Invertir juntos para defender mejor a Europa, por Amparo Valcarce

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ÁMBITO EUROPEO

AMPARO VALCARCE,

secretaria de Estado de Defensa

Europa se defiende no para confrontar, sino para disuadir; no para militarizar su identidad, sino para proteger su forma de vida"

Invertir juntos para defender mejor a Europa

Europa atraviesa un punto de inflexión histórico. La guerra en Ucrania, el deterioro acelerado del entorno geopolítico y la constatación de dependencias estratégicas acumuladas durante décadas han obligado a la Unión Europea a replantearse con urgencia su modelo de seguridad. La defensa ha dejado de ser una cuestión secundaria o exclusivamente nacional para situarse en el centro del proyecto europeo. En este contexto se inscribe la propuesta del nuevo Marco Financiero Plurianual 2028-2034 y, dentro de él, una apuesta clara: reforzar la capacidad de Europa para protegerse a sí misma.

La Comisión Europea ha propuesto incentivar el gasto destinado a defensa con el objetivo de avanzar hacia una auténtica Unión Europea de la Defensa. No se trata solo de gastar más, sino de gastar mejor: de forma coordinada, eficiente y alineada con los intereses estratégicos comunes. Esa es la filosofía que inspira el instrumento SAFE (Security Action for Europe).

SAFE es un mecanismo financiero excepcional, creado en 2025, que pone a disposición de los Estados miembros hasta 150.000 millones de euros en préstamos en condiciones especialmente favorables. Su finalidad es clara: acelerar la preparación defensiva europea mediante inversiones urgentes y de gran escala, al tiempo que se refuerza la Base Industrial y Tecnológica de la Defensa Europea. En la práctica, SAFE permite a los países europeos adquirir capacidades críticas de defensa de manera conjunta, apoyándose en su propia industria y reduciendo dependencias externas.

Este enfoque responde a una lección aprendida con crudeza en los últimos años. Europa ha invertido durante demasiado tiempo de manera fragmentada, comprando de forma aislada y, en muchos casos, fuera del continente. El resultado ha sido una pérdida de economías de escala, problemas de interoperabilidad y una industria europea con dificultades para aumentar rápidamente su capacidad productiva cuando la situación lo exige. SAFE busca corregir estas debilidades fomentando las adquisiciones conjuntas, la planificación compartida y el fortalecimiento de cadenas de suministro europeas.

El instrumento prioriza capacidades esenciales: munición y misiles, defensa aérea y antimisil, sistemas terrestres y navales, drones y antidrones, ciberdefensa, guerra electrónica, movilidad militar o activos espaciales. Además, introduce un criterio estratégico fundamental: al menos el 65% del valor de los componentes debe proceder de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Ucrania. No se trata de proteccionismo, sino de resiliencia y autonomía estratégica.

Para España, SAFE representa una oportunidad estratégica de primer orden. Nuestro país cuenta con una industria de defensa sólida, tecnológicamente avanzada y plenamente integrada en los grandes programas europeos. Esa realidad se ve reforzada por el Plan Industrial y Tecnológico de la Seguridad y la Defensa impulsado por el Gobierno de España, que comparte plenamente la filosofía europea de invertir mejor, de forma coordinada y con una clara orientación estratégica. Este Plan sitúa a la industria de defensa como un vector de soberanía, innovación y crecimiento económico, y actúa como un instrumento de alineamiento nacional con las prioridades europeas.

Desde la Secretaría de Estado de Defensa estamos trabajando intensamente para que España participe activamente en SAFE, no solo como beneficiario, sino también como país tractor de proyectos y capacidades compartidas, liderando adquisiciones conjuntas que refuercen tanto nuestras capacidades militares como la proyección internacional de nuestra industria. Esta visión combina responsabilidad estratégica, compromiso europeo y una apuesta decidida por el tejido industrial nacional, entendiendo la defensa como una política pública con efectos multiplicadores.

En este esfuerzo resulta esencial el trabajo de la Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa (DIGEID). Desde este órgano se está llevando a cabo una intensa labor de coordinación con las empresas del sector para identificar capacidades disponibles, proyectos maduros y soluciones que permitan a España presentarse ante sus socios europeos como un proveedor fiable, competitivo y tecnológicamente avanzado.

Gracias a este trabajo conjunto, España está en condiciones de liderar o participar en proyectos de alto valor estratégico. El desarrollo de los programas como la construcción de las fragatas F-110, los submarinos S-80 o la modernización de sistemas de mando y control o determinados vehículos tácticos son un claro ejemplo de ello. Se trata de capacidades maduras, con plazos de entrega compatibles con la urgencia actual y con un claro interés para otros países europeos y aliados. Además, SAFE introduce incentivos relevantes, como la exención del IVA en las operaciones financiadas por el instrumento, que refuerzan la competitividad de estos proyectos.

Un marco estable

Pero el impacto de SAFE va más allá de los grandes programas. Uno de sus efectos más positivos es la creación de un marco estable y previsible para la industria, que facilita inversiones, incrementa la capacidad productiva y activa un potente efecto tractor sobre el conjunto del ecosistema industrial, incorporando pymes, empresas tecnológicas, centros de investigación y capacidades de doble uso. La defensa, conviene recordarlo, no es solo seguridad: es también innovación, empleo cualificado, cohesión territorial y progreso tecnológico con aplicaciones civiles.

La seguridad y el bienestar no son conceptos opuestos. Sin seguridad no hay estabilidad económica, ni cohesión social, ni capacidad para sostener el modelo europeo de libertades y derechos.

Europa se defiende no para confrontar, sino para disuadir; no para militarizar su identidad, sino para proteger su forma de vida. SAFE encarna esa visión: cooperación frente a fragmentación, industria europea frente a dependencia, inversión estratégica frente a improvisación. Es un instrumento financiero, sí, pero sobre todo es una decisión política de gran calado.

Las negociaciones del nuevo Marco Financiero Plurianual serán complejas, como siempre ocurre cuando se trata de equilibrar intereses diversos. Pero hay algo que ya no admite demora: la necesidad de que Europa esté preparada. Invertir juntos para defender mejor a Europa es, hoy, una condición imprescindible para garantizar nuestro futuro común.

AMPARO VALCARCE,

Secretary of State for Defence

Europe defends itself not to confront, but to deter; not to militarise its identity, but to protect its way of life"

Investing together to defend Europe better

Europe is at a historic turning point. The war in Ukraine, the accelerated deterioration of the geopolitical environment and the realisation of strategic dependencies accumulated over decades have forced the European Union to urgently rethink its security model. Defence is no longer a secondary or exclusively national issue but is now at the heart of the European project. This is the context of the proposal for the new 2028-2034 Multiannual Financial Framework and, within it, a clear commitment: to strengthen Europe’s capacity to protect itself.

The European Commission has proposed boosting defence spending with the aim of moving towards a genuine European Defence Union. It is not just about spending more, but about spending better: in a coordinated, efficient way that is aligned with common strategic interests. This is the philosophy behind the SAFE (Security Action for Europe) instrument.

SAFE is an exceptional financial mechanism, created in 2025, which makes up to €150 000 million in loans available to Member States on particularly favourable terms. Its aim is clear: to accelerate European defence preparedness through urgent and large-scale investments, while strengthening the European Defence Technological and Industrial Base. In practice, SAFE enables European countries to acquire critical defence capabilities jointly, relying on their own industry and reducing external dependencies.

This approach responds to a lesson learned the hard way in recent years. Europe has for too long invested in a fragmented way, buying in isolation and, in many cases, outside the continent. The result has been a loss of economies of scale, interoperability problems and a European industry with difficulties in rapidly increasing its production capacity when the situation demands it. SAFE seeks to address these weaknesses by encouraging joint procurement, shared planning and the strengthening of European supply chains.

The instrument prioritises core capabilities: ammunition and missiles, air and missile defence, land and naval systems, drones and anti-drones, cyber defence, electronic warfare, military mobility or space assets. In addition, it introduces a key strategic criterion: at least 65% of the value of the components must be sourced from the European Union, the European Economic Area or Ukraine. This is not about protectionism, but about resilience and strategic autonomy.

For Spain, SAFE represents a major strategic opportunity. Our country has a solid, technologically advanced defence industry that is fully integrated into major European programmes. This reality is reinforced by the Industrial and Technological Plan for Security and Defence promoted by the Spanish government, which fully shares the European philosophy of investing better, in a coordinated manner and with a clear strategic orientation. This Plan positions the defence industry as a vector of sovereignty, innovation and economic growth, and acts as an instrument of national alignment with European priorities.

From the Secretary of State for Defence, we are working intensively to ensure that Spain actively participates in SAFE, not only as a beneficiary but also as a driving country of shared projects and capabilities, leading joint acquisitions that strengthen both our military capabilities and the international reach of our industry. This vision combines strategic responsibility, a European commitment and a firm pledge to the national industrial base, where defence is understood as a public policy with multiplier effects.

The work of the Directorate General for Defence Industry Strategy and Innovation (DIGEID) is essential to this effort. This body is carrying out intense coordination work with companies in the sector to identify available capacities, mature projects and solutions that will enable Spain to present itself to its European partners as a reliable, competitive and technologically advanced supplier.

Thanks to this joint work, Spain is in a position to lead or participate in projects of high strategic value. The development of programmes such as the construction of the F-110 frigates, S-80 submarines or the modernisation of command and control systems or certain tactical vehicles are a clear example of this. These are mature capabilities, with lead times compatible with the current urgency and of clear interest to other European countries and allies. In addition, SAFE introduces relevant incentives, such as VAT exemption on operations financed by the instrument, which strengthen the competitiveness of these projects.

A stable framework

But SAFE’s impact goes beyond large programmes. One of its most positive effects is the creation of a stable and predictable framework for industry, which facilitates investments, increases productive capacity and activates a powerful driving effect on the industrial ecosystem as a whole, incorporating SMEs, technology companies, research centres and dual-use capabilities. Defence, it is worth remembering, is not only security: it is also innovation, skilled employment, territorial cohesion and technological progress with civilian applications.

Security and well-being are not opposites. Without security there is no economic stability, no social cohesion, and no capacity to sustain the European model of freedoms and rights.

Europe defends itself not to confront, but to deter; not to militarise its identity, but to protect its way of life. SAFE embodies this vision: cooperation versus fragmentation, European industry versus dependence, strategic investment versus improvisation. It is a financial instrument, yes, but above all it is a major political decision.

Negotiations on the new Multiannual Financial Framework will be complex, as is always the case when balancing different interests. But there is one thing that can no longer be delayed: the need for Europe to be ready. Investing together to defend Europe better is now a prerequisite for securing our common future.

¿Cuentas conjuntas o separadas?

CONSUMO

Algo sencillo como abrir una cuenta bancaria puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas.

¿Cuentas conjuntas o separadas?

Marián Lezaun

Compartir o no las cuentas bancarias es una decisión que las personas que viven en pareja deben tomar tarde o temprano. Para acertar es necesario conocer las ventajas y las desventajas de cada opción y, sobre todo, estudiar cada caso en particular: desde la edad de los miembros, hasta las necesidades financieras de cada uno. No obstante, los expertos señalan que la tendencia actual entre los consumidores más jóvenes es mantener sus cuentas separadas y, en caso necesario, abrir una tercera cuenta para los gastos compartidos.

Algo tan sencillo como abrir una cuenta bancaria, puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas desde el primer momento. Y aunque la mayoría de los problemas surgen en el momento de cerrar las cuentas y liquidar el capital, se recomienda dejar constancia del origen de los fondos y de todas las aportaciones periódicas desde el inicio. No obstante, los datos señalan que, con el objetivo de evitar litigios o perder intimidad, las cuentas bancarias compartidas han dejado de ser la opción favorita de las parejas en España, que prefieren mantener cierta independencia en este aspecto. Si hace apenas unos años compartir la cuenta bancaria con la pareja era la situación habitual, las generaciones más jóvenes ni se lo plantean. Según datos de Finect, el 44’5% de los encuestados reconocía la necesidad de separar los gastos individuales y los comunes, y solo un 28’5% de personas aseguraba tener una cuenta bancaria compartida.

 


EL NÚMERO DE CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS APENAS SUPONE EL 30% EN LAS PAREJAS ESPAÑOLAS


 

Tomar una decisión

 ¿Hay una opción que sea más económica y práctica que la otra? ¿Qué pasa con las cuentas conjuntas cuando se produce una separación o algún miembro de la pareja fallece? ¿Cómo se puede garantizar el rescate de las cuentas individuales? Ahí es donde surgen las dudas y los problemas. Dicen los expertos que la falta de claridad sobre la titularidad y el origen de los fondos compartidos está disparando actualmente las consultas jurídicas. Por eso, se recomienda que cuando se abre una cuenta todo quede documentado, aunque sea de manera informal. Y es que, los bancos consultados reconocen que la mejor opción sólo depende de la situación particular, la personalidad de los miembros, el nivel de confianza y los objetivos financieros de la pareja.

Entre las ventajas de las cuentas conjuntas destaca la facilidad para hacer frente a los gastos comunes (alquileres, hipotecas, facturas, compras, etc.). Pero también que ambos tienen una visión clara de los ingresos y los gastos domésticos, lo que fomenta la comunicación de la pareja y la responsabilidad. Algunos estudios sugieren además que las personas que unen sus finanzas sienten un mayor sentido de posesión de los bienes compartidos y de los objetivos financieros comunes, lo que puede aumentar la satisfacción en la relación. De esta manera, también se simplifica la planificación y el ahorro para metas comunes (vacaciones, vivienda, estudios, etc.). Y tampoco hay que olvidar que una cuenta conjunta nos ayudará a ahorrar, especialmente en todo lo que supone el mantenimiento de las cuentas, la emisión de tarjetas o algunas comisiones. Además, supone una forma de preahorro​, ya que en el momento de cobrar el salario se destina una parte de los fondos a la cuenta común, lo que crea un hábito muy útil para aprender a ahorrar.

 


HAY QUE DEJAR CONSTANCIA DE LAS APORTACIONES Y DEL REPARTO DEL DINERO PARA NO TENER PROBLEMAS


 

Los contras

En el lado contrario los expertos señalan la pérdida de privacidad e independencia respecto al dinero. Cada miembro pierde cierta autonomía financiera y hay personas que reconocen que les desagrada tener que justificar cualquier gasto superfluo o capricho. Además, como la responsabilidad es compartida, los dos titulares son responsables de los descubiertos o deudas que se generen en la cuenta, incluso cuando son causados por un solo miembro. En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo. Por eso, si la decisión es compartir las cuentas se requiere un alto nivel de confianza y un acuerdo previo en la gestión financiera.

 


LA FALTA DE CLARIDAD SOBRE LA TITULARIDAD Y EL ORIGEN DE LOS FONDOS COMPARTIDOS ESTÁ DISPARANDO ACTUALMENTE LAS CONSULTAS JURÍDICAS


 

Pero como no todo es blanco o negro, para aquellos a los que las dos opciones anteriores no les terminan de convencer, existe una tercera posibilidad. Se trata de un modelo híbrido o de tres cuentas, recomendado por muchos expertos. Es una de las soluciones más comunes y a menudo la más equilibrada. Se mantiene una cuenta conjunta para gastos y ahorros comunes en la que cada miembro aporta una cantidad acordada (ya sea igual o proporcional a sus ingresos). Por otro lado, cada miembro mantiene su cuenta personal para sus ingresos, gastos individuales y ahorros personales. Esta es la opción que utilizan además otros perfiles de consumidores como son familiares, compañeros de piso e incluso grupos de amigos. En este caso, habrá que estudiar también las consecuencias fiscales. Para la Administración fiscal, los titulares son dueños de los fondos de la cuenta a partes iguales. No obstante, se puede aclarar que una parte tiene más fondos que la otra y señalar que el saldo no se divide a la mitad entre ambos.

No todas las cuentas compartidas son iguales

La gestión de las cuentas bancarias en pareja, ya sea entre matrimonios o convivientes, está rodeada de confusión. Aunque muchas personas piensan que figurar como cotitular automáticamente implica un reparto equitativo del dinero, la realidad legal es mucho más compleja. Además, hay que tener en cuenta que la legislación distingue fundamentalmente entre dos tipos de cuentas compartidas. Por un lado, las cuentas indistintas, que son las que permiten a cualquier cotitular disponer libremente de los fondos, lo que agiliza la gestión diaria, pero puede traer problemas si no se ha acordado claramente la titularidad de los ingresos. Por otro lado, las cuentas mancomunadas, que requieren la firma conjunta para cualquier movimiento, aportando mayor seguridad, pero menos flexibilidad en el momento de operar. Cuando se trata de una cuenta de valores, el funcionamiento es el mismo y se entiende que el volumen de activos se repartirá a partes iguales.

Una cuenta conjunta ayudará a ahorrar en lo que supone el mantenimiento de las cuentas.
Si la decisión es compartir cuentas se requiere un alto nivel de confianza.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo.

PARA SABER MÁS

Helpmycash: El comparador financiero dispone en su web de toda la información necesaria para decidir qué tipo de cuenta elegir. Además, periódicamente analiza qué cuentas bancarias ofrecen mejores condiciones.

Nationale-Nederlanden: La entidad financiera explica en su canal cuáles son las ventajas e inconvenientes de optar por cuentas bancarias conjuntas o cuentas separadas.

Idealista: El portal inmobiliario y de servicios explica todo lo que hay que saber cuándo tienes una cuenta con tu pareja.

Cofidis: La entidad financiera cuenta en su blog todos los pormenores de las cuentas compartidas, para que no haya sorpresas y cada titular sepa cuáles son sus responsabilidades.

Cuentas conjuntas o separadas: Números, Derecho y Hacienda, por Bernardo Bande García-Romeu

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CONSUMO

BERNARDO BANDE GARCÍA-ROMEU,

Presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF

La colaboración entre notarios y asesores fiscales resulta esencial para prevenir conflictos y reforzar la seguridad jurídica"

Cuentas conjuntas o separadas: Números, Derecho y Hacienda

La forma en que una pareja organiza su dinero, si mediante cuentas conjuntas, separadas o una fórmula mixta, tiene consecuencias jurídicas y fiscales que suelen revelarse en los momentos difíciles: la ruptura y el fallecimiento. En España, es habitual combinar una cuenta compartida para los gastos comunes con cuentas individuales para mantener independencia. Esa solución es eficiente si se planifica bien; de lo contrario, puede ser fuente de conflictos ante la Administración o los tribunales.

El análisis de las cuentas compartidas se sitúa en la frontera donde confluyen el Derecho civil y el tributario, un terreno en el que las presunciones legales y la realidad económica no siempre coinciden.

La titularidad

Con respecto a la titularidad y efectos jurídicos, cabe señalar que en la práctica bancaria existen dos modalidades básicas: por un lado, la cuenta mancomunada o conjunta, que exige la firma de todos los titulares (o del número pactado por ellos) para disponer de los fondos. Por otro, la cuenta indistinta o solidaria, en la que cualquiera de los cotitulares puede operar por sí solo, sin necesidad de consentimiento previo de los demás.

El contrato con la entidad determina cuál se aplica, pero lo relevante es distinguir entre titularidad de disposición (la facultad de operar frente al banco) y titularidad dominical o real, que determina quién es dueño del dinero. La cotitularidad bancaria no implica necesariamente copropiedad civil: puede haber titulares meramente operativos que no son propietarios del saldo. Esta diferencia es clave tanto en el ámbito civil como en el tributario.

Con respecto al tratamiento fiscal en vida, la normativa del IRPF establece que los rendimientos del capital deben atribuirse a los titulares reales de los bienes o derechos según las normas civiles. No obstante, la Administración tributaria los imputa en proporción al número de cotitulares. Además, en los datos fiscales del IRPF los rendimientos se reflejan conforme a la titularidad formal de la cuenta, lo que puede inducir a error. Si el contribuyente declara siguiendo esa imputación presunta en proporción al número de cotitulares y posteriormente intenta acreditar una titularidad distinta, esa declaración previa puede dificultar su defensa y debilitar la prueba de una distribución real diferente.

Para desvirtuar la presunción, deben acreditarse las aportaciones efectivas mediante justificantes de origen, por ejemplo, transferencias desde cuentas personales, ingresos de nóminas o movimientos bancarios identificables.

La prudencia aconseja dejar constancia escrita de que los fondos siguen perteneciendo al aportante cuando se comparte una cuenta por mera operatividad.

En cuanto a la jurisprudencia aplicable, en el plano civil, el Tribunal Supremo ha mantenido una línea constante: ingresar dinero privativo en una cuenta común no lo convierte en ganancial ni implica ánimo de donar. La Sentencia 608/2022, de 16 de septiembre, reconoció el derecho de reembolso a quien probó que las sumas ingresadas provenían de bienes privativos, rechazando la presunción de liberalidad por el mero depósito. Y la Sentencia 795/2021, de 22 de noviembre, afirmó que el dinero privativo usado para adquirir bienes gananciales genera crédito de reembolso, sin necesidad de reserva expresa.

Estas decisiones refuerzan una idea transversal: las presunciones de copropiedad o donación ceden ante la prueba documental del origen privativo.

Entre los supuestos más habituales de conflicto destacan dos especialmente relevantes.

Fallecimiento

En caso de fallecimiento de un cotitular, la práctica bancaria suele bloquear la cuenta en cuanto conoce el deceso, hasta que se acredita la condición de heredero y se liquida el Impuesto sobre sucesiones. En ausencia de cláusula de supervivencia, los fondos del causante se integran en su herencia. La consulta V0392-24 de la DGT aclara que la facultad de disposición del otro titular cesa con la muerte. Además, la realización de disposiciones tras el fallecimiento puede ser interpretada por la Administración como aceptación tácita de la herencia, incluso cuando el heredero pretendía renunciar. Por ello, conviene abstenerse de operar con los fondos hasta que la sucesión esté formalmente tramitada.

En cuanto a las donaciones y movimientos previos al fallecimiento, en la práctica, las Administraciones tributarias autonómicas suelen revisar los movimientos bancarios del año anterior al fallecimiento, ya sea en el marco de un procedimiento de comprobación o porque la normativa autonómica exige aportar el extracto detallado junto con la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. El objetivo es detectar retiradas o transferencias que puedan calificarse como donaciones no declaradas.

Los traspasos significativos a favor de otro cotitular pueden tributar como donación si existen indicios de transmisión gratuita o ánimo de liberalidad. Por ello, resulta aconsejable justificar documentalmente los movimientos —pagos de gastos, reintegros o gestión de fondos del propio causante— para evitar presunciones de liberalidad y eventuales regularizaciones fiscales.

Del mismo modo, estas cautelas no se limitan al ámbito sucesorio. Existen otros escenarios que con frecuencia originan conflictos similares: la ruptura de parejas con cuentas compartidas, la coexistencia de cuentas conjuntas en regímenes de separación de bienes o las disposiciones unilaterales antes de un divorcio. En todos ellos, la falta de prueba sobre las aportaciones y el origen de los fondos suele ser el detonante de litigios.

En conclusión, no existe una fórmula universal válida para todos. Las cuentas conjuntas pueden ser un instrumento eficaz de gestión, pero exigen claridad documental, previsión jurídica y un asesoramiento adecuado que anticipe sus implicaciones civiles y fiscales.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos apuntan en una misma dirección: lo que determina la titularidad del dinero no es el nombre que figura en la cuenta, sino el origen probado de los fondos.

En un terreno donde convergen el Derecho civil, el tributario y la práctica cotidiana, la colaboración entre notarios y asesores fiscales resulta esencial para prevenir conflictos y reforzar la seguridad jurídica. Una correcta planificación sucesoria y una adecuada prueba documental de la titularidad real de los fondos son la mejor garantía para evitar litigios y sorpresas fiscales.

Protegerse ante la desinformación

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

En la web del Parlamento Europeo se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación.

La desinformación es información descontextualizada, imprecisa o falsa que se difunde para manipular

Protegerse ante la desinformación

PATRICIA ANDÚJAR

Las fake news representan uno de los grandes retos mundiales de nuestro tiempo, pues la información manipulada supone, incluso, un riesgo para las democracias. Las redes sociales son el aliado perfecto para quienes buscan confundir y obtener beneficios políticos o económicos y por ello, países y organizaciones como la UE, trabajan para regularlo.

La desinformación se podría definir como esa información descontextualizada, imprecisa o directamente falsa, que se difunde intencionadamente para manipular la opinión u obtener un beneficio concreto. Conecta con otro término, el de la ‘posverdad’, o ‘verdad emotiva’, y que viene a señalar que “los hechos objetivos tienen menos influencia que las apelaciones a las emociones y las creencias personales”. Así lo afirma Julia Alicia Olmo y Romero, actual cónsul General de España en Bogotá, en su análisis Desinformación: concepto y perspectivas. Al contrario de la máxima periodística sobre que “los hechos son sagrados y las opiniones libres”, ahora lo que vale son las interpretaciones y que cada uno elija su propia verdad.

 


EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA UE CONTIENE NORMAS Y COMPROMISOS PARA LUCHAR CONTRA LA DESINFORMACIÓN


 

Si bien es cierto que la desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre, el mundo digital lo ha dimensionado hasta límites imposibles de determinar. En esta era donde internet marca el paso, se producen más noticias que nunca y se difunden a escala mundial. Y lo hacen a la velocidad de la inmediatez. Este hecho, lleva implícito la falta de análisis, pues no hay tiempo que perder y, por lo tanto, la veracidad del relato queda reducido a una condición casi casual. “Cada individuo se ha convertido en un medio de comunicación en sí mismo que solo comparte lo que quiere y aquello con lo que está de acuerdo”, explica Olmo y Romero.

De hecho, tal y como apunta Rosario Serra, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, en su análisis Noticias falsas (fake news) y derecho a recibir información veraz, “las noticias falsas tienen un 70% más de probabilidades de ser retuiteadas que las verdaderas”.

Límites a la regulación

Moisés Barrio, profesor de Derecho digital y autor del estudio La regulación de la desinformación en el derecho digital europeo, señala que “vivimos inmersos en una ciberdemocracia donde la política y las redes sociales van de la mano. En ese mundo digital los bulos representan una amenazada global para la libertad y la democracia de los Estados”.

Urge poner límites y así lo han entendido los diferentes países y organizaciones internacionales. ¿Debería ser un derecho estar protegidos de la desinformación? ¿Hasta qué punto legislar para controlar la desinformación puede atentar contra la libertad de expresión? Para Serra Cristóbal, “no existe un derecho fundamental a no recibir mentiras, de hecho, la libertad de expresión y de información deben prevalecer”. “Sin embargo, si se transmiten unos hechos falsos, no es que se niegue o impida el libre acceso a una información, al contrario, ésta ha fluido libremente y sin impedimentos se ha recibido, pero al ser falsos, puede dañar otros derechos que serían los invocables ante los tribunales”, señala.

 


EL 83% DE LOS EUROPEOS CREE QUE LA DESINFORMACIÓN ES UNA AMENAZA PARA LA DEMOCRACIA


 

“En los años en los que las redes sociales emergieron con fuerza, tanto Estados Unidos (EE.UU.) como la Unión Europea (UE), entendieron que regular internet llevaba implícito limitar algunos derechos fundamentales y sus respuestas jurídicas al respecto fueron tímidas”, señala Barrio. Sin embargo, en años posteriores, algunos incidentes que afectaron a políticos de diferentes países y, sobre todo, las noticias falsas durante la pandemia de la COVID-19, la guerra de Rusia con Ucrania o el auge de la Inteligencia Artificial, iniciaron el camino de la regulación.

Estos acontecimientos propiciaron que algunos Estados miembros de la UE aprobaran su propia legislación contra la desinformación, y también desde Bruselas se dieron los primeros pasos pues en 2018 se presentó el Código de Buenas Prácticas, “el primer instrumento autorregulador voluntario del mundo para las plataformas en línea y que contiene normas y compromisos destinados a luchar contra la desinformación”, tal y como explica la Comisión Europea.

En 2022, este Código se reforzó y, un año más tarde, la Ley de Servicios Digitales, más conocida como Reglamento de Servicios Digitales, pasó a ser jurídicamente vinculante, “regulando a los intermediarios y plataformas en línea”, según señala la web de la Comisión Europea. El objetivo del reglamento es “prevenir las actividades ilegales y nocivas en línea y la difusión de desinformación”, y lo hace garantizando la seguridad de los usuarios mediante la protección de sus derechos fundamentales y creando un entorno de plataformas en línea “justo y abierto”. Para ello, explica la Comisión, “las plataformas y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben compartir sus evaluaciones de riesgos anuales sobre el contenido ilícito difundido a través de su servicio”.

Además, en 2025, el Código de Buenas Prácticas se integró en el marco de la Ley de Servicios Digitales como Código de Conducta en materia de Desinformación, lo que le convierte en una referencia para comprobar el cumplimiento de dicha ley por parte de las plataformas.

Guía para frenar la desinformación

Desde la web del Parlamento Europeo también se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación. Señalan diez pasos a seguir para protegerse y proteger a los demás, como mantenerse alerta a la hora de leer los titulares de las noticias; aprender a descifrar la información y buscar fuentes que permitan comprobar los hechos; verificar las noticias, imágenes y vídeos en diferentes fuentes antes de compartirlas, sobre todo, por redes sociales; formarse e informarse para detectar estrategias habituales utilizadas en las campañas de injerencia extranjera; promover el pensamiento crítico e informar sobre contenido sospechoso ante las autoridades competentes o en las plataformas correspondientes.

También indican cuáles son las tácticas más utilizadas para engañar al ciudadano, que son jugar con las emociones, la polarización, la saturación de información mediante el bombardeo de múltiples versiones contradictorias de una misma historia y aprovechar el sesgo de confirmación, es decir, la tendencia del consumidor a creer más la información que refuerza sus propias ideas; así como la manipulación del contexto, el ataque y silenciamiento de voces críticas.

Principales víctimas

Si la regulación es importante, la implicación ciudadana es clave a la hora de frenar la desinformación. Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news y la mejor vía es la formación. Para ello, se debe incidir especialmente en los jóvenes y los mayores, pues son los más perjudicados. Los de mayor edad poseen menos competencias digitales y pueden tener más dificultad para distinguir el contenido real del falso, algo que también les sucede a los más pequeños. Por ello, en el apartado dedicado a menores de la web del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), se aborda el tema de los bulos en la Red, ofreciendo herramientas útiles para aprender a combatirlo mediante la prevención e identificación de dichos contenidos. Además, la Línea de Ayuda en Ciberseguridad de INCIBE, 017, está disponible para atender al ciudadano.

Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news.

Qué piensa la ciudadanía

Para entender el impacto que la desinformación ejerce en la sociedad, hay que conocer los datos. La Comisión Europea ofrece en su página web tres cifras muy significativas: el 83% de los europeos cree que la desinformación es una amenaza para la democracia, el 63% de los jóvenes se enfrentan a noticias falsas más de una vez a la semana y el 51% de la gente cree que ha estado expuesta a desinformación en línea. Según el informe Digital News Report 2025, elaborado por el Reuters Institute y la Universidad de Oxford, el 40% de la población mundial evita las noticias por la falta de credibilidad, el sesgo de contenido o el elevado número de informaciones que recibe. Si ponemos el foco en España, la confianza se desploma, ya que cerca del 70% de los ciudadanos desconfía de la información y casi cuatro de cada diez evitan informarse de forma habitual por la saturación de fake news.

La última encuesta realizada por la consultora Asesores nos muestra también que “en torno al 40% de los españoles admite no ser capaz de distinguir entre una información real y un bulo, así como que el 55% de la población cree que las redes sociales son el lugar donde más abunda la desinformación”.

Urge poner límites a la información falsa.

PARA SABER MÁS

Web oficial de la Comisión Europea. Información sobre el Código de Buenas Prácticas (qué es, cronología y documentos relacionados).

Página web del Parlamento Europeo sobre desinformación. Acciones europeas contra la desinformación, recomendaciones y vídeos para usuarios.

Informe Digital News Report 2025. Elaborado por Reuters Institute y la Universidad de Oxford sobre el consumo de noticias en español.

La desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre.

El bulo es un arte, por Casimiro García-Abadillo

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CASIMIRO GARCÍA-ABADILLO,

Director de «El Independiente»

Duden y contrasten diversas fuentes. Y entre ellas, elijan las más solventes"

El bulo es un arte

Hay un programa de televisión, dirigido por Risto Mejide, que se llama Todo es mentira. Toda una provocación que apela al escepticismo que impera en nuestros días: ya no nos creemos nada. 

Bulos los ha habido siempre, desde que el mundo es mundo. La mentira es un recurso que se ha utilizado en la vida cotidiana, en la prensa e incluso en las guerras. ¿Qué es un espía sino un virtuoso de la mentira? 

Incluso hay bulos sin malicia. En julio de 1971 Henry Kissinger hizo un viaje secreto a Beijing (entonces decíamos Pekín) para entrevistarse con el número dos del régimen, Zhou Enlai. El objetivo era preparar la visita del presidente Richard Nixon a China (que se produjo en febrero de 1972), y la reunión que mantendría con el padre de la revolución, Mao Zedong. La cumbre supuso un cambio radical en el tablero geopolítico global. De ese primer viaje de Kissinger quedó una anécdota. El secretario de Estado de EE.UU. le preguntó al primer ministro chino qué opinaba de la revolución francesa, a lo que éste le respondió: “Todavía es pronto para valorarla”. Aquella respuesta se interpretó como una muestra de la relativización del tiempo que caracteriza a una cultura con más de 3.000 años de historia.

Cuarenta años después, el interprete que acompañaba a Kissinger, ya liberado de su compromiso de confidencialidad, reveló que Zhou Enlai no se había referido con su respuesta a la revolución que acabó con la monarquía francesa (1789), sino a los disturbios del mayo francés de 1968. 

El secretario de Estado norteamericano alimentó ese bulo porque rodeaba su encuentro con Zhou Enlai de un cierto halo de misterio. Actuó como lo hacen algunos periodistas: que los hechos no te estropeen un buen titular. 

La diferencia con lo que ocurría hace medio siglo es que antes los bulos eran una excepción y ahora son casi la regla. Las redes sociales han contribuido a hacer masivo al bulo. Un tuitero o un tiktoker no tiene que ceñirse a ninguna norma ni código deontológico -como sí debe hacerlo un periodista- por lo que puede dar vía libre a su imaginación o a sus intereses o a sus fobias para vender una mercancía falsa como verdadera. 

Esa recreación de la realidad ha llegado al paroxismo con la implantación masiva de la Inteligencia Artificial (IA). La capacidad para embaucar ha alcanzado cotas insospechadas; la manipulación de la imagen ya no es cosa de expertos, cualquiera puede hacerlo. 

Así que debemos ser conscientes de que el bulo es un producto de consumo como las patatas fritas. 

A mi modo de ver, el bulo fantasioso no es tan peligroso como el bulo sutil, que suele ser el que está planificado con un objetivo. Al primero se le ve el plumero, el segundo puede lograr su objetivo porque es admitido como verdad por los que no quieren perder el tiempo o emplear esfuerzo en comprobar la veracidad de lo que consume. 

En 2010 salió a la luz el escándalo de Cambridge Analytica, la empresa británica que utilizó millones de datos de usuarios de Facebook sin su permiso para venderlos a clientes con una finalidad política. Ahora todos los partidos utilizan la técnica del perfilado de los electores para dirigir en redes sociales con precisión su propaganda no sólo a los suyos sino, sobre todo, a los que se muestran dudosos pero podrían llegar a votarles. 

El mensaje ya no es algo que se lanza al vacío para ver si tiene eco entre el público, sino que va dirigió a colectivos concretos cuyos gustos y actitudes se conocen previamente. A medida que el votante es más fiel a la marca, su capacidad para discernir si el mensaje es cierto o no se reduce. Tendemos a creernos lo que está en línea con lo que pensamos y ponemos en duda los mensajes que no cuadran con nuestros principios. 

Los bulos tienen una capacidad de difusión extraordinaria cuando se viven situaciones extraordinarias. Así sucedió con el COVID-19. Teorías peregrinas y remedios fantásticos se difundieron por las redes sociales e incluso por algunos medios pretendidamente serios y arraigaron no sólo entre el populacho, sino en creadores de opinión. Claro que la explicación oficial que se dio en un principio como origen del virus era un bulo en sí misma (¿se acuerdan del pangolín?). 

La tecnología y las redes sociales han contribuido a expandir los bulos. Pero también los llamados influencers, personas que se arrogan capacidad como prescriptores y que recomiendan todo tipo de productos, actividad por la que cobran, naturalmente. 

La opinión autorizada era ejercida hace medio siglo por expertos. Ahora no es que se haya democratizado, es que se ha vulgarizado, de tal manera que cualquier desaprensivo con un móvil se cree capaz de movilizar a las masas. 

En medio de esta selva plagada de trampas, rodeados de difusores de bulos, el ciudadano honesto y con apego a la verdad o a la veracidad, debe tomar precauciones. No hay una fórmula mágica, una prueba del algodón que nos diga sin dudas que es verdadero y que es falso, pero sí una recomendación que nunca falla. Duden. Duden y contrasten diversas fuentes. Y entre ellas, elijan las más solventes. Haciéndolo no sólo se aproximarán al hecho cierto, sino que descubrirán que leer medios distintos a los que estamos acostumbrados nos hace menos sectarios. No hay mal que por bien no venga. 

El envejecimiento como realidad presente y como reto, por Manuel Seda Hermosín

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EN SOCIEDAD

MANUEL SEDA HERMOSÍN,

vicepresidente del Consejo General del Notariado

La ley 8/2021 ha convertido al notario en actor fundamental en el apoyo y protección de las personas con discapacidad"

El envejecimiento como realidad presente y como reto

A nadie se escapa que el envejecimiento de la población constituye uno de los retos fundamentales del siglo XXI en todos los órdenes de la vida. No solo aumentará la población de edad avanzada: también viviremos más años. Y a mayor expectativa de vida, mayor riesgo de caer en situación de discapacidad o de vulnerabilidad o en ambas a la vez. Resulta un dato objetivo y contrastado que el mayor número de personas en situación de discapacidad no se cifra entre niños, jóvenes o adultos que han nacido con una disfunción física, psíquica o sensorial, o que la padecen a consecuencia de un accidente acaecido en el curso de su vida, sino entre personas de avanzada edad que, por el deterioro imputable al transcurso del tiempo, padecen limitaciones conducentes a situaciones de discapacidad.

Frente a tal reto, resulta decisivo: primero, ser conscientes de tal realidad y después tomar decisiones en el ámbito personal y patrimonial tendentes a asegurar nuestro bienestar. Se trata de anticiparse al futuro, vivir mejor y estar más tranquilo. Y en esa toma de conciencia y de decisiones, resulta determinante la figura del notario.

Apoyo y protección

La ley 8/2021 ha convertido al notario en actor fundamental en el apoyo y protección de las personas con discapacidad y de los mayores en situación de vulnerabilidad, pues ha puesto en sus manos la aplicación de medidas voluntarias de apoyo que permiten a los afectados ejercer sus derechos en plena igualdad con los demás, al tiempo que reserva a jueces y fiscales la fijación de medidas legales de apoyo aplicables a falta de medidas voluntarias o, cuando existiendo éstas, no funcionan de manera adecuada.

El notario, en su condición de funcionario público y autoridad en el marco del Estado de Derecho, estudia el caso concreto y asesora de manera imparcial acerca de los instrumentos jurídicos más apropiados para, respetando la voluntad, deseos y preferencias de la persona en situación de discapacidad o de vulnerabilidad, encauzar su futuro y disponer las medidas de apoyo que lo hagan más autónomo y más igual. Tales medidas son de orden personal y de orden patrimonial. Las enunciamos brevemente.

En cuanto a las medidas voluntarias de apoyo de alcance personal, su implementación requiere siempre escritura pública (por la confianza que el legislador deposita en el notario) y publicidad a través del Registro Civil, verdadera sede desde la que dar a conocer la situación personal del individuo, dentro del debido respeto a la protección de su intimidad y sus datos personales. Entre otras, destacamos, por un lado, las disposiciones reguladoras de la propia discapacidad que buscan establecer mecanismos de control o salvaguardias para impedir influencias indebidas, conflictos de interés o abusos. Por ejemplo, una persona de avanzada edad ordena que para gravar o enajenar sus bienes inmuebles u otros de especial trascendencia, además de su consentimiento, sea preceptivo que haya el de otra persona por él designada (por ejemplo, un hijo, su abogado de confianza, etc.).

El poder preventivo

Por otro lado, cabe destacar el poder preventivo que es el instrumento público por el cual la persona necesitada de apoyo (poderdante) designa a la persona o personas (apoderados) para que le representen en los actos que aquel determine, con las facultades y el modo de ejercicio que el poderdante disponga. Puede ordenarse que el poder sea usado desde su otorgamiento, o solo en el caso de que el poderdante ya no pudiera decidir por sí mismo; o para ambos casos. Su virtud radica en que, llegada la situación de discapacidad, no resulta necesario recurrir a la provisión judicial de medida de apoyo alguna, pues el poder por sí mismo constituye la medida de apoyo, sin perjuicio de que pueda ser limitado o revocado por la autoridad judicial, llegado el caso.

La autocuratela

Entre las medidas voluntarias de apoyo de alcance personal cabe señalar también la autocuratela que es la figura jurídica, contenida en escritura pública, en virtud de la cual una persona, previendo que pueda incurrir en situación de discapacidad, determina cómo desea que se organicen y administren los asuntos relativos a su persona y bienes y propone el nombramiento de su futuro curador, sea asistencial (mero apoyo) o representativo (sustituyendo la voluntad del afectado). Siempre a criterio último del juez, pues a él corresponde la constitución de la curatela, si bien solo podrá apartarse de lo ordenado por el afectado mediante resolución judicial motivada en beneficio de éste.

El testamento vital

Por último, el testamento vital es el documento de voluntades anticipadas o instrucciones previas, vulgarmente conocido como testamento vital, es una fórmula legal por la que una persona mayor de edad y con capacidad suficiente manifiesta qué asistencia médica desea recibir en caso de que llegue a encontrarse en una situación de no poder expresar su voluntad.

Aunque la legislación autonómica resulta variada al respecto, en la mayor parte de los casos puede ordenarse directamente ante el funcionario encargado de este registro en la Administración sanitaria, o bien ante notario, que comunicará el contenido de tal documento al registro de dicha Administración. Este registro es accesible a los facultativos de la Comunidad. Contenido propio de esta disposición suelen ser: la aceptación o rechazo a determino tipo de tratamientos médicos; la decisión de prolongar o no la vida de modo artificial; la designación de representante ante el equipo médico, incluso para la prestación del consentimiento informado; la decisión favorable o contraria a la donación de órganos con fines terapéuticos o de investigación, etc.

Orden patrimonial

Entre las medidas de orden patrimonial más frecuentes citamos, en primer lugar, la renta vitalicia. Es un contrato, generalmente formalizado en escritura pública, por el cual una persona cede a otra u otras la propiedad de uno o varios de sus bienes (sean o no inmuebles) a cambio de una pensión periódica a percibir hasta su fallecimiento. Su finalidad radica en proporcionar al beneficiario una renta complementaria de su pensión  de jubilación, a fin de conservar su poder adquisitivo y subvenir a la atención de necesidades futuras. Sería razonable un trato fiscal más favorable, a fin de generalizar esta figura.

En segundo lugar, el contrato de vitalicio. Es igualmente contrato, generalmente formalizado en escritura pública, en virtud del cual una persona (cedente o alimentista) transmite a otra (cesionaria o alimentante) la propiedad de uno o varios de sus bienes (sean o no inmuebles) a cambio de recibir vivienda, manutención y asistencia de todo tipo durante el resto de su vida, especialmente cuando el cedente ya no puede autoproporcionarse el cuidado y la atención adecuados para el mantenimiento de una vida digna. También reivindicamos un tratamiento fiscal más favorable en orden a la generalización de la figura.

En segundo lugar, la hipoteca inversa, que se trata de un instrumento jurídico ordenado mediante escritura pública por el cual el propietario de una vivienda recibe una cantidad de dinero, en pago único o periódicos, poniendo el inmueble como garantía hipotecaria y asegurando así la devolución de lo recibido. El hipotecante continúa viviendo en su vivienda y puede cancelar, si las circunstancias lo permiten, la hipoteca cuando lo desee, mediante la restitución del capital percibido y sus intereses.

Tras el fallecimiento del hipotecante, los herederos pueden: saldar la deuda dando la finca hipotecada en pago; vender la finca para pagar; o liberar la carga hipotecaria restituyendo a la entidad financiera el capital dispuesto y los intereses, para lo cual pueden volver a hipotecar, esta vez de manera ordinaria, la vivienda.

Otra medida de orden patrimonial es la venta de la nuda propiedad con reserva del usufructo. Este instrumento permite al propietario de una vivienda venderla y seguir viviendo en ella hasta su fallecimiento. El comprador paga lo convenido, pero no tiene la posesión ni el disfrute de la vivienda, hasta que la parte vendedora haya fallecido. El vendedor retiene la posesión de su casa hasta su fallecimiento (por lo que puede vivir en ella); y también retiene el disfrute de la misma hasta su muerte, razón por la cual puede arrendarla y obtener una renta que le permita, por ejemplo, ser asistido en una residencia adecuada. El tratamiento fiscal de la figura resulta, en esta ocasión, generoso, pues si se trata de vivienda habitual y el disponente tiene más de 65 años, goza de exención tributaria en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas por la ganancia patrimonial que se haya puesto de manifiesto al realizar la transmisión.

Las nuevas tecnologías y su impacto en la educación

EN PLENO DEBATE

Suecia ha eliminado la digitalización obligatoria en menores de seis años.

LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU IMPACTO EN LA EDUCACIÓN

MARTA RUIZ-CASTILLO

Las nuevas tecnologías (TIC) y la Inteligencia Artificial (IA) han transformado la sociedad, en general, y el sistema educativo, en particular. En el caso de España, como en otros países de nuestro entorno, cada vez más voces se preguntan si su implantación está teniendo efectos no deseados en el aprendizaje. 

Es un hecho que vivimos en una sociedad marcada por el uso cotidiano de la TIC y la IA. Un uso que, desde la pandemia, se ha incrementado en las aulas. El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas, según el informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación con datos del Instituto Nacional de Estadística de 2024, del Ministerio de Educación y de Infocop. Además, según el estudio, el 92% de los adolescentes españoles posee un smartphone propio y lo utiliza a diario con fines educativos y de ocio; el 61% de los estudiantes en España ha tenido clases híbridas (presenciales + online) en el último año académico».

 


UNO DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA DIGITALIZACIÓN EXCESIVA ES LA DISMINUCIÓN DE LA COMPRENSIÓN LECTORA Y LA ATENCIÓN SOSTENIDA


 

En la décima feria SIMO Educación celebrada en 2024 bajo el lema Tecnología que inspira la transformación educativa, los expertos analizaron este tema desde perspectivas como la seguridad digital, la alfabetización tecnológica, la salud mental y el papel de la educación emocional, destacando un enfoque equilibrado entre el componente tecnológico y el humano.

Miguel Ángel Savall, doctor en Tecnología Educativa y director general de Foredu, y Adelardo Camacho, especialista en sistemas digitales en Globeducate, coincidieron en que «es esencial garantizar entornos tecnológicos seguros en las escuelas, considerando que la digitalización acelerada, especialmente tras la pandemia ha expuesto vulnerabilidades significativas». Durante las conferencias quedó claro que «la tecnología tiene un potencial transformador, pero su implementación debe estar acompañada de un enfoque reflexivo y equilibrado». Para los expertos «la tecnología no debe verse como un fin en sí mismo, sino como un medio para enriquecer la experiencia educativa y humana, siempre con un enfoque centrado en las personas».

 


SOLAMENTE EL 9% DE LOS PADRES ESTABLECE REGLAS CLARAS SOBRE EL USO DE LA IA PARA AYUDAR EN LOS ESTUDIOS


 

¿Positivo o negativo?

 El debate está servido, como reflejan las encuestas y las distintas opiniones de expertos. «El 62% de los padres en España afirma que la tecnología ha tenido un impacto positivo en el aprendizaje de sus hijos», y para el «54% de las familias, el aprendizaje online aumenta la motivación de los estudiantes». Son datos del Informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación, con información de Infobae España y El País.

Entre los detractores, el informe recoge que hay un «74% de padres que teme un uso excesivo de las pantallas y de la IA en el entorno escolar»; el «83% de las familias españolas manifiesta preocupación por la privacidad y el uso de datos personales en aplicaciones educativas», y «el 53% de los padres no considera adecuado que los alumnos usen IA para hacer los deberes». Destaca también el hecho de que «sólo el 9% de los padres establece reglas claras sobre el uso de la IA para ayudar en los estudios».

Restricciones

Suecia, pionera en su día de la digitalización de las aulas, anunció en 2023 un cambio de rumbo en su estrategia para la educación, eliminando la digitalización obligatoria en menores de seis años para volver a la enseñanza tradicional en los primeros grados, centrándose en habilidades fundamentales como lectura, escritura y cálculo. El motivo de este cambio fueron los malos datos obtenidos por los alumnos suecos en el Estudio Internacional de Progreso en Comprensión Lectora (PIRLS).

 


EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID APROBÓ UN DECRETO QUE ELIMINA EL USO DE DISPOSITIVOS DIGITALES EN ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS


 

Medidas similares se están tomando en España. En concreto, el Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó en julio de 2025 un decreto que elimina desde este curso 2025/26 el uso individual de dispositivos digitales en alumnos de Educación Infantil y Primaria de los centros educativos públicos de la región y concertados y restringe el uso en cursos superiores. «El Consejo de Gobierno ha autorizado esta normativa autonómica para reducir los riesgos derivados del uso temprano, intensivo o inadecuado de las tecnologías de la información, una medida pionera que beneficiará a más de 550.000 estudiantes», cita un comunicado de la Comunidad de Madrid al respecto. Otras comunidades que han limitado el uso de dispositivos en las aulas son Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Baleares, Galicia, Asturias y Cataluña. En todas ellas se promueve un equilibrio entre lo digital y lo tradicional.

Desde E-tic, un programa educativo dirigido a niños, niñas y adolescentes y cuyo objetivo es fomentar un uso responsable, ético y con criterio de las tecnologías, se hace hincapié en lo que apuntan los expertos: «Más allá de la prohibición del acceso, el trabajo debe centrarse en la regulación, la educación y el acompañamiento. Esto permitirá que los y las estudiantes no sólo aprendan a usar la tecnología de manera segura y responsable, sino que también desarrollen las competencias necesarias para aprovechar su potencial en beneficio de su aprendizaje y desarrollo personal».

Rendimiento escolar

Cataluña, País Vasco y Navarra, donde el uso diario de dispositivos alcanza hasta el 75%, son las que peores resultados obtienen en matemáticas, lectura y ciencias durante la última década, según el último Informe PISA. Por el contrario, en comunidades como Castilla León, Asturias y Cantabria, donde el uso diario de TIC se sitúa en torno al 37%, los alumnos tienen de media mejores resultados. En este sentido, cada vez más expertos coinciden en que una digitalización excesiva en las aulas no siempre tiene efectos positivos en el aprendizaje. «Uno de los principales problemas es la disminución de la comprensión lectora, la memoria de trabajo, la atención sostenida y el pensamiento abstracto cuando el soporte es digital», explica Telmo Lazcano, experto en Educación Digital. En su artículo Retos de la digitalización en el sistema educativo, publicado en octubre de 2025, subraya que «a diferencia del libro impreso y la escritura manuscrita, que facilita una lectura lineal, profunda y reflexiva, la pantalla tiende a promover una navegación fragmentada, hipertextual y superficial. Esta fragmentación no sólo afecta a la retención de información, sino también a la capacidad de análisis y síntesis, elementos clave en el aprendizaje significativo». Para Lezcano la principal conclusión es que «la digitalización educativa será una oportunidad sólo si logramos que esté al servicio del desarrollo integral del alumnado y no al revés».

Docentes en la era digital

Uno de los aspectos analizados en la citada feria SIMO Educación incidía en la importancia que, según los expertos, tiene actualizar infraestructuras tecnológicas y formar a docentes en competencias digitales, ya que en muchos casos, la falta de personal especializado compromete la protección de datos sensibles de estudiantes.

El Informe GoStudent 2025 pone de manifiesto que «el 75% del profesorado español declara no haber recibido formación específica sobre el uso de IA en la educación», mientras que «el 63% de los estudiantes españoles opina que sus profesores deberían tener más conocimientos sobre IA para poder guiarles mejor». En cuanto a los retos y actitudes del profesorado, «el 71% de los docentes españoles defiende que el acceso a la IA debe estar supervisado, pero no prohibido en las aulas» y un «60% teme que el uso excesivo de tecnología reduzca el esfuerzo y la autonomía de los alumnos». Entre las recomendaciones del informe se destaca la necesidad de «reafirmar la función insustituible de los y las docentes en la educación» y «promover y proteger las competencias profesionales  docentes» con objeto de contrarrestar los «riesgos de desprofesionalización».

La implementación de la tecnología debe estar acompañada de un enfoque reflexivo.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas.

Otros enfoques

La Vanguardia: Se centra en el debate que hay con argumentos a favor y en contra del uso de ta-bletas en los centros educativos. 

ABC: El reportaje da voz a padres contrarios a la digitalización en las aulas. 

Extraconfidencial.com: El reportaje analiza la transformación de la educación tras la llegada de las nuevas tecnologías. 

Calahorra, Ave, Calagurris!

AL ENCUENTRO

Museo de la Romanización, con la Dama de Calahorra al fondo (foto Museo de la Romanización).

CALAHORRA

Ave, Calagurris!

JESÚS ORTIZ

Pongamos una colina, no muy alta, pero suficiente para controlar el valle medio del Ebro que se extiende a sus pies; pongamos un segundo río, el Cidacos, que amplía ese valle y anima las huertas próximas; pongamos un culto, más que cultivo, a las verduras; pongamos una fuerte impronta de la antigua Roma, una parte de cultura judía, una buena dosis de tradición cristiana y hasta un cráter en Marte… El viajero ha llegado a Calahorra.

Un terreno bien regado tiene una inminente consecuencia: los asentamientos. En Calahorra, que de fertilidad sabe mucho, la evolución humana ha ido dejando muestras de su presencia en varios lugares. Si avanzamos un poco hasta la Edad de Hierro, ahí está el yacimiento de Sorbán para atestiguar que, en la zona, los indoeuropeos se encontraron a gusto. Después de ellos, quienes dieron el nombre de Kalakorikos a lo que hoy es el centro urbano calagurritano y que pudieron ser celtas o celtíberos: no hay consenso entre los historiadores. Y, por fin, los romanos.

Calagurris, la romana, empezó a significarse cuando las poblaciones de la ribera del Ebro se aliaron con los romanos o fueron directamente sometidas las que no llegaban a acuerdos. Por situarnos temporalmente, hablamos de unos doscientos años antes de nuestra Era como inicio de la invasión. Guerras púnicas, desencuentros entre facciones, el norte peninsular que no cede… Y así, hasta que Hispania se convierte en escenario del llamado “conflicto sertoriano” o Guerra de Sertorio. Por no entrar en demasiados detalles, recordemos solo que el mundo romano venía viviendo una serie de enfrentamientos entre el bando político de los populares (o “partidarios del pueblo”) y el de los optimates (“los óptimos”, afectos a los aristócratas).

 


CALAGURRIS FUE SITIADA HASTA LA EXTENUACIÓN DE SUS GENTES, QUE PERMANECIERON FIELES A SERTORIO DURANTE EL “CONFLICTO SERTORIANO”


 

Sertorio era del grupo popular y los calagurritanos estaban de su parte. Pero el conflicto, entre los años 82 a. C. y 72 a. C., se decantó hacia el lado optimate, cuya cabeza más visible era Pompeyo, y Calagurris fue sitiada hasta la extenuación de sus gentes, que permanecieron fieles a Sertorio. El episodio de la fames (hambre) calagurritana, esa que habla de canibalismo y hasta de sacrificio de esclavos para poder comer, viene de esta etapa histórica. También la leyenda de La Matrona, mujer que iba encendiendo los fuegos de las casas del pueblo todas las noches para que los sitiadores creyesen que aún quedaban en él muchas personas capaces de hacerles frente. Cuentan, en torno a todo esto, que el mérito a la fidelidad de los soldados hacia su líder fue reconocido por Octavio Augusto, quien tuvo una guardia personal de calagurritanos.

La Pax Romana, esa que empezó cuando Augusto consideró que había vencido a cántabros y astures, fue un periodo de estabilidad para todo el imperio; y también, quizás especialmente, para Calagurris. Por un lado, la derrota de Pompeyo en la guerra civil tras el primer triunvirato, del que formó parte con César y Craso, dio un plus de importancia a quienes se habían opuesto a él durante el conflicto sertoriano. Por otro, los calagurritanos que formaron parte de la guardia del emperador debieron licenciarse con buenas rentas y su retorno a orillas del Cidacos pudo ser el catalizador del desarrollo económico y social del municipio; y sí: era municipium civium Romanorum o, lo que es lo mismo, lugar donde los ciudadanos gozaban de plenos derechos, cosa que no pasaba en todo el imperio. Para entonces, ya quedaba clara la protección de la gens Iulia, a la que pertenecía Julio César, a la población. También, desde un poco antes, de los Escipiones. De esta manera, el nombre completo de nuestra actual Calahorra fue Calagurris Iulia Nassica. El nassica, o “de nariz puntiaguda” era el sobrenombre de un Publio Cornelio Escipión, primo del que conocemos como el Africano.

 


ERA MUNICIPIUM CIVIUM ROMANORUM O, LO QUE ES LO MISMO, LUGAR DONDE LOS CIUDADANOS GOZABAN DE PLENOS DERECHOS, COSA QUE NO PASABA EN TODO EL IMPERIO


 

La capacidad de acuñar moneda ya indica un alto grado de autonomía. Por su buena situación fronteriza, fue durante décadas sede de la legio VI Victrix y, cuando se estabilizó la Pax, de un destacamento de caballería de la legio VII Gemina (en efecto: la que dio nombre a León). Para entonces, ya era conocido y honrado en todo el orbe romano Marco Fabio Quintiliano, calagurritano de pro, maestro de personalidades como Plinio el Joven, Juvenal, Suetonio o Tácito y autor de la obra Institutio oratoria, que sigue siendo hoy referente de la educación en general y de lo que denominamos “hablar en público”, en particular. Lo que hoy llamamos (¡qué modernos!) “gamificación”, ya lo desarrolló Quintililiano a mediados del siglo I d. C.

Apellidos como Calahorra, Calahorrano o Alcalahorrí, que se puede encontrar el viajero en toda Europa, pero principalmente en Polonia, también en algunos lugares de América del Sur, corresponden a descendientes de los judíos que vivían en torno a la sinagoga, sita donde hoy está el Museo de los Pasos Procesionales (antiguo convento de San Francisco, s. XVII) cuando se decretó su expulsión en 1492. Idea de que la aljama calagurritana tuvo una singular importancia la da la teoría histórica de que Aben Ezra “El Sabio” (s. XI) se instaló en Calahorra y que quizás ahí terminó su vida. Hablamos de un tudelano, rabino, que destacó en poesía, gramática, filosofía, matemáticas, medicina, astronomía y cábala (interpretación mística del judaísmo). Su reconocimiento llegó… ¡hasta la luna! Hay un cráter en nuestro satélite bautizado como “Abenezra” en su honor.

Otro cráter, esta vez en Marte, recibió el nombre de “Calahorra” por parte del científico de la Nasa Jim Rife, bisnieto de Felipe Jiménez y Javiera Obanos, calagurritanos que emigraron a Estados Unidos en el siglo XIX. Así que cuando el viajero visite esa tierra, que el Ebro sigue mirando con cariño, y se admire con el carácter gótico de la Catedral de Santa María (s. XV), con el plateresco del Crucero del Humilladero (s. XVI) o imaginando todo lo que pudo acontecer en torno al Rollo Jurisdiccional (s. XV), situado en un extremo de lo que fue el circo romano de Calagurris, no olvide dirigir alguna mirada al firmamento, que seguramente la Luna o Marte le lanzan un guiño de complicidad.

 


ERA CONOCIDO Y HONRADO EN TODO EL ORBE ROMANO MARCO FABIO QUINTILIANO, CALAGURRITANO DE PRO, MAESTRO DE PERSONALIDADES COMO PLINIO EL JOVEN, JUVENAL O TÁCITO


 

De museos, quedémonos con dos: el de la romanización y el de las verduras. El primero, dado el peso histórico de la localidad tras la llegada de los romanos, se justifica por la cantidad de restos arqueológicos encontrados en terrenos del municipium. Ya comentamos que fue ceca y que tuvo su circo; también templos, teatro, termas… En fin; todo lo que caracteriza a un territorio romano libre hace poco más de dos mil años. En su visita, le encantará el “vaso de las carreras” (s. I d. C), el miliario referido a Augusto (año 9 a. C.) o la cabeza en mármol de la “Dama de Calahorra” S. II d. C.). También el museo expone piezas de la época anterior a la romanización, como la celtibérica “vasija de las cabezas” (s. II a. C).

 


EN EL MUSEO DE LAS VERDURAS SE HABLA DE TERRITORIO, PAISANAJE, AGRICULTURA, GASTRONOMÍA… ¡Y HASTA DE MODELITOS DE ALTA COSTURA!


 

A Calahorra le gusta ser reconocida como “Ciudad de la Verdura”; bueno: es indudable su estrecha relación con la bien regada huerta que la rodea, de la que sale, entre otras muchas, esa magnífica coliflor con Indicación Geográfica Protegida. Pero ¿un museo? Se trata, como ellos lo describen de “mostrar al visitante la actividad de las huertas y cultivos de la ribera del Ebro, formando parte de la historia de la comarca y de sus gentes”. Territorio, paisanaje, agricultura, gastronomía… ¡y hasta modelitos de alta costura! Proceden de las Jornadas Gastronómicas de la Verdura, que tienen lugar todos los meses de abril (en 2026 celebrarán la décimo tercera edición), y una de cuyas actividades es la Pasarela «Ciudad de la Verdura». En ella, las modelos desfilan con vestidos y complementos hechos, claro, con verduras frescas o liofilizadas; y algunos de ellos, los mejor valorados, acaban expuestos en el museo. ¿Quién dijo que una coliflor no podía ser un tocado o un fantástico ramo de novia?

INFORMACIÓN

Oficina de Turismo de Calahorra
Plaza del Raso, 16
Tel.: 941 105 061
[email protected]
https://calahorra.es/turismo/

ALOJAMIENTO

Parador “Marco Fabio Quintiliano” ****
Paseo Mercadal, s/n
Tel.: 941 130 358
[email protected]
https://paradores.es/es/parador-de-calahorra

RESTAURANTES Y TAPEO

Gastrobar Capi
Mártires, 8
Tel.: 941 590 554
[email protected]

Chef Nino
Padre Lucas 2
Tel.: 941 133 104
[email protected]
https://www.chefnino.com/

Casa Mateo
Pl. del Raso, 15
Tel.: 941 130 009
[email protected]

Coliceo 29
Coliceo, 29
Tel.: 941 129 810
[email protected]

Catedral de Santa María, s. XV (foto Zarateman - Trabajo propio, CC BY-SA 3.0 es).
Iglesia y Planillo de San Andrés, con el arco romano al fondo (Foto Ayuntamiento de Calahorra).
Miliario referido a Augusto, año 9 a. de C (foto Museo de la Romanización).
Humilladero, s. XVI (Foto Juanma232 - Trabajo propio, CC BY-SA 4.0).
Glorieta de Quintiliano, con el ayuntamiento (derecha) y el Rollo jurisdiccional en primer plano (foto Ayuntamiento de Calahorra).
Fuente de los 13 caños (foto Ayuntamiento de Calahorra)
Pasarela "Ciudad de la Verdura". Vestido de novia con verduras y ramo de coliflor.
Convento de San Francisco, s. XVII (foto Zarateman - Trabajo propio, CC0). https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=60629538

PARA NO PERDERSE

Historia de Calahorra.
José Luis Cinca Martínez (coord.), Rosa González Sota (coord.)
Amigos de la Historia de Calahorra (2011).

Así era la vida en una ciudad romana.
Calagurris Iulia.
Pilar Iguácel de la Cruz (coord.), Elena Pavía Laguna (coord.), José Luis Cinca Martínez (coord.), María José Castillo Pascual (coord.)
Amigos de la Historia de Calahorra (2002).

Guía Turística de Calahorra.
Turismo de Calahorra (edición online).

SEMANA SANTA CALAGURRITANA

Del 28 de marzo al 5 de abril de 2026

Si el viajero quiere revivir lo que pudo ser el ambiente de una población romana al principio de nuestra Era, las actividades previas a los días clave de la semana santa en Calahorra le darán una idea más que aproximada. Los calagurritanos han organizado Mercaforum, en los días previos al Domingo de Ramos, y por las calles desfilan las legiones romanas, se organizan talleres de acuñación de monedas, luchas de gladiadores, exhibiciones de aves rapaces y representaciones teatrales en las que participan cerca de 500 actores. A partir de ahí, llegados al jueves, la escenificación de la Pasión y la procesión del Santo Entierro el viernes.

Digna de mención es la representación de la obra Los sueños de Claudia Prócula, que sirve de nexo entre Mercaforum y la semana santa. Se basa en la leyenda de la mujer de Pilatos, Claudia, según la cual, ésta intercedió en pro del reo tras haber tenido un sueño en el que percibía la injusticia de la condena.

La actividad cultural es iniciativa del grupo Paso Viviente, que en 1995 dio vida a la idea de “promocionar el turismo cultural y aumentar la difusión de la historia de Calahorra”. Hoy, forman parte de la Asociación Española de Fiestas y Recreaciones Históricas, lo que da fe del cuidado con que se recrea la historia, y es, además, fiesta de Interés Turístico Nacional.

Al Encuentro con Calahorra (vídeo-resumen).

Desfile de la Legio VI Victrix durante Mercaforum (foto Grupo Paso Viviente).
Representación de la Pasión. Pilatos indulta a Barrabás en presencia de Jesús (foto Grupo Paso Viviente).

El efectivo, un derecho contra la exclusión

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EL EFECTIVO, UN DERECHO CONTRA LA EXCLUSIÓN

Quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, pueden ser discriminados si no se les deja pagar en efectivo.

La ley ampara al consumidor: puede pagar en metálico si así lo desea y el comerciante no puede negarse, siempre que la transacción se encuentre dentro de los límites legales establecidos. En caso de no permitirlo se arriesga a una sanción económica.

PATRICIA ANDÚJAR

En España no está permitido obligar a pagar con tarjeta. Así lo determina el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada en 2022, y que en su apartado ñ recoge como infracción “la negativa a aceptar el pago en efectivo dentro de los límites permitidos por la normativa tributaria y de lucha contra el fraude”.

Dichos límites son los pagos superiores a 1.000 euros cuando una de las partes es empresario o profesional (por ejemplo, un consumidor compra un producto y no puede pagarlo en efectivo si supera dicha cantidad); gastos mayores de 10.000 euros cuando el pagador es persona física sin residencia fiscal en España y no actúa como empresario o profesional, esto es, un turista extranjero, y, finalmente, cuando la transacción se produce entre particulares (ambas partes son consumidores y no tienen relación profesional o empresarial), no existe límite legal en la norma antifraude, pero el efectivo sigue sujeto a la normativa de blanqueo de capitales si las cantidades son elevadas.

Por lo tanto, por debajo de esos límites, el consumidor siempre tiene derecho a pagar en efectivo y el comerciante no puede negarse.

 


EN ESPAÑA NO ESTÁ PERMITIDO OBLIGAR A PAGAR CON TARJETA. ASÍ LO DETERMINA EL ARTÍCULO 47.1 DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS


 

Sanciones

En el caso de incumplir la normativa y rechazar el pago en efectivo, el establecimiento en cuestión puede incurrir en una infracción leve, con multas que oscilan entre los 100 y los 10.000 euros, incluso alcanzando los 100.000 euros en los supuestos más graves. Estos últimos se producen cuando el beneficio obtenido es muy elevado, por ejemplo, cuando un establecimiento ha impedido de manera continuada el uso del efectivo o ha afectado a muchos consumidores.

Desde el Ministerio de Consumo, además, señalan que la sanción no debe ser más beneficiosa para la parte infractora que el incumplimiento de las normas infringidas.

Hasta el momento, uno de los sectores más sancionados por el propio Ministerio es el del transporte aéreo, tras considerar “prácticas abusivas”, entre otras, la de no permitir el pago en efectivo en los aeropuertos españoles.

La pandemia supuso un punto de inflexión. La necesidad de evitar el contacto impulsó los pagos con tarjeta, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado e innecesario. Según el informe La digitalización y democratización de los pagos del consumidor, elaborado por Nuek, la empresa de medios de pago de Minsait (Indra Group), solo el 20% de los españoles elige el efectivo como medio de pago preferido, y es que nuestro país, en paralelo con Europa, lidera la transición hacia los pagos con tarjeta y sin contacto. Un dato muy revelador de este estudio es que el 83% de los españoles utiliza su tarjeta en operaciones online, y también es habitual el uso de la tarjeta de débito en compras presenciales.

Además, según este informe, uno de cada tres consumidores españoles no ha podido pagar en alguna ocasión como quería.

En la misma línea están las últimas estadísticas sobre pagos del Banco de España, que muestran un aumento del 10,5% en las operaciones realizadas con instrumentos distintos del efectivo durante el segundo semestre de 2024, respecto al mismo periodo de 2023. De ellos, el 65,5% se realizaron con tarjeta, medio de pago que crece alcanzando los 114 millones en el país (2,2 por habitante), mientras que el de cajeros desciende un 1,6%.

La brecha digital

Esta situación pone en evidencia otra realidad: la de quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, y que inevitablemente, parecen quedar fuera de este avance tecnológico.

 


EN EL CASO DE RECHAZAR EL PAGO EN EFECTIVO, EL ESTABLECIMIENTO PUEDE INCURRIR EN UNA INFRACCIÓN LEVE, CON MULTAS QUE OSCILAN ENTRE LOS 100 Y LOS 10.000 EUROS


 

Existen asociaciones que velan por el cuidado de estos colectivos y otras cuyo objetivo principal es hacer cumplir la ley sobre algo que consideran un derecho fundamental. Es el caso de la plataforma Denaria, cuya razón de ser es la defensa del efectivo. Su presidente, Javier Rupérez, señala que “no es solo un método de pago”, sino que “para las personas representa libertad, privacidad e inclusión financiera, ya que no discrimina por edad, nivel digital o situación socioeconómica”. Además, añade que “para un país significa resiliencia y seguridad nacional”, tal y como se observó, dice, con el apagón tecnológico del pasado abril. “Sin efectivo, la economía se habría paralizado”, concluye.

Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), explica que su prohibición “puede provocar miedo a los fraudes, ansiedad y desconfianza hacia los nuevos métodos de pago, aumentando la sensación de vulnerabilidad y reforzando la dependencia de terceros”. Para la PMP, todo esto se traduce en “exclusión social y económica” ya que impide (a estos colectivos) “participar plenamente en la vida cotidiana”.
La consecuencia es “la falta de autoestima”, según Cruz Roja, organización que aboga por desarrollar estrategias en escenarios clave: “Los barrios, pueblos rurales, comercios de proximidad son aliados fundamentales para tejer una red de apoyo social”, dicen.
En el mundo rural, “disponer de cajeros es vital”, explica Rupérez y para el presidente de la PMP los barrios y comercios “desempeñan un papel fundamental en la vida de las personas mayores” ya que, “ofrecen información clara y adaptan sus servicios a sus necesidades”.

La situación en Europa

Para la plataforma Denaria existe un escenario desigual entre países. “Mientras en Francia, Alemania, Irlanda o Suecia se han aprobado planes nacionales de resiliencia que blindan el acceso al efectivo, en España se ha tejido una red normativa hostil hacia su uso”, explica su presidente Javier Rupérez, lo que deriva, dice, “en asimetrías regulatorias, dificultando la libre circulación económica y colocando a España en clara desventaja competitiva”.

Del mismo modo resalta la creación, en países como Holanda o Reino Unido, “de grupos de trabajo específicos para planificar la protección del efectivo desde sus bancos centrales” y pone el límite de 1.000 euros como ejemplo de la diferente actuación. Lo considera “una anomalía europea”, ya que “la Directiva comunitaria de prevención de blanqueo establece un máximo de 10.000 euros y el propio Banco Central Europeo calificó de ‘desproporcionada’ la reducción del límite a 1.000 euros al considerar que reduce significativamente la capacidad de los pagadores para utilizar billetes en euros y la libertad de los ciudadanos para elegir cómo pagar”.

La necesidad de evitar el contacto impulsó el uso de las tarjetas, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado.
Que nadie se quede fuera

Desde la plataforma Denaria afirman que “el efectivo es crucial allí donde la digitalización no llega o no convence y asegura que nadie quede fuera del sistema”. Por ello, plantean posibles medidas para blindar su uso, tales como “definir una red de efectivo como una Infraestructura Nacional Crítica; diseñar planes en colaboración con Administraciones Públicas que den soluciones; la apertura de cajeros en zonas rurales y despobladas o en puntos urbanos afectados por el cierre de sucursales bancarias, con una distancia máxima entre ellos; o crear un grupo de trabajo para diseñar un plan de resiliencia nacional como el de otros países”, etc.

Por su parte, Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), aboga por “la formación digital y tecnológica” de los colectivos afectados, así como trabajar la sensibilización de los comerciantes “para ofrecer un trato amable, accesible y comprensible”. También señala “el acompañamiento en gestiones y trámites, pasando por la mediación con la Administración y la sensibilización social”. De hecho, en PMP “participamos activamente en el Foro de Inclusión Financiera, donde, a través del diálogo con las patronales bancarias y el Ministerio de Economía, supervisamos el compromiso social de la banca hacia los mayores”, concluye Fernández.

PARA SABER MÁS

La digitalización y democratización de los pagos del consumidor. Informe realizado por Nuek, compañía tecnológica de Minsait especializada en infraestructura de pagos.

Banco de España. En su página oficial se puede consultar la última estadística realizada por la entidad sobre pagos.

 

Plataforma Denaria. En su web se encuentra toda la información relativa al uso del efectivo, incluidos los canales para presentar denuncia.

 

“El efectivo en riesgo”, por Olga Ruiz Legido

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OLGA RUIZ LEGIDO,

Presidenta de FACUA

“Concentración y digitalización, están cambiando el modelo bancario español y afectando a derechos y garantías básicas de los consumidores”

El efectivo en riesgo

La concentración bancaria y los procesos de digitalización en la contratación y prestación de servicios y productos financieros están provocando importantes barreras de acceso a los mismos y un ensanchamiento de la brecha digital para muchos colectivos. Entre ellos, las personas mayores y aquellas otras que padecen algún tipo de disfunción o impedimento en el uso de herramientas digitales y las que residen en zonas rurales con poca población, que están sufriendo discriminación y exclusión en el acceso a dichos servicios.

Ambos fenómenos, concentración y digitalización, están cambiando el modelo bancario español y también afectando a derechos y garantías básicas de los consumidores.

El cierre de miles de sucursales y una apuesta por la deshumanización, con el abandono progresivo de la atención personalizada en oficinas, son algunas de las características identificativas de la banca actual. Otra es el trato desigual que se presta a la población respecto de servicios que son esenciales como el acceso al dinero en efectivo.

El estudio de Diana Posada Restrepo, adscrita a la Dirección General de Efectivo y Sucursales del Banco de España, sobre Infraestructura del Efectivo y vulnerabilidad en el acceso al efectivo en España (año 2021), señalaba que la vulnerabilidad en el acceso tradicional al efectivo en nuestro país estaba afectando aproximadamente a 1.300.000 personas. Además, resulta previsible que la reducción del número de oficinas y de cajeros automáticos continuará en los siguientes años, ante el incremento de la digitalización y la búsqueda de una mayor eficiencia por parte de las entidades de crédito.

Constataba también que esa vulnerabilidad afectaba más a unos territorios que otros. Los más perjudicados, aquellos usuarios que viven en zonas con menor densidad y zonas rurales, que carecen de puntos de acceso al afectivo en su municipio y en un radio cercano de cinco kilómetros.

Este enfoque del negocio bancario y de la interacción con los consumidores conlleva limitaciones y penalizaciones para muchos de ellos, así como su exclusión en operaciones básicas que, a su vez, representan el ejercicio de derechos reconocidos legalmente como el de elegir el medio de pago en las relaciones de consumo.

En este sentido, el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge expresamente como infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago y dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

A su vez, también se contempla actualmente en la normativa (Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera) que un comercio podrá exigir que el pago se realice en efectivo si el importe es inferior a 30 euros e informa a los consumidores de manera clara y mediante un cartel visible.

La limitación y exclusión en el acceso al efectivo no solo supone la vulneración de un derecho reconocido como consumidor, sino que supone una pérdida de privacidad y riesgos en el tratamiento de datos personales sensibles (posibles fraudes en transacciones digitales). Igualmente aumenta la vulnerabilidad de determinados colectivos y, en general, del conjunto de la población en situaciones de emergencia (apagón eléctrico) por la dependencia tecnológica del dinero bancario.

De otra parte, la facilidad de acceso al efectivo pasa porque existan suficientes canales para disponer de él y, en este sentido, no solo el número de oficinas bancarias ha decrecido, sino que también la propia red de cajeros viene sufriendo una disminución año tras año.

El Banco de España ha planteado opciones a esta situación tales como acuerdos con Correos o con superficies de distribución comercial para que estas ofrezcan el acceso al efectivo mediante medidas alternativas al circuito bancario, conocidas como cash-back y cash-in-shop, pero hasta ahora no han supuesto una solución a los riesgos de exclusión financiera y su uso es muy minoritario.

El grado de accesibilidad al efectivo es fundamental para que los ciudadanos que deseen utilizar este medio de pago puedan seguir haciéndolo.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 no debería quedar al margen de esta situación, ya que afecta al ejercicio de derechos básicos de los consumidores. España debe abordar en su planificación estratégica de lucha contra la desigualdad, la exclusión y la protección de los derechos de las personas consumidoras medidas que garanticen la elección del medio de pago y el pago en efectivo, tanto en transacciones de consumo como en las relaciones con la Administración y, como premisa y condición previa, que nadie queda excluido de su acceso.

Los consumidores han de conocer sus derechos y exigirlos, presentando reclamaciones ante los establecimientos cuando vean rechazada la posibilidad de pagar con dinero en efectivo en un comercio, pero también cuando la entidad bancaria modifique las condiciones de sus servicios de pago y no le ofrezca alternativa alguna, en condiciones no discriminatorias, para acceder a su dinero.