El discreto encanto de la acción de oro”, por Carlos Sánchez

ENTRE MAGNITUDES
CARLOS SÁNCHEZ,

director adjunto de El Confidencial

“Nada menos que 41 países han aprobado algún mecanismo de control de las inversiones, de los cuales 26 son europeos”

El discreto encanto de la acción de oro

Manda la geopolítica, y es, en este contexto, en el que hay que situar un fenómeno impensable no hace demasiado tiempo. Los gobiernos, también el español, se han dotado de nuevos instrumentos jurídicos para evitar la entrada de capital extranjero en empresas consideradas estratégicas por razones de interés general.

No es, desde luego, un fenómeno nuevo. Margaret Thatcher utilizó en los años 80 un instrumento similar —en aquellos años se llamaba acción de oro— para evitar la entrada de capital foráneo en las empresas privatizadas. Otros gobiernos siguieron la estela de la premier británico, y fue entonces cuando la propia Unión Europea tuvo que poner un cierto orden para permitir los derechos de veto siempre que fueran coherentes con el interés general.

Algo, sin embargo, ha cambiado en los últimos años. En particular, desde la pandemia, que rescató viejos hábitos. La nueva tendencia se ha acelerado, hasta el punto de que nada menos que 41 países han aprobado algún mecanismo de control de las inversiones, de los cuales 26 son europeos. En 2010, apenas seis países habían aprobado alguna legislación.

Incluso Irlanda, un territorio poco hostil a la inversión extranjera, ya que ha encontrado su razón de ser en el capital foráneo y el comercio internacional, cuenta desde primeros de este año con un instrumento de control.

En el caso español, estará vigente, en principio, y tras una prórroga de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2026. El objetivo es mantener la protección de sectores estratégicos y de interés nacional que afecten a la seguridad, la salud y el orden público.

¿Qué es lo que ha cambiado para explicar este giro de guion impensable hasta hace poco? Obviamente, las incertidumbres geopolíticas y la consolidación de un nuevo orden internacional en el que ya no prima la eficiencia, sino la seguridad. Si hasta el primer mandato de Trump seguía avanzando la globalización, hoy los Estados tienden a protegerse de la amenaza exterior, aunque sea económicamente menos eficiente. Algo que explica que las medidas de control ya no se apliquen sólo a sectores considerados estratégicos, sino que el abanico se ha ampliado a actividades como la industria farmacéutica, el automóvil, los semiconductores y en general la industria electrónica o los metales o minerales críticos.

Como no podía ser de otra manera, y ante el aumento de las incertidumbres, el resultado es que la inversión extranjera directa mundial cayó un 11% en 2024, lo que significa que es el segundo año consecutivo de descensos, algo que confirma, en palabras de la UNCTAD, la profundización de la desaceleración de los flujos de capital productivo.

Incluso la UE ha tenido que ceder. Aunque la libertad de movimientos de capitales sigue siendo un pilar básico de su funcionamiento, el Reglamento Europeo de Control de Inversiones de 2019 amparó las políticas restrictivas que los gobiernos han desplegado. Hay un problema, y no es pequeño. La UE, y sobre todo los gobiernos, saben que están obligados a garantizar un equilibrio entre el control de las inversiones y la entrada de capital de terceros países. De lo contrario, Europa corre el riesgo de perder atractivo como destino de las inversiones extranjeras. Es decir, puede provocar un frenazo en los flujos de inversión exterior. Ese es el margen estrecho en el que se mueven las legislaciones. Sí, pero no; no, pero sí.

No es poca cosa lo que se juega España, que en 2024 fue el decimotercer país en el mundo en captación de inversión extranjera. Y si se analizan los proyectos greenfield, es decir aquellos que suponen una inversión desde cero, completamente nueva, sería el quinto país del planeta.

La legislación, conscientemente, hace descansar en un organismo técnico, la Junta de Inversiones Exteriores, la concesión de las autorizaciones, y hay que decir que hasta el momento los vetos han sido mínimos. De las 136 solicitudes presentadas el año pasado, 42 fueron archivadas por no afectar a un sector crítico, mientras que el 85% de las 94 restantes (el 90%) fueron autorizadas sin condiciones al no haberse encontrado riesgo significativos. En ocho casos se concedió la autorización con la aplicación de alguna restricción y sólo en un caso se denegó la solicitud de autorización debido a la existencia de riesgos no resolubles.

¿Qué significa esto? Pues ni más ni menos que el principio de libertad de movimiento de capitales ha sido matizado, aunque todavía de forma muy modesta. O corregido, como se prefiera, por un bien que hoy, no antes, se considera superior: la seguridad. O expresado de otra manera: manda la geopolítica, que no es otra cosa que una corrección de la globalización en favor de nuevos bloques.

¿Cuál es el problema? Las incertidumbres que genera la aplicación de las distintas regulaciones que, necesariamente, incorporan un cierto subjetivismo político en su aplicación práctica.  Conceptos como ‘razón de Estado’ siempre son vaporosos y en ocasiones, incluso, escapan del control jurisdiccional. Incluso la valoración sobre el impacto de la inversión extranjera en determinados sectores o empresas se mueve en el terreno del “riesgo potencial”, como proclama el real decreto aprobado en 2023.

A ello hay que añadir que la propia legislación europea da un margen —en ocasiones elevado— a los gobiernos para actuar. Es decir, tanto los requisitos como los umbrales para presentar una notificación de inversión dependen en última instancia de cada Estado. Y aquí, una vez más, hay que tener en cuenta la correlación de fuerzas entre los Estados y la propia Comisión Europea.

El efectivo, un derecho contra la exclusión

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EL EFECTIVO, UN DERECHO CONTRA LA EXCLUSIÓN

Quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, pueden ser discriminados si no se les deja pagar en efectivo.

La ley ampara al consumidor: puede pagar en metálico si así lo desea y el comerciante no puede negarse, siempre que la transacción se encuentre dentro de los límites legales establecidos. En caso de no permitirlo se arriesga a una sanción económica.

PATRICIA ANDÚJAR

En España no está permitido obligar a pagar con tarjeta. Así lo determina el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada en 2022, y que en su apartado ñ recoge como infracción “la negativa a aceptar el pago en efectivo dentro de los límites permitidos por la normativa tributaria y de lucha contra el fraude”.

Dichos límites son los pagos superiores a 1.000 euros cuando una de las partes es empresario o profesional (por ejemplo, un consumidor compra un producto y no puede pagarlo en efectivo si supera dicha cantidad); gastos mayores de 10.000 euros cuando el pagador es persona física sin residencia fiscal en España y no actúa como empresario o profesional, esto es, un turista extranjero, y, finalmente, cuando la transacción se produce entre particulares (ambas partes son consumidores y no tienen relación profesional o empresarial), no existe límite legal en la norma antifraude, pero el efectivo sigue sujeto a la normativa de blanqueo de capitales si las cantidades son elevadas.

Por lo tanto, por debajo de esos límites, el consumidor siempre tiene derecho a pagar en efectivo y el comerciante no puede negarse.

 


EN ESPAÑA NO ESTÁ PERMITIDO OBLIGAR A PAGAR CON TARJETA. ASÍ LO DETERMINA EL ARTÍCULO 47.1 DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS


 

Sanciones

En el caso de incumplir la normativa y rechazar el pago en efectivo, el establecimiento en cuestión puede incurrir en una infracción leve, con multas que oscilan entre los 100 y los 10.000 euros, incluso alcanzando los 100.000 euros en los supuestos más graves. Estos últimos se producen cuando el beneficio obtenido es muy elevado, por ejemplo, cuando un establecimiento ha impedido de manera continuada el uso del efectivo o ha afectado a muchos consumidores.

Desde el Ministerio de Consumo, además, señalan que la sanción no debe ser más beneficiosa para la parte infractora que el incumplimiento de las normas infringidas.

Hasta el momento, uno de los sectores más sancionados por el propio Ministerio es el del transporte aéreo, tras considerar “prácticas abusivas”, entre otras, la de no permitir el pago en efectivo en los aeropuertos españoles.

La pandemia supuso un punto de inflexión. La necesidad de evitar el contacto impulsó los pagos con tarjeta, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado e innecesario. Según el informe La digitalización y democratización de los pagos del consumidor, elaborado por Nuek, la empresa de medios de pago de Minsait (Indra Group), solo el 20% de los españoles elige el efectivo como medio de pago preferido, y es que nuestro país, en paralelo con Europa, lidera la transición hacia los pagos con tarjeta y sin contacto. Un dato muy revelador de este estudio es que el 83% de los españoles utiliza su tarjeta en operaciones online, y también es habitual el uso de la tarjeta de débito en compras presenciales.

Además, según este informe, uno de cada tres consumidores españoles no ha podido pagar en alguna ocasión como quería.

En la misma línea están las últimas estadísticas sobre pagos del Banco de España, que muestran un aumento del 10,5% en las operaciones realizadas con instrumentos distintos del efectivo durante el segundo semestre de 2024, respecto al mismo periodo de 2023. De ellos, el 65,5% se realizaron con tarjeta, medio de pago que crece alcanzando los 114 millones en el país (2,2 por habitante), mientras que el de cajeros desciende un 1,6%.

La brecha digital

Esta situación pone en evidencia otra realidad: la de quienes no tienen acceso al mundo digital, bien por razones económicas, de formación o de edad, y que inevitablemente, parecen quedar fuera de este avance tecnológico.

 


EN EL CASO DE RECHAZAR EL PAGO EN EFECTIVO, EL ESTABLECIMIENTO PUEDE INCURRIR EN UNA INFRACCIÓN LEVE, CON MULTAS QUE OSCILAN ENTRE LOS 100 Y LOS 10.000 EUROS


 

Existen asociaciones que velan por el cuidado de estos colectivos y otras cuyo objetivo principal es hacer cumplir la ley sobre algo que consideran un derecho fundamental. Es el caso de la plataforma Denaria, cuya razón de ser es la defensa del efectivo. Su presidente, Javier Rupérez, señala que “no es solo un método de pago”, sino que “para las personas representa libertad, privacidad e inclusión financiera, ya que no discrimina por edad, nivel digital o situación socioeconómica”. Además, añade que “para un país significa resiliencia y seguridad nacional”, tal y como se observó, dice, con el apagón tecnológico del pasado abril. “Sin efectivo, la economía se habría paralizado”, concluye.

Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), explica que su prohibición “puede provocar miedo a los fraudes, ansiedad y desconfianza hacia los nuevos métodos de pago, aumentando la sensación de vulnerabilidad y reforzando la dependencia de terceros”. Para la PMP, todo esto se traduce en “exclusión social y económica” ya que impide (a estos colectivos) “participar plenamente en la vida cotidiana”.
La consecuencia es “la falta de autoestima”, según Cruz Roja, organización que aboga por desarrollar estrategias en escenarios clave: “Los barrios, pueblos rurales, comercios de proximidad son aliados fundamentales para tejer una red de apoyo social”, dicen.
En el mundo rural, “disponer de cajeros es vital”, explica Rupérez y para el presidente de la PMP los barrios y comercios “desempeñan un papel fundamental en la vida de las personas mayores” ya que, “ofrecen información clara y adaptan sus servicios a sus necesidades”.

La situación en Europa

Para la plataforma Denaria existe un escenario desigual entre países. “Mientras en Francia, Alemania, Irlanda o Suecia se han aprobado planes nacionales de resiliencia que blindan el acceso al efectivo, en España se ha tejido una red normativa hostil hacia su uso”, explica su presidente Javier Rupérez, lo que deriva, dice, “en asimetrías regulatorias, dificultando la libre circulación económica y colocando a España en clara desventaja competitiva”.

Del mismo modo resalta la creación, en países como Holanda o Reino Unido, “de grupos de trabajo específicos para planificar la protección del efectivo desde sus bancos centrales” y pone el límite de 1.000 euros como ejemplo de la diferente actuación. Lo considera “una anomalía europea”, ya que “la Directiva comunitaria de prevención de blanqueo establece un máximo de 10.000 euros y el propio Banco Central Europeo calificó de ‘desproporcionada’ la reducción del límite a 1.000 euros al considerar que reduce significativamente la capacidad de los pagadores para utilizar billetes en euros y la libertad de los ciudadanos para elegir cómo pagar”.

La necesidad de evitar el contacto impulsó el uso de las tarjetas, lo que ha provocado que algunos comercios vean la exigencia del pago en efectivo como algo anticuado.
Que nadie se quede fuera

Desde la plataforma Denaria afirman que “el efectivo es crucial allí donde la digitalización no llega o no convence y asegura que nadie quede fuera del sistema”. Por ello, plantean posibles medidas para blindar su uso, tales como “definir una red de efectivo como una Infraestructura Nacional Crítica; diseñar planes en colaboración con Administraciones Públicas que den soluciones; la apertura de cajeros en zonas rurales y despobladas o en puntos urbanos afectados por el cierre de sucursales bancarias, con una distancia máxima entre ellos; o crear un grupo de trabajo para diseñar un plan de resiliencia nacional como el de otros países”, etc.

Por su parte, Jesús Norberto Fernández, presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), aboga por “la formación digital y tecnológica” de los colectivos afectados, así como trabajar la sensibilización de los comerciantes “para ofrecer un trato amable, accesible y comprensible”. También señala “el acompañamiento en gestiones y trámites, pasando por la mediación con la Administración y la sensibilización social”. De hecho, en PMP “participamos activamente en el Foro de Inclusión Financiera, donde, a través del diálogo con las patronales bancarias y el Ministerio de Economía, supervisamos el compromiso social de la banca hacia los mayores”, concluye Fernández.

PARA SABER MÁS

La digitalización y democratización de los pagos del consumidor. Informe realizado por Nuek, compañía tecnológica de Minsait especializada en infraestructura de pagos.

Banco de España. En su página oficial se puede consultar la última estadística realizada por la entidad sobre pagos.

 

Plataforma Denaria. En su web se encuentra toda la información relativa al uso del efectivo, incluidos los canales para presentar denuncia.

 

“El efectivo en riesgo”, por Olga Ruiz Legido

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OLGA RUIZ LEGIDO,

Presidenta de FACUA

“Concentración y digitalización, están cambiando el modelo bancario español y afectando a derechos y garantías básicas de los consumidores”

El efectivo en riesgo

La concentración bancaria y los procesos de digitalización en la contratación y prestación de servicios y productos financieros están provocando importantes barreras de acceso a los mismos y un ensanchamiento de la brecha digital para muchos colectivos. Entre ellos, las personas mayores y aquellas otras que padecen algún tipo de disfunción o impedimento en el uso de herramientas digitales y las que residen en zonas rurales con poca población, que están sufriendo discriminación y exclusión en el acceso a dichos servicios.

Ambos fenómenos, concentración y digitalización, están cambiando el modelo bancario español y también afectando a derechos y garantías básicas de los consumidores.

El cierre de miles de sucursales y una apuesta por la deshumanización, con el abandono progresivo de la atención personalizada en oficinas, son algunas de las características identificativas de la banca actual. Otra es el trato desigual que se presta a la población respecto de servicios que son esenciales como el acceso al dinero en efectivo.

El estudio de Diana Posada Restrepo, adscrita a la Dirección General de Efectivo y Sucursales del Banco de España, sobre Infraestructura del Efectivo y vulnerabilidad en el acceso al efectivo en España (año 2021), señalaba que la vulnerabilidad en el acceso tradicional al efectivo en nuestro país estaba afectando aproximadamente a 1.300.000 personas. Además, resulta previsible que la reducción del número de oficinas y de cajeros automáticos continuará en los siguientes años, ante el incremento de la digitalización y la búsqueda de una mayor eficiencia por parte de las entidades de crédito.

Constataba también que esa vulnerabilidad afectaba más a unos territorios que otros. Los más perjudicados, aquellos usuarios que viven en zonas con menor densidad y zonas rurales, que carecen de puntos de acceso al afectivo en su municipio y en un radio cercano de cinco kilómetros.

Este enfoque del negocio bancario y de la interacción con los consumidores conlleva limitaciones y penalizaciones para muchos de ellos, así como su exclusión en operaciones básicas que, a su vez, representan el ejercicio de derechos reconocidos legalmente como el de elegir el medio de pago en las relaciones de consumo.

En este sentido, el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge expresamente como infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago y dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

A su vez, también se contempla actualmente en la normativa (Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera) que un comercio podrá exigir que el pago se realice en efectivo si el importe es inferior a 30 euros e informa a los consumidores de manera clara y mediante un cartel visible.

La limitación y exclusión en el acceso al efectivo no solo supone la vulneración de un derecho reconocido como consumidor, sino que supone una pérdida de privacidad y riesgos en el tratamiento de datos personales sensibles (posibles fraudes en transacciones digitales). Igualmente aumenta la vulnerabilidad de determinados colectivos y, en general, del conjunto de la población en situaciones de emergencia (apagón eléctrico) por la dependencia tecnológica del dinero bancario.

De otra parte, la facilidad de acceso al efectivo pasa porque existan suficientes canales para disponer de él y, en este sentido, no solo el número de oficinas bancarias ha decrecido, sino que también la propia red de cajeros viene sufriendo una disminución año tras año.

El Banco de España ha planteado opciones a esta situación tales como acuerdos con Correos o con superficies de distribución comercial para que estas ofrezcan el acceso al efectivo mediante medidas alternativas al circuito bancario, conocidas como cash-back y cash-in-shop, pero hasta ahora no han supuesto una solución a los riesgos de exclusión financiera y su uso es muy minoritario.

El grado de accesibilidad al efectivo es fundamental para que los ciudadanos que deseen utilizar este medio de pago puedan seguir haciéndolo.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 no debería quedar al margen de esta situación, ya que afecta al ejercicio de derechos básicos de los consumidores. España debe abordar en su planificación estratégica de lucha contra la desigualdad, la exclusión y la protección de los derechos de las personas consumidoras medidas que garanticen la elección del medio de pago y el pago en efectivo, tanto en transacciones de consumo como en las relaciones con la Administración y, como premisa y condición previa, que nadie queda excluido de su acceso.

Los consumidores han de conocer sus derechos y exigirlos, presentando reclamaciones ante los establecimientos cuando vean rechazada la posibilidad de pagar con dinero en efectivo en un comercio, pero también cuando la entidad bancaria modifique las condiciones de sus servicios de pago y no le ofrezca alternativa alguna, en condiciones no discriminatorias, para acceder a su dinero.

Los nuevos críticos de la cultura

ESFERA CULTURAL

Las nuevas generaciones confían más en quienes ven como sus iguales; los que emplean sus códigos.

LOS NUEVOS CRÍTICOS DE LA CULTURA

Los ‘influencers’ de la literatura o de las artes atraen a millones de seguidores en las redes sociales y suponen voces cada vez más importantes para el sector

Millones de lectores de habla hispana (especialmente jóvenes) ya no consultan los suplementos culturales para decidir su próxima compra. Revisan las reseñas que han hecho sus booktubers (de Youtube), booktokers (de Tick Tock) o bookgramers (de Instagram) favoritos, almas gemelas en gustos, que pueden disparar las ventas de un libro poco conocido.

JULIÁN DÍEZ

Los influencers especializados en cultura han venido para quedarse. Las nuevas generaciones confían más en quienes ve como sus iguales; los que emplean sus códigos. Las empresas ya lo han aceptado y miman a este nuevo sector con el envío de servicios de prensa o invitaciones. Además de abrirles las puertas a sus propias creaciones en muchos casos.

 


EL AUGE DEL ‘ROMANTASY’, LA FANTASÍA CON TOQUES ROMÁNTICOS, ES ATRIBUIBLE A LAS REDES SOCIALES CENTRADAS EN LITERATURA


 

Redes y literatura

En el territorio de la literatura, por ejemplo, el veterano Javier Ruescas suma 296.000 seguidores en su canal de Youtube después de una labor divulgativa de diez años, que ha derivado a la publicación de sus propios libros. Ruescas empezó administrando una web de fans de la saga Crepúsculo de Stephanie Mayer en 2008, y un par de años después, con apenas veinte, empezó a publicar sus primeras novelas de fantasía juvenil. Como curiosidad, entre sus vídeos más visitados se cuentan los que resumen libros de lectura obligatoria en bachillerato, como La Celestina (641.000 visualizaciones).

Las obras de fantasía, en particular lo que se ha dado en llamar romantasy (que añaden gotas de novela romántica e incluso erotismo suave) se cuentan entre las que más interés despiertan a este público. Una personalidad destacada en este campo es la instagramer Laura Díaz, con 278.000 seguidores en la dirección @fantasyliterature. El creciente número de lectores de la romantasy se plasma en las sucesivas ediciones, en muchos casos en formatos de lujo numerados, de autoras como Rebecca Yarros o Sarah Maas.

Aunque relevantes al punto de convertir a estos creadores de contenido en verdaderos prescriptores, sus números son relativamente pequeños si los comparamos con los de algunos creadores. Es el caso por ejemplo de poetas como Defreds (José A. Gómez Iglesias), con más de 900.000 seguidores en Instagram. Elvira Sastre y Sara Búho son otras poetisas que superan el medio millón de seguidores.

Comic, música y danza

Y aún mayor es el número de suscriptores que reciben las novedades sobre cómic de Paco Hernández, con 4,2 millones de tiktokers. Hernández, un catalán de 48 años, está lejos del perfil de joven que cabría esperar de los influencers más destacados, pero se ha abierto un hueco con su especialización y humor en @pacohdez77. Este mes de octubre publicó su primera novela, El barrio de los deseos. Puede que todos estos datos choquen con el escepticismo sobre la lectura en España, pero quizá estos influencers estén contribuyendo a un cambio notable. Según el Barómetro de Hábitos de Lectura y Compra de Libros en España 2024, elaborado la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE) en colaboración con el Ministerio de Cultura, el 75,3% de los jóvenes entre 14 y 24 años leen libros en su tiempo libre. Se trata del grupo con mayor índice lector del país, que en su conjunto tiene un 65% de la población que lee regularmente. Entre esos jóvenes, el promedio de libros leídos al año es de 11,8.

Aunque, como es natural, en internet no existen océanos y el lenguaje común permite un seguimiento cruzado entre lectores y autores españoles y latinoamericanos. Un buen ejemplo es que una parte sustancial del millón y medio de seguidores de la argentina Victoria Resco proceden de España.

Aunque la literatura, junto a las series de televisión y el cine, son los campos culturales dominantes en internet, algunos influencers se han hecho un hueco importante tocando temas a priori menos populares. Un primer ejemplo podría ser el del divulgador musical Jaime Altozano, que mantiene 3,53 millones de suscriptores en su canal de Youtube alternando explicaciones de música clásica con análisis de discos contemporáneos o de la propia teoría de la música. También en este territorio hay destacados nombres latinoamericanos, como el del mexicano Pierre St. John, con 600.000 seguidores.

 


ARQUITECTURA, MÚSICA CLÁSICA O FILOSOFÍA SON OTRAS ÁREAS CON ‘INFLUENCERS’ QUE SUMAN MILES DE SEGUIDORES


 

Altozano fue durante un tiempo pareja de una de las personalidades más conocidas de Youtube en España, la arquitecta y diseñadora Ter (Ester Rodríguez de las Heras). Sus explicaciones sobre temas de estética o armonía en las proporciones le han valido dos millones de suscriptores a su canal, que por desgracia mantiene algo abandonado por problemas emocionales que ha reconocido con valentía públicamente. Ter también ha colaborado con distintos programas de televisión y publicó un libro de poemas.

Otra de las bellas artes tradicionales es la danza, terreno en el que destaca el barcelonés Samuel López. Su combinación de baile espectacular y humor le ha reportado veinte millones de seguidores en Tik Tok, que ahora le siguen en sus andanzas por Estados Unidos para abrirse camino en el profesionalismo tras haber cosechados éxitos en el campo del baile deportivo.

Aunque todos estos datos de influencers orientados a actividades culturales sean muy notables, también es conveniente ponerlos en contexto. Los reyes de la red en España (y en general en habla hispana), Georgina Rodríguez (esposa de Cristiano Ronaldo), el futbolista Sergio Ramos, Ibai Llanos y Rubén Doblas (El Rubius), suman cada uno entre sesenta y ochenta millones de seguidores registrados en sus distintas redes sociales.

Adictos a la Filosofía

La filosofía, materia a priori compleja para su difusión por medios audiovisuales, ha encontrado en Enric F. Gel un divulgador popular y eficaz, cuyos trabajos en el canal de Youtube Adictos a la Filosofía sirven tanto para estudiantes como a curiosos. Intercambiar colaboraciones con personajes tan conocidos como Jordi Wild o el científico Javier Santaolalla también le ha ayudado sumar 750.000 seguidores.

@soloeme con la Fundación Notariado

Mario de las Sagras (@soloeme) es uno de los poetas con más presencia en Instagram, y fue escogido para la Fundación Notariado para difundir entre sus decenas de miles de seguidores comentarios acerca del proyecto Los jóvenes y el arte: el atrevimiento de mirar. Un recorrido por las obras del Museo Nacional del Prado. Se trata de un proyecto cultural, conformado por un catálogo y una exposición virtual, que nos muestra 26 obras de grandes pintores expuestas en el Museo del Prado, poniendo el foco en los jóvenes representados en ellas. De las Sagras ha subido vídeos a lo largo de los últimos meses sobre diferentes lienzos , con cientos de «me gusta», comentando obras tan conocidas como El jardín de las delicias de El Bosco o El triunfo de Baco de Velázquez a otras dignas de reivindicación y mayor conocimiento como La carta de un hijo ausente, de Maximino Peña.

OTRAS FUENTES

El crecimiento de los datos de lectura en España se desglosa en esta noticia de RTVE.

Enric F. Gel ha incluido en su web una guía completa de sus vídeos. Puede verse en el orden cronológico de los autores reseñados, para así disfrutar de un curso de historia de la filosofía muy completo.

Entrevista a Cecilia Bartoli, mezzosoprano

ESFERA CULTURAL

CECILIA BARTOLI,

MEZZOSOPRANO

“El público español es muy cálido y entusiasta. Cuando le apasiona, lo demuestra, y esto es precioso”

JUAN ANTONIO LLORENTE

Tras casi cuatro décadas, Cecilia Bartoli continúa siendo uno de los nombres más emblemáticos del panorama lírico. Como mezzosoprano y por su actividad rectora en lugares referenciales. En el Festival de Pentecostés de Salzburgo, del que es responsable desde 2012, acaba de renovar su contrato por cinco años más. Si su carrera estuvo afianzada desde el inicio por dioses de la música como Karajan, Barenboim o Harnoncourt, Bartoli ha querido estimular a las nuevas generaciones desde sus puestos gerenciales o a través de la fundación que lleva su nombre.

La generosidad que muestra con los jóvenes se traduce en admiración por su parte. La soprano Sara Blanch comentaba recientemente: «Descubrir a Bartoli me supuso romper con todo”. Pensaba: “Está haciendo algo nuevo. Ese nuevo esquema me abre las puertas de todo un mundo».

¿Qué puedo replicar ante esas bellísimas palabras? Que me siento muy halagada, teniendo en cuenta que quien las pronuncia es una cantante de esa nueva generación en cuyo futuro tanto confío. Esto quiere decir que he podido transmitirles esa sensación que yo experimento cuando hago música. Recuerdo al respecto la bellísima frase que Rossini escribe en una carta dirigida a Pauline Viardot, en la que sintetiza su idea de qué significa cantar. Son unas palabras que a su vez había recogido de un soneto de Petrarca cuando dice “E ‘l cantar che nell’anima si sente” (“El cantar que en el alma se siente”). Y es que la expresión debe proceder del alma y en ello se tiene que empeñar todo cantante. Porque eso es el canto.

El otro día, tras el brindis por su nuevo contrato en Salzburgo, nos dieron un bombón.

Pero yo no lo pude recoger, porque tenía que bajar rápidamente a maquillarme. Era el día del estreno de Hotel Metamorphosis y la función empezaba una hora después.

En previsión me quedé también con el suyo. En el envoltorio aparecía el siguiente aforismo de Leibnitz: Amar es encontrar en la felicidad de otro tu propia felicidad”.

Sí, sí, es verdad.

 


“LA EXPRESIÓN DEBE PROCEDER DEL ALMA Y EN ELLO SE TIENE QUE EMPEÑAR TODO CANTANTE. PORQUE ESO ES EL CANTO”


 

¿Lo pronunciaría el Leibnitz filósofo o el matemático?

Diría que a quien veo más tras esas palabras tan hermosas es al filósofo.

Por si tuviera poco trabajo entre Zúrich, Mónaco y Salzburgo, desdoblándose como gestora y como intérprete, acaba de renovar su compromiso en la ciudad de Mozart hasta 2031. ¿Hasta qué punto le asusta asumir responsabilidades, si es que le asusta? ¿No siente vértigo, miedo, ante cada nueva apuesta?

Yo no hablaría de miedo en el estricto sentido del término. Sólo lo contemplaría en aquello que tiene que ver con la responsabilidad como artista. Una responsabilidad por lo que supone el hecho de enfrentarse al compositor. O, por decirlo de otra manera: ¡De ponerse al servicio de la música de Mozart! (gesto de “casi nada o ahí queda eso”. Bartoli, como latina ejerciente, es muy expresiva). Y cuando digo Mozart digo Haendel o cualquiera de tantos grandísimos compositores. En ese momento necesitas verdaderamente entregarte a su servicio. Con una gran humildad para llegar a comprender o, para ser más precisa, intentar comprender lo que quería decir. Y no sólo con las notas que como creador dejó escritas, sino pensando qué quería expresar tras esas notas. Ni más ni menos. Y en eso, está claro, es donde encuentro la mayor responsabilidad. Porque nosotros somos sus intérpretes, es decir, ejercemos el papel de intermediarios entre el autor de la obra y el público, ¿no es así? Entonces, tenemos la gran responsabilidad de servir su música, y debemos hacerlo siempre con gran reverencia. Es cierto que, aunque esta sensación esté ahí, no puedo hablar de miedo, lo que no impide que siempre esté presente la duda al plantearte: ¿será de verdad esto lo que el compositor deseaba que llegase al corazón de las personas? ¿Es esta exactamente la interpretación que yo le estoy dando? Y aunque no tengas la certeza absoluta de cómo solventar ese dilema sí debes tenerla de que no debes afrontarlo con miedo, porque el miedo suele ser un mal consejero.

Ahí está el factor imaginación que aludía…En cierta ocasión me comentó que el público espera escuchar nuevo repertorio.

Y así lo pienso.

 


“LA DUDA SIEMPRE ESTÁ PRESENTE: ¿SERÁ DE VERDAD ESTO LO QUE EL COMPOSITOR DESEABA QUE LLEGASE AL CORAZÓN DE LAS PERSONAS?”


 

¿Incluso si se trata de cosas tan radicales como hizo, presentando en Salzburgo el West Side Story de Leonard Bernstein?

(Risas). Bueno… la idea de programar aquel título tuvo su origen en la percepción personal que siempre había defendido de que West Side Story es una obra maestra de Bernstein que yo no definiría simplemente como un musical. Es mucho más. Sobre todo si, como punto de partida, la música que compuso se canta tal y como está escrita. Porque la tesitura, tanto en el caso de Tony como en el de María, es muy compleja. Por eso, a la hora de llevarlo al disco el mismo compositor quiso contar para la grabación con José Carreras y Kiri Te Kanawa: dos cantantes no sólo, obviamente, con técnica vocal, sino con una técnica vocal muy sólida. Otra cosa es que hoy los teatros la suelan ofrecer con cantantes que no tienen necesariamente una, digamos, impronta lírica. Sin considerar que la obra tal y como Bernstein la escribió es verdaderamente difícil de cantar.

En el Liceu de Barcelona, que usted conoce bien, se pudo ver hace unos meses, con Gustavo Dudamel en el pódium.

Es un director fabuloso.

¿También lo hizo con cantantes de ópera?

Con Nadine Sierra y Juan Diego Flores. Como decía, si se quiere hacer tal y como Bernstein lo escribió, se necesitan cantantes de ópera con todos los colores y los matices. Hay momentos en los que María debe cantar un solo en pianísimo y esto garantizo que es imposible hacerlo sin una técnica vocal muy sólida.

Si en los últimos tiempos era cada vez más difícil verla sobre el escenario, aceptar tantos cargos en distintos lugares. ¿Le sirve como coartada perfecta para rechazar ofertas de los intendentes teatrales y reducir más aún su presencia escénica?

La verdad es que a día de hoy mantengo una actividad enorme. Recientemente me ofrecían una colaboración en Berlín, que no estoy segura de poder aceptar. Y es que apenas me queda tiempo disponible entre Zúrich y el Festival de Pentecostés de Salzburgo, que, con una nueva producción por temporada, me supone dedicarle, entre ensayos y funciones, cinco semanas. Porque a Salzburgo regreso en el verano y unos días en invierno. Luego están los conciertos, y a esto hay que sumarle la entrega que me supone ser directora artística de la ópera de Montecarlo, a la que me dedico en cuerpo y alma durante seis meses. Aun así, sigo intentando equilibrar las dos facetas.

Por lo que podemos calificar de milagroso que en esos días haya decidido presentarse con el Orfeo y Eurídice de Gluck en tres ciudades de España, país que le resulta familiar desde muy joven. Conoce bien los bailes andaluces, domina las castañuelas… ¿Se puede llegar a sentir un poco española?

Un poco, sí. Y quiero decir algo que no tiene que ver con la música, pero que, pensando en España, me acaba de venir a la cabeza (más risas). Me ocurrió hace varios años, cuando estuve con el programa Malibran, centrado en torno a María Malibran y la familia García. Empezando por su padre y maestro, Manuel, el tenor favorito de Rossini, que era sevillano. Pues bien, cuando lo presentamos en Sevilla, en un concierto que fue mi debut en el Teatro de la Maestranza, recuerdo haber comido los mejores chipirones fritos. ¿Te acuerdas, mamá? (la madre, Silvana Bazzoni, su primera profesora de técnica vocal, que acaba de entrar al despacho donde nos encontramos, asiente divertida con la cabeza). La noche antes del espectáculo fuimos a un restaurante cerca del teatro, donde los probé y me encantaron. 

…y eso que Sevilla no es puerto de mar.

Pero el caso es que los comí en Sevilla, en un restaurante cuyo nombre no recuerdo, ni sé dónde tengo el número de teléfono. Lo tengo que buscar. Después de aquella experiencia le dije “¡Mamá, tenemos que volver!” (la madre corrobora, riendo, las palabras de su hija). De modo que el día del concierto, cuando normalmente los cantantes tenemos que limitarnos a comer algo más ligero, me dije “¡No importa!”, “¡Y tú, mamá, también los puedes comer!” (otra risotada). Es algo que nunca olvidaré.

Podrá, si encuentra el contacto, disfrutar otra vez en ese lugar, ahora que, siete años después de aquel descubrimiento, regresa cerca del Guadalquivir. Cerrando su paseo español, para cumplir con los que esperan ese Orfeo y Eurídice de Gluck en Barcelona, Madrid y Sevilla. Y ya, para acabar ¿cómo recuerda al público de España?

El público español es muy cálido y entusiasta, un público que escucha con gran interés. Que cuando le apasiona, lo demuestra, y esto es precioso, precioso. Es fantástico. Es un público al que, debo decir, también le encanta el canto dulce, y esto me conmueve de un modo especial porque, obviamente, aunque he cantado mucho -pensemos que en mi repertorio hay numerosas obras de coloratura-. Mi especialidad también es precisamente ese canto: el bel canto, el pianísimo, el canto dulce, el legato. Y he podido percibir que esto también conmueve profundamente al público español.  

¿DÓNDE ENCONTRARLA?

Una página cuidadosamente puesta al día da clara idea de la actividad de una polifacética Cecilia Bartoli, destacando las tres fechas que dedica a España en noviembre para presentar el Orfeo y Eurídice de Gluck (25, Barcelona; 27, Madrid y 29, Sevilla)

‘Oratorio de san Jerónimo penitente’, de Damián Forment y Juan de Juanes

ESFERA CULTURAL
LEER CUADROS

CONVENIO EL PRADO-FUNDACIÓN NOTARIADO

CLAVES DE LA OBRA

Autores: Damián Forment y Juan de Juanes.
Fechas: hacia 1520 (relieve en alabastro); hacia 1560 (estructura y pintura).
Material: Madera de pino, óleo y alabastro del Valle del Ebro.
Medidas: Alto: 83,5 cm; Ancho: 59 cm; Fondo/Profundidad: 17 cm.
Ubicación: Sala 51.

Oratorio de san Jerónimo penitente

El Oratorio de San Jerónimo penitente es una obra excepcional realizada por dos artistas fundamentales de la Corona de Aragón: el escultor Damián Forment (hacia 1475-1540) y el pintor Juan de Juanes (hacia 1505-1579). Ambos autores no trabajaron juntos y su trabajo fue realizado en momentos distintos. Forment debió de tallar la pequeña placa hacia 1520, cuando Juanes era un adolescente que estaba formándose en el taller de su padre, Vicente Maçip (hacia 1473/75-1551), el iniciador de una dinastía de pintores que tuvo continuidad hasta principios del siglo XVII.  

LETICIA RUIZ GÓMEZ,

jefa de Colección de Pintura Española del Renacimiento

La realización de pequeñas placas de alabastro con escenas religiosas era una práctica frecuente que Forment empleó en otras ocasiones. Refinados coleccionistas apreciaban esas obras que, para asegurar su conservación y presentación como altares de sobremesa, se montaban en estructuras de madera. Este es el caso de este ejemplar en que está representado san Jerónimo en su retiro penitencial, un fondoso paisaje lleno de amenos detalles que originalmente estaban policromados y con resaltes dorados.

El pintor

Cuarenta años después de realizarse la placa, el propietario debió de pedirle a Juan de Juanes que enmarcara la obra. El pintor era por esas fechas el autor más apreciado de la importante escuela valenciana, siempre atenta a la llegada de novedades del arte italiano. Juanes había realizado otros pequeños oratorios devocionales, pero ninguno pensado para embutir un relieve de otro artista, lo que nos hace suponer que quien hizo el encargo era persona notable porque Juanes concibió un marco donde aúna su conocimiento de la arquitectura clásicista, o ´a la romana´, y una delicada intervención pictórica, trabajando en pequeño formato.

El alabastro se cobijó en una suerte de templete con basamento y rematado de frontón, trabajado en madera tallada y policromada y provisto de dos puertas batientes en la que incluyó la representación de cuatro santos. Con las puertas cerradas, se aprecia un paisaje con san José sosteniendo al Niño Jesús junto a San Lucas. En el interior pintó las imágenes de San Vicente Ferrer y San Pedro Mártir, dos figuras situadas en dos arcos exviados, un diseño pensado en la perspectiva de esos arcos con los batientes abiertos. Un alarde más de conocimientos de la arquitectura clásica.

Un nombre inscrito a tinta en la trasera del templete: Adrián López de Discastillo, un miembro de una familia notable de Zaragoza a finales del siglo XVI. Ningún dato más hasta que la obra apareció en una subasta en Madrid en 2019. La Fundación de Amigos del Prado la adquirió para nuestro museo. Eran fechas en que estábamos preparando un espacio de exposición exclusivo para Juan de Juanes. La importancia de la pieza nos obligó a esperar para decidir el modo de exposición al tiempo que fue estudiada y restaurada en el museo; una tarea de algunos meses que nos ayudó a centrar más la importancia de la obra y su complejidad, incluyendo la procedencia aragonesa del alabrasto, tarea en la que contamos con la ayuda de la Universidad de Zaragoza.

La obra llegó además con una curiosa sorpresa que descubrimos mientras se limpiaba el alabastro: detrás de la rama del árbol del primer término, se escondía una pequeña cabeza de mármol. ¿Un descuido del escultor?, ¿una suerte de exvoto? La cabeza volvió al sitio donde se encontró, por si acaso.

El Notariado en las pequeñas localidades

EN SOCIEDAD

El Notariado en las pequeñas localidades

FÁTIMA PÉREZ DORCA
Panorámica de Castropol.

Para mostrar la labor que los notarios realizan en el ámbito rural, el proyecto #NotariosRurales continúa este año su recorrido por las localidades más pequeñas de España.

En esta tercera edición, #NotariosRurales viaja hasta Castropol, un pueblo de 3.765 habitantes ubicado en Asturias en el que trabaja la notaria Mireya Cristina Martínez Badás: “Me encanta mi profesión y estoy muy feliz ejerciéndola aquí”. “La mayor satisfacción que tengo como notaria es ayudar a las personas. Por ejemplo, cuando llega alguien a la notaría con un problema que no le deja dormir es gratificante poder decirle: no se preocupe, lo vamos a hacer de esta manera y lo vamos a solucionar”, explica.

Este año, a través de entrevistas al alcalde, a la farmacéutica, a un ganadero de la zona, y a empresarios locales, se pone en valor el papel del Notariado como servicio público de proximidad. Así lo destaca también la decana del Colegio Notarial de Asturias, María Isabel Valdés-Solís: “Aunque las necesidades puedan ser distintas a las de las grandes ciudades, los notarios garantizamos el mismo servicio y tecnología también en pequeñas poblaciones”. “En Asturias somos 65 notarios repartidos por todo el territorio”, explica.

 


PARA MOSTRAR LA LABOR DE LOS NOTARIOS QUE EJERCEN EN PEQUEÑAS LOCALIDADES #NOTARIOSRURALES SE DESPLAZA ESTE AÑO A CASTROPOL (ASTURIAS)


 

Los protagonistas

Durante los videos, la notaria Mireya Cristina Martínez Badás, presenta a personas relevantes en la localidad, como al alcalde, Francisco Javier Vinjoy Valea, que asegura que para él “es muy importante tener una notaria en el pueblo para ayudar a la gente en todos los trámites administrativos en primera instancia y contar con una asesoría jurídica, imparcial, directa, accesible… Eso favorece mucho que la gente pueda realizar sus gestiones con facilidad sin necesidad de desplazarse a una gran ciudad”.

También participa Delfín Pérez García, ganadero en Castropol, que pone en valor la cercanía de los notarios en municipios pequeños, como es el caso de la localidad asturiana, y explica sus ventajas: “Le da prestigio a un pueblo que somos pequeños, que ya nos tienen un poco olvidados por todas partes, y tener a la notaria cerca es estupendo”.

Por su parte, la florista en Castropol, Pamela Pérez García, cuenta cómo la notaria le ayudó a poner en marcha su negocio. “Yo firmé con Mireya la póliza de la base de este proyecto. Fue ella la que la que me dio la oportunidad, entre comillas, de poder echar esto adelante”. En opinión de la farmacéutica, Toña Cotallo Cortina: “Tener la notaría cerca me parece que es un buen servicio a todos los niveles, para todas las personas del concejo y también de los concejos de alrededor”.

 


MIREYA MARTÍNEZ: “CUANDO LLEGA ALGUIEN A LA NOTARÍA CON UN PROBLEMA QUE NO LE DEJA DORMIR ES GRATIFICANTE PODER DECIRLE QUE LO VAMOS A SOLUCIONAR”


 

Finalmente, Álvaro Platero Díaz, presidente de Astilleros Gondán, señala que “en un pueblo pequeño haya un notario nos simplifica muchísimo las cosas. Primero porque tenemos mucha confianza y nos conocemos. Entonces, te ayuda, preguntas la legalidad de las cosas… Algunos lo utilizamos muchas veces. A veces incluso de consultor, para ver qué cosas podemos hacer y qué cosas no”.

Los actos más realizados

Según la portavoz del Consejo General del Notariado, María Teresa Barea “algunos de los actos más habituales en los pueblos son la adjudicación de herencias, las rectificaciones de superficie, los testamentos y las donaciones y, en menor medida, los expedientes de dominio o las actas de deslinde y subsanación de discrepancias”.

Barea explica que también se realizan “numerosas compraventas de fincas rústicas”. Durante el primer semestre de 2025 en España se compraron 64.022 fincas de este tipo. Los datos notariales siguen mostrando el interés de la sociedad por estas propiedades tras la crisis por el covid-19 ya que, desde 2020 todos los años se han superado las cifras de 2018 y 2019, previos a la pandemia.

 

Para conocer más sobre este precioso pueblo asturiano vaya a nuestra sección Al Encuentro.

Mireya Martínez Badás, notaria de Castropol.
Álvaro Platero, presidente de Astilleros Gondán.
Francisco Javier Vinjoy Valea, alcalde de Castropol.
Toña Cotallo Cortina, farmacéutica en Castropol.
Delfín Pérez García, ganadero.
Pamela Pérez García con Mireya Martínez.
#NOTARIOSRURALES EN CASTROPOL

Capítulo 1: El latido de Castropol

Capítulo 2: A toda vela

Capítulo 3: Receta local

Capítulo 4: Esencia asturiana

Formalizar la pareja de hecho asegura derechos sociales y patrimoniales

EN SOCIEDAD

Formalizar la pareja de hecho asegura derechos sociales y patrimoniales

CARLOS CAPA
Muchos ciudadanos creen que basta con convivir y figurar empadronados juntos para tener reconocidos los mismos derechos que un matrimonio.

Sin una escritura pública en la que nos declaremos pareja de hecho ante notario o sin inscribirnos en un registro autonómico o municipal no tendremos derecho a recibir pensión de viudedad, por poner un ejemplo. Esta realidad pone de relieve la importancia de acudir a un notario para asesorarse y dejar formalmente constituida nuestra pareja.

Durante casi veinte años compartieron techo, gastos, proyectos y criaron dos hijos. A los ojos de cualquiera, eran una familia consolidada. Sin embargo, cuando la mujer falleció, el hombre se encontró ante una fría negativa administrativa: el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó la pensión de viudedad, alegando que no constaba escritura notarial que acreditara la unión ni inscripción en ningún registro de parejas de hecho.

 


EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN HA CONFIRMADO QUE SIN FORMALIZACIÓN NOTARIAL O INSCRIPCIÓN EN UN REGISTRO DE PAREJAS NO HAY DERECHO A PENSIÓN DE VIUDEDAD


 

El caso terminó ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (sentencia 375/2025, de 10 de junio) que ratificó la posición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La Sala sostuvo que la ley no deja margen a la equidad ni a la interpretación flexible: sin un acto formal de constitución, la convivencia, por prolongada y pública que sea, no crea derecho alguno a la pensión.

La clave jurídica reside en el artículo 221.2 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que exige de manera expresa que para acceder a la pensión de viudedad la pareja de hecho o bien haya otorgado escritura pública con al menos dos años de antelación al fallecimiento o bien figure inscrita en un registro autonómico o municipal.

La documentación

El tribunal aragonés, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo (STS 480/2023, de 27 de junio; STS 161/2022, de 17 de febrero) basó su decisión en que ese requisito es de carácter constitutivo, no simplemente declarativo. Es decir, no basta con demostrar convivencia estable ni cargas familiares compartidas: el vínculo debe estar formalmente documentado. “El legislador ha optado por una prueba objetiva y verificable, evitando interpretaciones de hecho que podrían generar inseguridad o desigualdad de trato”, subraya la sentencia.

 


LAS PAREJAS DE HECHO QUE QUIERAN EQUIPARARSE A LAS CASADAS DEBEN DOCUMENTAR SU UNIÓN Y PLANIFICAR SUS EFECTOS SUCESORIOS Y PATRIMONIALES


 

Muchos ciudadanos creen que basta con convivir y figurar empadronados juntos para tener reconocidos los mismos derechos que un matrimonio. Sin embargo, el Derecho no se guía por la apariencia afectiva ni por la costumbre, sino por actos jurídicos válidos y probados.

La pareja de hecho es un modelo de convivencia asentado en la sociedad desde hace ya mucho tiempo, pero su aceptación social no se equipará a un reconocimiento jurídico de derechos que sí se otorgan a quienes han optado por la formalización de la relación afectiva. Así, el registro o la escritura pública no cambia el contenido de la relación, pero sí su reconocimiento ante terceros.

De todo ello se constata la conveniencia de formalizar la pareja de hecho ante notario mediante escritura pública, un procedimiento sencillo, económico y rápido, con efectos inmediatos ya que permite definir desde el inicio cuestiones esenciales de la relación como son la titularidad y uso de la vivienda; aportaciones comunes y patrimoniales; reglas para el sostenimiento de hijos; régimen económico de convivencia o provisiones sucesorias, incluidos legados o usufructos. Además, protege jurídicamente frente a terceros como bancos, seguros, Hacienda, hospitales o juzgados, equiparando su valor al de la inscripción administrativa a efectos legales.

Más allá de la pensión

La pensión de viudedad es solo uno de los ámbitos donde la falta de formalización puede tener consecuencias. En materia sucesoria, si la pareja no está inscrita ni ha hecho testamento, el conviviente sobreviviente no heredará nada por derecho propio, salvo que el fallecido lo hubiera dispuesto expresamente.

También hay consecuencias fiscales, ya que las ventajas en el IRPF o Impuesto de Sucesiones que disfrutan los cónyuges o parejas formalizadas no se aplican automáticamente a las parejas que no han formalizado su convivencia. Tampoco existen derechos de uso o protección de la vivienda común si pertenece solo a uno de los convivientes.

En el ámbito sanitario, los hospitales pueden negar el acceso a información clínica o consentimiento médico si no hay acreditación formal de la relación. Igualmente, en el ámbito laboral, los permisos por fallecimiento o enfermedad grave de la pareja solo se reconocen si consta en escritura pública o se ha registrado.

Regulaciones autonómicas

Las comunidades autónomas han regulado de forma dispar las uniones de hecho, bien en un pacto notarial que puede otorgarse mediante escritura pública de manera inmediata ante cualquier notario o bien mediante su registro. En ambos casos, el objetivo es dotar de certeza y efectos legales a la unión. La escritura notarial tiene la ventaja adicional de que permite, además de recibir el asesoramiento gratuito e imparcial del notario, pactar el régimen de separación, compensaciones económicas o previsiones en caso de ruptura, unas herramientas que los registros públicos no ofrecen.

 


MÁS ALLÁ DE LA PENSIÓN, LA FORMALIZACIÓN APORTA SEGURIDAD EN HERENCIAS, VIVIENDA, SEGUROS Y DECISIONES MÉDICAS O FISCALES


 

En cualquier caso, aunque en los últimos tiempos diferentes regulaciones han tendido a ir equiparando la pareja formalizada con el matrimonio, los efectos de ambas situaciones de convivencia no son idénticos. La diferencia esencial radica en que la libertad contractual en la pareja de hecho permite pactar todo, pero sólo lo que se pacta rige en la relación. No existen normas supletorias tan amplias como las que protegen a los cónyuges.

En cambio, en aspectos de Seguridad Social o prestaciones, la ley intenta establecer cierta equiparación, siempre condicionada a la formalización previa. Por eso, cuando esta falta, el vacío legal puede ser absoluto.

Proteger a la pareja

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), existen en España cerca de dos millones de parejas de hecho. Sin embargo, menos del 30% de ellas ha formalizado su relación ante notario o registro. Un informe confeccionado por el Centro de Información Estadística de Notariado (CIEN) muestra que el número de parejas formalizadas ante notario creció un 2.172% de 2007 a 2023, año en que los notarios autorizaron 36.307escrituras públicas de parejas de hecho.

La falsa sensación de igualdad con el matrimonio persiste y mucha gente no se casa porque cree que ya tiene los mismos derechos y eso no es cierto. Las diferencias son abismales cuando ocurre una desgracia: el amor no tiene formalidades, pero la ley sí.

La jurisprudencia ha consolidado la necesidad de formalización, pero el debate sobre si la ley debería ser más flexible con las parejas estables sigue vivo. El enfoque dominante en España apuesta por mantener el modelo formal que es el único que garantiza igualdad de criterios, seguridad jurídica y evita fraudes.

Formalizar una pareja de hecho no implica renunciar a la libertad ni a la espontaneidad; supone plasmar en derecho lo que ya existe en los hechos. El documento no otorga amor, pero protege su consecuencia jurídica.

Cada firma sobre una escritura de pareja de hecho es también un acto de previsión ya que, sin duda, la convivencia es una realidad emocional, pero la formalización, una necesidad jurídica.

No basta con demostrar convivencia estable ni cargas familiares compartidas: el vínculo debe estar formalmente documentado.

Dimensión social

La formalización de la pareja de hecho es esencial para garantizar derechos sociales, patrimoniales y para la seguridad jurídica. Aunque la convivencia sea prolongada y estable, sin un acto formal que lo acredite, no se reconocen derechos fundamentales como la pensión de viudedad o la protección patrimonial. Otorgar escritura pública o registrar la unión no solo protege a la pareja ante terceros, sino que evita inseguridades legales y ofrece tranquilidad en caso de crisis. La formalización es un acto de prevención indispensable.

PARA SABER MÁS

La Carpeta Ciudadana de la Administración General del Estado detalla requisitos y formatos para la formalización de las parejas de hecho.

Estudio académico sobre el derecho a la pensión de viudedad de las parejas de hecho. 

“La formalización de la pareja de hecho en escritura pública permite anticipar soluciones a los conflictos”, por Carmen Rodríguez

EN SOCIEDAD
CARMEN RODRÍGUEZ,

decana del Colegio Notarial de Murcia

“A través de la escritura pública la pareja puede decidir cómo organizar sus relaciones económicas con la garantía y seguridad que proporciona la intervención del notario"

La formalización de la pareja de hecho en escritura pública permite anticipar soluciones a los conflictos

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en su sentencia 375/2025, ha ratificado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de denegar la pensión de viudedad a un hombre que había convivido cerca de dos décadas con su pareja, con la que tuvo dos hijos y compartió vivienda, pero cuya unión no se había formalizado ni mediante inscripción en registro público ni en escritura pública. Esta tesis confirma la ya mantenida por el Tribunal Supremo en su sentencia del 24 de marzo de 2022, que denegó igualmente la pensión de viudedad a una mujer que había convivido más de treinta años con su pareja, con hijos en común, por la misma razón: la inexistencia de inscripción registral o de un documento público de constitución. Recordemos que el artículo 221.4 de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 38.4 del Real Decreto Legislativo 670/1987 (Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado) establecen que la acreditación de la pareja de hecho debe realizarse por una de esas dos vías anteriormente mencionadas.

La pareja de hecho puede definirse como la unión entre dos personas con una relación de afectividad análoga a la conyugal, del mismo o distinto sexo. Sobre este punto hay cierto consenso. Sin embargo, a partir de ahí, la ausencia de una regulación estatal global complica la cuestión, no sólo respecto a su definición, sino también a la forma de acreditar su existencia y, fundamentalmente, a los efectos que se le reconocen. A ello se suma la diversidad autonómica. En España hay comunidades autónomas con competencia en materia civil y otras no; y todas en mayor o menor medida han regulado sobre las parejas de hecho, las que no tienen competencia de manera más limitada. En aquellas que sí tienen competencia (Cataluña, Galicia, País Vasco, por ejemplo) los requisitos y efectos también difieren. Así, en Cataluña se considera pareja estable si se ha mantenido una convivencia de más de dos años ininterrumpidos, o si hay un hijo común o se formaliza en escritura pública, con atribución incluso de derechos sucesorios. En Galicia se exige la inscripción en el registro junto con la convivencia con vocación de permanencia y, sus efectos, también los sucesorios, se equiparan a los del matrimonio.

En los territorios que se rigen por el Código Civil no existe derecho sucesorio alguno para la pareja de hecho, a no ser que el testador lo prevea expresamente en el testamento, y ya hemos apuntado que no hay regulación global. Sin embargo, sí hay referencias a la pareja de hecho en varias leyes estatales. Ya hemos visto la legislación de la Seguridad Social y también la Ley de Arrendamientos Urbanos se refiere a la pareja de hecho. Así, la ley establece que para poder continuar en el arrendamiento el conviviente (en caso de desistimiento de su pareja) debe haber convivido con ella durante los dos años anteriores al desistimiento o debe haber dos hijos en común.

Junto con la normativa estatal, y la normativa autonómica, de aquellas comunidades con competencia civil, todas las comunidades autónomas suelen incluir normativas que atribuyen beneficios fiscales similares a los del matrimonio. Pero, de nuevo, los requisitos de constitución o acreditación difieren. Así ocurre por ejemplo en Murcia, por poner un caso, donde las parejas de hecho tienen los beneficios fiscales en materia del impuesto de sucesiones y donaciones que tienen los matrimonios y pueden acreditarse mediante inscripción administrativa, escritura pública o cualquier medio admitido en derecho. Pero pensemos que si esa acreditación no se ajusta a las exigencias estatales vistas para conceder la pensión (inscripción o escritura pública), el conviviente supérstite carecería de ella. Y en Murcia la pareja tampoco tendría derechos sucesorios como hemos apuntado. Este contraste muestra la complejidad del régimen: la legislación estatal pide unos requisitos para la acreditación de la pareja de hecho y para concederle así determinados beneficios, mientras que las normativas autonómicas pueden reconocer otros según su competencia (sucesorios, fiscales) y prever sus propios requisitos para constituirse.

En este contexto, resulta esencial asesorarse antes de constituirse como pareja de hecho, y una manera óptima es acudiendo a un notario, especialmente de la comunidad donde se pretenda formalizar. El notario informará de los requisitos exigidos en cada territorio, la forma de acreditación y los efectos jurídicos aplicables. Por ejemplo, y como hemos visto, en algunas comunidades autónomas la pareja de hecho tiene derechos sucesorios y en otras no, y esta circunstancia genera confusión entre los miembros de la pareja, más si pensamos en parejas pertenecientes a comunidades autónomas distintas, cada una con su regulación.

La decisión de constituirse en pareja de hecho no debe tomarse a la ligera. Conviene hacerlo con el adecuado asesoramiento para tener pleno conocimiento de los requisitos, de sus efectos y de qué opciones tiene la pareja según sus necesidades. A través de la escritura pública, la pareja presta su consentimiento de manera informada y puede decidir cómo organizar sus relaciones económicas, con la garantía y seguridad que proporciona la intervención del notario. Esta formalización permite, además, adaptar el régimen a las circunstancias personales de cada pareja y anticipar soluciones ante eventuales conflictos o rupturas.

La pareja de hecho no es, como su nombre podría indicar, una mera situación en la que se encuentran dos personas que conviven juntas en una relación de afectividad, es ya una decisión que debe ser tomada por los dos miembros siendo plenamente conscientes de las consecuencias que lleva consigo. Hay, por ello, que estar bien informado.  

Entrevista a Fátima Vázquez y Lucía Cagigas, delegada y subdelegada de la Fundación Æquitas en Galicia

ESPACIO ÆQUITAS
De izquierda a derecha: Fátima Vázquez y Lucía Cagigas.

FÁTIMA VÁZQUEZ Y LUCÍA CAGIGAS,

DELEGADA Y SUBDELEGADA DE LA FUNDACIÓN ÆQUITAS EN GALICIA

En octubre de 2024, la sede coruñesa del Colegio Notarial de Galicia acogió la constitución del Foro Aequitas de Discapacidad de la comunidad autónoma. Doce meses después, las notarias Fátima Vázquez y Lucía Cagigas, delegada y subdelegada, respectivamente, de la fundación en la comunidad, valoran la puesta en marcha de dicha plataforma multidisciplinar en esta entrevista conjunta.

‘Trajes a medida’ que recogen los deseos y preferencias de las personas con discapacidad

JOSÉ M. CARRASCOSA
Fátima Vázquez.
Lucía Cagigas.

Normalmente se asocia el día a día de la función notarial con ámbitos como el sucesorio o el inmobiliario, sin embargo, el asesoramiento en materia de discapacidad cobra cada vez mayor importancia. ¿Creen que es suficientemente conocida esta labor?

Fátima Vázquez: Los notarios hemos sido siempre un colectivo que ha escuchado las preocupaciones de las familias y de las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad y hemos buscado darles respuestas con instrumentos jurídicos que, dentro del marco legal, se adaptasen a las distintas situaciones. Con la Ley 8/2021, el notario se constituye como un operador esencial que -en el ámbito extrajudicial- da a los sistemas de apoyo una importancia relevante; no sólo porque se canaliza a través de la escritura pública la transcendencia jurídica, económica y humana que late con la reforma, sino porque el notario elabora, con tales instrumentos, ‘trajes a medida’ que recogen necesidades, deseos y preferencias de esas personas.

Según el INE, en Galicia el 27% de la población tiene más de 65 años, siendo la tercera comunidad española con más envejecimiento. ¿Cuáles son las principales demandas de estas personas a la hora de acudir a las notarías?

Lucía Cagigas: Principalmente les interesa hacer previsiones tendentes al debido cuidado en la etapa de su vejez, bien por parientes directos y colaterales o incluso con extraños, disponiendo de sus bienes a su favor normalmente por vía sucesoria y, con menor frecuencia, a través de un contrato vitalicio, por el cual se ceden bienes a una persona con la obligación de cuidarla y asistirla hasta su fallecimiento.

Otra de las demandas es que se están haciendo poderes preventivos o con cláusula de subsistencia especialmente con personas ya de edad bastante avanzada, que empiezan a tener síntomas de alguna enfermedad mental degenerativa, lo que demuestra la preocupación latente en este sentido.

 


FÁTIMA VÁZQUEZ: “LOS FAMILIARES SIEMPRE HAN TENIDO ESPECIAL PREOCUPACIÓN SOBRE CÓMO SERÁ EL FUTURO DE SUS PARIENTES CON DISCAPACIDAD CUANDO YA NO ESTÉN PARA AYUDARLES”


 

Otra de las características determinantes de Galicia es su elevado porcentaje de población rural. ¿Cómo es el trabajo de los notarios en los ayuntamientos donde no existen grandes núcleos urbanos?

F.V.: Es una labor con una interacción más directa con el ciudadano, dado que la mayoría de sus problemas vienen de la preocupación de trasladar el patrimonio familiar y la explotación agraria, así como su mantenimiento, a los hijos. Igualmente se hace mucha documentación relativa a la dinámica de las explotaciones agrarias o ganaderas y su configuración como sociedades (últimamente, como sociedad civil) o cooperativas, con la finalidad de mantener su continuidad y rentabilidad económica.

Otro de los documentos más demandado es el testamento, también los pactos sucesorios, apartaciones y pactos de mejora que facilitan la transición de los bienes hereditarios y tienen importantes beneficios fiscales.

 


LUCÍA CAGIGAS: “DETRÁS DE CADA ACTUACIÓN JURÍDICA HAY SIEMPRE UNA PERSONA Y UNA HISTORIA QUE MERECE SER ESCUCHADA Y PROTEGIDA”


 

¿Qué les movió a integrarse en Aequitas? ¿Animarían a los notarios de las últimas promociones a formar parte de la Fundación?

F.V.: Lo que me motivó a entrar en Aequitas fue su firme compromiso con las personas que necesitan más ayuda y atención para su integración en la sociedad y su desarrollo. Por otro lado, sus familias siempre han tenido una especial preocupación sobre el futuro de estas personas cuando ya no puedan estar ahí para ayudarlas. Por ello, poder asesorar debidamente y proponer adecuados instrumentos legales para este fin ha sido mi principal motivación.

También conocer el trabajo y la dedicación de otros profesionales (jueces, fiscales, abogados, médicos, representantes de asociaciones, etc.) que trabajan en favor del colectivo, lo que ha contribuido a enriquecer mi formación. Sin duda animaría, y mucho, a los nuevos notarios a trabajar con la fundación.

 L.C.: Conocí de manera fortuita la labor que realiza la Fundación Aequitas y, desde ese momento, decidí implicarme y colaborar con su trabajo. Descubrí una organización profundamente comprometida con la protección de las personas con discapacidad y de quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, y donde la función notarial tiene mucho que aportar.

Integrarme en la Fundación Aequitas responde a la convicción de que nuestra función no se limita a garantizar la seguridad jurídica, sino que también debe contribuir al respeto de la dignidad y los derechos de todas las personas, ofreciendo un espacio en el que la vocación profesional y la sensibilidad social se unen en beneficio de quienes más lo necesitan. Sin ninguna duda, animaría a los notarios de las últimas promociones a formar parte de Aequitas, pues les permitiría conocer y desarrollar la profesión desde su dimensión más humana, reforzando el papel social de nuestra institución y recordando que, detrás de cada actuación jurídica, hay siempre una persona y una historia que merece ser escuchada y protegida.

Desde su constitución, el Foro Aequitas de Galicia ha mantenido diversas reuniones con profesionales jurídicos, institucionales, académicos y asistenciales. ¿Cómo ha sido la acogida de esta plataforma?

L.C.: La acogida ha sido extraordinaria. En todo momento se ha tenido participación muy activa por parte de los distintos profesionales jurídicos, académicos, asistenciales y por el movimiento asociativo en pro de las personas con discapacidad. En las reuniones se han tocado muchos de los temas que afectan y preocupan a las personas con discapacidad. La implicación que se ha sentido en dichas reuniones nos ha motivado a seguir trabajando en este foro con mucha ilusión.

Precisamente, en una de sus sesiones se demandaron mayores medios para hacer frente a una correcta aplicación de la Ley 8/2021. ¿Cuáles son las principales necesidades detectadas a nivel económico y humano para la debida implementación de la nueva normativa?

F.V.: Sobre la mesa del foro se han puesto de manifiesto varios de los problemas que se están observando en la aplicación práctica de la normativa derivada de la citada Ley 8/2021. Cabe resaltar entre ellos las dificultades que inicialmente han tenido los guardadores de hecho, figura que se regula en esta ley, para ejercer debidamente sus funciones a la hora de acreditar tal condición o sus facultades frente a entidades bancarias y a la Administración en general.  Se ha puesto de manifiesto también el retraso en la revisión de sentencias para regular o actualizar las medidas de apoyo que correspondan según la situación de dichas personas con discapacidad. Por parte de representantes de servicios sociales municipales se ha comentado la falta de medios personales y económicos para poder cumplir debidamente con la demanda que se hace desde los juzgados de informes psicosociales. De esta falta de medios también se hicieron eco federaciones en favor de las personas con discapacidad, resaltándose además los daños colaterales que se han derivado de dicha Ley 8/2021 en ámbitos como la Seguridad Social y Hacienda. Igualmente se hizo constar la necesidad de una mayor información sobre medios o instrumentos que permitan encontrar soluciones que faciliten la integración de las personas con discapacidad atendiendo a sus particularidades, en distintos ámbitos profesionales como las administraciones públicas, las notarías, las compañías aseguradoras, en la práctica de las entidades bancarias, etcétera.

 


LUCÍA CAGIGAS: “LA FUNDACIÓN ÆQUITAS RESPONDE A LA CONVICCIÓN DE QUE NUESTRA FUNCIÓN CONTRIBUYE AL RESPETO DE LA DIGNIDAD Y LOS DERECHOS DE TODAS LAS PERSONAS”


 

Otro aspecto que se puso de manifiesto en el foro es la dificultad para acceder a la operatividad bancaria por parte de las personas con discapacidad. En este sentido, mantuvieron una reunión con los asesores jurídicos de las principales entidades financieras. ¿Cuáles son las principales necesidades detectadas en este sentido?

L.C.: Una de las preocupaciones que se han puesto de manifiesto en el foro es la problemática que se ha derivado en la práctica bancaria, en torno a temas como la necesidad de formación del personal de las entidades, en especial en áreas rurales, el mayor conocimiento de la figura del guardador de hecho y de sus funciones, la necesidad de adaptar la banca online, la accesibilidad a oficinas, el bloqueo de cuentas, etcétera.