La nueva Estrategia de Seguridad Nacional

EN ESTE PAÍS

Una de los principales problemas del modelo energético de algunos países es su alta dependencia externa

LA NUEVA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD NACIONAL

El pasado 28 de diciembre el Gobierno aprobó la nueva Estrategia de Seguridad Nacional 2021 (ESN21), que sustituye a la que estaba en vigor del año 2017 (ESN17). La irrupción de la pandemia de Covid-19 y el escenario internacional marcado por esta ha llevado al Ejecutivo a aprobar esta actualización con unos meses de adelanto, ya que habitualmente se realiza cada
cinco años.

La aprobación del Gobierno, de acuerdo con la Ley 36/2015, de Seguridad Nacional, estuvo precedida del informe favorable del Consejo de Seguridad Nacional reunido el 18 de noviembre de 2021.

Aunque expresa su continuidad con las tres Estrategias de Seguridad Nacional anteriores, una importante novedad respecto a la anterior ha sido la participación de la Comunidades y Ciudades Autónomas, a través de la Conferencia Sectorial para Asuntos de Seguridad Nacional.

El documento está estructurado en cinco capítulos, el primero de los cuales se refiere a las amenazas que suponen la tensión estratégica y regional y a su posible derivada en un conflicto bélico.

 

La desinformación

En líneas generales, el texto recoge los mismos peligros que se fijaban en el texto anterior, aunque se han introducido destacables novedades. Por ejemplo. se ha elevado a nivel de amenaza las «campañas de desinformación» o la posibilidad de otra pandemia. Además, esta nueva ley recoge la necesidad de crear un Plan Integral de Seguridad para Ceuta y Melilla, previsión en la que seguramente ha tenido que ver la crisis migratoria sufrida por las dos ciudades autónomas en la primavera de 2021 y que erosionó gravemente las relaciones diplomáticas con el Reino de Marruecos.

La Estrategia de Seguridad Nacional 2021 recoge por primera vez «las campañas de desinformación» como uno de los dieciséis riesgos y amenazas a la Seguridad Nacional. Además, plantea «iniciativas necesarias, como, por ejemplo, la creación de una reserva estratégica basada en capacidades nacionales de producción industrial.

Aunque ningún país en concreto está mencionado en el documento, si se intuye en el apartado referido a la «Tensión estratégica y regional» que la tensión militar Marruecos y Argelia, en la que siempre está presente el ‘statu quo’ del Sáhara Occidental, cuya potencia administradora sigue siendo España, y que después de casi 50 años de la salida de la antigua colonia no parece que su situación tenga fácil solución.

Como novedad de esta nueva Estrategia de Seguridad Nacional se agrupan riesgos y amenazas en el mismo apartado, estableciendo un nuevo modelo.

El documento constata los efectos que en el contexto internacional ha tenido la pandemia, señalando una «una etapa de transición», y considera que el Covid-19 entraña un factor de aceleración de las principales dinámicas globales que afectan a la seguridad.

También, por primera vez, una Estrategia de Seguridad Nacional no hace referencia a la banda terrorista ETA. Aunque la organización criminal anunció el cese definitivo de su actividad armada en 2011, el anterior documento de Seguridad Nacional de 2017 sí hacía mención a la banda considerando que, a pesar de no ser ya una amenaza relevante, era necesaria la defensa la memoria de las víctimas y las investigaciones hasta las últimas consecuencias de todos los actos criminales de ETA. Estas consideraciones no figuran en el documento de 2021.

 


LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD NACIONAL 2021 INCLUYE POR PRIMERA VEZ ‘LAS CAMPAÑAS DE DESINFORMACIÓN’ COMO UNO DE LOS DIECISÉIS RIESGOS Y AMENAZAS

 

Las referencias al terrorismo se centran ahora en el yihadismo y sus posibles amenazas a los intereses españoles, individuales o colectivos, que puedan provenir especialmente del Sahel o de individuos radicalizados nacidos o criados en España u otros países occidentales. En este sentido la Estrategia de Seguridad Nacional pone el foco en el riesgo de radicalización que puede producirse entre internos de las prisiones españolas.

 

Nuevas amenazas

Una, y en cierta medida polémica, inserción en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 son las llamadas “fake news” o bulos. Para el Gobierno son preocupantes las llamadas campañas de desinformación por su capacidad de “generar confusión y socavar la cohesión social” lo que puede suponer una grave amenaza para los procesos electorales o la posible influencia en ellos de otras naciones o agentes internacionales.

Las redes 5G también son para la ESN2021 un riesgo en cuanto a la vulnerabilidad y el peligro de ciberataques que afecten a las llamadas redes inteligentes.

Otra novedad es la alerta sobre la generalización del uso de drones que para los expertos pueden poner en riesgo la seguridad aérea e incluso provocar la inutilización de infraestructuras críticas como los aeropuertos o centrales energéticas.

La Estrategia de Seguridad Nacional 2021 da un especial valor a la “alerta temprana” que permita a las autoridades tomar medidas eficientes y para ello también recomienda incluir un término al que nos hemos acostumbrado durante esta larga y cambiante pandemia: cogobernanza. En este sentido se da paso a la participación de las Comunidades Autónomas en asuntos que son de su competencia, como es la sanidad.

 


CONSIDERA QUE EL COVID-19 ENTRAÑA UN FACTOR DE ACELERACIÓN DE LAS PRINCIPALES DINÁMICAS GLOBALES QUE AFECTAN A LA SEGURIDAD

 

La Estrategia de Seguridad Nacional 2021 contiene como novedad una carta a modo de introducción del presidente del Gobierno. En esta Pedro Sánchez señala como ejes del documento continuidad y cambio.

Dice el presidente del Ejecutivo que es de continuidad, “por el compromiso que significa la cuarta estrategia de esta naturaleza en la historia democrática de España. La seguridad de España y su ciudadanía es una de las más altas responsabilidades del Gobierno. La presente Estrategia recoge la herencia de sus antecesoras y hace suya la visión integral de la Seguridad Nacional, entendida como la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en el cumplimiento de los compromisos asumidos”.

También se refiere al cambio, identificando la situación actual y el insoslayable golpe de la pandemia como” una ventana de oportunidad”, considerando que la transformación en un contexto de incertidumbre requiere de una visión estratégica, “donde la seguridad se concibe como una condición necesaria para la recuperación económica y la cohesión social”. Para el presidente del Gobierno la Estrategia de Seguridad Nacional tiene en cuenta el camino a “la innovación tecnológica y la transición ecológica; hacia una España moderna con visión de futuro, llena de oportunidades de progreso”.

Capacidad creíble y efectiva

El Departamento de Seguridad Nacional dirigido por el general Miguel Ángel Ballesteros ha sido el encargado de elaborar este documento de 75 páginas, que describe 16 riesgos y amenazas. En él se mantiene que España requiere de una capacidad de disuasión creíble y efectiva y una capacidad de defensa autónoma, frente a diferentes formas de agresión: desde las estrategias híbridas hasta el conflicto convencional.

Fragilidad en la cadena de suministros

La experiencia acumulada por la pandemia del Covid-19 ha tenido reflejo en el documento estratégico, que reconoce el riesgo de la fragilidad de la cadena de suministros, así como la falta de capacidad decisora de organismos y autoridades internacionales, que resultaron incapaces de organizar un sistema efectivo para la producción y distribución de material sanitario.

Para saber más

a Estrategia de Seguridad Nacional 2021 puede descargarse aquí
Se pueden encontrar todas las anteriores estrategias, así como referencias al Departamento de Seguridad Nacional aquí
El Departamento de Seguridad Nacional tiene un sitio web al que se puede acceder aquí

Los servicios electrónicos de confianza y la seguridad jurídica

EN ESTE PAÍS

De izquierda a derecha: acto inaugural a cargo del director de la Cátedra, el notario Manuel González-Meneses, y del vicedecano de Ia Facultad de Derecho ICADE, José Luis Rey.

SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE CONFIANZA Y SEGURIDAD JURÍDICA

La sala de conferencias de ICADE-Comillas en Madrid acogió en febrero unas jornadas organizadas por la Cátedra ICADE-Fundación Notariado con el título Los servicios electrónicos de confianza y la seguridad jurídica. Del Reglamento eIDAS y la Ley 6/2020 a la propuesta de eIDAS2.

TRAS LA APERTURA por José Luis Rey, vicedecano de Investigación de Ia Facultad de Derecho ICADE, el director de la Cátedra, el notario Manuel González- Meneses, llamó la atención sobre la evolución que ha llevado desde la aparición de los prestadores de servicios de certificación en relación con firmas electrónicas basadas en criptografía de doble clave en el Real Decreto-ley y en la Directiva de firma electrónica del año 1999, a una paulatina ampliación del catálogo de servicios electrónicos de confianza objeto de reconocimiento y regulación, así como a un fortalecimiento de sus efectos jurídicos, en particular en su modalidad de servicios «cualificados», en especial con la última redacción que el artículo 326 de la LEC ha recibido por la Ley 6/2020.

A continuación, Ignacio Alamillo, director General de Astrea, habló del estatuto jurídico general de los prestadores de servicios de confianza, resaltando el esfuerzo de armonización de la regulación llevado a cabo por el legislador europeo con la pretensión de conseguir la unidad del mercado interior. También señalo cómo algunos de estos servicios de confianza dan lugar a productos de carácter específico, que no tienen equivalente jurídico en el mundo no electrónico; y advirtió de los límites de la seguridad aportada por sí sola por la tecnología.

Garantizar la seguridad jurídica. A continuación, se celebró una mesa redonda sobre el mercado de los servicios electrónicos de confianza, en la que participaron Diego Hernández, director de sistemas de información de FNM; Alfonso Carcasona, CEO de AC Camerfirma; María Dolores Pescador, presidenta ejecutiva de Logalty; Alfonso Fernández, director de identidad digital y firma de SIA (Indra); Santiago Casas, CEO de Validated ID, y Segismundo Álvarez, notario (moderador).

Una idea recurrente fue la pretensión de garantizar la seguridad jurídica y el cumplimiento normativo frente a los modelos más laxos propios del ámbito anglosajón, así como la evolución de un simple servicio de certificación a la oferta de soluciones integradas para la contratación electrónica.

En una segunda mesa redonda, sobre El significado y valor jurídico de los servicios electrónicos de confianza (en la que participaron Antonio Merchán, profesor de Derecho internacional privado; los abogados Alonso Hurtado y France Vidal, Manuel González-Meneses, y Miguel Martínez, profesor de Derecho Mercantil de ICADE, como moderador) se analizaron cuestiones relacionadas con el valor jurídico, en especial procesal y probatorio, de estos servicios.

Cuestiones como las dudas sobre la constitucionalidad de la norma de inversión de la carga de la prueba sobre la parte que impugna la autenticidad, integridad o fecha de un documento electrónico respecto del cual se ha prestado un servicios de confianza por un prestador incluido en la lista de prestadores cualificados (lo que fue calificado como la imposición de una probatio diabolica), en especial tratándose de consumidores (al respecto, Hurtado alertó sobre la posibilidad de reclamaciones masivas); así como el problema de las personas con capacidad disminuida por la edad o la enfermedad como posibles titulares de certificados y dispositivos de firma electrónica. Merchán habló de «capacidad digital» y González-Meneses de la carga de «autotutela criptográfica» que imponen sobre sus usuarios estos instrumentos de
firma basados en criptografía.

 


UNA IDEA RECURRENTE FUE GARANTIZAR LA SEGURIDAD JURÍDICA Y EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO FRENTE A LOS MODELOS MÁS LAXOS PROPIOS DEL ÁMBITO ANGLOSAJÓN

 

En el bloque dedicado a los nuevos planteamientos en materia de firma, Antonio Merchán; Rubén Morales, director técnico de identidad digital y firma de SIA (Indra); Miguel Ángel Bernal, profesor de Derecho administrativo; Segismundo Álvarez, notario; Enric Hernández; responsable del área de certificación y seguridad de Ancert, y José Carmelo Llopis, notario (moderador) trataron sobre los problemas de usabilidad propios de los sistemas de firma por medio de tarjetas físicas y su superación mediante el modelo de firma centralizada o en la nube y con el teléfono móvil, así como de la nueva posibilidad de identificación en remoto de los solicitantes de certificados. También se aludió a los nuevos sellos electrónicos de personas jurídicas, susceptibles de aplicación no personal y automatizada; así como a las dificultades para compatibilizar el régimen de los poderes de representación jurídica con el instrumento de la firma electrónica. Al problema que suscita la parametrización de las facultades de representación se refirieron Carmelo Llopis y Segismundo Álvarez.

En la sesión dedicada a la identidad digital, Llaneza hizo alusión a las incertidumbres a las que se enfrentan los expertos que participan en la elaboración de las normas técnicas de desarrollo de eIDAS2 en cuanto a las posibles fuentes de acreditación de los atributos que podrán gestionarse mediante los futuros wallets de identidad digital.

A continuación, en una mesa sobre proyectos de identidad digital, María Parga, presidenta de honor de Alastria; Carlos Pastor, líder de identidad digital de Alastria; Iván Basart, CTO de Validated ID; Carmine Auletta, CIO de Inforcert SpA, y González-Meneses, como moderador, expusieron varios proyectos relacionados con el concepto de identidad digital autosoberana.

Tras las intervenciones de ingenieros y tecnólogos, el notario Javier González y el catedrático de filosofía del Derecho Rafael de Asís disertaron sobre el concepto de identidad y la problemática de su traslación al ámbito digital, a lo que siguió un coloquio en el que llegaron a suscitarse cuestiones relacionadas con el respeto de los derechos de la personalidad en el metaverso.

En el último bloque, el dedicado a otros servicios de confianza, participaron José María Anguiano; José Carmelo Llopis; Igor Marcolongo Chief business Compliance Officer de Inforcert SpA; Alfredo Muñoz, y Pedro Garrido, notario
(moderador).

Llopis se ocupó del archivo duradero de documentos electrónicos, con una referencia a los problemas que planteará la conservación del futuro protocolo electrónico; Marcolongo aludió a la necesidad de adaptación a las distintas culturas jurídicas locales; Anguiano criticó la pretensión de monopolio de la notificación certificada por parte de la Sociedad Estatal de Correos y aludió a la problemática suscitada por la dirección electrónica habilitada; y por último, Muñoz hizo referencia al nuevo servicio de ledgers electrónicos y a posibles aplicaciones de la tecnología blockchain en el ámbito del derecho societario.

En el cierre de las jornadas el director de la Cátedra recordó que los notarios nacieron de la sociedad, por las necesidades de seguridad del mercado y porque dominaban esa tecnología de la información disruptiva en su tiempo como era la escritura en tinta sobre papel. Hoy, en el medio digital, la seguridad jurídica debe apoyarse necesariamente en unos medios de seguridad electrónicos que aportan precisamente las empresas tecnológicas, y tiene sentido que estos medios, por razones de seguridad del tráfico, vean reconocidos unos específicos efectos jurídicos. No obstante,  concluyó– el reconocimiento de estos efectos jurídicos no debería chocar con valores y principios básicos de nuestro sistema jurídico –como la tutela judicial efectiva–, ni llevar a prescindir de esa seguridad más completa que para aquellos ámbitos más delicados del tráfico jurídico ha aportado y  debe seguir aportando el documento notarial. |EP|

¿Podemos alcanzar la independencia energética?

EN ESTE PAÍS

Una de los principales problemas del modelo energético de algunos países es su alta dependencia externa

¿Podemos alcanzar la independencia energética?

La energía ha sido un elemento esencial para el desarrollo de las sociedades en el siglo XXI. Sin embargo, la acelerada evolución económica, social y tecnológica ha situado al sistema de gobernanza global nacido después de la Segunda Guerra Mundial en tensiones difícilmente sostenibles.

El modelo energético actual mundial es muy difícilmente sostenible, principalmente debido a que se basa en el consumo de petróleo y carbón, recursos limitados. Otra de las principales problemáticas que presenta es la alta dependencia energética externa.

Una definición convencional del concepto de dependencia energética es la de la cantidad de energía primaria que un país necesita importar para poder abastecerse, ya sea en forma de calor, electricidad o transporte.

El carecer de suficientes fuentes propias de energía (como sucede en España actualmente) provoca una peligrosa dependencia exterior, que es fuente de incertidumbre y que afecta a la economía real y la vida cotidiana; una realidad que viven las economías dependientes con frecuencia.

Dependencia energética

Depender de otros países para la obtención de parte de la energía consumida por una nación puede generar alteraciones en el suministro energético, ya que este no está únicamente bajo el control del país importador.

Durante este año se ha popularizado en los medios de comunicación el concepto de “mix energético”, al que, por otra parte, se ha hecho el villano de una situación que ha provocado un incremento de cerca de un 200% del precio de la electricidad.


España, al contrario que en la de otros combustibles, dispone de unas reservas de 4.650 toneladas de Uranio 3O8

¿Pero qué es el “mix enérgético”? Ni más ni menos que la combinación de las diferentes fuentes de energía que cubren el suministro eléctrico de un país.

En España, las centrales generadoras de energía eléctrica son de propiedad o concesión de las grandes compañías eléctricas que producen la energía, para luego introducirla en la red de transporte, en nuestro caso la empresa pública Red Eléctrica Española (REE). Esta empresa lleva la energía producida a los centros de consumo donde de nuevo las compañías eléctricas se encargan de hacerla llegar a los consumidores finales.

¿Y de dónde procede la energía que se consumen España? La energía de origen nuclear y la de procedencia eólica se disputan desde hace meses el liderazgo del “mix”.  Según datos de REE en julio de 2021 la nuclear se mantiene en cabeza, aunque la eólica gana terreno mes a mes con un incremento sostenido, suponiendo en ese mes el 18,9% de la producción total.

En concreto, fue la segunda energía que más aportó al mix, solo superada por la nuclear (22,7%) y seguida por el ciclo combinado, que produjo el 16,7% y la hidráulica que supuso el 14.4%. La energía de producción fotovoltaica se acerca al 9% de la producida. Prácticamente el 50% de la energía producida hoy es de origen renovable.

 


El modelo energético mundial es muy difícilmente sostenible porque se basa en el consumo de petróleo y carbón, recursos limitados

 

El alza de los precios

¿Y porque los precios están en máximos históricos?  La respuesta es compleja: las energías llamadas “verdes”, a pesar su progreso en eficiencia, son por su propia naturaleza dependientes de un intangible. España tiene muy escasa capacidad (al margen de las obligaciones que imponen las medidas de transición ecológica) de producción y transformación de combustibles fósiles como el petróleo y el carbón.

Según datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nuestra dependencia energética del exterior se sitúa en aproximadamente un 73%. Así, en España apenas se produce un tercio de la energía que se consume.

La dependencia del suministro de terceros de productos como el Gas Natural Licuado (GNL) y la geopolítica, amén del mercado y situaciones como la pandemia, son determinantes. El cierre del Gasoducto Magreb Europa (GME) o el estratosférico incremento de los fletes, en gran medida producto del geométrico incremento de la demanda de países en desarrollo industrial, han tenido un efecto muy pernicioso. Un ejemplo: en todo el mundo existen aproximadamente 645 buque capaces de transportar GNL y, por decirlo de forma simple vende su carga al mejor postor.

Uno de los grandes problemas de la energía eléctrica es que su consumo debe ser inmediato, ya que no se puede almacenar grandes cantidades de electricidad, por lo que debemos estimar casi a la perfección la energía que va a consumir nuestro país a cada instante en tiempo casi real.

La alternativa nuclear

Es este un debate complejo al que se debería descargar de prejuicios para abordarlo, siendo cual sea su conclusión, de manera neutral, bajo el análisis científico (con sus pros y sus contras) y sin olvidar que como señala el adagio británico TANSTAAFL “no hay almuerzo gratis”.

La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (UNECE) ha publicado el informe Life Cycle Assessment of Electricity Generation Options, en el que concluye que la energía nuclear produce menos emisiones de CO2 en su ciclo completo de vida que cualquier otra fuente de producción de electricidad.

El informe de UNECE también indica que la energía nuclear es -entre las tecnologías limpias- la que en su ciclo de vida hace un menor uso de terreno y la que requiere una menor cantidad de minerales y materiales metálicos.

Por otra parte, la preocupación por los residuos y la seguridad no son en absoluto insoslayables. La “vida” de los residuos de alta actividad puede ser de decenas de miles de años.

Sucesos como los (con grandes diferencias en su origen y tratamiento entre ellos) de Three Mile Island (EE. UU. ,1978); Chernóbil (Ucrania, 1985); o Fukushima (Japón, 2011) no pueden ser olvidados, ni tampoco que de ellos la tecnología tristemente aprendió en la búsqueda de soluciones preventivas.

España, al contrario que en la de otros combustibles, dispone de unas reservas de uranio evaluadas en 4.650 toneladas de U3O8 a costes de explotación inferiores a 80 $/kg U y 12.160 toneladas a costes comprendidos entre 80 y 130 $/kg U. Lo que la sitúa en el segundo país europeo en importancia, detrás de Francia.

Por otra parte, la investigación en el desarrollo pacífico de la energía nuclear de fusión prácticamente limpia y sin residuos, sigue avanzando. Sobre ella el recientemente desaparecido físico Stephen Hawking dijo en 2016 que” la tecnología que permite generar fusión nuclear es la más prometedora para la humanidad”.

Referentes en energía fotovoltaica
España pretende convertirse en la referencia mundial de la energía fotovoltaica. Así, además de tener la macroplanta fotovoltaica más grande de Europa, cuenta con los tres parques en construcción con la mayor potencia de todos los que se están instalando en la UE: 500 MW, 300 MW y 300 MW respectivamente. Cuando estén conectados dispondremos de cuatro de los cinco parques más grandes de Europa. El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) ha establecido que para 2031 el 74% de la electricidad generada tendrá que provenir de fuentes renovables.
Francia la nuclear
Francia cuenta con 58 reactores repartidos en 19 emplazamientos nucleares. Gracias a ellos más de la mitad de la energía producida en este país proviene de reactores nucleares y es un 84 % baja en emisiones. Las renovables solo proporcionan un 17 % de la energía total, según los datos de ElectricityMap. Mucha de esa energía es consumida en España y varías de sus centrales productoras se encuentran a pocos centenares de Km de la frontera española.

Para saber más

La página de Red Eléctrica de España ofrece las estadísticas y datos de consumo en tiempo real de la energía eléctrica es España

La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (UNECE) ha publicado el informe Life Cycle Assessment of Electricity Generation Options

La Fundación Canal mantiene el Blog Descubre la Energía en el que da amplia información sobre el mix energético

Si EE.UU. ataca a Irán, que Dios nos ayude, por Carlos Sánchez

EN ESTE PAÍS

CARLOS SÁNCHEZ,

director adjunto de «El Confidencial»

 

Occidente ha vuelto a comprobar que su dependencia del exterior es excesiva. Incluso, peligrosa. En particular, por su subordinación a Rusia

“Si EEUU ataca a Irán, que Dios nos ayude”.

Hace ahora quince años, el legendario jeque Yamani, el hombre que inspiró los dos choques petrolíferos de los años 70 que pusieron contra las cuerdas a Occidente, estuvo en Madrid invitado por el Real Instituto Elcano. EE.UU., por entonces, amenazaba a Irán con intervenir si proseguía con su carrera nuclear, y Yamani, ya defenestrado de su poder como ministro del Petróleo de Arabía Saudí, lanzó una advertencia que todavía se puede escuchar: “Si EE.UU. ataca a Irán, que Dios nos ayude”. Y resuena porque en plena transición ecológica hacia la descarbonización, el mundo sigue dependiendo de las energías fósiles. Es decir, de los productores de hidrocarburos. El petróleo y el gas, hijos de una misma tierra, corren por las venas del sistema productivo.

Es verdad que en las últimas décadas se ha avanzado en la producción de renovables y en la eficiencia energética, pero hoy, guste o no, los hidrocarburos -junto con las centrales nucleares- siguen moviendo el planeta. Evidentemente, porque las nuevas tecnologías de generación limpias no han sido todavía capaces de sustituir a los combustibles fósiles, pero también por ausencia de un viejo concepto que se estudiaba en las escuelas de diplomacia y que hoy se ha vuelto a poner de moda: la independencia energética. Pero que tras la superación de los dos choques petrolíferos desapareció durante años de la agenda política.

Tras la caída del muro de Berlín y la eclosión de la globalización, se entendió que el mundo se iba a regir sin fronteras. Paz celestial. Se olvidó, es más, que el aprovisionamiento energético forma parte de la geoestrategia de los países, como sucedió en los setenta cuando se nacionalizaron los pozos en Oriente Medio, y que, por lo tanto, podría haber problemas de suministro. La palabra independencia -energética o no-, de hecho, se retiró de la circulación, salvo en países como Francia, pero hoy se reivindica como un objetivo a conseguir. La propia UE ha lanzado un proyecto de autonomía estratégica que incluye, como no puede ser de otra manera, la energía.

Sin duda, porque Occidente ha visto las orejas al lobo y ha vuelto a comprobar que su dependencia del exterior es excesiva. Incluso, peligrosa. En particular, por su subordinación a Rusia, que tiene la llave del aprovisionamiento energético. EE.UU. ya lo consiguió hace unos años con el petróleo de esquisto (shale oil), aunque a un precio elevado porque el fracking es costoso, pero la UE aún está lejos de lograrlo.

Sólo hay que mirar algunas cifras para comprobarlo. El 40,4% del gas natural que consumen los hogares y las empresas europeas procede de Rusia. También, el 40% del carbón que llega a Europa viene de allí, mientras que el 29,3% del petróleo que recala en las refinerías continentales procede de la tierra de Putin. La rusa Gazprom, de hecho, tiene influencia sobre casi un tercio de todo el almacenamiento de gas en Alemania, Austria y Países Bajos. Rusia, por si esto no fuera suficiente, es el único proveedor de las importaciones de gas de seis países de la UE.

Rusia, sin embargo, no es la causa, es la consecuencia. El problema, a falta de hidrocarburos en el subsuelo, una mera casualidad geológica, es que el despegue de las energías limpias es lento, tiene limitaciones y es caro. En unos casos por razones tecnológicas, el almacenamiento a gran escala sigue siendo una quimera, pero en otros porque se ha arrastrado los pies subvencionando a los combustibles fósiles en lugar de haber hecho una apuesta más decidida por las energías limpias, como recuerdan una y otra vez los informes de la Agencia Internacional de la Energía (AIE).

Aunque no es fácil ponerse de acuerdo sobre la cuantía, la propia UE ha estimado que sólo en la región las subvenciones a los combustibles fósiles oscilan entre 39.000 millones y 200.000 millones de euros al año. Obviamente, porque se ha sido poco diligente en cambiar el statu quo, basado en importar hidrocarburos y así favorecer una industria intensiva en empleo y capital. Y España, hay que reconocerlo, está algo más que retrasada respecto del contexto europeo. El 70% de la demanda energética es importada, algo más de diez puntos por encima de la media europea.

El problema es todavía mayor si se tiene en cuenta que España, históricamente, siempre se ha considerado una isla energética. Pese a depender excesivamente del exterior, tampoco ha sabido -o podido- aprovechar las interconexiones con Europa, que son la clave de bóveda a la hora de diversificar las fuentes de suministro.

No es lo mismo depender de regiones convulsas como el norte de África o Rusia, con serias disputas con la UE, que de la Unión Europea, por donde transitan innumerables redes de aprovisionamiento, ya sean fósiles, renovables o de origen nuclear.

Es verdad que también la UE importa más de la mitad de la energía que consume, pero no es lo mismo lidiar con una crisis como la actual desde una posición común -ampliando las redes de interconexión- que desde el ámbito nacional. El corte de suministro de gas argelino a España a través de Marruecos es un buen ejemplo.

La solución, es evidente, está en las energías renovables. No sólo porque ayudan a luchar contra el cambio climático, sino porque por su propia naturaleza -las instalaciones físicas están en cada uno de los países- suponen un avance considerable hacia la independencia energética, aunque nunca del todo. La dependencia también es tecnológica, y esa es un arma demasiado poderosa para poder situarla fuera de la disputa geoestratégica. Como suele decirse, la energía, desde la primera revolución industrial, ha movido el mundo. Y en eso estamos.

«El compromiso europeo es rentable», por Emilio Ontiveros

ENTRE MAGNITUDES


EMILIO ONTIVEROS
Catedrático emérito de la UAM. Fundador y presidente de AFI

 

 El compromiso europeo es rentable

@ontiverosemilio

La recuperación de la economía mundial es un hecho: al final de la primera mitad de este año el PIB global había recuperado el valor de fin de 2019. La mayoría de las instituciones internacionales y analistas privados anticipan para el conjunto de este año ritmos de crecimiento de una intensidad sin precedentes en los últimos 80 años.

Tras esa visión panorámica se amparan realidades distintas según las economías nacionales que, en líneas generales, reflejan el impacto diferencial de la pandemia y las también desiguales respuestas de política económica para neutralizar sus consecuencias más depresivas. Mientras que el 90% de las economías avanzadas recuperarán el nivel de PIB por habitante el próximo año, solo una tercera parte de las consideradas emergentes (China excluida) lo conseguirán.

Europa, a diferencia de lo ocurrido en la crisis financiera desencadenada en 2008, se ha incorporado a la senda de la recuperación y lo ha hecho fortaleciendo su cohesión y, en cierta medida, su arquitectura institucional. Este es uno de los rasgos más esperanzadores que todavía podemos asumir en mayor medida desde una economía como la española. El contraste con la gestión de la crisis anterior es difícil pasarlo por alto. A tenor de la severidad con que desde el primer momento se manifestaron las consecuencias económicas de los confinamientos, las autoridades comunitarias, en estrecha sintonía con los gobiernos nacionales, entendieron que lejos de añadir restricciones sobre la capacidad de maniobra de las finanzas públicas nacionales, deberían relajar las que impone el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Adicionalmente, la Comisión Europea reformuló su marco de presupuestación plurianual y, lo más relevante, asumió la conveniencia de endeudamiento directo en los mercados de bonos, por 750.000 millones de euros, para transferir esos recursos a los Estados miembros a través del instrumento Next Generation EU. El precedente es destacable, como lo es el impacto que esa apelación de un emisor de la máxima calidad crediticia a los mercados de bonos ya está teniendo sobre la propia proyección internacional de la moneda común. Todo ello sobre la base de actuaciones, también adecuadas, del Banco Central Europeo desde el primer momento.

Con todo, el rasgo más relevante en mi opinión es la contribución a la transformación de las economías mediante la asignación de dos prioridades en la inversión de esos recursos: transición energética y digitalización. Ambas son expresivas de esa necesidad de recuperar el tiempo perdido y, haciendo de la necesidad virtud, acelerar la modernización de las economías receptoras de los recursos. Son, efectivamente, dos destinos que, dada su intensidad tecnológica, además de estrictamente necesarios para acercar la UE a los estándares ya vigentes en EEUU y China, facilitarán igualmente el aumento de la productividad de las empresas y, con ello, el crecimiento potencial de las economías. Ahí radica la gran oportunidad. No es de extrañar que las empresas privadas traten de aprovechar las posibilidades de participación en muchos de los proyectos que los Estados miembros ya están enunciando.

Esa colaboración público-privada es uno de los ámbitos en los que hay que confiar para que, a la recuperación de la economía española, la más pronunciada de la UE, le acompañe una verdadera transformación. Claro que es importante que nuestro país sea el segundo principal receptor de recursos de ese fondo. Pero, en mi opinión, es mucho más la posibilidad de que esos fondos europeos sean realmente la palanca que movilice inversión privada española y extranjera, multiplicando esos 140.000 millones y los efectos favorables asociados. Para ello es necesario que nuestra economía proyecte suficiente confianza a los inversores privados a medio y largo plazo. Eso significa fortalecer la concepción de nuestra economía como una de bajo riesgo y alto grado de compromiso europeo. Ambos son atributos estrechamente asociados y de probada utilidad en nuestra historia reciente. Más allá de los muy significativos ingresos de fondos europeos recibidos en estos 35 años, y del ascenso en la renta per cápita, la economía española sigue obteniendo una prima de confianza derivada de la presunción de que en nuestro país es amplio el respaldo político y de los ciudadanos a la asunción de las normas y disciplinas de la UE, incluidas las de la unión monetaria.

A diferencia de otros parlamentos de economías importantes, en el nuestro no existe por el momento partido político que programáticamente defienda el abandono de esas instituciones y su disciplina. La evidencia también avala la prioridad que los distintos gobiernos españoles han concedido al respeto a esas reglas, derivado del convencimiento de su conveniencia para la mejora del bienestar. Ahora, la vía más importante de exhibición de ese compromiso, de rentabilización del mismo en términos de fortalecimiento de los efectos multiplicadores de los fondos del Next Generation EU, sería dejar fuera de la crispación partidista al uso el horizonte plurianual de concreción de esos proyectos de inversión. Se debería señalizar de forma inequívoca a la inversión empresarial española y extranjera que, gobierne quien gobierne en los próximos años, se mantendrá el empeño en maximizar el potencial transformador de esa iniciativa europea. Un compromiso que puede ser tan rentable como el que ha amparado el apoyo al perfeccionamiento de la dinámica de integración en estas últimas décadas.

Retos del notariado europeo ante la digitalización

EN EL ESCAPARATE

Retos del notariado europeo ante la digitalización

Challenges for european notaries in face to digitalisation

La Directiva 2019/1151 sobre la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de Sociedades fue adoptada en junio de 2019 por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Esta norma fijaba en agosto de 2021 la fecha para su transposición a los ordenamientos jurídicos nacionales. Sin embargo, se ha previsto la posibilidad de una prórroga de otros doce meses para esta importante modificación, aunque algunos países como Alemania, la República Checa, Bélgica o Italia han iniciado ya el proceso legislativo.

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

in English

Directive 2019/1151 on the use of digital tools and processes in company law was adopted by the European Parliament and Council in June 2019. The directive set the date for transposition into national law at August 2021. Although a further twelve-month extension was envisaged for this important change, some countries, such as Germany, the Czech Republic, Belgium and Italy, have already started the legislative process.

El objetivo de esta directiva es simplificar, en términos de coste y tiempo, el establecimiento de una sociedad o la apertura de una sucursal en otro Estado miembro, con el fin de fomentar la competitividad de las empresas, fundamentalmente pymes, y favorecer el funcionamiento y modernización del mercado interior en un entorno de globalización y digitalización. La directiva menciona explícitamente a los notarios como parte del sistema de constitución de sociedades en línea.

La nueva normativa persigue que los emprendedores de toda la UE puedan crear sus empresas de forma sencilla y segura desde su propio ordenador, sin que ello implique renunciar al control de legalidad y al asesoramiento de los notarios. La participación de los notarios garantizará que todos los estándares de seguridad alcanzados en el mundo analógico se mantendrán en el digital.

El principio de neutralidad jurídica establecido por la directiva abre la posibilidad, ya desarrollada técnicamente por el Consejo General del Notariado, de constituir online sociedades limitadas en la sede electrónica notarial y mediante videoconferencia, con las mismas garantías y seguridad que en presencia física del notario.

El modelo alemán. Peter Stelmaszczyk, de la Cámara Federal de Notarios alemana, explica en detalle el proceso de transposición de la directiva a su Derecho nacional: «El proyecto del Ministerio de Justicia y Protección del Consumidor fue aprobado el 10 de febrero de 2021 por el Gabinete Federal y el 10 de junio de 2021 por el Parlamento Federal (Bundestag). Por primera vez, la constitución de una sociedad privada de responsabilidad limitada («GmbH») o de una sociedad empresarial con responsabilidad limitada («UG haftungsbeschränkt») se podrá realizar online. La introducción definitiva del procedimiento notarial de constitución de sociedades en línea está prevista para el 1 de agosto de 2022″.

La línea esencial de la futura Ley de transposición de la Directiva sobre Herramientas Digitales se basa en que la autenticación notarial se pueda realizar mediante videoconferencia. Este proceso sólo podrá realizarse por el sistema operado por la Cámara Federal de Notarios, lo que garantiza los más altos estándares de fiabilidad. Además, por razones de seguridad, debe evitarse que este proceso se realice en servidores extranjeros. El sistema está diseñado de tal manera que el usuario sólo necesitará un ordenador de sobremesa (o portátil, o tableta) con cámara, micrófono y conexión a internet, así como un smartphone compatible.

Otro elemento clave es la identificación segura de todos los participantes. Según el proyecto de ley, este requerimiento se realizará en dos etapas. El primer paso consiste en la identificación electrónica por medio de un dispositivo definido en el Reglamento comunitario eIDAS. Como segundo paso, el notario comparará la apariencia de todos los participantes con una fotografía que pueda leer desde el chip del pasaporte o tarjeta de identidad (desde el teléfono ‘inteligente’ del empresario y una aplicación gratuita de la Cámara notarial).

Según el proyecto de ley, el notario debe rechazar la autenticación en línea si no puede garantizar la legalidad del acto, en cumplimiento de sus funciones como titular de un cargo público. Al final, los emprendedores obtendrán una escritura pública firmada telemáticamente con el certificado electrónico de la Cámara Federal de Notarios.

El caso de España. Para Mónica Fuentes, profesora titular de Derecho Mercantil de la Complutense y miembro del Informal Company Law Expert Group de la Comisión Europea, la transposición en España «no debería ser excesivamente compleja, y el ejemplo alemán lo pone de manifiesto. Sin obviar las necesarias matizaciones que las diferencias entre el ordenamiento alemán y español exige observar, a priori, las líneas generales de la reforma alemana me parecen una buena referencia a tener en cuenta en términos de política legislativa, máxime cuando el modelo alemán de control de legalidad ex ante, como se sabe, es bastante similar al español».

«Desafortunadamente -apunta la mercantilista-, salvo error, tengo entendido que los trabajos de la Comisión General de Codificación en relación con la implementación de esta directiva están suspendidos. Asumo que se habrá solicitado la oportuna prórroga para la implementación (ya que en principio debía estar lista este próximo mes de agosto) y espero que esta situación se reconduzca para que todos podamos contar con un proyecto legislativo en los próximos meses».

Sobre el papel del notario en este nuevo reto digital, la profesora de la Complutense, sostiene que «a la hora de determinar el medio más adecuado de interacción con los otorgantes de la escritura parece que debiera tener también cierto peso el criterio del propio notario, en consonancia con la responsabilidad que éste asume por los juicios que emite acerca de la identidad, capacidad y legitimación de los otorgantes, de la legalidad del negocio jurídico y de la prestación de un consentimiento libre e informado».

Por su parte, Álvaro Lucini, delegado del CGN en el CNUE coincide en indicar que «la directiva digital pone a los países como España ante la necesidad y la oportunidad de compatibilizar las ventajas del procedimiento en línea (innecesaridad de desplazamiento físico) con las de la escritura pública (seguridad jurídica, prevención del fraude y el blanqueo de capitales). El proyecto del Gobierno alemán constituye una buena referencia como ejemplo de transposición puntual, práctica y coherente con el ordenamiento jurídico nacional».

Para el notario, su transposición no hace necesario «cambiar nuestro modelo de seguridad jurídica preventiva, que es compatible con la directiva digital. Bastaría fundamentalmente con incluir en la Ley de Sociedades de Capital una declaración acerca de la posibilidad del cumplimiento de los requisitos legales de escritura pública e inscripción mediante procedimientos íntegramente digitales y remitir su regulación a las normas de la legislación notarial y del Registro Mercantil, tal como va a hacerse en Alemania».

A la hora de transponer esta directiva, hay que tener en cuenta que no todos los países de la UE cuentan con sistema notarial (Irlanda o países escandinavos). Mónica Fuentes señala que «la directiva respeta las tradiciones legislativas de los Estados miembros. Por lo tanto, los derechos nacionales que “no conocen” el sistema notarial latino o romano-germánico (como el nuestro), no tienen la obligación de incorporar el control notarial. No obstante, el legislador europeo exige a los Estados miembros que incluyan en sus derechos nacionales normas que deberán garantizar el control. Ello puede traducirse en que algunos Estados miembros demasiado “laxos” tengan que elevar sus actuales estándares de exigencia en el control sobre el proceso constitutivo, lo que debe valorarse positivamente».

«El sistema anglosajón es difícilmente comparable con los sistemas de derecho continental -concluye la profesora-. Entre otras muchas diferencias, hay que tener en cuenta que, ciertamente, son mucho más laxos, pero cuentan con un control ex post del fraude bastante contundente. Dicho esto, en mi opinión, es preferible un sistema de control de legalidad ex ante como el que tenemos en España y otros países de la Europa continental (Alemania, Austria, Italia, Bélgica, etc.). Aporta mucha seguridad jurídica y evita los costes de litigación exorbitantes que vienen asociados, lógicamente, al control ex post del fraude».

Peter Stelmaszczyk, de la Cámara Federal de Notarios alemana:

“La autenticación notarial se podrá realizar mediante videoconferencia. Este proceso sólo podrá realizarse por el sistema operado por la Cámara Federal de Notarios, lo que garantiza los más altos estándares de fiabilidad”

Peter Stelmaszczyk, of the Bundesnotarkammer:

“Notarial authentication can be performed by videoconference, only on the system operated by the Bundesnotarkammer to ensure the highest reliability standards”.

Mónica Fuentes, profesora titular de Derecho Mercantil y miembro del Informal Company Law Expert Group de la CE:

“La transposición en España no debería ser excesivamente compleja, y el ejemplo alemán lo pone de manifiesto; máxime cuando el modelo alemán de control de legalidad ex ante es bastante similar al español».

Mónica Fuentes, commercial law professor and member of the EC’s Informal Company Law Expert Group:

“Transposition in Spain should not be overly complex, and the German example shows this; especially since the German model of ex-ante legal oversight is, as we know, fairly similar to Spain’s”.

Álvaro Lucini, delegado del Notariado español en el Consejo de Notariados de la Unión Europea:

 «La directiva digital pone a países como España ante la oportunidad de compatibilizar las ventajas del procedimiento en línea (innecesaridad de desplazamiento físico) con las de la escritura pública (seguridad jurídica, prevención del fraude y el blanqueo de capitales).

Álvaro Lucini, General Council of Spanish Notaries delegate at the CNUE:

 “The digital directive brings countries like Spain face to face with the need and opportunity to combine the advantages of the online procedure (no need for physical displacement) with those of the public deed (legal certainty, prevention of fraud and money laundering)”.

Infografía sobre el proceso de constitución de sociedades de responsabilidad limitada en España.
Infographic on the process of setting up limited liability companies in Spain.
in English

The directive aims to make it easier cost and time-wise to establish a company or open a branch in another Member State in order to promote corporate competitiveness, mainly for SMEs, and step up the functioning and modernisation of the internal market in a climate of globalisation and digitalisation. The directive explicitly mentions notaries as part of the online company incorporation system.

The new regulations allow entrepreneurs across the EU to set up businesses simply and securely from their own computer, without it entailing a waiver of legal oversight or advice from notaries. Engaging notaries in the changes will guarantee that all the security standards reached in the analogue world can be upheld in the digital one.

The principle of legal neutrality established by the directive opens up the possibility, already technically developed by the General Council of Spanish Notaries, of leveraging videoconferencing to set up limited liability companies online at the notarial e-office with the same guarantees and security as in the physical presence of the notary.

The German Model. Peter Stelmaszczyk of the Bundesnotarkammer, the German federal chamber of notaries, explains the process of transposing the directive into national law. “The bill from the Ministry of Justice and Consumer Protection was approved by the federal cabinet on 10 February 2021 and by the Bundestag on 10 June 2021. It will enable the online incorporation of a private limited liability company (“GmbH”) or entrepreneurial company with limited liability (“UG”) for the first time. The definitive introduction of the notarial procedure for online incorporation is scheduled for 1 August 2022”.

The essential thrust of the future law is that notarial authentication can be performed by videoconference, only on the system operated by the Bundesnotarkammer to ensure the highest reliability standards. The process should not be done on foreign servers for security reasons. The system is designed so that users only need a desktop computer (or laptop/tablet) with a camera, microphone and internet connection, as well as a compatible smartphone.

Another key feature is the secure identification of all participants. According to the bill, this requirement will involve two stages. The first is electronic identification using a device defined under the EU’s eIDAS Regulation. As a second step, the notary will compare the appearance of all parties with a photograph that can be read from their passport or identity card chip (from the entrepreneur’s smartphone or a free app from the notarial chamber).

The bill states that notaries must deny online authentication if the legality of the act cannot be guaranteed, in compliance with their functions as holders of a public office. At the end, the entrepreneurs will get an electronically signed public deed with the digital certificate from the Bundesnotarkammer.

The Case of Spain. For Mónica Fuentes, commercial law professor at the Complutense University of Madrid and member of the EC’s Informal Company Law Expert Group, transposition in Spain “should not be overly complex, and the German example shows this. While stressing the necessary nuances that the differences between the German and Spanish legal systems make necessary to observe, the general idea of the German reform strikes me as a good benchmark to consider in terms of legislative policy, especially since the German model of ex-ante legal oversight is, as we know, fairly similar to Spain’s.

“Unfortunately, if I am not mistaken I gather that the Law Commission’s work around implementing the directive has been suspended. I assume that the appropriate extension will have been requested (since it was originally due to be ready this coming August) and I hope the situation can be rechannelled so we can all have a legislative project in the coming months”.

Regarding the role of the notary in this new digital challenge, she says “When determining the best way to interact with the grantors of a deed, the notary’s judgement should carry some weight, in line with the responsibility notaries assume for the judgments they issue around the identity, capacity and legal standing of grantors, the lawfulness of the legal business and the provision of free and informed consent”.

Álvaro Lucini, General Council of Spanish Notaries delegate at the CNUE agrees that “the digital directive brings countries like Spain face to face with the need and opportunity to combine the advantages of the online procedure (no need for physical displacement) with those of the public deed (legal certainty, prevention of fraud and money laundering). The German bill is a good example of a timely, practical and meaningful transposition into national law.”

Lucini says we do not have to change our model of preventive legal certainty since it is compatible with the digital directive. “Essentially all we would have to do is include a statement in the Capital Companies Act on the possibility of fulfilling the legal requirements of a public deed and registration by entirely digital procedures and refer its regulation to the rules of notarial law and the Companies Register as the Germans are doing.”

In transposing the directive, we should remember that not all EU countries have a notarial system (Ireland and the Scandinavian countries, for example). “The directive respects the Member States’ legislative traditions,” says Monica Fuentes. “National legal systems that are not across the Latin or Roman/Germanic notarial one (such as ours) have no obligation to incorporate notarial control. However, the European legislator requires Member States to include rules to ensure control in their national laws. This may mean that some Member States that are too ‘lax’ will have to raise their current standards for controlling the establishment process, and this should be welcomed.

“It is hard to compare the common law system with continental ones. Among many other differences, we should remember that while they are much looser, they have fairly robust ex-post fraud control. That said, in my opinion, an ex-ante system is preferable, like the one we have in Spain and other countries across continental Europe (Germany, Austria, Italy, Belgium, etc.) because it provides considerable legal certainty and prevents the steep litigation costs associated with ex-post control”.

Rueda de prensa de los presidentes de los Notariados español y alemán para informar sobre la adaptación a la Directiva (septiembre de 2019).
Press conference organised by the heads of the Spanish and German Notariats to report on adaptation to the directive (September 2019).
Bélgica

Robyn Frissyn, senior counsel del Conseil International du Notariat de Bélgica indica que la transposición de la Directiva en su país «se ajusta a los plazos previstos. El notariado belga está trabajando arduamente y en estrecha cooperación con los servicios gubernamentales para cumplir el plazo establecido del 1 de agosto de 2021 y permitir a los ciudadanos nacionales y comunitarios crear su empresa en un entorno «totalmente en línea». Pronto se presentará al Parlamento un anteproyecto, después de que el Consejo de Estado haya dado ya un dictamen positivo sobre el texto. La intervención del notario en el proceso de constitución permanece inalterada. El notario realizará las mismas tareas relacionadas, entre otras, con la identificación y capacidad de los ciudadanos que hace hoy, aunque de manera telemática».

Belgium

Robyn Frissyn, senior counsel at the Conseil International du Notariat, says the transposition of the directive in Belgium “is set to be concluded on time. Belgian notaries are working hard and in close cooperation with government services to meet the 1 August 2021 deadline and allow national and EU citizens to set up their businesses in a fully online environment. A preliminary draft will soon be submitted to Parliament after the Council of State gave a positive verdict on the text. The involvement of notaries in the incorporation process remains unchanged. Notaries will perform the same tasks regarding citizen identification and capacity as they do now, just online”.

República Checa

Desde la Cámara Notarial de la República Checa, su asesor jurídico Petr Klika confirma que «la Cámara Baja del Parlamento ha presentado y aprobado un proyecto de ley por el que se modifica la Ley de Notarios y sus Actividades, en la que se aplican los requisitos de la directiva. Entrará en vigor en septiembre».

«El proyecto de ley -indica Klika- permite a los notarios elaborar una escritura pública electrónica basada en una videoconferencia entre el fundador de la empresa y el notario. La Cámara ha desarrollado una plataforma que garantiza la identificación digital. La sociedad establecida puede inscribirse en el Registro de Empresas inmediatamente, ya que los notarios tienen acceso a realizar inscripciones directas en dicha institución».

Czech Republic

The Czech Republic Chamber of Notaries’ legal advisor Petr Klika says, “The lower house of parliament has presented and approved a bill amending the Notaries and Related Activities Act to implement the directive’s requirements. It will enter into force in September.

“The bill lets notaries draw up an electronic public deed based on a video conference between the company founder and the notary. The Chamber has developed a platform guaranteeing digital identification. The established company can be entered on the Companies Register immediately, since notaries have access to register companies directly”.

Italia

Massimiliano Levi, director de comunicación del Consiglio Nazionale del Notariato comparte con Escritura Pública el estado en que se encuentra la transposición de la directiva en Italia. «El martes 20 de abril, el Senado aprobó definitivamente la directiva, que entrará en vigor el 1 de agosto. El artículo 29 de la nueva ley aprobada establece que la constitución de sociedades se llevará a cabo, aunque se elija un modelo estatutario estándar, mediante una escritura pública autorizada en una plataforma que permite la videoconferencia y la firma a través de una firma electrónica reconocida. Todavía estamos a la espera de que se apliquen decretos que hagan operativa la ley».

«Esta aprobación -prosigue Levi- significa que el Notariado italiano, y cada notario individual, tendrá un papel fundamental en la transición hacia la digitalización de la constitución online de empresas, sin reducir los niveles de seguridad que siempre garantiza la intervención notarial».

Italy

Massimiliano Levi, director de comunicación del Consiglio Nazionale del Notariato comparte con Escritura Pública el estado en que se encuentra la transposición de la directiva en Italia. “The senate finally approved the directive on Tuesday, 20 April and it will take effect on 1 August,” said Massimiliano Levi, communications director at the Consiglio Nazionale del Notariato in Italy. “Article 29 of the newly approved law establishes that companies will be incorporated, even where a standard statutory model is chosen, by means of an authorised public deed on a platform that permits videoconferencing and signing using a recognised electronic signature. We are still waiting for the decrees that will make the law operational.

“This approval will see the Italian Notariat and each individual notary play a key role in the transition to the digitisation of online company incorporation, with no reduction in the levels of security that notarial intervention guarantees,” he said.

Austria

Por su parte, Cindy Foekehrer, de la austríaca Österreichische Notariatskammer, expone que «por el momento, la directiva aún no se ha incorporado a nuestra legislación. Sin embargo, en nuestro país el 80 o 90% del total de trámites para constituir una empresa telemáticamente ante notario se pueden ya realizar hoy en día; por lo que se puede decir que la aplicación de la directiva es una realidad».

«El uso de medios electrónicos está regulado por el artículo 90 de la Ley Notarial de Austria; norma que se complementa con un Reglamento del Ministerio de Justicia. Las actividades oficiales del notario ya pueden llevarse a cabo «en línea» a petición de las partes con ciertas excepciones, por ejemplo, con respecto a las disposiciones testamentarias», señala Foekehrer.

Austria

“The directive has not yet been incorporated into our legislation,” said Cindy Foekehrer of Austria’s Österreichische Notariatskammer. “However, 80-90% of the total procedures for setting up a company before a notary using remote electronic means can already be done today, so it could be argued that the implementation of the directive is already upon us.

“The use of electronic means is governed by Article 90 of the Austrian Notarial Act, a regulation supplemented by the Ministry of Justice. Official notarial activities can already be performed online at the request of the parties, although there are certain exceptions, such as around testamentary provisions,” she said.

Alemania

La Cámara Federal de Notarios alemana ha desarrollado un sitio web monográfico sobre el procedimiento notarial de constitución telemática de sociedades de responsabilidad limitada y la solicitud online de inscripción en el registro. La página contiene vídeos en alemán e inglés que explican de manera sencilla e intuitiva el proceso.

Germany

The Bundesnotarkammer has opened a dedicated website on the notarial procedure for the remote electronic incorporation of limited liability companies and an online registration application. The site contains videos in German and English with simple, intuitive explanations.

Holanda

Los Países Bajos han solicitado un período adicional de un año. El Notariado holandés manifiesta que existe controversia y debate sobre la comprobación de la inhabilitación de uno de los administradores en otro país.

Netherlands

The Netherlands has requested an additional one-year period. The Dutch Notariat reports contention and debate around confirming the disqualification of a director in another country.

Una reforma histórica

EL ESCAPARATE

Una reforma histórica

La reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica supondrá la mayor transformación del nuestro Derecho privado desde el inicio de la era democrática.

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

Esta reforma histórica se debe, fundamentalmente, al impulso del Comité Español de representantes de Personas con Discapacidad (CERMI); a la coordinación y la unidad de la discapacidad, y el esfuerzo invertido por amplios sectores sociales y jurídicos, como la Fundación Aequitas del Notariado español.

Básicamente, supone que España asuma el compromiso de dar cumplimiento a la Convención de la ONU de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad. El texto contempla con carácter general los principios de la Convención, colocando a España en un primer plano de la regulación europea.

Su entrada en vigor modificará leyes como las del Notariado, Hipotecaria, de Jurisdicción Voluntaria, de Registro Civil, de Enjuiciamiento Civil, de Protección Patrimonial de Personas con Discapacidad; Código Civil y normativa tributaria.

Cambios del Código Civil. La reforma del Código Civil es la más extensa y de mayor calado. El elemento sobre el que pivota la nueva regulación no va a ser ni la incapacitación ni la modificación de una capacidad; la idea central es la del apoyo a la persona que lo precise.

En cuanto a las normas adaptadas, cabe citar las de Derecho Internacional Privado -como las que afectan a la nacionalidad-, y las que regulan los efectos de las crisis matrimoniales cuando hay hijos mayores de edad con discapacidad, lo que puede afectar a la atribución de la vivienda familiar. También experimentan modificaciones preceptos sobre la sociedad de gananciales cuando uno de los cónyuges precise de medidas de apoyo.

Reglas del Derecho de sucesiones y contratos se verán afectadas, para que los actos jurídicos de trascendencia se adapten a la nueva perspectiva. La responsabilidad civil por hecho propio y ajeno se modifica al considerase a las personas con discapacidad como sujetos plenamente capaces. Esta reforma modifica los preceptos del Código Penal en materia de responsabilidad civil derivada del ilícito penal.

La adaptación se extiende al ámbito procesal, de modo que se sustituyen los procesos de modificación de la capacidad por los dirigidos a proveer de apoyos. La Ley de Enjuiciamiento Civil se revisa en algunas acciones como la determinación o impugnación de la filiación, separaciones y divorcios y divisiones de herencias.

Impacto de la ley. Representantes parlamentarios y del mundo asociativo, fiscales, magistrados y notarios analizan para Escritura Pública el impacto de la futura ley en el colectivo de personas con discapacidad.

Antonio López-Istúriz, Vicente Martínez-Pujalte, Emilio Olabarría, Francisco Vañó y Álvaro Cuesta, ocupan o han ocupado cargos políticos en diferentes grupos parlamentarios. En la actualidad, todos ellos son patronos de la Fundación Aequitas.

Para López-Istúriz, diputado popular en el Parlamento Europeo: «El objetivo principal del nuevo sistema es favorecer la autonomía y el desarrollo de las personas con discapacidad y, como tal, potenciar el apoyo a la persona que lo precise. El proyecto de ley elimina el concepto de tutela y de patria potestad prorrogada en relación con la discapacidad, que se mantendrá exclusivamente en el ámbito de minoría de edad. La principal medida de apoyo será la curatela, definición que consagra una figura de naturaleza asistencial que solo invocará carácter representativo en casos excepcionales, designados por el juez. Asimismo, se introduce el concepto del defensor judicial y regula la prodigalidad al margen de la discapacidad, por tratarse de una institución ajena a ella».

Olabarría -diputado por el Partido Nacionalista Vasco en diversas legislaturas y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial- apunta que «la nueva ley protegerá las transacciones sobre bienes inmuebles y, por tanto, dará seguridad al mercado y al patrimonio de las personas. La eficacia de la publicidad que proporcionarán el registro de la propiedad y los notarios se traducirá también en la evitación de pleitos y conflictos y es por ello que los fedatarios públicos pueden ser una manifestación de la justicia preventiva cuyo acceso efectivo, en la terminología del artículo 13 de la Convención, debe ser proporcionado a las personas cuya discapacidad e igualdad de condiciones lo requiera».

El Registro Civil: pieza central

El Registro Civil se convierte en pieza central de la reforma, pues hace efectiva la preferencia que el nuevo sistema atribuye a las medidas voluntarias previstas por una persona respecto de sí misma o de sus bienes. Este registro conciliará la naturaleza protegida del dato con su consulta por los funcionarios en el cumplimiento de las labores propias de su cargo.

Antonio López-Istúriz:
«El objetivo del nuevo sistema es favorecer la autonomía y el desarrollo de las personas con discapacidad intelectual y potenciar su apoyo»

Vicente Martínez-Pujalte:
«Las personas con discapacidad dejan de ser sujetos pasivos para convertirse en protagonistas del ejercicio de sus propios derechos»

Miguel Ángel Cabra de Luna:
«La nueva ley es un hito histórico del que todos deberíamos sentirnos orgullosos»

Ramón Corral:
«Los operadores jurídicos debemos interpretar las normas abandonando el prejuicio proteccionista»

Álvaro Cuesta:
«Esta reforma es una de las más importantes de nuestro Derecho desde que se aprobara la Constitución»

Luis Cayo Pérez:
“Es una iniciativa legislativa necesaria, pertinente y certera, que obedece a poderosas demandas sociales, morales, políticas y jurídicas”

Blanca Entrena:
«El nuevo modelo exigirá apoyos, actuaciones interdisciplinares y un cambio de mentalidad de los profesionales del Derecho que tengan que intervenir»

Ignacio Navas:
«Las personas con discapacidad se dotarán de un ‘traje a medida’ de sus necesidades»

Emilio Olabarría:
“Los fedatarios públicos pueden ser una manifestación de la justicia preventiva cuyo acceso efectivo debe ser proporcionado a estas personas»

Consuelo Madrigal:
«La ley mejorará la comprensión de la realidad y los aspectos valiosos de la discapacidad, contribuyendo a eliminar discriminaciones»

Juan Bolás:
«Esta norma devuelve a las personas con discapacidad su dignidad como individuos»

Juan Francisco Herrera:
«Será la persona, con los debidos apoyos, quien podrá hacer valer su voluntad, y no otras personas en su nombre»

Francisco Vañó:
«Fundaciones, federaciones, asociaciones y profesionales han tenido un papel relevante para que los políticos hayan hecho los deberes»

Gonzalo López-Ebri:
«Por fin el Derecho Civil será regulador de todas las personas; sin discriminación alguna por razón de la capacidad»

Rafael Leña:
«Se sustituye el desacreditado sistema de protección (todo para el discapacitado, pero sin él) por un sistema de ayuda»

Por su parte, Álvaro Cuesta, vocal del CGPJ y presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, coincide en que la reforma «es una de las más importantes de nuestro Derecho desde que se aprobara la Constitución. Cobran especial relevancia conceptos como el de acompañamiento amistoso; la ayuda técnica en la comunicación de las declaraciones de voluntad; la ruptura de barreras arquitectónicas o procesales; el consejo o la toma de decisiones delegadas, y la importancia del principio del respeto a la voluntad del poderdante. Entre las medidas de apoyo emergen con nuevas regulaciones los poderes y mandatos preventivos, la autocuratela, el reforzamiento de la guarda de hecho, las disposiciones judiciales ad hoc, y los ajustes procesales para las personas con discapacidad, entre otras».

Una de las figuras políticas sobresalientes en la defensa jurídica de los más vulnerables es Francisco Vañó; el exdiputado popular y miembro de la Comisión de Discapacidad del Congreso pone en valor el papel de las asociaciones para esta renovación legislativa: «Entidades como el CERMI, fundaciones como Aequitas, el Foro Justicia y Discapacidad, federaciones y asociaciones, profesionales del mundo de la judicatura o la medicina, entre otros, han tenido un papel relevante para que por fin los políticos ‘hayan hecho los deberes’ plasmándolos en este proyecto de ley. Por fin se tiene en cuenta lo que dictaminaba la Convención cambiando sustitución por apoyos».

Cierra la participación del mundo político, el ex diputado popular Vicente Martínez-Pujalte, quien destaca que «las personas con discapacidad dejan de ser sujetos pasivos de una asistencia que se les presta desde fuera, para convertirse en protagonistas del ejercicio de sus propios derechos, con los apoyos que requieran. Se trata de una reforma legislativa enormemente innovadora y ambiciosa, que supone una profunda transformación en el régimen tradicional de la capacidad jurídica que había imperado hasta ahora en nuestro Derecho».

Los fiscales Consuelo Madrigal y Gonzalo López-Ebri -fiscal del Tribunal Supremo y Teniente Fiscal de la Comunidad Valenciana, respectivamente; además de patronos de Aequitas- también aportan sus puntos de vista sobre la reforma.

Madrigal, que fuera fiscal general del Estado, hace hincapié en que el proyecto supone «la consagración en leyes ordinarias de lo que ya reconocían la Convención de la ONU y la Constitución. Las leyes hacen pedagogía de sus propios fines y valores, así que se ampliará con esta una mejor comprensión de la realidad y los aspectos valiosos de la discapacidad, lo que contribuye a la eliminación de la discriminación y las barreras sociales». Por su parte, López Ebri pone en valor que «la reforma adecuará el denominado ‘Derecho de las Personas’ a las normas de la Convención. Por fin, el Derecho Civil será regulador de todas las personas, sin discriminación alguna, con total respeto al derecho a la igualdad en el ejercicio de la capacidad jurídica».

El papel del tercer sector. Para Luis Cayo Pérez, presidente del CERMI, “es una reforma histórica a la que el CERMI ha expresado su apoyo global, firme y decidido; una iniciativa legislativa, en nuestra opinión, necesaria, pertinente y certera, que obedece a poderosas demandas sociales, morales, políticas y jurídicas. Se trata de la mayor reforma del Derecho Civil de la Democracia y ésta, por causa o motivo de la discapacidad, de las personas con discapacidad”.

Miguel Ángel Cabra de Luna, director de relaciones sociales e internacionales de la Fundación ONCE y patrono de Aequitas desde sus inicios, señala que «el reconocimiento de la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad sin reservas es esencial y condición básica para el ejercicio de cualquier derecho. Desde el movimiento asociativo -en colaboración con el Real Patronato sobre Discapacidad; y, sin duda, la Fundación Aequitas-, hemos tenido claro que la defensa de esta premisa era clave para un cambio de paradigma real y efectivo. Es un hito histórico del que todos deberíamos sentirnos orgullosos. El trabajo del Notariado tanto a nivel español como internacional, será un elemento clave para apoyar y asesorar a las personas con discapacidad y sus familias».

Bajo la presidencia de Juan Bolás en el Consejo General del Notariado -en 1999-, se creó la Fundación Aequitas; su primera directora fue la notaria Blanca Entrena. Ambos siguen colaborando en su calidad de patronos.

Para Bolás, esta norma «supone devolver a las personas con discapacidad su dignidad como individuos, cuya capacidad jurídica abarca tanto la titularidad de los derechos como la legitimación para ejercitarlos». Lo más importante de esta reforma para las personas que integran el colectivo de la discapacidad -según Entrena- será «que se sientan integrados en nuestra sociedad. Es verdad que esto exigirá más apoyos, equipos profesionales, actuaciones interdisciplinares, reestructurar la modificación de la capacidad desde un criterio de apoyo y no de sustitución, y un cambio de mentalidad de los profesionales del Derecho que tengan que intervenir».

En su momento, los notarios Rafael Leña y Ramón Corral fueron galardonados por el Foro Justicia y Discapacidad por su trayectoria personal en la defensa jurídica del colectivo. Hoy, ya jubilados, mantienen su compromiso con ‘la ONG del Notariado’.

El patrono Rafael Leña hace hincapié, como principal novedad de la Ley, en «la sustitución del desacreditado sistema de protección (todo para el discapacitado, pero sin él) por un sistema de ayuda». Por su parte, Corral -delegado de la Fundación en el Colegio Notarial de Madrid- reclama que «los operadores jurídicos (jueces, fiscales, notarios, abogados…) debemos interpretar las normas abandonando el prejuicio proteccionista y pensando en el ejercicio de derechos con arreglo a unos criterios de propias decisiones y preferencias. Debe desarrollarse con generosidad el sistema de apoyos voluntarios –algunos códigos latinoamericanos ya lo hacen- y es aquí donde puede ser más importante la labor de los notarios».

Otros dos notarios y patronos: Ignacio Navas, ex-presidente de FEDANE (Federación de Asociaciones de Notarios de España); y Juan Francisco Herrera, impulsor del INDISVA (Instituto Notarial Valenciano para la atención a las personas con discapacidad o riesgo de exclusión social) manifiestan sus reacciones a este ordenamiento.

Herrera sostiene que «será la persona, con los debidos apoyos, quien podrá hacer valer su voluntad, y no unas personas en su nombre, que -aún guiados por el cariño- a veces tienden a sobreprotegerlo». Por su parte, Navas enumera entre los aspectos más destacados, los siguientes: «la organización legislativa para dotar a las personas discapacitadas de un ‘traje a medida’ de sus necesidades, y la organización de la curatela y la decisión judicial acerca de las medidas de apoyo necesarias».

La función notarial

Almudena Castro-Girona y Federico Cabello de Alba -directora y director del área social y económica de Aequitas, respectivamente-, indican en la Guía de buenas prácticas sobre el acceso a la Justicia de las personas con discapacidad, editada por el Foro Justicia y Discapacidad, cómo repercutiría la reforma en la función notarial: «sitúa al Notariado como punto central en el desarrollo de la autonomía de la voluntad, autorregulación de intereses, salvaguardia, asistencia y apoyo de la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica».

Para saber más

Texto del proyecto de ley de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las  personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Editorial de ESCRITURA  PÚBLICA. El derecho a decidir de las personas con discapacidad.

El CERMI celebra el “amplio respaldo parlamentario” a la gran reforma del Derecho Civil en materia de discapacidad.

Medidas voluntarias

Dentro de las medidas voluntarias de la nueva ley adquieren especial importancia los poderes y mandatos preventivos. Asimismo, se refuerza la guarda de hecho, que se transforma en institución jurídica de apoyo. La curatela se regula detenidamente, al ser la principal medida de apoyo de origen judicial. Otra medida que se recoge es la figura del defensor judicial, especialmente prevista para situaciones de conflicto de intereses entre la figura de apoyo y la persona con discapacidad.

Delegados autonómicos

Ramón Moscoso (Andalucía); Mª Ángeles Anciones (Castilla y León); Manuel Lora-Tamayo (Madrid); Víctor Vidal (Galicia); Ana María Mas (Valencia); Mª del Carmen Gracia (Aragón); Manuel Rueda (País Vasco); Mª Dolores Heredia (Murcia); Francisco de Asís Jiménez (Extremadura); Susana Garzón (La Rioja) y Vicente Toledano (Cantabria) son los notarios delegados de Aequitas en sus respectivos colegios autonómicos. Desde el día a día de sus notarías aportan una visión real y cercana de las necesidades jurídicas de los más vulnerables.

Moscoso destaca que «no podrá descartarse por principio la realización de cualquier acto jurídico por parte de la persona con discapacidad, como votar en elecciones, comprar o vender, ingresar o sacar dinero en el banco, etcétera, sin perjuicio de la necesidad de contar el apoyo que se precise». Mientras que Anciones indica que «permitirá organizar y administrar los bienes a través de la figura del patrimonio protegido».

Lora-Tamayo argumenta que «las personas con discapacidad podrán otorgar escrituras, desde una compraventa, la herencia de sus padres, e incluso su propio testamento, contando eso sí con los apoyos voluntarios, judiciales o legales, que sean necesarios». Vidal sostiene que aportará «el desarrollo de instituciones que fomentan la autorregulación personal, como los poderes preventivos».

Mas destaca que con la entrada en vigor de la ley «los trámites judiciales se aligerarán y simplificarán, revistiendo menos costes». Por su parte, Gracia adelanta que «va a suponer un reto para los notarios ya que, como el resto de operadores jurídicos, se ven abocados a una transformación de mentalidad».

«A la hora de acreditar en la vida jurídica la situación de discapacidad se incluye, por fin, el acta notarial basada en informes médicos», indica Manuel Rueda. «Las personas con discapacidad podrán actuar jurídicamente, lo que hace unos años era impensable», resume Garzón.           

Según Heredia «se pone fin a la inseguridad que suponía para los distintos operadores jurídicos la convivencia de la Convención con un Derecho interno que apuntaba en dirección opuesta». Toledano expone cómo «se simplifica un tema que afectaba a la práctica diaria notarial: cuando una persona con discapacidad tenía que vender una propiedad implicaba en la mayoría de los casos una declaración judicial de incapacidad «. Por último, Jiménez, enuncia que «las medidas de autoprotección eliminarán trámites contenciosos».

Iber@, una plataforma contra la delincuencia

LA @

IBER@

Una plataforma contra la delincuencia

De izda. a dcha.: José Ángel Martínez Sanchiz, Juan Carlos Campo y Enrique Gil Botero

En marzo tuvo lugar el acto Hacia un nuevo modelo de cooperación jurídica internacional: IberRed y la nueva Plataforma Iber@, clausurado por Juan Carlos Campo, ministro de Justicia de España. También participaron Enrique Gil Botero, secretario general de IberRed; José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN); Elena Martínez, secretaria general permanente de la Cumbre Judicial Iberoamericana, y Jorge Abbott Charme, fiscal general de la República de Chile, entre otras personalidades.

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

Durante el encuentro se presentó la plataforma Iber@, de IberRed, que ha sido desarrollada por la agencia de tecnologías del Notariado y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). El acto contó con la asistencia de diferentes personalidades del mundo jurídico, como Dolores Delgado, Fiscal General del Estado; Ana Gallego, directora general de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; Juan Martínez Moya, vocal del Consejo General del Poder Judicial; Rosa Ana Morán, fiscal de sala de Cooperación Jurídica Internacional, o Alfonso Cavallé, decano del Colegio Notarial de Canarias y delegado para España del CGN.

Juan Carlos Campo señaló que «Iber@ es fruto de un proyecto compartido del espacio jurídico iberoamericano. Esta alianza estratégica es fundamental para el progreso de La Región y será un dique contra la delincuencia. Este proyecto es el mejor instrumento posible al servicio de los gobiernos en la lucha contra la impunidad: permitirá analizar problemáticas como la sustracción de menores, mejorar el tráfico jurídico privado o facilitar la comprensión de ordenamientos jurídicos de diferentes países». «Los alcances operativos de Iber@ son numerosos. Es una auténtica realidad que permite lanzar una mirada optimista a la cooperación jurídica internacional, eliminando retrasos y apostando por la transformación digital», señaló el titular de Justicia”.

Confianza en el Notariado. José Ángel Martínez Sanchiz agradeció «la confianza depositada en el Notariado español para el desarrollo tecnológico de Iber@» y resaltó la vinculación de los notarios con el proyecto: «Somos deudores de la contribución desarrollada en América en cuanto a principios comunes, como la solidaridad y organización internacionales, de las que son claro ejemplo instituciones como IberRed. Los notarios somos servidores públicos y colaboramos con las Administraciones en materias como la lucha contra el blanqueo de capitales; sabemos anteponer el interés general a cualquier otro criterio». «Iber@ supone un hecho histórico en la lucha contra la delincuencia y es ejemplo a seguir. Esperamos que en los próximos años los notariados iberoamericanos podamos desarrollar una plataforma similar que suponga un espacio de colaboración e intercambio», concluyó.

Gil Botero señaló que «Iber@ reúne a más de cien instituciones de justicia de los 22 países que integran la Comunidad Iberoamericana de Naciones en un sistema informático cerrado, con garantías de máxima seguridad para intercambios rápidos y fehacientes de solicitudes de cooperación jurídica, incorporando funcionalidades como la videoconferencia o la firma digital. Supone un paso adelante en términos de innovación de la cooperación jurídica internacional, que amplía las fronteras a otras redes como Eurojust o Interpol y también, en un futuro, a terceros países. Ha empezado la revolución de la cooperación jurídica internacional, y no sólo en Iberoamérica, sino en el mundo entero».

El secretario de IberRed expuso algunos casos prácticos que se podrán realizar desde la nueva plataforma: «Las solicitudes de asistencia legal mutua entre autoridades centrales que se canalicen a través de Iber@ serán jurídicamente válidas; algo que, por ejemplo, permitirá tramitar la extradición entre dos países exclusivamente por la plataforma Iber@ sin requerir envíos por papel, lo que agilizará los expedientes internacionales de asistencia, reduciendo drásticamente los tiempos de gestión, costes y errores».

Jorge Abbot Charme, presidente de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos y Fiscal General de Chile, resaltó que “esta plataforma permitirá fortalecer la lucha contra delitos como la corrupción, la trata de personas o la lucha contra la droga; es un claro ejemplo de cooperación entre los Estados y poderes públicos y contribuirá a construir sociedades más justas y pacíficas, dotando de mayor protección a las víctimas y garantizando el acceso a la justicia.»

Por último, Elena Martínez, secretaria permanente de la Cumbre Judicial Iberoamericana y magistrada uruguaya, puntualizó que «IberRed es una estructura formada por autoridades centrales y poderes judiciales de diferentes Estados iberoamericanos. Está orientada a la optimización de los instrumentos judiciales civiles y penales y contribuye a la creación de un espacio jurídico con mecanismos reforzados para la tutela judicial efectiva, a disposición de los operadores jurídicos».

De izda. a dcha.: Enrique Gil Botero, Dolores Delgado, Juan Carlos Campo, José Ángel Martínez Sanchiz, Juan Martínez Moya y Alfonso Cavallé, antes de la presentación.
Los escribanos, primeros representantes jurídicos en América

En su intervención, José Ángel Martínez Sanchiz -presidente del Consejo General del Notariado- puso de manifiesto la contribución histórica de los notarios a la construcción del espacio jurídico común entre Europa y América: «Formamos parte de la comunidad jurídica iberoamericana desde un principio. Los escribanos que acompañaron a Colón al Nuevo Mundo son considerados los primeros representantes jurídicos en América».

El presidente anfitrión relató un suceso que avala la implicación notarial en aquella época: «es un hecho poco conocido que, en el origen del descubrimiento, como explicó Antonio Pérez Sanz, participó un escribano ‘de ración’, Luis de Santángel, un judío converso que llevaba la hacienda de los Reyes Católicos. Es una leyenda que la Reina Isabel empeñara sus joyas para financiar el primer viaje de Colón. El dinero se obtuvo gracias a un préstamo que realizó este escribano y que consta documentado en el archivo de Simancas. Santángel fue la primera persona que recibió una carta de Colón dando noticia de la buena nueva del descubrimiento. Hoy esta carta no habría hecho falta, hubiera llegado por la plataforma IberRed».

«Según Bernardino Bravo, historiador chileno, toda la empresa española en el Nuevo Mundo descansa en una trilogía: el capitán de navío, el clérigo y el escribano», apuntó Martínez Sanchiz, quien recordó que «es un hecho histórico que el notario de la Armada de Colón, Rodrigo de Escobedo, levantó el acta que data del descubrimiento de América, aunque este documento, al estar en papel, desgraciadamente no ha permanecido».

El Ministro de Justicia presentó esta plataforma de cooperación jurídica, desarrollada por la agencia de tecnologías del Notariado

15 años de colaboración

EL ESCAPARATE

15 AÑOS DE COLABORACIÓN

El Órgano Centralizado de Prevención (OCP) del blanqueo de capitales del Notariado celebra su 15 aniversario. Tres lustros después de su creación, este organismo cuenta con el reconocimiento de las principales autoridades nacionales e internacionales en materia de delitos económicos y ha consolidado su colaboración con diferentes instituciones -desde las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a las comunidades autónomas- con la creación de nuevas herramientas de trabajo, como la Base de Datos de Titular Real y la de Personas con Responsabilidad Pública. La labor del OCP hubiera sido imposible sin el trabajo y colaboración de los 2.800 notarios españoles, que han dedicado buena parte de su tiempo e importantes recursos materiales y humanos a la tarea de identificar y comunicar operaciones susceptibles de ser sospechosas de lavado de activos.

JOSÉ MARTÍNEZ CARRASCOSA

El Ministerio de Economía -dirigido por Pedro Solbes- indicó al Consejo General del Notariado en diciembre de 2004 que creara el OCP. El objetivo era intensificar y canalizar la colaboración de los notarios con las Administraciones Públicas en la lucha contra el blanqueo de capitales. Desde entonces, la ayuda notarial ha sido decisiva para prevenir este tipo de delitos. Actualmente los notarios desempeñan una labor determinante en el control y la prevención del lavado de dinero, la financiación del terrorismo y el fraude fiscal, y se han convertido en aliados cada vez más imprescindibles del Estado para luchar contra estas lacras.

Pedro Galindo, director del OCP, apunta alguna de las magnitudes alcanzadas en estos quince años de historia: «Gracias al esfuerzo de los notarios se dispone por volumen e importancia de la segunda mayor base de datos de España -sólo por detrás de la Agencia Tributaria-, con información parametrizada de más de 135 millones de documentos públicos; de más de 41 millones de personas físicas y de más de 3,5 millones de personas jurídicas. De media, más del 80% de las comunicaciones que el OCP hace en nombre de los notarios, se acaban investigando por la policía judicial. Se ha contestado a requerimientos policiales, fiscales o judiciales -sólo en materia de prevención de blanqueo- en más de 237.000 ocasiones, de manera telemática y con medias de tiempo que no superan los tres minutos en la mayoría de los casos».

El OCP ha permitido fortalecer la colaboración del Notariado con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) y con las autoridades policiales y judiciales. Asimismo, facilita enormemente la labor de los notarios, ya que es el propio órgano el que comunica las operaciones con indicios o sospechas.

Desde su creación, el OCP ha suscrito convenios de colaboración con diferentes organismos de la Administración pública, como el Tribunal de Cuentas; la Fiscalía General del Estado; la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; la Comisión Nacional del Mercado de Valores; la Intervención General de la Administración del Estado; la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos; el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, la Tesorería General de la Seguridad Social; la Fiscalía Especial Antidroga o la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.

Índice Único Informatizado Notarial. Los técnicos del OCP son los responsables de analizar (en el marco de la normativa de protección de datos) la información contenida en el Índice Único Informatizado Notarial, una gran base -creada por el Notariado en 2004- que almacena y clasifica electrónicamente el contenido de las escrituras y las actas públicas autorizadas por los más de 2.800 notarios existentes en nuestro país. Esta base contiene los principales datos de los documentos notariales, grabados de manera desagregada en cada notaría quincenalmente. El equipo del OCP también recibe alertas y avisos de los propios notarios sobre operaciones que les resultan sospechosas, que rastrean e investigan minuciosamente.

El sistema diseñado por el Notariado español garantiza que la información permanezca siempre protegida y encriptada, siendo un reducido número de instituciones y personas las que pueden solicitarla.

Recientemente, el OCP ha incorporado la tecnología del Instituto de Ingeniería del Conocimiento (IIC) para mejorar el análisis de las redes sociales de personas que puedan estar relacionadas con operaciones sospechosas de blanqueo de capitales o fraude fiscal. Esta tecnología de análisis de redes sociales y ‘Big Data’ permite relacionar la información de la que ya se disponía y aportar nuevos enfoques, detectando relaciones que de otro modo pasarían desapercibidas. Un nuevo enfoque relacional que es de gran utilidad para desentrañar las complejas operaciones financieras puestas en marcha por las redes de blanqueo.

El OCP ha permitido fortalecer la colaboración del Notariado con el Sepblac y las autoridades policiales y judiciales

Jesús Gascón, director General de la AEAT y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del CGN (derecha) firmando del convenio de acceso a la Base de Datos de Titular Real.
Colaboración institucional

La cooperación institucional es una de las herramientas más efectivas contra el blanqueo de capitales. Tal como prevé la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, la información gestionada por el OCP se facilita a los organismos estatales que intervienen en la lucha contra estos delitos y, ante la transnacionalización de la delincuencia organizada, también a sus homólogos extranjeros, en virtud a los acuerdos de colaboración suscritos en esta materia.

Como máxima autoridad española en la lucha contra el lavado de dinero, la relación con el Sepblac es especialmente intensa. Pero esta información también fluye hacia la Agencia Tributaria, las Haciendas Forales, las consejerías autonómicas de Hacienda, o la Intervención General de la Administración del Estado. Dentro de la lucha internacional, el OCP colabora con diferentes autoridades europeas como la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude) o la Europol, además de con la Interpol.

En junio de 2020, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el CGN firmaron un convenio de colaboración en materia de prevención del blanqueo de capitales. En virtud de este acuerdo, los cerca de 200 consulados facilitarán la información de las operaciones jurídicas y mercantiles que autoricen al OCP.

Formación. Otra de las labores destacadas que se realiza desde el OCP es la formación. Durante los últimos años, sus técnicos han desarrollado un curso de sensibilización en prevención del blanqueo de capitales. Este instrumento formativo contiene una serie de unidades en formato audiovisual que permiten abordar situaciones y casos concretos a los que los notarios pueden enfrentarse en el devenir profesional diario de sus oficinas. El curso se ha remitido a las principales autoridades financieras internacionales (Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, GAFI…), algunas de las cuales han enviado al OCP su agradecimiento y reconocimiento por dotarles de una herramienta útil y práctica.

Asimismo, el OCP ha organizado cursos presenciales, teóricos y prácticos, en los colegios notariales, dentro del plan de formación para notarios y empleados de notarías, así como para agentes consulares en su función notarial, que también incluye seminarios virtuales desde el portal de formación del CGN (actualmente hay seis cursos de este tipo), con ejemplos de operaciones de indicios de blanqueo. Esta formación se ha impartido a miembros de la Policía Nacional, de la Guardia Civil y de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, pertenecientes a unidades implicadas en la lucha contra los delitos económicos.

La labor divulgadora en materia de prevención del blanqueo se ha extendido fuera de nuestras fronteras: miembros del OCP han participado, por ejemplo, en cursos organizados por el PAcCTO (Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado en Europa y Latinoamérica) en Panamá; por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en Cartagena de Indias, o en una Jornada de la Sociedad del Notariado Cubano en La Habana. Representantes del OCP han presentado sus herramientas ante instituciones internacionales como el GAFI y Transparencia Internacional.

Las instituciones internacionales del Notariado han mostrado su interés por el OCP, como el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) o la Unión Internacional del Notariado. En el marco de su programa de formación Europa para los notarios–Notarios para Europa, el CNUE editó una publicación titulada Lucha contra el blanqueo de dinero: un combate internacional, un desafío europeo, que contó con la colaboración de representantes del OCP. Por otro lado, notarios españoles participaron como ponentes en un seminario en Lisboa sobre blanqueo de capitales, dentro de ese mismo programa. El presidente del CNUE en 2020, el griego Georgios Rouskas, señalaba en una entrevista a esta revista que «la experiencia del Notariado español en materia de lucha contra el blanqueo es un activo inestimable para el CNUE y nos ayuda en nuestros intercambios con el GAFI y las instituciones europeas».

Numerosas delegaciones internacionales, tanto notariales como institucionales, (procedentes de Indonesia, Italia, Bélgica, Argentina, Ucrania, China, Grecia, Serbia, Georgia, Montenegro, Hungría, Estonia, Rumanía…) se han personado en la sede del CGN para conocer de primera mano las herramientas desarrolladas por el OCP. En un artículo en esta misma revista, el director del OCP -Pedro Galindo- señalaba que «el sistema preventivo notarial español de blanqueo se toma como ejemplo en otros países, como Alemania, Japón, Colombia…». En este sentido, el gobierno peruano autorizó un decreto legislativo que daba luz verde al OCP del Notariado del país andino; el OCP y la Unidad de Investigaciones Financieras de Bolivia también suscribían un convenio de cooperación para establecer canales para contribuir a la lucha contra el blanqueo de capitales, y ya existen acuerdos similares con Brasil, Costa Rica o Puerto Rico.

Nuevas herramientas.
El Órgano de Colaboración Tributaria (OCT).- En 2007 entró en funcionamiento el Órgano de Colaboración Tributaria para la prevención y lucha contra el fraude fiscal. Con la puesta en marcha de esta estructura, el Notariado estrechó la colaboración con Hacienda, facilitando información sobre los movimientos de mayor trascendencia tributaria. El OCT traslada mensualmente a la Agencia Tributaria información sobre las operaciones con trascendencia tributaria en las que alguna de las personas no hubiera comunicado al notario el NIF o se hubiera negado a identificar o aportar información sobre los medios de pago empleados en la compraventa de inmuebles. En febrero de 2020 se firmó un nuevo convenio con la AEAT, para incrementar el intercambio de información desde el Índice Único a las Bases de Datos de la Administración Tributaria.

Base de Datos de Titular Real (BDTR).- Desde 2012, y gracias a su función en el ámbito mercantil, el Notariado dispone de la Base de Datos de Titular Real, única en el mundo, que permite a las autoridades públicas identificar a las personas físicas que están detrás de una sociedad, incluso en aquellos casos en las que se constituyen para ocultarse tras complejos entramados societarios. Esta base fue desarrollada por el OCP, previo dictamen favorable de la Agencia Española de Protección de Datos. En ella están identificados de manera acreditada los titulares reales de 2.094.000 sociedades limitadas; 126.000 sociedades anónimas, y 210.000 personas jurídicas no mercantiles, como asociaciones, fundaciones o partidos políticos.

El CGN y la Agencia Tributaria suscribieron en febrero de 2020 un convenio en virtud del cual la Agencia puede solicitar información contenida en la BDTR, información que se considera de gran utilidad para la lucha contra el fraude fiscal en relación con la creación de entramados societarios opacos con fines fraudulentos. Otra de sus fortalezas es que permite conocer la titularidad real de numerosas empresas extranjeras que operan en España, tanto si ejercen su actividad de forma directa o a través de una sociedad española.

La BDTR muestra internacionalmente el compromiso de España en luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Fue esencial para el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno español en la cumbre internacional de Londres de mayo de 2016.

Se han firmado 82 acuerdos con sujetos obligados en la lucha contra el blanqueo de capitales (desde bancos hasta inmobiliarias) que solicitan información de esta base para cumplir con su deber de conocer quién es el titular real. Desde su creación, jueces, autoridades policiales y sujetos obligados por Ley (entidades financieras, auditoras, aseguradoras…) han solicitado al OCP más de 3.500.000 informaciones sobre los titulares reales.

Base de Datos de Personas con Responsabilidad Pública (BDPRP).- Gracias a la información contenida en el Índice Único y en la BDTR, el OCP también ha podido crear la Base de Datos de Personas con Responsabilidad Pública, en la que están identificadas: 23.178 personas con responsabilidad pública por elección o por designación; 21.101 personas allegadas (familiares y personas con vinculación profesional o mercantil) y 2.628 sociedades participadas por personas con responsabilidad pública. Los notarios han puesto este archivo a disposición de las autoridades judiciales, de las fuerzas de seguridad del Estado y de otras instituciones responsables de la prevención y lucha contra la delincuencia económica.

En los últimos años, el Consejo General del Notariado ha suscrito convenios de colaboración con diversas entidades públicas -Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de Baleares, Agencia Valenciana Antifraude, Generalitat Valenciana, Oficina Antifrau de Cataluña,…- para permitir el acceso a las bases de datos notariales (BDTR y BDPRP), de personal autorizado de estas instituciones, de cara a prevenir e investigar delitos de corrupción y posibles irregularidades cometidas por personas o empresas relacionadas con el sector público.

OCP, OCT, BDTR y BDPRP son, quince años después, la punta de lanza del compromiso notarial en la lucha contra la lacra social de los delitos económicos. Su labor e información han permitido rastrear y llegar a otro tipo de delincuencia, como la trata de personas o el tráfico de órganos.

Reconocimiento de la Unión Europea

El OCP ha sido reconocido favorablemente por el Manual de Buenas Prácticas en su Lucha contra la Criminalidad Financiera del Consejo de la Unión Europea. Los notarios han sido valorados por su colaboración con las autoridades en materia de prevención del blanqueo de capitales y por su permanente actualización y mejora de conocimientos, así como por la centralización de la información y los avances tecnológicos alcanzados, entre los que destaca el Índice Único Informatizado Notarial.

El OCP también ha sido puesto en valor por el Sepblac, dependiente de la Secretaría de Estado de Economía. Asimismo, la Guardia Civil y la Policía han impuesto sendas condecoraciones a José Ángel Martínez Sanchiz, por la colaboración prestada por los notarios en la lucha contra los delitos económicos.

Numerosas delegaciones extranjeras se han desplazado a la sede del OCP para conocer las herramientas contra el blanqueo diseñadas por el Notariado español. En la imagen, representantes de la Unidad de Inteligencia Financiera alemana.
Un modelo a seguir

El éxito de la colaboración del Notariado en la lucha contra el blanqueo de capitales ha sido puesto de manifiesto por diversos organismos, como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En su Guía de recomendaciones sobre los profesionales del Derecho de 2020 se señala como modelo a seguir el sistema de prevención del blanqueo de capitales utilizado por los notarios de España y, más concretamente, la Base de Datos de Titular Real (BDTR).

El GAFI considera que si en España existe una fuente fiable y actualizada de información pública acerca de quién es titular real es gracias a la BDTR: «la información sobre la titularidad real de las sociedades españolas está a disposición de las autoridades competentes con facilidad y rapidez a través del Índice Único Informatizado del Notariado. Las medidas adoptadas por España para gestionar y permitir el acceso a la información constituyen un ejemplo de buenas prácticas para otros países”.

Juan Duarte, director general de Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del CGN (derecha), suscribiendo el acuerdo de colaboración entre ambas instituciones.

Para saber más

Artículo de Pedro Galindo, director del OCP: «¿El sistema notarial español de blanqueo es robusto?«

Guía del GAFI donde se pone como modelo el sistema notarial español de lucha contra el blanqueo de capitales

Folleto sobre la colaboración de los notarios en la lucha contra los delitos económicos

Sección «Casos de éxito» del Instituto de Ingeniería del Conocimiento

Revista del CNUE sobre blanqueo de capitales con tribunas de Pedro Galindo, director del OCP, y el notario Ignacio Gomá, presidente del grupo de trabajo antiblanqueo del Consejo de los Notariados de la Unión Europea

Pymes y autónomos – Su momento más incierto

EL ESCAPARATE

Pymes y autónomos

Su momento más incierto

Desde el pasado mes de marzo se han dado de baja en España cerca de 38.000 empresas y la Seguridad Social ha perdido más de 429.000 afiliados. La peor parte se la han llevado pymes y autónomos, a quienes la pandemia ha dejado en una situación crítica. Las ayudas recibidas les han dado un respiro, pero reivindican más apoyo para salir a flote.

ELVIRA ARROYO

[email protected]

LA CRISIS SANITARIA causada por la COVID‐19 no da tregua a empresarios y autónomos. Las perspectivas de mejora que se vislumbraban tras la vuelta a la normalidad después de la primera ola se han derrumbado con la llegada de la segunda, que ha obligado a imponer de nuevo restricciones a la actividad de muchos negocios para frenar la expansión del virus.

Ante esta realidad y con la amenaza de una tercera ola a partir de enero, las pymes miran al futuro con pesimismo. Según el tercer Barómetro de opinión #LaPymeHabla (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa‐CEPYME, octubre de 2020) más de la mitad de las empresas creen que su supervivencia está en riesgo y el 64% tienen expectativas negativas para los próximos 12 meses. Además, el 4,5% de los pequeños y medianos empresarios han tenido que echar el cierre definitivo, mientras que el 2,6% ha declarado concurso por insolvencia o prevé hacerlo. Solo han logrado reconvertir su negocio el 6,5% de las empresas.

Las perspectivas no parecen mejores para los más de 3 millones de autónomos dados de alta en España. Si bien las cifras de afiliación facilitadas por la Seguridad Social reflejan una tendencia creciente (noviembre se cerró con 3.267.873 afiliados en el Régimen de Autónomos, una cifra que, por segundo mes consecutivo, supera la de febrero de 2020, antes de la pandemia), el 84,8% de estos trabajadores verán reducida su facturación en 2020 y calculan unas pérdidas de 60.000 millones de euros. Así lo recoge la encuesta realizada a finales de noviembre por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), según la cual uno de cada diez autónomos, unos 300.000, creen que van a tener que cerrar su negocio próximamente.

Ayudas. Son circunstancias muy difíciles para un país en el que más del 99% del tejido empresarial lo componen pymes y autónomos. La recuperación económica depende en gran medida de ellos, lo que exige hacer todo lo posible para sostenerlos. Al comienzo de la crisis sanitaria, se activó una línea de avales de hasta 100.000 millones de euros, gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), para que empresas y autónomos pudieran atender el pago de salarios, la gestión de facturas, el pago de alquileres y suministros, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias, y otras necesidades de liquidez. El aval para pymes y autónomos ascendía como máximo al 80% de la operación. Posteriormente, el Gobierno anunció nuevos avales por importe de 40.000 millones de euros para financiar la inversión empresarial —en lugar del capital circulante— de cara a la fase de recuperación.

Como resultado de estas acciones, a mediados de noviembre de 2020 se habían realizado 876.000 operaciones, el 98% con pymes y autónomos, por un importe de 81.787 millones de euros. Casi un tercio de los créditos concedidos han sido para los sectores del turismo, ocio y cultura, bienes de consumo, industria textil y moda, y comercio al por menor.

También se han autorizado planes específicos para el turismo, la automoción y el transporte. Estos sectores, aparte de ser los más afectados por las restricciones a la movilidad interna y externa, representan más del 25% del PIB español, tienen más capacidad de generar actividad en el resto de ramas, una gran vocación exportadora y un elevado peso en términos de empleo. En concreto, se han establecido planes sectoriales por más de 11.500 millones de euros, instrumentados a través de garantías, créditos o ayudas.

Para saber más

Barómetro #LaPymeHabla. CEPYME Octubre de 2020. Análisis periódico del estado del sector a partir de encuestas realizadas a pequeñas y medianas empresas españolas.

Recursos para pymes y autónomos frente al COVID-19. Acelera pyme.Gobierno de España. Ventanilla única de acceso a las soluciones, servicios, ayudas y herramientas ofrecidas por entidades colaboradoras del sector público y privado.

“Medidas de Política Fiscal en respuesta a la crisis sanitaria en las principales economías del área del euro, Estados Unidos y Reino Unido” (2020). Banco de España. Comparativo sobre las ayudas puestas en marcha por distintos gobiernos en todos en ámbito empresarial y de los hogares.

Buscador de ayudas e incentivos para empresas. Portal pyme. Gobierno de España. Permite hacer búsquedas de todas las ayudas concedidas por comunidades autónomas, sectores de actividad y fecha de publicación.

Las previsiones actuales del gobierno de España son que en 2023 se recuperará la senda de crecimiento económico previo a la pandemia

Por otro lado, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) han permitido cubrir en el periodo más duro de la pandemia a casi 3,4 millones de trabajadores y más de 500.000 empresas. A finales de noviembre, el 78% de los trabajadores habían salido del ERTE con una reincorporación prácticamente completa a su puesto de trabajo (superior al 94%). Aun así, noviembre se cerró con 746.900 personas en ERTE, de los que 420.604 pertenecen a sectores ultraprotegidos y empresas afectadas por las restricciones administrativas. En principio, las empresas que vean impedido o limitado el desarrollo de su actividad de trabajo como consecuencia de las limitaciones sanitarias podrán prorrogar sus ERTE hasta el 31 de enero de 2021.

Además, la aportación extraordinaria para autónomos ha cubierto en los últimos meses a 1,5 millones de afiliados, amortiguando la paralización de su actividad. A primeros de diciembre, más de 355.000 autónomos cobraron alguna de las prestaciones aprobadas para paliar su situación, como las concedidas a aquellos que se han visto obligados a suspender temporalmente su actividad por resolución administrativa relacionada con el control de la pandemia. Al igual que los ERTE, las ayudas para autónomos se han ampliado hasta el 31 de enero.

Insuficientes. La digitalización de la economía requiere la transformación de las empresas, especialmente las pymes, con inversión en nuevas tecnologías y la formación de su personal, para lograr aumentar su productividad y rentabilidad. Este es un desafío prioritario tanto para España como para Europa porque, según el DESI 2020 (Índice de Economía y Sociedad Digital publicado por la Comisión Europea el pasado mes de junio), en 2019 sólo un 17% de las pymes europeas utilizaron servicios en la nube, un 12% analizaron los macrodatos y un 17,5% vendieron productos o servicios online.

De hecho, el 53% de las empresas que han optado por un ERTE piensan que no podrán mantener el empleo en los próximos seis meses y que su plantilla disminuirá en los próximos meses. Entre los autónomos, sólo el 15,5% confían en poder conservar la totalidad de su plantilla.

En cuanto a la financiación con aval del Estado, el 47% de las empresas la han solicitado o prevén hacerlo, pero un 25% se quejan de haberse encontrado con dificultades para conseguirla.

La coyuntura es tan preocupante que la pyme española pide con urgencia medidas complementarias para sobrevivir, entre las que destacan una reducción temporal de las cotizaciones a la Seguridad Social, la reducción temporal de impuestos y ayudas económicas directas a las pymes en los sectores más afectados.

 

El mapa empresarial español
Tipo de empresaEmpresas% Variación anual
empresas
Empleo% Variación anual
empleo
Pyme (0-249 asalariados)2.870.0960.22%10.172.518-3%
-Pyme sin asalariados1.588.4432.49%1.588.4432.49%
-Pyme con asalariados (1-249)1.281.653-2.47%8.584.075-3.95%
Grandes empresas (250 o más asalariados)4.783-1.46%5.676.7872.14%
TOTAL2.874.8790.21%15.849.305-1.22%

Fuente: Cifras Pyme. Octubre 2020. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Refuerzos. De momento, el Consejo de Ministros ha aprobado mediante un real decreto ley (en vigor desde el 17 de noviembre de 2020) una serie de medidas adicionales para apoyar la liquidez y la solvencia de empresas y trabajadores autónomos.

Entre otras novedades, se ha ampliado hasta el 30 de junio de 2021 el plazo de concesión de las dos líneas de avales públicos de hasta 140.000 millones de euros gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Las empresas y autónomos que cumplan los criterios establecidos (fundamentalmente no estar en mora ni incursas en un procedimiento concursal) podrán ampliar el plazo de vencimiento de los préstamos desde los cinco años actuales hasta un máximo de 8. Además, podrán gozar de 12 meses más de carencia en el pago del principal, siempre que la carencia total no supere los 24 meses. Las entidades financieras dispondrán de hasta 30 días para aprobar las solicitudes de ampliación de plazos que reciban.

El objetivo es que las empresas que lo necesiten dispongan de más tiempo para recuperar su actividad empresarial y hacer frente a sus servidumbres financieras. Por ejemplo, para el crédito medio concedido en el sector de bienes de consumo y comercio al por menor (77.500 euros con un tipo del 2,5%), que tuviera un plazo de devolución de tres años y ya hubiera agotado el periodo de carencia, el cliente, al tener 12 meses de carencia y extender tres años el plazo de devolución, pasaría de pagar 2.667 euros de cuota mensual a abonar 161 euros los próximos 12 meses y 1.518 euros a partir de entonces.

Incertidumbre. Las hipótesis del Banco Central Europeo sostienen que en 2021 se recuperará el crecimiento económico a escala mundial, con una previsión del 5% para la zona euro. Para España, las estimaciones del Gobierno hablan de un crecimiento superior al 7% en 2021, que podría superar el 9% gracias al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por el que nuestro país recibirá entre 2021 y 2023 unos 70.000 millones de euros de la UE. En 2021, se transferirán 27.000 millones, que supondrán un fuerte impulso de la inversión, especialmente en bienes de equipo.

España ha depositado grandes expectativas en este plan para salir de la actual crisis. Las previsiones actuales son que en 2023 se recupere la senda de crecimiento económico previo a la pandemia. Es más, se espera ese año que el PIB de la economía española se sitúe 6 puntos por encima del nivel que se hubiera alcanzado sin dicho plan.

Sin duda, es un escenario prometedor pero, hoy por hoy, la realidad de millones de empresarios y trabajadores es muy distinta. Aun cuando poco a poco se vaya volviendo a la normalidad, las áreas de actividad relacionadas con el turismo y el transporte tardarán en alcanzar los niveles previos a la pandemia. La brecha se irá cerrando a un ritmo desigual y de forma mucho más lenta para los negocios que sigan afectados de alguna manera por medidas de distanciamiento.

Además, en el horizonte cercano, los empresarios miran con temor a un futuro amenazado por la morosidad. En este sentido, CEPYME subraya que el periodo medio de pago supera los 87 días –la cifra más alta desde 2011– y el 50% de las empresas que sufren mora pueden acabar en situación de insolvencia o cierre.

A eso se suma el peligro que puede implicar el elevado endeudamiento en el que están incurriendo las empresas para evitar su desaparición. En opinión de la Central de Balances del Banco de España, hasta el 10% de las empresas pueden acabar siendo inviables. Este porcentaje se eleva hasta el 30% en la hostelería, uno de los sectores más afectados por las restricciones.

Diferentes políticas fiscales para hacer frente a la pandemia

PAÍSAplazamiento y suspensión de impuestos a empresasSubvención de costes laborales y desempleo, y apoyo a empresasApoyo a empresas (avales, créditos, recapitalizaciones)

España

● Moratoria de seis meses de las deudas tributarias de pymes y autónomos hasta un máximo de 30.000 € por figura impositiva.
● Ajuste del pago del impuesto de la renta para autónomos.
● Flexibilización de los ERTE, extensión de la prestación por desempleo a más colectivos, mayor protección de desempleados con trabajos estacionales.● Avales y garantías públicas (ICO) de 100.000 millones € para préstamos de las empresas no financieras. Aprobada una línea adicional de 40.000 €.
● 2.000 millones € adicionales para exportadores.
● Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (10.000 millones €)

Alemania

● Aplazamiento temporal de impuestos a empresas y medidas impositivas de apoyo a la inversión.
● Reducción del IVA a empresas de restauración durante 1 año a partir del 1 de julio de 2020.
● Relajación y flexibilización del Kurzarbeit (modelo alemán de reducción de jornada) y aumento de las prestaciones.
● Programas de subvenciones y pagos directos a microempresas y autónomos (extendido a todo tipo de empresas).
● Extensión desempleo por 3 meses (hasta 2 años para los mayores de 50 años).
● Tope del 40% a contribuciones a la Seguridad Social
● Programa de avales públicos del banco KfW (presupuestado en 820.000 millones €).
● Creación de un fondo de rescate para grandes empresas: 400.000 millones € en garantías; 100.000 millones € préstamo al KfW; 100.000 millones € para recapitalizaciones.
● Apoyos a sectores estratégicos (aeronáutico).
Francia

● Aplazamiento temporal de impuestos a empresas.
● Se acelera la devolución de créditos fiscales.
● Refuerzo del sistema de desempleo parcial.
● Aplazamiento del pago de seguros sociales, alquileres y suministros.
● Creación del Fondo de Solidaridad para microempresas y autónomos.
● Programa de garantías públicas a empresas de cualquier tamaño a través de Bpifrance por 300.000 millones de euros.
● Apoyo a empresas estratégicas.

Fuente: Banco de España. “Medidas de Política Fiscal en respuesta a la crisis sanitaria en las principales economías del área del euro, Estados Unidos y Reino Unido” (2020).