. Tres de cada diez personas en todo el mundo no tienen instalaciones básicas de lavado de manos en sus hogares, y la práctica regular de la higiene de manos sigue siendo un desafío en muchos países.

Sin sorpresa, estos fallecimientos ocurren entre las poblaciones más pobres y desfavorecidas. El acceso a los servicios de WASH suele ser menor entre las poblaciones rurales y los grupos socioeconómicos más bajos. Incluso en los países de altos ingresos, donde generalmente se tiene acceso a servicios de agua potable y saneamiento gestionados de manera segura, ciertas comunidades marginadas no reciben suficiente atención.

Esas comunidades pueden enfrentar mayores riesgos para la salud y, en algunos casos, pueden ser la fuente de importantes brotes de enfermedades.

Si bien muchos países han logrado avances rápidos en la mejora del acceso a WASH, el crecimiento demográfico, la urbanización y los conflictos armados obstaculizan el progreso.

Lo más alarmante es que el cambio climático afecta directamente a la provisión de servicios de agua y saneamiento.

El cambio climático puede afectar los servicios de WASH de muchas maneras, incluido el daño a la infraestructura de suministro de agua y alcantarillado; la degradación de las cuencas que afecta la calidad del agua; el vertido de desechos fecales al medio ambiente; la reducción de la disponibilidad de agua, y la contaminación de las fuentes.

Muchas enfermedades infecciosas, especialmente aquellas relacionadas con WASH, son sensibles al clima.

Por ejemplo, el aumento de la propagación de enfermedades transmitidas por vectores en los últimos años se ha relacionado con el cambio climático, así como con la urbanización rápida, la alteración del uso de la tierra y las prácticas inseguras de gestión del agua y la agricultura. La malaria y el dengue, transmitidos por los mosquitos Anopheles y Aedes respectivamente, son enfermedades transmitidas por vectores que con el cambio climático adquieren aún más importancia a nivel mundial.

La incidencia del dengue ha aumentado exponencialmente en las últimas décadas, y se estima que la mitad de la población mundial está en riesgo. A pesar de una disminución en los casos y muertes por malaria, la propagación de mosquitos invasores del género Anopheles a varios países africanos, incluidos entornos urbanos donde las tasas de malaria suelen ser bajas, plantea desafíos significativos para los esfuerzos de control de la malaria en la región.

Muchos de estos vectores prosperan en áreas urbanas donde el suministro de agua y el saneamiento son inadecuados, así como la mala gestión de aguas residuales y de desechos sólidos, proporcionan condiciones favorables para la reproducción.

Las medidas de control ambiental, incluido el acceso mejorado a suministros de agua potable para reducir la necesidad de sistemas de almacenamiento de agua, prácticas adecuadas de gestión del agua y gestión de desechos sólidos para reducir la presencia de recipientes favorables para la reproducción, desempeñan un papel importante en limitar la propagación de estas enfermedades.

Por lo tanto, todos los servicios de WASH deben ser gestionados de manera segura y sostenible, y también deben ser resilientes al cambio climático para marcar una diferencia duradera en el bienestar de las poblaciones.

Conviene no olvidar que el acceso al agua y el saneamiento son reconocidos por las Naciones Unidas como derechos humanos fundamentales para la salud, dignidad y prosperidad de todos. Sin embargo, miles de millones de personas aún viven sin agua y saneamiento gestionados de manera segura.

Las poblaciones más pobres son a menudo ignoradas y a veces enfrentan discriminación al intentar acceder a los servicios de agua y saneamiento que necesitan.

Los gobiernos deben adoptar un enfoque basado en los derechos humanos para mejorar el agua y el saneamiento, para que nadie quede rezagado.

Es triste reconocerlo, pero aún hoy hay que luchar para que el derecho al acceso a los mismos sea considerado un derecho humano básico para todos.

¿Autónomo por obligación?

ENTRE MAGNITUDES

¿AUTÓNOMO POR OBLIGACIÓN?

¿Por vocación o necesidad? Esa es la disyuntiva a la que en algún momento se ha enfrentado una gran parte de los casi 3,3 millones de trabajadores por cuenta propia que existen en España. Un colectivo de emprendedores a veces poco reconocido, pero indispensable para el funcionamiento de la economía. De hecho, si lo considerásemos como un grupo empresarial unificado sería el segundo mayor contratador del país, sólo por detrás del Estado, y el primer proveedor de servicios.
FERNANDO GEIJO,
La mayoría de los autónomos tiene que dedicar muchas horas a sus proyectos si quieren obtener buenos resultados.

Ponerte por tu cuenta. Una expresión tradicional presente en el imaginario colectivo que ejemplifica a la perfección la decisión de muchas personas a la hora de emprender y poner en marcha su propio negocio. Una opción que en ocasiones responde a una clara vocación profesional pero que, en otras, es el resultado de la mera necesidad de trabajar.

La encuesta Oferta y demanda de empleo en España en 2022, elaborada por Infoempleo, perteneciente al Grupo Adecco, señala que más de un 65% de los entrevistados asegura que “llegaron al autoempleo empujados por la necesidad” y, por tanto, no se consideraban “motivados por un verdadero interés en trabajar de forma independiente”. No en vano, un 60% de los encuestados indicaron que antes desarrollaban su labor por cuenta ajena a tiempo completo y que preferirían esta opción por motivos de “tranquilidad”. Lo que cuadra con el dato del 45,3% que afirmó sentirse más infeliz desde que era autónomo.

Sin duda, un porcentaje considerable entre los 3.992 profesionales en activo, desempleados y autónomos encuestados, cuya opinión se une también en esta edición a la de un total de 152 empresas consultadas y al análisis de más de 355.000 ofertas de empleo, bien colgadas en el portal de Infoempleo o recibidas a través de Adecco.

 


EL 65% DE LOS ENTREVISTADOS POR INFOEMPLEO ASEGURAN SER AUTÓNOMOS POR NECESIDAD


 

Ventajas e inconvenientes

La plena autonomía en la toma de decisiones y de horarios, en un 50% y un 42,7%, respectivamente, junto a la libre elección de la actividad (33,8%), unido a la sensación de libertad (28,1%), y al incremento de la satisfacción personal (20,3%), son algunos de los aspectos citados de manera recurrente entre los principales atractivos a tener en cuenta a la hora de decidirse por el emprendimiento.

En la otra cara de la moneda se sitúan la burocracia (52%) y, en mayor medida si cabe, la elevada carga fiscal que deben soportar los autónomos en España, con un porcentaje de respuestas en este caso del 56,2%, como los principales obstáculos que desincentivan y sirven de barrera de entrada al denominado emprendimiento. Y todo ello sin olvidar tampoco otras problemáticas citadas en el estudio en torno a situaciones relacionadas con la competencia desleal, la economía sumergida, la morosidad, la actual incertidumbre económica o la dificultad para encontrar financiación y la ausencia de coberturas sociales. Esto último podría ser, además, la causa de que un 16,15% de los encuestados considere que: “no hay ninguna ventaja a la hora de trabajar por tu cuenta”.

 


PARA FINANCIAR SUS PROYECTOS LOS EMPRENDEDORES RECURREN FUNDAMENTALMENTE A LOS AHORROS, LOS CRÉDITOS BANCARIOS Y LA AYUDA DE AMIGOS Y FAMILIARES


 

Fórmulas financieras

A toda persona que decide iniciar un negocio se le recomienda tener algo de experiencia en el sector, una formación adecuada y, por supuesto, una buena idea de negocio.

Sin embargo, el capítulo económico se antoja clave en términos de supervivencia. Y es precisamente aquí donde la diversidad de vías de financiación se disgrega en diferentes alternativas, como la financiación colectiva o crowdfounding, apenas utilizada por un reducido 1,04% de los entrevistados, o los mentores, también conocidos en terminología anglosajona como business angels, con solo un 2,08%.

Por el contrario, las opciones más recurrentes para contar con un respaldo económico se centran en los préstamos bancarios (27,6%), mientras que la petición de apoyo a amigos y familiares, que aglutinó casi un tercio de las respuestas, en concreto el 22,4% de las mismas, y las ayudas y subvenciones supusieron la solución para el 10,9% de los encuestados en el estudio de Infoempleo. Por último, destacar las alternativas de inversión propia, bien debido a la inversión del ahorro acumulado a lo largo de la vida profesional, opción preferente con casi un 70% de los casos, o mediante la capitalización de la prestación por desempleo, con el 9,9%.

La motivación de los autónomos es una virtud que se les supone. Pero esta debe ir inexorablemente acompañada de una gran dedicación en términos de horas de trabajo. En este sentido, un 35,9% aseguró al ser preguntados que trabajaba seis días a la semana, frente al 32,8% que dedicaba cinco, mientras que más de un cuarto, el 26,5%, confesaban extender la jornada a los siete días de la semana.

Por su parte, tres cuartos de los autónomos españoles consultados admitieron trabajar en solitario, desde un local alquilado (21,8%) o en su propio domicilio (45,3%).

Ajuste a la realidad

El 1 de enero de 2023 entró en vigor la reforma del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) por el que se ha establecido un nuevo sistema de cotización, que pone fin a la libertad de elección del mismo, y mejora la protección ante el cese de actividad. En el primer caso, las cuotas han pasado desde los 230 (200 a partir de 2025) a los 500 euros al mes, en función de los rendimientos netos. Los autónomos con bajos ingresos, mujeres y jóvenes, sobre todo, con rendimientos del trabajo por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pagarán entre 200 y 260 euros al mes a partir de 2025.

Asimismo, existe la posibilidad de que, en caso necesario, puedan cambiar de tramo cada dos meses y con un máximo de seis cambios anuales, al objeto de ajustarse en cada momento a su realidad financiera.

 


LA REFORMA DEL RETA HA FLEXIBILIZADO LA CUOTA FISCAL Y AUMENTADO LA PROTECCIÓN DEL AUTOEMPLEADO


 

Estas medidas son necesarias para adaptarse a las transformaciones que se avecinan en el mercado laboral mundial, a tenor de las conclusiones del Informe sobre el futuro del empleo 2023, elaborado por el World Economic Forum, en el que se indica que el mismo camina hacia la revolución tecnológica y la transición ecológica con nuevas bolsas de empleo en sectores como la educación, la agricultura y el comercio digital, y donde el 23% de los empleos cambiarán de aquí a 2027, tras la creación de 69 millones de nuevos empleos y la destrucción de otros 83 millones.

Pros y contras del autoempleo

Ventajas:

  • Ser tu propio jefe 50%
  • Fijar tus horarios 42,7%
  • Trabajar en lo que te gusta 33,8%
  • Libertad 28,1%
  • Satisfacción personal 20,3%
  • Mayores ingresos 7,8%

Inconvenientes:

  • Fiscalidad 56,2%
  • Cargas administrativas 52%
  • Competencia desleal 24,4%
  • Contexto político-económico 21,8%
  • Financiación 20,8%
  • Conseguir clientes 20,3%
  • Cambios en el marco regulatorio 11,9%
  • Falta de coberturas sociales 11,9%
  • Morosidad 8,3%

Fuente: Oferta y demanda de empleo en España 2022, Infoempleo (Grupo Adecco).

Panorama europeo

Portugal

La Seguridad Social aplica una tasa fiscal del 21,4% sobre el 70% de media de ingresos, además de contar con una horquilla impositiva que va desde un mínimo de cotización mensual fijado en 20 euros hasta un máximo de 1.130 euros.

Reino Unido

La legislación divide a los autónomos en dos segmentos en función de sus ganancias: clase 2, que abonan 3,05 libras semanales-alrededor de 15 euros mensuales- y los de la denominada clase 4 que pagan el 9% si ganan entre 11.500 y 60.500 euros al año.

Alemania

Los trabajadores germanos por cuenta propia abonan sus impuestos en función de los beneficios obtenidos, pero de una forma progresiva, con tasas que oscilan desde el 45% al 14%.

Italia

Desde 2022 cuenta con un sistema por tramos similar al actualmente establecido en España, donde están excluidos los autónomos que ganan 4.800 euros anuales o menos.

Francia

El primer año está bonificado y después se paga el CFE, equivalente al IRPF español, con un montante variable según el volumen de negocio y la actividad económica, donde los profesionales dedicados al comercio abonan el 12% y los que se dedican a actividades liberales, colegiadas o no, y servicios pagan el 22%.

Ojo al dato

Informe Oferta y Demanda de Empleo en España 2022, elaborado por Infoempleo, Grupo Adecco.

Estudio sobre el futuro del empleo, mayo de 2023. Foro Económico Mundial.

Guía práctica de trabajo autónomo. Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Tesorería General de la Seguridad Social. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

«España necesita un marco normativo que piense en las pymes», por Gerardo Cuerva

ENTRE MAGNITUDES

Gerardo Cuerva.
GERARDO CUERVA,

presidente de CEPYME

"Reclamamos de los legisladores que actúen en concordancia con las necesidades del tejido empresarial español"

España necesita un marco normativo que piense en las pymes

Es para mí un honor poder explicar desde esta publicación las inquietudes de las pymes españolas, a las que pertenezco y represento. Una publicación como Escritura Pública, que tanto predicamento tiene entre los juristas y que es un referente para cualquiera que se quiera aproximar al conocimiento del Derecho, supone para la organización que presido, CEPYME, un inigualable trampolín para poder exponer las vicisitudes de las pymes, así como sus demandas. Desde el más absoluto respeto, sin concitar conflictos, pero también desde la responsabilidad que supone dar voz al 99,8% del tejido productivo español.

Porque ese, el 99,8%, es el porcentaje del parque empresarial que representan las pymes. Por ello, son las pymes españolas el principal empleador del sector privado y por ello merecen una atención especial que CEPYME jamás cejará en reclamar.

El empleo de las familias españolas depende de nuestras empresas y las mayoritarias son las pequeñas. Sin embargo, la legislación que nos afecta está confeccionada, en general, para la gran empresa. Una sorprendente paradoja sobre la que desde CEPYME tratamos de llamar la atención para poder disolverla.

El hecho de que predomine una legislación desacorde con la empresa mayoritaria en el país y la circunstancia de que existan escalones regulatorios que impidan la ganancia de tamaño de las pymes limita las posibilidades de mejora de nuestra economía y el progreso de nuestra sociedad. No es un asunto baladí. Doce millones de empleos dependen del trabajo por cuenta propia y las pymes, elementos productivos que necesitan una legislación que tenga en cuenta su realidad y a sus necesidades.

Los empresarios estamos acostumbrados a sacar fuerzas de flaqueza. Lo hemos demostrado durante la pandemia, ante los vaivenes en las cadenas de suministro, frente al vendaval inflacionario, pese a la carestía del crédito. Muchos han sacrificado sus márgenes para mantener el empleo. Lo hemos hecho sin queja, orgullosos de sacar adelante nuestros negocios y poder cubrir la demanda de bienes y servicios en un entorno de modernización, digitalización, y de nuevas exigencias medioambientales. Siempre hemos dado la cara y se demuestra en los datos de empleo de estos adversos tiempos en materia económica.

Hay elementos que afectan a la actividad empresarial diaria que nadie puede predecir. Los empresarios lo asumimos: no se puede calcular la duración de un conflicto bélico o una sequía. Con ese azar se enfrenta a diario la pyme. Pero hay otros elementos sobre los que sí se puede actuar y en tal sentido reclamamos de los legisladores que actúen en concordancia con las necesidades del tejido empresarial español.

Según la última edición del informe Crecimiento Empresarial, elaborado por el servicio de Estudios de CEPYME, una normativa adaptada a la pyme, que permita a las empresas españolas crecer hasta asimilarse en tamaño con la empresa media europea reduciría la tasa de paro en cinco puntos porcentuales; elevaría un cinco por ciento el PIB, e incrementaría la recaudación en 21.000 millones de euros sin que hubieran de mediar subidas de impuestos y cotizaciones, algo esencial para que España minore su déficit y su deuda pública, que tantos intereses cuestan a los ciudadanos.

Y esa normativa que necesita la pyme, adaptada a sus circunstancias, precisa de una reflexión pausada de los legisladores, de una toma en cuenta del principio think small first, de pensar primero en pequeño para poder ser más grandes.

No pedimos que la legislación se amolde a la pyme por capricho, sino por carta de naturaleza. Somos el tejido productivo y quienes brindamos no sólo los bienes y servicios que demandan los consumidores, sino también el sostén de servicios públicos esenciales mediante nuestra aportación a las arcas públicas. Y, además, queremos atraer recursos del exterior: vender fuera, poner a España en cada rincón del mundo. Para todo ello necesitamos viento a favor en vez de palos en las ruedas. Necesitamos tanta certidumbre y seguridad jurídica como flexibilidad para poder adaptarnos a la coyuntura.

Las pymes españolas son más vulnerables que las grandes empresas. Y son también más vulnerables que sus homólogas europeas. Difícilmente, con normativas ajenas a esta realidad, podrán salvar escollos. Las pymes tienen menos recursos que las grandes empresas para, sin ir más lejos, asimilar las 5.300 páginas diarias de producción normativa; adolecen de una mayor dificultad para acceder al crédito; son las primeras que soportan las crisis y, sin embargo, son más rehenes de escalones regulatorios que las grandes compañías.

No expongo una lucha de David contra Goliat, no. Ni mucho menos una diatriba que dependa de colores políticos. Al contrario. Hablo de una unión de todos los estamentos en pro de la empresa y de nuestro consiguiente progreso como sociedad. Anhelo unos cauces normativos diseñados específicamente para la pyme, que permitan ensanchar el retorno que la empresa española brinda a la sociedad, esa mano invisible que retroalimenta la riqueza y el progreso. Si las pymes han llegado hasta aquí con éxito en sus negocios y brindando solidez laboral, ¿qué no harían con una legislación ahormada a su idiosincrasia? Demos respuesta a esta pregunta retórica con unas leyes de talla… de la talla que gasta la empresa española.

Las propinas se reinventan

CONSUMO

LAS PROPINAS SE REINVENTAN

Ante el descenso de propinas, en algunos establecimientos se ha comenzado a reconocer lo que denominan la propina obligatoria.
Hace apenas unos días, en un bar de comidas de Pamplona, una camarera tocaba una campana para celebrar que un cliente había dejado ‘bote’ (propina) después de terminar su menú del día. Me llamó la atención porque hacía mucho tiempo que no escuchaba ese gesto y también porque coincidía con la redacción de este reportaje en el que analizamos por qué dejar propina en bares y restaurantes ha dejado de ser algo habitual y se ha convertido en excepcional.
MARIÁN LEZAÚN

Lo que hasta hace bien poco era un gesto cotidiano parece haber entrado en desuso. El dinero digital, el uso de dispositivos móviles o las aplicaciones de pago han provocado que el sector de la hostelería pierda una parte importante de sus ingresos, la parte informal y voluntaria que suponían las propinas de los clientes. Por eso, los hosteleros han empezado a buscar alternativas para no perder ese dinero extra que servía para motivar a los empleados del sector. Así, estos meses hemos visto desde una campaña impulsada por la Comunidad de Madrid para animar a los clientes a seguir dejando propinas, a las iniciativas particulares de bares y restaurantes que piden directamente ese dinero extra a través de mensajes en la factura. El objetivo es tocar un poco el ánimo de los consumidores y perpetuar ese gesto que forma parte de nuestra cultura y que nos impulsa a reconocer cuándo hemos recibido un buen servicio o, incluso, mantener una relación más cercana con el establecimiento.

Culpables

Un estudio elaborado por el Grupo Mahou-San Miguel, Los hábitos de los españoles en la hostelería, revelaba que poco más del 20% de los consumidores tiene hoy la costumbre de dejar propina, mientras el 17,8% de los mismos aseguraba que nunca la aporta. El resto lo hace en forma ocasional y siempre y cuando reciban un buen servicio. Algo más optimista se mostraba un estudio de la compañía financiera Mastercard que recogía que siete de cada diez encuestados dejaba propina al recibir un buen servicio. Lo que está claro es que la desaparición del pago en metálico ha impactado de lleno en esta costumbre que se extendía a otros sectores como los taxis o incluso peluquerías, tiendas y otros servicios.

 


EL DINERO DIGITAL Y EL USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES ESTÁN PROVOCADO QUE EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA PIERDA UNA PARTE IMPORTANTE DE SUS INGRESOS: LAS PROPINAS


 

Los expertos consultados consideran que abandonar este gesto puede tener grandes consecuencias, especialmente en la hostelería donde los salarios son más ajustados. Y es que las propinas tienen un impacto considerable en los ingresos de estos profesionales, especialmente en aquellos que trabajan en países donde las mismas constituyen una parte significativa de su remuneración total. “En algunos casos, las propinas pueden complementar el salario base hasta en un 50% o más, dependiendo de la ubicación y el establecimiento. Por eso, la fluctuación en la recepción de propinas también puede provocar una falta de previsibilidad en los ingresos, lo que afecta a la estabilidad económica de los trabajadores”, explica Diego Coquillart, consultor experto en innovación, marketing y tecnología para el sector de la hostelería y creador del diario digital que lleva su nombre (https://www.diegocoquillat.com).

En España este no es el caso y, aunque los trabajadores del sector no tienen salarios demasiado altos, la propina no se cuenta en el monto total por lo que se trata de un gesto totalmente voluntario, explican las asociaciones de consumidores. En nuestro país, desde un punto de vista jurídico, ni el establecimiento ni el empleado puede exigir ningún tipo de gratificación porque no hay ninguna normativa legal que ampare esta práctica. Según los hosteleros consultados por Mastercard, en España la mayor cuantía la dejan los extranjeros, acostumbrados a pagarla en sus países de origen: entre un 10% y un 15% del total, que puede suponer en muchos casos un dinero extra al mes de entre 250 y 480 euros.

¿Propina obligatoria?

Pero, ¿por qué nos preocupa tanto este tema? Ante el descenso de propinas, en algunos establecimientos se ha comenzado a reconocer lo que denominan la propina obligatoria, “a la americana”, que lo que hace es establecer un porcentaje que puede oscilar entre el cinco y el diez por ciento del total de la cuenta. La práctica ha encendido las alarmas entre los consumidores. El secretario general de FACUA, Rubén Sánchez, reconocía en una entrevista en La Sexta “que podría tratarse de una técnica cuyo fin es que el cliente tenga cierto sentimiento de culpa si decide no dejar nada”. Esta propina consiste en añadir un porcentaje adicional en la cuenta (del cinco al 10 por ciento) con el que se invita al cliente a colaborar con el servicio, según han mostrado varios consumidores en redes sociales. “En los ‘tickets‘ de estos restaurantes se refleja el total sin propina, el importe con el porcentaje adicional sugerido e incluso la opción de una cantidad voluntaria”, señalan en FACUA. Algunos establecimientos van más allá e incluso incluyen emoticonos para agradecer la propina que se deja o lamentar que no se deje nada. Se trata, simplemente, de una estrategia que podemos considerar de más o menos gusto.

 


ABANDONAR ESTE GESTO PUEDE TENER GRANDES CONSECUENCIAS, ESPECIALMENTE EN LA HOSTELERÍA DONDE LOS SALARIOS SON MÁS AJUSTADOS


 

Porque como dice Coquillart, «hacer de estas propinas una obligación desvirtuaría su propósito original, que es recompensar un servicio excepcional”. Además, “podría llevar a una complacencia en el servicio al cliente si los trabajadores reciben una cantidad fija independientemente de la calidad de su trabajo”, apunta este experto. Sin embargo, argumentos a favor de las propinas obligatorias incluyen una mayor seguridad financiera para los trabajadores y la posibilidad de una distribución más equitativa de las mismas entre el personal.

Respecto a los establecimientos que sugieren o incluso indican la cantidad de propina a dejar, hay opiniones encontradas. “Algunos lo consideran útil, especialmente en culturas donde no están seguros de cuánto es apropiado dejar. Otros pueden verlo como una intrusión o una demanda poco sutil. La transparencia es clave en este aspecto; las sugerencias deben ser eso, sugerencias, y no percibirse como una factura adicional”, dice Coquillart.

Dejar propina por cortesía

Aunque existe la idea generalizada de que en Estados Unidos las propinas son obligatorias, no existe una norma legal que lo indique. No obstante, es el único país donde dejar una propina de entre el 15% y 20% de la cuenta es lo mínimo que marca el estándar. Si no se hace, se considera una falta grave de etiqueta. En muchos establecimientos de Francia, Austria, Portugal e Italia, esas propinas pueden encontrarse en forma de cargo por servicio, aunque el porcentaje varía de un lugar a otro. Lo normal es dejar un 10%. En los países asiáticos, sin embargo, es una práctica muy mal vista. Los japoneses tienen una palabra, omotenashi, que significa dar la mejor atención a cambio de nada y que evidencia que la propina no tiene sentido allí.

¿Qué dice la ley española?

En España no hay una ley que regule las propinas, pero sí que existe legislación que regula el pago por servicios o productos que no se han solicitado. Recientemente la organización de consumidores FACUA denunciaba ante el Ministerio de Consumo al operador turístico MSC Cruises por incluir en las facturas de los clientes conceptos “relacionados con la prestación del servicio del personal que alojaba a los huéspedes”. Para ello, se apoyaba en el artículo 89 del Real Decreto Ley 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Según la normativa «tienen la consideración de cláusulas abusivas la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados», y añade como abusivos: «Los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso, expresados con la debida claridad o separación».

Para saber más

El banco online N26 ha publicado una guía sobre el funcionamiento de las propinas en España. En ella explica cómo funciona, cuándo es preciso tenerla en cuenta, la cantidad apropiada, etc.

La publicación especializada en tecnologías Xataka recogía hace unos meses un informe internacional sobre las costumbres de pago de propinas en más de 162 destinos.

Un tema que preocupa a muchos viajeros es cuánta propina debemos dejar en los países que visitamos. Aunque no existe una norma general, la revista de viajes Traveler recopila las costumbres en los destinos más populares.

«La propina como reconocimiento extra», por Gustavo Samayoa

CONSUMO

GUSTAVO SAMAYOA,

presidente de Federación de Usuarios Consumidores Independientes (FUCI)

"Tiene que quedar claro que al ser libre el pago de ese añadido, el empleador no puede interferir cuando un consumidor voluntariamente le da una propina al trabajador"

La propina como reconocimiento extra

La propina, es decir el dinero que se añade a la cuenta presentada a las personas consumidoras, o como dice la RAE, que la define como una pequeña gratificación para premiar un buen servicio, cabe decir que, a diferencia de otros países, es voluntaria en España, por lo que en ningún caso puede ser exigido su pago.

Últimamente se ha detectado una práctica que, si bien no obliga al consumidor, sí le induce de alguna manera a pagar un suplemento a la factura por servicios, tales como propina al camarero, propina al establecimiento, propina al cocinero y demás. Entendemos que, si bien esta práctica no obliga, puede generar al efecto contrario, es decir: no dejar propina. No olvidemos que, en nuestro país, según los estudios, un 11% de los encuestados dice dejar un añadido económico a la cuenta final, mientras que un 17% declara no dejar nunca propina y el resto no se pronuncia.

El consumidor español normalmente reconoce la atención recibida, pero la cuantía añadida a la factura suele ser muy variada. En muchos casos es la vuelta recibida del pago efectuado, sobre todo en consumiciones pequeñas como un café o un aperitivo.

Es probable que en un establecimiento de hostelería o restauración ese añadido por el servicio prestado sea un poco mayor debido a que la factura es superior, pero siempre con la costumbre de dejar lo que considere el consumidor en cada momento, dada su voluntariedad, y por el servicio satisfactorio excepcional prestado (el buen servicio se da por hecho). Nunca es para completar el salario del trabajador, ya que es el empleador el que se ocupa de ello, pagando el sueldo fijo establecido por ley, independiente de los servicios que se presten; no como en otros países en donde sí es un complemento salarial.

Las propinas o pago añadido voluntariamente a las facturas también son comunes en otras profesiones, como repartidores, personal de hoteles, guías turísticos, transportistas, por ese añadido al buen servicio que prestan los trabajadores al consumidor, pero siempre de forma discrecional por parte de este último. Tiene que quedar claro que al ser libre el pago de ese añadido, el empleador no puede interferir cuando un consumidor voluntariamente le da una propina al trabajador, situación que se produce algunas veces.

Una de las obligaciones de los empleadores es asegurarse de que una vez dada propina voluntaria por los consumidores, esta sea distribuida entre los trabajadores y estos declararlas fiscalmente. La legislación española no establece de forma clara cómo deben tratarse las propinas en el ámbito laboral, por lo que entendemos que queda a discreción del empleador, consensuado con los empleados. Lo común es considerar las propinas como un ingreso extra colectivo para los trabajadores de hostelería y turismo y por lo tanto serán distribuidas equitativamente, si bien en ningún caso se deben considerar estos extras como parte de los salarios base.

La cultura de las propinas en nuestro país no está muy arraigada, a pesar que muchos consumidores encuestados dicen que los trabajadores merecen un extra por los servicios especiales que prestan. España está lejos de la cultura americana o francesa en donde está tasado el tanto por ciento de la factura que ha de incrementarse en el momento del pago de la misma, o de países como Japón, donde este gesto se ve como una ofensa al trabajador, incluso como una falta de educación, pues entienden que es su obligación atender a los usuarios de la mejor manera posible, y que es el empleador el que debe pagar salarios justos a sus empleados. Así pues, en nuestro país se toma como una obligación moral voluntaria.

En caso de que algún establecimiento quiera obligar al consumidor a pagar propina o directamente se incluya esta en la cuenta sin su consentimiento, recordemos que existen varias vías de reclamación al servicio del consumidor. En primer lugar, se ha de intentar disuadir al establecimiento, solicitar las llamadas hojas de reclamaciones para denunciar un posible ilícito administrativo que podría generar una multa al establecimiento. Por otro lado, es posible presentar una reclamación ante una organización de consumidores, que a su vez la gestionará ante el organismo de consumo pertinente para que le sea resarcido ese extra no consentido y cobrado.

Por lo tanto, la propina en España sigue siendo un acto de conformidad del usuario frente a quien le presta un servicio; un acto voluntario. En ningún caso, se debe demonizar a quien libremente decide que con el pago de la factura ya está pagando el servicio o los servicios recibidos.

Cómo evitar la publicidad invasiva

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CÓMO EVITAR LA PUBLICIDAD INVASIVA

Los consumidores estamos cada día más cansados de recibir mensajes y llamadas publicitarias. No sabemos cómo escapar de la información comercial masiva que invade dispositivos, aplicaciones y plataformas.
MARIÁN LEZAÚN
Muchas veces somos nosotros los que previamente hemos dado el permiso de recibir publicidad sin ser demasiado conscientes.

Huir de todo ello parece ser la razón del crecimiento de la Lista Robinson, creada por la Asociación de la Economía Digital en 1993 para las personas que quieren dejar de recibir publicidad.

Escapar de este acoso no es fácil, aunque existan directorios en los que apuntarse y tratar de evitarlo. La lista Robinson es la más demandada, pero no la única vía. También podemos contactar con las empresas con las que hemos tenido alguna relación comercial para que dejen de enviarnos información, o con el Instituto Nacional de Estadística (INE), si lo que queremos es dejar de recibir propaganda electoral.

Actualmente hay más de tres millones de personas registradas en el directorio con nombre de náufrago y el número va en aumento. Solo en el último año han sido un millón los españoles que han decidido acabar con la molestia de recibir llamadas y evitar las interrupciones, el tiempo perdido y los inconvenientes de tener que responder al teléfono a cualquier hora o de borrar mensajes.

Llamadas de robots

El problema es que no es fácil controlar todos esos mensajes que nos llegan, aunque el reglamento sobre protección de datos y las leyes de defensa del consumidor son muy claros al respecto. Según las asociaciones de consumidores, el mayor número de quejas viene hoy de las llamadas inesperadas. Ni durante los fines de semana, ni en los días festivos, ni antes de las 10 a. m. ni después de las 9 p. m. y tampoco después de comer. Las empresas deben respetar ese horario y no realizar llamadas para promocionar sus productos en esa franja. Pero todos sabemos que, en ocasiones, no es así. Los teléfonos suenan en cualquier momento y no siempre es fácil “deshacerse” de los comerciales que insisten en vendernos cualquier cosa. Les dices que no es el momento, que estás ocupado, que no te interesa y acabas dando explicaciones sobre los servicios que ya tienes contratados o por qué no te interesa determinado producto. Dependiendo de las habilidades del comercial hasta puede que acabes cayendo en “sus redes”, especialmente las personas más mayores o las desinformadas.


ACTUALMENTE HAY MÁS DE TRES MILLONES DE PERSONAS REGISTRADAS EN LA LISTA ROBINSON PARA NO RECIBIR PUBLICIDAD


En los últimos tiempos se han puesto de moda las llamadas masivas, más molestas si cabe. Son esas en las que descolgamos el teléfono y no hay nadie que responda al otro lado. Son comunicaciones múltiples, realizadas por robots, que resultan un fastidio para los usuarios. Su funcionamiento es muy sencillo: se lanzan varias llamadas a la vez y el sistema espera que un operador quede libre con el fin de atender al cliente que está a la espera. En otros casos, se trata de comprobar la disponibilidad de los números de la lista y discriminar el mejor horario para realizar las futuras conexiones. Se trata de spam (información no solicitada) que también puede evitarse apuntándose a la lista Robinson.

En otras ocasiones somos nosotros los que previamente hemos dado el permiso para que nos localicen sin ser demasiado conscientes: a través de registros en newsletters, páginas de descuento o en compras online. Por eso, cuando esos contactos empiezan a ser una molestia, lo mejor es cortarlos de raíz.

¿Qué hay que hacer para apuntarse en la lista Robinson?

El procedimiento es muy rápido y sencillo. Sólo hay que entrar en la web www.listarobinson.es y registrarse facilitando los datos personales. Una vez realizado ese paso, se recibe un e-mail de confirmación con el nombre de usuario y una clave numérica para gestionar la cuenta. Además, te preguntarán por qué quieres dejar de recibir publicidad y por qué vías, ya que puedes desconectarte a través del e-mail, el teléfono, el correo postal y mensajes SMS/MMS. Cada uno de los canales se activa por separado, indicando e-mail y número.

¿La inscripción en la lista caduca?

El registro está activo hasta que el ciudadano decide darse de baja. Una vez te encuentras inscrito, se pueden añadir o actualizar los datos de contacto accediendo de nuevo a la lista. No caduca.


LAS EMPRESAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE CONSULTAR ESTA LISTA PARA SABER LAS PERSONAS QUE NO QUIEREN RECIBIR PUBLICIDAD


¿Es gratuita?

La Lista Robinson es gratuita para los consumidores. El servicio que presta se financia con las cuotas que pagan las empresas que deben consultarla para no caer en un delito y enviar la publicidad a las personas que no lo desean.

¿Cuándo se deja de recibir publicidad?

Desde que el consumidor se registra hasta que la ausencia de llamadas se hace efectiva pueden pasar tres meses. No obstante, hay que saber que se puede seguir recibiendo publicidad de las empresas a las que en algún momento se han facilitado los datos o se ha dado permiso. En ese caso, el consumidor debe comunicarse con cada una de ellas para zanjar el asunto. Suelen ser las empresas de servicios (energía, agua, seguros, etc.) las que deben tratarse de manera individual.


SE HAN PUESTO DE MODA LAS LLAMADAS MASIVAS, QUE NOS HACEN DESCOLGAR EL TELÉFONO, SIN QUE HAYA NADIE AL OTRO LADO O NOS RESPONDA UNA MAQUINA


¿Tiene algún inconveniente estar registrado?

Apuntarse en la lista puede tener algún inconveniente, por lo que los consumidores lo debemos valorar. Según la consultora tecnológica Ático 34, registrarse no es completamente infalible, es decir, aunque reduce notablemente la recepción de publicidad no deseada, no evita del todo llamadas comerciales y el spam en el correo, ya que hay empresas que no cumplen con la obligación de consultar la lista antes de enviar publicidad. Tampoco sirve para dejar de recibir publicidad de empresas con las que tenemos una relación contractual, ni con aquellas a las que dimos nuestro consentimiento para que nos enviaran publicidad, con las que habrá que negociar de manera individual. En el peor de los casos puede suponer dejar de recibir ofertas o promociones que podrían interesarnos.

¿Qué les ocurre a las empresas si se saltan la lista?

Si una compañía no cumple con la exclusión publicitaria de alguien que esté inscrito en la Lista Robinson se expone a una multa interpuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que puede llegar a ser de miles de euros. Así, si estás apuntado y recibes una llamada comercial que no has solicitado puedes ponerte en contacto con la AEPD y denunciar los hechos.

El origen de la lista Robinson

La vida del náufrago Robinson Crusoe que vivió varios años aislado en una isla desierta inspiró la idea de esta lista creada por la Asociación de la Economía Digital en 1993, con el objetivo de reducir las comunicaciones comerciales que se recibían por correo. Años después el ámbito se amplió a aquellas comunicaciones recibidas por e-mail, sms y llamadas telefónicas. La iniciativa, que es privada, pretende acabar con las quejas de consumidores y evitar esa imagen de molestia que transmiten algunas compañías. Entre las empresas que forman parte de ella se encuentran grandes marcas como Bizum, eBay, Booking, Carrefour, Codere, Fnac, Microsoft, Naturgy o Wallapop.

Si una compañía no cumple con la exclusión publicitaria de alguien que esté inscrito en la Lista Robinson se expone a una multa.

Para saber más:

Lista Robinson: La Asociación Española de la Economía Digital creó hace más de 20 años un registro para evitar publicidad no deseada que ha cobrado especial importancia en estos últimos años. En su web se puede consultar cualquier duda.

AEPD: En la web de la Asociación Española de Protección de Datos (AEPD) se puede consultar la información sobre el derecho de los consumidores a no recibir publicidad no deseada y las novedades legislativas al respecto.

ATICO 34: En la web de esta consultora tecnológica explican las ventajas y los inconvenientes de registrarse en la lista de exclusión publicitaria. Como siempre, la decisión debe de ser personal y cada consumidor valorar qué necesita en cada momento.

Dependiendo de la habilidad del comercial hasta puede que acabes cayendo en «sus redes», especialmente las personas mayores.

«Cómo actuar ante el spam telefónico», por Olga Ruiz-Legido

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

OLGA RUIZ LEGIDO,

presidenta de FACUA

"El 96,6% de los consumidores seguimos recibiendo llamadas comerciales no solicitadas, pese a estar prohibidas desde finales del pasado mes de junio"

Cómo actuar ante el spam telefónico

El 96,6% de los consumidores seguimos recibiendo llamadas comerciales no solicitadas, pese a estar prohibidas desde finales del pasado mes de junio y pese a que hayamos podido figurar inscritos en la llamada Lista Robinson: un servicio de exclusión publicitaria, creado hace más de dos décadas, que permite al usuario dejar constancia expresa de que no quiere recibir publicidad por distintos canales, entre ellos, el telefónico.

España es uno de los países más afectados por llamadas comerciales no deseadas (el quinto del mundo en 2020 según un estudio de TrueCaller), situación que ha obligado a reforzar la regulación existente, incorporando en la reciente Ley General de Telecomunicaciones de 2022 (Ley 11/2022, de 28 de junio) el derecho del usuario a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales. El reconocimiento de este derecho conlleva la prohibición para las empresas de realizar llamadas comerciales no consentidas, vigente desde el pasado 29 de junio.

La novedad en la regulación de las llamadas comerciales es que, a partir de ahora, las empresas tendrán que consultar si el consumidor ha autorizado que lo llamen para poder ofrecerle sus servicios. Es decir, aunque no esté inscrito en la Lista Robinson, y en cualquier franja horaria del día, las llamadas que expresamente no haya solicitado recibir y sean ajenas al marco de una relación contractual preexistente serán abusivas e ilegales.

FACUA realizó el pasado mes de septiembre una encuesta en la que participaron 6.065 consumidores, que ha arrojado un elevado nivel de incumplimiento por parte de las empresas. De esta forma, el 56,9% de los encuestados señala que ha recibido más de cinco llamadas comerciales en el último mes. El 4,1% recuerda haberlas recibido en cinco ocasiones en ese periodo; el 8,2% en cuatro; el 12,5% en tres; el 9,7% en dos y el 5,0% indica que le han llamado una vez. Solo el 3,4% afirma que no ha recibido ninguna.

Además, el 57,4% de los afectados que durante alguna llamada ha solicitado expresamente al teleoperador que no vuelvan a molestarle ha recibido posteriormente una nueva llamada ofreciéndole los servicios de la misma empresa.

Los servicios objeto de mayor número de llamadas comerciales no autorizadas son los de telecomunicaciones, seguidos de los energéticos, los seguros, las alarmas y los servicios de concesión de préstamos.

La encuesta realizada también pone en evidencia que solo el 8,6% de los consumidores afirma saber cómo denunciar las llamadas comerciales no solicitadas y que nada más que el 1,5% de los afectados dice haber presentado una denuncia por ello.

El organismo encargado de analizar y tramitar las denuncias que presenten los consumidores es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de la normativa en este ámbito y, en su caso, sancionar a las empresas que vulneren la ley.

Un día antes de la entrada en vigor de la norma, el 28 de junio, la AEPD publicaba en el BOE la Circular 1/2023, de 26 de junio, al objeto de ayudar en la interpretación del artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, fijando y aclarando conceptos y alcance de la norma y los criterios que aplicará la agencia en su cumplimiento.

Así, por ejemplo, respecto a las llamadas realizadas a números generados de forma aleatoria, establece igualmente que sólo pueden realizarse llamadas comerciales con el consentimiento previo del usuario. La empresa no puede realizarlas basándose en su interés legítimo, ya que en este caso no prevalece sobre el derecho de los usuarios.

La circular detalla además cuándo se pueden realizar llamadas a los abonados cuyo teléfono aparece en las guías telefónicas e insiste en la consulta obligatoria de las empresas a los sistemas de exclusión publicitaria, como la citada anteriormente Lista Robinson.

Por otro lado, la agencia también señala que, aunque el usuario haya dado su consentimiento para llamadas de una empresa en concreto, esto no permite que otras del mismo grupo empresarial puedan empezar a realizarle llamadas comerciales, por lo que supondría igualmente una infracción que se pusieran en contacto con él si no recaban su consentimiento expreso.

Denunciar el spam telefónico es posible, es fácil y es necesario. El usuario afectado puede hacerlo incluso de forma telemática en la web de la AEPD. No requiere que previamente se haya grabado la llamada, pero sí tendrá que aportar una serie de datos y documentación acreditativa de la titularidad de la línea receptora de la llamada.

Una vez confirmados los hechos e identificada la empresa, la agencia podrá proceder a sancionarla si confirma que se produjo una vulneración de la normativa.

El altísimo índice de incumplimientos de la prohibición de las llamadas comerciales no autorizadas debe llevarnos a los consumidores a tomarnos en serio que solo con denuncias podremos ponerles freno. Los consumidores debemos adoptar una actitud activa y reclamar ante unas prácticas que son abusivas y lesionan nuestros derechos. Igualmente, debemos exigir a los organismos competentes sanciones ejemplarizantes y disuasorias.

En los supuestos de acoso telefónico el consumidor también puede acudir a la autoridad de consumo de su comunidad autónoma, presentando la correspondiente reclamación. Realizar propuestas comerciales a distancia no deseadas y reiteradas constituye una infracción en materia de consumo. Este tipo de prácticas se consideran agresivas y son conductas desleales con los consumidores.

Por muy difícil que pueda ser en ciertos casos localizar y sancionar a las empresas que se saltan la ley, sin denuncias de los usuarios afectados ni siquiera se dará el primer paso.