«La vivienda: cuestión de Estado», por Yolanda Gómez

ALDEA GLOBAL

YOLANDA GÓMEZ,

subdirectora de Economía de ABC

"Es el momento de que PSOE y PP dejen a un lado la polarización y sus desavenencias políticas y sellen un pacto de Estado"

La vivienda: cuestión de Estado

Sin un acuerdo entre PP y PSOE, que acumulan casi todo el poder estatal y territorial, cualquier política que se aplique estará coja. Y sin la colaboración privada será imposible atender a la escasez de demanda que existe en estos momentos.

La dificultad para acceder a la vivienda es una de las principales preocupaciones de los españoles, especialmente entre los jóvenes, según muestra mes tras mes el barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Los políticos, poco a poco, van tomando conciencia de la importancia de este problema, pero no se ponen de acuerdo en las soluciones que, inexorablemente, tendrán que venir de un pacto entre las Administraciones, y de la colaboración público-privada. El Gobierno central, sin apenas competencias en la materia, tiene muy restringidas las posibilidades de aplicar medidas, y comunidades y ayuntamientos por sí solos, carecen de los ingentes recursos públicos necesarios para hacer frente a la escasez de vivienda.

En este escenario al menos el diagnóstico está bastante claro: estamos ante un problema de oferta y el Banco de España ha puesto cifras a la magnitud del mismo: hay un déficit de al menos medio millón de viviendas. Un déficit que tardará en cubrirse si tenemos en cuenta que solo se construyen 100.000 viviendas nuevas cada año.

Ante esta situación tanto el Gobierno central como los autonómicos y los ayuntamientos han anunciado o desplegado medidas no exentas de riesgo y cuya eficacia, señalan desde instituciones como el Banco de España o la Airef, debería medirse para evitar que se estén desperdiciando recursos públicos.

Así, por ejemplo, a raíz de la pandemia, el Gobierno ha aumentado la protección sobre los inquilinos, limitando las actualizaciones de rentas y endureciendo las condiciones de desahucio. Además, se han creado nuevos indicadores de precios del alquiler, que sirven para que las comunidades autónomas puedan fijar zonas tensionadas y limitar las subidas de los alquileres.

Estas medidas, que pueden servir para proteger a colectivos vulnerables, al extenderse en el tiempo corren el riesgo de contraer la oferta. Y, de hecho, eso es lo que está pasando. Allí donde se han aplicado límites, como en Cataluña, se ha conseguido reducir algo los precios, pero a costa de contraer la oferta, porque se están desviando viviendas hacia el alquiler turístico o el temporal, con lo que el problema no solo no se ha resuelto, sino que incluso se ha acrecentado.

El Gobierno central y algunas comunidades, como la de Madrid, también han tomado medidas de apoyo a la demanda, como los avales públicos para la compra de vivienda, o las ayudas al alquiler para jóvenes. Muchos expertos critican estas medidas porque aseguran que como no hay un problema de demanda estos recursos públicos solo servirán para incrementar los precios. Y puede que tengan razón, pero los avales facilitarán la compra a jóvenes que no tienen ahorros, pero sí un trabajo que les permita hacer frente a una hipoteca.

En lo que hay un consenso bastante generalizado es en la necesidad de aumentar el parque de alquiler social, que en España no llega ni al 2% del total, muy lejos del 7% de media en Europa. Y para alcanzarla, calculan los expertos que serían necesarias más de 1,5 millones de viviendas. En el largo plazo ayudaría que las casas que tienen protección pública la mantengan de por vida, y no desaparezca con los años como ocurre ahora. Pero eso no se puede hacer con efectos retroactivos, de modo que, a corto plazo, el problema sigue sin solucionarse.

El presidente del Gobierno ha anunciado, incluso, la creación de una empresa pública de vivienda. Debo reconocer que salvo en Sumar o Podemos, pocos expertos incluyen esta medida entre las soluciones. Aunque una empresa pública sí podría ser útil para sacar al mercado los miles de viviendas vacías que muchos propietarios no se atreven a alquilar por temor a que les destrocen la casa o a no poder echar a los inquilinos en caso de que no les paguen la renta. La Administración podría hacer de intermediaria para garantizar alquileres asequibles a los inquilinos, y rentas adecuadas a los propietarios, como sugería el Banco de España hace unas semanas.

En el listado de soluciones aparece también de manera recurrente la aprobación del proyecto de ley del suelo para agilizar los trámites para la construcción de vivienda y acabar con la actual inseguridad jurídica a la que se enfrentan los promotores obligados en numerosas ocasiones a paralizar la totalidad de las obras por cuestiones puntuales. El sector también aboga por liberalizar suelo y agilizar las licencias. Pero el PSOE no cuenta con el apoyo de sus socios habituales, y tampoco el PP ha apoyado al Gobierno en una materia que debería dejarse al margen de las trifulcas políticas.

Hay quien desconfía de las intervenciones públicas, y quienes alertan de que “si no se diseñan y ejecutan cuidadosamente, pueden distorsionar el mercado, desalentar la inversión privada y lo que es fundamental: no alcanzar los objetivos de accesibilidad y asequibilidad esperados”, como advierte el catedrático de Análisis Económico, Santiago Carbó.

Pero la situación es tan grave que es el momento de analizar todas las propuestas, de apostar por la seguridad jurídica, de aplicar incentivos para convencer a los propietarios de que saquen sus viviendas vacías al mercado del alquiler, pero fundamentalmente es el momento de que PSOE y PP, que acumulan la mayor parte del poder local, autonómico y estatal, dejen a un lado la polarización y sus desavenencias políticas y sellen un pacto de Estado con medidas moderadas, que cuenten con el sector privado y que permitan aliviar uno de los principales problemas a los que se enfrenta nuestro país. La vivienda se ha convertido en el mejor plan de pensiones de nuestros mayores y ahora es el momento de ayudar a nuestros jóvenes.

Procesos de selección más ágiles para los empleados públicos

DEBATE PARLAMENTARIO

Procesos de selección más ágiles para los empleados públicos

La ley subraya que el teletrabajo no es un derecho del personal público y está supeditado a las necesidades organizativas y del servicio.
La Administración tradicional ha ido evolucionando hacia un modelo más proactivo y cercano, pero todavía necesita reformas que respondan a las demandas ciudadanas y mejoren su eficiencia. El proyecto de Ley de Función Pública de la Administración General del Estado, que se debate en el Parlamento, es la base para transformar la Administración poniendo el foco en el capital humano y en sus procedimientos internos de gestión.
ELVIRA ARROYO

Según el Eurobarómetro publicado en abril de 2023, el 45% de los ciudadanos de la Unión Europea piensa que la Administración pública de su país es compleja y lenta. Además, un 33% considera que una interacción más ágil con los ciudadanos y unos funcionarios públicos mejor capacitados mejorarían su confianza.

 


LA NUEVA LEY RESERVA AL PERSONAL INTERNO
UN MÍNIMO DEL 30% DE LAS PLAZAS EN LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO


Por otro lado, el envejecimiento de la población provocará grandes olas de jubilaciones en las Administraciones públicas en los próximos diez años, por lo que habrá que cubrir esas vacantes con trabajadores profesionales y estables.

La necesidad de abordar en España una reforma de la Administración y el empleo público es un compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (componente 11, “Modernización de las Administraciones Públicas”). El objetivo es establecer un modelo de recursos humanos basado en competencias, articular una carrera profesional que garantice la igualdad entre mujeres y hombres, evitar la rotación excesiva e implantar una gestión pública orientada a resultados.

España cuenta con un punto de partida positivo para completar este proceso, al situarse entre los países más avanzados en términos de administración digital. Otra ventaja es que las Administraciones públicas disponen de un amplio parque inmobiliario que permite una capacidad de movilización importante.

En 2015, la aprobación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) supuso un salto importante en la concepción del empleo público en nuestro país, pero, por su carácter de norma básica, quedaba sujeto a un desarrollo posterior a través de leyes de las diversas administraciones. Ahora, el proyecto de Ley de Función Pública de la Administración General del Estado amplifica las disposiciones del texto refundido de la Ley del EBEP en lo relativo a la Administración del Estado.

Escenario cambiante

La nueva ley parte de la base de que España precisará en los próximos años una función pública con un alto nivel de profesionalidad, competencia, eficacia e innovación, además de ser inclusiva y plural. Para modernizar la Administración pública, no basta con dotarla de inversiones, sino que es preciso redefinir los procesos y procedimientos internos para lograr una mejor gestión. Igualmente, hay que dar paso a políticas de reclutamiento que aseguren el relevo intergeneracional, orientadas a la captación de talento y a la presencia de grupos infrarrepresentados.

En los procesos de selección se incorpora la agilidad como principio rector. Así, las plazas vacantes para el personal funcionario interino deberán incluirse en la oferta de empleo del ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización.

Al mismo tiempo, se irán relegando los sistemas de selección basados en la reproducción de conocimientos de forma abstracta. La provisión de puestos se vinculará a la evaluación del desempeño y a la formación como garantía de la profesionalidad de sus titulares. La ley subraya la obligatoriedad que tienen los empleados públicos de participar en procesos formativos para el perfeccionamiento de sus competencias o la adquisición de otras nuevas. El Instituto Nacional de Administración Pública será el Centro General de Aprendizaje, que marcará criterios comunes para la planificación estratégica de la política de formación en la Administración del Estado.

Dentro de los grupos de clasificación profesional se recoge como novedad el grupo B, al que se podrá acceder con un título de formación profesional superior.


LA PROVISIÓN DE PUESTOS EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SE VINCULARÁ A LA EVALUACIÓNI DEL DESEMPEÑO Y A LA FORMACIÓN COMO GARANTÍA DE PROFESIONALIDAD


Promoción interna

La nueva normativa consagra el fomento de la promoción interna horizontal (la que se produce dentro del mismo grupo o subgrupo de clasificación profesional) y vertical (ascenso a un subgrupo o grupo profesional superior) porque incentivar el talento interno se convierte en uno de los pilares básicos de la política de recursos humanos de la Administración pública. Con este fin, se reserva al personal interno un mínimo del 30% de las plazas en las ofertas de empleo público.

En la política retributiva, dentro de las complementarias, se introduce el complemento de carrera, que paga la progresión alcanzada en la carrera profesional; el actual complemento de productividad pasa a denominarse complemento de desempeño; y la gratificación por servicios extraordinarios se convierte en el complemento por servicios extraordinarios.

También se regula el teletrabajo, que deberá estar expresamente autorizado y ser compatible con la modalidad presencial. La ley subraya que el teletrabajo no es un derecho del personal público y está supeditado a las necesidades organizativas y del servicio. Entre otros requisitos, es condición necesaria ocupar un puesto de trabajo susceptible de ser desarrollado en teletrabajo y cuyo desempeño sea verificable mediante indicadores cuantificables fijados y evaluables periódicamente.

Las plazas vacantes para el personal funcionario interino deberán incluirse en la oferta de empleo del ejercicio en que se produce su nombramiento.
Principios de actuación del empleo público que recoge la nueva ley
  • Igualdad, mérito y capacidad. Publicidad y concurrencia en el acceso y promoción profesional.
  • Atracción, desarrollo y retención del talento.
  • Estabilidad en el empleo público, objetividad y profesionalidad. Inamovilidad del personal funcionario de carrera como garantía de la imparcialidad en la prestación del servicio.
  • Cualificación permanente del personal, promoción de su carrera y desarrollo profesional.
  • Fomento de la diversidad y la inclusión de las personas con discapacidad o de los grupos infrarrepresentados.
  • Garantía de igualdad de trato y no discriminación, en particular entre mujeres y hombres, así como de atención a las víctimas de violencia de género.
  • Transparencia en la gestión.
  • Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos.
  • Evaluación y responsabilidad en la gestión.
Los partidos opinan*

JOSÉ LUIS ACEVES GALINDO

Diputado. Portavoz de Función Pública
Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados

“No existe ningún texto legislativo de ámbito estatal que desarrolle el Estatuto Básico del Empleado Público”

Desde el Grupo Parlamentario Socialista creemos que la Ley de Función Pública es necesaria para los empleados públicos de la Administración del Estado, ya que no existe ningún texto legislativo, en el ámbito estatal, que desarrolle el Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

La ley avanza, junto con el RDL 6/2023, en los compromisos para la llegada de los fondos de recuperación europeos Next Generation y da respuesta a temas importantes pendientes.

Además, apuesta por la transformación en una doble dimensión, en el capital humano y en los procesos y procedimientos internos encargados de su gestión; basándose en los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, abordando cuestiones como la igualdad de oportunidades, la garantía del diálogo social o la formación del personal.

ENGRACIA RIVERA

Diputada Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR

 
“Es imprescindible que las empleadas públicas puedan negociar sus condiciones de trabajo”

Desde 2022, que fue firmado el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, hemos generado una serie de expectativas que se centran en varias cuestiones necesarias que necesita nuestra Administración pública para ser, verdaderamente, una Administración del siglo XXI.

La primera cuestión atañe al derecho a la negociación colectiva de las empleadas públicas, igual al derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores del ámbito privado. Es imprescindible que las empleadas públicas puedan negociar sus condiciones de trabajo, sus jornadas y horarios, el teletrabajo o las cuestiones salariales con la garantía de que la Administración (el patrón) va a cumplir los acuerdos alcanzados.

La segunda cuestión crucial es la de la democratización del acceso a la función pública. Nosotras ya hemos presentado una PL para democratizar el acceso a la carrera judicial, pero tenemos pendiente el conjunto de la Administración. Grandes retos imprescindibles para tener una Administración adecuada a los tiempos que vivimos.

* Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.

Así espera volver a Europa el Reino Unido

ÁMBITO EUROPEO

ASÍ ESPERA VOLVER A EUROPA EL REINO UNIDO

Londres desea volver al corazón de la política del Viejo Continente al menos en las áreas de seguridad, defensa y migración ilegal… y la victoria de Donald Trump en Estados Unidos, la inquietante evolución de la guerra de Ucrania y la receptividad de Bruselas han acelerado los acercamientos.
GONZALO TOCA

Los puntos de inflexión del deshielo no dejan de sucederse. El primer ministro británico, Keir Starmer, asistirá a un encuentro inédito desde el Brexit con los líderes de los 27 estados comunitarios en febrero. Y su intención es cristalina: quiere que le sirva para avanzar hacia “el reseteo” de las relaciones después de que David Lammy se convirtiera, en octubre, en el primer jefe de la diplomacia británica en acudir a una reunión de ministros de Exteriores europeos.

Primeros pasos

Los movimientos no se limitan ni mucho menos a un ramillete de fotos bonitas. En otoño, Reino Unido firmó acuerdos sobre seguridad con Rumanía y Alemania. Además, Londres ha nombrado oficialmente a un negociador para reconducir unas relaciones con el Viejo Continente muy dañadas desde el mandato de Boris Johnson en Downing Street. Finalmente, Keir Starmer ya se ha reunido en París con Emmanuel Macron y en Bruselas con la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen.


LOS OBJETIVOS DE DOWNING STREET SON AMBICIOSOS. BUSCA, SEGÚN EL ‘FINANCIAL TIMES’, UN PACTO CON BRUSELAS QUE PIVOTE EN TORNO A LA SEGURIDAD E INTELIGENCIA ARTIFICIAL


Antes de Navidades, Francia dejó de oponerse a que las empresas extracomunitarias accedieran a los subsidios redoblados con los que la UE va a impulsar su industria de defensa y el nuevo ejecutivo británico aceptó que los aviones antisubmarinos alemanes operen desde una base escocesa para proteger el Atlántico Norte de la creciente amenaza de Rusia. David Odalric de Caixal i Mata, director del Área de Seguridad y Defensa de INISEG, recuerda además que “Alemania y Reino Unido también colaborarán en la creación de nuevos drones, tanto terrestres como aéreos, así como misiles de largo alcance”.

Los objetivos de Downing Street son ambiciosos. Busca, según el Financial Times, un pacto con Bruselas que pivote en torno a la seguridad y que abarque tanto defensa como cuestiones energéticas y migratorias. Tampoco están satisfechos con los acuerdos comerciales que se firmaron con el Brexit y creen que pueden conseguir un tratamiento más favorable para los bienes y servicios británicos ahora que las relaciones con Europa ya no son tan frías.

Sin embargo, como en cualquier negociación, los protagonistas no solo han dejado entrever las oportunidades, sino también las líneas rojas. Por ejemplo, una cosa es que Francia haya aceptado que empresas extracomunitarias (¿británicas?) accedan a subsidios de defensa de la UE y otra muy distinta que París esté dispuesta a que superen un porcentaje minoritario. Keir Starmer, por su parte, también ha insistido en que resetear las relaciones “no es lo mismo que revertir el Brexit o volver a entrar en el mercado único o en la unión aduanera”.

El libre tránsito de personas está descartado, pero los europeos podrían contar con facilidades para estudiar en tierras británicas. Y esto no es una cuestión menor, porque uno de los motores del divorcio británico de la Unión Europea fue la oleada masiva de inmigrantes de la que la población acabó responsabilizando a Bruselas.


EL LIBRE TRÁNSITO DE PERSONAS ESTÁ DESCARTADO, PERO LOS EUROPEOS PODRÍAN CONTAR CON FACILIDADES PARA ESTUDIAR EN TIERRAS BRITÁNICAS


Oleada migratoria

Es verdad que ahora todo es distinto. La migración comunitaria está en números negativos desde hace dos años y la migración ilegal extracomunitaria, que llega en pequeños botes, ha despegado. Según datos oficiales, estas llegadas por mar pasaron de menos de 2.000 en 2020 a más de 8.000 en 2021, 45.000 en 2022 y casi 30.000 en 2023. Los resultados iniciales de 2024 apuntan a cifras parecidas a las del año anterior, lo que no sería precisamente una buena noticia.

Además de la gran oleada migratoria, que difícilmente puede contener Londres sin más ayuda de los países vecinos, todo parece indicar que a Downing Street le inquietan los peligrosos avances en la guerra de Ucrania y la victoria de Donald Trump en Estados Unidos, dos asuntos que han acelerado las negociaciones con la Unión Europea.

En Ucrania, advierte David Odalric de Caixal i Mata, “nos encontramos en medio de una escalada bélica marcada por las amenazas del Kremlin, la incorporación de tropas norcoreanas al teatro de operaciones en apoyo de Rusia y el lanzamiento por parte de Ucrania de misiles de largo alcance con procedencia británica (Storm Shadow) y estadounidense (ATACMS)”.

Las naciones occidentales, matiza el experto, “se habían mostrado reacias a permitir el uso de estas armas hasta ahora, por temor a que pudiera llevar a los miembros de la OTAN a un conflicto directo con Rusia… y sus temores se han visto confirmados, ya que la administración de Putin ha amenazado con escalar el conflicto con armas nucleares”.


TODO PARECE INDICAR QUE A DOWNING STREET LE INQUIETAN LOS PELIGROSOS AVANCES EN LA GUERRA DE UCRANIA Y LA VICTORIA DE DONALD TRUMP EN ESTADOS UNIDOS


La victoria de Donald Trump en las elecciones de noviembre también ha impulsado el ritmo de las negociaciones entre Londres y Bruselas. Reino Unido aumentó tras el Brexit su dependencia hacia Estados Unidos y ahora podría necesitar reequilibrar la balanza para no estar en manos de un inquilino de la Casa Blanca notoriamente imprevisible. En paralelo, Trump ha amenazado con imponer aranceles generalizados del 10 al 20% a las importaciones, algo que puede impactar sobre todo a la UE y, en menor medida, al Reino Unido.

Finalmente, como advierte la analista de Chatham House, Olivia O’Sullivan, “en materia de defensa y seguridad, el compromiso de Trump a largo plazo con la defensa colectiva a través de la OTAN está en duda, y su desdén por los países europeos que gastan porcentajes mínimos de su PIB en defensa es muy claro”. La Alianza Atlántica es el medio principal por el que los miembros del bloque comunitario y Reino Unido coordinan el despliegue internacional y conjunto de sus tropas y recursos militares.

Por todo ello, es evidente que Londres y Bruselas se necesitan, pero también lo es que eso no garantiza el éxito de las negociaciones. Mucho dependerá de la flexibilidad y estabilidad política de países europeos como Francia o Alemania; del margen de maniobra que dejen los británicos a su gobierno para renegociar algunos aspectos del Brexit; de la propia solidez del ejecutivo de Starmer en medio del fuerte desplome de su popularidad, y de que la inquietud que representan el reto de Trump y la violencia de Putin sea lo suficientemente acuciante como para que los negociadores pongan sobre la mesa una oferta que el otro no pueda permitirse el lujo de rechazar.

Europa opina
“Reino Unido siempre ha tenido una participación indispensable en la resolución de los grandes problemas europeos”, dijo el canciller alemán Olaf Scholz. Mientras tanto, Michel Barnier, primer ministro francés, ha afirmado que “la amistad franco-británica” será “valiosa para afrontar los desafíos que tenemos por delante”. Finalmente, Sandro Gozi, presidente de la delegación comunitaria en la Asamblea Parlamentaria UE-Reino Unido, cree que la victoria de Trump es “una gran oportunidad” para acercarse a la Unión Europea.
Starmer no quiere elegir entre Europa y Estados Unidos
“La idea de que debemos elegir entre nuestros aliados, que de alguna manera estamos con Estados Unidos o Europa, es simplemente errónea», dijo el primer ministro británico Keir Starmer. “La rechazo rotundamente”, aclaró, porque “el interés nacional exige que trabajemos con los dos”.
Gran Bretaña cree que puede conseguir un tratamiento más favorable para los bienes y servicios británicos ahora que las relaciones no son tan frías.
La preocupante situación del ejército británico
Según David Odalric de Caixal i Mata, director del Área de Seguridad y Defensa de INISEG, las fuerzas armadas británicas podrían pasar de 82.000 a 70.000 soldados entre 2021 y 2026. En un contexto de desplome de las vocaciones militares y grandes desafíos geopolíticos, Londres necesita, según el experto, el apoyo de la UE y, muy especialmente, de Francia, Alemania e Italia para que su ejército no pierda capacidad operativa.

«Un ‘reseteo’ estratégico en tiempos de Trump», por María Andrés Marín

ÁMBITO EUROPEO

MARÍA ANDRÉS,
directora de la oficina del Parlamento Europeo en España

“Uno de los pilares de este nuevo acuerdo para reiniciar las relaciones bilaterales debe ser la defensa común"

Un reseteo estratégico en tiempos de Trump

El triunfo de Donald Trump en las elecciones estadounidenses ha reavivado las tensiones sobre el compromiso del país con la OTAN y la seguridad europea. En sus primeros discursos, Trump ha advertido que no protegerá a los países que no cumplan con el objetivo del 2% del PIB en gasto militar -España está a la cola de toda la UE con un 1,28%-, dejando claro que reducirá la implicación americana en la Alianza. Este escenario plantea una amenaza directa a la estabilidad del continente en un momento de gran volatilidad por la invasión rusa de Ucrania. El Parlamento Europeo aprobó recientemente en Estrasburgo una dura resolución en la que exigía más apoyo militar concertado a Ucrania ante la implicación reciente de China y Corea del Norte en el conflicto y ante las pruebas rusas de nuevos misiles balísticos. El lenguaje bélico invade ya los comunicados de prensa de unas instituciones creadas para la paz hace ahora 67 años.

La Eurocámara, a diferencia del nuevo mandatario norteamericano, deja claro que “no pueden llevarse a cabo negociaciones sobre Ucrania sin Ucrania” y pide a la UE trabajar para lograr el apoyo internacional más amplio posible al país, sobre todo teniendo en cuenta la escalada reciente y el preocupante apoyo en recursos a Rusia de Irán, Bielorrusia y Corea del Norte.

Todos estos acontecimientos urgen reforzar la autonomía estratégica de la UE y su cooperación en defensa, especialmente con el Reino Unido, un aliado clave que ha quedado fuera de la estructura comunitaria tras el Brexit. Las noticias que nos llegan de Londres son positivas: el nuevo gobierno de Keir Starmer, con su enfoque proeuropeo y su voluntad de resetear las relaciones con Bruselas, ofrece una oportunidad única.

Uno de los pilares de este nuevo acuerdo para reiniciar las relaciones bilaterales debe ser la defensa común. En un mundo cada vez más inseguro, la UE y el Reino Unido tienen mucho que ganar de una asociación más estrecha.

La Unión Europea, consciente de las implicaciones de un Estados Unidos obsesionado con China y menos comprometido con nuestro continente, debe liderar el esfuerzo para fortalecer su pilar defensivo dentro de la OTAN, integrando las capacidades británicas en un marco europeo más sólido. El Reino Unido, por su parte, tiene el incentivo de consolidar su influencia en Europa a través de acuerdos que no solo refuercen su posición como socio privilegiado, sino que también le permitan mantener su relevancia en un entorno geopolítico cada vez más hostil.

La clave radica en una negociación de doble vía: por un lado, garantizar que la UE mantenga una postura unida y cohesionada en sus negociaciones en bloque con el Reino Unido. Por otro, es lógico que en políticas como la de defensa su colaboración incluya acuerdos bilaterales adicionales, como el mantenido con Francia y el reciente Acuerdo Trinity House con Alemania, que incluye la construcción de una fábrica de artillería en Reino Unido, el despliegue de aviones alemanes para proteger el Atlántico Norte y el desarrollo conjunto de misiles de largo alcance y drones.

Insisto: Aunque valiosos, estos acuerdos nunca deben contemplarse en detrimento del refuerzo de una verdadera dimensión europea de la defensa. Cierto, la UE no tiene ejército propio, pero el margen de cooperación es amplio. El Reino Unido debe participar también en proyectos estratégicos conjuntos, en iniciativas como el Instrumento para el Refuerzo de la Industria Europea de Defensa, diseñado para fomentar adquisiciones conjuntas y optimizar el gasto público en capacidades militares. Además, invertir en otras áreas estratégicas como la ciberseguridad y la conectividad espacial fortalecería la resiliencia de las infraestructuras críticas de ambos.

El liderazgo de Starmer llega en un momento oportuno. Un acuerdo estructurado con la UE permitiría finalmente al Reino Unido participar en misiones militares y civiles de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD), fortaleciendo las capacidades operativas conjuntas.

Además, la cooperación podría extenderse a áreas críticas como la seguridad energética y la gestión de migraciones. Británicos y europeos ya dieron en febrero un paso significativo en esta última materia, al acordar una colaboración entre sus agencias de control de fronteras para combatir la migración irregular con un mayor intercambio de información y la coordinación operativa. Paralelamente, se están explorando mecanismos que permitan una movilidad juvenil más estructurada, facilitando que jóvenes europeos y británicos vivan y trabajen temporalmente en el otro territorio. El enfoque es delicado: busca fortalecer la seguridad y la cooperación, evitando la percepción de un regreso a la libre circulación, algo aún sensible en Reino Unido.

No hay luna de miel después de un divorcio traumático. La UE ha dejado claro que cualquier avance significativo en este reseteo de relaciones requerirá que el Reino Unido cumpla plenamente con los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Comercio y Cooperación de 2020. Esto incluye la implementación de controles fronterizos y el respeto a los derechos de los ciudadanos europeos en suelo británico, cuestiones que hasta ahora han sido fuente de fricciones.

En todo caso, el regreso de Trump a la Casa Blanca deja claro que Europa ya no puede depender del paraguas de seguridad estadounidense como lo ha hecho en el pasado. Debe asumir una mayor responsabilidad por su propia defensa, y el Reino Unido, con sus capacidades militares avanzadas, su potencia nuclear y su experiencia global, es un socio natural en este esfuerzo.

En última instancia, el éxito de este reseteo dependerá de la voluntad política de ambas partes para priorizar el interés común sobre las diferencias pasadas. Y la elección de Trump podría terminar siendo el mejor catalizador para ello.

La copia electrónica notarial

FUNDACIÓN NOTARIADO

www.fundacionnotariado.org

LA COPIA ELECTRÓNICA NOTARIAL

Cumplido el primer año de la entrada en vigor de la Ley 11/2023, las ventajas que ofrece la norma en cuanto a la digitalización de las actuaciones notariales aún son desconocidas para la mayoría de los ciudadanos. Contribuir al conocimiento y análisis de esta realidad fue el objetivo de la sesión monográfica La copia electrónica en la nube y con CSV como nueva forma de exteriorización del documento notarial, organizada por la Cátedra ICADE-Fundación Notariado Seguridad Jurídica en la Sociedad Digital celebrada recientemente.

JAIME PÉREZ DE MIGUEL
De izda. a dcha.: Manuel González-Meneses, Alfonso Madridejos y Segismundo Álvarez.

Los ponentes, los notarios Alfonso Madridejos y Manuel González-Meneses, también director de la cátedra, fueron presentados por el notario y vicedirector, Segismundo Álvarez, quien comenzó recordando la vocación de vanguardia de la cátedra en el estudio de todo lo relativo a la conexión entre tecnología y derecho, sin limitarse a las cuestiones estrictamente notariales, aunque en esta ocasión se analizase una ley que pretende avanzar en la digitalización de la función notarial.

Escrituras digitales

Alfonso Madridejos relacionó el nuevo régimen de las copias con lo que considera la más importante novedad de la Ley 11/2023 con respecto a la digitalización de las actuaciones notariales: la puesta en marcha del protocolo notarial electrónico, el eje en torno al que gira toda la reforma, y que supone incrementar exponencialmente la seguridad y utilidad del protocolo notarial, por el hecho de que las escrituras tienen ahora un doble formato: en papel y electrónico. Mientras que el protocolo de papel tiene un carácter estático, el protocolo electrónico es una herramienta dinámica, porque en él no solo está reflejada la escritura matriz tal y como fue autorizada, sino también la vida y dinamismo del propio negocio documentado.

Según explicó Madridejos, con la nueva regulación, “las copias electrónicas resultan potenciadas, puesto que ahora pueden ser expedidas para cualquier persona con interés legítimo que así lo solicite, con la novedad de la incorporación del CSV o Código Seguro de Verificación. El CSV proporciona una doble ventaja para el usuario: por un lado, permite garantizar la autenticidad e integridad de las copias, ya que su custodia se realiza en la Sede Electrónica Notarial con todas las garantías proporcionadas por el Consejo General del Notariado; y por otro, se mantienen siempre actualizadas y permiten conocer la situación de la matriz”.

“En definitiva, la copia notarial autorizada electrónica con CSV, que en poco tiempo debería generalizarse, supone, dentro del proceso de digitalización del tráfico jurídico en nuestro país, una gran mejora del sistema, un incremento muy importante de la seguridad jurídica, una notable agilización de los trámites y procedimientos y una considerable reducción de los costes para los usuarios de los servicios notariales, todo ello, no puede olvidarse, con un gran esfuerzo en inversión, costes y trabajo para el colectivo notarial”, comentó Madridejos.


EL PROTOCOLO ELECTRÓNICO ES DINÁMICO PORQUE EN ÉL ESTÁ REFLEJADA LA ESCRITURA MATRIZ Y LA VIDA DEL PROPIO NEGOCIO DOCUMENTADO


El Reglamento elDAS2

Por su parte, González-Meneses quiso situar el nuevo régimen de las copias de los documentos notariales en un contexto más amplio: en un entorno social donde empleamos cada vez más dispositivos informáticos portátiles, como el teléfono móvil, a la hora de legitimarnos para muchas actuaciones. En particular, lo relacionó con la normativa europea -el Reglamento eIDAS2 promulgado en este año 2024- que pretende implantar un wallet o cartera de identidad digital europea consistente en una aplicación que permitirá emplear el teléfono móvil para acreditar, no solo la identidad personal, sino otra serie de variados atributos que interesa hacer valer frente a terceros y en interacciones tanto online como presenciales. El wallet permitirá manejar credenciales en formato digital con enlaces a las páginas web de las entidades u organizaciones emisoras de estas como forma de verificar en tiempo real tanto la autenticidad de la credencial como la vigencia del atributo que esta acredita. De manera análoga, el nuevo régimen de las copias de los documentos notariales permite a los ciudadanos la acreditación de rasgos jurídicos, como la condición de propietario de un bien, de apoderado de otra persona o de administrador de una compañía, por ejemplo, con una copia electrónica en el teléfono móvil con un enlace -el CSV en formato QR-, que facilita a cualquier persona ante la que se exhibe ese dispositivo, escanear ese QR con su propio dispositivo para acceder en tiempo real a un ejemplar actualizado de esa misma copia que se mantiene en la Sede Electrónica Notarial.

La copia autorizada electrónica

González-Meneses incidió en que esta novedad es una exigencia derivada de la propia liberación de la copia autorizada electrónica, y tanto por razones de usabilidad (el CSV facilita la verificación de la autenticidad e integridad de la copia de un documento notarial que se exhibe en formato digital sin necesidad de disponer de un ordenador y un software que permita la verificación de la firma electrónica cualificada del notario emisor de la copia), como de seguridad. Una vez puestas en circulación, a diferencia de las copias de papel, las electrónicas (por excelencia, la copia de un poder de representación que legitima al apoderado para actuar en nombre del poderdante frente a terceros), no se pueden retirar porque, como cualquier archivo informático, se pueden reproducir una infinidad de veces por la persona que la ha recibido -ej. el apoderado en el caso del poder-. Por lo tanto, la existencia de un repositorio de copias accesible online por cualquiera ante el que se exhibe la copia en formato digital, con información actualizada sobre la vigencia o revocación del documento, es algo imprescindible para la protección tanto del poderdante como de los terceros ante los que pretende actuar el apoderado.

“El hecho de que la incorporación del CSV y la posibilidad de cotejo con un ejemplar actualizado de la misma copia en la Sede Electrónica Notarial sea algo conforme con el signo de los tiempos y una exigencia de usabilidad, de racionalidad y equidad del nuevo régimen de libre circulación de las copias entre particulares, no debe llevarnos a desconocer -advirtió González-Meneses- el cambio tan sustancial que supone esta reforma”.

ON LINE

El diálogo La copia electrónica en la nube y con csv como nueva forma de exteriorización del documento notarial puede visualizarse en la web de Fundación Notariado.

Alfonso Madridejos.
Manuel González-Meneses.
Tres cuestiones sobre la digitalización notarial

Manuel González-Meneses, notario y director de la catedra ICADE-Fundación Notariado Seguridad Jurídica en la Sociedad Digital, se detuvo, durante la cátedra, en tres cuestiones sobre la Ley 11/2023 que permitió la digitalización de diversas actuaciones notariales. En primer lugar, frente a la tradicional responsabilidad individual de cada notario en la llevanza de su protocolo y en la expedición de copias, la reforma supone la asunción por la propia corporación notarial de funciones con relevancia frente a terceros (la generación automatizada y aleatoria del CSV para cada copia emitida, la conservación del repositorio actualizado de copias, y el mantenimiento de su acceso online permanente). En segundo lugar, el acceso mediante CSV al ejemplar de la copia que se conserva en el repositorio de copias no tiene nada que ver con la tradicional legitimación para obtener copia de un determinado documento notarial, por cuanto se trata de un acceso automático y anónimo para cualquiera que conozca el CSV correspondiente; y por último, la fundamental cuestión de la eficacia jurídica del repositorio de copias respecto de terceros ya que -a juicio del director de la cátedra- la reforma solo tiene sentido si se entiende que la nueva normativa impone sobre estos -las personas ante los que se exhibe una copia en formato electrónico-, la carga de consultar el repositorio de copias mediante el CSV, ya que cualquier información actualizada en relación con la vigencia del documento le va a ser jurídicamente oponible.

Página de acceso al Portal Notarial del Ciudadano.
Fundación Notariado y su XII Cátedra del Prado

Bajo el título La recuperación del patrimonio saqueado. 1815, el desmantelamiento del Louvre y el renacimiento de los museos en Europa, tuvo lugar la XII Cátedra del Prado, dirigida por Bénédicte Savoy, profesora de Historia del arte moderno en la Technische Universität Berlín, y patrocinada por Fundación Notariado. El programa se articuló en cuatro conferencias de carácter gratuito para los asistentes inscritos, impartidas todos los jueves del mes de noviembre de 2024. En el acto de inauguración estuvieron presentes el presidente del real Patronato del Museo del Prado, Javier Solana; el jefe de su Centro de Estudios, Javier Arnaldo; y Raimundo Fortuñy, entonces vicepresidente de Fundación Notariado y del Consejo General del Notariado.

Fortuñy analizó este periodo histórico desde el punto de vista del Notariado: “En esta época la Asamblea Nacional francesa aprobó la llamada Ley Ventoso y es en este momento de la Historia cuando se produce la ordenación del Notariado como elemento vertebrador en respuesta a las demandas sociales de seguridad, legalidad y autenticidad, así como de la conciencia de restitución de lo ajeno”.

De izda. a dcha.: Raimundo Fortuñy, Javier Solana y Javier Arnaldo.

La prosperidad de las naciones

ALDEA GLOBAL

LA PROSPERIDAD DE LAS NACIONES

Lo que sucedió en continentes enteros, como África o América, hace algo más de 500 años, determina hoy por qué existen diferencias en la prosperidad de distintas naciones. Al menos, así lo defienden los profesores Daron Acemoğlu, Simon Johnson y James A. Robinson, que obtuvieron el Nobel de Economía 2024 por sus estudios sobre cómo las instituciones económicas y políticas se han venido desarrollando y cómo estas, condicionadas por su historia, determinan la prosperidad de las naciones y las diferencias sociales y económicas entre ellas. Su teoría, sin embargo, no está exenta de críticas.

MELCHOR DEL VALLE
© JOHAN JARNESTAD | REAL ACADEMIA DE CIENCIAS DE SUECIA

Cabe decir que los galardonados son historiadores económicos y que su investigación, por simplificar, no se basa solo en analizar secuencias de datos, sino en comparar estas con hechos históricos. Por eso, el acta del jurado que concedió el galardón considera que su trabajo ha demostrado que “una de las explicaciones de las diferencias en la prosperidad de los países son las instituciones sociales que se introdujeron durante la colonización”, en referencia a la que los europeos llevamos a cabo en el siglo XVI y siguientes. La novedad está en la relación que establecen entre mortalidad, asentamientos e instituciones específicamente, pero también en tener en cuenta dichos aspectos con independencia de la nacionalidad de los colonizadores.

 


LOS NOBEL DE ECONOMÍA PARTIERON DE UNA PREGUNTA SIMPLE: “¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE QUE HAYA GRANDES DIFERENCIAS EN LA RENTA PER CÁPITA ENTRE DISTINTOS PAÍSES?”


El principio

En el año 2001, los autores galardonados publicaron en la revista American Economic Review el artículo The Colonial Origins of Comparative Development: an Empirical Investigation, que es lo que promovió su candidatura al Nobel. A esto seguramente contribuyó también el libro de Acemoğlu y Robinson (es decir: sin Johnson) titulado Why Nations Fail (Por qué fracasan los países) publicado en 2013.

En su momento, estudiosos de la economía del desarrollo consideraron que la tesis expuesta en el artículo contribuye a entender la evolución de las antiguas colonias mediante el análisis de la mortalidad de los colonos europeos, tomada esta como una variable del desarrollo de las instituciones. Dicho de otra manera, apuntan a que los europeos solo instauraron instituciones que inducían al crecimiento en áreas donde no enfermaban y podían establecerse. En cambio, en otras zonas donde estaban más expuestos a enfermedades, por ejemplo, África central, promovieron instituciones más propias de autócratas, que persisten hasta el día de hoy y explican en gran medida las diferencias en los ingresos entre países.

Inclusivas o extractivas

Para explicar su teoría, los autores dividen las instituciones de los países que fueron colonizados a partir del siglo XVI en inclusivas, basadas en el respeto al Estado de Derecho y habitualmente asociadas a regímenes democráticos estables, y extractivas, donde no se respetan los derechos básicos y la seguridad jurídica es manifiestamente mejorable. Es decir, y por unir conceptos con el párrafo anterior: los autores apuntan a que las inclusivas se dan en los países donde no enfermaban los colonos, por lo tanto hacían de aquéllos lugares su hogar, mientras que las extractivas se encuentran en naciones donde los europeos estaban más expuestos a contagios (diversas zoonosis con altos índices de mortalidad, por ejemplo), con lo que llegaban, extraían –de ahí el nombre– lo que podían y se marchaban, pero no se quedaban a vivir. También puede entenderse la conclusión de que los europeos que decidían establecerse en las colonias reprodujeron el sistema institucional de sus países de origen, mientras que quienes solo buscaban enriquecerse, y hacer cuanto antes el viaje de vuelta, pensaron que se quitaban problemas de encima; se miraba de perfil lo de respetar la propiedad privada y los derechos humanos.

Si intentamos simplificar un poco la tesis, no hemos de perder de vista que los Nobel de Economía partieron de una pregunta simple: “¿Cuáles son las causas de que haya grandes diferencias en la renta per cápita entre distintos países?”. Y encontraron que la posible respuesta está en que la tasa de mortalidad de los colonos determinó el lugar donde decidieron establecerse, esos asentamientos marcaron el carácter de las primeras instituciones establecidas y estas, a su vez, fueron el caldo de cultivo de las actuales. Ponen como ejemplo de inclusivos a EE. UU., país surgido de los asentamientos en las primeras “Trece Colonias” y su famosa –y letal para los nativos– ‘conquista del oeste’, y Australia, que fue inicialmente destino de convictos. Entre los extractivos, citan colonias españolas y portuguesas en América, asentamientos en el África Occidental Británica, incluida Costa de Oro (Ghana) y Costa de Marfil, y el antiguo Congo Belga (República Democrática del Congo).

 


UNA DE LAS EXPLICACIONES DE LAS DIFERENCIAS EN LA PROSPERIDAD DE LOS PAÍSES SON LAS INSTITUCIONES SOCIALES QUE SE INTRODUJERON DURANTE LA COLONIZACIÓN


Nada definitivo

Daron Acemoğlu, nacido en Turquía y de origen armenio, y Simon Johnson, estadounidense, son profesores del MIT (Massachusetts Institute of Technology) y James A. Robinson ejerce en la Universidad de Chicago. En sus conclusiones dejan ver que ni las instituciones ni el desarrollo económico son factores sujetos a un destino inalterable y, por lo tanto, pueden transitar hacia mayores calidades democráticas y económicas. También admiten que aún hay cantidad de preguntas sin respuesta y que están en marcha diversos estudios para intentar contestarlas. Es una manera de decir que su trabajo es solo un primer paso, seguramente muy importante desde el punto de vista de una materia tan compleja como es la economía del desarrollo, y no un dato definitivo.

Es verdad que no es fácil explicar por qué “el 20% más rico de los países del mundo es hoy unas 30 veces más rico que el 20% más pobre; además, la brecha de ingresos entre los países más ricos y los más pobres es persistente; aunque los países más pobres se han vuelto más ricos, no están alcanzando a los más prósperos”, como lo expone la organización de The Nobel Price, pero no es fácil explicarlo basándose solo en las diferencias de las instituciones de esos países. Probablemente, una razón para no tomarse al pie de la letra la investigación de los Nobel de Economía 2024 es la tendencia a la baja durante los últimos años en la calidad democrática de países que se ponen como ejemplo de colonias inclusivas, con EE. UU. en primer plano, y como se deduce de los índices del International Institute for Democracy and Electoral Assistance, IDEA, (The Global State Of Democracy 2024) y de la Economist Intelligence Unit de The Economist (Democracy Index 2023).

Críticas

Las críticas les han llegado a los autores desde distintos frentes. David Y. Albouy, profesor de Economía en la Universidad de Illinois, publicó en la misma revista (American Economic Review), aunque once años más tarde, un artículo en el que sostiene, entre otras cosas, que las muestras de mortalidad sobre las que se basa el trabajo original son poco fiables y que hay confusiones con los nombres anteriores de los países africanos. El catedrático de Harvard Edward Glaeser, utilizando el mismo instrumento de mortalidad de colonos, pero para el capital humano (Do institutions cause growth?, publicado en Journal of Economic Growth, 2004), encontró que dicho factor (el capital humano) tiene un mejor desempeño econométrico que la calidad institucional y concluye que las instituciones prosperan cuando hay capital humano y social en cantidad.

 


LOS EUROPEOS SOLO INSTAURARON INSTITUCIONES QUE INDUCÍAN AL CRECIMIENTO EN ÁREAS DONDE NO ENFERMABAN Y PODÍAN ESTABLECERSE


Mushtaq Khan, que es profesor de economía en la School of Oriental and African Studies, la conocida SOAS (University of London), opina que el trabajo de los galardonados solo indica que los países de altos ingresos actuales obtienen mejores resultados en los índices institucionales occidentales, simplemente. No deja de ser cierto, en fin, que países del este asiático, como Singapur, Corea del Sur y Taiwán, crecieron rápidamente sin tener previamente instituciones inclusivas. Otra economista crítica, Yuen Yuen Ang, profesora de Política Económica de Johns Hopkins University (Washington, EE. UU.) y muy reconocida por sus trabajos sobre el desarrollo de China, opina que la teoría de Acemoğlu, Johnson y Robinson no explica el crecimiento de China, pero tampoco el de Occidente; y recuerda que las instituciones de EE. UU. fueron corruptas cuando el país se estaba desarrollando.

Nobel de Economía, reducto estadounidense

El premio de Economía no formó parte de los cinco galardones originalmente creados por Alfred Nobel en 1895, sino que se estableció en 1969 con el patrocinio del banco de Suecia, aunque administrado por la Fundación Nobel. La relación de ganadores de este premio se reduce, mayormente, a economistas relacionados, no solo como profesores, con facultades de Economía de universidades de los Estados Unidos; pocas y de élite, se puede añadir. Es una tendencia, y no solo del galardón sueco, confirmada por el estudio High and Rising Institutional Concentration of Award-Winning Economists (varios profesores de Tsinghua University, de China, y de Harvard University y Michigan State University, de EE. UU.).

De arriba a abajo, los profesores Daron Acemoğlu, Simon
Johnson y James A. Robinson, premio Nobel de Economía
2024. FOTOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE MASSACHUSETTS Y DE LA UNIVERSIDAD DE CHICAGO.

Anuncio del Premio Nobel de Economía 2024. FOTO NOBEL PRIZE
Colonialismo a sangre y fuego

Una de las críticas a The Colonial Origins of Comparative Development: an Empirical Investigation es que si el proceso de colonización es la base del trabajo no se haya tenido en cuenta su coste de una manera más amplia. Dichas críticas recuerdan que en las colonias que los autores consideran inclusivas, la violencia fue algo normalizado y muy cercano en algunos casos al genocidio de poblaciones nativas, antes de crearse las instituciones, por lo que es algo que debería formar parte del análisis. En una entrevista con The New York Times, tras recibir el premio, Acemoğlu no dio importancia a lo que hubiese sucedido entre colonos y nativos: “En lugar de preguntarnos si el colonialismo es bueno o malo, observamos cómo diferentes estrategias coloniales han conducido a diferentes patrones institucionales que han persistido a lo largo del tiempo”.

PARA SABER MÁS

The Colonial Origins of Comparative Development: An Empirical Investigation.

Daron Acemoğlu, Simon Johnson y James A. Robinson.
The American Economic Review (2001).

The Global State Of Democracy 2024.
International Institute for Democracy and Electoral Assistance.

Governance and Growth: History, Ideology and Methods of Proof.
Mushtaq H. Khan.
SOAS, University of London.

The Sveriges Riksbank Prize in Economic Sciences in Memory of Alfred Nobel 2024.
The Nobel Price.

«Instituciones: Nobel, DANA y Trump»», por Enrique Alberola

ALDEA GLOBAL

ENRIQUE ALBEROLA,
asesor y editor del blog del Banco de España (Las opiniones de este artículo no representan las del Banco de España)

"Menos comercio y menos integración significan reducir el potencial de crecimiento y debilitar a las economías en el largo plazo"

Instituciones: Nobel, DANA y Trump

El reciente premio Nobel de Economía a los profesores Daron Acemoglu, Simon Johnson y James A. Robinson ha reconocido la importancia de las instituciones en el desarrollo económico. Apenas unas semanas después hemos asistido a dos acontecimientos preocupantes, que alertan sobre la calidad y el devenir de las instituciones. El primero, muy cercano, la mala gestión de las inundaciones en Valencia por las instituciones (in)competentes. El segundo, la inapelable victoria de Trump en las elecciones de Estados Unidos.

La mayoría de las economías ricas, en particular las occidentales, han basado su crecimiento y prosperidad en las instituciones inclusivas, como las denominan los galardonados. ¿Por qué son fundamentales? Este tipo de instituciones permiten a los ciudadanos desenvolverse libremente en el marco de un Estado de derecho. Facilitan así su desarrollo personal y el aprovechamiento de sus capacidades. De esta forma, las instituciones inclusivas favorecen, no solo que alcancen sus objetivos económicos y sociales, sino comportamientos que fomentan el buen funcionamiento de la economía, la creación de riqueza y el desarrollo de la sociedad civil. Y una sociedad civil fuerte demanda mejores instituciones, generando un círculo virtuoso de crecimiento económico, progreso social y mejora continua del marco institucional.

Las instituciones inclusivas suelen estar asociadas a sociedades democráticas y se refuerzan con el desarrollo económico, según la idea del círculo virtuoso. Sin embargo, la crisis financiera global de 2008 y la posterior crisis fiscal en Europa quebraron esta dinámica. El motor del círculo virtuoso se gripó y hay un riesgo de involución: un círculo vicioso de regresión democrática y, también, económica.

¿Qué pasó? La crisis global tuvo un fuerte impacto sobre la clase media y los sectores más desfavorecidos, que se sintieron abandonados, y agravó la desigualdad, que ya estaba aumentando antes en las economías avanzadas. Esta situación hizo crecer el sentimiento de exclusión y la desconfianza en las instituciones establecidas. En el ámbito político, ha derivado en la pérdida de apoyo a los partidos centrales tradicionales y en una creciente polarización. Esto dificulta los consensos que fundamentan las reformas económicas y el avance como sociedad. También mina la convivencia. Todo ello amenaza la propia calidad de las instituciones: la polarización tensa al sistema y sus instituciones, que corren el riesgo de ser arrastradas por las pugnas políticas. No sorprende que la calidad institucional se haya reducido en la mayoría de las democracias occidentales y en España aún más, como mostramos recientemente en una entrada en el blog del Banco de España titulada Premio Nobel 2024: la calidad de las instituciones potencia el crecimiento económico. Y, en mi opinión, ese deterioro no es ajeno, aunque sea tangencialmente, a la mala gestión de la DANA.

Desde una perspectiva global, el modelo económico dominante, que ha favorecido el libre comercio y la iniciativa privada, ha perdido adeptos. La emergencia económica del Sur global y algunas políticas discutibles de Occidente redujeron el ascendente de este sobre el resto del mundo. La rivalidad y la tensión geopolítica han aumentado desde entonces. El ascenso de los BRICs, liderados por China, es un buen ejemplo. Estos modelos alternativos no abrazan las instituciones inclusivas, aunque es verdad que sin ellas han podido desarrollarse. Por cierto, esta evidencia ha servido de crítica a las tesis de Acemoglu y compañía. Tales países también ponen en cuestión la arquitectura de las instituciones internacionales surgida de la posguerra mundial y diseñada, en su vertiente económica, por las potencias occidentales.

En definitiva, una crisis económica ha desembocado en una regresión institucional. ¿Qué consecuencias económicas puede tener esta deriva negativa?

Por un lado, el aumento de la incertidumbre política, que no es buena para la actividad económica. Por ejemplo, en las elecciones de los últimos veinte años se ha producido una caída continua en el porcentaje de votos de los partidos ganadores, lo que reduce la estabilidad de los gobiernos. En paralelo, el índice de incertidumbre de políticas económicas (conocido como EPU) ha mostrado una tendencia al alza. La inestabilidad política, la falta de consensos o la revisión de las normas al albur de los cambios de gobierno no permiten tomar decisiones en un entorno de previsibilidad y esto afecta negativamente al crecimiento económico, como bien sabemos.

Por otro lado, en el ámbito global la polarización contribuye a agravar las tendencias a la fragmentación económica, uno de los grandes riesgos que enfrenta la economía mundial. Es cierto que las pulsiones a la fragmentación también son resultado de la creciente competencia entre naciones en el concierto internacional. Pero la polarización refuerza las posiciones radicales, defensivas de lo propio y, por lo tanto, da rienda suelta a los instintos proteccionistas, nacionalistas y excluyentes. Y estas posiciones amenazan la cooperación y la integración globales y, con ello, las instituciones que las articulan. Menos comercio y menos integración significan reducir el potencial de crecimiento y debilitar a las economías en el largo plazo.

Además, cuando la polarización alcanza a los países abanderados del orden establecido, la situación se vuelve crítica. Por eso, el 5 de noviembre fue un día negro para los que creemos en los valores inclusivos, pues existe el riesgo de que el círculo vicioso se acelere.

Y todo esto ocurre cuando la necesidad de cooperación global es más importante que nunca ante la amenaza climática y la creciente interdependencia global. Por no mencionar los riesgos de inestabilidad geopolítica global, que la fragmentación también propicia.

¿Cómo hemos llegado hasta aquí? Ya apuntaba una razón al inicio: la crisis económica y financiera. Pero hay otro elemento muy importante: la revolución de la desinformación propiciada por Internet y los desarrollos tecnológicos, incluyendo la inteligencia artificial. Esto daría para otro artículo, así que les dejo con una recomendación: el nuevo libro de Acemoglu y Johnson, Poder y Progreso, que alerta de los peligros de la revolución tecnológica actual, liderada por las redes y la inteligencia artificial y concentrada en grandes corporaciones amenaza la propia calidad de la democracia.

Entrevista a Miquel Roca, Jurista, padre de la Constitución y Premio Puig Salellas 2024

EN CURSO LEGAL

Miquel Roca Junyent

Jurista, padre de la Constitución y
Premio Puig Salellas 2024

“Ninguno de los problemas que hoy tiene planteados España tiene su origen o su causa en la Constitución”

SANDRA PURROY

Miquel Roca Junyent es licenciado en Derecho por la Universitat de Barcelona. Abogado ejerciente desde 1962, su figura es indisociable de la Constitución española de 1978, de la que fue uno de los siete ponentes a los que se encomendó su redacción.

Su apuesta por un Derecho y una sociedad cimentados en el consenso y el diálogo, con unos valores profesionales y sociales basados en el respeto institucional, y su compromiso constante con el Estado de Derecho y el progreso social, le han hecho merecedor del Premio Puig Salellas 2024, el máximo galardón que otorgan anualmente los notarios de Cataluña.

Acaba de recibir el premio Puig Salellas. ¿Cómo valora el ser merecedor de este premio?

Recibir un premio que lleva el nombre de Puig Salellas representa para mí una ilusión, pero a la vez un enorme honor, porque fue una persona y un referente clave en la gran tradición jurídica de Cataluña. Fue un notario extraordinario y dentro de sus méritos y de su trayectoria está el haber conservado, vivificado e impulsado el derecho Civil de Cataluña, en el que tuvo un papel fundamental. Por ello tiene sentido que el Colegio Notarial de Cataluña otorgue un premio con su nombre y para aquel que lo recibe es una enorme satisfacción.

 


«EL DERECHO ES UNA REGULACIÓN CONVIVENCIAL QUE SE INTEGRA Y SE PRACTICA DESDE EL ACUERDO»


 

Usted tuvo relación con el notario Josep Mª Puig Salellas…

Sí, compartimos vivencias y proyectos. Él me ayudó mucho a partir del momento en el que a mí me correspondió participar en la elaboración de la Constitución, en lo que hacía referencia a la competencia sobre la legislación civil de las comunidades autónomas que tienen un Derecho Civil propio. Además, él fue presidente del Consejo Social de ESADE y yo de la Universitat Pompeu Fabra, y mantuvimos una relación muy frecuente e intensa en el tema de la ley de universidades, sobre la necesidad de que la Academia se acercase al mundo profesional.

¿Qué importancia le atribuye al consenso, al pacto?

Los juristas somos gente de pacto. Sabemos que el Derecho es una regulación convivencial que se integra y se practica desde el acuerdo. Y tiene un motor que es el consenso, que los juristas hemos aprendido en el ejercicio de la profesión. Hemos de ser capaces de situar la discrepancia en lo que sea estrictamente imprescindible. La discrepancia innecesaria nos aleja del buen sentido del Derecho.

46 años después de la aprobación de la Constitución española, ¿podemos considerarnos una democracia madura?

Seguro. Además, esta es la primera Constitución en la historia de España que ha sido sometida al referéndum del pueblo. Esto es insólito y le da un gran valor. Algunos plantean la necesidad de reforma de las bases convivenciales que definimos en 1978, pero en todo caso hoy sabemos que ninguno de los problemas que hoy tiene planteados España tiene su origen o su causa en la Constitución. Aunque podemos encontrar discrepancias en temas como la política de vivienda, las pensiones, el paro, el desarrollo económico o la política fiscal, todo ello encuentra su cauce de expresión y de materialización de la discrepancia en la Carta Magna.

 


«EL NOTARIADO TIENE UNA GRAN FUNCIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE LA NORMA. POR LA VÍA DE LA PRAXIS, INCORPORA A LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO LO QUE DESDE SUS DESPACHOS VIVEN CADA DÍA»


 

En cuanto al Derecho civil, ¿qué papel atribuye a los notarios en su construcción y conservación?

Los notarios tienen un papel importantísimo, porque el Derecho se actualiza a través de dos grandes vías: una es la jurisdiccional y la otra los notarios y la escritura pública. La jurisprudencia sirve para esta función interpretativa de la norma; actualizarla es una forma de adaptar el Derecho al cambio. Y los notarios y la escritura pública recogen la historia viva y la evolución de un país. El Notariado tiene una gran función de actualización de la norma; por la vía de la praxis el notario es capaz de incorporar a la interpretación del Derecho lo que desde sus despachos viven cada día. La aportación que los notarios realizan a la vida jurídica ha sido históricamente, y lo es ahora, de una gran trascendencia. El modelo español de la fe pública es un modelo muy propio, singular e histórico y ha prestado un servicio extraordinario, sin duda alguna, a la construcción jurídica en España.

¿Cuáles cree que son actualmente los retos jurídicos mas importantes que tenemos en nuestro país?

De entrada, hay un reto muy importante: necesitamos modernizar la Justicia y esta requiere de más recursos. Se están haciendo esfuerzos necesarios, pero todavía son insuficientes. Vivimos en una sociedad garantista, que acude a la Justicia constantemente y esto requiere multiplicar la infraestructura jurisdiccional en España. Un segundo punto son los retos que plantea la digitalización y la Inteligencia Artificial, que tienen un impacto que más adelante será positivo, pero ahora solo es preocupante. Habrá que dotar a la Justicia y a todos los operadores del mundo jurídico de mecanismos que puedan resolver este impacto. El tercer punto es que en el orden jurídico europeo hemos constitucionalizado la libertad de información, y ahora hay que luchar para que la veracidad de la información sea el dogma. Ser tolerante con la desinformación, con las fake news, con la mentira, tiene un coste muy caro. No es coyuntural, puede ser de larga duración si no nos enfrentamos a ello con todo el coraje. Nos ha costado mucho ganar la libertad de información y no la podemos perder porque el rumor, el bulo, la mentira, sustituyan la veracidad. Las amenazas son muy fuertes, porque detrás de la desinformación lo que hay es una lucha por el poder; y poder solo debe haber uno: el de la soberanía popular. Y la soberanía popular para ejercer su poder tiene que estar bien informada. La veracidad de la información es fundamental; aquí hay una amenaza en estos momentos, y el Derecho tendrá que estar muy presente en ese combate porque nos jugamos mucho.

¿Cómo valora el actual sistema de seguridad jurídica que tenemos en España?

Los notarios hacen una aportación muy importante en el campo de la seguridad jurídica en España. El concepto se formula de manera muy similar con el transcurso del tiempo, pero ha ido ganando terreno en exigencia y en este momento hay muchas cosas que afectan a la seguridad jurídica, como un exceso de burocracia, que puede perjudicarla, o la capacidad de legislar a impulsos, que también la afecta. Si tuviese en este momento que volver a reformular algún concepto constitucional, añadiría que la Justicia es para nosotros la expresión de un concepto muy importante, que es el de la seguridad jurídica. Y la falta de seguridad jurídica a quien más perjudica es siempre al más débil. Durante mucho tiempo se hablaba de la seguridad como un concepto pequeño burgués, pero no es así. Es un concepto de progreso, y las clases más populares son las que pagan un coste mayor si hay inseguridad. Hoy debemos luchar una barbaridad por la seguridad jurídica porque muy a menudo chirría. Por ejemplo, la presunción de inocencia en nuestro entorno ha muerto y se ha sustituido por la presunción de sospecha, y esto es una gran debilidad, porque hacer justicia sobre unas bases tan mediatizadas se hace muy complicado y nos perjudica a todos. Tenemos que volver a repensar el Derecho con bases filosóficas y de alto contenido ético.

 


«EL MODELO ESPAÑOL DE LA FE PÚBLICA ES UN MODELO MUY PROPIO, SINGULAR E HISTÓRICO Y HA PRESTADO UN SERVICIO EXTRAORDINARIO, SIN DUDA ALGUNA, A LA CONSTRUCCIÓN JURÍDICA EN ESPAÑA»


 

¿Y qué papel atribuye, más allá del mundo jurídico, a la participación de la sociedad civil?

La sociedad civil tiene un papel importantísimo: el de aportar al legislador y a la Administración la realidad próxima. La política es muy difícil, y a menudo se acomoda a una cierta distancia de la realidad social. La sociedad civil está inmersa en la realidad; la conoce, la vive. Y debe acercar esa realidad al mundo político. Hoy, participar políticamente no es simplemente un monopolio del mundo político; también hay operadores sociales, cívicos, que tienen la expresión de una voz que el mundo político debería tener muy presente.

 


«LA FALTA DE SEGURIDAD JURÍDICA A QUIEN MÁS PERJUDICA ES SIEMPRE AL MÁS DÉBIL»


 

¿Cómo ve el encaje del mundo académico con el mundo profesional?

Trabajamos en crear este puente. Cuando yo estudié, en Derecho los exámenes se basaban en la memorización. Ahora aprieto un botón y tengo acceso a toda la información, artículos, doctrina, sentencias. Pero hay que aprender a estructurar las cabezas de una manera jurídica.

¿En qué principios se basa esta estructuración?

Hay que estructurar los grandes principios, porque es en ellos donde luego aplicamos lo que la práctica diaria nos dice. El Estado de Derecho son grandes principios y si estos se ignoran o no se estructuran, a veces fallamos en nuestra función. La legislación debe ser clara, porque la norma debe ser comprendida por la gente a la que se destina. Todo debe encajar para no generar problemas. El ciudadano debe estar mucho más cerca del Derecho y las cosas se cumplen cuando las entiendes. Aquello que no se entiende genera un grado de incumplimiento brutal.

¿En general cree que se legisla demasiado?

No diré que hay demasiadas leyes, pero sí que es un refugio ante la incapacidad de resolver problemas. El Derecho no descansa únicamente en la ley, es mucho más; a veces se basa en la simple respuesta de un funcionario en una ventanilla. Cuando se habla de simplificación administrativa, hay fundamento para hacerlo. La complejidad de la norma y la dificultad para cumplir con ella genera incumplimiento. Deberíamos poder proponer que los que tienen alguna responsabilidad para construir el futuro se sienten a debatir sobre ello. Debemos repensar muchas cosas. Queremos dar la sensación de que con muchos requisitos se cumple mejor la norma, pero no es verdad.

¿Ve voluntad de repensar esta cuestión?

No la veo demasiado. Los que pueden plantearlo saben que este proceso es lento y sus consecuencias también; tardarán 10 o 15 años en verse. Hay que empezar por pequeños acuerdos. He participado en comisiones del Ministerio para opinar sobre determinadas leyes y recientemente asistí a una audiencia previa en un juzgado en que se fijó para dentro de un año la siguiente sesión. No es culpa del juez, pero esta es la imagen que trasladamos al ciudadano que quiere confiar en la ley, en la norma y en la Justicia, y ve que de lo suyo se hablará dentro de un año.

 


«TENEMOS QUE VOLVER A REPENSAR EL DERECHO CON BASES FILOSÓFICAS Y DE ALTO CONTENIDO ÉTICO»


 

¿Si la justicia no es ágil, no es justicia?

El juez dirá que no tiene más medios, con razón, pero hagamos lo que sea necesario. Si la Justicia y el Derecho se devalúan, todo el edificio se tambalea. No hay ningún país que, sin libertad, sin Derecho y sin Justicia haya progresado. Siempre se acaban pagando muy caro estas ausencias. Trabajemos para construir Estados de Derecho.
Si quisiera dejar un legado, como padre de la Constitución, ¿cuál sería?
No tengo la pretensión de dejar ningún legado. Pero sí puedo hacer una cierta recomendación: si quiero ser respetado, debo aprender a respetar. Si se desarrolla esta idea, le aseguro que con eso se puede construir cualquier cosa. Nadie tiene derecho a exigir respeto si no aprende a respetar. Esto tiene que ver mucho con la Justicia. Empecemos por aquí.

Titularidad real: el gran desafío en la lucha contra el blanqueo

ENTRE MAGNITUDES

Titularidad real: el gran desafío en la lucha contra el blanqueo

Los titulares reales de las empresas se esconden utilizando sociedades pantalla.
Conocer a los titulares reales tras las empresas y sociedades es uno de los mayores retos en la lucha contra el blanqueo de capitales. Para poder hacerle frente, los expertos abogan por seguir trabajando en cuatro aspectos fundamentales: integrar las distintas bases de datos existentes en un único registro central, implementar herramientas tecnológicas que permitan el filtrado y análisis del big data, ampliar la información disponible de los sujetos obligados y desarrollar un trabajo de campo que apoye la labor de investigación.
ALEJANDRO MOYA BLAY

Así lo constataron representantes de las administraciones públicas, miembros de organismos de control y prevención, autoridades de la Policía Judicial y la Guardia Civil, el Notariado, los registros y otros sujetos obligados, que se dieron cita para debatir sobre los retos presentes y futuros en la transparencia de la titularidad real en el seminario organizado por el Consejo General del Notariado, Transparencia Internacional España y la Fundación Ortega-Marañón.

En su discurso inaugural, José Ángel Martínez Sanchiz, entonces presidente del Consejo General del Notariado, destacó que “desde el año 2005, el Notariado contribuye activamente en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo a través de su Órgano Centralizado de Prevención (OCP). Hace más de doce años pusimos en marcha nuestra Base de Datos de Titularidad Real (BDTR), pionera en Europa, para ayudar a las autoridades competentes a la identificación de los titulares reales”. Y subrayó que “estas prácticas son una lacra del mundo moderno: no es delincuencia de cuello blanco, sino que detrás se encuentran las realidades más desagradables”.

Sin huecos a la opacidad

También en la apertura, David Martínez García, director ejecutivo de Transparencia Internacional España, destacó que, en los últimos años, “la comunidad internacional ha avanzado en este terreno, aunque todavía quedan cuestiones en las que trabajar para conformar un sistema donde no dejemos huecos a la opacidad y a la utilización de sociedades pantalla”. “Filtraciones como los Papeles de Panamá y Pandora acentúan la necesidad de actuar con firmeza para garantizar que la información sobre los verdaderos propietarios de las personas jurídicas sea precisa y accesible”, afirmó.


JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ: “HACE MÁS DE DOCE AÑOS PUSIMOS EN MARCHA NUESTRA BASE DE DATOS DE TITULARIDAD REAL (BDTR), PIONERA EN EUROPA”


La jornada se articuló en torno a dos mesas de debate en las que los panelistas enfatizaron la importancia de la cooperación entre organismos públicos y privados y la colaboración entre instituciones y sujetos obligados. En la primera mesa se abordaron los desafíos relacionados con la calidad y el acceso a los datos de los registros públicos y los retos tecnológicos y legales en la implementación del nuevo Registro Central de Titularidades Reales (RCTIR).

En este sentido, Antonio Fuentes, subdirector general del Notariado y de los Registros -del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes-, señaló que “los desafíos que vienen son mucho mayores que los actuales. Tenemos más de 100 bases de datos a integrar en el RCTIR, con información de todas las personas jurídicas españolas, algo sumamente complejo. Estamos inmersos en el volcado de todos esos datos de manera paulatina y homogénea, bajo una estructura común”.

Asimismo, Sergio Tresguerres, del Tesoro Público, reflexionó sobre el cambio de paradigma que implica el nuevo paquete normativo sobre la titularidad real en Europa, “que pasa de ser algo complementario a esencial en la lucha contra el crimen financiero”; Francisco Córcoles, representante del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), recordó que “el objetivo de las políticas que aplicamos no es prevenir el blanqueo, sino -a través de esto- evitar la actividades delictivas”; y Carlos Balmisa, del Colegio de Registradores de España, destacó la necesidad de avanzar en blockchain, alertas automatizadas e inteligencia económica.


DAVID MARTÍNEZ GARCÍA: “QUEDAN CUESTIONES
EN LAS QUE TRABAJAR PARA CONFORMAR UN SISTEMA DONDE NO DEJEMOS HUECOS A LA OPACIDAD Y A LA UTILIZACIÓN DE SOCIEDADES PANTALLA”


Por su parte, Mariano García Fresno, jefe de la Unidad de Análisis y Comunicación del Órgano Centralizado de Prevención (OCP), incidió en la relevancia de la Base de Datos de Titular Real del Notariado, “que cuenta con información de más de tres millones de personas jurídicas”. “Los notarios autorizan nueve millones de operaciones al año y, de ellas, cerca de 1.000 operaciones diarias pueden afectar a la titularidad real. Nuestro reto es tener el mayor volumen posible de informacion acreditada, útil y veraz de aquellas sociedades que cumplen con sus obligaciones legales para dedicar nuestros esfuerzos a ese porcentaje mínimo de empresas que crean con el objeto de cometer un delito”, aseveró.

La base del Notariado

En la segunda mesa redonda, autoridades y sujetos obligados reafirmaron la utilidad de la BDTR del Notariado en las investigaciones, cuyos datos se complementan con la actividad operativa de las unidades, “que nos da información que no se encuentra en ninguna de las bases”, sostuvo Fernando Palomo, subteniente de la Guardia Civil.

Por su parte, Silvia Orna, inspectora jefe de la Policía Judicial, señaló que resulta clave conocer no solo la titularidad “de derecho” sino también la “de hecho” y apuntó: “Nuestro mayor reto es el big data; tener instrumentos para tratar la gran cantidad de datos que recibimos. En la Policía hemos creado una nueva división de Transformación Digital para abordar estas cuestiones”. En esta línea, Alberto Thiery, representante de la Agencia Tributaria, explicó cómo el empleo de herramientas de inteligencia artificial, como su sistema “ZUJAR”, permite identificar patrones y generar un informe sobre la titularidad real en segundos.

María de la Luz Gómez Rabasco, directora de Cumplimiento Normativo del banco CBNK, remarcó la importancia de la investigación, que permite en muchas ocasiones descubrir “que el titular real que teníamos identificado no es la persona que realmente controla el entramado”. Mientras que Francisco Martín Casares, responsable del área de prevención en Anticipa Real Estate, manifestó que “los sujetos obligados nos encontramos en una situación paradójica y compleja porque no podemos cumplir con la normativa”, que exige un seguimiento completo de las relaciones comerciales en los últimos diez años. “Tenemos los medios que tenemos -continuó- y, en lo local, nos manejamos razonablemente bien, pero hay terceros con los que es mucho más complicado comunicarse”.

Al cierre de la sesión, David Martínez García recordó que “las autoridades nacionales no deberían ser las únicas con acceso a los registros”, sino que organismos internacionales, entidades obligadas, inversores, periodistas y organizaciones de la sociedad civil “necesitan acceder a estos datos para descubrir los flujos financieros ilícitos y localizar posibles transacciones sospechosas en todo el mundo”.

Diligencia debida de los sujetos obligados

Mariano García Fresno, jefe de la Unidad de Análisis y Comunicación del Órgano Centralizado de Prevención (OCP), ofreció una charla-taller sobre la diligencia debida de los sujetos obligados, en la que explicó el funcionamiento de la base de datos del Notariado y puso en valor los avances tecnológicos logrados. «Los notarios tienen la obligación de preguntar y conocer quién es el titular real de la sociedad sobre la que se realiza un acto jurídico. El notario consulta la Base de Datos de Titularidad Real, verifica la información y, en función de que la operación tenga mayor riesgo o los datos no sean coherentes, le solicita al cliente la documentación que considere oportuna”, apuntó.

“En el año 2010 -prosiguió- empezamos a guardar el gran volumen de información que nos remitían los notarios españoles. No era complicado almacenarla porque todas las operaciones que autorizan se graban de manera centralizada y electrónica mediante el Índice Único Informatizado Notarial. Además del desafío tecnológico, nuestro reto entonces era conocer la titularidad real de manera eficiente y rápida. Hoy, nuestro sistema es capaz de calcular al momento quién es el titular real de una persona jurídica».

De izda. a dcha.: Francisco Córcoles, Antonio Fuentes, Carlos Balmisa, Sergio Tresguerres, Mariano García Fresno y Ailén Rubio (TI-España).
De izda. a dcha.: Alberto Thiery, Silvia Orna, Fernando Palomo, María de la Luz Gómez, y Francisco Martín y Camila Cella (TI-España).

Objetivo final: las personas físicas

Además de monitorizar los movimientos de las personas jurídicas, los expertos coincidieron en la importancia de no dejar al margen a las personas físicas. Francisco Martín Casares, responsable del área de prevención en Anticipa Real Estate, reivindicó que “nos encontramos con muchas operativas indiciarias donde el problema de la titularidad real no es una persona jurídica sino una persona física”.

En este mismo sentido, Alberto Thiery, representante de la Agencia Tributaria, declaró que desde esta agencia se realizan planes anuales de investigación: “Buscamos la titularidad real de las personas jurídicas porque estamos tras la persona física: ese es nuestro objetivo final. Son personas físicas quienes utilizan todos esos entramados societarios”.

OJO AL DATO

En junio de 2024 se constituyó la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo y la Financiación del Terrorismo, que recientemente ha lanzado su página web, que incluye información actualizada sobre la nueva normativa europea en materia de prevención.

El Ministerio de Justicia está ultimando la total disponibilidad del Registro Central de Titularidades Reales (RCTIR), creado en septiembre de 2023. Un registro único para todo el territorio nacional que pretende integrar las diferentes bases de datos existentes.

«¿Cómo lucha el Notariado contra el blanqueo de capitales?», por Pedro Galindo

ENTRE MAGNITUDES

PEDRO GALINDO,

director del Órgano Centralizado de Prevención de Blanqueo de Capitales del Notariado

“El sistema de información de titularidad real del Notariado español es un faro a nivel internacional”

¿Cómo lucha el Notariado contra el blanqueo de capitales?

En la crónica de tribunales de cualquier medio nacional o internacional todos los días alguien es imputado o condenado por blanqueo de capitales. Esas noticias se acompañan casi siempre de gráficos que muestran cómo se ha intentado disimular el origen ilícito de los bienes utilizando sociedades nacionales u off shore, criptoactivos, dinero en efectivo, licencias de VTC, etc. Pocas veces aparece algún artículo que aborda el complejo problema de la financiación del terrorismo y aún menos de las consecuencias de la exportación de material de doble uso a países sancionados. También la guerra en Ucrania nos ha recordado que existen personas físicas y jurídicas con sanciones financieras internacionales cuyos activos deben ser inmovilizados o ‘congelados’.

Casi todas las actividades descritas tienen patrones similares. Siempre existe una organización criminal que genera activos en la que no solo se integra quien materialmente comete el delito precedente, sea tráfico de drogas, de personas, armas o cualesquiera otras actividades ilegales, sino que también encontramos en organizaciones criminales estructuras jurídicas y económicas diseñadas a través de las que se blanquean ingentes sumas de dinero. No solo lava dinero quien comete el delito precedente o subyacente, sino quien desde un despacho colabora en que ese dinero vuelva a la actividad económica disimulando su oscuro origen. Si de financiación del terrorismo se trata, la actividad es parcialmente distinta ya que, a diferencia del blanqueo de capitales, donde se lava lo que es sucio en origen, en financiación se oscurece lo que suele tener un origen legal, por ejemplo, una donación a una fundación de ayuda a viudas de guerra en Oriente Medio.

En estas actividades ilícitas siempre hay un elemento común: la utilización de múltiples sociedades o personas jurídicas no societarias, nacionales o extranjeras, para dificultar el rastro hasta el origen y, de ese modo, alejar al delincuente del beneficio económico obtenido.

La presencia de múltiples sociedades ha planteado el arduo problema de conocer quién es el beneficiario último -titular real- de esos vehículos societarios o personas jurídicas no societarias, lo que es enormemente complejo, máxime en un delito de componente transnacional, al emplear sociedades de diversas jurisdicciones.

Además, tal conocimiento es difícil no solo por la disparidad de regímenes legales en materia de prevención de blanqueo, sino por la laxitud regulatoria en la creación de esos vehículos societarios. No es infrecuente leer en periódicos e incluso en artículos especializados que se deben eliminar o simplificar las barreras de entrada en la creación de esas sociedades. Restricciones que se identifican con la presencia de funcionarios públicos que intervienen, precisamente, en el momento más importante: cuando la sociedad se crea, y es preciso conocer la identidad de los socios, administradores y controlar el objeto social.

En 2019, en el ámbito de la Unión Europea, se aprobó una Directiva que dejaba a decisión de los Estados miembros la posibilidad de que en la denominada constitución en línea o sin presencialidad, se mantuvieran instrumentos que permitieran conocer de manera indubitada quién era el titular real al tiempo de la constitución de una sociedad. España optó por mantener en dicho momento al notario como elemento central. Tal elección no fue casual.

En España, desde el año 2012, existe una Base de Datos de Titularidad Real extraída de la información obrante en las escrituras públicas de constitución, transmisión de capital, sea a título oneroso o gratuito, reducción o ampliación de capital y disolución y extinción, que permite indubitadamente conocer quién es el titular real. Ese dato es auténtico, en el sentido de que proviene de un concreto documento público y preconstituye prueba ya que, quien no esté de acuerdo, ha de demostrar lo contrario. Ese sistema denominado de titularidad real acreditativa está basado en la intervención de un funcionario público, el notario, y en un documento público, por lo que la calidad del dato está verificada en origen.

Frente a tal sistema, están los meramente declarativos, esto es, aquellos basados en la declaración, muchas veces online, y siempre sin control alguno, que hace el administrador o el secretario del consejo de administración a un registro, sea mercantil, o específico de titularidad real. Este tipo de registros carecen de la calidad de la Base de Datos de Titularidad Real, pues no hay nadie que en un registro mercantil verifique si la manifestación es correcta. Desgraciadamente, este sistema se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico exigiendo que se declarara la titularidad real cuando se depositan cuentas, lo que tiene escaso valor, pues al registrador le es imposible verificar la veracidad de tal declaración.

El reciente paquete legislativo anti blanqueo aprobado este año en la Unión Europea se asienta en un esquema mixto. Ordena a las personas jurídicas, sean sociedades o de otro tipo, que mantengan actualizada la información de titularidad real y que, en su caso, actualicen los Registros Centrales de Titularidad Real. Tal esquema, basado en la honestidad de los integrantes de la persona jurídica, es un sistema mínimo de eficacia muy limitada, pues recuerda lo que sucede con el libro registro de socios, esto es, que muchas veces no existe y, si se lleva, se actualiza cuando, por ejemplo, Hacienda pide información.

Por ello, a nivel internacional el sistema de información de titularidad real del Notariado español es un faro y guía que seguir, pues no existe una manifestación, ni se hace horas antes de que sea preciso declarar quién sea titular real. Lejos de ello, se basa en la información de documentos públicos que permiten en todo momento seguir quién era el titular real de una participación y a quién se la vendió, como si de un inmueble se tratara, lo que es imposible en sistemas declarativos como, desgraciadamente, se efectúa en España ante el Registro Mercantil.

Desde esta perspectiva, resulta sorprendente la reciente Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 10 de octubre de 2024, ya que confunde los efectos de una manifestación al tiempo del depósito de cuentas acerca de quién sea el titular real, con la información veraz derivada del tracto sucesivo obrante en documentos públicos notariales. Olvida el TS que una manifestación efectuada en un depósito de cuentas en modo alguno es verificable por el registrador mercantil, al contrario de lo que, por ejemplo, sucede con una escritura pública de compraventa de participaciones, pues quien vende, dona o hereda ha de acreditar que quien transmite o a quien sucede era propietario.

España volverá a ser evaluada por el Grupo de Acción Financiera Internacional en 2027. Esperemos que para esa fecha los efectos derivados de la inclusión de una mera manifestación al tiempo de depositar cuentas se hayan subsanado, pues en otro caso España, que era un ejemplo a seguir, puede convertirse en el paradigma de un problema, al coexistir información sobre una misma sociedad proveniente de diversas fuentes, información que, sin embargo, es evidente que no tiene idéntica calidad, pues una manifestación en documento mercantil -depósito de cuentas- no tiene el carácter auténtico de la que se deriva de un conjunto de documentos públicos notariales.