¿Denunciaría una actividad ilegal?

ÁMBITO EUROPEO

¿Denunciaría una actividad ilegal?

La UE ha aprobado una directiva que ofrece amplias garantías a quienes denuncien actividades ilegales que vayan en contra del Derecho comunitario, como el blanqueo de capitales, el fraude fiscal, o malas prácticas en licitaciones públicas. El texto, que deberá entrar en vigor a partir de diciembre de 2021, introduce procedimientos claros para informar, así como canales seguros para realizar las denuncias y la prevención de las represalias.

JORGE VALERO

@europressos

El hundimiento de la compañía de pagos digitales Wirecard es considerado como el mayor escándalo de fraude corporativo en Alemania desde la Segunda Guerra Mundial. Un empleado de la firma EY, responsable de sus auditorías, ya informó a sus superiores en 2016 sobre los intentos de fraude y de soborno de la ‘fintech’ alemana. Sin embargo, las advertencias de este denunciante (whistleblower) quedaron en nada por las presiones de Wirecard.

Casos como este, publicados por el Financial Times el 29 de septiembre, prueban la importancia de garantizar los canales apropiados y la protección necesaria a estos denunciantes para alertar sobre irregularidades.

La falta de actuación por parte de EY ante la denuncia, investigada actualmente en Alemania por su pobre auditoría de Wirecard, llevó a la pérdida de cientos de millones de euros para miles de ciudadanos.

El caso de los papeles “Luxleaks”, que en noviembre de 2014 destaparon las estratagemas de compañías para evadir el pago de impuestos, permitió a la Comisión Europea emprender acciones contra multinacionales como McDonalds, Amazon o Ikea, quienes utilizaron agresivas prácticas fiscales para evadir el fisco.

“Todo el mundo debería agradecer al denunciante su labor y el trabajo de los periodistas de investigación, quienes han puesto mucho esfuerzo en esto”, señaló a este corresponsal la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, quien lidera la carga contra estas prácticas.

Sin embargo, el denunciante de ‘Luxleaks’, Antoine Deltour, antiguo empleado de PricewaterhouseCoopers, envuelta en la preparación de los arreglos fiscales, terminó sentenciado en los tribunales, aunque finalmente quedó absuelto.

Ha habido otros casos, como los Panama Papers o los Paradise Papers, en los que los informantes juegan una labor fundamental denunciando irregularidades a sus superiores, a las autoridades o a la prensa. Sacan a la luz situaciones en las que, por acción u omisión, sus empresas amenazan o dañan el interés público, a través del fraude, la corrupción, la evasión fiscal o atentados contra el medio ambiente o la seguridad alimentaria.

La situación de estos denunciantes en Europa se ha convertido en el último lustro en un asunto importante. A pesar de las sonadas filtraciones de los últimos años, su protección era hasta hace poco inadecuada en el conjunto de la UE, con grandes variaciones entre los Estados miembros. El riesgo de un trato desigual y la incertidumbre legal menguaba el interés de quienes querían informar para proteger a sus conciudadanos.

Por eso, la Comisión Europea presentó en la primavera de 2018 una propuesta para reforzar las garantías de los denunciantes. Introduce sanciones para quienes intenten obstaculizar la denuncia, revelar la identidad de un denunciante, amenazar o tomar represalias contra él, o que no cumplan con otros requerimientos de la directiva.

Las sociedades con más de 50 empleados, o más de 10 millones de euros de ingresos anuales, estarán obligadas a crear canales de información interna

Marco deficiente. Antes de la llegada de esta propuesta, tan solo diez Estados miembros (Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Lituania, Malta, Holanda, Eslovaquia, Suecia y el Reino Unido) contaban con un marco legal amplio para protegerles. En los demás países, la ley tan solo cubría algunos sectores, especialmente el financiero, categorías de empleados, como los funcionarios públicos, o ciertos casos, como los de corrupción.

Como resultado, según un estudio de la Comisión de 2017, un 49% de los ciudadanos no sabía dónde debían informar sobre casos de corrupción, y tan solo un 15% conocía las normas sobre protección de denunciantes.

Mientras la Comisión preparaba la propuesta, con una consulta pública, el Parlamento Europeo también se movilizó para hacer oír su voz. En una resolución de febrero de 2017, pidió un nuevo marco legal amplio para proteger a estos denunciantes. Los eurodiputados llegaron incluso a recomendar una agencia europea específica para aconsejar y recoger informes de denunciantes.

Tras la propuesta de la Comisión, los Estados miembros y los eurodiputados añadieron sus enmiendas, por ejemplo, introduciendo la posibilidad de denunciantes anónimos y la protección legal para los periodistas que recojan el contenido de la denuncia.

La ponente de la Eurocámara, la socialista francesa Virginie Rozière destacó que “escándalos recientes como LuxLeaks, Panama Papers y Football leaks ayudaron a arrojar luz sobre la gran precariedad que sufren hoy los denunciantes”. Por eso, el Parlamento envió “una señal contundente de que ha escuchado las preocupaciones de sus ciudadanos y ha impulsado normas sólidas que garanticen su seguridad y la de aquellas personas que eligen hablar”, añadió.

En marzo de 2019, la Eurocámara y los Estados miembros llegaron a un acuerdo sobre el texto final, que concluyó su ratificación en octubre de ese año y entró en vigor el pasado diciembre. Los Estados miembros tienen dos años para transponer las normas al derecho nacional.

“La UE está comprometida con un sistema democrático que funcione bien y se base en el Estado de derecho. Eso incluye proporcionar un alto nivel de protección en toda la Unión a aquellos denunciantes que tengan el coraje de hablar. Nadie debe arriesgar su reputación o su trabajo por exponer comportamientos ilegales,” comentó la ministra de Justicia finlandesa Anna-Maja Henriksson, cuyo país presidía el Consejo cuando se adoptó la directiva.

La Comisión incluso invitó a los Estados miembros a que fueran más allá en su marco nacional al transponer la directiva. Esto es porque la norma se aplica solo a informaciones de violaciones relacionadas con el Derecho comunitario, como son el fraude fiscal, blanqueo de capitales o malas prácticas en licitaciones públicas, seguridad en bienes y carreteras, protección medioambiental, salud pública y protección del consumidor y de sus datos. Por eso, el Ejecutivo comunitario invitó a que los países la extendieran para cubrir otras violaciones de sus leyes nacionales.

Las sociedades con más de 50 empleados, o más de 10 millones de euros de ingresos anuales, estarán obligadas a crear canales apropiados de información interna.

Las primeras empresas que tendrán la obligación de transponer la norma serán aquellas con más de 250 empleados; dos años más tarde también se aplicará a las que tengan entre 50 y 250 trabajadores.

Protección. Uno de los puntos clave de la nueva ley es la protección de los informantes. La ley prohíbe explícitamente las represalias e introduce salvaguardias para evitar que el denunciante sea suspendido, degradado e intimidado o sufra otras formas de represalia. Aquellos que ayudan a los denunciantes, como facilitadores, compañeros de trabajo o familiares también están protegidos. Además, quedan incluidos antiguos empleados o incluso quienes solicitan empleo en las empresas afectadas.

Los Estados miembros deben garantizar que los denunciantes tengan acceso gratuito a información y asesoramiento completos e independientes sobre los procedimientos y recursos disponibles, así como asistencia jurídica durante estos procedimientos. Durante los casos judiciales, los denunciantes podrían recibir apoyo financiero y psicológico.

La directiva introduce una jerarquía para realizar las denuncias, ofreciendo garantías para aquellos que decidan hacerlas públicas. Se anima a los denunciantes a utilizar primero los canales internos de su organización, antes de recurrir a canales externos que las autoridades públicas están obligadas a establecer. En los casos en los que no se tomó ninguna acción apropiada en respuesta al informe inicial del denunciante, o si creen que existe un peligro inminente para el interés público o un riesgo de represalias, la persona que informa estará protegida si decide revelar información en público.

La norma establece la obligación de dar respuesta y seguimiento a las denuncias de los denunciantes en un plazo de tres meses, aunque se puede ir hasta los seis meses en el caso de acudir a canales externos en situaciones debidamente justificadas.

Miedo a las represalias

Un Eurobarómetro de 2017 evidenció cómo el miedo a represalias tapaba las irregularidades. Así, un 81% de los europeos dijo que no informó sobre casos de corrupción que experimentó o de los que fue testigo.

La Comisión también estimó que la falta de una protección adecuada para estos informantes costaba a la UE entre 5.800 millones y 9.600 millones de euros al año tan solo en el campo de las licitaciones públicas.

Fear of retaliation

A 2017 Eurobarometer showed how fear of retaliation helped to hide irregularities. A total of 81% of europeans said that they did not report on cases of corruption that they experienced or witnessed.

The Commission also estimated that the lack of adequate protection for these informants cost the EU between € 5.8 billion and € 9.6 billion per year in the field of public procurement alone.

Personas valientes

La vicepresidenta de la Comisión a cargo de Justicia, Vera Jourova ha señalado que “los denunciantes son personas valientes que están dispuestas a sacar a la luz las actividades ilegales, a menudo con un gran riesgo para su carrera y sus medios de vida, para proteger al público de irregularidades. Merecen reconocimiento y protección por sus valientes acciones. Hago un llamamiento a los Estados miembros para que transpongan las nuevas normas sin demora”.

Brave people

The vice president of the Commission in charge of Justice, Vera Jourova, pointed out in december 2019 that “the whistleblowers are brave people who are willing to expose illegal activities, often at great risk to their career and their livelihoods, to protect the public of irregularities. They deserve recognition and protection for their courageous actions. I call on the Member States to transpose the new rules without delay”.

in English

Would you report an illegal activity?

The EU has approved a directive that offers comprehensive guarantees to those who report illegal activities against EU law, such as money laundering, tax fraud or bad practices in public procurement. The directive, which will enter into force as of December 2021, introduces clear procedures for reporting, as well as secure channels for reporting and preventing retaliation.

The collapse of the digital payments company Wirecard is regarded as the biggest corporate fraud scandal in Germany since World War II. An employee of the EY firm, responsible for its audits, already informed his superiors in 2016 about fraud and bribery attempts by the German ‘fintech’. The warnings of this whistleblower, however, were left to nothing by pressure from Wirecard itself.

Cases like this, published by the Financial Times on September 29, prove the importance of guaranteeing the appropriate channels and the necessary protection to whistleblowers to alert about irregularities.

EY’s failure to act, currently under investigation in Germany for its poor Wirecard audit, led to the loss of hundreds of millions of euros for thousands of citizens.

The “Luxleaks” papers, which uncovered in November 2014 the ‘sweetheart deals’ given by Luxembourg to companies to pay almost no taxes, allowed the European Commission to take action against multinationals such as McDonalds, Amazon or Ikea, who used aggressive tax practices to evade their tax obligations.

«Everyone should thank the whistleblower for his work and the investigative journalists for putting a lot of effort into this,» Competition commissioner Margrethe Vestager, who is leading the charge against unfair tax practices, told this correspondent.

But ‘Luxleaks’ whistleblower, Antoine Deltour, a former PricewaterhouseCoopers employee whose company was involved in the preparation of the tax deals, ended up sentenced in court, although he was ultimately acquitted.

There have been other cases, such as the Panama Papers or the Paradise Papers, in which whistleblowers played a fundamental role in denouncing irregularities to their superiors, the authorities or the press. They exposed situations in which, by action or omission, their companies threaten or harm the public interest, through fraud, corruption, tax evasion or attacks against the environment or food safety.

The situation of whistleblowers in Europe has become an important matter in the last five years. Despite the notorious leaks in recent years, their protection was until recently inadequate across the EU, with big differences between member states. The risk of unequal treatment and legal uncertainty decreased the interest of those who wanted to report to protect their fellow citizens.

For this reason, the European Commission presented in the spring of 2018 a proposal to strengthen the guarantees of whistleblowers. The text, which will be fully in force as of December 2021, introduces clear reporting procedures and obligations for companies, safe channels for reporting, prevention of retaliation, and effective protection for whistleblowers.

In addition, it introduces sanctions for those who try to obstruct the complaint, reveal the identity of a complainant, threaten or retaliate against him, or do not comply with other requirements of the directive.

Poor frame. Before the arrival of this proposal, only ten member states (France, Hungary, Ireland, Italy, Lithuania, Malta, the Netherlands, Slovakia, Sweden and the United Kingdom) had a comprehensive legal framework to protect them. In the other countries, the law only covered some sectors, especially the financial sector, categories of employees, such as civil servants, or certain cases, such as corruption.

As a result, according to a 2017 Commission study, 49% of citizens did not know where to report corruption cases, and only 15% were aware of whistleblower protection rules.

Companies with more than 50 employees, or more than €10 million in annual turnover, will be required to create internal reporting channels.

While the Commission prepared the proposal with a public consultation, the European Parliament also took action to make its voice heard. In February 2017, MEPs called in a resolution for a new comprehensive legal framework to protect whistleblowers. The Parliament even went as far as to recommend a specific European agency to advise and collect whistleblower reports.

Following the Commission proposal, member states and MEPs added their amendments, for example introducing the possibility of anonymous whistleblowers and legal protection for journalists who report on the content of the complaint.

The European Parliament rapporteur on this dossier, French socialist Virginie Rozière, stressed that «recent scandals such as LuxLeaks, Panama Papers and Football leaks helped shed light on the great precariousness that whistleblowers suffer today». For this reason, Parliament sent “a strong signal that it has listened to the concerns of its citizens and has promoted solid rules that guarantee their safety and those who choose to speak”, she added.

In March 2019, the European Parliament and the member states reached an agreement on the final text, which concluded its ratification in october of that year and entered into force last december. Member states have two years to implement the rules into national law.

“The EU is committed to a well-functioning democratic system based on the rule of law. That includes providing a high level of protection across the Union for whistleblowers who have the courage to speak up. No one should risk their reputation or their work by exposing illegal behavior”, said Finnish Justice Minister Anna-Maja Henriksson, whose country was chairing the Council when the directive was adopted.

The Commission even told member states to go further in their national framework when they implement the directive. The directive covers only reports on breaches related to EU law, such as tax fraud, money laundering or bad practices in public tenders, safety of goods and roads, environmental protection, public health and consumer protection and of your data. For this reason, the EU Executive invited countries to extend its scope to cover other violations of their national laws.

Companies with more than 50 employees, or more than €10 million in annual revenue, will be required to create appropriate internal reporting channels.

The first companies that will have the obligation to implement the directive will be those with more than 250 employees; two years later it will also apply to those with between 50 and 250 workers.

Protection. One of the key points of the new rules is the protection of whistleblowers. The directive explicitly prohibits retaliation and introduces safeguards to prevent the complainant from being suspended, demoted and intimidated or other forms of retaliation. Those who help whistleblowers, such as facilitators, co-workers or family members are also protected. In addition, former employees or even job candidates in the affected companies are included.

Furthermore, member states should ensure that whistleblowers have free access to complete and independent information and advice on available procedures and remedies, as well as legal assistance during these procedures. During court cases, complainants should receive financial and psychological support.

The directive introduces a hierarchy for the complaints, offering guarantees to those who decide to make them public. Whistleblowers are encouraged to first use their organization’s internal channels, before resorting to external channels that public authorities are required to establish. In cases where no appropriate action was been taken in response to the whistleblower’s initial report, or if they believe there is an imminent danger to the public interest or a risk of retaliation, the whistleblower will be protected if they choose to disclose information publicly.

The new EU rules establish the obligation to respond and follow up on the complaints within a period of three months, although it can go up to six months in the case of using the external channels in duly justified situations.

Europa informa

Texto de la propuesta legislativa.

Página del Parlamento Europeo con el procedimiento legislativo de la propuesta (en inglés).

Propuestas realizadas por la ONG Transparency International a la propuesta de la Comisión Europea.

Europe informs

Text of the legislative proposal.

Page of the European Parliament with the legislative procedure of the proposal.

Proposals made by the NGO Transparency International to the proposal of the European Commission.

«Una ley en defensa de la libertad de expresión», por Francisco Fonseca

ÁMBITO EUROPEO


FRANCISCO FONSECA

representante de la CE en España

[email protected]

 

Una ley en defensa de la libertad de expresión

La entrada en vigor en diciembre de 2019 de la Directiva para reforzar la protección de los denunciantes de irregularidades en la Unión Europea (UE)[1] supone un hito sin precedentes en la defensa de la libertad de expresión y de los medios de comunicación en Europa.

¿Por qué?

Desde el punto de vista jurídico, en el momento de su adopción, solo diez Estados miembros de la UE garantizaban la plena protección de los denunciantes de irregularidades. En los demás países, la protección concedida era parcial y se aplicaba únicamente a determinados sectores o categorías de trabajadores. La Directiva supone, por tanto, una mejora significativa en el nivel de protección de los denunciantes y acerca a los Estados miembros hacia un marco legal avanzado, elevando el listón en todos los gobiernos de la UE.

Desde el punto de vista de los valores y derechos fundamentales -que son la base sobre la que se sustenta el proyecto de la UE- la protección de los denunciantes es esencial para preservar el Estado de Derecho y la democracia en Europa.

Recientes escándalos como los provocados por las revelaciones del Dieselgate, LuxLeaks, los papeles de Panamá o Cambridge Analytica, ponen de manifiesto que los denunciantes de irregularidades desempeñan un importante papel a la hora de sacar a la luz actos ilegales que dañan el bienestar de la sociedad y los ciudadanos europeos. Así pues, si les protegemos mejor, podremos detectar y prevenir mejor los perjuicios para el interés público, tales como el fraude, la corrupción, la elusión del impuesto sobre sociedades o daños a la salud y el medio ambiente.

Los denunciantes de irregularidades pueden ayudar a detectar, investigar y sancionar los abusos de la legislación de la UE. También tienen una importante función a la hora de facilitar que los periodistas y la prensa desempeñen su papel fundamental en las democracias europeas. Por ello, necesitan la protección adecuada contra la intimidación o las represalias. Los ciudadanos que revelen actividades ilegales no deben ser castigados por su actuación.

Habiendo tenido la suerte y el privilegio de estar implicado en la supervisión de la elaboración de la propuesta legislativa durante mi periodo en la Dirección General de Justicia de la Comisión Europea, puedo confirmar el colosal reto legal que supuso poner sobre la mesa una ley europea de carácter horizontal que garantizara una protección prácticamente integral para el denunciante en un amplio número de sectores: contratación pública, servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales, financiación del terrorismo… y así hasta diez grandes rúbricas en las que se subsumen la casi totalidad de casuísticas a las que un potencial denunciante puede llegar a enfrentarse en caso de detectar una infracción legal.


«Los denunciantes de irregularidades desempeñan un importante papel a la hora de sacar a la luz actos ilegales que dañan el bienestar de la sociedad»

Para ello, la Comisión se basó en numerosas disposiciones diferentes del Tratado de la Unión Europea, garantizando que no se crearan lagunas legales, y asegurando el respeto de las competencias nacionales. Todas las áreas cubiertas por la Directiva están relacionadas con una infracción o abuso de la legislación de la UE. Del mismo modo, y con la misma vocación de protección integral, la Directiva tiene un amplio alcance en términos de quién puede ser denunciante: aquellos que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral.

El éxito de esta Directiva dependerá, en última instancia, de su correcta transposición en los Estados miembros a su legislación nacional (prevista en diciembre de 2021). La Comisión Europea alienta a los Estados miembros a superar estas normas mínimas y a establecer normativas exhaustivas basadas en los mismos principios en materia de protección de los denunciantes de irregularidades.

A pesar del gran paso al frente que supone la Directiva en la protección de los denunciantes, la situación de los periodistas en algunos países sigue siendo motivo de gran preocupación. En los últimos años asistimos con horror al asesinato de Daphne Galizia en Malta y Jàn Kuciak en Eslovaquia, periodistas que destaparon delitos de corrupción en sus respectivos países. Unos hechos que sin duda calaron hondo en Europa, donde las amenazas y la intimidación no tienen cabida, y facilitaron la rápida adopción de la Directiva a pesar de su gran complejidad técnica.

La Comisión Europea está realizando un mapeo de las posibles situaciones de abuso de litigio contra periodistas para determinar el mejor camino a seguir. El Plan de Acción para la Democracia Europea, que se adoptará a finales de este año, también incluirá sugerencias sobre cómo abordar las llamadas ‘SLAPP’ (Strategic Lawsuits Against Public Participation). Las SLAPP son demandas entabladas con la intención de silenciar o intimidar actos de participación pública, como informar sobre cuestiones de interés público o el activismo, no con la intención de ganar u obtener justicia. Las SLAPP son una amenaza no solo para nuestro derecho a la libertad de expresión, sino también para nuestras democracias. Los periodistas y las organizaciones de la sociedad civil deben utilizar su experiencia y tiempo para ser los guardianes de nuestras democracias, no para luchar contra litigios abusivos. El apoyo de los Estados miembros será crucial en este esfuerzo, porque a nivel europeo las competencias para actuar en este área son limitadas.

Para concluir, me gustaría insistir en el hecho de que la democracia, los derechos fundamentales y la defensa del estado de derecho son y seguirán siendo prioritarios para la Comisión Europea. El recién publicado informe anual sobre el estado de derecho en la Unión Europea realiza un análisis exhaustivo de la situación de todos los Estados miembros, incluyendo cuestiones relevantes para el tema que nos ocupa como la libertad de expresión y la libertad de los medios. Un documento que sirve de guía a la Comisión en sus actuaciones en éste ámbito y una herramienta clave para todos los interesados en asuntos de justicia en Europa.

[1]DIRECTIVA (UE) 2019/1937 del PARLAMENTO EUROPEO y del CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

A law in defence of freedom of expression

The entry into force in December 2019 of the Directive to strengthen whistleblower protection across the European Union (EU)[1] marks an unprecedented milestone in the defence of freedom of expression and the media in Europe.

Why?

From a legal standpoint, at the time of its adoption only 10 EU Member States ensured that whistleblowers were fully protected. In the remaining countries, the protection granted was partial and only applied to specific sectors or categories of workers. The Directive therefore represents a significant improvement in the level of protection and brings the Member States closer to an advanced legal framework, raising the bar across all EU governments.

From the point of view of fundamental values and rights —the cornerstone of the EU project— whistleblower protection is essential to preserving the rule of law and democracy in Europe.

Recent scandals such as Dieselgate, LuxLeaks, the Panama Papers and the Cambridge Analytica revelations show that whistleblowers can play an important role in uncovering unlawful activities that damage the welfare of European society and citizens. So by better protecting them we can better detect and prevent harm to the public interest such as fraud, corruption, corporate tax avoidance and damage to health and the environment.

Whistleblowers can help to detect, investigate and sanction abuses of EU law. They also play an important role in enabling journalists and the press to play their fundamental role in European democracies. That is why they need proper protection against intimidation and retaliation. Citizens who uncover illegal activities should not be punished as a consequence of their action.

Having had the fortune and privilege of being involved in supervising the drafting of the legislative proposal during my time at the European Commission’s Directorate-General for Justice, I can confirm the colossal legal challenge involved with tabling a European-wide law that would guarantee nigh-on comprehensive protection for blowing the whistle across a wide number of sectors: public procurement; financial services, products and markets; money laundering and terrorist financing, etc. All up, 10 large areas covering almost all the cases potential whistleblowers could face if they detect a legal breach.

To do so, the Commission drew on many different provisions of the Treaty on European Union, ensuring no legal loopholes were created and guaranteeing respect for national competences. All the areas covered by the Directive relate to a breach or abuse of EU law. Similarly, and with the same vocation of wholesale protection, the Directive has a broad scope in terms of who can be a whistleblower: people who work in the private or public sector and who have obtained information on breaches in a work context.

The Directive’s success will ultimately depend on Member States correctly transposing it into their national laws (expected in December 2021). The European Commission encourages Member States to punch above these minimum standards and establish comprehensive regulations based on the same principles for the protection of whistleblowers.


«Whistleblowers play an important role in uncovering unlawful activities that harm the welfare of society»

Despite the big step forward the Directive entails in protecting whistleblowers, the situation of journalists in some countries remains a matter of great concern. In recent years we have witnessed with horror the murders of Daphne Caruana Galizia in Malta and Ján Kuciak in Slovakia, journalists who uncovered corruption offences in their respective countries. Their deaths evidently struck a deep chord in Europe, where there is no place for threats or intimidation, and powered the swift adoption of the Directive despite its great technical complexity.

The European Commission is mapping potential cases of vexatious litigation against journalists to determine the best way forward. The European Democracy Action Plan, to be adopted later this year, will also include suggestions on how to tackle Strategic Lawsuits Against Public Participation (SLAPPs). SLAPPs are filed with the intention of silencing or intimidating acts of public participation, such as reporting on matters of public interest or activism, not with the intention of winning or obtaining justice. They are a threat not only to our right to freedom of expression but also our democracies. Journalists and civil society organisations should leverage their expertise and time to be the guardians of our democracies, not to fight vexatious litigation. Member States’ support will be crucial to this effort since powers to act in this area are limited at the European level.

In conclusion, I would like to emphasise the fact that democracy, fundamental rights and the defence of the rule of law are and will remain a priority for the European Commission. The recently published annual report on the rule of law in the European Union features a comprehensive analysis of the situation of all Member States, including issues relevant to the matter at hand such as freedom of expression and freedom of the media. The document can guide the Commission in its actions in this area and is a key tool for all parties involved in justice matters in Europe.

[1]DIRECTIVE (EU) 2019/1937 of the EUROPEAN PARLIAMENT and of the COUNCIL of 23 October 2019 on the protection of persons who report breaches of Union law.

 

Empresas longevas

ALDEA GLOBAL

Empresas longevas


«Echar el cierre» o «bajar la persiana» son expresiones que el mundo empresarial suele utilizar cuando llega el momento agrio de poner fin a la actividad productiva de una sociedad. Vivimos un tiempo, por cierto, en que esas frases se escuchan con más frecuencia de la deseada, que ocultan dramas como deudas, desempleo o cierres en cascada. Pero hay empresas en todo el mundo que subsisten desde hace más de mil años y algunas que florecen, incomprensiblemente para muchos, donde otras desaparecen.

MELCHOR DEL VALLE

[email protected]
@Mechiva

PARA CALCULAR la edad de una empresa, por definir conceptos, pensamos en la fecha de su constitución y en que siga haciendo ogaño lo mismo que antaño y con igual nombre. Así, y agárrense, la empresa más longeva del mundo tiene la friolera de… ¡1 442 años! Se trata de la japonesa Kongō Gumi y está dedicada a la construcción y mantenimiento de templos (budistas, básicamente). Fue independiente desde su fundación, en el 578, hasta 2006 y ahora forma parte de la corporación Takamatsu, pero se sigue llamando igual y haciendo lo mismo. Por comparar, en esa época reinaba en España el visigodo Leovigildo. En todo ese tiempo transcurrido hasta hoy, hemos tenido varias guerras (demasiadas, seguro), dos de ellas mundiales, y otras tantas pandemias: tuberculosis, viruela, peste bubónica… Si hacemos caso a lo de «una pandemia cada 100 años», las cuarenta generaciones de constructores Kongō superaron unas cuantas. Y hasta dos bombas atómicas.

Claro que algo debe de tener Japón en esto de la longevidad empresarial que, sinceramente, los expertos tendrían que analizar con calma para ver qué conclusiones sacamos aplicables al emprendimiento de hoy. Porque hay otras cuatro empresas milenarias en el archipiélago nipón: tres hoteles, Nishiyama Onsen Keiunkan (desde el 705), Koman (desde el 717) y Hōshi Ryokan (desde el 718), y una manufacturera de papel ceremonial, Genda Shigyō (desde el año 771). Por aquí, por España, por recordarlo, en esa época andábamos preocupados por la victoria de Tariq frente a los visigodos a partir del 711 y pendientes de lo que un irreductible Pelayo hacía en Covadonga (720).

                                                        En España, Casa de Ganaderos (802 años), en Aragón, es una cooperativa que sigue comercializando carne de cordero

Europa. Puede pensarse que el fuerte apego a las tradiciones, propio de la cultura japonesa, sea el secreto de la longevidad de sus empresas. Es un dato, así que comparemos con otros continentes; la vieja Europa, para empezar. En el 803, solo unos años antes de que en España un eremita «viese luces» muy cerca del Finis Terrae y se comenzase a hablar del Camino de Santiago (reinado de Alfonso II), abrió sus puertas en Salzburgo, Austria, un local pegado a las paredes de la abadía de San Pedro: St. Peter Stifts Kulinarium, que es el restaurante más veterano de nuestro continente donde aún se sirven comidas como las que, parece, disfrutó el mismísimo Mozart unos mil años más tarde de la inauguración.

Del mismo siglo que St. Peter son la alemana bodega Staffelter Hof Winery (862), las casas de moneda francesa Monnaie de Paris (864) e inglesa The Royal Mint (886) y el pub-cervecería irlandés Sean’s Bar (900). En los años y siglos siguientes, mirando ese mapa de más veteranas europeas por países, mayoría de bares y de empresas relacionadas con el dinero y los servicios de correos, con pocas excepciones; una de ellas, España. Casa de Ganaderos, en Aragón, fue fundada poco después de la Batalla de las Navas de Tolosa (1212) y, según dicen en su página web (todas las compañías que se están citando tienen hoy su página web, como no podía ser de otra manera), «Casa de Ganaderos es una cooperativa de 270 socios, todos ellos ganaderos de ovino. Fundada en 1218 por el rey Jaime I de Aragón, Casa de Ganaderos es también la empresa más antigua de España. Esta doble vertiente, económica e histórica, marca nuestro trabajo. Comercializamos carne de cordero de primera calidad proveniente de las granjas de nuestros socios y, a la vez, cuidamos y tratamos de divulgar nuestro archivo y nuestra historia».

Y el resto del mundo. En Asia, el restaurante chino Ma Yu Ching o Ma Yuxing (1153 y especializado en platos de pollo desde 1855) es el negocio más antiguo del continente si exceptuamos los casos nipones antes citados. Respecto a las Américas, en la del norte, la «medalla de oro» es para la Casa de la Moneda de México (1534) y en la del sur, la Casa Nacional de la Moneda de Perú (1565). En África hemos de viajar por mar hasta Isla Mauricio y en el tiempo hasta 1772 para encontrar a la más veterana en su servicio de correos, Mauritius Post; algo parecido a lo que ocurre con Oceanía, donde está Australia Post desde 1809.

A pesar del imbatible récord japonés, las ocho siguientes empresas más longevas del mundo por países, llamándose igual y con la misma actividad, insistimos, son europeas. A las ya citadas unas líneas más arriba se unen la italiana Pontificia Fonderia Marinelli (1040), dedicada a hacer campanas, la cervecera belga Affligem Brewery (1074) y la harinera danesa Munke Mølle (1135). La décima en esta lista de «las más» es el restaurante chino. Por resumir: dos dedicadas a productos relacionados con ceremoniales religiosos (templos y campanas), dos fábricas de moneda, tres establecimientos de hostelería (restaurante y pub) y tres más del sector alimentación y bebidas (bodegas de vino y cerveza y molino de harina). Si incluimos la “selección japonesa” al completo, tres más de hostelería y otra de ceremonias.

Japón como ejemplo. Si establecemos un periodo de tiempo comprendido entre el 578 (fecha de creación de Kongō Gumi) y el 1699, antigüedades superiores a los 350 años, por tanto, encontramos un total de 1 005 empresas que siguen subsistiendo en el mundo. De ellas, un 52,5 % son japonesas. Los siguientes países en esta clasificación son Alemania (18,1 %), Reino Unido (4,4 %), Austria (4,3 %) y Suiza (3,9 %). Españolas tenemos siete (0,7 %), de las que cuatro son bodegas y dos restaurantes. Pero ¿qué pasa en el «país del Sol Naciente» para que se dé esa abrumadora mayoría? Según cuentan responsables políticos nipones, en las shinise, nombre con el que se conocen estas compañías, «la mayoría de los propietarios y gerentes de estas empresas hacen algo para ayudar a la comunidad local». Y esto es así, seguramente, porque conocen «de toda la vida» a sus vecinos, que son sus clientes directos.

Hablábamos antes de amor a la tradición por parte de los empresarios japoneses, aunque realmente es empeño, algunas veces con un punto de sacrificio, por mantener el legado familiar; e innovación, por supuesto, a lo que hay que añadir una sencilla estrategia económica, que se define sola tomando al pie de la letra la frase de un empresario de Kioto: «no intentamos obtener ganancias a corto plazo». A esto añade que «si hay una oportunidad de negocio, no la rechazo. Sin embargo, no creo que aprovechar determinadas oportunidades sea siempre la mejor opción, ya que es solo una pequeña parte de una larga historia. Lo importante es crear un negocio que pueda vivir durante mucho tiempo».

Y Alemania. Si rebajamos el peso de la tradición pura, ciertamente más notorio en oriente que en las sociedades europeas, podemos fijarnos en el empresariado alemán, segundo país en empresas longevas, y sobre todo en las mittelstand (equivalente a las pymes españolas). Son innovadoras, con cierta vocación internacional, registran un fuerte sentido de pertenencia por parte de sus trabajadores y tienen gestión familiar. “Una familia sólida crea empresas exitosas, pero una empresa exitosa no constituye familias sólidas”, dicen los empresarios alemanes. Y aunque es cierto que decir Alemania es pensar en Volkswagen o BMW, cabe recordar que su tejido empresarial está cuajado de compañías denominadas hidden champion (campeones ocultos) porque no son muy conocidas, aunque tengan posiciones destacadas dentro de su sector.

Tanto las shinise como las mittelstand «campeonas» nos muestran que la razón de su notoriedad está en la idea de inversión a largo plazo con implicación familiar, la capacidad de innovar, la gestión con mentalidad de responsabilidad social corporativa proyectada tanto interior como exteriormente (trabajadores, consumidores, entorno) y el conocimiento individualizado de los clientes. Hay un factor más entre la mayoría de las niponas, que no es tan notorio en las alemanas: el trato directo con el consumidor final. Véase, si no, el legado de hoteles, restaurantes, bares… Compárense ahora con las Amazon (1994), Google (1998), FaceBook (2004) o Twitter (2006) y la gestión de los big data: ¿coincidencias o claves del éxito?

Por si las dudas

The Oldest Company in Almost Every Country (That is Still in Business). Business Financing.co.uk. Febrero, 2020.

Las claves del éxito de la competitividad del sistema empresarial japonés. Felipa Lopes-dos-Reis. Empresa y Humanismo (2008, Vol. XI nº1). UNAV.

El Mittelstand alemán: datos y reflexiones sobre un modelo de éxito. Kai-Ingo Voigt. Universidad de Alcalá, IDOE (2013).

La empresa más longeva del mundo tiene 1 442 años. Se trata de la japonesa Kongō Gumi y está dedicada a la construcción y mantenimiento de templos

Buen ánimo emprendedor

Como puede comprobarse en la estadística empresarial española de los últimos doce meses, crisis a causa de la pandemia incluida, se crean más empresas de las que se disuelven. En conjunto, en dicho periodo, se han creado 85.843 y liquidado 21.350. Hay quien ve oportunidades donde otros se sienten acabados.

Fuente: INE (https://bit.ly/36wNe6f)

Españolas con más de 350 años

En España hay siete empresas entre las 1.005 del mundo que ya han cumplido o superado los 350 años y siguen llamándose igual y dedicándose a lo mismo que cuando nacieron. Cuatro de ellas están en Cataluña y las demás en Aragón, Navarra y Andalucía.

 

Año Empresa Actividad Localización
1218
Cooperativa ganadera
Zaragoza
1497
Bodega
Sant Sadurní d'Anoia (Barcelona)
1524
Restaurante
Pinós (Lleida)
1548
Bodega
Masquefa (Barcelona)
1551
Bodega
Sant Sadurní d'Anoia (Barcelona)
1647
Bodega
Villatuerta (Navarra)
1670
Restaurante
Sevilla

«Ser empresario: pasión, esfuerzo y adaptación», por Antonio Garamendi

ALDEA GLOBAL

ANTONIO GARAMENDI,

presidente de CEOE

@garamendi

Ser empresario: pasión, esfuerzo y adaptación

La Real Academia de la Lengua define el término empresa como la “acción o tarea que entraña dificultad y cuya ejecución requiere decisión y esfuerzo”.

Sin duda es una descripción muy acertada puesto que una empresa, como la entendemos en CEOE, es una combinación de acción, esfuerzo y determinación.

Una empresa o ser empresario requiere de una tensión constante por mantener el rumbo. Un sacrificio (a menudo muy ligado al riesgo que implica la inversión que se realiza) que solo se puede sostener desde la pasión y la idea clara de dónde se quiere llegar. Los empresarios arriesgan para conseguir mantener a flote su empresa.

Sin embargo, muchos son los que han caminado por esta senda y no han llegado a término o han tenido que echar el cierre antes de tiempo.

Por tanto, ampliando un poco más el sentido de la palabra empresa, podríamos decir que esas líneas maestras que la definen bien podrían completarse diciendo que para que la empresa sea exitosa la acción, el esfuerzo y la determinación no siempre son suficientes. Es necesario dar un paso más.

¿Qué podemos aprender entonces de aquellas empresas longevas, que mantienen el pulso de la actividad durante años, décadas o incluso siglos?

Hay otras líneas comunes en la forma de trabajar de estas compañías que pueden acercarnos aún más a la idea de éxito. Es esa experiencia de la empresa que se ha mantenido durante años, la que inspira y muestra las claves para los futuros empresarios.

De un lado, podríamos hablar del compromiso con las personas. Tanto aquellas a las que van dirigidos los bienes o servicios producidos como las personas que forman parte de las organizaciones. El compromiso en todos los niveles de la empresa hace que su trayectoria se enfoque siempre hacia la mejora, y una empresa mejor siempre tendrá resultados positivos para toda su estructura: empleados, clientes y empresarios.

Aquellos que saben lo que es mantener un negocio en plena forma durante muchos años saben que solo se consigue desde la unidad de acción. Dicho de otro modo, el compromiso de las personas que sacan adelante el trabajo diario es fundamental para que la empresa evolucione unida en la misma dirección.

Además, ese compromiso de los empleados para con su empresa y sus valores garantiza la participación y la creatividad, es decir, el valor añadido y la puesta en práctica del talento.

De otro lado, para poder fomentar ese mismo compromiso, es fundamental que la empresa funcione con reglas claras y con transparencia. En último término, de lo que hablamos es de confianza en todas las direcciones del proyecto empresarial. La transparencia de una empresa lleva a vincular a todos en sus retos y objetivos.

 


                                                       Solo poniendo a las personas en el centro de las cosas podremos hacer que nuestras empresas sean más competitivas

 

Para acabar de perfilar esa idea del compromiso en el seno de las empresas, señalar que este es hoy más importante que nunca. Solo poniendo a las personas en el centro de las cosas podremos hacer que nuestras empresas sean más competitivas, entre otras cosas porque el talento es la verdadera materia prima de cualquier compañía.

Así es que aquella empresa que quiera perdurar en el tiempo debe dejar de mirarse a sí misma como un centro de producción y obtención de beneficios. Las compañías también son y deben considerarse generadoras de valores y promotoras del bien común. Una forma de entender la actividad que se ha consolidado aún más a raíz de la crisis del COVID-19.

Otro elemento necesario para que una empresa permanezca en el tiempo es la adaptación constante al entorno y a los cambios. Vivimos años de gran incertidumbre a todos los niveles y, por ello, el término acción ha cobrado un nuevo significado.

Las empresas de hoy se mueven en entornos cambiantes que trascienden lo más evidente, que son las transformaciones tecnológicas. En estos momentos, además de asumir que la digitalización es un proceso imparable y una ola a la que es necesario subirse para beneficiarse de las ganancias de competitividad que aporta, hay que entender que el mapa geopolítico o incluso las pirámides demográficas tienen enormes implicaciones en las dinámicas económicas y, en consecuencia, en el devenir de las empresas.

Todo ello requiere un aprendizaje constante y tomar conciencia de en qué entorno se desarrolla nuestra actividad. Desde CEOE, creemos que el tejido empresarial español es plenamente consciente de la necesidad de apostar por la digitalización y la innovación como elementos clave de competitividad empresarial.

Otro eslabón de esa cadena, pero sin duda uno de los más importantes, se encuentra la formación. Del mismo modo que la empresa tiene que aprender, su capital humano también debe permanecer en un proceso de constante formación.

En décadas pasadas, era la experiencia lo que podía marcar la diferencia entre una empresa y su competidora. Esa experiencia siempre será necesaria, pero cada vez más, la adaptación será el elemento clave del desarrollo empresarial. El mundo cambia y las empresas con él.

Por último, las empresas afrontan en estos momentos, por primera vez en la historia reciente, el reto de la sostenibilidad. De unos años a esta parte, la necesidad de cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas, no como una estrategia o como un elemento estético, sino como un factor más de competitividad, ha hecho que las empresas se embarquen en cuestiones como la necesidad de cumplir criterios de eficiencia energética y la transición ecológica. En este sentido, no podemos dejar nadie atrás. Las empresas contribuyen de manera real y efectiva a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y ese es el camino que debemos seguir.

Por todo ello, podemos decir que los fundamentos para poder asegurar la longevidad de nuestras empresas nos hablan de personas, compromiso y esfuerzo; pero no olvidemos que el mundo cambia cada vez más rápido. Actuemos hoy para poder ganar el futuro.

El ingreso mínimo vital

ENTRE MAGNITUDES

El ingreso mínimo vital

Lo que hasta hace poco tiempo no era más que una utopía más propia de las prósperas sociedades escandinavas, se está poniendo en marcha en España, no sin ciertos retrasos y dificultades. Más allá del baile de cifras que existe en torno a su percepción por parte de los beneficiarios, lo cierto es que el denominado Ingreso Mínimo Vital ha llegado a nuestro país para quedarse. Una medida que pretende paliar la desigualdad social existente, exacerbada por la crisis sanitaria desatada por la actual pandemia, para dotar a los sectores más desfavorecidos de un colchón de protección que cubra sus necesidades básicas.

FERNANDO GEIJO

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Facebook:  Fernando Geijo

Elogiada por unos y denostada por otros. Sin duda, la renta básica universal genera alabanzas y críticas en los diferentes países en los que se ha debatido su puesta en marcha. Y España no podía ser una excepción. Esta iniciativa redistributiva de la renta disponible es apoyada con fervor por organizaciones progresistas, que la ven como un paso natural en la consolidación del Estado del bienestar, y vilipendiada por los grupos más conservadores, que observan en ella los peligros propios de la consolidación de una mentalidad basada en el abandono del esfuerzo personal de superación cuando su asignación es generalizada.

En lo que no hay duda es en considerar que su implantación selectiva supone caminar hacia una evidente solidaridad económica mediante la instauración de un vasto modelo de protección social que, a la postre, ofrece a los individuos más desfavorecidos un salario ajustado para cubrir sus necesidades vitales esenciales.
El establecimiento en España de una renta básica mínima no es un concepto novedoso. De hecho, diferentes partidos políticos del arco parlamentario han sopesado esta posibilidad en los últimos tiempos. No en vano, varios países, como Países Bajos, Canadá, Finlandia y Francia, han coqueteado con este concepto de redistribución financiera entre los más desfavorecidos al poner en marcha proyectos piloto desde hace años.

La idea que subyace en la asignación de este ingreso económico vital es garantizar un ingreso mínimo de subsistencia a las personas que se encuentran en una situación de evidente vulnerabilidad financiera. Una especie de red social para garantizar la subsistencia de aquellos que están en riesgo severo de exclusión social.

Contra la pobreza. El denominado Ingreso Mínimo Vital (IMV) era una de las medidas estrella del pacto suscrito entre el PSOE y Unidas Podemos que dio lugar al actual Gobierno de coalición. La aprobación de esta iniciativa sufrió varios retrasos debido a la crisis sanitaria del Covid-19 hasta que, finalmente, vio la luz en el último Consejo de Ministros del pasado mes de mayo.

El arranque de esta iniciativa está siendo más complicado de lo esperado. No en vano, las dificultades en su implantación se derivan de la actual situación económico-social, lo que ha desbordado las expectativas más optimistas de solicitudes debido a la grave crisis provocada por la pandemia del coronavirus.
De hecho, y después de meses de implantación y con un notable retraso en la gestión de las solicitudes, el Gobierno no ha tenido más remedio que aprobar un Decreto-Ley para alargar plazos y eliminar requisitos para tratar de aligerar el proceso.

Las más de 900.000 solicitudes presentadas hasta finales de septiembre desde que el pasado 15 de junio se abriese el plazo para solicitar el IMV están poniendo a prueba la capacidad de la Seguridad Social. Así, al menos, lo aseguran los sindicatos al denunciar falta de personal para atender la avalancha de peticiones recibidas. Una carencia que se uniría a los problemas informáticos, originados al principio de este proceso, y al exceso de trabajo que entraña la gestión de un ingente número de expedientes acumulados. No hay que olvidar que los funcionarios del ente público deben también tramitar otros asuntos como por ejemplo pensiones, jubilaciones, así como otro tipo de ayudas económicas.

A las complicaciones antes descritas habría que añadir la incertidumbre en el cumplimiento de los plazos administrativos para los solicitantes del IMV. Es decir, una vez superado el lapso de tres meses sin obtener respuesta por parte de las autoridades competentes cuando se realiza una solicitud, se considera desestimada. Es lo que la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común describe como silencio administrativo.

Se calcula que beneficiará a un total de 1,1 millones de hogares, la mitad de ellos con niños.

Es por ello por lo que, desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, del que es titular José Luis Escrivá, se han puesto manos a la obra para tratar de agilizar los trámites en un intento por simplificar las solicitudes y desatascar la situación mediante la ampliación del plazo de respuesta administrativa de tres a seis meses, hasta final de año, con lo que se sortea el peligro de prescripción legal antes descrito.

Mejoras necesarias. La idea es desatascar el cuello de botella creado entre el aluvión de demandas y la multiplicación de asuntos a atender por parte de la plantilla de funcionarios de la Seguridad Social, especialmente en un escenario de crisis sanitaria generalizada.

Con todo, se pretende que unos 150.000 hogares, que albergan a alrededor de 450.000 personas, puedan cobrar la prestación a partir de la segunda mitad del mes de septiembre. Las cifras muestran que hasta ese momento apenas se había concedido el 10 por ciento de los 900.000 expedientes presentados. Este porcentaje supone que algo más de 85.000 familias en España ya estarían recibiendo la prestación. Sin embargo, la gran mayoría, unas 75.000, fueron concedidas de oficio, lo que supone que sólo han sido analizadas las restantes 10.000 peticiones, un uno por ciento de las entregadas hasta esas fechas.

La cuantía fijada para el Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual, sin hijos a su cargo que vive solo, asciende a 461,53 euros mensuales, cantidad que coincide con el importe anual de una pensión no contributiva dividida entre doce. En el caso de una unidad de convivencia, el importe va desde los 599,99 euros, para aquella formada por dos adultos, hasta un máximo de 1.015,37 euros si se trata de hogares integrados por dos, tres o cuatro adultos con tres o más, dos o más o un menor a su cargo, respectivamente. Los expertos estiman que estos importes supondrán un gasto al Estado de unos 3.000 millones de euros al año, alrededor de un tercio de lo que abona cada mes en pensiones. Además, se calcula que beneficiará a un total de 1,1 millones de hogares, la mitad de ellos con niños.

Los beneficiarios de esta prestación deben tener un patrimonio neto total inferior a los 100.000 euros, y una edad comprendida entre los 23 años, exceptuando quienes tengan un hijo menor de edad, y los 65 años. Además, una vez presentada la solicitud, si no lo habían hecho antes, deben encontrarse en situación de búsqueda activa de empleo.

Asimismo, su residencia legal y efectiva debe estar en España, de forma ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de la presentación de la solicitud. Otro aspecto a destacar a la hora de acceder al IMV es que se ha puesto especial cuidado en la protección de las víctimas de violencia de género que hayan tenido que abandonar su hogar, así como en el reconocimiento de las parejas de hecho que residan en el mismo núcleo familiar.

Los ciudadanos que estén recibiendo otro tipo de ayudas, como el subsidio o la prestación por desempleo, no podrán acceder al IMV dado que supondría percibir cuantías superiores a esta renta básica y, en palabras del propio Escrivá, se podría desincentivar la búsqueda de empleo al existir la posibilidad de sumar varias ayudas.

En cualquier caso, la medida no deja de estar en línea con lo acordado por los países más avanzados de nuestro entorno y supone un plausible avance hacia la constitución de una sociedad indudablemente más justa e igualitaria.

Ojo al dato

Sede electrónica de la Seguridad Social con información de referencia sobre el Ingreso Mínimo Vital. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Guía de facilitación de acceso a las medidas. Ingreso Mínimo Vital. Vicepresidencia Segunda del Gobierno. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Tramitación de la solicitud a través del formulario del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Simulador del Ingreso Mínimo Vital. Página web de la Seguridad Social. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Información para solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Cruz Roja Española.

La cuantía del IMV va desde los 461,5 euros mensuales hasta un máximo de 1.015 euros

Condiciones generales de aceptación

Entre los requisitos para ser beneficiario, que deben cumplirse al solicitar la prestación y mantenerse mientras se perciba la misma, se encuentran:
• Residir en España desde hace al menos un año, salvo para las víctimas de explotación sexual o violencia de género (sin plazo).
• Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, para lo que se valora la capacidad económica del individuo y/o de todos los miembros de la unidad de convivencia, tanto en términos de ingresos como de patrimonio.
• Haber solicitado las pensiones y prestaciones a que se tenga derecho, salvo rentas mínimas y salarios sociales o similares, concedidos por las comunidades autónomas.
• Los mayores de 28 años deben iniciar, si no lo han hecho ya, los trámites para figurar como demandantes de empleo y el resto de los adultos acreditar que cursan estudios reglados, quedando excluidas las personas dependientes y sus cuidadores, discapacitadas en grado de 65% o superior y los beneficiarios de pensión de incapacidad, invalidez, jubilación o aquellos mayores de 65 años.

Fuente: Seguridad Social.

Ajustes normativos

Entre los cambios recogidos en el Decreto-Ley de actualización de las condiciones de acceso al IMV cabe subrayar:
• El plazo de la Administración para resolver las solicitudes de los demandantes se alarga de tres a seis meses, para evitar que caduquen por silencio administrativo.
• Las solicitudes positivas presentadas en 2020 tendrán carácter retroactivo y, por tanto, derecho a cobro desde el 1 de junio.
• Se deja de exigir, salvo posterior discrepancia, la presentación del padrón en la solicitud, al ser comprobado por la propia Seguridad Social con los datos del INE.
• La exigencia de inscripción como demandantes de empleo de todos los adultos solicitantes no tendrá que cumplirse antes de presentar la solicitud, sino que se podrá completar, una vez aprobado el IMV, en los seis meses siguientes.
• Únicamente los solicitantes menores de 30 años que vivan solos deberán acreditar su independencia, no así el resto, como ocurría antes.
• La acumulación de los, al menos, 12 meses de cotización, seguidos o alternos, ahora debe haber tenido lugar en los últimos tres años a la presentación de la solicitud.
• Se endurecen las condiciones de acceso para las parejas de hecho en situación de unidad de convivencia, que ahora deben contar con una antigüedad de inscripción en el correspondiente registro de, al menos, dos años desde la presentación de la solicitud del IMV.
• La nueva norma permite excluir del cálculo económico a los adultos que no sean los progenitores, sin perjuicio de superar los umbrales totales establecidos, y que, en caso de no haber recibido respuesta a su solicitud, puedan solicitar el IMV transitorio por su cuenta.
• Para agilizar el proceso, ahora se aceptarán los informes de las comunidades autónomas en relación con los beneficiarios de otras rentas mínimas.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE).

«Si Tomás Moro levantara la cabeza», por Carlos Sánchez

ENTRE MAGNITUDES

CARLOS SÁNCHEZ,
director adjunto de El Confidencial

@mientrastanto

Si Tomás Moro levantara la cabeza

En 1516, Tomás Moro publicó un libelo, en el sentido antiguo del término; esto es, un opúsculo o un librillo, como se prefiera, en el que ya esbozaba una especie de renta básica para todos los habitantes de Utopía, ese territorio ignoto en el que se procuraba la felicidad de sus habitantes. Incluso los esclavos, decía Moro, aquellos “trabajadores pobres de países vecinos que vienen a ofrecer voluntariamente sus servicios”, tenían derecho a que se les tratara con humanidad. “No escatiman nada [en Utopía] que pueda contribuir a su curación, trátese de medicinas o de alimentos”, sostenía uno de los personajes más atractivos de la historia.

Resulta ocioso decir que su idea, la de procurar un bienestar básico a todos los ciudadanos independientemente de su estatus o de su contribución al erario, ha tardado siglos en llegar. Pero lo cierto es que todos los países, incluidos los más pobres, han diseñado unos sistemas de protección social, en función de sus recursos, inimaginables en tiempos de Tomás Moro, quien lo vio, precisamente, como una utopía. Es decir, lo que nunca se consigue. Y es, en este sentido, en el que hay que situar herramientas como el ingreso mínimo vital, que no es, ni mucho menos, una renta básica universal como la que predicaban economistas tan dispares como Freedman o Tobin.

El IMV es mucho más modesto, y, probablemente, es mucho menos original. No en vano, este país dispone desde hace décadas de una panoplia de prestaciones no contributivas que han dado forma a eso que se ha denominado Estado de bienestar, que no es sólo tener acceso a la educación o a la sanidad como un derecho de carácter universal, sino, también, a que el Estado provea un mínimo de recursos monetarios en caso de necesidad. Las pensiones no contributivas, la renta activa de inserción, los subsidios para mayores de 52 años y, por supuesto, las rentas mínimas que han desplegado todas las CCAA, independientemente del color político, forman parte de esa arquitectura asistencial que el IMV viene a completar.

Es decir, el ingreso mínimo vital no es más que un complemento al Estado de bienestar, y así es como hay que evaluarlo. No tiene nada que ver con un sistema de renta básica como el que han propugnado muchos economistas. Mientras que el IMV se dirige a los muy pobres, aquellos que se han quedado fuera de la red de protección social, la renta básica se configura como una prestación de carácter universal dirigida a toda la ciudadanía.

Esta diferencia puede parecer sutil, pero está en el centro del debate sobre el ingreso mínimo, ya que en función de la elección de una u otra forma existe condicionalidad o no la hay. Y aquí está el meollo de la cuestión: qué condicionalidad hay que exigir a quienes tienen derecho a una prestación pública. Para unos, debe ser elevada o, al menos, suficiente, para evitar crear bolsas de penuria, lo que se ha llamado la trampa de la pobreza, un círculo vicioso del que es difícil salir porque los beneficiarios tienen una renta asegurada. Es decir, individuos que se conforman con unos ingresos mensuales (complementados en muchos casos con economía sumergida) que, en este caso, se situarían entre 462 y 1.015 euros, dependiendo de circunstancias familiares. Para otros, por el contrario, la condicionalidad debe ser prácticamente inexistente en aras de que la prestación se parezca lo más posible a la renta básica universal.

 


                                                             «El ingreso mínimo vital no es más que un complemento al Estado de bienestar, y así es como hay que evaluarlo»

 

La condicionalidad es, por lo tanto, la clave de bóveda del sistema de prestaciones del Estado, y de ahí que muchos de quienes han impulsado desde hace décadas la necesidad de crear una renta básica -Milton Freedman la articulaba a través de un sistema de impuestos negativos- se sientan defraudados por la aprobación del Real Decreto-ley del pasado 29 de mayo, que establece numerosas medidas de control. Tantas que el propio Gobierno se ha visto obligado, recientemente, a aligerar la carga burocrática que exigía la concesión, lo que explica su pobre funcionamiento durante los primeros meses de rodaje, aunque los derechos tengan carácter retroactivo desde el 1 de junio.

El hambre, sin embargo, no espera y de poco sirve pagar una prestación en diciembre cuando las necesidades se han producido unos meses antes.

Como muchos expertos han puesto de relieve, la eficacia de cualquier renta asistencial depende de su diseño, es decir, de su capacidad de incluir en la red a quienes realmente lo necesiten, salvo que se trate de una renta universal, que no es el caso. Y el diseño, necesariamente, dependerá de su encaje con el sistema de rentas mínimas que hoy tienen las comunidades autónomas, que, en última instancia, son quienes han asumido la competencia.

Es probable que las premuras de tiempo con que se ha diseñado el IMV no hayan conseguido esos objetivos. Sin duda, porque el IMV, que era un proyecto de legislatura, se ha vinculado al Covid-19. Y aquí está otra de las cuestiones peliagudas. Unos piensan, como se ha hecho en otros países, que habría que haber diseñado un mecanismo de emergencia para todos los ciudadanos, una especie de cheque universal, que hubiera cubierto a todos los ciudadanos mientras dure la pandemia, mientras que el Gobierno ha optado por una medida de carácter estructural.

Las dos fórmulas, sin embargo, no son antagónicas. Países como EE.UU., poco intervencionista, han optado por la vía de los cheques como solución de emergencia, y probablemente el sistema ha sido más eficaz, mientras que en España se ha optado por un mecanismo demasiado burocrático para dar respuesta a la pandemia económica. El resultado es que pocas personas han cobrado todavía el IMV y que el sistema de protección social tiene vías de agua que habría que cerrar lo antes posible. Al fin y al cabo, como decía Tomás Moro, en Utopía, ese país imaginario, “tienen muy pocas leyes, pero, para un pueblo tan bien organizado, son suficientes muy pocas”.

Consumir con cabeza

CONSUMO

Consumir con cabeza

Los españoles tenemos la intención de cuidarnos más, de comer mejor, de hacer más ejercicio y estamos dispuestos a hacer muchos esfuerzos para conseguirlo. También económicos. Eso es, al menos, lo que recogen numerosos estudios sobre nuestros hábitos de consumo. 

MARIÁN LEZAUN

[email protected]
@mlezaun

Así, una encuesta realizada por la aseguradora Aegon señala que cada vez son más los consumidores que consultan la etiqueta nutricional de los alimentos o los clientes que estarían dispuestos a pagar más por productos realmente saludables. En la misma línea, un 77 por ciento de los encuestados contempla cambiar sus hábitos de vida a corto plazo para sentirse mejor, según un estudio de Aral, la revista de las empresas de distribución.

La incertidumbre creada por el coronavirus ha servido para hacernos más conscientes de nuestro estado de salud. De hecho, durante estos meses, hemos tenido información suficiente para valorar nuestros hábitos de consumo y de vida, pensarlos e incluso cambiarlos para hacer frente a posibles nuevas enfermedades tanto físicas como mentales. La venta de productos deportivos se disparó en los primeros meses de la pandemia y aumentó con fuerza la de alimentos de proximidad y productos sostenibles.

Hábitos saludables. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) existen siete hábitos que, practicados a diario, cambiarían nuestra vida para bien facilitando un estado de completo bienestar físico, mental y social. Son sencillos y apelan al sentido común, pero no siempre es fácil ponerlos en marcha. Entre ellos, una dieta equilibrada, eliminar los productos tóxicos como el alcohol, las drogas y el tabaco, un poco de ejercicio, una higiene apropiada y cuidar nuestro estado emocional y nuestras relaciones sociales. Los fabricantes y las marcas saben que lograrlo es una gran preocupación para muchos consumidores y, por eso, aumentan las inversiones en investigación para crear productos y servicios que satisfagan esas necesidades. De hecho, en los últimos años hemos visto cómo crece la oferta de productos más saludables, más respetuosos con el medioambiente y con la salud y, sobre todo, cómo se ha creado un gran negocio alrededor de ellos que hace que cada vez seamos más exigentes a la hora de comprar. El problema es que producirlos resulta más caro y que, en ocasiones, no llegan al público general que también empieza a demandarlos. No obstante cada vez hay más marcas blancas o productores más pequeños que se han apuntado a la moda de esta nutrición adaptada a nuestras necesidades alimenticias. Alimentos que mejoran el sistema inmune, la flora intestinal, que aportan vitaminas extra o que ofrecen alternativas a la carne suponen ya una oferta importante en cualquier supermercado. Algo que hace apenas unos años solo podía encontrarse en tiendas especializadas. En Innofood señalan las tendencias del futuro de la alimentación: alimentos “cómodos” o fáciles de preparar, comidas que estén ligeramente procesadas, productos sabrosos, saludables y seguros, procesos de conservación más prolongada, alimentos lo más naturales posible y precios competitivos. Dicen los expertos que las empresas que sepan adaptarse serán las que ganarán la batalla en el complicado mercado de la distribución “porque las nuevas generaciones además de demandar comida más sana, quieren que sea fácil de preparar y que aporte nutrientes extra”.

Una encuesta realizada por la aseguradora Aegon señala que cada vez son más los consumidores que consultan la etiqueta nutricional de los alimentos.

El precio. El precio que, hasta ahora, había sido uno de los principales frenos al despegue de este negocio ya no lo es tanto porque el consumidor aprecia las condiciones en las que se han producido los alimentos y los compra convencido. Este el caso de los productos denominados bio o ecológicos que aunque pueden duplicar el precio de los productos convencionales, tienen un target definido para que esta variable no sea lo más importante en la decisión de compra. Además, los expertos aseguran que se puede comer bien sin gastar demasiado. Así, para Laura Arranz, farmacéutica, nutricionista y autora del blog dietalogica.com “no es cierto que comer más sano sea más caro hoy día si tenemos una buena organización de menús en casa y aprovechamos bien todo lo que compramos”. El problema es que “muchas personas se apuntan al cambio, compran verduras en exceso y luego se les estropean en la nevera, y entonces sí sale caro”. Pero si calculamos bien lo que vamos a consumir y lo hacemos no es un problema. “En este sentido la clave está también en consumir alimentos de temporada, tanto frutas y verduras como pescado, pues así reducimos mucho el coste de la cesta de la compra”, explica Arranz. Para esta experta el mercado nos ofrece un montón de productos saludables y con precios asequibles, por lo que se trata de planificar un poco mejor la cesta de la compra y buscar a esos proveedores que realmente sean de confianza. 

En esta especie de revolución alimentaria, los más jóvenes son los que lideran el cambio hacia una dieta más respetuosa con el cuerpo y el planeta. “Casi el 80% de la población entre 25 y 34 años y el 73% de entre 18 y 24 años afirman haberse vuelto más conscientes de su alimentación”, según un estudio de Upfield, el fabricante holandés de margarinas. No obstante, durante la cuarentena se ha incrementado la ingesta de fruta en un 66%, la de vegetales en un 59%, los productos frescos en un 49% y los alimentos ricos en Omega3 en un 24%. De igual manera, ha disminuido el consumo de bollería y el de carne por encima de un 30%, según Upfield. 

Ojo con las modas. Sin embargo, los expertos advierten de que el peligro está en dejarse llevar por las modas y no por criterios científicos. Según un estudio de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), “la mitad de los encuestados cree que los productos orgánicos son más sanos que los no orgánicos, cuando esta afirmación no tiene ningún claro respaldo científico”. Según un estudio elaborado por la compañía de energía fotovoltaica SotySolar, hasta el 80% de los españoles considera que existen marcas que se aprovechan de lo ecológico y sostenible para aumentar el precio, haciendo que optar por este tipo de productos sea solo accesible para unos pocos. No obstante, el 18% de los encuestados considera que el precio de este tipo de productos se adecua a lo que se ofrece, mientras que solo un 2% afirma que no son más caros. En este sentido, el bioquímico y divulgador José Antonio Mulet, se ha encargado de desmentir ciertos tópicos respecto a los productos naturales. Mulet defiende que el avance tecnológico no ha supuesto un retroceso en la calidad de los alimentos y que llevar una alimentación poco saludable es solo un problema de actitud. 

Así, para Arranz, aquellas empresas que sepan aunar los nuevos valores serán las que se lleven el gato al agua. “Creo que este tipo de productores serán los que triunfarán y más después de esta crisis sanitaria que estamos viviendo que nos ha hecho valorar mucho más la salud. La mayoría de los consumidores escogerá la opción saludable en igualdad de precio y aunque una parte estarán dispuestos a pagar un poco más, las empresas también están por la labor de hacer que sus opciones más sanas sean también asequibles al bolsillo”. Eso lo estamos viendo ya en los lineales, así que quizás la clave está solamente en mejorar nuestras decisiones.

Hacia una alimentación más inteligente

El proveedor de tecnologías microbianas ADM ha identificado seis diferencias en el comportamiento de los consumidores desde el comienzo del COVID-19. Son hábitos emergentes que impulsarán la innovación y el crecimiento en los próximos meses, según recoge la revista de distribución ARAL. ADM ha detectado las grandes preocupaciones de los consumidores y qué es lo que piden ahora a los proveedores de alimentos. En primer lugar, según esta empresa, los consumidores buscan alimentos que refuercen su sistema inmunitario, que ayuden a mantener las funciones metabólicas y el peso, que se adapten a las necesidades nutricionales de cada uno y que favorezcan el equilibrio y el bienestar. Al mismo tiempo se ha registrado un aumento de la demanda de proteínas vegetales como alternativa al consumo de carne. Según explica la vicepresidenta de marketing de ADM, Ana Farrel, en la revista, los productores que sepan atender a estos nuevos valores serán los que triunfen en la estantería del supermercado.

Cada vez hay más marcas blancas o productores más pequeños que se han apuntado a esta moda de una nutrición adaptada a nuestras necesidades

Para saber más

Más nutrientes: La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación ha publicado un estudio en el que recoge cuáles son los alimentos con más nutrientes y beneficios para nuestro organismo, Powerhouse Fruits and Vegetables. Este reportaje de La Vanguardia recoge sus claves.

Calcula tu menú: En la web de la Fundación Española de Nutrición puedes calcular la cantidad de calorías que necesitas consumir para mejorar tus condiciones físicas. También encontrarás consejos sobre alimentación saludable y tendencias de consumo.

En esta especie de revolución alimentaria, los más jóvenes son los que lideran el cambio hacia una dieta más respetuosa con el cuerpo y el planeta

Las pymes tiran de la innovación alimentaria

Según datos del Informe Económico 2019 de la Federación de la Industria Alimentaria y las Bebidas, la incorporación de empresas alimentarias a actividades I+D sigue aumentando. Así, la industria de alimentación y bebidas ha elevado la cifra de empresas que han realizado actividades de I+D, que ya superan las 700 compañías, de las que un 84 por ciento son pymes. Desde Food For Life-Spain, la plataforma tecnológica de la Federación, se han promovido 600 proyectos por valor de unos 1.100 millones de euros, relacionados con la innovación alimentaria.

Rescatar el plan de pensiones… o no

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Rescatar el plan de pensiones... o no

La  flexibilidad llega con cuentagotas a los planes de pensiones que podrían convertirse en un instrumento más ágil a la hora de planificar el ahorro a largo plazo.

MARIÁN LEZAUN

[email protected]
@mlezaun

Aunque los planes de pensiones han sido una de los productos preferidos por los ahorradores con vistas a la jubilación, sus condiciones no siempre han sido las mejores. Los costes del rescate, los requisitos para su contratación y, en ocasiones, su escasa rentabilidad, los convierten en un producto rígido y poco atractivo para los ahorradores más exigentes. Por eso, el Gobierno ha aumentado las posibilidades de disponer de los ahorros contenidos en estos productos, reduciendo el tiempo de permanencia y, en los últimos meses, debido a la crisis provocada por el Covid-19, estableciendo también requisitos específicos para autónomos y trabajadores que se encuentren en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).

Los planes de pensiones son una buena opción de ahorro a largo plazo para los inversores más conservadores y para aquellos que buscan ventajas fiscales inmediatas. Pero no siempre son la mejor alternativa para incrementar la renta disponible de cara a la jubilación y muchos partícipes reclaman desde hace tiempo mayor flexibilidad para rescatar el dinero sin tantas restricciones. En esa línea y para facilitar la liquidez, el Gobierno los incluyó dentro de las medidas de urgencia destinadas a hacer frente a la pandemia. Se trataba de permitir que familias y empresarios en apuros pudieran recurrir a sus ahorros y mejorar su situación económica en este momento de incertidumbre. Se abrió así una ventana que ha durado seis meses y que permitía acceder al dinero en mejores condiciones, insistiendo en las reformas iniciadas hace dos años. Hasta ese momento no se podía recuperar el dinero (o parte de él) hasta que se alcanzara la edad de jubilación, aunque se podía conseguir, de manera excepcional, por enfermedad grave o por desempleo de larga duración. Desde 2019, se contempla además la posibilidad de rescatar el dinero en un plazo de diez años para todos los productos suscritos a partir de 2015.

No obstante, según expertos y gestoras, rescatarlos no siempre es la mejor opción ya que se trata de un producto que está diseñado con una clara necesidad de permanencia. Su finalidad es complementar la jubilación futura, y sus objetivos y expectativas deben plantearse a largo plazo. Por eso no se debe comparar con otros productos que existen en el mercado cuyas rentabilidades y condiciones son más a corto plazo y requieren mayor cultura financiera, más seguimiento y una gestión más compleja. Y es que lo primero que hay que tener en cuenta es la situación en la que se encuentra el producto en el momento del rescate, ya que al tratarse de productos adscritos a fondos de pensiones quizá un momento de crisis no es el más apropiado para hacerlo debido a la volatilidad de los mercados. Así, los expertos recomiendan precaución, asesoramiento y ver todas las opciones disponibles antes de hacerlo.

De momento estas medidas excepcionales se han tomado con cautela entre los particulares, y los bancos reconocen que no son tantos los clientes que las han aprovechado pese a que la posibilidad se ha publicitado y los clientes la conocen.

En el caso concreto de los trabajadores autónomos, desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) reconocen que “sí que hubo cierto interés al principio, que aumentaron las consultas en torno a este tema, pero una vez analizado el riesgo de rescatarlo de manera urgente, desde la asociación se ha desaconsejado la opción”, explica Celia Ferrero, su vicepresidenta. Ferrero añade también que las medidas “excluyen a muchos autónomos debido a la limitación de las pérdidas y, además, se ponía en juego todo el esfuerzo de ahorro realizado en los últimos años, con lo que eso supone”. En el caso de inversores particulares, todavía no hay datos oficiales de cómo ha calado la medida.

Así las cosas y visto que el plazo para justificar pérdidas o situación de desempleo temporal venció el pasado 14 de septiembre habrá que esperar al próximo paquete de medidas oficiales. Lo más probable es que, dadas las circunstancias, la medida se prolongue en el tiempo. Y es que, dada la coyuntura económica y las previsiones para el año que viene, los ciudadanos necesitan facilidades en todos los sentidos, más si cabe, en la gestión de sus ahorros.

¿Quiénes pueden acogerse a las medidas excepcionales de rescate de planes de pensiones? Hasta marzo, solo los desempleados de larga duración, los enfermos graves y los aquellos cuyo plan cumpla diez años en enero de 2025 eran quienes podían rescatar su plan de pensiones. La nueva normativa especifica que podrán acogerse a esta posibilidad los trabajadores por cuenta ajena en desempleo debido a un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) justificado por la crisis del COVID-19. También podrán hacerlo los empresarios titulares de establecimientos que no hayan podido abrir al público debido a la declaración del estado de alarma del 14 de marzo (artículo 10 del Real Decreto 463/2020). Es decir, todos aquellos que no se hayan considerado de primera necesidad. Y, por último, los autónomos que han cesado su actividad debido a la crisis del COVID-19 y los autónomos que, sin haber cesado su actividad, hayan reducido su facturación un 75 por ciento respecto al promedio de años anteriores.

¿Cuánto dinero se puede rescatar? Según la norma, no se puede rescatar el volumen total de los derechos consolidados, sino la menor de esas cuantías. Los derechos consolidados corresponden a las aportaciones realizadas por el partícipe, así como a la revalorización de los mismos durante el tiempo que dure la contratación. La cuantía máxima se establece actualmente en 1.613 euros al mes, que se obtienen de prorratear el IPREM anual (establecido en los presupuestos generales del Estado) en doce pagas y multiplicarlo por tres. El IPREM es el indicador Público de Renta de Efectos Múltiples que se utiliza como referencia para calcular prestaciones, subsidios, rentas no contributivas o calcular el acceso a becas o viviendas protegidas. No obstante, se debe analizar cada caso teniendo en cuenta el perfil del partícipe: empresarios, autónomos y trabajadores en ERTE, cuyas circunstancias son muy dispares.

¿Qué documentación se necesita? La documentación varía en función del perfil del partícipe del fondo. En el caso de los trabajadores que se encuentren en ERTE, se requiere la comunicación del ERTE o el certificado de la empresa donde se anuncie el cese temporal, la nómina del mes en la que se declara el ERTE y también la anterior a la crisis del coronavirus. Según Bolsamanía, “a estos documentos hay que sumar una declaración responsable donde tú mismo reconoces estar en situación de desempleo por el ERTE”. Como la cantidad de dinero del plan de pensiones que se puede recuperar por el ERTE es limitada, la documentación debe actualizarse cada mes. En el caso de los autónomos, se requiere un certificado fiscal de la AEAT sobre la base de la declaración de cese de actividad y la declaración de IRPF del año anterior o la declaración trimestral mediante el modelo 130.

¿Cómo afecta a la declaración de la renta el rescate? El dinero rescatado del plan de pensiones tributa como renta del trabajo por lo que es muy importante tener en cuenta su impacto en la declaración de la renta. Es decir, el dinero que recibamos puede hacer que ampliemos el tramo de gravamen en la próxima declaración de renta. Además, contar con dos pagadores puede afectar también en el resultado final. De cara al futuro, se esperan además posibles cambios en la tributación del ahorro que podrían reducir o eliminar las deducciones fiscales de estos productos convirtiéndolos en un producto de inversión más. Hay que tener en cuenta que no está sometido a tributación el cambio de un plan a otro ya que el partícipe no está haciendo efectivo el rescate.

Por si las dudas

Simulador. En la página de Finect, una plataforma que ayuda a los ahorradores a comparar diferentes productos financieros, se puede acceder a un simulador que te permite conocer cuál es la mejor opción para rescatar tu plan de pensiones y en qué momento es mejor hacerlo.

ATA: La publicación digital para emprendedores y autónomos de la Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos (ATA) explica en un artículo cómo afecta la medida anti crisis a los trabajadores autónomos.

Adicae: La web corporativa de la asociación de usuario de banca dispone de una guía práctica sobre los planes de pensiones y sus posibilidades de rescate. Además ofrece un simulador para conocer cómo se comportará tu plan y calcular los costes del rescate.

Escritura Pública: En nuestra revista informamos sobre cambios normativos que afecten a los consumidores. También hemos explicado cómo funcionan los planes de pensiones y cuándo conviene contratarlos.

Según expertos y gestoras, rescatarlos no siempre es la mejor opción ya que se trata de un producto que está diseñado con una clara necesidad de permanencia
El mercado

Los fondos y planes de pensiones que operan en España -tanto individuales como de empresa- gestionan en la actualidad 111.827.867 millones de euros, según datos de Inverco, la patronal del sector, a junio de 2020. El número de partícipes, por su parte, supera los 9,5 millones (7,4 millones en planes individuales y otros 2 millones en planes de empresa). El mercado lo lideran actualmente tres bancos: Caixabank, BBVA y Santander. Desde Inverco destacan el comportamiento de los planes individuales que han recuperado los niveles previos a la crisis del coronavirus. El crecimiento continuado en los últimos meses ha incrementado el patrimonio de estos planes en más de 5.200 millones de euros.

Más de 9 millones de españoles cuenta con un plan de pensiones individual o colectivo

«Planes de pensiones: posibilidades de rescate en época de crisis», por Ricardo Nogales

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

RICARDO NOGALES


Abogado. CECU – Confederación (de ámbito estatal) de Consumidores y Usuarios
www.cecu.es / @CECUconsumo

Planes de pensiones: posibilidades de rescate en época de crisis

Hablar de los efectos económicos causados por la pandemia del Covid-19 tiene cierto componente de frivolidad dada la magnitud de la catástrofe humanitaria que hay detrás de la enfermedad. Sin embargo, no podemos olvidarnos de los aspectos más crematísticos y abordar cómo cubrir aquellas parcelas que, si bien menos dramáticas que la ausencia de salud, son muy necesarias para continuar, dentro de lo posible, con unos niveles de bienestar similares a los previos a la pandemia.

La afectación social de la Covid-19 ha sido muy dispar, y como suele suceder en estos episodios unos pocos salen favorecidos y los más sufren algún perjuicio. No todos los trabajadores han tenido la suerte de poder trabajar desde casa, o que su empleo sea de los que lo permite, o que la empresa para la que trabajan haya podido mantener su volumen de actividad, o que el autónomo -si fuera el caso- haya conservado un nivel de negocio tal que le haya permitido mantener siquiera una mínima facturación. Otros han tenido que reinventarse: lo hemos visto con las fábricas de ropa, reconvertidas en fábricas de mascarillas y material sanitario; con los hoteles, ofreciendo habitaciones como oficinas o alojamientos semi hospitalarios; con los restaurantes tradicionales preparando comida a domicilio; o en el sector musical, dando al streaming el impulso digital definitivo que necesitaba. 

Pero otros muchos no han podido adaptarse, o al menos no con la suficiente velocidad. Quien por sus circunstancias personales ha padecido las consecuencias adversas de la pandemia, ha tenido a su disposición alguna de las medidas económicas que se han adoptado desde el pasado mes de marzo. La medida estrella ha sido el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), sufrido, en mayo de 2020, por uno de cada cuatro trabajadores (casi 3,4 millones de empleados en total), situación que después del verano aún sufren 0,7 millones. Pero no ha sido la única. Medidas tributarias (por ejemplo aplazamiento de declaraciones fiscales) o flexibilización de la financiación de las entidades locales, han sido algunas medidas públicas; y otras han afectado al sector privado, algunas gracias a la propia iniciativa de cada empresa, y otras por imposición legal, como las moratorias hipotecarias, el apoyo a colectivos vulnerables (mediante bonos sociales para el pago de suministros domiciliarios) o, como en el sector ahora protagonista, flexibilizando el rescate de planes de pensiones. No debe confundirse el plan con el fondo de pensiones, patrimonio este último creado al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones, de cuya gestión, custodia y control se encarga una entidad promotora.

El plan de pensiones es un instrumento financiero por el cual se hacen aportaciones para posteriormente percibir rentas o capitales, siempre en los términos del plan suscrito. Está destinado a mejorar la situación económica tras la jubilación del cliente (denominado partícipe en este tipo de servicios). Por su propia naturaleza tiene restringidas las posibilidades de disponer del capital al que se tenga derecho. La causa normal para ello (art. 8 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre) será la jubilación, la incapacidad permanente total o absoluta, la gran invalidez, el fallecimiento o la dependencia del partícipe. Sin embargo y de manera adicional, extraordinaria podríamos decir, también se permite ese rescate («hacer efectivos sus derechos consolidados», en la terminología legal) en caso de desempleo de larga duración o enfermedad grave, concurriendo los requisitos descritos para cada situación según detalle que recoge el art. 8 del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Se trata de supuestos tasados porque, lógicamente, cuando se configura el plan de pensiones para su comercialización, se tiene en cuenta cuál pueda ser la razón para la satisfacción de las prestaciones, distinta a la mera voluntad del partícipe.


Esta posibilidad de rescate, además de parcial se compadece mal con la segunda oleada de pandemia surgida tras el verano


 

Pero como decíamos al principio, algunas medidas públicas adoptadas con motivo del Covid-19 han afectado al sector privado (en el que se sitúan las promotoras de los planes de pensiones), mediante la ampliación de los supuestos en los que se puede rescatar el capital: desempleo a consecuencia de un ERTE derivado del Covid-19, o haber cesado la actividad empresarial o profesional con motivo de la enfermedad (disposición adicional vigésima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo). Esta posibilidad de rescate, además de parcial (con un máximo de poco más de 1.600 € mensuales), ha estado limitada en el tiempo (al igual que ya sucedió con la posibilidad de rescate por desahucio, disposición adicional 7ª del Real Decreto Legislativo 1/2002), lo que se compadece mal con la segunda oleada de pandemia surgida tras el verano.