Tecnología y seguridad

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Tecnología y seguridad

El número que tiene entre sus manos dedica un amplio espacio a analizar el vertiginoso desarrollo tecnológico que estamos experimentado. Las zozobras y esperanzas, a partes iguales, que genera la Inteligencia Artificial, -y la indiscutible necesidad de seguir avanzando en la transformación digital-, inundan de noticias los medios de comunicación nacionales e internacionales, y son también motivo de reflexión de nuestra revista.

Apuesta europea

Es sabido que la apuesta digital es uno de los objetivos principales de la Unión Europea para los próximos años. Un asunto que estará presente, sin duda, en los programas electorales de junio, fecha en la que se celebrarán elecciones al Parlamento Europeo, y, cómo no, en las futuras decisiones que los parlamentarios elegidos vayan tomando. Porque la digitalización ha dado a la UE un nuevo impulso para acelerar la transición tecnológica, promoviendo herramientas facilitadoras, como la informática en la nube, las tecnologías cuánticas y la informática de alto rendimiento, pero también ha abierto nuevas vías a la piratería y a la delincuencia digital propias de nuestro siglo.

 


LOS 22 NOTARIADOS DE LA UE HAN APROBADO UN MANIFIESTO EN EL QUE SOLICITAN Y PROPONEN MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD JURÍDICA EN EL MUNDO DIGITAL


 

La Inteligencia Artificial va a marcar –si no lo está haciendo ya– la evolución de muchos negocios en los próximos años. La UE quiere posicionarse de forma adelantada a ello con el futuro Reglamento de Inteligencia Artificial (IA), una iniciativa legislativa emblemática con el potencial de fomentar el desarrollo y la adopción de una IA segura y confiable en todo el mercado único de la UE, por parte de actores públicos y privados, que verá la luz próximamente después del reciente acuerdo alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo.

Seguridad jurídica

Esta es una cuestión que también preocupa al Consejo de Notariados de la Unión Europea -del que forman parte el notariado español, así como los notariados de otros 21 países europeos–, que colabora activamente con las autoridades comunitarias, con las que comparte propuestas y reflexiones en materia de seguridad jurídica, principalmente preventiva, que es la que prestan los notarios a ciudadanos y empresas.

Así, el pasado 8 de diciembre, los representantes de los 22 países miembros del Consejo de Notariados de la Unión Europea (CNUE) aprobaron por unanimidad un manifiesto en el que solicitan y proponen medidas para garantizar la seguridad jurídica en el mundo digital, porque el desarrollo de ese mundo y su consolidación solo serán posibles si en él se garantiza la misma seguridad jurídica que en el mundo físico.

Por ello, el factor humano seguirá siendo insustituible en la Administración de justicia y en todo el ámbito jurídico, a pesar de la revolución que está suponiendo la introducción de la IA en la agilización de los procesos. Esta fue una de las principales conclusiones del congreso IA & Law, en el marco de la Cátedra ICADE-Fundación Notariado Seguridad Jurídica en la Sociedad Digital.

A similar conclusión llegaron los participantes en la VI Jornada sobre la Seguridad Jurídica de las Inversiones en Latinoamérica, celebrada en diciembre en la sede del Consejo General del Notariado, bajo el título Tecnología, Cooperación y Derechos Humanos.

En este encuentro se resaltó la importancia de generar confianza, algo que ha de ir de la mano con el profundo proceso de transformación social que trae consigo la digitalización, así como la defensa de los valores y principios de la justicia y los derechos de las personas.

 


LA ATENCIÓN PRESENCIAL E INMEDIATA AL CIUDADANO ES UN OBJETIVO PRIORITARIO DEL NOTARIADO ESPAÑOL PARA EVITAR CUALQUIER VESTIGIO DE BRECHA DIGITAL


 

En la inauguración, el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz, destacó la trascendencia de ese foro al abordar la seguridad jurídica desde diferentes ángulos, puesto que “no es única y exclusivamente una exigencia de la economía; es también necesaria para el desarrollo de la libertad y la justicia». Desde la perspectiva notarial, añadió, “es un tema especialmente relevante, y que nos concierne, en la medida en que los notarios contribuimos a esa seguridad jurídica en muchos aspectos, como la lucha contra la corrupción, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo”.

Deontología y digitalización

También las Jornadas Notariales de Poblet-La Palma, organizadas en noviembre por el Colegio Notarial de Cataluña y el Colegio Notarial de Canarias, se centraron en esta cuestión. La deontología y la digitalización notarial fueron los pilares de este encuentro, que reunió a más de un centenar de notarios de toda España, bajo el nombre Deontología y tecnología, redes sociales y aspectos éticos y prácticos de la Ley 11/2023.

Una de las principales conclusiones de este foro fue que “la atención presencial e inmediata al ciudadano es un objetivo prioritario del Notariado para evitar cualquier vestigio de brecha digital”. También se señaló que debe “cuidarse especialmente la incidencia que las tecnologías puedan tener con relación a los consumidores y otros colectivos que requieran especial protección, como las personas de avanzada edad o sin habilidades tecnológicas”.

Todo esto nos lleva a la reciente entrada en vigor de la Ley 11/2023, que ha permitido la creación del protocolo electrónico notarial, que convive con el protocolo en papel desde el pasado 9 de noviembre. Por primera vez en la historia, los notarios españoles pueden generar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales para ciudadanos y empresas, así como autorizar determinados actos –como la constitución de sociedades– de forma telemática.

La web del Portal Notarial del Ciudadano es la herramienta mediante la cual ciudadanos y empresas pueden solicitar estas gestiones y servicios notariales, con la misma seguridad y garantías que si fueran a las notarías.

La seguridad de estos protocolos y, en general de todos los servicios digitales del Notariado, está garantizada. Todos ellos se prestan en la Sede Electrónica Notarial, que ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), nivel alto, respecto de todos sus sistemas de información, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales para el ejercicio de su función pública.

Con todo, mantener los estándares más altos de seguridad, jurídica y digital, es uno de los principales objetivos y retos del Consejo General del Notariado (CGN) y su centro tecnológico, Ancert.

Precisamente por ello, el 25 de enero se celebró en la sede del CGN en Madrid la jornada Presente y futuro de la criptografía cuántica, para debatir sobre la seguridad de la información, un tema de absoluta prioridad tanto para la corporación notarial como para otros sectores de actividad.

Fue una ocasión única para analizar con representantes institucionales del ámbito público y privado, como el Centro Criptológico Nacional, la Fábrica de Moneda y Timbre o la Asociación representante del sector de la industria digital en España (AMETIC), así como con directivos de organizaciones varias, el avance de los ordenadores cuánticos y la preocupante posibilidad de que, en un futuro no lejano, tengan capacidad de descifrar los actuales sistemas de encriptado.

Un riesgo al que habrá que hacer frente y para el que conviene estar preparados.

Paso histórico para el Notariado y su servicio a la Sociedad

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Paso histórico para el Notariado y su servicio a la Sociedad

El 9 de noviembre entraron en vigor las medidas de digitalización notarial incluidas en la Ley 11/2023, que han hecho posible la creación del protocolo electrónico notarial. Un hecho histórico que agilizará el intercambio de información y generará de forma casi inmediata millones de copias electrónicas de los documentos notariales.

La ley permite, por primera vez, que los ciudadanos y las empresas dispongan de copias electrónicas de sus documentos notariales y que puedan intercambiárselas o enviarlas a los organismos que se las soliciten, con el consiguiente ahorro de tiempo y papel.

El Consejo General del Notariado calcula que las copias electrónicas que solicitarán ciudadanos y empresas podrían superar los 13 millones al año.

Los ciudadanos podrán elegir online al notario que prefieran, localizar al que tenga los originales de sus escrituras y pedirle copias, mantener con él videoconferencias seguras, y consultar e intercambiar documentación previa a la firma de la escritura pública.

 


SE ABRE LA SEDE ELECTRÓNICA NOTARIAL A LOS CIUDADANOS Y A LAS EMPRESAS, A LA QUE SE ACCEDE A TRAVÉS DEL PORTAL NOTARIAL DEL CIUDADANO


 

Sin brecha digital

“Los servicios digitales son una opción para los ciudadanos y las empresas. Los notarios seguirán prestando mayoritariamente sus servicios en persona en las casi 3.000 notarías que tienen repartidas por todo el país, evitando cualquier brecha digital”, explica José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado.

“La prestación de un servicio de calidad, ágil y cercano, con las máximas garantías de seguridad y protección jurídica, sigue siendo el principal objetivo de los notarios. El legislador ha optado por la prudencia, reconociendo el valor del servicio notarial en persona”, añade el presidente del Notariado.

Los notarios también podrán prestar íntegramente algunos servicios notariales, fundamentalmente de carácter mercantil, como la constitución de sociedades online, como respuesta a la exigencia de la Unión Europea (plasmada en la Directiva 2019/1151) de permitir que cualquier ciudadano pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro sin necesidad de presencia física.

Así, el mismo 9 de noviembre, a las 8.30 horas, se constituyó la primera sociedad limitada online, que fue autorizada por el miembro de la Comisión Permanente del Consejo General del Notariado, José Alberto Marín, también decano del Colegio Notarial de Cataluña y, por supuesto, notario en activo. En este mismo número, páginas 22 y 23, se informa al respecto.

La videoconferencia notarial, también autorizada por esta ley, podrá agilizar trámites societarios de urgencia para las empresas, o resolver situaciones societarias en las que sea difícil reunir presencialmente a todas las personas que habrían de estar. Por ejemplo, para ampliaciones de capital, nombramiento de administradores, cambios de domicilio de sociedades, actas de junta general…

Todos estos servicios se prestan ya en la Sede Electrónica Notarial, creada por los notarios en 2004. Un espacio dotado de las mayores medidas de seguridad que ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), nivel alto, del que solo disponen contadísimos organismos.

El Portal Notarial del Ciudadano

El Portal Notarial del Ciudadano es la puerta de entrada para ciudadanos y empresas a la Sede Electrónica Notarial. En este portal ya hay dadas de alta más de 300.000 personas físicas y jurídicas. https://www.portalnotarial.es/

En este espacio privado y seguro es posible elegir al notario que se prefiera entre los casi 3.000 existentes y ponerse en contacto con él. También se puede concertar una cita online con el notario elegido y recibir su asesoramiento imparcial por videoconferencia.

De igual manera, los ciudadanos pueden saber qué notarios custodian los documentos notariales que han otorgado desde 2007 y pedirles copias, y así mismo disponen de espacios privados y gratuitos donde guardar las copias electrónicas simples de sus documentos.

Este gran salto, sin duda histórico para los notarios, ha sido posible gracias a las casi dos décadas que lleva el Notariado español invirtiendo y sirviéndose de los avances tecnológicos para prestar un servicio más ágil a ciudadanos y empresas. Tanto es así que es reconocido como pionero en desarrollo tecnológico entre los notariados de la UE.

NOTARIOS DE LA ESPAÑA RURAL

En noviembre hemos ido al encuentro de una notaría rural, en el pueblo de Vélez-Blanco; un municipio de solo 2.000 habitantes, en el que ejerce la notaria Pilar Baraza Domene desde 2016. De esa visita han resultado cuatro videos que muestran la vida social y económica de esta localidad y cómo participa y colabora en ella Pilar. También nos dejan los testimonios de algunos de sus protagonistas. En las páginas 16 y 17 de este número encontrará más información al respecto.

LA FIRMA DEL NOTARIO, MUCHO MÁS QUE UNA FIRMA

La firma del documento notarial por el notario tiene un gran valor. Con ella, en el ejercicio de su función pública, el notario garantiza que lo que se dice en ese documento es legal y cierto, que responde a la voluntad de la persona que lo otorgó y que, por tanto, nadie pondrá en duda su autenticidad.

En las páginas 24 a 26 explicamos por qué la firma del notario representa mucho más que una firma; cuánto trabajo hay detrás de cada documento formalizado en escritura pública y por qué su intervención es sinónimo de la máxima garantía y tranquilidad para ciudadanos y empresas.

El fin de la incapacitación judicial de las personas con discapacidad

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El fin de la incapacitación judicial de las personas con discapacidad

El pasado 3 de septiembre se cumplió el segundo aniversario de la entrada en vigor de la ley 8/2021, por la que se reformó la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Esta normativa significó un gran avance al poner fin a la incapacitación judicial de estas personas, reconociéndoles su derecho a decidir contando con los apoyos precisos para ello. la ley designó a los notarios como la autoridad responsable del proceso.

«Desde su puesta en marcha, con la ayuda y asesoramiento de los notarios –señala José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado– las personas con discapacidad han podido designar quién ha de prestarles apoyo y con qué alcance. También ha permitido establecer las salvaguardas necesarias para garantizar que en cualquier momento y circunstancia se respete su libertad».

 


EL NOTARIADO Y OTROS EXPERTOS HACEN BALANCE EN ESTE NÚMERO DE LA REVISTA DE LA LEY 8/2021 QUE RECONOCE EL DERECHO A DECIDIR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD


 

Antes de la aprobación de esta ley para ejercitar sus derechos, ya fueran patrimoniales, familiares o sucesorios, muchas de las personas con discapacidad tenían que solicitar –ellos o sus familiares– la incapacitación judicial.

Por su parte, Almudena Castro-Girona, directora de la Fundación Æquitas, explica que, si bien la aprobación de esta ley supuso un hito que situó a nuestro país a la vanguardia de la legislación europea y mundial, dos años después de su entrada en vigor «aún se detectan reticencias, desinformación, recelos o miedos. Por ello, tenemos que unirnos para remar en el mismo sentido y superar los escollos. Debemos acompañar a la ley en su crecimiento y movilizar a la sociedad para conseguir que la igualdad sea efectiva».

La opinión de los expertos

Dada la importancia y relevancia, nacional e internacional, de esta reforma del Derecho privado español, dedicamos al tema un amplio espacio de la revista.

En la sección de «El Escaparate» abordamos la visión de la reforma desde el punto de vista de los participantes en un seminario organizado por el Notariado en San Sebastián, en el marco de los cursos de verano de la Universidad del País Vasco. Con el foco puesto en la Persona, la primera mesa de debate sobre los aspectos prácticos de las medidas de apoyo que contempla la ley, moderado por el abogado Francisco González, contó con las intervenciones de la magistrada Patricia Arrizabalaga; la fiscal de sala del Tribunal Supremo para la protección de personas con discapacidad y mayores, María José Segarra; el teniente fiscal de la Comunidad Valenciana y patrono de la Fundación Æquitas, Gonzalo lópez Ebri; la vicedecana del Colegio Notarial del País Vasco, Carmen Velasco, y el asesor jurídico de liber y coordinador de la Red de Juristas de Plena Inclusión, Torcuato Recover.

En la segunda mesa expusieron sus puntos de vista sobre los aspectos sociales de las medidas de apoyo el presidente del CERMI, luis Cayo Pérez Bueno; el director de la Sección Jurídica de la Fundación Æquitas, Manuel Rueda; el director general de la Fundación Kyrios, Álvaro Martín Moreno; la responsable del Área de Formación de A lA PAR, Marta Martínez Vega, y la asesora jurídica de Plena Inclusión, Natalia Pérez Fernández.

Con mayor profundidad ofrecemos también en estas páginas una entrevista con Luis Cayo Pérez Bueno, presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), quien nos recuerda que, aunque se han dado importantes pasos, aún queda camino por recorrer: «Es una ley proceso que requiere de un gran trabajo de concreción y de aplicación, y eso va a llevar, al menos, una década». «Esta gran trasformación del sistema jurídico tiene muchas implicaciones sociales, sociológicas, económicas, de formación y de pedagogía. Cada parte debe asumir el trabajo que le toca realizar», concluye.

Nos acompaña también la abogada María Soledad Cisternas, una de las principales referencias mundiales en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, que se muestra «totalmente convencida de que la alianza CERMI, ONCE y Æquitas es de una potencia gigante. Siento que con la participación de Æquitas se cubre un sector amplio de todo lo que es la Administración de Justicia: jueces, fiscales, defensores, etc., además de, por supuesto, los notarios».

Por último, Patricia Arrizabalaga, magistrada del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, señala en la entrevista que nos ha concedido que «las personas con discapacidad, en el ejercicio de su capacidad jurídica, son iguales a las demás, y, en consecuencia, toman sus decisiones con los apoyos que precisen; los justos y necesarios, ni más ni menos. la persona con discapacidad se sitúa en el centro mismo del sistema. Es la protagonista absoluta, y así debe ser, desde un modelo social de derechos humanos”.

Colaboración institucional

Impulsar la colaboración y el conocimiento en torno a la ley 8/2021 fue lo que motivó en junio de 2023 el nacimiento de la Alianza Apoyo y Autonomía, sobre la que se informó en el anterior número de la revista, una iniciativa de CERMI, junto con la Fundación Æquitas y la Fundación ONCE para impulsar el conocimiento e implementación de la ley.

 


“LOS NOTARIOS SON LA AUTORIDAD ENCARGADA DE ESTABLECER LOS SISTEMAS DE APOYOS QUE LES AYUDEN EN LA TOMA DE DECISIONES”


 

Otro de los proyectos desarrollados es el programa Documentos notariales en lectura fácil, destinado a hacer comprensibles para las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo los documentos notariales. Una iniciativa impulsada por Plena Inclusión España, la Fundación ONCE y la Fundación Æquitas. Sobre este proyecto hay información disponible en la web https://aequitas.notariado.org

Nuestros mejores deseos a todos los opositores a notario

En el Colegio Notarial de Cataluña se está celebrando la oposición para obtener el título de Notario de la convocatoria 2023-24. El 12 de septiembre dio comienzo el primer ejercicio.

Cerca de 800 aspirantes optan a las 100 plazas convocadas para esta ocasión.

José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Cataluña, ha señalado que “acoger la oposición supone una responsabilidad y un honor, dada la importancia de evaluar a los aspirantes a notario en un examen de máxima exigencia y rigurosidad que garantiza una sobresaliente preparación jurídica y constituye el sistema más justo de acceso a la profesión”.

La oposición se convoca, aproximadamente, cada dos años y se realiza en uno de los 17 colegios notariales de España de forma rotatoria. Se podrá seguir al minuto desde la cuenta oficial de Twitter y el canal de Telegram @OposicionCNC que el Colegio ha habilitado para ello, así como desde la página web http://www.oposiciones2023.notariado.org

Desde aquí nuestros mejores deseos para los opositores.

Préstamos hipotecarios más transparentes y seguros

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Préstamos hipotecarios más transparentes y seguros

ACABAN DE CUMPLIRSE CUATRO AÑOS de la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Crédito Inmobiliario (LCC), una norma que ha incrementado la seguridad jurídica del consumidor en la fase previa a la contratación del crédito hipotecario y potenciado la libre elección del notario.

Ambas cuestiones, de suma importancia, garantizan el derecho de las personas que contratan un préstamo de estas características a recibir toda la documentación establecida legalmente; a tener un conocimiento claro e informado del mismo, y a poder consultar sus dudas jurídicas con el notario libremente elegido.

Para su correcta aplicación ha sido necesaria la colaboración de todos los implicados en estas operaciones de indudable importancia: desde las entidades financieras a los notarios y los propios consumidores.

 


LA CLAVE DE ESTA LEY ES EL CONOCIMIENTO PLENO E INFORMADO DEL CONTRATO DEL CRÉDITO POR EL CONSUMIDOR EN LA FASE
PRECONTRACTUAL DEL MISMO


 

Hoy parece que nadie cuestiona el acierto de esta ley, que estableció la obligatoriedad de que todo consumidor que vaya a contratar un crédito inmobiliario deba, en primer lugar, elegir el notario que prefiera, sin que la entidad financiera pueda hacerlo por él, y, en segundo lugar, reunirse a solas con el notario elegido,
dentro de los 10 días naturales antes de la autorización y firma del mismo y sin ningún coste, para resolver cualquier duda y tener pleno conocimiento del acuerdo
que va a firmar.

Seguridad jurídica

La clave de esta ley es el conocimiento pleno e informado del contrato del crédito por el consumidor en la fase precontractual del mismo (prestatario, fiador e hipotecante no deudor), algo que, como ha defendido el Tribunal Supremo, no puede darse por bueno solo por la labor informativa que corresponde a la entidad financiera. El consumidor, que es la parte más débil del contrato cuando negocia con grandes operadores, tiene, en esa fase previa, que conocer en detalle lo que va a firmar; entender todas las cláusulas; y comprender su repercusión futura. De esta forma se garantizarán sus derechos y, también, podrán exigírsele las obligaciones contraídas.

Hacía, por tanto, falta, una figura jurídica, de carácter público y de reconocida autoridad, como son los notarios, que pudiera ejercer ese papel asesor e imparcial que dotará de transparencia y seguridad jurídica esta fase del préstamo. Cuatro años después y tras la autorización de más de 1.600.000 actas de transparencia, puede afirmarse el éxito de esta reforma legal.

En esta cita a solas con el prestatario, el notario redacta y autoriza el acta notarial de transparencia, que refleja las dudas planteadas por el deudor y el asesoramiento prestado por el notario. El acta puede ser positiva o negativa, lo que dependerá de que esté completa la documentación precontractual; de que ésta se corresponda con lo entregado al consumidor por la entidad financiera y con lo negociado entre ambas partes, y de que el consumidor haya superado un breve
test de comprensión.

A continuación, el notario tendrá que comunicar a la entidad financiera, a través de medios telemáticos seguros, el resultado positivo o negativo del acta.

¿Está siendo útil?

Todo parece indicar que sí. La experiencia diaria en las notarías muestra que, al disponer de intimidad y tiempo, las personas que van a contratar un préstamo hipotecario plantean abiertamente sus dudas, llegando incluso a aplazar o rechazar la firma del acuerdo si no se corresponde con lo que ellos habían entendido o con sus deseos finales. Muestra de ello son las consultas más comunes que los consumidores suelen hacer a los notarios: por ejemplo, si tendrán que pagar comisión en caso de que decidan realizar reembolsos anticipados; qué ocurrirá con los seguros contratados en caso de que tomen la decisión de amortizar el préstamo antes de la fecha fijada para su fin; si tienen la obligación de contratar algún seguro (de vida, de hogar…) u otros productos para obtener el préstamo; qué consecuencias tendría que se retrasaran en los pagos, o que dejaran de pagar lo acordado, y, por último, qué significa eso del “valor” de subasta.

Otra prueba de la utilidad de esta ley es que el número de actas de transparencia que realizan los notarios es mayor que el número de créditos hipotecarios que se contratan. ¿Por qué? Aunque las razones son variadas, todas tienen un denominador común: el poder de decisión del consumidor tras disponer de toda la información precisa.

Se puede dar el caso, por ejemplo, de que, aunque el notario hubiera autorizado un acta positiva, finalmente no llegue a formalizarse el préstamo hipotecario, ya sea porque el consumidor decida cambiar de oferta bancaria, o por el inicio de nuevas negociaciones entre ambas partes. También puede ocurrir que el acta notarial sea negativa, porque tras la reunión a solas con el notario y las explicaciones por este aportadas, el consumidor considere que la oferta no refleja exactamente lo negociado con la entidad y decida parar el proceso para aclarar estas diferencias, con lo que habría una nueva oferta de préstamo y por tanto se generaría una nueva acta que sí podrá ser positiva.

 


HACÍA FALTA UNA FIGURA JURÍDICA, DE CARÁCTER PÚBLICO Y DE RECONOCIDA AUTORIDAD, COMO SON LOS NOTARIOS


 

Estos y otros supuestos muestran la eficacia de esta reforma que dota a esta fase del préstamo hipotecario, tan importante, de la transparencia y seguridad jurídica que evidentemente requería.

Arranca la nueva oposición al título de notario

EL COLEGIO NOTARIAL DE CATALUÑA acoge este año una nueva convocatoria para opositar al título de notario. Estas oposiciones, que se celebran aproximadamente cada dos años, tienen lugar cada vez en uno de los 17 colegios notariales de España, de forma rotatoria. En esta ocasión, hay 796 aspirantes, de los cuales 483 son mujeres y 313 hombres.

Para la oposición de este año se ofertan 100 plazas: 90 del turno general y 10 en el turno de personas con discapacidad. Del total de opositores, 776 optan a las plazas del turno general y 20 al turno de personas con discapacidad.

El inicio del primer ejercicio está previsto para el 12 de septiembre, a las 16 horas, en la sede del Colegio Notarial de Cataluña

Una vez superada, los aprobados podrán solicitar una plaza de entre las notarías vacantes en cualquier punto de España, por orden de resultado.

El inicio del primer ejercicio está previsto para el 12 de septiembre, a las 16 horas, en la misma sede del Colegio Notarial de Cataluña. La oposición se podrá seguir al minuto desde la cuenta oficial de Twitter que el Colegio habilitará, y también desde
la página web de la oposición: www.oposiciones2023.notariado.org
La oposición a notarías consta de cuatro ejercicios eliminatorios (dos orales y dos escritos).

Desde aquí, deseamos a todos los opositores mucho ánimo y fortaleza.

Un paso histórico en la digitalización del Notariado

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Un paso histórico en la digitalización del Notariado

Por primera vez en la historia los notarios podrán autorizar determinados actos y negocios jurídicos por vía online si así lo quieren ciudadanos o empresas. Este paso, que podemos calificar de histórico, ha sido posible por la reciente aprobación de la Ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales.

La aprobación de esta ley supone un antes y un después, ya que, en el plazo de seis meses tras su publicación en el BOE, los ciudadanos y las empresas podrán realizar online determinados actos y contratos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, a través de la sede electrónica notarial y con los controles precisos para preservar la seguridad jurídica.

 


OTRA GRAN NOVEDAD ES LA APERTURA DE LA SEDE ELECTRÓNICA NOTARIAL A CIUDADANOS Y EMPRESAS


 

Es importante reseñar que lo que se ofrece es una vía alternativa: los ciudadanos y las empresas seguirán teniendo a su disposición las casi 3.000 notarías repartidas por todo el territorio nacional y en ellas, a los notarios.

Máxima seguridad

El otorgamiento de estos documentos se llevará a efecto mediante videoconferencia en el entorno seguro de la sede electrónica notarial y serán autorizados por los notarios con su firma electrónica cualificada, de la que disponen desde hace más de veinte años.

La vía online se abre por la ley respecto de determinados actos jurídicos que pueden realizarse como hasta ahora en papel o, si se prefiere, electrónicamente. Los documentos susceptibles de llevarse a efecto telemáticamente rondarían, con las cifras actuales, el número de 3.200.000. Entre ellos, destacan las pólizas mercantiles y los actos societarios, pero también determinados actos unilaterales como los poderes (con la excepción de los generales y preventivos), las cartas de pago, declaraciones de obra nueva y división horizontal que no impliquen extinción de condominio, e incluso testamentos en situación de epidemia, y finalmente, si el notario lo considera conveniente, actos de conciliación.

Es decir: los actos o negocios que se podrán autorizar a distancia serán fundamentalmente los unilaterales y aquellos otros en los que se ha considerado que la presencia física ante el notario puede ser sustituida por la electrónica.
Hasta la aprobación de esta ley los notarios solo podían realizar gestiones online, como el envío de copias electrónicas autorizadas a las Administraciones Públicas, al Catastro o a los registros, liquidaciones telemáticas, emisión de certificados o remisión de datos.
También podían intercambiarse entre ellos documentación y copias electrónicas autorizadas de las escrituras.
Todas estas gestiones han sido y son de gran importancia, ya que han permitido durante dos décadas la circulación por redes seguras, creadas por el centro tecnológico del Notariado (Ancert), de millones de copias autorizadas de escrituras públicas, así como el intercambio de información y la realización de numerosos trámites en la sede electrónica notarial, lo que da una idea de su envergadura y su seguridad.

La sede electrónica notarial

Otra gran novedad es la apertura de la sede electrónica notarial, en funcionamiento desde hace 20 años, a ciudadanos y empresas. La puerta de entrada a esta sede es el Portal Notarial del Ciudadano, que lleva más de dos años en funcionamiento, ofreciendo diversas gestiones y trámites. De hecho, ya hay más de 300.000 personas dadas de alta en él.

En este mismo portal podrán también, ciudadanos y empresas, recibir y guardar, si así lo desean, copias electrónicas autorizadas de sus documentos notariales, con el consiguiente ahorro en tiempo y papel.

Esta sede es única y corresponde al Consejo General del Notariado su titularidad, desarrollo, gestión y administración.

Máxima seguridad

La seguridad informática del proceso quedará garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada de los notarios, su sede electrónica y su red privada, todo ello desarrollado por Ancert.

De hecho, el Notariado ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), nivel alto, respecto de todos sus sistemas de información, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales para el ejercicio de su función pública.

“La seguridad jurídica la aportará siempre la intervención notarial. El hecho de que el otorgamiento se produzca a distancia no impide la aplicación de los controles a cargo del notario, porque al realizarse mediante una videoconferencia segura se mantiene el principio de inmediación en que se basa la actuación notarial sin que, atendida la concreta naturaleza de los actos concernidos, se produzca una relajación o disminución de la seguridad jurídica”, ha dicho el presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz.

Sociedades online

Esta ley transpone la Directiva 2019/1151, que exige que, sin necesidad de presencia física, un ciudadano de la Unión pueda constituir una sociedad limitada en otro país.

La Directiva recomienda mantener los sistemas jurídicos propios de cada país y que en aquellos como Alemania, Bélgica, Italia o España, entre otros, donde las sociedades se constituyen ante notario se mantenga un modelo que es seguro y ágil y que permite lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

El notariado español está preparado desde hace más de dos años para constituir sociedades limitadas por vía electrónica, en su sede electrónica y por videoconferencia.

El protocolo electrónico notarial

Quizás lo más relevante de la reforma, pero que seguramente pasará más desapercibido, sea la creación del protocolo electrónico notarial, que convivirá con el protocolo en papel, y que seguirá custodiando cada notario.

La existencia del protocolo electrónico permitirá, entre otras cuestiones, una mayor agilidad en la transmisión de información a las Administraciones públicas y a particulares y empresas, algo clave para, por ejemplo, la lucha contra el blanqueo de capitales o el fraude fiscal.

 


LO QUE SE OFRECE ES UNA VÍA ALTERNATIVA: LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS SEGUIRÁN TENIENDO A SU DISPOSICIÓN LAS CASI 3.000 NOTARÍAS


 

Los protocolos electrónicos estarán depositados en el Consejo General del Notariado y solo podrán acceder a ellos y ser utilizados por el notario titular de cada uno, al igual que ocurre con los protocolos en papel, que seguirán estando en las notarías.

Damos desde aquí la bienvenida a esta nueva ley, convenidos de que los notarios, como ya han demostrado en otras ocasiones, harán frente a este reto con la dedicación, responsabilidad y seguridad que les caracteriza.

Apoyo a Ucrania: un deber de todos

EDITORIAL

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Apoyo a Ucrania: un deber de todos

Acaba de cumplirse un año de la invasión de Ucrania por Rusia. Una devastadora guerra que está destrozando millones de vidas y que ha sumido al mundo en la incertidumbre. La economía y la política internacional enfrentan una realidad inimaginable al inicio de la actual década.

El equilibro internacional se ha roto y los organismos mundiales se han dado de bruces con una de las mayores crisis de su historia. La ONU, que considera que la invasión de Ucrania por Rusia es una violación de la Carta de las Naciones Unidas, ha aprobado una nueva resolución de condena contra Rusia en el primer aniversario de la guerra, pero sigue teniendo a este país entre los miembros permanentes de su Consejo de Seguridad.

Sanciones de la UE

Mayor conexión muestra la Unión Europea, que ha condenado enérgicamente «la brutal agresión, no provocada e injustificada, de Rusia a Ucrania y la anexión ilegal de las regiones ucranianas de Donetsk, Luhansk, Zaporiyia y Jersón». Su postura es firme: «Rusia debe detener inmediatamente esta guerra atroz. La Unión Europea permanecerá al lado de Ucrania y le prestará un apoyo inquebrantable durante el tiempo que sea necesario».

A lo largo de este año, los dirigentes de la UE han exigido a Rusia en diversas ocasiones que pusiera fin inmediatamente a sus acciones militares, retirase incondicionalmente todas las fuerzas y equipos militares de Ucrania, y respetase plenamente la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Su principal respuesta a la agresión militar rusa, además de proporcionar ayuda a los refugiados, ha sido sancionar económicamente al país, adoptando medidas restrictivas sin precedentes.

Estas medidas están concebidas para debilitar la base económica de Rusia, privándola de tecnologías y mercados vitales, y limitando de forma considerable su capacidad para mantener la guerra.

El primer paquete de medidas se adoptó el 23 de febrero de 2022 con sanciones individuales contra los miembros de la Duma Estatal rusa que votaron a favor del reconocimiento de las zonas de las provincias de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno; restricciones a las relaciones económicas con las zonas de estos mismos territorios no controladas por el Gobierno; y restricciones al acceso de Rusia a los mercados y servicios financieros y de capitales de la UE.

Desde entonces uno de los grandes retos de todos los países miembros ha sido poder descubrir a los titulares reales de las propiedades y empresas rusas en Europa, dado que muchos de ellos se valen de sofisticados entramados societarios y de sociedades «fantasma» para ocultar sus posesiones. Es en este terreno donde está siendo fundamental la colaboración de funcionarios públicos como los notarios, presentes en 22 Estados de la UE, con el Notariado español como referente.

La contribución notarial

Una contribución que reconocen la propia Unión Europea, organismos internacionales como el Grupo de Acción Financiera (GAFI) y nacionales como el Sepblac.

Esta labor de los notarios españoles de prevención y lucha contra la delincuencia financiera la destaca en las páginas de esta revista el Fiscal General de Estado español, Álvaro García Ortiz, para quien «las obligaciones o las capacidades de los notarios y los instrumentos de control de actividades financieras en los que participa el Notariado, como los registros de bienes, han hecho que ahora sea todo bastante más complicado para los delincuentes. Por ejemplo, hacer transacciones inmobiliarias o económicas que puedan ocultar o dificultar la investigación de los delitos».

También el nuevo presidente de los Notariados europeos, el alemán Peter Stelmaszczyk, asegura en estas mismas páginas que «la labor del Notariado español en la lucha contra el blanqueo de capitales es una referencia para todos los notariados europeos y pone de manifiesto el importante papel del notario como funcionario público y colaborador del Estado en la lucha contra el blanqueo de capitales».

Prueba aún más evidente de la colaboración de los casi 3.000 notarios españoles en la lucha contra delitos financieros tan graves como que Rusia pudiera saltarse las sanciones que la ha impuesto la UE, está siendo su contribución al bloqueo de activos en la Unión de los oligarcas rusos, que tratan de ocultarlos tras sociedades «fantasma» a nombre de testaferros.

Identificar al titular real

La labor iniciada en 2005 ha permitido a los notarios españoles, gracias a su función en el ámbito mercantil, crear una Base de Datos de Titular Real que notifica a las autoridades públicas quiénes son las personas ocultas tras una sociedad, incluso en el encadenamiento de estructuras societarias complejas.

La información contenida en esta base procede del Índice Único Informatizado del Notariado, que es la piedra angular de los servicios de prevención del blanqueo de capitales y del fraude fiscal del colectivo notarial, que sirve, junto a la Base de Datos de Titular Real, para identificar a los auténticos propietarios de las empresas y rastrear la constitución de sociedades «fantasma» y testaferros.

En ella están identificados de manera acreditada titulares reales de más de 2.100.000 sociedades limitadas, 126.000 sociedades anónimas y 210.000 personas jurídicas no mercantiles, como asociaciones, fundaciones o partidos políticos.

Son los profesionales del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Consejo General del Notariado quienes investigan, en consonancia con el Sepblac, para averiguar si determinadas personas, como los oligarcas rusos sancionados o sus allegados, son los titulares reales de personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones…) y contribuir así a impedir que puedan tratar de hacer operaciones.

El Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Notariado ha sido reconocido por el Manual de Buenas Prácticas en su Lucha contra la Criminalidad Financiera del Consejo de la Unión Europea. En este manual, los notarios españoles han sido positivamente valorados por su colaboración con las autoridades en materia de prevención del blanqueo de capitales y por su permanente actualización y mejora de conocimientos, así como por la centralización de la información y los avances tecnológicos alcanzados, entre los que destaca el Índice Único Informatizado Notarial español.

También la Oficina Anti Fraude, integrada en la Comisión Europea, puede solicitar información que figure en esta base mediante el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Administración General del Estado, como coordinador de las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros del Unión Europea contra el fraude.

Sobre esta base, el Grupo de Acción Financiera (GAFI), el organismo de control mundial de blanqueo de dinero y financiación del terrorismo, ha señalado que «la información sobre la titularidad real de las sociedades españolas está a disposición de las autoridades competentes con facilidad y rapidez mediante el Índice Único Informatizado del Consejo General del Notariado. Las medidas adoptadas por España para gestionar y permitir el acceso a la información constituyen un ejemplo de buenas prácticas para otros países».

¿Por qué no ser sede europea?

Un ejemplo a sumar a otros que nos lleva a hacernos la siguiente pregunta: ¿por qué no ha de ser Madrid la sede de la Autoridad Europea contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (AMLA, por sus siglas en inglés)?

 


LOS 3.000 NOTARIOS ESPAÑOLES ESTÁN CONTRIBUYENDO AL BLOQUEO DE ACTIVOS EN LA UNIÓN EUROPEA DE LOS OLIGARCAS RUSOS


 

Para ello cuenta, como se recoge en un reportaje de esta misma revista, con el apoyo decidido de las Administraciones públicas españolas, con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el Sepblac a la cabeza; el sector bancario (por supuesto el Banco de España y las principales asociaciones); los empresarios (todas las patronales), la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y numerosos profesionales, como los notarios, los abogados…

Las fortalezas de Madrid son innegables. Es la 6ª región por PIB de la UE, con una intensa actividad innovadora, y famosa por su conocido sentido de acogida, hospitalidad y tolerancia.

La candidatura madrileña está plenamente alineada con el estricto cumplimiento de los requisitos esgrimidos por los responsables de la adjudicación: contar con centros educativos y asistencia sanitaria de excelencia y calidad; un mercado laboral cualificado y accesible para los cónyuges de los empleados de la agencia; una amplia e integrada red de transporte público, y conectividad digital de alta velocidad.

A ello hay que añadir un hecho diferencial que suma puntos a favor de la candidatura española: la larga tradición de nuestro país en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Ello, sin dejar de lado otros aspectos como la legislación avanzada en la materia; la existencia de una potente UIF (el Sepblac) y fuerzas y cuerpos de seguridad especializados para hacer frente a los delitos desde el ámbito preventivo y represivo; o la existencia de organismos especializados y herramientas de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, pioneros internacionalmente.

Apoyo del Notariado a la presidencia española de la Unión Europea

EDITORIAL

EDITORIAL

Apoyo del Notariado a la presidencia española de la Unión Europea

España va a ejercer la Presidencia del Consejo de la Unión Europea en el segundo semestre de 2023, a continuación de Suecia, precediendo a Bélgica.

Hubo antes presidencias españolas en 1989, 1995, 2002 y 2010, pues los Estados miembros asumen la Presidencia del Consejo por turnos de seis meses, según un sistema de rotación igual y orden predeterminado.

Tiene lugar esta presidencia cuando falta poco para cumplir cuarenta años del ingreso de España en la UE, el sueño dorado de las generaciones de españoles a las que tocó reconstruir nuestro país tras la devastación y el aislamiento internacional causados por la última guerra civil. Afortunadamente hay ya dos generaciones de españoles que han nacido dentro del espacio de libertad, seguridad y justicia que constituye la Unión Europea y que no conocen otro horizonte vital.

Racionalidad ética y jurídica

Construida sobre cimientos culturales, políticos y sociales bien asentados históricamente, donde confluyen la herencia del Derecho romano, la ética del cristianismo, los principios del liberalismo y el socialismo democráticos de la Edad Moderna y el constitucionalismo del siglo XX, la Unión Europea constituye una fuente imprescindible de racionalidad ética y jurídica que pone límites a la acción política de los Estados miembros, preservando las libertades y derechos básicos de los ciudadanos europeos. Y lo hace no sólo a través de reglamentos y directivas, elaborados mediante un complejo, sofisticado y equilibrado procedimiento legislativo a tres bandas (Comisión, Consejo, Parlamento). También actúa mediante la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, último garante de que el Derecho de la Unión se interprete y aplique de la misma manera en todos los Estados miembros y de que se cumpla por los propios Estados e instituciones europeas.

Una buena muestra de esta labor del tribunal con sede en Luxemburgo la tenemos en la reciente sentencia de 22 de noviembre de 2022, que declara la nulidad del artículo 1(15)(c) de la Directiva 2018/843, conocida como 5ª Directiva anti-blanqueo de capitales, por entender que el acceso público a la información sobre el titular real de las sociedades mercantiles, realizado a través de los registros mercantiles, infringe de forma innecesaria y desproporcionada los derechos a la intimidad y a la protección de datos personales consagrados en los artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Esta decisión judicial implica la derogación de la Orden del Ministerio de Justicia 319/2018 y el inmediato cierre de la sección de titulares reales del Registro mercantil español, tal como se ha hecho ya en Alemania, Austria, Bélgica, Irlanda, Luxemburgo y los Países Bajos.

La Unión Europea es hoy en día mucho más que un bloque comercial o una suma de países; se trata de una comunidad de Derecho, que garantiza la libertad, la seguridad, la justicia y la democracia para todos sus ciudadanos. Con estas palabras tan acertadas lo expresaba en la conferencia de apertura del ciclo 2022-2023 de la Academia Matritense del Notariado, pronunciada el pasado 20 de octubre en el Colegio Notarial de Madrid, el vicepresidente de la Comisión Europea para la Promoción del Modo de Vida Europeo, Margaritis Schinas.

Contribución del notariado español

Presente en veintidós de los veintisiete Estados de la UE con más de 20.000 notarios y 200.000 empleados, el Notariado es parte esencial e imprescindible de la comunidad de Derecho y el modo de vida europeos.
El notariado español participa activamente, tanto de forma directa como mediante su integración en el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), en la creación, desarrollo, aplicación y enseñanza del Derecho de la Unión Europea.

El sistema EUDOC de intercambio internacional seguro de documentos entre notarios, creado en 2021 por los notariados español y alemán y ya operativo; los programas bianuales de formación en Derecho europeo cofinanciados por la Comisión Europea y el CNUE; o la Escuela de Práctica Jurídica Europea, con sede en el Colegio Notarial de Madrid, son sólo algunas de las iniciativas en que se ha materializado la contribución activa del notariado español a la construcción de la comunidad jurídica europea.

A España le espera una ingente tarea con la Presidencia de la Unión Europea. Nuestros representantes van a dirigir nueve de las diez formaciones del Consejo –se exceptúa el Consejo de Asuntos Exteriores-, el Comité de Representantes Permanentes (COREPER) y casi todos los grupos de trabajo. Les corresponderá presentar propuestas, organizar reuniones, buscar consensos con la vista puesta en los intereses generales, y representar a todos los Estados miembros en determinados ámbitos, todo ello en la proximidad de las elecciones al Parlamento Europeo (mayo de 2024) y del nombramiento de una nueva Comisión.

 


LA UNIÓN EUROPEA ES UNA COMUNIDAD DE DERECHO QUE GARANTIZA LA LIBERTAD, LA SEGURIDAD, LA JUSTICIA Y LA DEMOCRACIA DE TODOS SUS CIUDADANOS


 

Ello implicará la responsabilidad de cerrar las negociaciones de numerosos expedientes, algunos de ellos de gran trascendencia para la vida cotidiana de los ciudadanos o de las empresas y para la práctica notarial, como podría ser el caso de la revisión del Reglamento europeo de identificación electrónica, del paquete anti-blanqueo de capitales o de alguna de las iniciativas anunciadas por la Comisión Europea en materia de adultos vulnerables y de digitalización societaria (propuesta de Directiva para ampliar y mejorar el uso de herramientas y procesos digitales en el Derecho de sociedades, prevista para el primer trimestre).

Desde esta revista queremos hacer llegar a todos los responsables, funcionarios y personal al servicio de la Administración española encargados de esta quinta Presidencia de la UE nuestros mejores deseos de acierto y éxito en la tarea.

ENGLISH VERSION

Support from Notaries for Spanish presidency of European Union

Spain will hold the presidency of the Council of the European Union in the second half of 2023, following on from Sweden, and prior to Belgium.

There have been previous Spanish presidencies, in 1989, 1995, 2002 and 2010, as the Member States take on the presidency of the Council in six-month shifts, according to a system of equal rotation and predetermined order.

This presidency takes place on the brink of the fortieth anniversary of Spain joining the EU, the ultimate dream of the generations of Spaniards who faced the task of rebuilding the country after the devastation and international isolation caused by the last civil war. Fortunately, two generations of Spaniards have already been born within the area of freedom, security and justice that constitutes the European Union, and who know no other reality in their lives.

Ethical and legal rationality

Built on historically deep-seated cultural, political and social foundations, where the heritage of Roman law, the ethics of Christianity, the principles of liberalism and democratic socialism of the Modern Age and the constitutionalism of the twentieth century converge, the European Union is an essential source of ethical and legal rationality which places limits on the political action of the Member States, preserving the basic freedoms and rights of European citizens. And it does so not only through regulations and directives, drawn up by means of a complex, sophisticated and balanced tripartite legislative procedure (Commission, Council, Parliament). It also acts through the jurisprudence of the Court of Justice of the European Union, the ultimate guarantor that Union law is interpreted and applied in the same way in all Member States, and is complied with by the States and European institutions themselves.

One good example of this task of the Luxembourg-based court may be found in the recent judgment of 22 November 2022, which declares the nullity of Article 1(15)(c) of Directive 2018/843, known as the 5th Anti-Money Laundering Directive, on the basis that public access to information on the beneficial owner of commercial companies, conducted through commercial registers, unnecessarily and disproportionately infringes the rights to privacy and personal data protection enshrined in Articles 7 and 8 of the Charter of Fundamental Rights of the European Union. This judicial decision entails the repeal of Order 319/2018 of the Ministry of Justice and the immediate closure of the beneficial owners section of the Spanish Commercial Register, as has already occurred in Germany, Austria, Belgium, Ireland, Luxembourg and the Netherlands.

The European Union today is much more than a trading bloc or a grouping of countries; it is a community of Law, which guarantees freedom, security, justice and democracy for all its citizens. As the Vice-President of the European Commission for Promoting our European Way of Life, Margaritis Schinas, so eloquently put it in his opening address of the 2022-2023 cycle of the Academia Matritense, delivered on 20 October at the Notarial Chamber of Madrid.

Contribution of Spanish notaries

Present in twenty-two of the twenty-seven EU States, with more than 20,000 notaries and 200,000 employees, the Notariat is a vital and essential part of the European community of Law and way of life.

The Spanish notariat is actively involved, both directly and through its integration within the CNUE (Council of the Notariats of the European Union), in the creation, development, application and teaching of European Union Law.

 


THE EUROPEAN UNION IS A COMMUNITY OF LAW WHICH GUARANTEES THE FREEDOM, SECURITY, JUSTICE AND DEMOCRACY OF ALL ITS CITIZENS


 

The EUDOC system for the secure international exchange of documents among notaries, created in 2021 by the Spanish and German notariats and now operational; the biannual European Law training programmes co-funded by the European Commission and the CNUE; and the School of European Legal Practice, based at the Notarial Chamber of Madrid, are just some of the initiatives representing the active contribution of the Spanish notariat in building the European legal community.

A huge task lies in wait for Spain with the Presidency of the European Union. The country’s representatives will lead nine of the ten Council formations –excluding the Foreign Affairs Council–, the Permanent Representatives Committee (COREPER) and almost all the working groups. They will have the job of presenting proposals, organising meetings, seeking consensus with the focus on general interests, and representing all Member States in certain areas, all in the run-up to the elections to the European Parliament (May 2024) and the appointment of a new Commission.

This will entail responsibility for finalising negotiations on numerous matters, some of them of great significance for the daily life of citizens or companies and for notarial practice, such as the review of the European Digital Identification Regulation, the anti-money laundering package or any of the initiatives announced by the European Commission in the field of vulnerable adults and corporate digital transformation (proposal for a Directive to extend and improve the use of digital tools and processes in company law, scheduled for the first quarter).

Our magazine wishes to express our best wishes for sure-footed success in this endeavour, to all the heads of department, public officials and staff in the service of the Spanish authorities responsible for this fifth EU Presidency.

Compromiso del Notariado con La Palma

EDITORIAL

EDITORIAL

COMPROMISO DEL NOTARIADO CON LA PALMA

Coincidiendo con el primer aniversario de la erupción del volcán de La Palma, el Consejo General del Notariado, integrado por los decanos de los 17 colegios notariales españoles, se desplazó a la isla para organizar diversos actos y expresar su apoyo a los damnificados. Su presidente, José Ángel Martínez Sanchiz, volvió a insistir en que los notarios tienen “la posibilidad y el deber de ayudar” y se comprometió a que el Notariado siga prestando sus servicios a los palmeros el tiempo que sea necesario.

Tras la erupción del volcán, el Consejo General del Notariado junto con los colegios notariales de Canarias, Cataluña y Valencia, abrió tres notarías provisionales en los municipios afectados: Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte.

En estas notarias han prestado servicios gratuitos más de 50 notarios de toda España que, en estrecha colaboración con los ayuntamientos, el Catastro y los damnificados, han elaborado las más de mil actas de notoriedad que están permitiendo a los propietarios de inmuebles, fincas o negocios arrasados o sepultados por la lava demostrar que les pertenecían, para el cobro de los seguros y ayudas correspondientes.

En el blog “Notarios por la Palma” pueden leerse los testimonios, realmente emotivos, de algunos de los notarios que se han desplazado a La Palma para atender las notarías provisionales. Una experiencia que, según ellos mismos explican, les ha marcado personal y profesionalmente.

VER BLOG

En paralelo y en colaboración con el Colegio Notarial de Canarias y la Fundación Notariado, el Consejo organizó en septiembre en la isla las jornadas Ideas para el desarrollo sostenible de La Palma (La oportunidad después del volcán) en las que han participado las tres Administraciones públicas (incluidos los alcaldes de los tres municipios afectados) y destacados profesionales de la justicia, economía, arquitectura, catastro, registros, periodismo, cultura…

En ellas se ha concluido que la excepcionalidad del desastre vulcanológico motiva que la normativa actual deba ser revisada. También que deberían adoptarse medidas como expropiaciones, entregas de fincas de reemplazo, la reordenación del suelo, reparcelaciones y la adopción de beneficios fiscales que atraigan inversión. Así como que esta reconstrucción debe pasar por la sostenibilidad y las energías renovables, evitando errores pasados en la ordenación territorial.

Escritura Pública” se une al reconocimiento generalizado del valor, la humanidad y la entereza mostrados por los palmeros; a la búsqueda de soluciones para ayudar a los damnificados a recuperarse y a la isla a enfrentar un futuro mejor. Ver secciones en El Escaparate, Esfera Cultural y Al encuentro.

1. Alfonso Cavallé Cruz 2. Francisco Cantos Viñals 3. Alfredo Aldaba Yoldi 4. Carmen Rodríguez Pérez 5. María Isabel Valdés-Solís Cecchini 6. Leopoldo Martínez de Salinas Alonso 7. Raimundo Fortuñy Marqués 8. José Ángel Martínez Sanchiz 9. Ignacio Ferrer Cazorla 10. Carmelo Prieto Ruiz 11. María Teresa Barea Martínez 12. Luis Fernández-Bravo Francés 13. José María Graiño Ordóñez 14. José Alberto Marín Sánchez 15. Dámaso Cruz Gimeno 16. María del Carmen Velasco Ramírez 17. Jorge Prades López

Nueva promoción de notarios: vocación de servicio

EDITORIAL

EDITORIAL

Nueva promoción de notarios: vocación de servicio

90 jóvenes han aprobado las últimas oposiciones a notarios. En los próximos meses se repartirán por pueblos y ciudades españolas para ejercer esta función pública. Dejarán atrás los años dedicados al estudio, una media de cinco, y las duras pruebas superadas en 2022, celebradas en el Colegio Notarial de Madrid.

Hasta que tomen posesión de sus notarías pasarán unos meses en los que recibirán formalmente sus títulos y asistirán a las jornadas de bienvenida y formación que organiza el Consejo General del Notariado, entre otros actos.

Estos 90 nuevos notarios se integrarán en un cuerpo, el Notariado, compuesto por otros 2.700 compañeros, que desempeñan su labor en todo el territorio nacional, vertebrando una función con siglos de antigüedad, recogida en nuestra Constitución y nacida de la propia sociedad a la que sirven.

 


LOS GRADUADOS EN DERECHO QUE ACCEDEN AL NOTARIADO LO HACEN TRAS SUPERAR UNA OPOSICIÓN MUY EXIGENTE QUE LES CONVIERTE EN PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS.


 

Los notarios son funcionarios públicos que, por delegación del Estado, tienen atribuidas importantes funciones, como la de dar fe pública. Así, los documentos y acuerdos redactados y/o autorizados por un notario adquieren la entidad de documentos públicos, a los que la ley reconoce veracidad, firmeza y fuerza probatoria.

Proporcionan la seguridad jurídica preventiva que ampara la Constitución, controlando el cumplimiento de la Ley. El notario es garantía de autenticidad, legalidad y seguridad, tanto para los ciudadanos y empresas como para el Estado. Además, cumple un importante papel en la prevención de delitos económicos y de colaboración con la Administración online.

Una función pública, ejercida de forma profesional, que ha sabido adaptarse a los tiempos y a las necesidades de los ciudadanos y las empresas. Tanto es así que hoy encabeza el desarrollo tecnológico del sector jurídico e, incluso, del resto de los notariados del mundo. Un desarrollo al que pueden acceder por igual todos los ciudadanos, con independencia de su lugar de residencia, sus ingresos o su patrimonio ya que todas las notarías tienen al frente un notario que ha tenido que superar una de las oposiciones más duras que existen y todas disponen de los mismos avances tecnológicos. Además, están conectadas telemáticamente entre ellas y con las Administraciones públicas a través de una red interna y segura que les permite operar dentro de la sede electrónica notarial con las máximas garantías.

Los graduados en Derecho que acceden al Notariado lo hacen tras superar una oposición muy exigente que les convierte en profesionales altamente cualificados. Son independientes e imparciales; solo están sujetos a la Ley y sometidos a un riguroso régimen disciplinario. Esta independencia lleva aparejado su deber de prestar asesoramiento velando siempre por la parte más débil del acuerdo o contrato que vayan a autorizar.

Como recordaba el presidente del Consejo General del Notariado a una promoción anterior a la suya el día de la entrega pública de sus títulos: “tenéis la suficiente preparación para el ejercicio de la alta función que se os encomienda. Ejercer la actividad notarial a pie de despacho supone salir de los libros para encontrarse con las personas. El notario tiene que mirar y escuchar a la gente: es un valor fundamental. Debéis responder a la confianza que la sociedad deposita en vosotros”.

Requisitos para ser notario

Para convertirse en notario hay que ser español u ostentar la nacionalidad de cualquier país miembro de la Unión Europea. Además, hay que ser Doctor en Derecho, Graduado en Derecho o título equivalente en Derecho. En cada convocatoria se reserva un cupo de plazas para personas con discapacidad.

Según el Reglamento Notarial vigente los ejercicios de la oposición son cuatro: los dos primeros, orales, y los dos segundos, escritos. Tanto los dos primeros como la lectura del tercero y de la primera parte del cuarto son públicos.

El programa comprende una exposición del Derecho positivo vigente en España en cada una de las materias que en él se incluyen, destacando, tanto en el Derecho Común como en el Foral, aquellas cuestiones que el notario debe profesionalmente conocer y aplicar y cuyo saber le dote de una auténtica especialización. En la parte del Derecho Civil se incluyen los principios fundamentales de Derecho Internacional Privado. La legislación fiscal comprende aquellos impuestos que más puedan interesar al notario como asesor imparcial de los particulares.

El primer ejercicio consiste en contestar verbalmente, en el plazo máximo de 60 minutos, a cuatro temas; los tres primeros de Derecho Civil Español, Común y Foral, y el cuarto de legislación Fiscal. Los temas de Derecho Civil corresponderán, respectivamente, uno a las materias de parte general o introducción, propiedad y derechos reales; otro, a obligaciones y contratos, y otro, a Derecho de Familia y sucesiones.

En el segundo ejercicio hay que contestar, también verbalmente, en el tiempo máximo de 60 minutos, y por el siguiente orden, a seis temas: dos de Derecho Mercantil, dos de Derecho Hipotecario, uno de Derecho Notarial y otro de Derecho Procesal o Administrativo. Los dos temas de Derecho Mercantil y de Derecho Hipotecario serán uno de cada parte en que se hallen divididas estas materias.

Para el tercer ejercicio hay que redactar, en el tiempo máximo de seis horas, un dictamen, que versa sobre una pluralidad de problemas que implican un razonamiento del opositor basado no solo en el Derecho positivo sino también en los principios generales del Derecho y en la doctrina y jurisprudencia que ha de conocer.

 


EL NOTARIO ES GARANTÍA DE AUTENTICIDAD, LEGALIDAD Y SEGURIDAD, TANTO PARA LOS CIUDADANOS Y EMPRESAS COMO PARA EL ESTADO.


 

Por último, el cuarto ejercicio, que también tendrá una duración máxima de seis horas, se divide en dos partes, cada una de ellas con la duración que fije el tribunal.

En la primera, los opositores tienen que redactar una escritura o documento notarial, debiendo justificar en pliego aparte los problemas jurídicos que plantee o resuelva en su trabajo, realizando la liquidación del impuesto que en su caso corresponda a la escritura redactada.

En la segunda han de resolver un supuesto de contabilidad y matemática financiera que recaerá sobre las materias contenidas en el anexo del programa de la oposición.

Desde aquí, nuestra calurosa felicitación a esta nueva promoción de notarios y notarias que tan duro han luchado por ser servidores públicos.
¡Bienvenidos!

Cinco medidas notariales para un servicio más ágil

EDITORIAL

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Cinco medidas notariales para un servicio más ágil

LA FUTURA LEY de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia, aún anteproyecto, incluye un paquete de medidas que permitirán a los notarios prestar un servicio más ágil a la sociedad.

En primer lugar, se creará el protocolo notarial electrónico, que dotará de mayor agilidad la circulación de las copias de los documentos notariales. Gracias a él se podrá transmitir información a la Administración más ágilmente, sin tener que esperar a que los notarios vuelquen quincenalmente los datos de los documentos notariales en la base de datos conocida como Índice Único Informatizado. En este protocolo figurará la misma información que ahora consta en papel, quedando garantizada la seguridad informática, ya que el Notariado ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), en su nivel alto. El ENS reconoce la seguridad de todos los sistemas de información, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales del Notariado para el ejercicio de su función pública.

Otorgamiento ‘online’

En segundo lugar, se permitirá el otorgamiento de documentos públicos por vía electrónica, pudiendo llegarse a autorizar por esa vía un 40% de los actos o negocios jurídicos en los que intervienen los notarios. ¿Cuáles?

 


«EL NOTARIADO ESPAÑOL ESTÁ PREPARADO DESDE HACE DOS AÑOS PARA CONSTITUIR SOCIEDADES LIMITADAS POR VÍA ELECTRÓNICA, EN SU SEDE ELECTRÓNICA Y POR VIDEOCONFERENCIA, Y HA PROVISTO AL NOTARIADO ALEMÁN DE ESTE SOFTWARE Y CONOCIMIENTO”


 

Todos los actos societarios (desde una constitución de sociedad, hasta el nombramiento de un administrador); los relativos a la financiación mercantil (las pólizas); y diversos actos unilaterales (todos los poderes menos el poder general, así como sus modificaciones y revocaciones). También las legitimaciones de firma, las cartas de pago y las cancelaciones o el requerimiento de inicio de determinadas actas.

Para prestar este servicio el Notariado ha abierto su sede electrónica notarial, a través del Portal Notarial, a ciudadanos y empresas. La seguridad informática del proceso quedará garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada de los notarios, su sede electrónica y su red privada, todo ello dotado de las mayores medidas de seguridad.

En tercer lugar, podrán circular copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales. Hasta la fecha, los notarios solo pueden remitir copia autorizada electrónica de sus documentos a jueces, fiscales y Administraciones Públicas. Con la aprobación de esta ley los ciudadanos podrán tener estas copias en sus ordenadores o móviles y remitirlas a los organismos que necesiten. Esa medida se complementa con la apertura en internet en 2021 del Portal Notarial donde ciudadanos y empresas pueden tener su propio espacio y en él almacenar sus copias autorizadas para utilizarlas cuando las precisen.

En cuarto lugar, se podrán constituir sociedades limitadas por vía online, ya que esta ley transpondrá la Directiva 2019/1151, que exige que, sin necesidad de presencia física, un ciudadano de la Unión pueda constituir una sociedad limitada en otro país.La Directiva recomienda mantener los sistemas jurídicos propios de cada país y que en aquellos como Alemania, Bélgica, Italia o España donde las sociedades se constituyen ante notario se mantenga un modelo que es seguro y ágil y que permite la lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

El notariado español está preparado desde hace dos años para constituir sociedades limitadas por vía electrónica, en su sede electrónica y por videoconferencia, y ha provisto al Notariado alemán de este software y conocimiento.

En Bélgica e Italia ya es una realidad normativa y sus notarios pueden autorizar a distancia este tipo de escrituras. En Alemania el proceso normativo está a punto de culminar.

En España el Notariado ha solicitado al Gobierno español que no solo el acto de constitución, sino cualesquiera otros, puedan autorizarse del mismo modo, lo que ha sido admitido y está en este anteproyecto.

Por último, y en quinto lugar, pero no por ello menos importante, el asesoramiento notarial podrá ser online. Así, los ciudadanos y empresarios que prefieran realizar online el otorgamiento de determinados actos notariales permitidos por esta ley podrán recibir asesoramiento del notario elegido por videoconferencia en el Portal Notarial.