PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
ANA ETCHENIQUE,

presidenta de la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU)

“Para que una persona consumidora tenga plenas garantías en su hospedaje se debe dirigir a hoteles, albergues u hostales”

¡Ojo con los pisos turísticos!

Desde hace años, España se encuentra inmersa una grave crisis de acceso a la vivienda en la que los precios del alquiler no paran de subir, situándose por encima del 40% del salario medio, alcanzando casi el 60% del salario en grandes ciudades como Madrid y Barcelona y convirtiéndose así en la principal preocupación de la ciudadanía española. Esta tesitura tiene una configuración compleja, provocada por distintas causas: como la concepción de la vivienda como un producto de inversión y un bien de mercado (en el caso de los pisos turísticos) y, por lo tanto, un activo con el que especular y obtener beneficio económico. O las prácticas abusivas e ilegales llevadas a cabo por algunos arrendadores, con la participación de las inmobiliarias, así como la falta de voluntad política para aplicar las herramientas de contención de precios, como la declaración de zonas tensionadas que prevé la Ley por el Derecho a la Vivienda.

Para empezar a desenmarañar el problema y encontrar soluciones a la crisis de acceso a la vivienda debemos contemplar medidas tanto a corto como a largo plazo. Dentro de las soluciones a corto plazo encontramos necesaria la vuelta de las viviendas destinadas al alquiler turístico al mercado de alquiler de vivienda habitual. Según el INE, las viviendas destinadas al alquiler turistico alcanzaron una cuota de casi 400.000 viviendas en 2024. Un informe del Banco de España, basándose en datos recopilados en portales inmobiliarios, señala que estas llegan al 10% del mercado del alquiler.

Por su parte, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en un intento de acabar con algunas de las prácticas engañosas que se dan en el mercado inmobiliario, el pasado mes de diciembre inició una investigación respecto de algunas de estas prácticas, entre ellas “afirmar de forma fraudulenta o crear la impresión falsa de que un empresario o profesional no actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional, o presentarse de forma fraudulenta como un consumidor o usuario”.

Cuando las empresas tratan de hacerse pasar por particulares para arrendar viviendas, realmente están buscando la no aplicación de la normativa de protección de los derechos de las personas consumidoras. Vulnerando, por lo tanto, el deber de información previa sobre las características de la vivienda, sobre las condiciones económicas y jurídicas del contrato de arrendamiento, para poder aplicar cláusulas abusivas supuestamente pactadas entre particulares, no tener que disponer de hojas de reclamaciones, o evitar el uso de los canales de reclamación previstos para las personas consumidoras, entre otras. También buscan la no aplicación de la legislación autonómica sobre los alojamientos turísticos, lo que implica el cumplimiento de ciertas normas de seguridad, calidad, higiene, de servicios mínimos, tarifas, etc., además de la necesidad de registrar la actividad y cumplir con las obligaciones fiscales.

Desde CECU entendemos que desde la Administración pública se debe primar el acceso a la vivienda a un precio asequible, por encima del fomento del turismo masivo que está disparando los precios y expulsando a las personas de las ciudades. Debemos garantizar protección de las personas consumidoras, y prestar especial atención y defender los derechos de aquellas que se sitúan en una posición de vulnerabilidad.

Lo que nos muestran estas prácticas que llevan a cabo algunos arrendadores en las plataformas de alquiler de viviendas turísticas es la facilidad con la que las partes implicadas, arrendadores y plataformas, incumplen la normativa sin consecuencias. Ahora bien, debemos de ir un pasito más allá y preguntarnos si queremos que la vivienda se convierta en parte de la actividad turística y en el negocio de unos pocos en detrimento del derecho fundamental a poder acceder a una vivienda digna. Si queremos abordar el problema y proteger a las personas consumidoras, lo primero por lo que debemos abogar es porque la actividad turística se desarrolle en infraestructuras pensadas para ello. Para que una persona consumidora tenga plenas garantías en su hospedaje se debe dirigir a hoteles, albergues u hostales, que cumplen con los requisitos mínimos de calidad del alojamiento, y se asegurará que en caso de tener algún tipo de problemática puede estar protegida por la legislación.

En segundo lugar, lo que tenemos que conseguir es que la gran mayoría de las viviendas que se encuentran bajo la actividad turística pasen a formar parte del parque de inmuebles para el alquiler de vivienda habitual. Más allá de que esas viviendas se estén destinando al alquiler vacacional de manera legal o ilegal (y si tienen licencia para desarrollar la actividad o no) se debería limitar el número de licencias existentes y sancionar a las que operen sin ella, para que las viviendas destinadas al alquiler turístico engrosen la oferta de arrendamiento destinada a vivienda habitual y esta sea accesible.

Para conseguir este objetivo también contamos con el poder de la organización vecinal. El propietario de cada vivienda que quiera dedicarse al alquiler turístico deberá obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios. Además, la comunidad de propietarios podrá limitar, condicionar o prohibir el ejercicio de esta actividad y, en su caso, denunciar su incumplimiento. De este modo, las comunidades de propietarios no solo tienen la capacidad de mejorar la convivencia de la finca, eliminando la actividad turística y sus ya conocidas consecuencias negativas para la convivencia, sino que además se estará devolviendo una vivienda para que sea usada para vivir en ella y no para especular.