VOCES IBEROAMERICANAS
T E N E R I F E 2 0 2 4
‘LA FUNCIÓN NOTARIAL Y EL ACCESO A LA JUSTICIA’
Numerosos representantes de los Notariados iberoamericanos participaron en las sesiones de las XIX Jornadas Notariales Iberoamericanas. Recopilamos sus intervenciones, que reflejan la postura de los diferentes países de Latinoamérica y España sobre las cuestiones planteadas en relación a La función notarial y el acceso a la Justicia.
Jaime Javier Romero (Colombia):
“En Colombia los notarios cumplimos una función trascendental para ayudar a la rama judicial. El Estado colombiano ha asignado a los notarios una serie de actuaciones en actos no contenciosos para contribuir a que los trabajos se realicen de una manera más rápida, inclusive aminorando costos, permitiendo que los ciudadanos puedan acceder a la justicia de una manera más expedita”
José Antonio Armendáriz (México):
“Para el Notariado mexicano es invaluable otorgar a la ciudadanía mecanismos que garanticen la libertad, la propiedad, el trabajo libre, la paridad de género y la dignidad de la persona. En nuestra ponencia hemos abordado tres ejes: el Notariado en su función social; la función notarial ante la Corte Iberoamericana de Derechos Humanos; y el rol del notario en el ‘bioderecho’, a través de la escritura de voluntad anticipada y el contrato de maternidad subrogada”
Jorge Luis González (Perú):
“En Perú poseemos competencia notarial en 13 asuntos no contenciosos. Ahora también tenemos el desalojo con antelación notarial, que permite ejecutar de forma acelerada un proceso que judicialmente duraba de dos a tres años. En apenas dos semanas se comprueban las causales ante notario, y su acta de notoriedad se ejecuta en 5 días, inaudita parte y sin apelación con efecto suspensivo. Esto ofrece mayor seguridad a los arrendadores y genera un efecto multiplicador en el mercado de la vivienda”
Ana Paula Frontini (Brasil):
“En Brasil, los tribunales de justicia coordinan y organizan el acceso a la función notarial. Los notarios ejercen un papel significativo y efectivo con la actividad extrajudicial que se les atribuye. El ejercicio que están realizando los legisladores a nivel nacional e internacinal, transfiriendo atribuciones judiciales a los notarios, es de suma importancia”
Lydia López Sosa (Uruguay):
“Las personas vulnerables siguen, de alguna manera, relegadas en cuanto al acceso a la Justicia. El notariado tiene una gran llave maestra: es una herramienta fundamental para las personas en situación de vulnerabilidad, con su asesoramiento, imparcialidad y cercanía. En Uruguay estamos a punto de aprobar un proyecto de Ley -con el aval de todos los operadores jurídicos- para modificar el Código Civil y adaptar nuestro ordenamiento a la convención de Naciones Unidas”
EL NOTARIADO ESPAÑOL
Concepción P. Barrio del Olmo, vicedecana del Colegio Notarial de Madrid:
“En España se ha fortalecido la labor del notario a través de las competencias que se nos han atribuido en jurisdicción voluntaria, en atención a nuestra cualificación técnico-jurídica, nuestra proximidad y nuestra condición de funcionarios públicos. Todavía impera la cultura del litigio, pero los poderes públicos van asumiendo cada vez más la necesidad de impulsar los medios alternativos de solución de controversias, a cuya introducción debemos contribuir los notarios por sus innumerables ventajas”
Sabina Podrez (Argentina):
“Que los notarios estén debidamente capacitados facilita el uso de las herramientas tecnológicas y permite generar soluciones innovadoras en el ámbito jurídico. Fortalecer los valores de consenso y el diálogo como base de una comunicación eficaz posibilita la participación, la cooperación y el desarrollo social. Debemos virar hacia una premisa ganar-ganar, frente a la premisa ganar-perder: a notaría abierta, juzgado cerrado”
Leonardo Pérez Gallardo (Cuba):
“No podemos perder de vista los límites del ejercicio de la función notarial ante la atribución de nuevas competencias, frente la función judicial. Se necesita una reelaboración conceptual de los aspectos competenciales que hemos asumido para adaptarlos a una justicia precautelar: no podemos simplemente tomarlos del derecho procesal e incorporarlos al ámbito notarial”
Annie Rivera Cruz (Puerto Rico):
“En Puerto Rico hemos logrado que subsista la tradición del notariado latino. El notariado puertorriqueño se ha distinguido en los últimos años por su desarrollo de la función notarial; el notario no solo como administrador de la justicia preventiva, ofreciendo seguridad jurídica, sino también como proveedor del acceso a la justicia mediante la atención de asuntos no contenciosos”
Roxana Hamel (Bolivia):
“Las actuaciones notariales en vía voluntaria tienen ciertas particularidades, por lo que no todos los notarios se animan a realizar estas escrituras públicas. Somos constructores y creadores del Derecho notarial y debemos tener la confianza necesaria para realizar estas actividades con eficacia. Ante la adopción de competencias en actos no contenciosos, las figuras jurídicas no pueden quedar en el limbo”