«Un posible remedio para la insolvencia probable», por José Miguel Embid

ENTRE MAGNITUDES

JOSÉ MIGUEL EMBID,

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valencia.

"Para encauzar la insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado se regulan los planes de reestructuración"

Un posible remedio para la insolvencia probable

Con fecha de 14 de enero del presente año se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales un importante proyecto de ley que, de ser aprobado, traerá consigo cambios significativos en el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Dicho proyecto se ha elaborado, ante todo, para adaptar nuestro Derecho de la insolvencia a la directiva 2019/1023, de 20 de junio, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas. Pero en el proyecto que nos ocupa no encontramos solo los necesarios preceptos de adaptación al texto europeo, sino, además, un buen número de modificaciones normativas que el legislador español ha considerado oportuno establecer a fin de conseguir una regulación coherente y adecuada a las circunstancias de nuestra realidad.

Sin perjuicio de algunos ensayos precedentes, corresponde aplicar ahora al Derecho concursal este criterio de “reforma y adaptación”, si bien desde una perspectiva singular, pues la directiva 2019/1023 aparece guiada por el propósito de llevar el tratamiento de la crisis económica de la empresa a un estadio anterior a lo que es característico del concurso de acreedores. En consonancia con esa finalidad, la parte principal del proyecto de ley se sitúa en el marco de lo que se denomina “insolvencia probable”, supuesto previo a la insolvencia propiamente dicha (actual) e, incluso, a la insolvencia inminente contempladas en el Texto refundido, como situaciones susceptibles de desencadenar el concurso de acreedores.

Para encauzar esa insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado y mantengan de manera eficiente su actividad, se regulan los llamados “planes de reestructuración”, que se constituyen así, dentro del Derecho español, en el “marco de reestructuración preventiva” reclamado por la directiva, con numerosas aportaciones de nuestro legislador. Tales planes, para el proyecto de ley (art. 614) tienen un objetivo ciertamente muy amplio que se dirige a modificar la composición, las condiciones o la estructura del activo y del pasivo del deudor, incluyendo las transmisiones de activos, unidades productivas o la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como cualquier cambio operativo necesario, o una combinación de estos elementos.

Tras esta amplísima delimitación, podrá decirse que estamos ante una figura preconcursal, asumiendo la terminología ampliamente divulgada durante la Gran Recesión y que da nombre a uno de los dos grandes bloques en que se dividen el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Sin negar dicho calificativo, la regulación de los planes muestra, no obstante, un espíritu propio, que los distingue netamente de los consabidos acuerdos de refinanciación y que los convierte en “algo más” que una mera figura preconcursal. Con arreglo a la muy detallada exposición de motivos del proyecto, resulta evidente un doble propósito en su tratamiento normativo: de un lado, la ya aludida anticipación de su puesta en práctica, con clara mejora respecto de los actuales instrumentos preconcursales, y, de otro, la considerable flexibilidad con que aparece concebida su regulación.

En este último sentido, hay que destacar el muy limitado papel que se asigna a la intervención judicial, restringida a la homologación, en su caso, del plan, con algunas actuaciones añadidas. Pero, con ser esta circunstancia sumamente relevante, lo que singulariza con plenitud a los planes de reestructuración es que todo en ellos depende de lo que el deudor y sus acreedores consideren conveniente negociar, a fin de llegar al acuerdo mediante el cual se materialice el plan de reestructuración. El proyecto opta, de este modo, por una suerte de “negociación colectiva” (según la exposición de motivos) al entender que, así, se consigue no solo mayor inmediatez a la situación de insolvencia probable, sino que se hace posible la mayor libertad de las partes para establecer los más adecuados términos del plan con el objetivo de garantizar la actividad del operador económico (empresa o profesional) en el mercado.

No se podría conseguir este propósito, habitual en los institutos preconcursales, si no se añadieran algunos elementos al esquema recién descrito. Entre ellos destaca la posibilidad de “arrastre” (así, en el preámbulo del proyecto) de aquellas clases de acreedores disconformes con el plan acordado, lo que no impide, claro está, el establecimiento de ciertas salvaguardas para los disidentes, relativas, entre otros extremos, al supuesto de su homologación. Algo similar sucede con respecto a los socios del deudor, cuya disconformidad con el plan trae consigo algunas especialidades respecto del régimen de adopción de acuerdos por parte de las sociedades de capital (art. 631).

Son muchas, en todo caso, las novedades del proyecto en punto a los planes de reestructuración a las que resulta imposible referirse ahora. Interesa señalar, no obstante, que su regulación, junto con otros elementos, igualmente considerados por el proyecto, implica un cambio radical en la estructura sistemática del Texto refundido de la Ley concursal, pues se deroga por completo su actual libro segundo. Al mismo tiempo, se da un paso relevante para la reconversión, si vale el término, del entero Derecho concursal. Quizá a partir de ahora debamos hablar de un “Derecho de la insolvencia”, desde la probable hasta la actual, del que los planes de reestructuración constituirán el primer y relevante apartado, quedando el Derecho concursal no sólo como una parte del mismo, sino como su última ratio, no especialmente deseable en cuanto a su aplicación, por la pérdida de valor que implica, para superar la crisis de los operadores económicos en el mercado.

Sin techo no hay cimientos, por Juan José Morodo

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JUAN JOSÉ MORODO,

subdirector de Cinco Días

 

Resulta turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE

Sin techo no hay cimientos

Manuel es un joven y serio profesional con contrato indefinido. Manuel (el nombre es ficticio) contrajo el Covid en el momento más crudo de la pandemia. No se infectó en una fiesta desenfrenada ni por una imprudencia. Se contagió en la casa en que vive. A pesar de su salario, en la media nacional para su ocupación, Manuel se ve obligado a compartir piso con cuatro compañeros, uno de ellos profesional del sector sanitario, quien sin querer introdujo el virus en la vivienda común. Manuel no está a disgusto con esa vida casi de estudiante, pero lo cierto es que comparte piso porque no le da para alquilar uno en solitario.

La vivienda cara no es un freno solo para Manuel, lo es para el desarrollo de cualquier país. Una política de vivienda que ignore esto no solo está mal orientada, sino que supone un lastre para cimentar el crecimiento y una losa en el futuro de las próximas generaciones. Los altos precios de la vivienda, sea en propiedad o en alquiler, también pueden asfixiar la reactivación del consumo, una condición decisiva para que la economía se expanda e inaplazable en un escenario que urge la recuperación, como el que vive España tras el durísimo impacto de la pandemia.

Toda la renta que los ciudadanos tengan que destinar a vivienda se sustrae de otra partida del gasto, desde la alimentación al ocio, desde la salud a la educación o a la misma vestimenta, con el consiguiente deterioro sobre aquellos sectores ajenos al inmobiliario. A modo de vasos comunicantes, cuanto más elevados sean los fondos que los presupuestos familiares deben dedicar a vivienda más se aminorarán los destinados a otros bienes o servicios.

Este panorama se refleja hoy con toda su crudeza, cuando buena parte de la recuperación tras la crisis del Covid se fía al repunte del consumo, tras largos trimestres de hibernación y contención del gasto y de un precavido crecimiento del ahorro de las familias, solo proporcional a los temores que desata la incertidumbre.

La familia española dedica a la residencia, de media, más de un 35% de su renta, un creciente récord que constriñe su capacidad de gasto. En los hogares con menos renta, este porcentaje se puede encaminar peligrosamente a un inquietante 50%. La vivienda, y destacadamente la que está en régimen de alquiler, “representa en promedio el mayor gasto de los hogares en el conjunto de todos los países de la OCDE”, según constata el organismo que agrupa casi a una cuarentena de los países más desarrollados.

“Esta absorción que hace la vivienda de otros gastos”, alerta la OCDE, “podría ir incluso a más” en el corto plazo, pero modularse poco a poco en función de variables como el aumento de los parques de vivienda asequible en arrendamiento. La Encuesta de Presupuestos Familiares del INE constata que en España se replica esa tendencia.

Estas son algunas de las razones que hacen más preocupante ver a España entre los países desarrollados con impuestos que más lastran el crecimiento: el puesto 30 de los países de la OCDE cuyo modelo fiscal es más perjudicial para el desarrollo económico. Las reformas tributarias del último año hunden al sistema español otros tres puestos en el ranking del Índice de Competitividad Fiscal Internacional 2021 elaborado por la Tax Foundation.

Ante este panorama, resulta más turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE. Los inmuebles están gravados por el impuesto sobre la renta imputado al propietario para segundas viviendas, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre la renta a los no residentes por el alquiler, el impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, que hasta hace poco tributaba, también e inexplicablemente, aunque fuese minusvalía. Son una pesada carga sobre las espaldas de los ciudadanos que solo quieren ejercer el derecho constitucional a tener un techo digno y adecuado bajo el que cobijarse.

Tras las últimas reformas, España ya se ha colocado en el máximo nivel de gravamen a la propiedad ente los países desarrollados. Casi como Italia, el país con mayor presión fiscal sobre la vivienda de la OCDE.

Todo ello imprime una debilidad competitiva al sector inmobiliario que incide directamente en la capacidad de los ciudadanos para adquirir o alquilar vivienda. La Tax Foundation señala la distorsión que suponen los “múltiples impuestos a la propiedad con gravámenes separados sobre transferencias de bienes raíces, patrimonio neto, herencias y transacciones”.

Solo las políticas de algunas haciendas autonómicas suavizan la presión fiscal a nivel nacional con algunas exenciones o reducciones, lo que, sorprendentemente, en ocasiones lleva a algunos partidos políticos a acusarlas de practicar dumping fiscal. Si no existiesen en las comunidades autónomas estas bonificaciones, España ocuparía el puesto de Italia.

No parece que la en marcha y controvertida Ley por el Derecho a la Vivienda, su inconcreto plan (a largo plazo) de zonas tensionadas de alquiler regulado, su carácter de espantainversores ni la litigiosidad que anuncia su desprecio al dictamen (preceptivo, no vinculante) del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que la considera invasora de competencias de las comunidades autónomas, vaya a resolver el problema de un país en el que se pueden contemplar extensos páramos deshabitados pegados a ciudades en las que no es difícil toparse con infraviviendas. Donde el mercado de alquiler languidece acosado por la inseguridad jurídica del propietario. O donde los jóvenes tienen que afrontar ingentes cargas fiscales si deciden lanzarse a comprar casa.

Manuel, tras pasar semanas difíciles, vuelve a gozar de buena salud. Sigue viviendo en un piso compartido.

Presión fiscal sobre los inmuebles

PRESIÓN FISCAL SOBRE LOS INMUEBLES

Las pensiones se revalorizarán por el IPC anual

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Fernando Geijo

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España es uno de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los impuestos más altos a la propiedad inmobiliaria. Al menos, así se recoge en el Índice de Competitividad Fiscal Internacional (ICF), de la Tax Foundation, difundido y adaptado en España por tercer año consecutivo por el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

De entre los Estados más desarrollados del mundo que integran esta organización, nuestro país es prácticamente el único objeto de un análisis específico en el informe ICF sobre la influencia de los impuestos que aplica a la propiedad inmobiliaria a la hora de medir su neutralidad y competitividad fiscal.

Producto de lo anterior, España no sale bien parada y ha retrocedido cuatro puestos en la clasificación general de la prestigiosa Tax Foundation, hasta ocupar el puesto 30 de entre los 37 analizados, dada la distorsión que supone la pléyade de impuestos específicos que gravan al sector inmobiliario y que, apenas, son compensados en ocasiones puntuales por bonificaciones y exenciones autonómicas.


IMPUESTOS Y CRECIMIENTO SON DOS TECLAS DE UN MISMO PIANO ECONÓMICO QUE DEBE ESTAR PERFECTAMENTE AFINADO

 

Telaraña impositiva

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), sobre el Patrimonio (caso excepcional en toda la Unión Europea), sobre la Renta que se imputa al dueño de segundas viviendas, además del que abonan los No Residentes por el alquiler, sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, o la plusvalía municipal, derivada del aumento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, son algunos de los que gravan en España la posesión o disfrute de los bienes raíces.

Asimismo, si se observa el análisis realizado por los expertos de Tax Foundation sobre el impacto de los impuestos sobre la propiedad, en el sentido más amplio del término, habría que añadir los impuestos relativos a las transacciones financieras, los activos corporativos o los derechos de capital.

En este sentido, entre las conclusiones del informe se indica que España ha caído en el índice que mide la competitividad fiscal sobre propiedades, patrimonio y herencias hasta el puesto 36, al obtener apenas 36,4 puntos sobre un valor de referencia de 100, únicamente obtenido por Estonia.

El sistema tributario español es el único que aplica, a la vez, sendos impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y el Patrimonio, lo que, para los expertos de la Tax Foundation supone una evidente cortapisa al ahorro y, por consiguiente, a la inversión, el crecimiento y, a la postre, el empleo y el ahorro.

La eficiencia de nuestro sistema tributario se pone en tela de juicio al considerar que combina reglas de juego complejas con tipos crecientes, lo que, en opinión de este instituto de estudios, limita la creación de empleo por parte de las empresas y, en consecuencia, cercena el potencial de crecimiento de la economía española.

Las conclusiones del informe ICF 2021 preconizan la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, una auténtica anomalía pancomunitaria, sólo compartido con Noruega y Suiza, dada su singularidad entre los países de nuestro entorno.

Asimismo, señalan la insuficiencia de las medidas de alivio fiscal emanadas de las diferentes políticas autonómicas, con especial hincapié en la Comunidad de Madrid, que deben ser complementadas con otras a escala nacional de cara a revertir las subidas de impuestos aprobadas en plena crisis sanitaria y a lograr, en definitiva, un sistema con impuestos más bajos y sencillos.


SOMOS EL ÚNICO PAÍS DE LA UE QUE APLICA AL UNÍSONO IMPUESTOS SOBRE PATRIMONIO Y SUCESIONES Y DONACIONES

El dilema fiscal

El objetivo de alcanzar el crecimiento económico y favorecer el florecimiento empresarial debe estar en la base de cualquier sistema fiscal moderno que se precie. Sin embargo, la tentación de subir impuestos para compensar una caída de recaudación, como la recientemente producida a causa del COVID-19, supone una disyuntiva de cara a mantener el estado de bienestar.

Por consiguiente, impuestos y crecimiento son dos teclas de un mismo piano económico que debe estar perfectamente afinado para resolver el sudoku entre competitividad y presión fiscal, dado que beneficiar a uno sobre otro en una partitura, léase política fiscal, puede poner en la picota los necesarios incentivos que requiere la inversión empresarial.

Al igual que un exultante candidato presidencial George H. W. Bush arengaba en 1988 a las masas en la Convención Nacional Republicana con la célebre frase: “read my lips, no new taxes”, en alusión a su negativa a incrementar la carga fiscal, lo que finalmente le daría el triunfo electoral, parece que no hay margen para subir los impuestos en España.

Esa es, al menos, la recomendación del Instituto de Estudios Económicos al indicar, con los datos en la mano de la Tax Foundation, que el análisis internacional de nuestro andamiaje impositivo en relación con la fiscalidad aplicada a la propiedad, el ahorro, el patrimonio y las herencias supone una rémora para nuestra prosperidad socioeconómica.

Desde Estonia con razón

Esta república báltica, famosa además por su apuesta por el acceso de la población a la tecnológica, también cuenta en su haber con el hecho de tener el sistema de tasas a la propiedad más eficiente de la OCDE, al ser el país que menos grava la vivienda. De hecho, en Estonia sólo se aplica gravamen al valor de la tierra en el impuesto sobre bienes inmuebles, al excluir de la base impositiva, práctica común junto con países como Nueva Zelanda y Australia, el valor de edificios o estructuras.

Subir o bajar, he ahí el dilema

Las tesis esgrimidas desde el Ministerio de Hacienda para defender en nuestro país la existencia de margen para subir los impuestos se basan en la diferencia de presión fiscal con respecto a nuestros socios europeos. Según el informe de la Tax Foundation la clave está en el desigual tamaño de la economía sumergida, que supone en España un 22% del PIB frente a una media europea del 13%. Es decir, en nuestro país se recauda un total del 35,45% del equivalente al PIB en impuestos, con un máximo histórico de 223.382 millones de euros alcanzado en 2021, un 15% más que en 2020, pero este porcentaje sólo lo sufraga el 78% de la actividad regulada.

Nueva valoración de los inmuebles

El pasado 1 de enero entró en vigor, tras la publicación en julio en el BOE, la normativa que regula la nueva valoración de los inmuebles, basada en el valor de referencia del Catastro.

Tanto en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la norma modifica su base imponible, sustituyendo el valor real por valor de referencia, concepto que se equipara al valor de mercado. Esta misma regla se añade en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles cuyo valor haya sido determinado por la Administración en un procedimiento.

La nueva regulación establece que quienes adquieran un inmueble, tendrán que declarar la operación por el valor de referencia de Catastro, cuando este sea superior al valor escriturado. En caso de disconformidad les corresponderá a ellos la carga de la prueba.

Ojo al dato

Índice de Competitividad Fiscal 2021. Tax Foundation en colaboración con el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

Índice Autonómico de Competitividad Fiscal 2021. Cristina Enache. Fundación para el Avance de la Libertad. Tax Foundation.

Hace falta un plan (de pensiones), por David Cano

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DAVID CANO MARTÍNEZ,

socio de Analistas Financieros Internacionales

 

Sigo pensando que el actual sistema de pensiones en España es insostenible, por mucho que se puedan valorar de forma positiva otras medidas anunciadas

Supongamos que finales de un año (“año 0”) el precio de la cesta de la compra es 100 unidades monetarias. Transcurridos doce meses, el coste se mantiene, por lo que podemos decir que la inflación del año 1 ha sido del 0%. Siguen pasando las hojas del calendario y tras once meses asistimos a un aumento del precio de esa cesta que se sitúa, en diciembre del año 2, en 110 um. El IPC de diciembre del año 2 será de 110 y la inflación, esto es, la variación interanual de ese índice de precios, es del 10%. “La inflación se sitúa en el 10%” será el titular, tan cierto como incorrecto al mismo tiempo. Paso a explicarme. La inflación interanual en diciembre del año 2 es del 10%, cierto, pero no la del conjunto del año, ya que durante 11 meses ha sido del 0%. Lo correcto es decir que la inflación del año 2 ha sido del 0,83%, que es un promedio de las tasas de variación interanual registradas durante todos los meses del año. En el año 2 la vida no se ha encarecido un 10%, sino que lo ha hecho en un 0,83%. Se debe distinguir entre inflación interanual en diciembre (10%) e inflación anual (0,83%). Si queremos revisar una renta a final de año para ajustarla al aumento del coste de la vida, es un error incrementarla el 10%; lo correcto es 0,83%. Sigamos y supongamos que el IPC se mantiene en 110. ¿Dónde se situará la inflación interanual en diciembre del año 3? En el 0%. Pero, ¿cuánto ha sido el aumento del coste de la vida en el año 3 respecto al del año 2? Un 9,17%. Sería injusto no aumentar el cobro o pago en ese importe al final del año, ya que es en ese ejercicio cuando realmente ha subido el precio de la cesta. Alguien podrá decir que es solo una cuestión temporal: que da igual revisarlo antes o después, pero que finalmente hay que hacerlo. Y no digo que no, pero hagamos las cosas bien. Seamos rigurosos con la estadística.

 

Este arranque tan técnico para defender una de las medidas anunciadas por el Ministro Escrivá: modificar el mecanismo mediante el cual ser revisará el importe de las pensiones: desde la variación interanual (error) a la variación anual (correcto) del IPC. Pero que defienda esta mejora estadística no impide que siga estando en contra de la indexación de las pensiones a la inflación. Ya tuve ocasión de exponer mis argumentos en esta misma publicación hace algo más de 4 años (por lo que no insistiré en ello. QR pie de página). Y tampoco en que sigo pensando que el actual sistema de pensiones en España es insostenible, por mucho que se puedan valorar de forma positiva otras dos medidas anunciadas. La primera, el aumento de las cotizaciones (más debatible puede ser el momento en el que se aplica, con una economía recuperándose de las crisis COVID). Ahora bien, es obvio que, si no se toman medidas también desde el lado de los gastos, no se resuelve el problema. En este sentido, reiterar que es necesario acompasar el aumento de la esperanza de vida con un incremento de la edad de jubilación. Solo así se puede hacer sostenible el sistema (sobre todo ante la presión que va a ejercer el retiro de los baby boombers). Eso, o, insisto, actuar desde el lado de los gastos (es conveniente recordar que, en media, un pensionista cobra en 10 años todo lo que ha aportado a lo largo de su vida laboral, mientras que la esperanza de vida una vez jubilado es de 20 años). Sé que aumentar las cotizaciones, reducir la pensión o retrasar la jubilación son medidas impopulares, pero es uno de los defectos que tenemos los economistas o, mejor dicho, las matemáticas.

 

Valoro de forma más positiva la segunda medida anunciada: la creación del Fondo de Pensiones de Empleo de Promoción Pública (FPEPP) y de los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES). Se refuerza de esta forma el segundo pilar de la previsión social. Como es sabido, el primero es el sistema público de pensiones que, como hemos insistido, es insostenible en la actual configuración. El tercer pilar está conformado por los productos de previsión que por iniciativa propia contratan los individuos con su entidad financiera o compañía de seguros. Está basado en un sistema de capitalización y, por lo tanto, su eficacia para financiar la vida después de jubilado dependerá de lo aportado y de la rentabilidad conseguida (este es otro asunto del que ojalá tenga oportunidad de escribir aquí). El segundo pilar está forma por los sistemas de pensiones promovidos por las empresas y, como sucede con el tercer pilar, es de capitalización. Las aportaciones a estos planes pueden ser en exclusiva por parte del empleador (promotor) o pueden estar acompañadas por las de los partícipes (empleados). Es una solución a la sostenibilidad de las pensiones, pero la realidad es que su desarrollo en España está siendo muy pobre: el patrimonio está estancado en 35.000 millones de EUR desde hace una década. Un mísero 3% del PIB que contrasta con tasas del 10%, 15% o 20% de otros países. Si tenemos en cuenta que el tercer pilar tampoco es que sea muy robusto (85.000 millones de EUR), es obvio que se debe valorar positivamente el anuncio del Ministerio de Seguridad Social. Es un primer paso. El siguiente es materializarlo. Si sirve para avivar el debate de las pensiones y conseguir un aumento de las aportaciones a los fondos de pensiones, bienvenido sea. Sobre todo, a los empresariales, ya que el ahora peor tratamiento fiscal de los individuales respecto al año anterior (se reduce a 2.000 EUR la aportación máxima, desde 8.000 EUR) es un flaco favor a la sostenibilidad del sistema.

El dorado retiro

EL
DORADO
RETIRO

Las pensiones se revalorizarán por el IPC anual

ENTRE MAGNITUDES

Fernando Geijo

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La jubilación es un anhelo que anida en la mente de todo trabajador. Un lugar común en el que generaciones de españoles fantasean imaginando su merecido asueto. El dorado retiro para, por fin, ser dueños de tu propio tiempo. Sin embargo, la sostenibilidad del sistema que sustenta este derecho, recogido en el artículo 50 de la Constitución, no está del todo asegurada.

No en vano, desde la puesta en marcha del ‘Pacto de Toledo’, una suerte de sanedrín que a modo de comisión parlamentaria analiza y lanza propuestas de mejora desde 1995, los diferentes partidos políticos han tratado de taponar la hemorragia constante que pone en evidencia la proporción entre cotizantes y pensionistas. Una ratio que no para de descender fruto de la combinación del incremento de la longevidad y de la caída de la natalidad, lo que amenaza, por mor del denominado ‘invierno demográfico’, con hacer saltar por los aires su futuro sostenimiento. Ante este panorama, el Gobierno ha aprobado una nueva reforma de las pensiones, pendiente de tramitación parlamentaria, que supone un desarrollo de las anteriores y que, bajo la atenta mirada de Bruselas, pretende aportar soluciones a largo plazo para tratar de reforzar uno de los pilares fundamentales de nuestro modelo de protección social.

Así lo entendieron en su día los diferentes partidos políticos al abandonar la recurrente procrastinación de un asunto, el del mantenimiento del sistema de pensiones, que no admitía más dilación. Fruto de lo anterior se pusieron manos a la obra y aprobaron sendas reformas allá por 2011 y 2013, dirigidas por los Gobiernos encabezados por José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) y Mariano Rajoy (PP), respectivamente.

A tenor de aquellas decisiones se aprobó, entre otras cuestiones, extender el período de cómputo para calcular una pensión contributiva, fijado hasta 2011 en los últimos 15 años cotizados, para incrementarla de forma gradual hasta los 25 años en 2022.

Otra vuelta de tuerca

A finales del pasado verano el Gobierno de coalición aprobó en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Un texto que deja claro en su enunciado sus objetivos y que sienta las bases para acometer cambios en el andamiaje del ecosistema que regula la jubilación que, junto con la aún pendiente reforma laboral, conforman el armazón del edifico que transformará las reglas del juego en que se asentarán las relaciones del entramado económico y del modelo de protección y bienestar social en nuestro país en las próximas décadas.

 


EL GOBIERNO HA APROBADO UNA NUEVA REFORMA DE LAS PENSIONES, PENDIENTE DE TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA

 

Un sinuoso sendero en el que se antoja fundamental apostar por el diálogo entre las partes, de cara a culminar su entrada en vigor en 2022. No en vano, la Unión Europea ‘vigilará’ que los cambios comprometidos se acometen a tiempo, antes de proceder a liberar nuevos fondos para estimular la recuperación económica, y que, además, cuenten con el consenso de los agentes sociales. Es decir, la triada integrada por Gobierno, sindicatos y asociaciones empresariales. Y todo ello antes del próximo 31 de diciembre. El reto es importante, dado que la CEOE se ha descolgado a última hora de dar el sí quiero a la reforma de las pensiones, tras su desacuerdo con el Factor de Equidad Intergeneracional, que sustituye al nonato de sostenibilidad. Asimismo, también alberga serias dudas para apoyar la reforma laboral, otra piedra angular del puzle de transformaciones, junto a la fiscal, por las que clama Bruselas.

 


CADA AÑO TRABAJADO DE MÁS TENDRÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 4%

 

Novedades normativas

La principal implicación de los cambios que se van a aplicar a la regulación de las pensiones, que recupera además el IPC anual como índice de revalorización, supone el alargamiento del cómputo de años a la hora de calcular la cuantía de una pensión contributiva. Así, se llegará en 2022 a la valoración de las bases de cotización de los últimos 25 años. Sin embargo, se lleva tiempo barajando la idea de continuar con esta extensión hasta alcanzar, supuestamente, los 35 años en total, y cumplir con el compromiso exigido por Bruselas de seguir aumentando esta ratio. A día de hoy, no hay nada confirmado y las constantes filtraciones en prensa son desmentidas por fuentes oficiales, al menos hasta que el próximo año se pacte un nuevo calendario de cómputo que honre los compromisos adquiridos con la Comisión Europea.

Otra novedad es la ampliación de la edad legal de jubilación, que se ha fijado en los 66 años y dos meses, a partir del próximo 1 de enero, para quienes hayan cotizado menos de 37 años y medio. Mientras que para los que superen esa barrera se mantiene en los 65 años. En este sentido, la edad mínima para acceder al retiro ha subido progresivamente desde 2013 desde esos tradicionales 65 años hasta alcanzar los 67 años a partir de 2027, fecha en que podrán jubilarse con 65 años quienes hayan cotizado al menos 38 años y medio.

Por lo que respecta a la jubilación anticipada, también se endurece su acceso al pasar la edad mínima de retiro ordinario a los 64 años y dos meses, cuando antes de la reforma de 2011 se podía acceder a la misma al cumplir 61 años, siempre que se tuviesen 35 años cotizados.

En cualquier caso, todo ello lleva aparejado un sistema de penalizaciones en caso de incumplimientos. En concreto, por cada trimestre cotizado de menos respeto a la nueva edad oficial de jubilación se aplicará un recorte progresivo del 2% de la base reguladora, con menos de 38 años y medio cotizados, o del 1,625%, en caso de superar los 44 años y medio trabajados. Mientras que, a las clases pasivas, los jubilados de las administraciones públicas, se les aplicarán estos mismos parámetros.

Uno de los principales cambios será el alargamiento del cómputo de años a la hora de calcular la cuantía de una pensión contributiva

Asimismo, es posible adelantar hasta en cuatro años la edad de jubilación en caso de encontrarse en paro, haber sido afectado por una reestructuración laboral, por ERE o por otras causas como despidió objetivo o colectivo, entre otras, lo que conllevará penalizaciones de entre el 6% y el 7,5% por año adelantado. En líneas generales, está previsto que se eleven las penalizaciones por adelantar la jubilación con una horquilla que oscilará, en función de las circunstancias, entre un 2,81% y un 21% del cálculo de la pensión.

Por el contrario, se incentiva el retraso de la edad de jubilación al incrementar la prestación a obtener en un 4% por cada año completo de cotización, frente al supuesto anterior en que esta bonificación variaba entre el 2% y el 4%, según el historial de años cotizados.

 


OTRA NOVEDAD ES LA AMPLIACIÓN DE LA EDAD LEGAL DE JUBILACIÓN, QUE SE HA FIJADO EN LOS 66I AÑOS Y DOS MESES PARA QUIENES HAYAN COTIZADO MENOS DE 37 AÑOS

 

Ganadores y perdedores

La prolongación del período para calcular la pensión contributiva tiene consecuencias negativas para la mayoría de los empleados con carreras profesionales prolongadas y completas, dado que los primeros años de vida laboral suelen tener salarios más bajos. De hecho, la propia Seguridad Social calculó en su día que esto supondría una rebaja de entre el 4,5% y el 3,9%, mientras que si se llega a los 35 años de cómputo la reducción sería del 6,3%. Sin embargo, los últimos años también se puede sufrir un despido, por lo que la incorporación de factores amortiguadores, como la opción de elegir los años de cotización más beneficiosos para el trabajador o la posibilidad de rellenar las lagunas de cotización, puede, finalmente, suponer un efecto neutro.

Pero el período de años a incluir en el cálculo no es la única variante sobre la que actuar para cuadrar el sudoku de las pensiones, máxime si tenemos en cuenta la inminente llegada al retiro de una generación superpoblada como son los llamados ‘baby boomers’, nacidos entre 1950 y 1970 del siglo pasado.

El aumento de las bases máximas de cotización, el referente para calcular la pensión, es la otra variable añadida en la ecuación de un sistema de pensiones que demandaba a gritos una actualización para asegurar su sostenibilidad y, de paso, apuntalar su contributividad.

Nueva reforma de las pensiones

El proyecto de ley, a debate en el Senado, persigue:

  • La financiación de las pensiones se reforzará con una transferencia anual del Estado a la Seguridad Social, aún por determinar, que complementará los ingresos obtenidos por las cuotas de empresarios y trabajadores y servirá para manejar el déficit de la Seguridad Social, cifrado en el 1,8% del PIB.
  • La actual reforma elimina el factor de sostenibilidad, aprobado por la anterior y que iba a entrar en vigor en 2022, mediante el ajuste de la pensión a la esperanza de vida y lo sustituye por el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), previsto en el actual anteproyecto de ley, que se comenzaría a aplicar en 2027 y que todavía no dispone de consenso para su aprobación entre partidos políticos ni agentes sociales.
  • Entre los temas destacados que quedan por abordar quedarían el nuevo sistema de cotización de los autónomos, el período de cómputo de las pensiones y la concreción del aumento de las bases máximas de cotización.

Un vistazo a los vecinos

  • Portugal: Calculan la pensión en función de los ingresos durante la vida laboral y los años cotizados, al tiempo que cuentan con un mecanismo que traslada el aumento de la esperanza de vida tanto al cálculo de la misma como a la edad legal de jubilación.
  • Italia: Tienen en cuenta también la esperanza de vida, así como la mortalidad de la población para calcular la edad de jubilación, al tiempo que calculan el importe de la pensión por las aportaciones de toda la vida laboral actualizadas por la variación nominal quinquenal media del PIB.
  • Alemania: Disponen de un sistema flexible que actualiza la revalorización de las pensiones, así como el importe de las nuevas mediante un ajuste automático en función de los factores demográficos. En esta misma línea, el importe de la pensión tiene en cuenta, mediante un sistema de puntos, no sólo las aportaciones realizadas por el trabajador sino la media del conjunto de los ocupados.
  • Francia: No dispone de un mecanismo automático de ajuste, aunque sí de un sistema que se activa en función de la evolución de una serie de parámetros que afectan a la sostenibilidad del sistema de pensiones.

Ojo al dato

Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Acuerdo de la mesa de diálogo social en materia de Seguridad Social y pensiones 2021.

Tarifas a velocidad luz

ENTRE MAGNITUDES

Tarifas a velocidad luz

El adjetivo ‘histórico’ ha pasado de mera coletilla a convertirse en un auténtico epíteto. Al menos a la hora de calificar la singular escalada sin control que está experimentando en los últimos meses el precio de la electricidad en España. Una subida desbocada que sitúa el importe medio del megavatio hora en torno a los 200 euros y que bate, casi a diario, su plusmarca anterior empeñándose en dejarla prematuramente obsoleta.

FERNANDO GEIJO

@fergeijo

Fernando Geijo

La tormenta perfecta, gestada al calor del aumento sin parangón del precio de la energía unido al encarecimiento de los costes del transporte de mercancías, está amenazando el crecimiento de la economía mundial. El horizonte en toda Europa es similar.

El escenario de partida puede resultar paradójico, si tenemos en cuenta que el embolsamiento del ahorro acumulado por los ciudadanos tras largos meses de confinamiento y restricciones, ha elevado, como es lógico, la demanda de algunos productos y servicios. Sin embargo, la oferta se está ralentizando por las crecientes dificultades de producción de las fábricas, que enfrentan elevados sobrecostes energéticos y de materias primas, además del mencionado encarecimiento de los precios experimentado en la cadena logística. Lo que ha creado un auténtico atasco global con el desabastecimiento generalizado como principal consecuencia.

Peligro: alto voltaje. Si se analizan los datos facilitados por el gestor del mercado eléctrico designado (OMIE) para la Península Ibérica, se observa un gráfico de dientes de sierra en el que predominan altibajos constantes a la hora de fijar el precio medio diario de la electricidad en el mercado mayorista.

A pesar de lo anterior, parece que la tarifa del megavatio hora (MWh) se está estabilizando, tras acumular un récord tras otro y marcar el máximo histórico el pasado 7 de octubre en 288,53 euros. La mala noticia es que esa supuesta calma se está produciendo en la banda alta de precios. Es decir, por encima de los 200 euros/MWh.

En cualquier caso, lo que parece claro es que el coste de la luz sigue desbocado. Al menos si lo comparamos con los datos registrados en 2020 por estas mismas fechas. De esta forma, se constata que el precio ha tenido un crecimiento exponencial del 367 por ciento, frente a los 45,19 euros registrados el 23 de octubre del pasado ejercicio.

Ante este panorama de emergencia, el Gobierno aprobó en el consejo de ministros del pasado 24 de junio una batería de medidas fiscales coyunturales encaminadas a contener el precio de la electricidad. Así vio la luz el Real Decreto-ley 12/2021 que, entre otros aspectos, implica la reducción del IVA del 21% al 10%, medida en vigor hasta el 31 de diciembre para los consumidores con una potencia contratada inferior a los 10 kW, siempre y cuando el precio medio del mercado no supere los 45 euros kWh, lo que, en teoría, supone rebajar la factura eléctrica a 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas.

Asimismo, se estableció que esta reducción del IVA se aplicase a los consumidores vulnerables y en riesgo de exclusión social (50% de los beneficiarios del bono social) hasta fin de año, independientemente de la potencia contratada y el precio vigente en el mercado, lo que beneficiará a 612.000 hogares, según fuentes oficiales.

El Gobierno calculó además que esta decisión tendría una rebaja efectiva total de 857,5 millones de euros, a los que hay que sumar otros 400 millones de euros, como consecuencia también de la suspensión, entre julio y septiembre pasados, del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE).

La combinación de ambas medidas fiscales, rebaja del IVA y suspensión del IVPEE, supone, según cálculos del Gobierno, la reducción de la factura media por hogar en un 12%. Asimismo, el ejecutivo adelantó que, gracias a los efectos de la implantación del Proyecto de Ley de creación del Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico, remitido al Congreso de los Diputados, se prevé financiar los costes de las políticas de fomento de las renovables, cogeneración de alta eficiencia y valorización de residuos, lo que permitirá una reducción de la factura de un 13% para los consumidores domésticos.

Cruda realidad. El consenso de expertos indica que el precio de la electricidad se mantendrá elevado, al menos, hasta la primavera de 2022. Entre sus causas se encuentra el constante incremento del precio del gas natural, presionado por el aumento de la demanda poscovid y la pertinaz dependencia de Europa, España incluida, de esta fuente energética. Máxime cuando, en los últimos meses, ha multiplicado por cinco su precio en los mercados internacionales.

Por otra parte, influye el funcionamiento de la subasta que fija los precios en el mercado eléctrico español, el denominado pool, que tiene una naturaleza marginalista. Es decir, centrada en la última unidad producida, lo que a la postre supone priorizar la fijación del precio ofrecido por la electricidad obtenida por centrales térmicas alimentadas por petróleo y gas, generalmente más caro, frente al obtenido de fuentes renovables (eólica, fotovoltaica y, en menor medida, hidráulica) o de la electricidad de origen nuclear.

Por último, el tercer factor sería la carga en la factura derivada de tasas e impuestos, que suponen una parte sustancial del importe de la misma y que incluyen algunos como el de distribución, IVA, municipales, moratoria nuclear, contribución a las renovables e interrumpibilidad, por citar sólo algunos.

En el ojo del huracán. El encarecimiento de la factura eléctrica está causando auténticos estragos en múltiples sectores económicos. Pero especialmente en la denominada industria electrointensiva, aquella que depende en mayor medida del uso masivo de la electricidad para producir sus bienes, que engloba a metalúrgicas, siderúrgicas y químicas, y a las que habría que sumar las que utilizan el gas como principal fuente de energía, como las azulejeras.

De hecho, metalúrgicas y acerías como Sidenor, ArcelorMittal, Asturiana de Zinc o Ferroatlántica, entre otras, ya han anunciado paros intermitentes o cierres parciales para reducir su actividad en los días de mayor encarecimiento de la luz. Su objetivo: mitigar el zarpazo del coste energético que supone, en muchos casos, el 60% del total de los costes de producción y que, según la Asociación de Grandes Consumidoras de Energía (AEGE), podría llevar a cierres definitivos de plantas industriales. Además, reclaman la firma de contratos de suministro a largo plazo, para atenuar los vaivenes de los precios y dar certidumbre al sector, como sucede en Alemania y Francia, donde suponen entre el 70% y el 80% del total, frente al exiguo 30% que representan en nuestro país.

En definitiva, la quimera que siempre ha supuesto la interpretación de la factura de la luz ha dejado de ser un arcano ininteligible para los consumidores, más preocupados ahora por poder pagar la última línea de la misma, la referida al total, que por entender todo el desglose anterior que lo justifica hasta llegar a esa cantidad expresada en euros y resaltada en negrita que tiene, desde hace meses, más dígitos que de costumbre.

¿Libre o regulado?

El mercado de la electricidad se divide entre los consumidores acogidos a la tarifa regulada, denominada PVPC (acrónimo de Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) y la tarifa liberalizada.

Ambas tienen sus ventajas e inconvenientes, pero se diferencian en varios aspectos:

  • Tarifas PVPC:

Precio variable, sin permanencia, por consumo en franjas horarias.

Ofertado sólo por un limitado número de comercializadoras, acogidas al mercado regulado.

Única tarifa compatible con el bono social e incompatible para contratar potencias superiores a los 10 kWh.

  • Tarifas de mercado libre:

-Precio fijo, con posible permanencia el primer año, y revisiones periódicas.

-Amplia variedad de comercializadoras, con posibilidad de descuentos.

Compatible con la tarifa de discriminación horaria y la posibilidad de disponer de energía verde.

Ojo al dato

Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua.

Informe Powering the Energy Transition Through Efficient Network Tariffs, elaborado por Eurelectric, patronal de la industria eléctrica en Europa.

Precios de la electricidad para consumidores domésticos: datos semestrales (desde 2007 en adelante). Oficina Europea de Estadística (Eurostat). Comisión Europea.

Informe sobre La nueva factura de la luz, de aplicación desde el 1 de junio de 2021. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Las barbas del vecino

A la espera de los efectos de las medidas fiscales tomadas en verano, España continúa siendo el quinto país de la Unión Europea con el precio de la electricidad más elevado, por detrás de Alemania, Dinamarca, Bélgica e Irlanda, con un precio, incluidos impuestos, de 0,2323 euros por kilovatio/hora, según reflejan los últimos datos ofrecidos por Eurostat relativos al primer semestre de 2021 sobre consumidores domésticos (con un consumo de entre 2.500 y 5.000 kWh al año).

El precio se encuentra, en ambos casos, justo por encima del registrado por el de la media de la zona euro, situado en 0,2322 kWh, y el del conjunto de la UE-27, establecido en 0,2192 kWh.

«Edison, Tesla y Europa», por Carmelo Encinas

ENTRE MAGNITUDES

Carmelo Encinas.

CARMELO ENCINAS,
periodista. Asesor editorial de 20 minutos

 

 Edison, Tesla y Europa

No hace tanto tiempo. Solo han pasado cuatro generaciones desde que nos alumbrábamos con velas y ahora no sabríamos vivir sin la electricidad. Cuando en el último tercio del siglo XIX Edison y Tesla trataban de dominar esta forma de energía, resultaba algo mágico o exotérico para la inmensa mayoría de la gente. La electricidad era una fuerza inquietante difícil de manejar y casi imposible de almacenar. Aún hoy en día, y a pesar del extraordinario avance experimentado por las baterías que impulsó el desarrollo de los móviles, el almacenamiento de electricidad sigue siendo el mayor de los retos tecnológicos en este campo.

No queda pues tan atrás aquella primera bombilla de bambú carbonatado que Thomas Edison logró que luciera durante 48 horas y su primer sistema de alumbrado de 48 focos en Menlo Park con el que consiguió convencer al mundo de que la electricidad podía alumbrar nuestras vidas. La de este científico de Ohio fue una historia de éxito que cambió el mundo, aunque no fuera del todo suya la gloria que logró acaparar. Su faceta de empresario le permitió liderar un grupo de científicos que quedaron en el anonimato y que le proporcionaron los descubrimientos necesarios para lograr sus inventos. Entre ellos estaba Nicola Tesla, uno de los visionarios más geniales y brillantes de aquella revolución tecnológica.

Lo cierto es que todos los honores se los llevó Edison, que siempre cuidó su fama y a la prensa mientras que el mundo se olvidaba de Tesla, una figura que en los últimos años se ha rescatado del olvido hasta divinizarlo. Además de reconocerle sus hallazgos científicos, entre ellos el de la radio, que Marconi se atribuyó habiendo usado 17 patentes de Tesla, ahora se le ha llegado a considerar como una mente con poderes intelectuales casi sobrenaturales. Ese alto grado de reconocimiento es el que condujo al empresario Elon Musk a ponerle su nombre a la empresa que apostó con más determinación por el desarrollo de baterías para revolucionar la movilidad con los coches eléctricos.

La electricidad, esa fuerza invisible que Edison y Tesla se empeñaron en domesticar hace ciento veinte años, sigue siendo la energía con más futuro y de la que ya no podemos ni sabríamos prescindir. Un sencillo repaso a nuestros hábitos personales y profesionales permite reconocer el alto grado de dependencia que tenemos de ese flujo energético, que nunca vemos pero que enciende nuestras bombillas, nuestros teléfonos u ordenadores y nuestros aparatos domésticos. Casi todo lo activa la electricidad, porque incluso los automóviles que funcionan con combustibles fósiles requieren de una batería eléctrica para arrancar. Tamaña subordinación explica el que resulte tan inquietante la desbocada escala en los precios de la energía que nada ni nadie parece capaz de frenar.

No seré yo quien pontifique sobre una materia tan compleja porque, si comprender el recibo de la luz ya requiere de un cursillo avanzado, el llegar a entender la poliédrica estructura de los factores que determinan el coste del kilovatio necesita de un máster completo que no he cursado. Sí alcanzo a entender que la actual cabalgada de costes guarda relación directa con la subida experimentada por el gas, (de 16 a 75 euros a la hora de enero y septiembre) provocada por el extraordinario tirón de la demanda tras la pandemia, y comprendo también que el necesario proceso de descarbonización hacia las energías renovables tiene un alto coste, sobre todo para los países que no disponemos de una energía propia que proporcione estabilidad al sistema. Ni el sol ni el viento suministran un flujo de electricidad estable y cuando falta hay que lograr el equilibro tirando de las centrales térmicas convencionales de carbón o gas y de las hidroeléctricas, aunque estas últimas también están sujetas a la disponibilidad de agua. Las centrales nucleares logran una producción estable pero no permiten una regulación de potencia en función de la demanda.

Es obvio que no disponemos ahora de genios como Edison o Tesla que resuelvan un problema tan medular para nuestras macro y micro economías, aunque, una vez más, la solución podría estar en Europa. La federalización en la compra de gas, que de momento no ha sido considerada, les proporcionaría a los países comunitarios una posición privilegiada de cara a los proveedores: Argelia, Noruega y, sobre todo, Rusia, cuya manipulación deliberada del mercado parece estar violando las normas de competencia de la UE.

No son pocos además los expertos que apuestan a futuro por una ultra red europea que optimice la nueva generación de renovables. Se trataría básicamente de que esa red pudiera aprovechar la energía solar generada por el día, de forma intermitente pero puntual y conocida, en las regiones más soleadas del sur de Europa, como Murcia o Almería, y combinarlas con la sobrante de las centrales eólicas del Mar del Norte producida por la noche. Esta fórmula, complementada con bombeos hidráulicos reversibles, especialmente viables en la orografía española para almacenar los excedentes de unas y otras, permitiría fabricar hidrógeno verde a precios muy competitivos.

Soluciones ha de haber para estos tiempos de transición y zozobra y cuanto hagamos en Europa por romper fronteras que permitan el intercambio energético, será política, social y económicamente positivo.

Edison y Tesla libraron la llamada guerra de las corrientes, una de las batallas más sonadas en el ámbito científico de la época, que enfrentó a los partidarios de las corrientes alterna y continua. Hoy la discusión de esos dos genios versaría sobre la mejor forma de obtener y distribuir energía limpia y barata para no asfixiar el planeta.

Impulso a los emprendedores

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Impulso a los emprendedores

Los más jóvenes están siendo los claros damnificados de esta nueva crisis, emergida cuando apenas se habían apagado los rescoldos de la anterior. Una generación que tiene que lidiar con una tasa de paro para los menores de 25 años del 39,9%, la más alta de la Unión Europea y casi el doble de su tasa media. Ante su precaria situación, el Gobierno se ha puesto manos a la obra y aprobó, a finales de junio, un paquete de medidas de apoyo para los autónomos y jóvenes emprendedores por un importe total de 98,5 millones de euros. La financiación se puede solicitar a lo largo de 2021.

FERNANDO GEIJO

@fergeijo

Fernando Geijo

La incapacidad de España para cerrar, o al menos tratar de estrechar, la distancia que nos separa de nuestros socios europeos en términos de desempleo es una pertinaz característica de nuestra economía. Muchos jóvenes se ven, en ocasiones, forzados a optar por la vía de Barajas como la única solución para salir adelante en la vida. Esta situación desemboca en una permanente hemorragia, en términos de pérdida de talento, que ninguna sociedad del denominado primer mundo puede permitirse a largo plazo.

Ante ello, el Gobierno ha dado un paso al frente al tomar cartas en este asunto, consciente de la situación de emergencia por la que atraviesa el segmento de la población llamado a liderar el futuro de nuestro país.

En este sentido, a finales del pasado mes de junio, el Consejo de Ministros aprobó el lanzamiento de tres líneas de crédito dotadas por un importe total de 98,5 millones de euros. Un auténtico salvavidas pensado para apoyar la financiación tanto de las pymes creadas por autónomos como de los incipientes proyectos empresariales de jóvenes emprendedores. Estas líneas de apoyo son, de nuevo, gestionadas por la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), organismo dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Todos para uno. Los tres grupos de programas de crédito aprobados por el ejecutivo se reparten entre la Línea Empresas de Base Tecnológica 2021, que dispone de un presupuesto de 20,5 millones de euros; la Línea Jóvenes Emprendedores 2021, con idéntica dotación financiera; y la Línea Pyme 2021, que más que dobla la media económica de sus homólogas al alcanzar un techo de gasto de hasta 57,5 millones de euros.

Los importes a conceder, siempre que las empresas aspirantes tengan su sede en territorio nacional, entre otras condiciones a cumplir, oscilan entre los 25.000 euros, mínimo común para las tres líneas de financiación, con un tope máximo que varía entre los 75.000 euros en el programa destinado a Jóvenes Emprendedores hasta los 1,5 millones de euros en el caso del relativo a las pymes, pasando por los 300.000 euros para las microempresas enfocadas en la tecnología.

Asimismo, el vencimiento máximo de los préstamos se sitúa en los siete años, en las líneas de apoyo a jóvenes emprendedores para el desarrollo de startups y pymes, quedando el plazo en los nueve años en el supuesto de la destinada a impulsar el crecimiento de compañías mediante la expansión o mejora de su negocio, al tiempo que se fija la carencia máxima de los mismos en cinco años, para las dos primeras, y en los siete años para la última línea.

En palabras de la titular del departamento de Industria, Reyes Maroto, el apoyo a las pequeñas y medianas empresas, así como a quienes emprenden en España “es un objetivo prioritario” con interés en conseguir “la recuperación y la transformación de nuestro modelo económico” en esta aún titubeante etapa post-Covid que apenas comenzamos a explorar.

¿No hay futuro? Este auténtico maná en forma de ayuda financiera mediante la concesión de créditos participativos abre un panorama de oportunidades para cientos de microempresas y pymes que servirá para impulsar su actividad con el objetivo de dotarse de la necesaria fortaleza financiera de cara a acometer proyectos de internacionalización o a incluir procesos innovadores, entre otros aspectos disruptivos. Sin duda, este es el auténtico leitmotiv que impregna de forma transversal la presentación de cualquier proyecto que aspire a la obtención efectiva de fondos.

En cualquier caso, herramientas similares ya se pusieron en marcha en el pasado para este mismo colectivo emprendedor con un indudable éxito. De hecho, su andadura data de hace más de dos décadas, en el caso de la línea de apoyo más longeva, en las que ENISA ha repartido unos 1.100 millones de euros mediante la concesión de más de 7.000 préstamos invertidos en alrededor de 6.300 empresas.

En concreto, en el pasado ejercicio las operaciones aprobadas en el marco de estas líneas de financiación por este organismo dependiente de Industria ascendieron a un total de 506, lo que supuso un aumento del 11% con respecto a 2019, y la inversión de 83 millones de euros.

Divino tesoro. Las opciones de financiación se pueden solicitar a lo largo de 2021, comprendiendo tanto partidas ejecutadas desde el 1 de julio de 2020 como aquellas que se ejecuten hasta dos años después de la fecha de formalización de la financiación.

Una vez registrada la empresa y formalizada la solicitud, mediante la efectiva cumplimentación de los formularios ad hoc relativos al plan de negocio de cada proyecto aspirante y tras la aportación de la documentación obligatoria y complementaria solicitada, a través del ‘portal del cliente’ en la página web de ENISA (www.enisa.es), se inicia el proceso de admisión y análisis de cada proyecto, cuya decisión final será comunicada al interesado en cuestión.

El apoyo al tejido empresarial siempre es un factor beneficioso a la hora de crear oportunidades laborales, máxime para los jóvenes, además de constituir la senda adecuada de cara a tratar de cambiar nuestro vulnerable modelo productivo hacia una economía más basada en la innovación y la tecnología. Y para muestras, los botones de empresas tan conocidas como Pastoret, Holaluz, Privalia, Scalpers, Glovo o Cooltra, por citar sólo algunos ejemplos, a las que ENISA ya prestó su apoyo en el pasado.

Requisitos

Las tres líneas de financiación cuentan con unos elementos comunes a la hora de solicitar las respectivas ayudas, que se centran en:

  • Ajustarse a la definición comunitaria de pyme (menos de 250 empleados y de 50 millones de facturación).
  • Tener personalidad jurídica propia.
  • Haber constituido el negocio en los últimos 24 meses previos a la solicitud.
  • Contar con domicilio fiscal en España.
  • Demostrar la viabilidad técnica y económica del proyecto.
  • Depositar las cuentas en el Registro Mercantil.
  • No pertenecer al sector financiero ni al inmobiliario.

En cuanto a las especificidades de cada línea de crédito, en el caso de la destinada a Jóvenes Emprendedores se solicita, asimismo, que el modelo de negocio en cuestión sea novedoso y disponga de evidentes ventajas competitivas. Por su parte, las otras dos líneas aprobadas deben demostrar que su estructura financiera es equilibrada y contar con un equipo gestor profesional, mientras que para las ayudas superiores a los 300.000 euros se solicita, además, tener auditados los estados contables del último ejercicio.

Ojo al dato

Líneas de Financiación de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Guía de solicitud de préstamos de ENISA.

Vida más allá de Enisa

Con independencia del sector público, existen otros cauces de financiación para pymes y emprendedores que evitan pasar por la convencional ventanilla bancaria a la hora de solicitar un préstamo. Entidades como Gedeco disponen de una amplia oferta de servicios que van desde el factoring hasta el renting de activos, pasando por el confirming y otras opciones, como el descuento de pagarés, aunque siempre adaptadas a las necesidades específicas de las pequeñas y medianas empresas en el medio y largo plazo.

Asimismo, hay otras formas de obtener dinero para un incipiente negocio encuadradas en los conceptos de crowdlending o crowdfounding, además de las opciones que supone las alternativas del business angels o el venture capital, entre otras.

«El compromiso europeo es rentable», por Emilio Ontiveros

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EMILIO ONTIVEROS
Catedrático emérito de la UAM. Fundador y presidente de AFI

 

 El compromiso europeo es rentable

@ontiverosemilio

La recuperación de la economía mundial es un hecho: al final de la primera mitad de este año el PIB global había recuperado el valor de fin de 2019. La mayoría de las instituciones internacionales y analistas privados anticipan para el conjunto de este año ritmos de crecimiento de una intensidad sin precedentes en los últimos 80 años.

Tras esa visión panorámica se amparan realidades distintas según las economías nacionales que, en líneas generales, reflejan el impacto diferencial de la pandemia y las también desiguales respuestas de política económica para neutralizar sus consecuencias más depresivas. Mientras que el 90% de las economías avanzadas recuperarán el nivel de PIB por habitante el próximo año, solo una tercera parte de las consideradas emergentes (China excluida) lo conseguirán.

Europa, a diferencia de lo ocurrido en la crisis financiera desencadenada en 2008, se ha incorporado a la senda de la recuperación y lo ha hecho fortaleciendo su cohesión y, en cierta medida, su arquitectura institucional. Este es uno de los rasgos más esperanzadores que todavía podemos asumir en mayor medida desde una economía como la española. El contraste con la gestión de la crisis anterior es difícil pasarlo por alto. A tenor de la severidad con que desde el primer momento se manifestaron las consecuencias económicas de los confinamientos, las autoridades comunitarias, en estrecha sintonía con los gobiernos nacionales, entendieron que lejos de añadir restricciones sobre la capacidad de maniobra de las finanzas públicas nacionales, deberían relajar las que impone el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Adicionalmente, la Comisión Europea reformuló su marco de presupuestación plurianual y, lo más relevante, asumió la conveniencia de endeudamiento directo en los mercados de bonos, por 750.000 millones de euros, para transferir esos recursos a los Estados miembros a través del instrumento Next Generation EU. El precedente es destacable, como lo es el impacto que esa apelación de un emisor de la máxima calidad crediticia a los mercados de bonos ya está teniendo sobre la propia proyección internacional de la moneda común. Todo ello sobre la base de actuaciones, también adecuadas, del Banco Central Europeo desde el primer momento.

Con todo, el rasgo más relevante en mi opinión es la contribución a la transformación de las economías mediante la asignación de dos prioridades en la inversión de esos recursos: transición energética y digitalización. Ambas son expresivas de esa necesidad de recuperar el tiempo perdido y, haciendo de la necesidad virtud, acelerar la modernización de las economías receptoras de los recursos. Son, efectivamente, dos destinos que, dada su intensidad tecnológica, además de estrictamente necesarios para acercar la UE a los estándares ya vigentes en EEUU y China, facilitarán igualmente el aumento de la productividad de las empresas y, con ello, el crecimiento potencial de las economías. Ahí radica la gran oportunidad. No es de extrañar que las empresas privadas traten de aprovechar las posibilidades de participación en muchos de los proyectos que los Estados miembros ya están enunciando.

Esa colaboración público-privada es uno de los ámbitos en los que hay que confiar para que, a la recuperación de la economía española, la más pronunciada de la UE, le acompañe una verdadera transformación. Claro que es importante que nuestro país sea el segundo principal receptor de recursos de ese fondo. Pero, en mi opinión, es mucho más la posibilidad de que esos fondos europeos sean realmente la palanca que movilice inversión privada española y extranjera, multiplicando esos 140.000 millones y los efectos favorables asociados. Para ello es necesario que nuestra economía proyecte suficiente confianza a los inversores privados a medio y largo plazo. Eso significa fortalecer la concepción de nuestra economía como una de bajo riesgo y alto grado de compromiso europeo. Ambos son atributos estrechamente asociados y de probada utilidad en nuestra historia reciente. Más allá de los muy significativos ingresos de fondos europeos recibidos en estos 35 años, y del ascenso en la renta per cápita, la economía española sigue obteniendo una prima de confianza derivada de la presunción de que en nuestro país es amplio el respaldo político y de los ciudadanos a la asunción de las normas y disciplinas de la UE, incluidas las de la unión monetaria.

A diferencia de otros parlamentos de economías importantes, en el nuestro no existe por el momento partido político que programáticamente defienda el abandono de esas instituciones y su disciplina. La evidencia también avala la prioridad que los distintos gobiernos españoles han concedido al respeto a esas reglas, derivado del convencimiento de su conveniencia para la mejora del bienestar. Ahora, la vía más importante de exhibición de ese compromiso, de rentabilización del mismo en términos de fortalecimiento de los efectos multiplicadores de los fondos del Next Generation EU, sería dejar fuera de la crispación partidista al uso el horizonte plurianual de concreción de esos proyectos de inversión. Se debería señalizar de forma inequívoca a la inversión empresarial española y extranjera que, gobierne quien gobierne en los próximos años, se mantendrá el empeño en maximizar el potencial transformador de esa iniciativa europea. Un compromiso que puede ser tan rentable como el que ha amparado el apoyo al perfeccionamiento de la dinámica de integración en estas últimas décadas.

¿Hacia un nuevo contrato social?

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¿Hacia un nuevo contrato social?

La necesidad de flexibilizar el encorsetado mercado laboral es una evidencia que se antoja cada vez más imperiosa. Con uno de los índices de paro juvenil más altos del mundo civilizado, esta reforma se torna, incluso, perentoria. Si, además, la medida se aborda al mismo tiempo que la procrastinada problemática que entraña la sostenibilidad del sistema de pensiones, la jugada se antoja redonda. Al menos así lo indica el Banco de España al proponer, una vez más, la implantación en nuestro país del sistema conocido como la ‘mochila austríaca’. Un modelo que implica reformular la regulación actual de la indemnización por despido pero que, de momento, sigue sin contar con el consenso necesario de los grupos políticos, los representantes sindicales ni siquiera de las organizaciones empresariales. Por consiguiente, parece que, al menos de momento, la constitución de un nuevo estatuto de los trabajadores acorde al siglo XXI tendrá que esperar a otra ocasión más propicia.

FERNANDO GEIJO

@fergeijo

Fernando Geijo

La reforma del mercado laboral y del sistema de pensiones son, sin duda, dos de las cuestiones más peliagudas a las que desde hace décadas se enfrenta la sociedad española.

La tasa de desempleo entre los más jóvenes, cercana al 40% entre los menores de 25 años (el doble que la media de la eurozona), está teniendo graves efectos en la economía. La caída en picado de la tasa de natalidad y la dilación en la emancipación son sólo algunos de ellos, además del consabido deterioro de su capacidad de consumo. Además, esta situación estructural dejará secuelas a la larga relacionadas con la demora en la toma de decisiones de los proyectos de vida de toda una generación de españoles. Si a esto se une la imparable tendencia, coronavirus aparte, al alargamiento de la esperanza de vida de los ciudadanos, el resultado es un cóctel que, más pronto que tarde, explotará con evidentes consecuencias en la salud, entre otros, del sistema público de pensiones.

La posibilidad de repensar el futuro del mercado laboral es, por tanto, una necesidad más que evidente en España. La dualidad del actual sistema, con trabajadores indefinidos blindados en función de su antigüedad y empleados temporales expuestos a la constante precariedad derivada de los vaivenes de la cuenta de resultados, reclama la toma de medidas.

Un país, dos sistemas. En su último Informe Anual, relativo al ejercicio 2020, el Banco de España propone la implantación en España de la ‘mochila austríaca’, propuesta que ya incluyó en la reforma laboral planteada por el gobierno socialista en 2010. La diferencia es que, en esta ocasión, el Banco de España ha ido un paso más allá al cuantificar su implantación en alrededor de 9.000 millones de euros. Cantidad que sería financiada en su mayoría con cargo al esperado maná de los fondos europeos de reconstrucción.

La entidad plantea una suerte de sistema mixto con el establecimiento de un fondo de capitalización individual por empleado nutrido por los propios empresarios. A cambio, se rebajaría a alrededor de la mitad el coste por despido improcedente.

Una carga considerada actualmente elevada en el caso de los trabajadores indefinidos que cuentan con la suficiente antigüedad acumulada y que, a la postre, limita la movilidad laboral ante el temor a perder ese escudo protector que les blinda de las sucesivas crisis económicas.

El Banco de España ha puesto el dedo en la llaga a la hora de poner de relieve algunas de las principales deficiencias de nuestro mercado de trabajo, donde el grueso de los ajustes durante las recesiones recae una y otra vez sobre los colectivos de trabajadores más vulnerables. De hecho, las medidas de política fiscal adoptadas ante una crisis suelen provocar un mayor o menor deterioro de las cuentas públicas, que en el caso de España ya partían de una situación de elevada vulnerabilidad antes, incluso, de la llegada de la pandemia.

Ante este complicado panorama, la introducción de cuentas de ahorro de capitalización individual para afrontar las indemnizaciones por despido en España, es decir la adopción del modelo inspirado en la denominada ‘mochila austríaca’ podría ser una solución, aunque tiene, sin duda, sus luces y sus sombras. Prueba de ello es la falta de consenso para proceder a su implantación en los sucesivos intentos de puesta en marcha, que no han pasado del mero grado teórico y que ya fueron tumbados en el pasado, a pesar de las recomendaciones emitidas también desde la Comisión Europea o el Fondo Monetario Internacional.

No sin mi “mochila”. La medida, como ocurrió en 2003 tras su implantación en el país que le da nombre, introduce flexibilidad y reduce la dualidad entre empleados fijos y eventuales, al tiempo que amplía la capacidad del trabajador para cambiar de empleo sin perder sus derechos laborales adquiridos.

La “mochila” acompaña al trabajador durante toda su vida laboral, al depositar la empresa un porcentaje del salario del empleado, un 1,53% bruto en el caso austríaco, en un fondo de capitalización a su nombre. Ese dinero sirve de “colchón” para, en caso de despido, indemnizar al trabajador, al tiempo que puede ser transferido a otra empresa en caso de que éste decida cambiar de compañía.

Además, en el supuesto de no llegar a utilizarse el fondo a lo largo de la vida laboral, la “mochila” sirve de complemento para la jubilación, lo que no deja de ser una plausible solución ante la problemática que se avecina en torno al futuro sostenimiento del sistema público de pensiones.

La duda que planea sobre técnicos y expertos es si es aplicable o no el modelo austríaco en España. Para ello analizan cuestiones relacionadas con aspectos como la adecuada administración de esos fondos; la cuantía del salario bruto a destinar a la mochila; el posible fraude en el sistema o; incluso, si seguirá habiendo algún tipo de indemnización por despido una vez implantado.

Lo que parece indudable es que este sistema favorecería a los trabajadores con sueldos más altos. Sin embargo, y a pesar de su elevado coste inicial de implantación, también resultaría una oportunidad histórica gracias a la inminente llegada de los fondos europeos, ya que permitiría la implantación de una cultura del ahorro de cara al retiro, desincentivaría la economía sumergida, fomentaría la movilidad laboral y, por ende, recudiría los ocasionales períodos de desempleo, entre otros aspectos.

Las nuevas generaciones pueden aferrarse en sus legítimos reclamos a la célebre proclama de mayo del 68 francés, que preconizaba en feliz aforismo ‘la imaginación al poder’. En cualquier caso, lo que a todas luces parece inaplazable, y nunca antes había sido tan acuciante, es la necesidad de afrontar un verdadero cambio de mentalidad para abordar estos desafíos.

Cuestión de números

La implantación de un sistema similar al modelo austríaco podría suponer la supresión de obstáculos a la hora de ejecutar despidos, al apostar por la capacidad del empleado y no por el coste económico que entraña su desvinculación laboral.

Sin embargo, la tasa de temporalidad en España es muy elevada, en torno al 25% del total de ocupados, lo que sitúa al país en el tercer puesto por la cola entre los miembros de la OCDE. A pesar de la reforma laboral de 2012, que redujo la indemnización por despido improcedente de 45 días por año trabajado y un máximo de 42 meses de salario, a 20 días y 12 meses de sueldo (33 días y 24 meses en caso de contrato indefinido), nuestro país tiene el mayor coste de despido de la Unión Europea, con 15,2 semanas de media, sólo superado en la Unión Europea por Grecia (15,9), y en la OCDE por México (30 semanas), Chile, Israel y Corea del Sur (43,3 semanas).

Ojo al dato

Informe anual 2020, sobre la economía española. Banco de España, Servicio de Publicaciones.

Introducción de las cuentas de ahorro individuales para la indemnización por despido en España: Una evaluación ex-ante de los efectos distributivos. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

El fondo de capitalización a la austríaca: costes y beneficios de su implantación en España. Colección Estudios Económicos (junio de 2011). Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA).

Informe sobre ‘la mochila austríaca’, qué es y qué efectos tiene. Apuntes del Servicio de Estudios de la Confederación, Unión General de Trabajadores (UGT).

En su último Informe Anual el Banco de España propone la implantación en España de la ‘mochila austríaca’