«Esto no ha hecho más que empezar», por Carlos Sánchez

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CARLOS SÁNCHEZ,

director adjunto de El Confidencial

Twitter: @mientrastanto

"No sólo España, también Europa, y, por supuesto, EE.UU. sufren cada vez más para cubrir los puestos de trabajo vacantes"

Esto no ha hecho más que empezar

Es el elefante plantado en medio del salón de las economías avanzadas. Nadie quiere verlo, pero ahí está. Todos ignoran la imponente presencia del enorme paquidermo pese a que ya hay pocas dudas de que la falta de mano de obra, tanto cualificada como no cualificada, no es ya un problema de futuro, sino de presente.

El desajuste entre oferta y demanda de empleo es cada vez más acusado por la confluencia de una serie de factores que han coincidido en el tiempo: evolución demográfica, cambio tecnológico, aceleración de los procesos de innovación en el sistema productivo, encarecimiento de la vivienda, nuevos valores culturales a la hora de aceptar un empleo, un sistema educativo que tarda en adaptarse a las nuevas necesidades de las empresas y hasta auge del populismo y de la xenofobia, que hace que los gobiernos sean muy prudentes a la hora de abrir las fronteras, el mecanismo tradicional que han utilizado los países avanzados para casar oferta y demanda de empleo.

El resultado es que no sólo España, también Europa, y, por supuesto, EE.UU. sufren cada vez más para cubrir los puestos de trabajo vacantes. No, no es un problema genuinamente español. Un dato lo pone negro sobre blanco. Nunca antes, desde que hay series estadísticas, ha habido tantas vacantes sin cubrir en Europa. En concreto, un 2,8%, prácticamente el doble que en 2012, aunque con una notable diferencia entre países. Mientras que en Chequia el 4,9% del total de la ocupación está sin cubrir, en España, que es el país con menos vacantes, apenas supone el 0,7%.

La posición de España, lógicamente, tiene que ver con el alto nivel de desempleo, pero también con las barreras administrativas a la inmigración, que tradicionalmente ha cubierto los empleos no cualificados. En el caso de España, además, se dan otras circunstancias que hay que relacionar necesariamente con el modelo productivo, muy expuesto a factores de movilidad (ya se vio durante la pandemia) debido a la elevada estacionalidad de la economía, muy superior a la del resto de Europa. En particular, en hostelería, construcción y agricultura, que son, precisamente, los que demandan más mano de obra sin cubrir.

No es ningún secreto que desplazarse a trabajar en cualquiera de estos sectores, fundamentalmente en los meses centrales del año, supone un elevado coste, y eso restringe la posibilidad de desplazamiento. Vivir en zonas costeras en verano, que es cuando hay mayor oferta de empleo, es caro. Y ni siquiera un aumento de los salarios por encima de otros convenios podría paliar este desajuste. Si un trabajador va a cobrar 1.500 euros al mes y la mitad será para alquilar una vivienda, es mejor renunciar a la espera de un empleo que no obligue a cambiar de residencia.

Es verdad que los salarios en la hostelería, con jornadas agotadoras que en muchas ocasiones no se ajustan a lo que marca el convenio, son los más bajos de España y deberían subir, pero eso no debe ocultar un problema estructural que poco tiene que ver con la cuantía de las nóminas. También en Europa hay problemas de vacantes y los salarios son más elevados. En EE.UU., incluso, están subiendo por encima de los dos dígitos. El famoso “‘Pagadles más” de Biden fue una salida simple, típica del populismo, a un problema complejo.

Desde luego que el problema de las vacantes no es nuevo. España, históricamente, ha tenido un problema de movilidad laboral. Probablemente, entre otros factores, a una cuestión cultural que hay que relacionar con la fuerza del arraigo familiar y la importancia que se da al territorio donde se nace. Uno es de donde se hace el bachillerato, que decía Max Aub. Pero también hay que vincular a la preferencia por la vivienda en propiedad respecto de la de alquiler, aunque esa tendencia está bajando, lo que muchas veces es un obstáculo para favorecer los desplazamientos y así poder cubrir las vacantes. Un dato lo dice todo. En 2019 apenas el 9,8% de los trabajadores cambió de comunidad autónoma para firmar un contrato, mientras que en el caso de la movilidad interprovincial alcanzó el 14%.

Algunos estudios oficiales muestran que la movilidad geográfica está protagonizada por hombres con edades comprendidas entre los 25 y los 45 años, de los que casi un tercio son extranjeros y dos de cada tres no han superado la educación secundaria. Normalmente, fueron contratados por empresas del sector agrícola o del sector servicios en ocupaciones no cualificadas, como trabajar de peón o en trabajos relacionadas con servicios de restauración, cuidados personales, seguridad privada y vendedores. No parece que ese sea el perfil de ocupación que busca un país con una elevada tasa de paro juvenil, pero que es también uno de los que cuenta con mayor número de universitarios y con una red familiar comprometida con sus miembros.

La localización territorial, en este sentido, nos vuelve a jugar una mala pasada. La concentración de la población en grandes urbes, un proceso imparable, hace que amplios territorios queden sin mano de obra, lo que provoca disfunciones que solo pueden corregirse con temporeros en los momentos de mayor demanda (en verano, en el caso de España). Un problema que no solo afecta al empleo no cualificado, más fácil de sustituir, sino al cualificado, lo que revela en el fondo un desajuste entre el sistema educativo y el mercado laboral, cuyas necesidades avanzan mucho más rápido que la oferta educativa, constreñida porque adaptar los planes de estudios a las necesidades más urgentes de las empresas siempre es un proceso lento. ¿El resultado? Esto no ha hecho más que empezar si no se atacan las causas. Sólo hay que mirar la pirámide demográfica.

Derecho a fracasar

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DERECHO A FRACASAR

El estigma social que rodea la insolvencia financiera es una pesadilla recurrente que trufa los sueños de todo emprendedor que se precie.

El Gobierno quiere actualizar el actual marco concursal y, de paso, adaptarlo a la normativa europea de insolvencia. El objetivo es modernizar los procedimientos de reestructuración y exoneración de deudas y, por consiguiente, ayudar a las empresas viables a salir adelante y evitar que acaben en liquidación. En este contexto, el proyecto de ley de Reforma de la Ley Concursal fue aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre pasado.

FERNANDO GEIJO,

El estigma social que rodea la insolvencia financiera es una pesadilla recurrente que trufa los sueños de todo emprendedor que se precie. Y es que el recelo de los empresarios a la hora de adentrarse en desconocidos senderos del mercado está plenamente justificado, máxime en tiempos de creciente incertidumbre, como los actuales, en los que a las secuelas aún no extintas del Covid se unen las consecuencias del conflicto bélico en Ucrania.

En este sentido, el Gobierno se ha puesto manos a la obra para poner al día el actual marco concursal que rige en España la reestructuración de las empresas con problemas de solvencia y pretende renovar así nuestro ordenamiento jurídico, alineándolo mediante la correspondiente transposición de la directiva europea vigente en la materia.

Con este objetivo, se encuentra en proceso de tramitación parlamentaria el proyecto de ley de reforma concursal, una esperada evolución que está conectada con el recientemente aprobado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que cuenta con una gran trascendencia para el futuro empresarial en nuestro país.


Tras un período de negociación no superior a tres meses, acreedores y deudores deben optar por alcanzar un acuerdo o proceder a la liquidación


Agilizar, facilitar y minimizar

Entre los retos fijados por las autoridades para acometer las mejoras propuestas en la próxima ley concursal se encuentran la aceleración de los correspondientes procedimientos de reestructuración, la apuesta por las soluciones consensuadas y negociadas de antemano entre acreedores y deudores para abordar situaciones de insolvencia y, por último, la meta de tratar de evitar la destrucción de valor en una economía ya castigada por las crisis anteriores.

Entre los avances recogidos en el proyecto de ley se hace hincapié en el impulso de los denominados planes de reestructuración, que tratan de paliar una hipotética situación de insolvencia en la fase preconcursal, anticipando para ello acuerdos entre deudores y acreedores con el objetivo de refinanciar la deuda y, a la postre, evitar liquidaciones.

Los nuevos planes de reestructuración incluidos en el proyecto están concebidos para ser mecanismos ágiles desde la perspectiva del procedimiento al que deben acogerse los afectados por situaciones de insolvencia.

La clave estaría en conseguir incorporar a los acreedores que no votan a favor del plan de salvamento inicial, aunque sin conculcar los derechos de los mismos. Con ello, las autoridades prevén conseguir que se corrija uno de los males endémicos en España en materia de concursos empresariales, la demora en acogerse a las medidas previstas en la ley. Esto se traduce en la desaparición prematura de muchas empresas, que a la postre podrían salvarse, dada la irreversibilidad del daño ya producido a esas alturas.

Y es que a las ventajas directas derivadas del auxilio anticipado a un mayor número de compañías ahogadas por las deudas se unen las que entrañan la descongestión de los juzgados de lo mercantil, con la consiguiente liberación de recursos y la maximización de la eficiencia del sistema de concurso, para lo que se requerirá, además, la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Mutatis mutandis.

Las principales modificaciones que introduce el nuevo texto legal a debate parlamentario y, por tanto, aún en fase de enmiendas, es la introducción, en línea con los países de nuestro entorno, de una tramitación específica para abordar los problemas de solvencia de las microempresas.

De hecho, el proyecto incluye un nuevo procedimiento único para autónomos y microempresas, de menos de 10 empleados. Se trata de un modelo digital, con bajo coste, capaz de aumentar de forma exponencial las posibilidades de supervivencia de las empresas, siempre que cuenten con un adecuado grado de viabilidad a futuro.

Para ello, y tras un período de negociación con un plazo no superior a los tres meses, acreedores y deudores deben optar o bien por alcanzar un acuerdo para poner en marcha un plan para continuar con el negocio y establecer un calendario de pagos de la deuda o, en caso contrario, proceder a la liquidación ordenada de la empresa, antes de que se deteriore la situación financiera de la misma, mediante la utilización de una plataforma digital habilitada ad hoc.


El consenso es vital para lograr acuerdos de reestructuración antes de llegar al concurso


La reforma prevé incentivar también a los autónomos y personas físicas para que cuenten con una segunda oportunidad real y efectiva que posibilite que puedan continuar en el futuro con su actividad. Con lo que, bajo unas determinadas condiciones, puedan exonerar parte de la deuda, sin entrar para ello en la liquidación de su patrimonio, incluyendo la vivienda en el caso de los autónomos, mediante el establecimiento de un plan de pagos con una duración máxima de tres años, ampliable a cinco.

Asimismo, se incluye la posibilidad de poder proceder a la venta de unidades productivas, mediante la firma del correspondiente convenio entre las partes, siempre que, de nuevo, se cumplan unas mínimas condiciones de viabilidad del negocio.

No hay que olvidar tampoco que, en aras de la aceleración del proceso, la reforma contempla incentivos al administrador concursal para estimular la celeridad y premura del mismo y, en caso contrario, penalizaciones si se alarga más de un año y es imputable a su gestión.

Certidumbre y protección

‘El que no arriesga no gana’. Al menos esta máxima se suele aplicar al éxito empresarial. Un concepto asociado al hecho de atreverse a poner en marcha una determinada idea o iniciativa y que está imbricado con la mencionada Ley de Segunda Oportunidad. Un recurso legal para que particulares y autónomos tengan la posibilidad de renegociar sus deudas sin obviar los derechos de cobro de los acreedores en procesos extrajudiciales bajo tutela judicial.

En definitiva, la reforma concursal en tramitación pretende lograr una legislación competitiva que otorgue estabilidad y un marco predecible a los agentes económicos, al tiempo que se constituya en un vector de ayuda al relanzamiento de la economía de nuestro país.

Al César lo que es del César

Entre las principales modificaciones adoptadas en materia de planes de reestructuración en el proyecto de ley concursal, frente al anteproyecto, con respecto a los créditos de derecho público, se encuentran:

  • La posibilidad de que la reestructuración afecte a las deudas contraídas con el Estado, siempre y cuando, el deudor esté al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social en el momento de comunicar la apertura de negociaciones con los acreedores y estos créditos de derecho público tengan menos de dos años.
  • La reestructuración en ningún caso supondrá la reducción de su importe, el cambio de deudor, la modificación o extinción de las garantías que los generaron o su conversión en acciones, crédito, participaciones sociales o préstamo participativo, al tiempo que se establece un plazo máximo de 18 meses para la devolución de estos créditos de derecho público desde la comunicación del inicio del proceso negociador.
  • Las deudas frente al Estado se constituyen, además, en una clase única.
  • No estar al corriente de pago con la administración tributaria y la seguridad social puede suponer un motivo de impugnación del auto de homologación.
  • Los acreedores de derecho público podrán solicitar la resolución del plan de reestructuración en caso de incumplimiento por parte del deudor.

Ejemplo de transparencia

Banco Santander decidió, a finales de 2021, dar un paso al frente e inscribirse en el registro habilitado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para ejercer labores como grupo de interés. Su objetivo es transmitir su punto de vista, tanto propio como del sector, ante los poderes públicos que, con sus decisiones, afectan el quehacer diario de ciudadanos, empresas e instituciones. Esta iniciativa, tomada de forma voluntaria y pionera por una entidad financiera en España, supone un evidente impulso para normalizar el trabajo de ‘lobista’. Una función que ejercerá el secretario general de Santander España, Adolfo Díaz-Ambrona Moreno, y que se espera que anime a otros bancos para defender su legítima actividad de cara a canalizar su participación en el proceso de toma de decisión de las administraciones públicas.

Ojo al dato

Proyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020. 14 de enero de 2022. Boletín Oficial del Estado (BOE).

«Un posible remedio para la insolvencia probable», por José Miguel Embid

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JOSÉ MIGUEL EMBID,

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valencia.

"Para encauzar la insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado se regulan los planes de reestructuración"

Un posible remedio para la insolvencia probable

Con fecha de 14 de enero del presente año se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales un importante proyecto de ley que, de ser aprobado, traerá consigo cambios significativos en el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Dicho proyecto se ha elaborado, ante todo, para adaptar nuestro Derecho de la insolvencia a la directiva 2019/1023, de 20 de junio, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas. Pero en el proyecto que nos ocupa no encontramos solo los necesarios preceptos de adaptación al texto europeo, sino, además, un buen número de modificaciones normativas que el legislador español ha considerado oportuno establecer a fin de conseguir una regulación coherente y adecuada a las circunstancias de nuestra realidad.

Sin perjuicio de algunos ensayos precedentes, corresponde aplicar ahora al Derecho concursal este criterio de “reforma y adaptación”, si bien desde una perspectiva singular, pues la directiva 2019/1023 aparece guiada por el propósito de llevar el tratamiento de la crisis económica de la empresa a un estadio anterior a lo que es característico del concurso de acreedores. En consonancia con esa finalidad, la parte principal del proyecto de ley se sitúa en el marco de lo que se denomina “insolvencia probable”, supuesto previo a la insolvencia propiamente dicha (actual) e, incluso, a la insolvencia inminente contempladas en el Texto refundido, como situaciones susceptibles de desencadenar el concurso de acreedores.

Para encauzar esa insolvencia probable y conseguir que la empresa o el profesional afectados continúen en el mercado y mantengan de manera eficiente su actividad, se regulan los llamados “planes de reestructuración”, que se constituyen así, dentro del Derecho español, en el “marco de reestructuración preventiva” reclamado por la directiva, con numerosas aportaciones de nuestro legislador. Tales planes, para el proyecto de ley (art. 614) tienen un objetivo ciertamente muy amplio que se dirige a modificar la composición, las condiciones o la estructura del activo y del pasivo del deudor, incluyendo las transmisiones de activos, unidades productivas o la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como cualquier cambio operativo necesario, o una combinación de estos elementos.

Tras esta amplísima delimitación, podrá decirse que estamos ante una figura preconcursal, asumiendo la terminología ampliamente divulgada durante la Gran Recesión y que da nombre a uno de los dos grandes bloques en que se dividen el vigente Texto refundido de la Ley concursal. Sin negar dicho calificativo, la regulación de los planes muestra, no obstante, un espíritu propio, que los distingue netamente de los consabidos acuerdos de refinanciación y que los convierte en “algo más” que una mera figura preconcursal. Con arreglo a la muy detallada exposición de motivos del proyecto, resulta evidente un doble propósito en su tratamiento normativo: de un lado, la ya aludida anticipación de su puesta en práctica, con clara mejora respecto de los actuales instrumentos preconcursales, y, de otro, la considerable flexibilidad con que aparece concebida su regulación.

En este último sentido, hay que destacar el muy limitado papel que se asigna a la intervención judicial, restringida a la homologación, en su caso, del plan, con algunas actuaciones añadidas. Pero, con ser esta circunstancia sumamente relevante, lo que singulariza con plenitud a los planes de reestructuración es que todo en ellos depende de lo que el deudor y sus acreedores consideren conveniente negociar, a fin de llegar al acuerdo mediante el cual se materialice el plan de reestructuración. El proyecto opta, de este modo, por una suerte de “negociación colectiva” (según la exposición de motivos) al entender que, así, se consigue no solo mayor inmediatez a la situación de insolvencia probable, sino que se hace posible la mayor libertad de las partes para establecer los más adecuados términos del plan con el objetivo de garantizar la actividad del operador económico (empresa o profesional) en el mercado.

No se podría conseguir este propósito, habitual en los institutos preconcursales, si no se añadieran algunos elementos al esquema recién descrito. Entre ellos destaca la posibilidad de “arrastre” (así, en el preámbulo del proyecto) de aquellas clases de acreedores disconformes con el plan acordado, lo que no impide, claro está, el establecimiento de ciertas salvaguardas para los disidentes, relativas, entre otros extremos, al supuesto de su homologación. Algo similar sucede con respecto a los socios del deudor, cuya disconformidad con el plan trae consigo algunas especialidades respecto del régimen de adopción de acuerdos por parte de las sociedades de capital (art. 631).

Son muchas, en todo caso, las novedades del proyecto en punto a los planes de reestructuración a las que resulta imposible referirse ahora. Interesa señalar, no obstante, que su regulación, junto con otros elementos, igualmente considerados por el proyecto, implica un cambio radical en la estructura sistemática del Texto refundido de la Ley concursal, pues se deroga por completo su actual libro segundo. Al mismo tiempo, se da un paso relevante para la reconversión, si vale el término, del entero Derecho concursal. Quizá a partir de ahora debamos hablar de un “Derecho de la insolvencia”, desde la probable hasta la actual, del que los planes de reestructuración constituirán el primer y relevante apartado, quedando el Derecho concursal no sólo como una parte del mismo, sino como su última ratio, no especialmente deseable en cuanto a su aplicación, por la pérdida de valor que implica, para superar la crisis de los operadores económicos en el mercado.

Sin techo no hay cimientos, por Juan José Morodo

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JUAN JOSÉ MORODO,

subdirector de Cinco Días

 

Resulta turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE

Sin techo no hay cimientos

Manuel es un joven y serio profesional con contrato indefinido. Manuel (el nombre es ficticio) contrajo el Covid en el momento más crudo de la pandemia. No se infectó en una fiesta desenfrenada ni por una imprudencia. Se contagió en la casa en que vive. A pesar de su salario, en la media nacional para su ocupación, Manuel se ve obligado a compartir piso con cuatro compañeros, uno de ellos profesional del sector sanitario, quien sin querer introdujo el virus en la vivienda común. Manuel no está a disgusto con esa vida casi de estudiante, pero lo cierto es que comparte piso porque no le da para alquilar uno en solitario.

La vivienda cara no es un freno solo para Manuel, lo es para el desarrollo de cualquier país. Una política de vivienda que ignore esto no solo está mal orientada, sino que supone un lastre para cimentar el crecimiento y una losa en el futuro de las próximas generaciones. Los altos precios de la vivienda, sea en propiedad o en alquiler, también pueden asfixiar la reactivación del consumo, una condición decisiva para que la economía se expanda e inaplazable en un escenario que urge la recuperación, como el que vive España tras el durísimo impacto de la pandemia.

Toda la renta que los ciudadanos tengan que destinar a vivienda se sustrae de otra partida del gasto, desde la alimentación al ocio, desde la salud a la educación o a la misma vestimenta, con el consiguiente deterioro sobre aquellos sectores ajenos al inmobiliario. A modo de vasos comunicantes, cuanto más elevados sean los fondos que los presupuestos familiares deben dedicar a vivienda más se aminorarán los destinados a otros bienes o servicios.

Este panorama se refleja hoy con toda su crudeza, cuando buena parte de la recuperación tras la crisis del Covid se fía al repunte del consumo, tras largos trimestres de hibernación y contención del gasto y de un precavido crecimiento del ahorro de las familias, solo proporcional a los temores que desata la incertidumbre.

La familia española dedica a la residencia, de media, más de un 35% de su renta, un creciente récord que constriñe su capacidad de gasto. En los hogares con menos renta, este porcentaje se puede encaminar peligrosamente a un inquietante 50%. La vivienda, y destacadamente la que está en régimen de alquiler, “representa en promedio el mayor gasto de los hogares en el conjunto de todos los países de la OCDE”, según constata el organismo que agrupa casi a una cuarentena de los países más desarrollados.

“Esta absorción que hace la vivienda de otros gastos”, alerta la OCDE, “podría ir incluso a más” en el corto plazo, pero modularse poco a poco en función de variables como el aumento de los parques de vivienda asequible en arrendamiento. La Encuesta de Presupuestos Familiares del INE constata que en España se replica esa tendencia.

Estas son algunas de las razones que hacen más preocupante ver a España entre los países desarrollados con impuestos que más lastran el crecimiento: el puesto 30 de los países de la OCDE cuyo modelo fiscal es más perjudicial para el desarrollo económico. Las reformas tributarias del último año hunden al sistema español otros tres puestos en el ranking del Índice de Competitividad Fiscal Internacional 2021 elaborado por la Tax Foundation.

Ante este panorama, resulta más turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE. Los inmuebles están gravados por el impuesto sobre la renta imputado al propietario para segundas viviendas, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre la renta a los no residentes por el alquiler, el impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, que hasta hace poco tributaba, también e inexplicablemente, aunque fuese minusvalía. Son una pesada carga sobre las espaldas de los ciudadanos que solo quieren ejercer el derecho constitucional a tener un techo digno y adecuado bajo el que cobijarse.

Tras las últimas reformas, España ya se ha colocado en el máximo nivel de gravamen a la propiedad ente los países desarrollados. Casi como Italia, el país con mayor presión fiscal sobre la vivienda de la OCDE.

Todo ello imprime una debilidad competitiva al sector inmobiliario que incide directamente en la capacidad de los ciudadanos para adquirir o alquilar vivienda. La Tax Foundation señala la distorsión que suponen los “múltiples impuestos a la propiedad con gravámenes separados sobre transferencias de bienes raíces, patrimonio neto, herencias y transacciones”.

Solo las políticas de algunas haciendas autonómicas suavizan la presión fiscal a nivel nacional con algunas exenciones o reducciones, lo que, sorprendentemente, en ocasiones lleva a algunos partidos políticos a acusarlas de practicar dumping fiscal. Si no existiesen en las comunidades autónomas estas bonificaciones, España ocuparía el puesto de Italia.

No parece que la en marcha y controvertida Ley por el Derecho a la Vivienda, su inconcreto plan (a largo plazo) de zonas tensionadas de alquiler regulado, su carácter de espantainversores ni la litigiosidad que anuncia su desprecio al dictamen (preceptivo, no vinculante) del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que la considera invasora de competencias de las comunidades autónomas, vaya a resolver el problema de un país en el que se pueden contemplar extensos páramos deshabitados pegados a ciudades en las que no es difícil toparse con infraviviendas. Donde el mercado de alquiler languidece acosado por la inseguridad jurídica del propietario. O donde los jóvenes tienen que afrontar ingentes cargas fiscales si deciden lanzarse a comprar casa.

Manuel, tras pasar semanas difíciles, vuelve a gozar de buena salud. Sigue viviendo en un piso compartido.

Presión fiscal sobre los inmuebles

PRESIÓN FISCAL SOBRE LOS INMUEBLES

Las pensiones se revalorizarán por el IPC anual

ENTRE MAGNITUDES

Fernando Geijo

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España es uno de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los impuestos más altos a la propiedad inmobiliaria. Al menos, así se recoge en el Índice de Competitividad Fiscal Internacional (ICF), de la Tax Foundation, difundido y adaptado en España por tercer año consecutivo por el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

De entre los Estados más desarrollados del mundo que integran esta organización, nuestro país es prácticamente el único objeto de un análisis específico en el informe ICF sobre la influencia de los impuestos que aplica a la propiedad inmobiliaria a la hora de medir su neutralidad y competitividad fiscal.

Producto de lo anterior, España no sale bien parada y ha retrocedido cuatro puestos en la clasificación general de la prestigiosa Tax Foundation, hasta ocupar el puesto 30 de entre los 37 analizados, dada la distorsión que supone la pléyade de impuestos específicos que gravan al sector inmobiliario y que, apenas, son compensados en ocasiones puntuales por bonificaciones y exenciones autonómicas.


IMPUESTOS Y CRECIMIENTO SON DOS TECLAS DE UN MISMO PIANO ECONÓMICO QUE DEBE ESTAR PERFECTAMENTE AFINADO

 

Telaraña impositiva

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), sobre el Patrimonio (caso excepcional en toda la Unión Europea), sobre la Renta que se imputa al dueño de segundas viviendas, además del que abonan los No Residentes por el alquiler, sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, o la plusvalía municipal, derivada del aumento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, son algunos de los que gravan en España la posesión o disfrute de los bienes raíces.

Asimismo, si se observa el análisis realizado por los expertos de Tax Foundation sobre el impacto de los impuestos sobre la propiedad, en el sentido más amplio del término, habría que añadir los impuestos relativos a las transacciones financieras, los activos corporativos o los derechos de capital.

En este sentido, entre las conclusiones del informe se indica que España ha caído en el índice que mide la competitividad fiscal sobre propiedades, patrimonio y herencias hasta el puesto 36, al obtener apenas 36,4 puntos sobre un valor de referencia de 100, únicamente obtenido por Estonia.

El sistema tributario español es el único que aplica, a la vez, sendos impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y el Patrimonio, lo que, para los expertos de la Tax Foundation supone una evidente cortapisa al ahorro y, por consiguiente, a la inversión, el crecimiento y, a la postre, el empleo y el ahorro.

La eficiencia de nuestro sistema tributario se pone en tela de juicio al considerar que combina reglas de juego complejas con tipos crecientes, lo que, en opinión de este instituto de estudios, limita la creación de empleo por parte de las empresas y, en consecuencia, cercena el potencial de crecimiento de la economía española.

Las conclusiones del informe ICF 2021 preconizan la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, una auténtica anomalía pancomunitaria, sólo compartido con Noruega y Suiza, dada su singularidad entre los países de nuestro entorno.

Asimismo, señalan la insuficiencia de las medidas de alivio fiscal emanadas de las diferentes políticas autonómicas, con especial hincapié en la Comunidad de Madrid, que deben ser complementadas con otras a escala nacional de cara a revertir las subidas de impuestos aprobadas en plena crisis sanitaria y a lograr, en definitiva, un sistema con impuestos más bajos y sencillos.


SOMOS EL ÚNICO PAÍS DE LA UE QUE APLICA AL UNÍSONO IMPUESTOS SOBRE PATRIMONIO Y SUCESIONES Y DONACIONES

El dilema fiscal

El objetivo de alcanzar el crecimiento económico y favorecer el florecimiento empresarial debe estar en la base de cualquier sistema fiscal moderno que se precie. Sin embargo, la tentación de subir impuestos para compensar una caída de recaudación, como la recientemente producida a causa del COVID-19, supone una disyuntiva de cara a mantener el estado de bienestar.

Por consiguiente, impuestos y crecimiento son dos teclas de un mismo piano económico que debe estar perfectamente afinado para resolver el sudoku entre competitividad y presión fiscal, dado que beneficiar a uno sobre otro en una partitura, léase política fiscal, puede poner en la picota los necesarios incentivos que requiere la inversión empresarial.

Al igual que un exultante candidato presidencial George H. W. Bush arengaba en 1988 a las masas en la Convención Nacional Republicana con la célebre frase: “read my lips, no new taxes”, en alusión a su negativa a incrementar la carga fiscal, lo que finalmente le daría el triunfo electoral, parece que no hay margen para subir los impuestos en España.

Esa es, al menos, la recomendación del Instituto de Estudios Económicos al indicar, con los datos en la mano de la Tax Foundation, que el análisis internacional de nuestro andamiaje impositivo en relación con la fiscalidad aplicada a la propiedad, el ahorro, el patrimonio y las herencias supone una rémora para nuestra prosperidad socioeconómica.

Desde Estonia con razón

Esta república báltica, famosa además por su apuesta por el acceso de la población a la tecnológica, también cuenta en su haber con el hecho de tener el sistema de tasas a la propiedad más eficiente de la OCDE, al ser el país que menos grava la vivienda. De hecho, en Estonia sólo se aplica gravamen al valor de la tierra en el impuesto sobre bienes inmuebles, al excluir de la base impositiva, práctica común junto con países como Nueva Zelanda y Australia, el valor de edificios o estructuras.

Subir o bajar, he ahí el dilema

Las tesis esgrimidas desde el Ministerio de Hacienda para defender en nuestro país la existencia de margen para subir los impuestos se basan en la diferencia de presión fiscal con respecto a nuestros socios europeos. Según el informe de la Tax Foundation la clave está en el desigual tamaño de la economía sumergida, que supone en España un 22% del PIB frente a una media europea del 13%. Es decir, en nuestro país se recauda un total del 35,45% del equivalente al PIB en impuestos, con un máximo histórico de 223.382 millones de euros alcanzado en 2021, un 15% más que en 2020, pero este porcentaje sólo lo sufraga el 78% de la actividad regulada.

Nueva valoración de los inmuebles

El pasado 1 de enero entró en vigor, tras la publicación en julio en el BOE, la normativa que regula la nueva valoración de los inmuebles, basada en el valor de referencia del Catastro.

Tanto en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la norma modifica su base imponible, sustituyendo el valor real por valor de referencia, concepto que se equipara al valor de mercado. Esta misma regla se añade en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles cuyo valor haya sido determinado por la Administración en un procedimiento.

La nueva regulación establece que quienes adquieran un inmueble, tendrán que declarar la operación por el valor de referencia de Catastro, cuando este sea superior al valor escriturado. En caso de disconformidad les corresponderá a ellos la carga de la prueba.

Ojo al dato

Índice de Competitividad Fiscal 2021. Tax Foundation en colaboración con el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

Índice Autonómico de Competitividad Fiscal 2021. Cristina Enache. Fundación para el Avance de la Libertad. Tax Foundation.

Hace falta un plan (de pensiones), por David Cano

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DAVID CANO MARTÍNEZ,

socio de Analistas Financieros Internacionales

 

Sigo pensando que el actual sistema de pensiones en España es insostenible, por mucho que se puedan valorar de forma positiva otras medidas anunciadas

Supongamos que finales de un año (“año 0”) el precio de la cesta de la compra es 100 unidades monetarias. Transcurridos doce meses, el coste se mantiene, por lo que podemos decir que la inflación del año 1 ha sido del 0%. Siguen pasando las hojas del calendario y tras once meses asistimos a un aumento del precio de esa cesta que se sitúa, en diciembre del año 2, en 110 um. El IPC de diciembre del año 2 será de 110 y la inflación, esto es, la variación interanual de ese índice de precios, es del 10%. “La inflación se sitúa en el 10%” será el titular, tan cierto como incorrecto al mismo tiempo. Paso a explicarme. La inflación interanual en diciembre del año 2 es del 10%, cierto, pero no la del conjunto del año, ya que durante 11 meses ha sido del 0%. Lo correcto es decir que la inflación del año 2 ha sido del 0,83%, que es un promedio de las tasas de variación interanual registradas durante todos los meses del año. En el año 2 la vida no se ha encarecido un 10%, sino que lo ha hecho en un 0,83%. Se debe distinguir entre inflación interanual en diciembre (10%) e inflación anual (0,83%). Si queremos revisar una renta a final de año para ajustarla al aumento del coste de la vida, es un error incrementarla el 10%; lo correcto es 0,83%. Sigamos y supongamos que el IPC se mantiene en 110. ¿Dónde se situará la inflación interanual en diciembre del año 3? En el 0%. Pero, ¿cuánto ha sido el aumento del coste de la vida en el año 3 respecto al del año 2? Un 9,17%. Sería injusto no aumentar el cobro o pago en ese importe al final del año, ya que es en ese ejercicio cuando realmente ha subido el precio de la cesta. Alguien podrá decir que es solo una cuestión temporal: que da igual revisarlo antes o después, pero que finalmente hay que hacerlo. Y no digo que no, pero hagamos las cosas bien. Seamos rigurosos con la estadística.

 

Este arranque tan técnico para defender una de las medidas anunciadas por el Ministro Escrivá: modificar el mecanismo mediante el cual ser revisará el importe de las pensiones: desde la variación interanual (error) a la variación anual (correcto) del IPC. Pero que defienda esta mejora estadística no impide que siga estando en contra de la indexación de las pensiones a la inflación. Ya tuve ocasión de exponer mis argumentos en esta misma publicación hace algo más de 4 años (por lo que no insistiré en ello. QR pie de página). Y tampoco en que sigo pensando que el actual sistema de pensiones en España es insostenible, por mucho que se puedan valorar de forma positiva otras dos medidas anunciadas. La primera, el aumento de las cotizaciones (más debatible puede ser el momento en el que se aplica, con una economía recuperándose de las crisis COVID). Ahora bien, es obvio que, si no se toman medidas también desde el lado de los gastos, no se resuelve el problema. En este sentido, reiterar que es necesario acompasar el aumento de la esperanza de vida con un incremento de la edad de jubilación. Solo así se puede hacer sostenible el sistema (sobre todo ante la presión que va a ejercer el retiro de los baby boombers). Eso, o, insisto, actuar desde el lado de los gastos (es conveniente recordar que, en media, un pensionista cobra en 10 años todo lo que ha aportado a lo largo de su vida laboral, mientras que la esperanza de vida una vez jubilado es de 20 años). Sé que aumentar las cotizaciones, reducir la pensión o retrasar la jubilación son medidas impopulares, pero es uno de los defectos que tenemos los economistas o, mejor dicho, las matemáticas.

 

Valoro de forma más positiva la segunda medida anunciada: la creación del Fondo de Pensiones de Empleo de Promoción Pública (FPEPP) y de los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES). Se refuerza de esta forma el segundo pilar de la previsión social. Como es sabido, el primero es el sistema público de pensiones que, como hemos insistido, es insostenible en la actual configuración. El tercer pilar está conformado por los productos de previsión que por iniciativa propia contratan los individuos con su entidad financiera o compañía de seguros. Está basado en un sistema de capitalización y, por lo tanto, su eficacia para financiar la vida después de jubilado dependerá de lo aportado y de la rentabilidad conseguida (este es otro asunto del que ojalá tenga oportunidad de escribir aquí). El segundo pilar está forma por los sistemas de pensiones promovidos por las empresas y, como sucede con el tercer pilar, es de capitalización. Las aportaciones a estos planes pueden ser en exclusiva por parte del empleador (promotor) o pueden estar acompañadas por las de los partícipes (empleados). Es una solución a la sostenibilidad de las pensiones, pero la realidad es que su desarrollo en España está siendo muy pobre: el patrimonio está estancado en 35.000 millones de EUR desde hace una década. Un mísero 3% del PIB que contrasta con tasas del 10%, 15% o 20% de otros países. Si tenemos en cuenta que el tercer pilar tampoco es que sea muy robusto (85.000 millones de EUR), es obvio que se debe valorar positivamente el anuncio del Ministerio de Seguridad Social. Es un primer paso. El siguiente es materializarlo. Si sirve para avivar el debate de las pensiones y conseguir un aumento de las aportaciones a los fondos de pensiones, bienvenido sea. Sobre todo, a los empresariales, ya que el ahora peor tratamiento fiscal de los individuales respecto al año anterior (se reduce a 2.000 EUR la aportación máxima, desde 8.000 EUR) es un flaco favor a la sostenibilidad del sistema.

El dorado retiro

EL
DORADO
RETIRO

Las pensiones se revalorizarán por el IPC anual

ENTRE MAGNITUDES

Fernando Geijo

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La jubilación es un anhelo que anida en la mente de todo trabajador. Un lugar común en el que generaciones de españoles fantasean imaginando su merecido asueto. El dorado retiro para, por fin, ser dueños de tu propio tiempo. Sin embargo, la sostenibilidad del sistema que sustenta este derecho, recogido en el artículo 50 de la Constitución, no está del todo asegurada.

No en vano, desde la puesta en marcha del ‘Pacto de Toledo’, una suerte de sanedrín que a modo de comisión parlamentaria analiza y lanza propuestas de mejora desde 1995, los diferentes partidos políticos han tratado de taponar la hemorragia constante que pone en evidencia la proporción entre cotizantes y pensionistas. Una ratio que no para de descender fruto de la combinación del incremento de la longevidad y de la caída de la natalidad, lo que amenaza, por mor del denominado ‘invierno demográfico’, con hacer saltar por los aires su futuro sostenimiento. Ante este panorama, el Gobierno ha aprobado una nueva reforma de las pensiones, pendiente de tramitación parlamentaria, que supone un desarrollo de las anteriores y que, bajo la atenta mirada de Bruselas, pretende aportar soluciones a largo plazo para tratar de reforzar uno de los pilares fundamentales de nuestro modelo de protección social.

Así lo entendieron en su día los diferentes partidos políticos al abandonar la recurrente procrastinación de un asunto, el del mantenimiento del sistema de pensiones, que no admitía más dilación. Fruto de lo anterior se pusieron manos a la obra y aprobaron sendas reformas allá por 2011 y 2013, dirigidas por los Gobiernos encabezados por José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) y Mariano Rajoy (PP), respectivamente.

A tenor de aquellas decisiones se aprobó, entre otras cuestiones, extender el período de cómputo para calcular una pensión contributiva, fijado hasta 2011 en los últimos 15 años cotizados, para incrementarla de forma gradual hasta los 25 años en 2022.

Otra vuelta de tuerca

A finales del pasado verano el Gobierno de coalición aprobó en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Un texto que deja claro en su enunciado sus objetivos y que sienta las bases para acometer cambios en el andamiaje del ecosistema que regula la jubilación que, junto con la aún pendiente reforma laboral, conforman el armazón del edifico que transformará las reglas del juego en que se asentarán las relaciones del entramado económico y del modelo de protección y bienestar social en nuestro país en las próximas décadas.

 


EL GOBIERNO HA APROBADO UNA NUEVA REFORMA DE LAS PENSIONES, PENDIENTE DE TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA

 

Un sinuoso sendero en el que se antoja fundamental apostar por el diálogo entre las partes, de cara a culminar su entrada en vigor en 2022. No en vano, la Unión Europea ‘vigilará’ que los cambios comprometidos se acometen a tiempo, antes de proceder a liberar nuevos fondos para estimular la recuperación económica, y que, además, cuenten con el consenso de los agentes sociales. Es decir, la triada integrada por Gobierno, sindicatos y asociaciones empresariales. Y todo ello antes del próximo 31 de diciembre. El reto es importante, dado que la CEOE se ha descolgado a última hora de dar el sí quiero a la reforma de las pensiones, tras su desacuerdo con el Factor de Equidad Intergeneracional, que sustituye al nonato de sostenibilidad. Asimismo, también alberga serias dudas para apoyar la reforma laboral, otra piedra angular del puzle de transformaciones, junto a la fiscal, por las que clama Bruselas.

 


CADA AÑO TRABAJADO DE MÁS TENDRÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 4%

 

Novedades normativas

La principal implicación de los cambios que se van a aplicar a la regulación de las pensiones, que recupera además el IPC anual como índice de revalorización, supone el alargamiento del cómputo de años a la hora de calcular la cuantía de una pensión contributiva. Así, se llegará en 2022 a la valoración de las bases de cotización de los últimos 25 años. Sin embargo, se lleva tiempo barajando la idea de continuar con esta extensión hasta alcanzar, supuestamente, los 35 años en total, y cumplir con el compromiso exigido por Bruselas de seguir aumentando esta ratio. A día de hoy, no hay nada confirmado y las constantes filtraciones en prensa son desmentidas por fuentes oficiales, al menos hasta que el próximo año se pacte un nuevo calendario de cómputo que honre los compromisos adquiridos con la Comisión Europea.

Otra novedad es la ampliación de la edad legal de jubilación, que se ha fijado en los 66 años y dos meses, a partir del próximo 1 de enero, para quienes hayan cotizado menos de 37 años y medio. Mientras que para los que superen esa barrera se mantiene en los 65 años. En este sentido, la edad mínima para acceder al retiro ha subido progresivamente desde 2013 desde esos tradicionales 65 años hasta alcanzar los 67 años a partir de 2027, fecha en que podrán jubilarse con 65 años quienes hayan cotizado al menos 38 años y medio.

Por lo que respecta a la jubilación anticipada, también se endurece su acceso al pasar la edad mínima de retiro ordinario a los 64 años y dos meses, cuando antes de la reforma de 2011 se podía acceder a la misma al cumplir 61 años, siempre que se tuviesen 35 años cotizados.

En cualquier caso, todo ello lleva aparejado un sistema de penalizaciones en caso de incumplimientos. En concreto, por cada trimestre cotizado de menos respeto a la nueva edad oficial de jubilación se aplicará un recorte progresivo del 2% de la base reguladora, con menos de 38 años y medio cotizados, o del 1,625%, en caso de superar los 44 años y medio trabajados. Mientras que, a las clases pasivas, los jubilados de las administraciones públicas, se les aplicarán estos mismos parámetros.

Uno de los principales cambios será el alargamiento del cómputo de años a la hora de calcular la cuantía de una pensión contributiva

Asimismo, es posible adelantar hasta en cuatro años la edad de jubilación en caso de encontrarse en paro, haber sido afectado por una reestructuración laboral, por ERE o por otras causas como despidió objetivo o colectivo, entre otras, lo que conllevará penalizaciones de entre el 6% y el 7,5% por año adelantado. En líneas generales, está previsto que se eleven las penalizaciones por adelantar la jubilación con una horquilla que oscilará, en función de las circunstancias, entre un 2,81% y un 21% del cálculo de la pensión.

Por el contrario, se incentiva el retraso de la edad de jubilación al incrementar la prestación a obtener en un 4% por cada año completo de cotización, frente al supuesto anterior en que esta bonificación variaba entre el 2% y el 4%, según el historial de años cotizados.

 


OTRA NOVEDAD ES LA AMPLIACIÓN DE LA EDAD LEGAL DE JUBILACIÓN, QUE SE HA FIJADO EN LOS 66I AÑOS Y DOS MESES PARA QUIENES HAYAN COTIZADO MENOS DE 37 AÑOS

 

Ganadores y perdedores

La prolongación del período para calcular la pensión contributiva tiene consecuencias negativas para la mayoría de los empleados con carreras profesionales prolongadas y completas, dado que los primeros años de vida laboral suelen tener salarios más bajos. De hecho, la propia Seguridad Social calculó en su día que esto supondría una rebaja de entre el 4,5% y el 3,9%, mientras que si se llega a los 35 años de cómputo la reducción sería del 6,3%. Sin embargo, los últimos años también se puede sufrir un despido, por lo que la incorporación de factores amortiguadores, como la opción de elegir los años de cotización más beneficiosos para el trabajador o la posibilidad de rellenar las lagunas de cotización, puede, finalmente, suponer un efecto neutro.

Pero el período de años a incluir en el cálculo no es la única variante sobre la que actuar para cuadrar el sudoku de las pensiones, máxime si tenemos en cuenta la inminente llegada al retiro de una generación superpoblada como son los llamados ‘baby boomers’, nacidos entre 1950 y 1970 del siglo pasado.

El aumento de las bases máximas de cotización, el referente para calcular la pensión, es la otra variable añadida en la ecuación de un sistema de pensiones que demandaba a gritos una actualización para asegurar su sostenibilidad y, de paso, apuntalar su contributividad.

Nueva reforma de las pensiones

El proyecto de ley, a debate en el Senado, persigue:

  • La financiación de las pensiones se reforzará con una transferencia anual del Estado a la Seguridad Social, aún por determinar, que complementará los ingresos obtenidos por las cuotas de empresarios y trabajadores y servirá para manejar el déficit de la Seguridad Social, cifrado en el 1,8% del PIB.
  • La actual reforma elimina el factor de sostenibilidad, aprobado por la anterior y que iba a entrar en vigor en 2022, mediante el ajuste de la pensión a la esperanza de vida y lo sustituye por el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), previsto en el actual anteproyecto de ley, que se comenzaría a aplicar en 2027 y que todavía no dispone de consenso para su aprobación entre partidos políticos ni agentes sociales.
  • Entre los temas destacados que quedan por abordar quedarían el nuevo sistema de cotización de los autónomos, el período de cómputo de las pensiones y la concreción del aumento de las bases máximas de cotización.

Un vistazo a los vecinos

  • Portugal: Calculan la pensión en función de los ingresos durante la vida laboral y los años cotizados, al tiempo que cuentan con un mecanismo que traslada el aumento de la esperanza de vida tanto al cálculo de la misma como a la edad legal de jubilación.
  • Italia: Tienen en cuenta también la esperanza de vida, así como la mortalidad de la población para calcular la edad de jubilación, al tiempo que calculan el importe de la pensión por las aportaciones de toda la vida laboral actualizadas por la variación nominal quinquenal media del PIB.
  • Alemania: Disponen de un sistema flexible que actualiza la revalorización de las pensiones, así como el importe de las nuevas mediante un ajuste automático en función de los factores demográficos. En esta misma línea, el importe de la pensión tiene en cuenta, mediante un sistema de puntos, no sólo las aportaciones realizadas por el trabajador sino la media del conjunto de los ocupados.
  • Francia: No dispone de un mecanismo automático de ajuste, aunque sí de un sistema que se activa en función de la evolución de una serie de parámetros que afectan a la sostenibilidad del sistema de pensiones.

Ojo al dato

Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Acuerdo de la mesa de diálogo social en materia de Seguridad Social y pensiones 2021.

«Edison, Tesla y Europa», por Carmelo Encinas

ENTRE MAGNITUDES

Carmelo Encinas.

CARMELO ENCINAS,
periodista. Asesor editorial de 20 minutos

 

 Edison, Tesla y Europa

No hace tanto tiempo. Solo han pasado cuatro generaciones desde que nos alumbrábamos con velas y ahora no sabríamos vivir sin la electricidad. Cuando en el último tercio del siglo XIX Edison y Tesla trataban de dominar esta forma de energía, resultaba algo mágico o exotérico para la inmensa mayoría de la gente. La electricidad era una fuerza inquietante difícil de manejar y casi imposible de almacenar. Aún hoy en día, y a pesar del extraordinario avance experimentado por las baterías que impulsó el desarrollo de los móviles, el almacenamiento de electricidad sigue siendo el mayor de los retos tecnológicos en este campo.

No queda pues tan atrás aquella primera bombilla de bambú carbonatado que Thomas Edison logró que luciera durante 48 horas y su primer sistema de alumbrado de 48 focos en Menlo Park con el que consiguió convencer al mundo de que la electricidad podía alumbrar nuestras vidas. La de este científico de Ohio fue una historia de éxito que cambió el mundo, aunque no fuera del todo suya la gloria que logró acaparar. Su faceta de empresario le permitió liderar un grupo de científicos que quedaron en el anonimato y que le proporcionaron los descubrimientos necesarios para lograr sus inventos. Entre ellos estaba Nicola Tesla, uno de los visionarios más geniales y brillantes de aquella revolución tecnológica.

Lo cierto es que todos los honores se los llevó Edison, que siempre cuidó su fama y a la prensa mientras que el mundo se olvidaba de Tesla, una figura que en los últimos años se ha rescatado del olvido hasta divinizarlo. Además de reconocerle sus hallazgos científicos, entre ellos el de la radio, que Marconi se atribuyó habiendo usado 17 patentes de Tesla, ahora se le ha llegado a considerar como una mente con poderes intelectuales casi sobrenaturales. Ese alto grado de reconocimiento es el que condujo al empresario Elon Musk a ponerle su nombre a la empresa que apostó con más determinación por el desarrollo de baterías para revolucionar la movilidad con los coches eléctricos.

La electricidad, esa fuerza invisible que Edison y Tesla se empeñaron en domesticar hace ciento veinte años, sigue siendo la energía con más futuro y de la que ya no podemos ni sabríamos prescindir. Un sencillo repaso a nuestros hábitos personales y profesionales permite reconocer el alto grado de dependencia que tenemos de ese flujo energético, que nunca vemos pero que enciende nuestras bombillas, nuestros teléfonos u ordenadores y nuestros aparatos domésticos. Casi todo lo activa la electricidad, porque incluso los automóviles que funcionan con combustibles fósiles requieren de una batería eléctrica para arrancar. Tamaña subordinación explica el que resulte tan inquietante la desbocada escala en los precios de la energía que nada ni nadie parece capaz de frenar.

No seré yo quien pontifique sobre una materia tan compleja porque, si comprender el recibo de la luz ya requiere de un cursillo avanzado, el llegar a entender la poliédrica estructura de los factores que determinan el coste del kilovatio necesita de un máster completo que no he cursado. Sí alcanzo a entender que la actual cabalgada de costes guarda relación directa con la subida experimentada por el gas, (de 16 a 75 euros a la hora de enero y septiembre) provocada por el extraordinario tirón de la demanda tras la pandemia, y comprendo también que el necesario proceso de descarbonización hacia las energías renovables tiene un alto coste, sobre todo para los países que no disponemos de una energía propia que proporcione estabilidad al sistema. Ni el sol ni el viento suministran un flujo de electricidad estable y cuando falta hay que lograr el equilibro tirando de las centrales térmicas convencionales de carbón o gas y de las hidroeléctricas, aunque estas últimas también están sujetas a la disponibilidad de agua. Las centrales nucleares logran una producción estable pero no permiten una regulación de potencia en función de la demanda.

Es obvio que no disponemos ahora de genios como Edison o Tesla que resuelvan un problema tan medular para nuestras macro y micro economías, aunque, una vez más, la solución podría estar en Europa. La federalización en la compra de gas, que de momento no ha sido considerada, les proporcionaría a los países comunitarios una posición privilegiada de cara a los proveedores: Argelia, Noruega y, sobre todo, Rusia, cuya manipulación deliberada del mercado parece estar violando las normas de competencia de la UE.

No son pocos además los expertos que apuestan a futuro por una ultra red europea que optimice la nueva generación de renovables. Se trataría básicamente de que esa red pudiera aprovechar la energía solar generada por el día, de forma intermitente pero puntual y conocida, en las regiones más soleadas del sur de Europa, como Murcia o Almería, y combinarlas con la sobrante de las centrales eólicas del Mar del Norte producida por la noche. Esta fórmula, complementada con bombeos hidráulicos reversibles, especialmente viables en la orografía española para almacenar los excedentes de unas y otras, permitiría fabricar hidrógeno verde a precios muy competitivos.

Soluciones ha de haber para estos tiempos de transición y zozobra y cuanto hagamos en Europa por romper fronteras que permitan el intercambio energético, será política, social y económicamente positivo.

Edison y Tesla libraron la llamada guerra de las corrientes, una de las batallas más sonadas en el ámbito científico de la época, que enfrentó a los partidarios de las corrientes alterna y continua. Hoy la discusión de esos dos genios versaría sobre la mejor forma de obtener y distribuir energía limpia y barata para no asfixiar el planeta.

Invertir en investigación

EN PLENO DEBATE

Invertir en investigación

La llegada de Joe Biden aue Trump inició con China y continuó con la UE mediante la imposición de aranceles a productos europeos.

MARTA RUIZ-CASTILLO

Investigar en España sigue siendo un complicado reto para una comunidad científica que, en momentos de crisis, es la primera en quedar relegada a un segundo plano. La pandemia ha reabierto el debate sobre la urgente necesidad de invertir en investigación. La Unión Europea pide a los socios comunitarios que aumenten el gasto del Producto Interior Bruto en I+D+i hasta alcanzar el 3%, de forma que la investigación sea sostenible y asegure el porvenir de los 27.

España está lejos de alcanzar esa cifra, aunque parece haber un cambio de los legisladores respecto a la necesidad de dedicar más dinero del presupuesto general a investigación. “Existe un acuerdo entre todas las fuerzas políticas de la Unión Europea sobre el valor de la ciencia como fuente de bienestar para el porvenir, también en tiempos de crisis», admitió el ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Pedro Duque, durante la presentación del Pacto por la Ciencia y la Innovación en el Parlamento a primeros de marzo. Un documento suscrito por 72 organizaciones representativas de la ciencia, la universidad, la empresa y los trabajadores que incluye compromisos concretos respecto a los recursos materiales y humanos necesarios para impulsar de forma continuada y sostenible la inversión pública en I+D+i.

Los objetivos del pacto contemplan mejorar la financiación de la investigación de calidad; reforzar la inversión de las políticas públicas de transferencia de conocimiento e innovación empresarial; y mejorar la regulación en I+D y los incentivos para los investigadores que participen en actividades de emprendimiento.

En el ámbito de los recursos humanos, apuesta por consolidar la carrera científica en el sector público mediante la Ley de Ciencia, cuyo borrador ha sido criticado por la Confederación Española de Sociedades Científicas por considerar que «va en contra de la excelencia científica». En respuesta al ministro Duque, quien aseguró que la ley va a «luchar contra la precariedad en la ciencia», la confederación lamenta en un informe hecho público a mediados de abril que la propuesta «no sólo no mitigará la precariedad, sino que será imposible atraer y retener talento» y «dificultará aún más la estabilidad de los investigadores».

Más financiación. La comunidad científica hace años que pide a los legisladores más dinero para investigación, y la actual coyuntura sanitaria parece el momento adecuado para introducir reformas en el modelo productivo, dando prioridad al sector. Una amplia mayoría de ciudadanos cree también que se debería invertir más en ciencia y tecnología en todos los niveles de la administración pública y las empresas privadas, según los resultados de la 10ª Encuesta de Percepción Social de la Ciencia realizada en 2020 por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, publicados el 2 de junio. El 85% de la los encuestados cree que el Gobierno central debe liderar la inversión con planes concretos. El 80% cree que los gobiernos autonómicos tienen que dedicar más dinero al campo de la investigación, y el 71% cree que deberían hacerlo las administraciones locales y las empresas privadas.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la UE, aprobado por los 27 para superar la crisis económica derivada de la crisis sanitaria causada por la pandemia, va a permitir a España contar con un «presupuesto récord» para ciencia, tecnología e innovación en 2021 que supone un 60% más que en 2020. En él se establece la necesidad de reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para mejorar la eficacia, coordinación y gobernanza del mismo; potenciar la carrera científica; favorecer la transferencia de conocimiento al mercado y a la sociedad; reforzar la colaboración y la coordinación entre el ámbito público y privado; y aumentar la inversión en I+D+i en sectores estratégicos.

Para ello, se parte de una situación en la que el gasto en investigación y desarrollo en España fue de 15.572 millones de euros en 2019, un aumento del 4,2% respecto al año anterior. Dicho gasto representó el 1,25% del PIB, frente al 1,24% de 2018, según los últimos datos del INE. Pese a ese incremento, España es uno de los países de la UE que menos invierte en investigación y para que se sitúe a la altura de los que más gastan, el Gobierno propone un incremento continuado de la financiación pública hasta alcanzar el 3% en 2030.

Horizonte Europa. La UE ha aprobado un nuevo programa marco para el período 2021-2027, un «instrumento fundamental para llevar a cabo las políticas de I+D+i» de los 27 y alcanzar un impacto científico, tecnológico, económico y social de las inversiones de la UE en I+I. Con un presupuesto de 95.517 millones de euros, «contará con el mayor presupuesto hasta la fecha y generará importantes beneficios económicos, sociales y científicos». Se estima que creará hasta 320.000 nuevos puestos de trabajo altamente cualificados para el año 2040 y consolidará el liderazgo de Europa en I+I. «El programa está diseñado con una mentalidad de inversión y contará con una planificación que ayudará a la UE a realizar la transición hacia un futuro próspero y sostenible», aseguran las autoridades europeas.

Financiará proyectos de investigación en la frontera del conocimiento diseñados y dirigidos por investigadores; apoyará el desarrollo profesional y la formación del personal investigador con actividades de movilidad internacionales; invertirá en mejorar y optimizar el acceso transnacional a las infraestructuras de investigación de nivel mundial. Financiará la investigación, reforzará las capacidades tecnológicas industriales y establecerá misiones con objetivos ambiciosos orientados hacia los grandes desafíos globales: salud, cambio climático, energías renovables, movilidad, seguridad, digital, materiales, etc. Apoyará la creación de asociaciones europeas entre los 27 y la industria para trabajar conjuntamente en I+I, y el Centro Común de Investigación asistirá a la UE y a los gobiernos nacionales en su toma de decisiones, aportándoles evidencias científicas y soporte técnico.

El programa busca hacer de Europa «una potencia pionera en la innovación de creación de mercado y en el crecimiento de pymes innovadoras», fomentando la integración de la investigación, la educación superior y el emprendimiento mediante las comunidades de conocimiento e innovación. «Se trata de ayudar a los países miembros en sus esfuerzos por desarrollar su potencial nacional de investigación e innovación», y especialmente, a aquellos Estados que, como España, tienen un menor rendimiento en I+I.

Todos a una contra la
Covid-19
La pandemia ha demostrado lo necesaria que es la investigación para hacer frente a una crisis sanitaria mundial como la actual y obtener una respuesta rápida y eficaz, como ha ocurrido con la elaboración de vacunas contra el coronavirus en un tiempo récord. Los acuerdos entre compañías desarrolladoras de vacunas contra el coronavirus y las que tienen capacidad de participar en la producción y una mejor distribución de las dosis disponibles entre los países con menos recursos, están siendo claves para que la vacunación logre en el menor tiempo posible la inmunidad de grupo en todo el mundo, según datos que manejan organizaciones internacionales que están trabajando sobre el terreno. “Este tipo de colaboración ha sido fundamental para ampliar la fabricación de vacunas. En tiempos anteriores a la Covid-19, la capacidad total para producir todo tipo de vacunas era de 5.000 millones de dosis para todas las vacunas. Ahora, sólo para las vacunas contra el coronavirus, los fabricantes han aumentado la nueva capacidad de cero a 10.000 millones de dosis. En cuestión de meses, no de años, buscamos multiplicar la capacidad mundial de vacunas”, explicaba recientemente Thomas Cueni, director general de la Federación Internacional de la Industria Farmacéutica. Las vacunas contra el coronavirus, además de su complejidad, en algunos casos son vacunas con tecnologías completamente nuevas y condiciones de producción y conservación muy especiales, no experimentadas antes a nivel industrial. «Es, por tanto, un desafío poder producir a gran escala estas vacunas», apunta el director general de Farmaindustria, Humberto Arnés, en la página web de la entidad. «Este modelo ha permitido el hito de que en menos de diez meses hayamos dispuesto de vacunas contra la Covid-19, un coronavirus que sólo hace un año no se conocía. Todo el trabajo investigador de décadas auspiciado por este modelo y la experiencia y liderazgo de la industria farmacéutica, junto a la colaboración en ámbito global, han facilitado este logro sin precedentes. La propiedad industrial es la gran impulsora del progreso terapéutico», añade.

España es uno de los países de la UE que menos invierte en investigación

OTROS ENFOQUES

El País/Le Figaro: El reportaje de Horia Mustafa Douuine pone de manifiesto cómo la inversión de los países de la UE en investigación sigue siendo una cuestión pendiente. Solo 14 miembros de la UE invierten más del 2% en I+D.

Elconfidencial.com: Pedro Luis Sánchez, director de estudios de Farmaindustria, escribe sobre la importancia que tienen las patentes en la investigación, en el marco de la polémica suscitada en torno a las mismas con la llegada de las vacunas contra la Covid-19.

El Correo: el reportaje aborda la situación precaria de los investigadores en España y su reconocimiento en otros países.

Bloglenovo de Innovación y Ciencia: Marcos Martínez presenta Así es el Ranking mundial de los países según el PIB que dedican a ciencia, con los países más avanzados y los que se están quedando atrás en función de lo que invierte en investigación, desarrollo e innovación.

Lo que leerá aquí no saldrá en televisión (se lo dice un conspiranoico)

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Lo que leerá aquí no saldrá en televisión (se lo dice un conspiranoico)

SI YA HA EMPEZADO a leer es que ha caído en la trampa. En este caso, es la del “principio de escasez”. Una de tantas que lanzan los conspiranoicos a través de las redes sociales para captar su atención y tratar de influirle. Hay muchas más. Se las contaremos para que no le pille desprevenido. Sobre todo ahora en tiempos de pandemia, el terreno más fértil para manipular a las personas.

GABRIEL CRUZ

@Gabrielcruztv
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Charlar con el psicólogo Ramón Nogueras es lo menos parecido a hacerlo con un sesudo investigador que se pierde en discursos enrevesados. Habla directo y con él no hay confusión en el mensaje. Si no me creen, aquí tienen el título de su último libro: Por qué creemos en mierdas. (Cómo nos engañamos a nosotros mismos) (Ed. Kailas). Viene desde Barcelona a Madrid para dar una charla divulgativa. Momento en el que nos atiende en una cafetería de la capital para explicarnos cómo es posible que creamos en… eso mismo.

Todo empieza porque los humanos tenemos una gran capacidad para ver patrones. Es lo que nos ha hecho evolucionar. Por ejemplo, nuestros antepasados descubrieron que tirar una semilla al suelo iba unido a que después creciese una planta que comería, y así nació la agricultura. Pero, como señala Nogueras, “esa gran capacidad para relacionar a veces no la frenamos y unimos cosas que no lo están. Por ejemplo, una vez que había sequía sacaron un santo en procesión y llovió. Con lo que entendieron que sacar a un santo traería lluvia”. El problema es que una vez convencidos de que la relación existe tenemos una tendencia muy fuerte a proteger esa creencia. “Reconocer que esa regla es falsa es muy aversivo para nosotros, nos hace sentir que podemos haber estado equivocados en muchos temas”. A nadie le gusta sentirse así. La mayoría lo asume, pero una pequeña parte no y ahí se convierte en un conspiranoico.

Es el caso del movimiento antivacunas, que surgió en 1998 cuando el científico Andrew Wakefield sugirió en la revista científica The Lancet que podría haber una relación entre vacunación y autismo. Estudios posteriores lo descartaron; incluso dos coautores del artículo se retractaron. Daba igual; la gente que lo creyó ya no dejó de hacerlo. Como ven, los conspiranoicos son inflexibles mientras la ciencia es flexible. Va cambiando conforme se saben más cosas. De hecho, cuanto más tiempo creen en una teoría sin respaldo científico, más inflexibles son porque más daño les hace reconocer su equivocación pues todo ese tiempo que han invertido no ha servido para nada. A esto le suman otros mecanismos de refuerzo, por ejemplo, el sesgo de confirmación. “Es la tendencia que tenemos de prestar una atención exagerada a cualquier información que confirme nuestra creencia y desechar la que la contradice. Incluso ésta se verá como refuerzo. Por ejemplo, en los antivacunas, acusar a los que difieren de ellos de que están a sueldo de las farmacéuticas”, apunta Nogueras.

Pero hay más mecanismos para fortalecer nuestra falsa creencia. Por ejemplo, “el principio de escasez” con el que intenté atraparle en esta lectura (“Lo que leerá aquí no saldrá en televisión”). “Si es una información que no sabe mucha gente, seguramente es muy valiosa y por tanto tiene que ser cierta”, señala Nogueras. Traducido al movimiento antivacunas sería algo así como “este estudio demuestra que tenemos razón y no lo verás en la tele, porque lo quieren silenciar”. Otro puntal es el “principio de autoridad”. Como señala el psicólogo: “tengo más posibilidades de acertar con la verdad si hago caso a esta persona. Lo que sucede es que algunos eligen como autoridad en el coronavirus a cantantes como Miguel Bosé”. El caso es que la creencia en bulos afecta a personas con gran nivel intelectual. De hecho, algún premio Nobel ha caído en ellos. Kary Mullis, lo ganó en 1993 por su trabajo sobre la reacción en cadena de la polimerasa (la PCR). La misma que permite descubrir si en su cuerpo tiene el SARS-CoV-2. Pues bien, el bioquímico, fallecido en 2019, discutía el cambio climático, defendía la astrología y el consumo de LSD.

El acelerador de las redes sociales. Las teorías conspiranoicas han existido toda la vida. El problema, ahora, es su rápida propagación, mayor que la de una noticia verdadera. Así lo contrastó una investigación en Twitter del Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT) de 2018. Concretamente, las noticias falsas llegan un 70% más lejos y más rápido que las ciertas porque las falsas parecen más novedosas y la gente es más propensa a compartir información nueva. Además, triunfan porque apelan a sentimientos primarios como el temor, la indignación y la sorpresa.

 

El problema ahora es grave. Si alguien antes creía en los ovnis no perjudicaba a nadie, pero si no cree que la pandemia existe u opina que es malo vacunarse, nos afecta a todos porque propaga la enfermedad. Como nos señala el neurovirólogo Juan Antonio López: “la Organización Mundial de la Salud declaró a los antivacunas como uno de los 10 factores más peligrosos para la salud. Su efecto es tal que resulta inconcebible que por ellos en California haya menos vacunados de sarampión que en Sudán del Sur”.

Y en Twitter, ¿qué opinan?

Las redes sociales son el mejor medio para extender bulos que afectan a nuestra salud. Sin embargo, en ese territorio existen algunas referencias para frenarlas como @lagamez (Luis Alfonso Gámez periodista y creador de la web magonia) @cescept (Promoción del pensamiento racional y crítico) @apetp (Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas). @escepticos (Sociedad para el Avance del Pensamiento Crítico). @maldita_ciencia (divulgación científica).

Cuanto más tiempo creen en una teoría sin respaldo científico, más inflexibles son porque más daño les hace reconocer su equivocación