«Plato de postre», por Pilar Cernuda

LA @

PILAR CERNUDA,

periodista

"Tengo muy cerca dos casos de jóvenes que han estado en situación de gravedad extrema por su obsesión por la delgadez"

Plato de postre

Apunten: un endocrino es un médico especializado en el tratamiento de enfermedades relacionadas con las hormonas y con el funcionamiento de las hormonas; un nutricionista es un profesional especializado en alimentación y dietética, pero no es médico.

Es importante saberlo y tenerlo en cuenta, porque con frecuencia nos dejamos llevar por los consejos e indicaciones de multitud de “expertos” que se venden muy bien pero no se han preocupado de formarse porque les interesa más fomentar su poder de convicción y convertirse en un famoso “influencer”. Personajes que -con excepciones- perjudican seriamente a parte de la sociedad actual al dar importancia exagerada al aspecto físico mientras se deja en segundo plano lo prioritario: la salud. Consejo: si desean quitarse de encima unos kilos de más, o por el contrario se sienten excesivamente escuálidos y buscan ganar unos kilos, vayan a un profesional. Nutricionista o endocrino, pero no se dejen engañar por cantos de sirena, artículos de revistas firmados por quienes se ocupan de las páginas de “sociedad” en las que caben desde los problemas sentimentales de los artistas hasta las últimas modas en decoración, ni se apresuren a comprar el best seller escrito por alguien que sabe mucho de comunicación, pero no ha pasado por ninguna universidad ni centro especializado en nutrición.

Tengo muy cerca dos casos de jóvenes que han estado en situación de gravedad extrema por su obsesión por la delgadez. En el caso de la chica, hija de un médico que a pesar de su empeño no logró que su hija aceptara que estaba en su peso, se sentía obesa y cayó en la bulimia y la anorexia. Su situación fue muy grave y salió finalmente con tratamiento psiquiátrico, internamiento de varias semanas en un hospital y un seguimiento profesional y familiar, exhaustivo durante años. Hoy se encuentra felizmente bien, pero ella misma reconoce que tiene miedo a que cualquier trastorno afectivo pueda provocar la recaída.

En el otro caso, un adolescente a punto de entrar en la universidad tuvo idéntico resultado, aunque en su caso estuvo al borde de la muerte. Al trastorno alimenticio se sumó un afán exagerado de machacarse en un gimnasio, y sufrió serios problemas cardiológicos y renales. Hoy está bien, sin secuelas, pero a pesar de los años transcurridos sus padres todavía no han olvidado la pesadilla y lo siguen vigilando con ojos atentos.

Los desarreglos alimenticios, el rechazo al aspecto físico, la búsqueda de la admiración, de lograr el peso supuestamente perfecto, no es solo un problema, es una enfermedad, y una mala praxis puede destrozar vidas. De hecho, destroza vidas y también familias. La presión social en la que se marcan unos estereotipos que no están al alcance de todo el mundo provoca la búsqueda de métodos que faciliten acercarse a esos estereotipos, y se acude a lo que está al alcance de la mano: sugerencias de amigos, artículos, internet, o publicidad engañosa a la que no llega el control de los organismos oficiales.

Los que de verdad saben, coinciden en que para mantener un cuerpo sano y en su peso, no hay más regla de oro que un equilibrio en los alimentos, abundancia de frutas y verduras, cinco comidas al día, cuerpo bien hidratado… y deporte. No es necesario pasar horas en un gimnasio, un campo de fútbol o una pista de atletismo, pero sí hacer ejercicio habitualmente y caminar todo lo posible. Una vez asumido ese criterio, de la voluntad de cada uno depende ser prudente con los azúcares, más todavía con el exceso de embutidos o de alcohol, controlar el consumo de pan y toda una serie de etcéteras que conocemos de memoria, pero que solo cumplimos cuando nos miramos al espejo y nos vemos fatal o, al llegar el cambio de estación, cuando intentamos meternos en un pantalón de la temporada anterior.

Busquemos culpables, que son multitud. Los cánones de moda, aunque empiezan a verse atisbos de racionalidad y hay marcas y diseñadores que buscan perfiles sensatos, cuerpos con las curvas propias de la edad y del sexo, y rostros expresivos, que son los que mejor reflejan la personalidad y la estabilidad emocional de quienes los lucen. También los responsables del marcaje de tallas tienen deberes que asumir: no son capaces de acordar unos cánones comunes, de manera que no provoquen que quien tenía una talla 40 se crea con peso excesivo si de pronto necesita una 42. No porque haya engordado, sino porque la marca ha cambiado las medidas.

Son culpables los medios de comunicación, que sin tomarse en serio las consecuencias de la falta de rigor -desgraciadamente sucede con frecuencia- recomiendan regímenes alimenticios copiados de cualquier parte, y sin tener en cuenta que cada persona debe cuidar su cuerpo en función de sus propias características. El régimen que sigue una persona que presume de haber adelgazado 10 kilos en cuatro meses, o engordado dos en un mes, no tiene por qué tener el mismo resultado en quien pretende aplicárselo a sí mismo. De ahí la importancia de acudir a un profesional. Todos conocemos la disparidad de eficacia en personas que han seguido el ayuno intermitente, la dieta proteica, la disociada, la de la alcachofa, de la piña, del aguacate…

Me quedo con lo que me dijo hace muchos años el que en tiempos fue considerado el mejor nutricionista español, el doctor Grande Covián, un sabio en el sentido más amplio de la palabra: “Lo más sano y lo más eficaz para estar bien es comer de todo… en plato de postre”.

Las copias electrónicas notariales

LA @ EN DESARROLLO

LAS COPIAS ELECTRÓNICAS NOTARIALES

El 9 de noviembre entró en vigor la Ley 11/2023 de digitalización de actuaciones notariales que permite, por primera vez en la historia, que los ciudadanos y las empresas dispongan de copias electrónicas autorizadas de sus documentos notariales.
FÁTIMA PÉREZ DORCA

X: @fatimadorca
Mail: [email protected]

El primer paso fue crear el protocolo electrónico notarial, que es un reflejo idéntico del protocolo notarial en papel (que conserva los originales de todos los documentos notariales otorgados por un notario cada año).

Ahora la matriz de cualquier documento notarial se recoge en dos soportes: papel y digital. El formato papel se conserva en el protocolo que custodia el notario. El formato electrónico se guarda en el protocolo electrónico del mismo notario que se conserva en la Sede Electrónica Notarial, que es custodiado por el Consejo General del Notariado.

Al protocolo electrónico solo tienen acceso el notario titular y los empleados que este designe a efectos, por ejemplo, de expedición de copias. Entre el 9 y el 21 de noviembre se crearon 114.942 protocolos electrónicos.

 


LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS YA PUEDEN DISPONER DE COPIAS ELECTRÓNICAS DE SUS ESCRITURAS


 

Actos societarios

Además, la nueva ley, que traspone la Directiva 2019/1151, establece que sin necesidad de presencia física un ciudadano de la Unión pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro. La directiva recomienda mantener los sistemas jurídicos propios de cada país y que, en aquellos como Alemania, Bélgica, Italia o España, entre otros, donde las sociedades se constituyen ante notario, se conserve un modelo que es seguro y ágil y que permite luchar contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

La nueva regulación señala también que pueden realizarse a distancia todos los actos societarios, desde la constitución de sociedades (de responsabilidad limitada con aportaciones dinerarias), al nombramiento de cargos, ceses, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, etc.

También es posible autorizar pólizas mercantiles, algunos poderes especiales, los requerimientos iniciales de ciertas actas y aquellas diligencias que fueran susceptibles de practicarse por videoconferencia; los testimonios de legitimación de firmas; las declaraciones de obra nueva sin extinción de condominio ni adjudicación de propiedad y la división de la propiedad horizontal. Por último, pueden autorizarse actos de conciliación en los casos que el notario lo considere conveniente; y actos y negocios jurídicos para los que, conforme a su naturaleza, se establezca reglamentariamente. Y, por último, en caso de darse una epidemia, podrían autorizarse testamentos online mientras durase la obligación de confinamiento.

Todos los servicios digitales que prestan los notarios tienen lugar en la Sede Electrónica Notarial, cuya puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el Portal Notarial del Ciudadano (www.portalnotarial.es). Esta sede es única y corresponde al Consejo General del Notariado su titularidad, desarrollo, gestión y administración.

JOSÉ CARMELO LLOPIS,
delegado de nuevas tecnologías del CGN

«Cada vez que el notario autoriza una escritura, la protocoliza física y digitalmente»

Hablamos sobre la ley 11/2023 con el notario y delegado de nuevas tecnologías del Notariado español en el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) y en la Unión Internacional del Notariado (UINL), Carmelo Llopis, y con el director de desarrollo del centro tecnológico del Notariado, Ancert, Marcos Varela.

¿Qué es el protocolo electrónico notarial?

El protocolo notarial en papel es el conjunto ordenado de las escrituras que autoriza un notario año a año. Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2023 el Notariado puede conservar estas escrituras de manera electrónica gracias al protocolo electrónico notarial. Así, cada vez que el notario autoriza una escritura, la protocoliza física y digitalmente. La escritura en papel se conserva en la notaría y su versión digital se deposita (en formato PDF, encriptado) en la Sede Electrónica del Notariado para su custodia por el Consejo General del Notariado.

¿Y una copia electrónica?

Las copias son las reproducciones literales de las escrituras, expedidas con las formalidades que marcan la Ley y el Reglamento Notarial. Pueden constar en soporte papel o en soporte electrónico, en cuyo caso incluirán la firma electrónica cualificada del notario, que podrá ponerlas a disposición de ciudadanos y empresas en la Sede Electrónica Notarial.
Hay dos tipos de copias; las denominadas copias autorizadas, que tienen el mismo valor y efectos que los documentos notariales de los que son reproducción, y las copias simples, siendo su función y efectos meramente informativos.

¿Se pueden obtener online para que el ciudadano las utilice cuando lo necesite?

Como antes decía, el ciudadano que lo solicite podrá tener a su disposición, en la Sede Electrónica Notarial, tanto copias simples como autorizadas de sus escrituras, a las que podrá acceder para conocer su contenido.

El notario insertará en la copia electrónica autorizada un código seguro de verificación (CSV) individualizado, que permitirá al ciudadano y al empresario acceder a la Sede Electrónica Notarial, poder consultarla y compartirla, así como conocer las notas de modificación jurídica y de coordinación con otros instrumentos públicos que se vayan produciendo.

MARCOS VARELA,
director de desarrollo de Ancert

«Ciudadano y notario mantendrán una videoconferencia en la sede notarial»

¿Qué pasos debe dar el ciudadano para pedir una copia electrónica en el Portal Notarial del Ciudadano?

Lo primero que debe hacer el ciudadano es acreditarse mediante el sistema Cl@ve PIN, un certificado EIDAS, o hacerlo gratuitamente en una notaría.

Después accederá al “servicio de Solicitud de copias”, en el que deberá seleccionar el nombre del notario que autorizó ese documento notarial, el número y tipo de copias que necesitaría y adjuntar la documentación que sea requerida para legitimar la acción. De esta manera solicitará la copia al notario y este se la depositará en el Portal.

¿El sistema tecnológico es seguro?

Sí. La arquitectura se ha construido en base a las tres dimensiones que definen la seguridad de la información. Por un lado, la confidencialidad, cifrando la informacion y permitiendo el acceso al usuario solo mediante autorización y de forma controlada. Por otro, la integridad, mediante la firma electrónica, que hace que solo pueda modificar la informacion el usuario autorizado. Y, por último, el ciudadano tendrá disponibilidad de acceso a su información porque la aplicación facilita el almacenamiento a largo plazo.

¿Se puede crear una sociedad limitada online?

Sí. Online se podrán otorgar prácticamente todos los actos societarios. Aquellos que tengan carácter unilateral y que no supongan la aportación a la sociedad de bienes inmuebles.

Más pesado que un bot

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MÁS PESADO
QUE UN ‘BOT’

La palabra bot viene de robot. Si este hace tareas repetitivas en una fábrica, el bot lo hace en el mundo virtual.

Ni su amigo más insistente llegaría a la suela de los zapatos a estos softwares encargados de repetir tareas millones de veces. Le hacen la vida muy fácil pero si se le ponen en contra, son una pesadilla… sin fin.
GABRIEL CRUZ

Tras estudiar a fondo los bots, siento que les voy a hablar de plagas de langostas como las que arrasan campos, pero en versión informática. estos son los bots maliciosos, como los que atacan a una empresa o manipulan personas. También están los bots buenos, los que le ayudan en las tareas más repetitivas, algo así como los Oompa-Loompas, los minúsculos trabajadores de Charlie y la fábrica de chocolate. Un ejemplo de sus tareas: hacer búsquedas en internet.

La palabra bot viene de robot. si este hace tareas repetitivas en una fábrica, el bot lo hace en el mundo virtual. Hablamos con Rubén Lirio, miembro de Enisa (European Union Agency for Cybersecurity) y responsable global de ciberseguridad de Dekra, una multinacional alemana de servicios. «Por regla general un bot tiene pocos kilobytes o megas. son muy ligeros informáticamente hablando. Unas líneas de código que son funciones repetitivas sin mucho valor añadido».

Por ejemplo, las denominadas «arañas web», que son los bots de los buscadores como Google o Bing, rastrean millones de páginas para saber qué contienen. «Imagínate una fábrica de zumos –continúa Rubén–, la fábrica sería el algoritmo donde se fabrica el jugo. Su materia prima son las naranjas, así que los bots serían las personas que las recolectan recogiendo información de cada página. Luego el algoritmo es el que ordena esa página cuando se muestra en el buscador». Hay muchos más bots buenos, los que detectan los atascos en la ciudad, como los que se usan en atención al cliente con respuestas preestablecidas (buenos días, ¿qué desea? …) La irrupción de la inteligencia artificial los ha mejorado extraordinariamente. La inteligencia artificial los usa para mejorar su propia experiencia recopilada a través de ejércitos de bots. El resultado es que, como señala Rubén, pueden «redactar una resolución judicial, simular tu voz e incluso hacerse pasar por ti». Ha conseguido hasta que los actores de Hollywood se pongan en huelga. ¿el motivo? Las productoras quieren, por contrato, poder escanear sus rostros con diferentes expresiones y usarlas sin previo pago. un negocio redondo para la productora; una ruina para los actores.


ESTÁN LOS BOTS MALICIOSOS, COMO LOS QUE ATACAN A UNA EMPRESA O MANIPULAN PERSONAS. TAMBIÉN ESTÁN LOS BUENOS, QUE LE AYUDAN EN TAREAS REPETITIVAS


El negocio de la atención. «Ahora internet se basa en la ‘economía de la atención’: tenerte pegado a la pantalla», continúa Rubén Lirio. «Cuanto más tiempo consumas, más anuncios verás y más fácil será influenciarte». Ya conoce el dicho: «una mentira mil veces repetida se convierte en verdad». Y, ¿quién se encarga de repetirla millones de veces y en cuestión de segundos? Los bots.

Oficialmente, Twitter y Facebook reconocen que el 5% de sus usuarios son bots, no personas. Eso aminora su valor. Es como poseer un almacén pero con cajas vacías. Así que cuidado con las opiniones que son tendencia en redes sociales. Quizá se vea atraído a opinar e incluso a actuar. Uno se siente más seguro de hacerlo cuando se ve respaldado por la misma opinión de los demás, aunque la realidad es que esos «otros» pueden ser fantasmas, o sea, bots. Un truco para detectar si una cuenta es un bot es si lanza mensajes a la misma hora, sobre todo de madrugada. También hay varias aplicaciones que las detectan, como Botometer.

Una red de cuentas bots administradas por un mismo individuo se denomina botnet. De hecho, en internet se pueden comprar miles de esos seguidores. Como señala Rubén Lirio: «Imagínate que eres insultado por miles de seguidores. A lo mejor como adulto no te afecta, pero a un adolescente sin una personalidad formada le pueden destrozar. Por eso creo que los contenidos en redes tienen que ser regulados, por los peligros que conllevan. Además, gracias a la información que recopilan los bots, las redes sociales se polarizan». Rubén borró las redes sociales de su móvil cuando nacieron sus hijos, para darles ejemplo. «Profesionalmente las necesito pero están en el ordenador del trabajo», señala.

En el conjunto de internet el uso de bots es mucho mayor: un 47,4%, según el informe de la consultora Imperva de 2022. La resta es fácil: solo un 52,6% del tráfico de internet en 2022 fue de humanos. De hecho, uno de los peores ataques informáticos es un DDOS (Distributed Denial of Service o ataques de denegación de servicio distribuidos). Como nos explica Rubén Lirio: «En segundos, millones de bots hacen peticiones a una web. esta no tiene capacidad para responder y se bloquea». Sucedió con Twitter, Spotify y Netflix. Son ataques que se pueden comprar en el mercado negro de internet.

PARA SABER MÁS

Bot ruso es el seudónimo de un exempleado de una agencia de astroturfing. Son las que se dedican a crear falsas opiniones o hechos con el fin de hacerlas virales e influir en las personas. como el autor confiesa: «Me convertí en un desinformador profesional». Se lanzan desde campañas políticas hasta productos comerciales. Por cierto, señala que los periodistas son los más difíciles de dejarse llevar por esos mensajes. Así que ya sabe: siga consumiendo periodismo, es saludable para su cabeza y espíritu.

¿Qué pasará con mis redes sociales?

LA @

¿QUÉ PASARÁ CON MIS REDES SOCIALES?

¿Borrarlas o dejarlas vivir? Al morir el rastro vital permanece inalterable en Facebook, Instagram y el resto de nuestras redes. Si para unos es una forma de que el ser querido siga presente, para otros es un recuerdo doloroso. ¿Qué hacer en ese más allá de las plataformas digitales?
GABRIEL CRUZ

Mónica Domínguez «era» o «es» una persona y una periodista excepcional. «era» porque falleció el 31 de julio de 2022 con 38 años tras sufrir cáncer, y también «es» porque para los que la conocimos sigue viva en nuestro recuerdo. Le gustaban las redes sociales para plasmar sus trabajos, sobre todos sus viajes. Por algo su lema era «viajar es volar» y su última ocupación tuvo lugar en Viajeros Cuatro. al escribir este reportaje uno siente la tentación de mandarle un mensaje privado a través de sus redes sociales para conocer cómo enfocaría el tema. Porque esa es la sensación que se tiene al verla en Instagram o Youtube: que sigue estando aquí, sonriendo. como la frase, sin autor conocido, de que «lo importante no es olvidar, es recordar sin que duela».

Isabel, la hermana de Mónica, es la que de vez en cuando está un poco pendiente de sus perfiles. siguen siendo un vínculo con las personas que la conocieron: «Por ejemplo, los propietarios de un hotel con los que se llevaba muy bien le escribieron diciendo que hacía tiempo que no sabían nada de ella, es entonces cuando les respondo y les digo que Mónica nos dejó». También reconoce que «de vez en cuando, amigos suyos le envían mensajes porque se acuerdan de ella: un aniversario, un lugar que visitaron…». esta es una posibilidad, que un familiar o amigo de confianza que posee las claves de acceso mantenga mínimamente activas las redes sociales de la persona fallecida.


LAS ÚLTIMAS ESTIMACIONES APUNTAN A QUE 60 MILLONES DE CUENTAS DE FACEBOOK SERÍAN DE FALLECIDOS


Mensajes postmortem. También hay webs que permiten que el propio interesado, antes de fallecer, pueda gestionar su presencia póstuma en redes sociales como Afternote, Knotify o Deadsocial (aunque el diseño de esta última nos parece pobre). Básicamente almacenan las confesiones del interesado con videos de su vida o programando envío de mensajes para las personas más queridas cuando muera. ¿Cómo lo saben? Antes se ha nombrado a tres personas de confianza o trustees que pueden acceder a estos deseos y mensajes tras el fallecimiento. La otra fórmula exige al usuario que entre en la web con cierta periodicidad. si no lo hacen, el programa entiende que ha fallecido y envía los mensajes a las personas queridas como en el caso de Dead Man’s switch (www.deadmansswitch.net). su versión gratuita envía dos mensajes y la de pago (50 dólares), 100. En otros casos, se roza la ciencia ficción, como en el caso de «Eter9». Su lema es «sé tú dos veces». La aplicación crea un clon nuestro basado en inteligencia artificial. En un principio, funciona como Facebook. En vida toma nota de las interacciones con otras personas, desde los «me gusta» hasta los comentarios. son datos de los que se nutre su inteligencia artificial para que después de fallecido la actividad continúe. Es decir, crea mensajes para situaciones nuevas como si estuviésemos vivos.


HAY ALLEGADOS QUE PREFIEREN CERRAR LAS CUENTAS PORQUE LES INCOMODA QUE AL FALLECIDO LE SIGAN ETIQUETANDO EN COMERCIOS O QUE RECIBA FELICITACIONES


Pese a la decena de años que lleva la web en funcionamiento apenas cuenta con unos pocos miles de inscritos. Nada que ver con los 2.958 millones que tiene la red social con más seguidores del mundo, Facebook, según el informe Digital 2023 de la consultora We Are Social. Ahora bien, las últimas estimaciones apuntan a que 60 millones de cuentas serían de fallecidos. Otro estudio, el de Oxford Internet Institute, señala que, de seguir esta tendencia, en el año 2070 habría en Facebook más muertos que vivos. Esto confirma lo que percibimos que se hace habitualmente con el perfil social cuando alguien muere: nada.

En otros casos, los allegados prefieren cerrar las cuentas porque les incomoda que al fallecido le sigan etiquetando en comercios, que reciba felicitaciones u ofertas por su cumpleaños o, incluso algo peor: que le pirateen su perfil en la red social. Esto se ha dado en EE.UU. con famosos con muchos seguidores. Curiosamente también están los que tienen sus redes sociales pero que fallecieron antes de que internet existiera, como Marilyn Monroe (@MarilynMonroe con 252.000 seguidores) o Edgar Allan Poe (@Edgar_Allan_Poe, con unos 90.000). Edgar dejó de escribir hace 5 años; quién sabe si es que esta vez murió de verdad.

Si se poseen las claves de acceso del familiar fallecido se pueden cerrar las cuentas actuando como si fuera él. Esta es la forma más eficaz de hacerlo. Si no se tienen, las principales redes sociales disponen de formularios para cerrarlas.

Sin embargo, como nos señala José María Plata, especialista en reputación online y en borrar rastros en google, «es muy difícil comunicarse con los administradores de las redes sociales. Hay que insistir varias veces porque lo habitual es que no te contesten y si lo hace es un bot, un sistema que contesta automáticamente. Hay que insistir hasta que te atiende una persona. Puedes tardar desde un par de días a uno o dos meses». Esa parece ser la norma de las redes sociales: poner trabas. En Facebook pueden tardar hasta 90 días en eliminar un perfil. Además, se consigue que sea inaccesible pero no desaparece la información compartida con otros usuarios. Tres meses. Y eso que el artículo 96 de Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de «Protección de Datos Personales» señala que en casos como este se «deberá proceder sin dilación».


UNA POSIBILIDAD ES QUE UN FAMILIAR O AMIGO DE CONFIANZA MANTENGA MÍNIMAMENTE ACTIVA LAS REDES SOCIALES DE LA PERSONA FALLECIDA


Testamento digital. Es un término de moda que nos encontramos incluso en varias webs de la administración y, lo más importante, lo cita la Ley 3/2018. Los testamentos digitales permiten que las personas reflejen en una escritura pública ante notario su voluntad sobre qué se debe hacer cuando mueran con su huella digital: desde sus emails a sus redes sociales, y quién debe hacerlo. Los expertos que asistieron a la sesión «la herencia digital» celebrada por la Fundación notariado el pasado marzo coincidieron en que las voluntades digitales son parte del contenido no patrimonial susceptible de ser recogido en un testamento. Es decir, la herencia es solo una, da igual que sea digital o no.

Porque nuestro patrimonio incluye todos los bienes y derechos, independientemente de su naturaleza, y por tanto su tratamiento legal debe ser unitario. ¿Tú cómo lo ves, Mónica?

‘In Memoriam’

Para conocer a Mónica Domínguez, la periodista con la que comenzamos este reportaje, pueden visitar sus redes sociales y comprobar cómo hizo realidad su lema de vida, «viajar es volar».

Las principales redes sociales tienen formularios para cerrarlas. Sin embargo, es muy difícil comunicarse con los administradores y se tarda meses.

Cerrar redes sociales

Le ahorramos el engorroso camino que hicimos para dar con los enlaces y borrar, o convertir en conmemorativos, los perfiles de redes sociales de su familiar fallecido cuando no se tienen sus claves. Para evitar falsos borrados se exige copia del DNI, del certificado de defunción, un poder notarial o una última voluntad o que demuestre que se es heredero para poder realizar el cierre de la cuenta.

Twitter
No tiene posibilidad de cuentas homenaje. Es la red social en la que más nos ha costado encontrar el enlace para cerrar una cuenta. Pese a que en su propio «centro de ayuda» o en Google se buscase «eliminar cuenta», al clicar en el link que aparecía llevaba de nuevo al centro de ayuda. como si fuera un bucle. Curioso que darse de alta en una red social se hace en dos sencillos pasos, pero darse de baja es un laberinto. Y es que ninguna red social quiere perder la mercancía que somos los usuarios.

Testamento digital

Aunque ya hemos aclarado que herencia solo hay una y que lo más conveniente es hacer testamento ante notario y dejarlo todo claro, en el enlace pueden descargarse actualizada la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En su artículo 96 habla del derecho al «testamento digital».

«Fantasmas digitales», por Esther Paniagua

LA @

ESTHER PANIAGUA,

periodista y autora especializada en tecnología

 

"La decisión sobre qué sucede con ese contenido no puede quedar en manos de las grandes empresas tecnológicas "

Fantasmas digitales

Escándalo en Australia. Un accidente de autobús mata a 10 personas y algunos medios de comunicación usan fotos de algunas de ellas que han descargado de sus perfiles de redes sociales. Sin permiso. La polémica está servida. ¿Es ético? Claramente no, pero tampoco es ilegal si las imágenes eran públicas.

A estas situaciones y otras muchas, incluso más rocambolescas, se enfrentan los familiares de personas fallecidas hasta que logran cerrar sus cuentas -o hacerlas privadas- en las diferentes plataformas digitales. Sobre todo en ausencia de las llamadas “voluntades digitales” o testamento digital.

El testamento digital es un escrito donde una persona indica cuál quiere que sea el destino de sus activos digitales tras su muerte. En este documento, quien lo firma puede designar a una persona como encargada de hacer cumplir sus instrucciones. Para que sea válido, debe firmarlo y certificarlo un notario, como sucede con los testamentos convencionales.

Suena bien, pero en la práctica no resulta tan sencillo. Como apunta en el Anuario de Derecho Civil de 2020 la profesora Nieves Moralejo (Universidad Autónoma de Madrid), la redacción de este derecho en la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) es “algo confusa”. El motivo es que el criterio que estructura la norma no es la existencia o ausencia de instrucciones de la persona fallecida acerca de la utilización de sus contenidos digitales tras su muerte. Al contrario, se parte de la premisa de que la persona fallecida no tiene un testamento digital para permitir que sus allegados puedan decidir el destino de sus activos digitales.

Esos allegados conforman un amplio abanico de personas: familiares, pareja de hecho y herederos. En ausencia de un testamento digital, serán dichas personas quienes decidan el destino, utilización o eliminación del contenido digital del fallecido o fallecida. El problema no es ya solo el quién se hará cargo, sino que -como comenta Moralejo- la norma entra en conflicto con el Derecho sucesorio. Pone un ejemplo: ¿y si el primo del fallecido decide que se suprima un archivo digital que posee un valor económico y que, siendo transmisible, debería haberse incluido en su herencia?

El embrollo puede ser mayúsculo, y esta no es la única piedra en el camino. Para cerrar las cuentas de un allegado hay que dirigirse a cada una de las plataformas en las que esté presente y demostrar que se tiene poder para hacerlo. Una por una.

No es de extrañar que, así las cosas, las redes sociales acaben convirtiéndose en cementerios digitales. Un estudio de 2019 del Instituto de Internet de Oxford (OII) predijo que un mínimo de 1.400 millones de usuarios de Facebook morirá antes de 2100. La cifra podría alcanzar los más de 4.900 millones de usuarios fallecidos para esa fecha, dependiendo del ritmo de crecimiento de la plataforma.

El estudio argumenta que “un enfoque exclusivamente comercial para la preservación de datos plantea importantes riesgos éticos y políticos que exigen una consideración urgente”.

A lo que se refiere el estudio es a sus implicaciones macroscópicas. Tratado por separado, cada perfil representa un elemento único cuyo destino corresponde decidir a sus familiares o a sus herederos digitales, sin embargo, los autores del documento sostienen que el impacto agregado de la totalidad de los casos va más allá que la suma de sus partes. “El patrimonio digital personal que dejan los muertos en línea es o se convertirá en parte de nuestro patrimonio digital cultural compartido”, señalan. Un patrimonio que puede resultar “incalculable» -dicen- no solo para los futuros historiadores.

El estudio cita las palabras de Matt Raymond, exdirector de comunicación de la Biblioteca del Congreso Estadounidense: «Individualmente, los tuits pueden parecer insignificantes, pero vistos en conjunto, pueden ser un recurso para que las generaciones futuras entiendan la vida en el siglo XXI’.

El borrado de cuentas póstumas no solo puede venir de los propios usuarios o de sus herederos o allegados, sino de las plataformas que las albergan. Muy citado es el caso de MySpace, que perdió toda la música y fotos que sus usuarios subieron a la red social entre 2003 y 2015 debido a un error. De igual modo, los ciberataques también pueden acarrear el borrado de información.

Otras veces el contenido desaparece porque se cierran las plataformas que lo alojan. Es el caso de Google+, la fallida red social de Google, descontinuada definitivamente en 2019. Aunque grupos sin ánimo de lucro como Internet Archive y el ArchiveTeam trabajaron para preservar la mayor cantidad de contenido público posible, aunque fue inevitable que una parte desapareciera.

Además, algunas plataformas cuentan con políticas de eliminación de cuentas por desuso. Es el caso de Google o Microsoft, que eliminan cuentas que hayan estado inactivas durante dos años. Elon Musk anunció el pasado mes de mayo que haría lo mismo en Twitter. Una impopular política (una más) que causó un gran revuelo entre personas que no querían perder acceso a los tuits de los usuarios fallecidos. Los usuarios reclaman que, como Facebook, se puedan mantener las cuentas como ‘conmemorativas’, algo que no es posible en Twitter.

Hay quienes dirán que estas políticas de eliminación facilitan las cosas a los familiares de las personas fallecidas, sobre todo cuando son personas no digitalizadas. Sin embargo, el borrado tarda al menos dos años en llegar y, en cualquier caso, por las razones expuestas, la decisión sobre qué sucede con ese contenido no puede quedar en manos de las grandes empresas tecnológicas.

Desde la perspectiva del patrimonio digital, los investigadores de Oxford señalan que esta situación requiere lo que el filósofo Luciano Fioridi denomina “una nueva macroética de la eliminación”. Es decir, un modelo de gestión que abarque y aprecie las diferentes formas de valores involucrados y considere también las múltiples partes interesadas.

Está claro que este es un asunto complejo, en el que se entremezclan los derechos individuales y colectivos, las herencias digitales, los bienes comunes online, y las políticas y derechos comerciales. Para más inri, han surgido desde hace unos años iniciativas para mantener vivos a nuestros muertos mediante sistemas automatizados que se nutren del contenido existente en torno a una persona para tratar de simular cómo seguiría comportándose.

Si algo está claro es que la cuestión de cómo abordar la muerte y la ‘reencarnación’ digital sigue siendo un asunto pendiente desde muchas perspectivas, y necesitado de un sistema de gobernanza adecuado, previo debate que integre a todas las partes afectadas. Lejos queda aquello de que “nadie hablará de nosotros cuando hayamos muerto”.

El notario, también online

LA @ EN DESARROLLO

EL NOTARIO, TAMBIÉN ‘ONLINE’

2023 ha marcado un hito en la historia del Notariado español. Con la aprobación de la Ley de transposición de directivas de la UE que incluye la digitalización de actuaciones notariales, los ciudadanos y las empresas podrán, a partir de noviembre, realizar online numerosos actos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad jurídica que cuando acuden a una notaría.

FÁTIMA PÉREZ DORCA

Todos los servicios digitales que presten los notarios tendrán lugar en la sede electrónica notarial, cuya puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el Portal Notarial del Ciudadano www.portalnotarial.es. Esta sede es única y corresponde al Consejo General del Notariado su titularidad, desarrollo, gestión y administración.

La nueva ley, que traspone la directiva 2019/1151, exige que, sin necesidad de presencia física, un ciudadano de la Unión pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro. La directiva recomienda mantener los sistemas jurídicos propios de cada país y que, en aquellos como Alemania, Bélgica, Italia o España, entre otros, donde las sociedades se constituyen ante notario, se mantenga un modelo que es seguro y ágil y que permite luchar contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

 


LOS SERVICIOS DIGITALES QUE PRESTEN LOS NOTARIOS TENDRÁN LUGAR EN LA SEDE ELECTRÓNICA NOTARIAL, CUYA PUERTA DE ENTRADA ES WWW.PORTALNOTARIAL.ES


 

Todos los actos societarios. La regulación recoge además que podrán realizarse, por vía digital, todos los actos societarios, desde la constitución de sociedades, al nombramiento de cargos, ceses, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, etc.

Los notarios podrán autorizar también en la sede electrónica notarial las actas de junta general y las de referencia en sentido estricto; las pólizas mercantiles; los poderes de representación procesal para la actuación ante las administraciones públicas, así como los electorales y los poderes para actos concretos o la revocación de poderes, excepto los preventivos. Asimismo, la norma señala que el notario podrá autorizar en línea las cartas de pago y las cancelaciones de garantías, los requerimientos iniciales de las actas y aquellas diligencias que fueren susceptibles de practicarse por videoconferencia; los testimonios de legitimación de firmas; las declaraciones de obra nueva sin extinción de condominio ni adjudicación de propiedad y la división de la propiedad horizontal. Podrán autorizarse actos de conciliación en los casos que el notario lo considere conveniente; y actos y negocios jurídicos para los que, conforme a su naturaleza, se establezca reglamentariamente. Y, por último, en caso de darse una epidemia, podrían autorizarse testamentos online mientras durase la obligación de confinamiento.

Otra de las novedades que trae la ley es la puesta en marcha del protocolo electrónico notarial que será un reflejo idéntico del protocolo en papel. La escritura en papel será conservada en la notaría y su versión digital se enviará al Consejo General del Notariado en formato pdf, encriptado, junto a una ficha en formato XML con los datos de ese documento extractados. solo podrá acceder a ellos el notario titular, bajo su clave, o los empleados que éste designe a efectos, por ejemplo, de expedición de copias, al igual que ocurre con los protocolos en papel, que seguirán estando en las notarías.

MARÍA TERESA BAREA,

portavoz del consejo General del Notariado

«Todos los servicios online tendrán lugar en la sede electrónica notarial»

Hablamos sobre la aplicación de la nueva ley con la portavoz del consejo General del Notariado, María Teresa Barea, y con el director de operaciones del centro tecnológico del Notariado, Carles Llach.

Además de los actos que se podrán realizar online, ¿habrá alguna otra novedad?

Los ciudadanos podrán obtener, a través del portal Notarial del ciudadano, copias autorizadas de sus escrituras públicas por lo que las podrán guardar en su móvil o tablet, con el consiguiente ahorro de tiempo, desplazamientos y papel.

¿Cómo será la actuación del notario?

los ciudadanos y las empresas podrán realizar online numerosos actos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad jurídica que cuando acuden a una notaría.

Todos los servicios digitales que presten los notarios tendrán lugar en la sede electrónica notarial, cuya puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el portal Notarial del ciudadano, una sede única cuya titularidad, desarrollo, gestión y administración pertenecen al Consejo General del Notariado.

¿Será seguro?

Por supuesto. El ciudadano se reunirá con el notario online en esta sede en la que la seguridad informática del proceso quedará garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada de los notarios, su sede electrónica y su red privada, todos ellos desarrollados por el centro tecnológico del Notariado, Ancert. La sede electrónica notarial es garantía de seguridad. De hecho, el Notariado ha obtenido el Esquema Nacional de seguridad (ENS), nivel alto, respecto de todos sus sistemas de información, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales para el ejercicio de su función pública.

CARLES LLACH, director de operaciones del centro tecnológico del Notariado
«Ciudadano y notario mantendrán una videoconferencia en la sede notarial»

¿Qué hay que hacer para acreditarse en el Portal Notarial del Ciudadano?

El usuario tiene que acreditar su identidad haciendo uso de un certificado electrónico cualificado o de Cl@ve Pin. Si no dispone de ninguno de ellos, también puede acreditar su identidad en una notaría.

¿Qué pasos tendrá que dar el ciudadano para crear una empresa de manera íntegramente online?

Una vez haya acreditado su identidad en el portal, deberá remitir una solicitud de constitución de sociedad al notario de su elección con los datos relativos a la denominación social deseada, socios, capital social y estatutos, así como aquellas gestiones que desea delegar al notario (solicitud de NIF, liquidación de impuestos, inscripción en el Registro, etc.).

Cuando el notario reciba la solicitud contactará con el ciudadano para elaborar el documento notarial a partir de la documentación recibida y agendará la cita por videoconferencia para la firma electrónica del documento notarial. El ciudadano deberá disponer de un certificado electrónico cualificado para la firma electrónica del documento notarial; si no dispone de uno podrá obtenerlo de manera gratuita desde una opción habilitada a tal efecto en el portal.

¿Y el día de la firma?

El ciudadano mantendrá una videoconferencia con el notario en la sede electrónica notarial, a la que accederá a través del portal Notarial. Durante el transcurso de la videoconferencia el notario identificará a los comparecientes, procederá con la lectura del documento notarial, resolverá las dudas que sean planteadas (si las hubiera) y finalmente autorizará el acto. Una vez hecho esto, el ciudadano dispondrá de la copia simple y autorizada de la escritura de constitución de sociedad en el portal Notarial del ciudadano.

#QuieroSerNotario

LA @

#QUIEROSERNOTARIO

#QuieroSerNotario es un llamamiento del Notariado a los jóvenes que estudian derecho, lo van a estudiar, opositan, piensan opositar, o simplemente sienten curiosidad por esta salida profesional.
Carmen Rodríguez Pérez, notaria de Cieza.
REDACCIÓN

LA INICIATIVA CONSTA de cuatro episodios y narra cronológicamente las diferentes fases en la vida de un notario, desde el momento en que decide afrontar la oposición hasta su día a día en la notaría o su experiencia como preparador de opositores. Cada pieza se centra en una etapa y los cuatro notarios protagonistas cuentan su experiencia personal, analizando su profesión y los valores que representa para ellos. Entre los cuatro participantes de #QuieroSerNotario se encuentran una notaria recién aprobada, una preparadora de la oposición, un notario joven y otro más experimentado y también preparador.

Sus vivencias.

Ángeles Picado es notaria en Selva del Camp, Tarragona, desde hace pocos meses, ya que aprobó la oposición en 2022. En el vídeo explica que su familia siempre la respaldó: «A mis padres les encantó que decidiera opositar y he tenido la suerte de que mis círculos más cercanos siempre me han apoyado». También comenta los motivos por los que decidió opositar a notarías: «Lo que más me motivaba para ser notaria era la estabilidad y autonomía que te ofrece la profesión, que te permiten organizarte más o menos como quieras. Además, es importante el factor social, ya que estás en contacto con la gente, y eso me parece muy bonito».

Fernando Romero es notario en Yeste, en Albacete. Romero, con siete años de ejercicio profesional, destaca la meritocracia, «porque al Notariado se accede por oposición, un sistema objetivo de elección, y a eso todos podemos llegar». En el video también cuenta su historia personal: «Yo empecé periodismo y cuando me di cuenta de que no iba a ser un gran columnista en un gran diario nacional me cambié a derecho y poco a poco fui consciente de que el notariado era lo que más iba con mi carácter».

Carmen Rodríguez es notaria en Cieza, en Murcia y cuenta con experiencia en la preparación de opositores: «El nivel de implicación que sientes con un alumno es total. Es una responsabilidad grandísima. Por ejemplo, cuando tuve a mis hijos estuve un tiempo sin preparar porque entendí que no les podía dar todo lo que se necesita. Cuando alguien que he preparado aprueba es uno de los momentos más bonitos que hay en la vida», asegura.

 


ENTRE LOS CUATRO PARTICIPANTES SE ENCUENTRAN UNA NOTARIA RECIÉN APROBADA, UNA PREPARADORA DE LA OPOSICIÓN, UN NOTARIO JOVEN Y OTRO CON UNA DILATADA EXPERIENCIA


 

Por último, José María Graíño, notario en Caldas de Reis, en Pontevedra, es un notario con una dilatada experiencia que también ejerce de preparador. Graíño aconseja a los jóvenes, además de estudiar, «trabajar aspectos personales como la fortaleza física y psíquica, la resiliencia… De alguna manera emular al ave fénix». «El recuerdo al que más cariño tengo de la oposición es el día que aprobé. Lo primero que hice fue subir a uno de mis montes favoritos y contemplar la ría», concluye.

Cuatro notarios de diferentes edades y lugares de España cuentan su experiencia antes y después de aprobar la oposición en los vídeos #QuieroSerNotario
Notarios en Red

En el blog https://www.notariosenred.com el notario Fernando Pérez Rubio ofrece unos Consejos para aprobar la oposición a notario: «Sin duda el primero e indispensable es prepararse. Ahora bien, creo que todo el que haya opositado estará de acuerdo conmigo en que cada opositor es un mundo (…) Si quieres ser notario y estás pensando en opositar, y aunque mi experiencia sea a notarías, creo que es extensible a cualquier oposición, ten en cuenta que vas a recibir muchos consejos, sobre todo de ‘cuñados’ que jamás han opositado».

El notario Vicente Calvo también escribe en este blog al respecto. Su post, Oiga, y para ser notario, ¿qué hay que hacer?, explica que «no existe la sangre azul notarial (yo, por ejemplo, soy hijo de médico y ama de casa), ni las notarías ganadas por herencia, concurso televisivo o por sorteo, aunque, perdonad la broma, este fuera ante notario. La oposición es libre, para cualquiera que cumpliendo los mínimos requisitos legales quiera hacerla: mayor de edad, licenciado en derecho, español u ostentar la nacionalidad de cualquier país miembro de la Unión Europea y no encontrarse comprendido en ninguno de los casos que incapacitan o imposibilitan para el ejercicio del cargo de notario, carecer de antecedentes penales por falsedad en documento público o de incapacidad para el desempeño de la profesión».

José María Graíño Ordóñez, notario de Caldas de Reis.
María de los Ángeles Picado, notaria de Selva del Camp.
Fernando Pedro Romero, notario de Yeste.

«Anda, ponme una reseña»

LA @

‘ANDA, PONME UNA RESEÑA’

Las reseñas sirven para simplificarte la búsqueda, por ejemplo, marcando productos con cinco estrellas.

Las piden en bares, en hoteles, pero ¿hasta en una clínica? Aumentan las «notas» en buscadores como Google y plataformas de venta. Pero, ¿hasta qué punto son fiables? ¿Se pueden comprar? Nosotros lo hemos comprobado. Y esto acaba de empezar; con las vacaciones de verano, su influencia se dispara.
GABRIEL CRUZ

EL DENTISTA HABÍA sido bueno aunque me dejó un dolor punzante que me perseguiría durante varias horas. Tras pagar en recepción, en la segunda planta, la joven que atendía me dijo:
–«¿Le importa ponernos una reseña positiva en Google?»
–«Cuando llegue a casa lo haré», dije balbuceando. «Quería marcharme cuando antes».
–«Solo va a ser un momento», insistió.
–«En casa, gracias».
–«Yo le explico cómo hacerlo. Déjeme el teléfono y lo hacemos juntos», dijo extendiendo su mano a mi móvil.

Parecía la emboscada de un vendedor de telefonía en un centro comercial y mi salida de la clínica adquiría visos de fuga que, afortunadamente, logré sin pagar el chantaje de escribir una reseña. La clínica es grande, con decenas de gabinetes, ubicada en la zona de negocios de Nuevos Ministerios, en Madrid. No necesita de un empujón para darse a conocer. Pero, ¿tan importante se han vuelto las reseñas incluso para las grandes compañías? Llamamos a Alex Romero, experto en marketing digital, que nos devuelve la respuesta con otra pregunta: «¿Qué es lo que primero que miras cuando quieres comprar algo por internet? Las reseñas. Sirven para simplificarte la búsqueda, por ejemplo, seleccionando productos con cinco estrellas. Para dar el paso de compra, el consumidor exige la ‘prueba social’ (social proof): las opiniones de otros consumidores que nos dan más confianza».

Varios estudios realizados este año en EE.UU. y Gran Bretaña sobre marketing digital (como el de BrightLocal, por ejemplo) señalan que el 85% de los consumidores confían en las opiniones en línea; se ven diez reseñas de media antes de comprar en un negocio, o que se gasta un 30% más en una empresa que tiene buenas referencias. Es un mecanismo psicológico que ya conocía la publicidad desde hace tiempo. ¿Se acuerdan de los anuncios de detergentes en los que unas compradoras decían lo blanca que dejaba la colada? El problema es que el consumidor era consciente de que era publicidad y era más difícil de creer. Con las reseñas, las personas piensan que se les dice siempre la verdad. Algo fundamental para vender cuando la competencia es global.

 


EL 85% DE LOS CONSUMIDORES CONFÍAN EN LAS OPINIONES EN LÍNEA Y SE VEN DIEZ RESEÑAS DE MEDIA ANTES DE COMPRAR EN UN NEGOCIO


 

Comprar reseñas.

Imagine que tiene un negocio y quiere hacerlo más cool. Puede comprar reseñas. Salen centenares de anuncios en Google del tipo «compra reseñas fácilmente» o «las reseñas más baratas», incluso puede comprar lotes. Detrás hay empresas de marketing digital que las insertan, o bien con bots (programas informáticos que hacen tareas reiterativas) o de forma manual, con opinadores que son personas reales. Como señala Alex Romero, «tienen bajo sueldo a diferentes usuarios de Google, con perfiles diferentes, distintas IP (identificador de computador), diferentes fotos reales, etc.».

 


SALEN CENTENARES DE ANUNCIOS EN GOOGLE DEL TIPO ‘COMPRA RESEÑAS FÁCILMENTE’ O ‘LAS RESEÑAS MÁS BARATAS’, INCLUSO PUEDE COMPRAR LOTES


 

¿Quiere ganarse un dinero extra pero éticamente discutible? En una sencilla búsqueda en Google encontrará que puede escribir reseñas falsas sin moverse, haciendo corta y pega del mensaje que le envían, por un euro cada reseña. Incluso, en la indagación de este reportaje, comprobamos cómo una compañía nos paga 15 euros en un cheque de Amazon por una reseña de unos cascos inalámbricos.

El problema que surge es claro: si es tan fácil mentir en las reseñas, nuestra confianza decae y eso es lo último que quieren Google y Amazon. No tendría sentido que usted para informarse leyese un periódico de fake news. De hecho, como nos señala Alex Romero, ellos tienen robots de inteligencia artificial para detectar reseñas falsas. Detectan, por ejemplo, si lo que se pone es «copia y pega» de otra reseña. «Un truco: nadie gasta media hora de su tiempo y se pone a describir con fotos y todo lujo de detalles con 40 líneas un producto. Lo más probable es que se lo hayan regalado». De hecho, Google penaliza las reseñas falsas. Pero entonces, ¿por qué es tan fácil conseguir dentro del mismo buscador páginas que las venden? Según Alex Romero es porque, al parecer, el anuncio patrocinado se puede lanzar en un corto espacio de tiempo antes de desaparecer. Es el tiempo suficiente para captar clientes sin que a Google le dé tiempo a reaccionar. Además, Google gana dinero con cada clic en ese anuncio patrocinado para obtener reseñas. A quien seguro que castigará será a la empresa que compra los comentarios falsos. Si el algoritmo lo descubre, bajará su lugar en las búsquedas o, incluso, quitará el perfil de Google business.

 


EL PROBLEMA QUE SURGE ES CLARO: SI ES TAN FÁCIL MENTIR EN LAS RESEÑAS, NUESTRA CONFIANZA DECAE Y ESO ES LOS ÚLTIMO QUE QUIEREN GOOGLE Y AMAZON


 

En la Unión Europa, EE.UU., y algún otro país se multan las reseñas falsas. Lo dice la directiva (UE) 2019/2161, que fue traspuesta en nuestra Ley de Consumo en noviembre de 2021. Se multará a los que compren reseñas y a los que incluyan en su propia web comentarios sin hacer la comprobación de que realmente sus autores han adquirido el bien o servicio. La cantidad puede llegar a ser ocho veces el beneficio que se considera que se ha obtenido.

De momento, no hemos encontrado empresas en España multadas por este motivo. Sí en Francia, que fue una las primeras en trasponer la normativa europea a la empresa Concileo. Un tribunal de París la condenó a 50.000 euros.

Y EN TWITTER QUÉ OPINAN
Twitter en inglés significa trinar, como hacen las aves. Nombre muy apropiado en el tema de las reseñas porque lo que nos encontramos en esta red social parece la película Los pájaros, de Alfred Hitchcock. Abundan los mensajes de ataques como «vamos a bombardear con opiniones negativas» tal negocio. Por ejemplo, un anarquista de Cartagena solicita reseñas contra una empresa de muebles; otro de Hellín (Albacete), contra un negocio de plásticos por despedir a un compañero. El caso es que cuando contrastamos en Google, efectivamente surten efecto y su calificación ha bajado. Otras veces se da el efecto contrario, descubrimos el stalkea, acoso en términos cibernéticos, del propietario de un negocio a los que han opinado en contra de él. Luego están los autores pedigüeños de opiniones favorables a sus libros. Para aclarar conceptos, le recomendamos seguir a: @alexromero_es. experto en marketing digital. @eccspain. Centro Europeo del Consumidor. Proporciona información y asistencia gratuita a los consumidores en reclamaciones de compras transfronterizas, tan frecuentes en internet. @consumogob. Perfil oficial del Ministerio de Consumo. Con bastantes campañas de información. @FTC. agencia de protección al consumidor de EE.UU., donde residen las mayores tecnológicas del mundo, como Google. Tiene versión en lengua española y persigue con gran intensidad las reseñas falsas. Así que, si Google no le hace caso en España, quizá pueda recurrir aquí. Su web.
Normativa española

En el enlace pueden ver en su integridad la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios, con las últimas actualizaciones y la trasposición de la directiva en la que, entre otros muchos aspectos, se abordan brevemente las reseñas falsas. Lo menciona en el apartado 4 del artículo 20: Información necesaria en la oferta comercial de bienes y servicios.

La normativa anterior es la trasposición de la directiva 2019/2161 del Parlamento Europeo.

¿Y cómo limpio todo esto?

Tiene un negocio y se encuentra que las opiniones en Google le han bajado a una estrella. ¿Qué lejía se usa en internet? Para empezar, ninguna plataforma eliminará comentarios negativos contra su empresa a no ser que usen un lenguaje soez o insultante. Si lo hacen es fácil, porque la inteligencia artificial de Google no lo soporta. En ese caso debe entrar en su ficha personal de «Google My Business» pinchar en la reseña que cree inadecuada y le aparecerá un menú para que Google actúe. También tiene la opción más recomendable: señalar que «Esta reseña no es de este sitio». Aunque lo mejor es convertirse en «Local Guide» de Google, un título de cualificado reseñador (no ponga esa cara, la palabra está en la RAE) que se consigue escribiendo ¡muchas reseñas! Y es que, si un Local Guide pide eliminar una reseña, es más fácil que Google le haga caso, incluso más que al propio dueño del negocio. Aun así, todos los expertos señalan que lo mejor es contestar todas las opiniones. Si es mala, pidiendo disculpas y explicando el porqué; y si es falsa, rebatiéndola claramente. Si son buenas, lo tiene más fácil: dé las gracias.

Con las reseñas las personas piensan que se les dice siempre la verdad.

«Opina, que algo queda», por Pilar Cernuda

LA @

PILAR CERNUDA,

periodista

 

"Ya se han montado negocios que ofrecen reseñas y opiniones positivas a quienes necesitan promover y vender su producto"

Opina, que algo queda

SÍ. ANTES DE DAR AL CLICK LEO las opiniones sobre los productos que voy a comprar online y sobre los que no tengo más referencia que la de mi propio criterio: que me han entrado por los ojos en cuanto he visto la imagen, me gustan y me parecen exactamente lo que buscaba. Como millones de personas que intentamos que no nos den gato por liebre, busco en Google las reseñas de un restaurante que no conozco, pero al que quiero ir a comer o cenar, y por supuesto analizo detalladamente las reseñas de los clientes de un hotel antes de hacer mi reserva. Aunque siendo consciente de que pueden estar inducidas o manipuladas.

Todo el mundo sabe que en las páginas web de hoteles se publican las fotos más bonitas, los buffets exquisitos, los cuartos de baño que solo corresponden a las habitaciones más caras, y las vistas al mar o a una plaza que solo disfrutan los clientes vip. En cuanto a los apartamentos, con frecuencia la realidad no se corresponde con lo que aparece en el reportaje fotográfico, así que se comprende que los que han salido «escaldados» en varias ocasiones, pinchen en el apartado de opiniones para no sufrir una nueva decepción. Quien dice apartamento o restaurante puede añadir que es importante informarse sobre cualquier producto cotidiano que pretende comprar, desde una aspiradora a unas deportivas, un limpiador revolucionario o un secador de pelo. Porque hoy la vida nos ha convertido en personas que no disponemos de mucho tiempo que perder y preferimos que nos manden todo a casa sin necesidad de ir de tienda en tienda por mucho que se agrupen en centros comerciales.

A todos nos han pedido que opinemos sobre el hotel en el que hemos pasado unos días; si el restaurante en el que hemos cenado ha estado a la altura de lo que esperábamos de él; si se lo recomendaríamos a un amigo que se apuntara a un gimnasio, o si el trato recibido por el servicio telefónico al cliente de un banco ha sido correcto y ha resuelto nuestro problema. Cuando contestamos esas encuestas intentamos hacerlo de buena fe, con una buena calificación si efectivamente nuestro interlocutor ha cumplido con su trabajo; pero también, por miedo a perjudicarle, les damos más estrellas de las que merece, pero no las cinco que él cree merecer.

Los avispados que viven enganchados a internet y a las redes sociales, que son multitud y que han creado ingeniosas empresas online para resolver problemas que nunca se nos había ocurrido que se podían resolver -incluso que nunca se nos había ocurrido que fueran un problema- no han tardado en buscar las vueltas al asunto de las opiniones para crear un negocio. Tanto, que cada vez son más numerosos los añadidos de «opinión verificada» que aparecen cuando buscas las reseñas de un restaurante, hotel, libro, barniz, bicicleta o juguete, que de todo ello hay abundancia en internet.

Se agradece, porque sin tener una inteligencia superior a la normal, no es difícil adivinar que en ese capítulo de opiniones se detectan algunas, o muchas, que están absolutamente inducidas. Por empresas rivales o por amigos, pero también porque ya se han montado negocios que ofrecen reseñas y opiniones positivas a quienes necesitan promover y vender su producto. Previo pago del importe de las buenas reseñas, por supuesto. Como ofrecen también reseñas negativas con las que hundir a la competencia. Por eso es importante que al mismo tiempo que hay negociantes de escasa ética que se están ganando un dinerito con reseñas y opiniones falsas, también haya crecido el mercado de quienes verifican que las reseñas pertenecen a personas de verdad, no bots, y que además han podido comprobar que han visitado el hotel o restaurante sobre el que opinan, han leído el libro y comprado el juguete, el barniz, o la bicicleta.

La Inteligencia Artificial está a la vuelta de la esquina, si no la tenemos ya aquí, y nos va a cambiar la vida. Las consecuencias serán importantes, para mal, en el mundo laboral, pero también pondrán a nuestro alcance lo que parecía inalcanzable, aunque estaremos pendientes de algoritmos en lugar de confiar en el criterio y la sabiduría de semejantes, que en muchos casos no podrán competir con las disposiciones y el criterio que imponen esos algoritmos.

Da escalofrío esa inteligencia artificial que, como su nombre indica, deja infinidad de decisiones en manos de máquinas diseñadas y programadas por expertos que se supone que no solo son profesionales de categoría, sino que su moral y ética es incuestionable. Pero… ¿Quién lo garantiza?

Por mucho que los grandes técnicos, ingenieros e informáticos intenten vendernos un futuro idílico en el que aparatos de todas las especies harán el trabajo más duro y nos facilitarán la vida, los ejemplos de que es mejor un mundo de hombres y mujeres de carne y hueso, con sensatez, moral y sensibilidad además de conocimiento, siempre será preferible a un artefacto programado para hacer lo que quiera su creador. Que puede ser un desalmado.

Como ocurre con los que utilizan algo tan simple como una reseña o un comentario en redes para hundir o lanzar a las alturas un producto.

Ya puestos, cuando quieran dedicamos un capítulo a los influencers, donde hay mucha tela que cortar. No es oro todo lo que reluce.

El protocolo notarial, ahora electrónico

El protocolo notarial, ahora electrónico

LA @ EN DESARROLLO

EL PROTOCOLO NOTARIAL, AHORA ELECTRÓNICO

La revolución tecnológica del Notariado continúa. Comenzó en el año 2002, con la constitución de la Agencia Notarial de Certificación (Ancert) y, después, con la apertura de la sede electrónica notarial que dotaría al Notariado de los más avanzados medios y sistemas de información para el intercambio y tramitación electrónica de documentos y datos con Administraciones Públicas (como las comunidades autónomas, la Dirección General del Catastro, los registros mercantiles y de la propiedad, los ayuntamientos, etc.).
FÁTIMA PÉREZ DORCA

Esto posibilitó que los notarios alcanzasen altos grados de eficiencia y una constante mejora en la prestación de sus servicios a la sociedad. Un camino en el desarrollo tecnológico cuya cima se alcanzará en noviembre de este año con la entrada en vigor de la Ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales; y que trae consigo la creación del protocolo electrónico notarial.

En 2021 se abrió esa sede electrónica a ciudadanos y empresas a través del Portal Notarial del Ciudadano, en el que actualmente se pueden realizar algunos trámites previos a la firma, videoconferencias con el notario y recibir copias simples de las escrituras públicas, entre otros.

 


LOS PROTOCOLOS NOTARIALES PERTENECEN AL ESTADO Y LOS NOTARIOS SON SUS CUSTODIOS


 

Será en noviembre de 2023 cuando se dará un paso más pues, gracias a la aprobación de la Ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, los notarios podrán autorizar actos jurídicos por vía online por primera vez en la historia y pondrán en marcha el funcionamiento de su protocolo electrónico.

Los documentos que se podrán autorizar por vía íntegramente online, a través del Portal Notarial del Ciudadano, serán las pólizas mercantiles y todos los actos societarios, así como determinados actos unilaterales como algunos tipos de poderes, las cartas de pago, las declaraciones de obra nueva y la división horizontal que no implique extinción de condominio, testamentos en situación de epidemia y, si el notario lo considera conveniente, actos de conciliación. Para que esos servicios se puedan realizar de forma online el notario requiere de la existencia del protocolo electrónico, que convivirá con el protocolo notarial en papel.

 


LOS NOTARIOS PODRÁN ENTREGAR COPIAS ELECTRÓNICAS AUTORIZADAS DE LOS DOCUMENTOS NOTARIALES A LOS CIUDADANOS Y EMPRESAS


 

¿Qué es el protocolo notarial? El protocolo notarial en papel es la colección ordenada de las escrituras matrices autorizadas en un año por cada notario. El Reglamento Notarial indica cómo tienen que ser los tomos en los que se conserva, «el grueso del libro va metido en una caja de cartón para evitar que le entre polvo y las cubiertas y correas con las que va atado son de piel, como marca la regulación», explica la notaria y portavoz del Consejo General del Notariado, María Teresa Barea. «Al final del año el notario tiene todo lo que ha firmado en 20 o 30 tomos encuadernados y ese es su protocolo anual». Este protocolo, de carácter confidencial, se formaliza y conserva, inicialmente, en la plaza notarial correspondiente y es custodiado por el notario titular de cada plaza, que no se lo lleva en caso de traslado pues el protocolo pertenece al Estado. Los notarios los conservan, con arreglo a las leyes, como archiveros de los mismos y bajo su responsabilidad.

Cuando entre en vigor la nueva ley y los notarios comiencen a utilizar el protocolo electrónico, este «será un reflejo idéntico del protocolo en papel. Es decir, de cada escritura solo habrá una matriz que tendrá un doble soporte (en papel y digital)», señala Barea. La escritura en papel será conservada en la notaría y su versión digital se enviará al Consejo General del Notariado en formato PDF, encriptado, junto a una ficha en formato XML con los datos de ese documento extractados. Tendrán acceso a ese protocolo tanto el notario titular, bajo su clave, como los empleados que éste designe a efectos, por ejemplo, de expedición de copias. Los ficheros relativos al protocolo en soporte electrónico serán remitidos, transcurridos veinticinco años desde la autorización o intervención de la escritura matriz, acta o póliza, a los Archivos Generales de Protocolos de cada colegio notarial.

Gracias al protocolo electrónico los notarios podrán entregar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales a los ciudadanos y empresas, con el consiguiente ahorro de papel y desplazamientos.

ENRIC HERNÁNDEZ,
director de Seguridad y Nuevas Tecnologías de Ancert

«Va a ser el núcleo de la operativa electrónica notarial»

Hablamos con dos profesionales directamente implicados en el desarrollo y creación del protocolo electrónico: Enric Hernández, director de Seguridad y Nuevas Tecnologías de Ancert, en la parte técnica, y Miguel Roca, notario, involucrado en la adaptación del sistema a lo que marca la legislación.

¿Qué tipo de tecnología se va a utilizar?

El protocolo electrónico notarial va a ser el núcleo de la operativa electrónica notarial. Todos los servicios tanto internos, a través del entorno SIGNO para notarios, como dirigidos al público, en el Portal Notarial del Ciudadano, se integrarán con este protocolo. Por lo tanto, las tecnologías a utilizar serán similares a las ya en uso, otorgando las máximas garantías técnicas y legales.

¿Cómo garantizan su seguridad y confidencialidad?

Las medidas se basan en la tríada de la seguridad de la información: integridad, confidencialidad y disponibilidad. Por lo que respecta a la confidencialidad, se establecerán mecanismos de encriptación que permitirán la traslación del secreto de protocolo al mundo electrónico. La integridad se implementará con la utilización de la firma electrónica y la inclusión de códigos seguros de verificación, ya en uso por parte de las administraciones públicas. Y la disponibilidad se garantizará adoptando estrategias de respaldo de la información y formatos que permitan su custodia longeva.

¿Cómo podré conseguir una copia electrónica?

Entrando en portalnotarial.es el ciudadano puede ya obtener una copia simple de sus escrituras. Con la nueva ley, el servicio de solicitudes de copias permitirá también, de forma ágil y segura, la solicitud de copias autorizadas.

Máxima seguridad

Con la entrada en vigor de la Ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, todos los servicios digitales que presten los notarios tendrán lugar en la sede
electrónica notarial, cuya puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el portalnotarial.es

La seguridad informática del proceso quedará garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada de los notarios, su sede electrónica y su red privada, todos ellos desarrollados por el centro tecnológico del Notariado, Ancert.

El Notariado ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad, nivel alto, respecto de sus sistemas de información, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales para el ejercicio de su función pública.

MIGUEL ROCA BERMÚDEZ DE CASTRO,
notario

«El protocolo en papel convivirá con el protocolo electrónico sin problemas»

¿Por qué se ha creado el protocolo electrónico?

Todos los documentos que autorizamos en papel se conservan ordenadamente y sin límite de tiempo en el protocolo notarial. Desde hace muchos años, esos documentos también se elaboran electrónicamente y se conservan en nuestras bases de datos. Con ello hemos ido adquiriendo una experiencia sobre la forma de gestión de esos documentos electrónicos y estamos creando el protocolo electrónico notarial, siguiendo reglas unitarias para mejorar los procedimientos y conservar la información de los documentos que firmamos y que, como reflejo del papel, se conservan electrónicamente. Todo ello para proporcionar mayor inmediatez a los usuarios del servicio notarial.

¿En qué beneficiará a ciudadanos y empresas?

La sociedad está acostumbrada a tener toda la información relevante que le afecta en su móvil. Con el protocolo electrónico se facilitará el acceso inmediato a esa información, garantizando al ciudadano la seguridad sobre la eficacia, vigencia y carácter inalterado de lo que consulta y asegurándole que en todo el ámbito relevante jurídico-notarial no ha ocurrido nada que limite, restrinja, ni en modo alguno condicione lo que ve y sobre lo que va a tomar decisiones.

¿Seguirá existiendo el protocolo en papel?

El protocolo en papel es y seguirá siendo una herramienta de enorme eficacia que continuaremos utilizando. Por poner un ejemplo práctico, si una anciana muriese en mi localidad, habiendo testado hace 70 años en su pueblo de origen… ¿Verdad que todos veríamos natural que pudiera pedir la copia del testamento al compañero que sirve esa plaza y que me la remitiría sin problema? Es una prueba de la utilidad del protocolo notarial, que convivirá con el protocolo electrónico, en el que trabajamos con la prudencia y el sentido práctico que siempre han caracterizado al Notariado.