Notarías en el mundo rural: Un balón de seguridad jurídica, desarrollo y apoyo social, por Carmen Boulet Alonso

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

FUNDACIÓN NOTARIADO

CARMEN BOULET ALONSO,

notaria y miembro de la Comisión Notariado, Mujer y Sociedad, de la Fundación Notariado.

En un momento en que el medio rural recupera protagonismo en la agenda social y política, el notario reafirma su rol como colaborador activo en el progreso de estas tierras y de su gente"

Notarías en el mundo rural: Un balón de seguridad jurídica, desarrollo y apoyo social

En España tenemos más de 660 notarías en pueblos de menos de 15.000 habitantes. De estas, más de la mitad, 366, tiene al frente una notaria.

 Estas notarías tienen, además de las características comunes a todas las notarías, algunas que las diferencian. Mucha gente puede pensar que somos solo una oficina donde se firman documentos, pero somos mucho más que eso; somos un espacio de confianza, cercanía y asesoramiento que contribuye de forma decisiva al bienestar personal, familiar y empresarial de las personas, de las familias, de las empresas, de la comunidad… Lejos de la imagen fría que a veces se asocia a la función notarial, la labor del notario, especialmente en el mundo rural, tiene un componente social profundo y dinámico, adaptado a las necesidades particulares de su entorno.

Integrad@s en la comunidad

Los pueblos pequeños tienen características que los diferencian claramente de los entornos urbanos: relaciones personales más frecuentes y estrechas, economías basadas en la agricultura, ganadería y pequeñas empresas, y, en muchos casos, una población envejecida. Los notarios no solo conocemos la Ley, también comprendemos las realidades locales: la importancia de una finca familiar, las particularidades de las explotaciones agrarias, la transmisión de negocios, o los retos de fijar población y dinamizar la economía local.

Nuestra presencia fortalece la seguridad jurídica preventiva, aspecto fundamental para evitar conflictos y litigios futuros mediante la adecuada planificación y formalización de actos y contratos. En entornos donde los recursos jurídicos y judiciales quizá son más limitados, la prevención se convierte, aun mas, en un instrumento de paz social y de reducción de incertidumbres.

Son varios los ámbitos en que desarrollamos nuestra actuación. Podemos destacar los siguientes:

Con las personas y familias

Todos los notarios asistimos a las personas en los momentos más relevantes de su vida. En el mundo rural, estos servicios adquieren una dimensión humana singular. Desde la actuación con mayores, personas con discapacidad o en situaciones de soledad no deseada, el notario proporciona información clara y adaptada. También orienta sobre mecanismos como tutelas, curatelas o poderes preventivos, especialmente relevantes en poblaciones con una alta proporción de mayores.

 Testamentos y planificación sucesoria. En un entorno donde el patrimonio familiar está a menudo ligado a tierras y bienes productivos, planificar adecuadamente la sucesión es clave para evitar conflictos entre herederos. El notario asesora sobre testamentos, pactos sucesorios, instituciones de heredero y legítimas, siempre buscando equilibrar la voluntad del testador y la protección de los derechos de los beneficiarios.

 Protocolización de acuerdos familiares. Las familias rurales, al igual que cualquier familia, pueden enfrentarse a situaciones complejas: separación de bienes, renuncias a herencias, donaciones entre parientes o acuerdos sobre el uso de bienes comunes. Formalizar estos acuerdos ante notario garantiza claridad y fuerza jurídica, reduciendo la posibilidad de malentendidos en el futuro.

Con el tejido empresarial rural

El mundo rural se caracteriza por un tejido productivo fundamentalmente compuesto por autónomos, cooperativas, pymes agrarias, pequeños negocios locales y proyectos emprendedores. El notario ofrece asesoramiento y formalización en todos estos ámbitos:

Constitución y transformación de empresas. La creación de cooperativas agrarias, sociedades limitadas o comunidades de bienes pasa por decisiones cruciales: estatutos, aportaciones, distribución de beneficios, representación legal, etc. El notario no solo da fe pública de los acuerdos, sino que orienta para que la sociedad se configure de forma adecuada y adaptada a cada necesidad y a cada persona desde el inicio.

Contratos y actos mercantiles varios. En la actividad rural hay múltiples contratos que requieren seguridad jurídica: arrendamientos de tierras, compraventa de maquinarias, contratos de suministro, franquicias o acuerdos de colaboración. La formalización ante notario dota a estas transacciones de claridad, trazabilidad y protección frente a conflictos.

Garantías y financiación. Cuando una explotación necesita financiación, los notarios intervenimos en la formalización de garantías reales como hipotecas o prendas sin desplazamiento de la posesión, así como en las pólizas de contratos bancarios varios. Además, podemos informar sobre las implicaciones de cada tipo y sus efectos sobre el patrimonio del productor o empresario.

Ayuda a la mujer en el mundo rural

Uno de los aspectos más sensibles y socialmente relevantes de la actividad notarial en el medio rural es el apoyo a la mujer, especialmente en contextos donde la igualdad de oportunidades aún enfrenta barreras estructurales.

Especialmente en la ayuda a la mujer rural, los notarios desempeñamos un papel de guía y apoyo, promoviendo la igualdad de oportunidades, la titularidad de derechos y la participación plena en la vida económica y social de su comunidad.

Puedo señalar algunos de las funciones más importantes que podemos desempeñar como son:

Asesoramiento jurídico y empoderamiento. Muchas mujeres rurales desempeñan un papel clave en sus explotaciones y familias, aunque no siempre figuren como titulares oficiales. Podemos asesorar sobre cómo formalizar derechos sobre tierras, negocios o viviendas, asegurando que las mujeres accedan a los mismos derechos patrimoniales que sus parejas o familiares varones.

 Protección frente a la violencia de género. En situaciones de maltrato, el notario ofrece información sobre medidas legales de protección, mecanismos de separación de bienes o administración de recursos de forma segura y planificada. También puede dirigir a la interesada a los recursos públicos existentes, garantizando un enfoque integral.

Fomento del emprendimiento femenino. Cada vez son más las mujeres rurales que emprenden proyectos empresariales propios, desde turismo rural hasta productos artesanales o iniciativas agroecológicas. El notario actúa como interlocutor jurídico que facilita la constitución de proyectos, la elección de la forma societaria adecuada, la redacción de estatutos y la formalización de acuerdos entre socias.

En un momento en que el medio rural recupera protagonismo en la agenda social y política, el notario reafirma su rol como colaborador activo en el progreso de estas tierras y de su gente.

Nuestra presencia en el medio rural no es un lujo burocrático, sino un pilar esencial del desarrollo sostenible, la justicia preventiva y la cohesión social. Aporta seguridad jurídica, asesoramiento integral y proximidad humana, adaptándose a las necesidades personales, familiares y empresariales de quienes viven y trabajan en el entorno rural.

“Retos de la empresa familiar para garantizar su continuidad”, por Juan Francisco Corona

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ENTRE MAGNITUDES

JUAN FRANCISCO CORONA ,

Catedrático de Economía Aplicada. Rector Honorario de la Universidad CEU Abat Oliba. Exdirector general del Instituto de la Empresa Familiar (IEF)

Sin empresas familiares que se transmitan a través de las generaciones no es posible garantizar el crecimiento de la economía a largo plazo"

Retos de la empresa familiar para garantizar su continuidad

Una empresa familiar se enfrenta a dos tipos de retos para garantizar su continuidad: los propios de cualquier empresa que opere en el mercado y los específicos de su carácter familiar, aunque todo ello aparece oportunamente compensado porque en caso de una buena gestión la empresa familiar no sólo se beneficia de la misma sino también de los factores positivos adicionales que le reporta su carácter de familiar.

En este sentido, puede desaparecer por los mismos motivos que cualquier otra empresa: tamaño insuficiente, tecnología inadecuada, planificación errónea, carencias de capital financiero, falta de adaptación en el mercado, y en general, cualquier otra deficiencia de gestión.

Política económica

Sin embargo, y desde el punto de vista de la supervivencia, la experiencia disponible demuestra que la desaparición de empresas familiares suele estar relacionada más directamente con una serie de factores diferentes a los que acabamos de exponer: los que se derivan directamente de su carácter familiar y los que son consecuencia directa de la política económica.

En el ámbito de las empresas familiares, podemos referirnos a problemas de tipo financiero como, por ejemplo, la incapacidad de incorporar capital para crecer, internacionalizarse o mejorar tecnológicamente sin diluir la participación de la familia en la propiedad, o la incapacidad para congeniar adecuadamente la necesidad de liquidez de la familia y la necesidad de capitalización de la empresa.

En una línea muy parecida podríamos considerar las dificultades para atraer, motivar y retener a ejecutivos profesionales no familiares, que permitan introducir las mejoras necesarias en orden a modernizar la empresa y adaptarla a unos mercados cuya velocidad de cambio cada vez es más explosiva.

Problemas familiares

Pero por encima de todo se encuentran los problemas estrictamente familiares, entre los que destacan la resistencia por parte de las generaciones en el poder para renunciar en el momento oportuno, las rivalidades entre miembros de la generación al mando que dificultan la consecución de acuerdos sobre la elección del sucesor o sucesores, o la incapacidad de distinguir adecuadamente entre los distintos roles de familiar, propietario y gestor de la empresa que en muchas ocasiones desempeñan varias personas pertenecientes a la familia.

En la práctica el problema número uno consiste en garantizar la continuidad de la empresa familiar a través de un proceso eficiente de sucesión generacional. Obviamente, cada empresa y cada familia son un mundo aparte, y por lo tanto no se puede generalizar, pero la experiencia demuestra que existen unas prácticas recomendadas que resultan extremadamente útiles para proteger el futuro de la empresa: la decisión de aceptar el relevo generacional en el momento oportuno, y la planificación estratégica con mucha antelación del proceso en sí. En este sentido, la existencia de períodos de bastón de mando compartido en los cuales la vieja y la nueva generación gobiernan conjuntamente, junto con la protocolización de órganos de gobierno y accionistas junto con el rol de la familia en la empresa, son instrumentos que adecuadamente canalizados ayudan enormemente a incrementar la trayectoria vital de las empresas familiares.

Obstáculos

Desde el punto de vista de la política económica, una observación detallada de la demografía empresarial nos permite apreciar que las cifras muy significativas de creación de empresas conviven con una elevada tasa de mortalidad de las mismas. Esta última se concentra en las empresas de más reciente creación, lo que sugiere que más allá de las clásicas barreras de entrada, existen importantes obstáculos a la consolidación empresarial. Por dicho motivo, el riesgo de desaparición de una empresa disminuye en la medida en que aumenta su antigüedad, lo que aconseja que la política económica priorice aquellas medidas que contribuyan a superar el periodo crítico de los primeros años de existencia de la empresa.

Para ello es preciso formular políticas que impulsen el nacimiento y consolidación de empresas (reducir regulaciones, eliminar barreras fiscales, facilitar el acceso a la financiación, incentivar I+D+i, etc.). Pero al mismo tiempo hay que tener presente que las características propias de las empresas familiares suponen una ayuda muy importante para superar los años críticos de supervivencia, por lo que es necesario diseñar un marco económico y legal orientado a favorecer la cultura de la empresa familiar, a facilitar su creación y a ayudar a su supervivencia.

Ante la evidencia, sobradamente probada, de la existencia de una correlación positiva entre aumento del número de empresas y crecimiento económico, es evidente que el futuro de la economía española descansa, en buena medida, en manos de las empresas familiares.

Sin empresas familiares que nazcan, crezcan y se transmitan a través de las generaciones no es posible garantizar la estabilidad y crecimiento de la economía a largo plazo. Todas las medidas que se adopten para favorecer la creación, consolidación y continuidad de las empresas familiares, configurarán una política económica acertada y efectiva en pro de un incremento del bienestar social.

Retos o daños colaterales de la Ley 8/2021 , por Emilio Olabarría Muñoz

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ESPACIO ÆQUITAS

EMILIO OLABARRÍA MUÑOZ,

licenciado en Derecho, exdiputado y patrono de la Fundación Aequitas

Nos encontramos con una preocupante falta de coherencia entre los requerimientos de la Ley 8/2021 y numerosos sectores del derecho público"

Retos o daños colaterales de la Ley 8/2021

Como cuestión preliminar podemos comentar que la Ley 8/2021, de 2 de junio, tiene en relación al ordenamiento de la discapacidad una naturaleza semejante al Título Preliminar del Código Civil caracterizada por su aplicabilidad a la totalidad del ordenamiento jurídico.

La Ley 8/2021 no solo absorbe la ontología de la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, sino también lo relativo a la discapacidad de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966; las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad de 1993; el Convenio 159 de la OIT; el artículo 15 de la Carta Social Europea; la Directiva 2000/78 CE para la Igualdad de Trato al Empleo de la Discapacidad, etc.

Disfunciones

Nos encontramos, sin embargo, con una preocupante falta de coherencia entre los requerimientos de la Ley 8/2021 y numerosos sectores del derecho público, particularmente del derecho tributario, del derecho laboral y de la Seguridad Social.

La primera disfunción hace referencia al incumplimiento de la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea, sala primera, de 18 de enero de 2024, que prohíbe despedir a un trabajador con discapacidad sobrevenida sin intentar adaptar su puesto. El fallo se emite por entender el Tribunal de Justicia que se incumple el artículo 5 de la Directiva 2000/78 CE. La directiva y la sentencia obligarían, y no se ha hecho, a reformar el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social y otros.

La siguiente disfunción es la actual regulación de la Disposición adicional vigesimoquinta del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. De esta disposición adicional se deriva la ilegal obligación de vincular la acción protectora del sistema de pensiones a una curatela representativa para todos los actos de la vida del incapacitado. Es doble la disfunción derivada de este precepto: se obliga a optar por una figura, la curatela representativa, de carácter residual en la Ley 8/2021 que opta por la desjudicialización de las medidas de apoyo, y, además, exigiendo que dicha curatela sea para todos los actos de la vida (de facto se recupera la tutela) se está innovando peligrosamente, puesto que el auto que declare la curatela tiene que identificar qué actos concretos legitiman la actuación del curador.

Acceso al empleo público

En relación al acceso al empleo público de las personas con discapacidad y superado por la Convención de Nueva York el modelo histórico-médico del rehabilitador de las personas con discapacidad, se focaliza con particular atención al acceso al empleo público.

El acceso al empleo público de las personas con discapacidad está caracterizado por dificultades añadidas en cumplimientos legales. El Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece una reserva del 7% de las Ofertas Públicas de Empleo de grado igual o superior al 33% para su cobertura por personas con discapacidad. Se exige que estas personas superen las pruebas selectivas (se ofertan procedimientos de lectura fácil y adaptaciones de las pruebas selectivas que por estar mal confeccionadas resultan más gravosas que las pruebas ordinarias). El 2% de las plazas ofertadas se limita a personas con discapacidad intelectual, exigiéndose ajustes razonables tanto en las pruebas selectivas como en las plazas asignadas a las personas con discapacidad intelectual que superen dichas pruebas. Y no solo lo anteriormente indicado. Pese a que se configura un sistema de prioridad en la selección de la plaza para que las personas con discapacidad intelectual puedan tomar posesión de la misma, evitando que la falta de autonomía personal u otras características de su discapacidad (plazas geográficamente lejanas, plazas que obligan a vivir en solitario a personas sin autonomía personal) les impidan tomar posesión de la plaza, se hace lo contrario y este tipo de plazas habitualmente quedan vacantes por el desistimiento del incapacitado.

Plazas para personas con discapacidad

Las circunstancias anteriores empeoran porque las resoluciones que aprueban las bases de las Ofertas Públicas de Empleo establecen una perversión de tracto sucesivo consistente en lo siguiente: si las plazas de las personas con discapacidad intelectual no se cubren, estas acrecen el cupo de otras discapacidades; si tampoco así se cubren estos cupos, se acrece el cupo ordinario o general.

Se incumple sistemáticamente el artículo 2 de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad cuya letra M establece la obligación de aplicar ajustes razonables a las personas con discapacidad, siendo estos: las modificaciones y adaptaciones necesarias adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal de las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requiera en una caso particular de manera eficaz y práctica la accesibilidad y la participación (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre).

Observamos que en el ámbito del empleo se mantienen actividades discriminatorias contrarias a la vida independiente, la normalización, la accesibilidad universal, el diseño para todos, el diálogo civil y la transversalidad de las políticas en materia de discapacidad.

“La Ley 8/2021 y el ingreso involuntario psiquiátrico: una reforma aún pendiente”, por Mª José Cano y Mikel Merino

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ESPACIO ÆQUITAS

MIKEL MERINO,

representante del Comité en Primera Persona de Salud Mental Euskadi y agente de Apoyo Mutuo en Agifes

Sin empresas familiares que se transmitan a través de las generaciones no es posible garantizar el El Tribunal Constitucional ha reiterado que el ingreso involuntario constituye una auténtica privación de libertad y que, como tal, exige garantías reforzadas"

La Ley 8/2021 y el ingreso involuntario psiquiátrico: una reforma aún pendiente

Los días 22 y 23 de enero tuvimos la oportunidad de participar en la jornada sobre Los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, organizadas por el Foro Aequitas de la Discapacidad de Euskadi y por el Parlamento Vasco. En dicha jornada hemos reflexionado sobre el ingreso involuntario psiquiátrico.

Cinco años después

Tras la aprobación de la Ley 8/2021 uno de sus retos clave sigue sin resolverse: la regulación del ingreso involuntario psiquiátrico. Desde las entidades sociales que trabajamos en el ámbito de la salud mental y acompañamos a personas y familias en su vida cotidiana, esta reforma supuso un importante avance. La ley marcó el abandono definitivo del modelo de incapacitación y sustitución de la voluntad, reconociendo la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y alineando el ordenamiento jurídico español con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Este cambio de paradigma ha sido, sin duda, un paso decisivo hacia un enfoque más respetuoso con la autonomía y los derechos. Sin embargo, el ingreso involuntario psiquiátrico continúa regulándose y aplicándose desde lógicas previas a la reforma, lo que genera una importante incoherencia normativa y práctica.

El artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permanece igual tras la Ley 8/2021. Resulta significativo, además, que mantenga el término “internamiento”, un concepto históricamente vinculado a la reclusión y al control, más cercano a ámbitos custodiales o incluso penales que a una intervención sanitaria basada en cuidados y apoyos. El lenguaje no es neutro: influye en la mirada profesional, en la práctica asistencial y en las garantías. Nombrar “internamiento” en vez de “ingreso sanitario” contribuye a sostener modelos que la reforma precisamente pretendía superar.

Aunque jurídicamente se concibe como una medida excepcional y temporal, en la práctica el ingreso involuntario acaba funcionando con demasiada frecuencia como la respuesta principal ante situaciones de crisis. Y no siempre porque la situación clínica lo haga inevitable, sino porque el sistema carece de alternativas reales que permitan intervenir antes y de forma menos restrictiva.

Experiencias personales

Las consecuencias de esta situación son muy visibles en la vida de las personas. Quienes han vivido un ingreso involuntario nos trasladan de forma reiterada sentimientos de pérdida de control, miedo e indefensión. Una de las quejas más frecuentes es la falta de información clara y accesible: no saber cuánto va a durar el ingreso, qué tratamientos se van a aplicar, qué derechos les asisten. A ello se suma el temor a medidas coercitivas como contenciones físicas o farmacológicas o incrementos rápidos de medicación, que se viven como experiencias traumáticas y dejan una huella en la relación con el sistema de salud mental.

En estos procesos pueden verse comprometidos derechos fundamentales como la libertad personal, la integridad física, el consentimiento informado, la intimidad o el derecho a recibir información comprensible. Cuando una medida afecta de manera tan intensa a la autonomía, las garantías no pueden ser solo formales: deben ser reales, accesibles y efectivas.

Las familias

El ingreso involuntario suele llegar tras un largo proceso de desgaste. En muchos casos son los parientes quienes sostienen la situación, con apoyos insuficientes, hasta que la crisis se vuelve insostenible. Es entonces cuando las familias se ven obligadas a tomar decisiones en contextos de enorme tensión emocional, activando el circuito del ingreso a través de urgencias. Esta realidad pone de manifiesto una carencia estructural: la falta de dispositivos de atención domiciliaria, equipos de crisis comunitarios, casas de crisis o respiro, recursos residenciales flexibles y apoyos continuados que permitan intervenir antes y de otra manera. La crisis no aparece de repente: es el sistema el que llega tarde.

Y en este punto es esencial recordar que la atención a las personas en estos momentos es, ante todo, una medida sanitaria. Esto implica que debe orientarse al cuidado, la prevención y al acompañamiento clínico y psicosocial, siempre desde un enfoque de derechos. Una intervención sanitaria respetuosa con la autonomía exige actuar de manera proactiva y preventiva, ofreciendo apoyos reales en el ámbito sanitario y de la comunidad y evitando que la respuesta llegue únicamente cuando la situación ya está desbordada. Mientras la intervención siga siendo mayoritariamente reactiva, el ingreso involuntario continuará convirtiéndose en la única salida ante la falta de alternativas.

Punto de vista jurídico

El Tribunal Constitucional ha reiterado que el ingreso involuntario constituye una auténtica privación de libertad y que, como tal, exige garantías reforzadas. Más recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por vulneración del derecho a la libertad personal en un caso de internamiento involuntario, subrayando que la ausencia de una defensa jurídica efectiva vacía de contenido el control judicial. Desde la experiencia asociativa constatamos que estas garantías no siempre se materializan en la práctica cotidiana.

Todo ello pone de manifiesto la necesidad de abordar una reforma pendiente. Revisar el régimen del ingreso involuntario es imprescindible para hacerlo coherente con la Ley 8/2021 y con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), pero esta reforma no puede ser solo normativa: debe ir acompañada de una apuesta decidida por los recursos sanitarios y comunitarios, la prevención, los apoyos al consentimiento, la planificación anticipada de decisiones en salud mental y los planes de prevención de recaídas. La introducción del artículo 13 bis en el proyecto de Leygeneral de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, así como la incorporación de una disposición adicional octava que establece un plazo de un año para modificar el 763 conforme a la CDPD puede suponer un avance relevante, pero insuficiente si no se traduce en cambios reales y dotación de recursos.

Regresos Inesperados, por Gonzalo Gómez Bengoechea

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ESPACIO ÆQUITAS

GONZALO GÓMEZ BENGOECHEA,

profesor del Departamento de Economía de la Universidad Pontificia Comillas.

El acuerdo de la UE con el Mercosur debe ser explicado como una actualización de un modelo de éxito, no como un refrito de ideas viejas y en desuso"

Regresos Inesperados

En su canción Regresos inesperados, el grupo Señor Mostaza repasa los casos de deportistas y artistas que estiraron sus carreras artificialmente con retiradas y retornos constantes; el paso del tiempo erosiona la pasión y debilita la conexión con el público. El acuerdo comercial entre la Unión Europea (UE) y el Mercosur parece sufrir un problema análogo. Tras más de 25 años de negociaciones, su firma en enero de 2026 parece llegar tarde, en un mundo muy distinto al del año 2000, y con los consensos sociales, económicos y políticos en torno al libre comercio en duda.

Es legítimo preguntarse si, en la actual coyuntura, un acuerdo de libre comercio de esta magnitud tiene sentido y si sus efectos serán los previstos inicialmente. Para ello, es necesario observar las tres dimensiones del pacto: económica, política y estratégica.

La motivación económica

Fue la que dio origen a las negociaciones en el año 99. En el ocaso del llamado Consenso de Washington, se buscaba dar un impulso al comercio interregional y favorecer el crecimiento económico compartido. Casi 30 años después, y tras muchos idas y venidas, la mayoría de las estimaciones prevén un impacto moderado. El comercio agrícola cubierto por el acuerdo es pequeño y las cuotas para productos sensibles, como la carne de vacuno, siguen siendo limitadas.

Los productores se beneficiarán de la apertura mutua de los mercados industriales y de servicios, que afectará a cerca del 90 % de los bienes y que beneficiará a sectores europeos como el automovilístico, el químico o la maquinaria. Al mismo tiempo, la UE se está moviendo para proteger a las empresas agrarias con subvenciones y garantías abundantes para reducir el riesgo de competencia desleal.

Para los consumidores los productos importados serán más baratos y variados. Cualquier importación tendrá que cumplir íntegramente la normativa de la UE en materia de seguridad alimentaria, sanidad animal y vegetal y trazabilidad. También se prevén inspecciones, auditorías y suspensiones temporales del acuerdo en aquellos productos que pudieran suponer un riesgo para la calidad o la estabilidad del mercado agrario europeo.

Punto de vista político

La firma del acuerdo envía un mensaje claro del compromiso de la UE con uno de sus principios fundacionales irrenunciables: el comercio como espacio para el crecimiento compartido, el conocimiento mutuo y el intercambio mutuamente beneficioso. El pacto subraya la voluntad europea de mantener abiertas las relaciones comerciales en un contexto global cada vez más dominado por el proteccionismo y la rivalidad entre potencias.

Pero lo más importante del acuerdo es su dimensión geopolítica. En un mundo en el que los Estados Unidos (EE.UU.) son crecientemente proteccionistas y China gana presencia económica y militar en América Latina y África, la UE tiene que buscar su propio espacio. El pacto debe contribuir a la diversificación de socios comerciales y a asegurar el acceso a materias primas críticas. No firmar el acuerdo habría empujado a los países latinoamericanos más cerca de Pekín y reducido el espacio de crecimiento futuro de la Unión. Si el “vínculo transatlántico” con EE.UU. se debilita, Europa tiene el deber -económico, histórico, social- de seguir explorándolo hacia el suroeste.

Como en la novela de McCarthy, el mundo que se dibuja frente a nosotros “no es país para viejos”. La agenda de la UE corre el riesgo de quedarse desactualizada y obsoleta frente al individualismo americano y la visión expansionista China. Europa necesita recuperar su lugar en el mundo con un enfoque económico ambicioso coherente con su contexto, pero basado en las creencias y valores que le son propios: libertad económica, acuerdos comerciales, cooperación… Sin caer en una visión excesivamente naif en la que la productividad y los efectos negativos derivados de las políticas aprobadas queden comprometidos o no adecuadamente atendidos. No hay margen para la inacción dado el creciente peso de los populismos antieuropeos en nuestras democracias.

Nuestros objetivos

Si hace 25 años las negociaciones entre la UE y Mercosur arrancaron con un objetivo marcadamente comercial y económico, en 2026 el acuerdo final debe entenderse desde la óptica de las ganancias políticas y estratégicas. La globalización liderada por Estados Unidos está herida de muerte, pero Asia sigue integrándose y cooperando para afianzarse como el motor del crecimiento mundial. Europa tiene ante sí la oportunidad de demostrar que la globalización no está muerta en occidente, y que puede seguir compitiendo en aquellas áreas en las que históricamente ha sido un referente global.

Los regresos artísticos o deportivos buscan repetir un éxito o recuperar una sensación perdida con fórmulas caducas. Para su ratificación definitiva en Europa, el acuerdo de la UE con el Mercosur debe ser difundido y explicado como una actualización y una modernización de un modelo de éxito, no como un refrito de ideas viejas y en desuso. Si no se entiende así, la renovada apuesta europea por el libre comercio será percibida como un retorno sin renovación, condenado al fracaso antes siquiera de ser definitivamente ratificado.

Escudo anti-OPAS extranjeras

ENTRE MAGNITUDES
La Comisión Europea ha animado a los Estados miembros a reforzar sus mecanismos de control de inversiones.

Escudo anti-OPAS extranjeras

La llegada del COVID-19 no sólo supuso una crisis sanitaria sin precedentes, sino también el hundimiento de la economía mundial. Para proteger al debilitado tejido productivo, en España se decidió poner en marcha en 2020 un mecanismo específico para controlar la compra de empresas estratégicas por inversores extranjeros. Una normativa excepcional que, lejos de desaparecer, se está consolidando como uno de los pilares de la política económica. El desafío consiste ahora en mantener un adecuado control sin perder el atractivo inversor foráneo.

FERNANDO GEIJO

Todo indica que el denominado escudo anti-OPAS no será algo pasajero. Este mecanismo de supervisión de las inversiones extranjeras en empresas españolas pertenecientes a sectores considerados como sensibles se instituyó tras la pandemia de 2020.

El mencionado dispositivo, en principio extraordinario, aunque habitual en el mundo y sobre todo entre otros países de la Unión Europa (UE), nació de forma puntual como un blindaje protector con fecha de caducidad, operativo sólo hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, el tiempo parece haber demostrado su utilidad y, a finales del año pasado, el Consejo de Ministros lo prorrogó por dos ejercicios más, hasta 2026.

 


EL ESCUDO ANTI-OPAS ES UN MECANISMO DE SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS EN EMPRESAS ESPAÑOLAS PERTENECIENTES A SECTORES CONSIDERADOS COMO SENSIBLES


 

Control amplio y compartido

La Junta de Inversiones Exteriores (JINVEX), donde se dirimen las operaciones que requieren supervisión en el marco de lo contemplado en el Real Decreto-ley 34/2020 que lo regula, es un órgano interministerial colegiado en el que, además del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, participan otros departamentos relevantes como es el caso de Defensa e incluso del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Una palanca defensiva que acumula un amplio historial de activaciones cifrado en un total de 338 operaciones desde su puesta de largo y que, sólo en 2024, batió todos los récords al analizar nada menos que 147 operaciones de compra, un 50% más que en el ejercicio anterior. El balance final del año fue positivo al registrar un saldo de 96 aprobaciones, 42 casos archivados, 8 aprobaciones condicionadas y un único veto: el obtenido por el grupo semipúblico húngaro Ganz-Mavag por el fabricante de trenes Talgo, alegando cuestiones de seguridad nacional.

El pasado ejercicio, el foco estuvo puesto especialmente en sectores como telecomunicaciones y transporte aéreo, con dos operaciones de alto perfil: la participación de Turkish Airlines en el capital de Air Europa, recientemente firmada por la aerolínea y a la espera aún de obtener las correspondientes aprobaciones regulatorias y de competencia. Ambas fueron autorizadas, con distintos matices, tras un largo proceso de negociación con el Ejecutivo. El mensaje fue claro: España no renuncia a recibir inversión directa desde el exterior, pero con condiciones.

Otros casos relevantes fueron la exitosa OPA presentada por el fondo galo Antin sobre Opdenergy; la autorización de la lanzada por la italiana Esseco sobre el grupo químico Ercros (a la que desistió después por las condiciones solicitadas por la CNMC); el intento de adquisición del 29,9% de Prisa por Vivendi (que finalmente se tuvo que conformar con un porcentaje menor), y las frustradas compras tanto de la farmacéutica Grifols por el fondo canadiense Brookfield o de Naturgy por la emiratí Taqa, respectivamente. Mención especial merecen la entrada indirecta de BlackRock en Naturgy o la adquisición de Vodafone España por parte de Zegona.

Sectores bajo la lupa

Entre los activos objeto de supervisión no sólo se contemplan aquellos más obvios, como los integrados en el sector de la defensa (incluyendo la tecnología de uso dual), la energía, las infraestructuras críticas o las telecomunicaciones, por citar algunos, sino que amplía su espectro de actuación hacia otros que van desde la banca hasta la sanidad, sin olvidar los medios de comunicación ni las empresas alimentarias, entre otros.

Por tanto, cualquier inversor de fuera de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE) que pretenda comprar una empresa integrada en alguno de esos rubros debe pedir permiso previo al Gobierno. En el caso de compañías registradas en cualquier otro Estado comunitario, siempre que no sean filiales de empresas extracomunitarias, sólo necesitarían autorización previa en los casos en que adquieran un porcentaje superior al 10% de una cotizada española o que pretendan invertir más de 500 millones de euros en un grupo no listado en el parqué.

España ha sido históricamente uno de los destinos preferidos para el capital internacional en Europa. En 2023, por ejemplo, recibió más de 23.000 millones de euros en inversión extranjera directa (IED) neta, una vez descontadas las desinversiones, mientras que en 2024 estas descendieron hasta los 16.762 millones de euros, según datos de la Secretaría de Estado de Comercio.

En este sentido, los analistas señalan que el endurecimiento de los controles podría desviar proyectos hacia países vecinos. No en vano, el inversor internacional siempre busca seguridad jurídica y, si percibiese trabas excesivas, podría decantarse por otras opciones. Pese a ello, la inversión bruta en nuestro país se mantiene estable: 30.960 millones de euros en 2023 frente a 30.818 millones el pasado año, lo que demostraría que la certidumbre regulatoria también es un atractivo.

 


LA JUNTA DE INVERSIONES EXTERIORES (JINVEX) ES DONDE SE DIRIMEN LAS OPERACIONES QUE REQUIEREN SUPERVISIÓN


 

Delicada proporción

El efecto disuasorio que conlleva este tipo de blindaje entre los inversores internacionales puede suponer que, en múltiples ocasiones, estos se lo piensen dos veces antes de lanzar una oferta.

Prueba de este temor es que, de las 147 operaciones que llegaron a la JINVEX en 2024, nada menos que casi un tercio de las mismas, un total de 42, fueron archivadas al comprobarse que no afectaban a activos estratégicos y, por consiguiente, no necesitaban de autorización. Es decir, los inversores prefirieron curarse en salud y presentar, de todos modos, la solicitud de autorización a pesar de que se trataba de adquisiciones poco sensibles.

En plena era de la digitalización y la transición energética, el número de operaciones sujetas al escudo anti-OPAS probablemente seguirá en aumento. Además, la Comisión Europea ha animado a los Estados miembros a reforzar sus mecanismos de control de inversiones para prevenir riesgos geopolíticos. Una tarea compleja en un mundo donde el capital no entiende de fronteras.

La pregunta que queda en el aire es si nuestro país logrará mantener la proporción adecuada entre un razonable blindaje estratégico interno y el necesario atractivo inversor exterior. Un equilibrio del que, en buena medida, depende nuestra posición en el exigente y competitivo escaparate financiero europeo.

Paso a paso

Las gestiones en el procedimiento para obtener autorización de compra de empresas estratégicas por inversores extranjeros implican:

  1. Verificar si la operación está sujeta a control.
  2. Reunir información y documentos.
  3. Registrarse en el portal de la JINVEX.
  4. Presentar solicitud y obtener número de expediente.
  5. Atender requerimientos de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
  6. Esperar la decisión del Consejo de Ministros que, normalmente: autoriza con o sin condiciones o deniega la operación.
  7. Recibir por vía electrónica la notificación de la JINVEX.
  8. Ejecutar la inversión. Si se realiza sin la autorización (cuando fuese obligatoria) se considera infracción grave, con posibles sanciones económicas y nulidad del acto.

El plazo legal máximo de todo el proceso abarca 6 meses, aunque en la práctica y salvo casos complejos, muchas operaciones se resuelven entre 2 y 4 meses, con una media de 72 días. Como recomendación, muchas empresas presentan una prenotificación voluntaria para que el Ministerio confirme si es necesario pedir autorización formal.

Auge regulatorio
  • 2020-2021: fase inicial con un número limitado de casos vinculados a sectores críticos durante la pandemia.
  • 2022: el aumento de tensiones geopolíticas y la guerra en Ucrania ampliaron el alcance del control, con más de 70 operaciones revisadas.
  • 2023: consolidación del mecanismo, con un repunte de intervenciones en el sector energético, coincidiendo con la crisis de precios del gas y la electricidad.
  • 2024: récord absoluto, con 94 operaciones bajo lupa, muchas relacionadas con la transición digital y la movilidad aérea.
Energía, telecomunicaciones y defensa concentran la mayoría de las 338 operaciones revisadas por la JINVEX desde 2020.
Ojo al dato

Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. Boletín Oficial del Estado (BOE), 19 de noviembre de 2020.

Boletín de Flujos de Inversiones Extranjeras Directas (IED) en España, 2024. Secretaría de Estado de Comercio. Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

Reglamento (UE) 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, por el que se establece un marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión.

El discreto encanto de la acción de oro”, por Carlos Sánchez

ENTRE MAGNITUDES
CARLOS SÁNCHEZ,

director adjunto de El Confidencial

“Nada menos que 41 países han aprobado algún mecanismo de control de las inversiones, de los cuales 26 son europeos”

El discreto encanto de la acción de oro

Manda la geopolítica, y es, en este contexto, en el que hay que situar un fenómeno impensable no hace demasiado tiempo. Los gobiernos, también el español, se han dotado de nuevos instrumentos jurídicos para evitar la entrada de capital extranjero en empresas consideradas estratégicas por razones de interés general.

No es, desde luego, un fenómeno nuevo. Margaret Thatcher utilizó en los años 80 un instrumento similar —en aquellos años se llamaba acción de oro— para evitar la entrada de capital foráneo en las empresas privatizadas. Otros gobiernos siguieron la estela de la premier británico, y fue entonces cuando la propia Unión Europea tuvo que poner un cierto orden para permitir los derechos de veto siempre que fueran coherentes con el interés general.

Algo, sin embargo, ha cambiado en los últimos años. En particular, desde la pandemia, que rescató viejos hábitos. La nueva tendencia se ha acelerado, hasta el punto de que nada menos que 41 países han aprobado algún mecanismo de control de las inversiones, de los cuales 26 son europeos. En 2010, apenas seis países habían aprobado alguna legislación.

Incluso Irlanda, un territorio poco hostil a la inversión extranjera, ya que ha encontrado su razón de ser en el capital foráneo y el comercio internacional, cuenta desde primeros de este año con un instrumento de control.

En el caso español, estará vigente, en principio, y tras una prórroga de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2026. El objetivo es mantener la protección de sectores estratégicos y de interés nacional que afecten a la seguridad, la salud y el orden público.

¿Qué es lo que ha cambiado para explicar este giro de guion impensable hasta hace poco? Obviamente, las incertidumbres geopolíticas y la consolidación de un nuevo orden internacional en el que ya no prima la eficiencia, sino la seguridad. Si hasta el primer mandato de Trump seguía avanzando la globalización, hoy los Estados tienden a protegerse de la amenaza exterior, aunque sea económicamente menos eficiente. Algo que explica que las medidas de control ya no se apliquen sólo a sectores considerados estratégicos, sino que el abanico se ha ampliado a actividades como la industria farmacéutica, el automóvil, los semiconductores y en general la industria electrónica o los metales o minerales críticos.

Como no podía ser de otra manera, y ante el aumento de las incertidumbres, el resultado es que la inversión extranjera directa mundial cayó un 11% en 2024, lo que significa que es el segundo año consecutivo de descensos, algo que confirma, en palabras de la UNCTAD, la profundización de la desaceleración de los flujos de capital productivo.

Incluso la UE ha tenido que ceder. Aunque la libertad de movimientos de capitales sigue siendo un pilar básico de su funcionamiento, el Reglamento Europeo de Control de Inversiones de 2019 amparó las políticas restrictivas que los gobiernos han desplegado. Hay un problema, y no es pequeño. La UE, y sobre todo los gobiernos, saben que están obligados a garantizar un equilibrio entre el control de las inversiones y la entrada de capital de terceros países. De lo contrario, Europa corre el riesgo de perder atractivo como destino de las inversiones extranjeras. Es decir, puede provocar un frenazo en los flujos de inversión exterior. Ese es el margen estrecho en el que se mueven las legislaciones. Sí, pero no; no, pero sí.

No es poca cosa lo que se juega España, que en 2024 fue el decimotercer país en el mundo en captación de inversión extranjera. Y si se analizan los proyectos greenfield, es decir aquellos que suponen una inversión desde cero, completamente nueva, sería el quinto país del planeta.

La legislación, conscientemente, hace descansar en un organismo técnico, la Junta de Inversiones Exteriores, la concesión de las autorizaciones, y hay que decir que hasta el momento los vetos han sido mínimos. De las 136 solicitudes presentadas el año pasado, 42 fueron archivadas por no afectar a un sector crítico, mientras que el 85% de las 94 restantes (el 90%) fueron autorizadas sin condiciones al no haberse encontrado riesgo significativos. En ocho casos se concedió la autorización con la aplicación de alguna restricción y sólo en un caso se denegó la solicitud de autorización debido a la existencia de riesgos no resolubles.

¿Qué significa esto? Pues ni más ni menos que el principio de libertad de movimiento de capitales ha sido matizado, aunque todavía de forma muy modesta. O corregido, como se prefiera, por un bien que hoy, no antes, se considera superior: la seguridad. O expresado de otra manera: manda la geopolítica, que no es otra cosa que una corrección de la globalización en favor de nuevos bloques.

¿Cuál es el problema? Las incertidumbres que genera la aplicación de las distintas regulaciones que, necesariamente, incorporan un cierto subjetivismo político en su aplicación práctica.  Conceptos como ‘razón de Estado’ siempre son vaporosos y en ocasiones, incluso, escapan del control jurisdiccional. Incluso la valoración sobre el impacto de la inversión extranjera en determinados sectores o empresas se mueve en el terreno del “riesgo potencial”, como proclama el real decreto aprobado en 2023.

A ello hay que añadir que la propia legislación europea da un margen —en ocasiones elevado— a los gobiernos para actuar. Es decir, tanto los requisitos como los umbrales para presentar una notificación de inversión dependen en última instancia de cada Estado. Y aquí, una vez más, hay que tener en cuenta la correlación de fuerzas entre los Estados y la propia Comisión Europea.

Más allá del desequilibrio entre oferta y demanda de vivienda

ENTRE MAGNITUDES
De izda. a dcha.: Enrique Vinagrero, Xavier Vilajoana, José Ramón Fernández Torres y Valentina Montero.

MÁS ALLÁ DEL DESEQUILIBRIO ENTRE OFERTA Y DEMANDA DE VIVIENDA

El mercado de la vivienda afronta una compleja situación acentuada por la escasez de oferta y una elevada demanda: faltan casas y los núcleos de convivencia crecen a un ritmo mayor que la edificación de obra nueva. Como posibilidades de actuación, los expertos abogan por acelerar la transformación del sector inmobiliario hacia la “construcción industrializada” e implementar nuevas herramientas financieras, regulatorias y formativas.
ALEJANDRO MOYA BLAY

Así lo expresaron los profesionales que participaron en el panel de debate dedicado a analizar el desequilibrio entre oferta y demanda en el curso Vivienda: del diagnóstico a la acción. Propuestas de solución para un problema apremiante, organizado por Fundación Notariado el pasado mes de julio en San Sebastián.

“El problema no es solo de oferta. Falta suelo desarrollado, hay escasez de mano de obra especializada y los instrumentos financieros tradicionales no se adaptan a los nuevos modelos constructivos», expuso el arquitecto Enrique Vinagrero en su intervención. Para el director adjunto de ST Consultores Inmobiliarios, el sector adolece de amplias demoras para la consecución de suelo finalista, la “materia prima de la industria de la construcción”. “Con la legislación que tenemos se nos van entre 5 y 10 años en conseguir ese suelo desarrollado con el que trabajar”, denunció.

“En España, el plazo medio para disponer de suelo ya urbanizado y listo para construir es de 16 años”, apuntaba en este sentido Xavier Vilajoana, presidente de la Asociación de Promotores y Constructores de España. “Llevamos algunos años con desregulaciones que permiten agilizar los procesos administrativos. La aparición de la declaración responsable en sustitución de la licencia o la eliminación de la obligatoriedad de arrancar una promoción con una licencia de obra, permitiendo que se haga con un expediente administrativo, han sido requerimientos también del sector promotor para tratar de recortar esos tiempos”.

Colaboración, legislación e inversión
Valentina Montero, vicedecana del Colegio Notarial del País Vasco y moderadora de la mesa, también abogó por agilizar la generación de suelo finalista, así como por activar la colaboración público-privada, armonizar la actuación entre Administraciones y mejorar la financiación: “Solo mediante un Pacto de Estado por la Vivienda, con vocación de permanencia y seguridad jurídica, podremos garantizar el ejercicio real del derecho a la vivienda, proteger a todas las partes implicadas y avanzar hacia un modelo que refuerce el bienestar social”, señaló.

Por su parte, el catedrático de Derecho Administrativo, Juan Ramón Fernández Torres, animó a repensar cómo queremos que sean las ciudades: “Venimos siendo tributarios de un modelo urbanístico que tiene más de 80 años y estamos en un atolladero. Debemos plantearnos que ese modelo se ha agotado e instaurar uno nuevo”. Y pidió a los organismos públicos “cumplir y hacer cumplir la legislación, en su espíritu y finalidad. Muchas veces la Administración no está dispuesta a atenerse a las leyes urbanísticas que ella misma ha aprobado, no respeta su propio planteamiento y deja a los promotores en callejones sin salida. Si se aplicaran las leyes en vigor, ya avanzaríamos mucho”.

De igual manera, Vilajoana, pidió una mayor flexibilidad en los modelos de cooperación para que nuestro urbanismo se adapte con mayor rapidez a las nuevas necesidades sociales: “La solución pasa por dejar trabajar a los profesionales del sector. Nosotros pensamos en el medio y largo plazo, mientras que los que regentan las Administraciones Públicas piensan tan solo a corto plazo. La vivienda tiene que ser una infraestructura social, como la sanidad o la educación, pero para eso hay que invertir. La realidad es que en sanidad se invierte aproximadamente el 20% del PIB, en educación el 12% y en vivienda no llegamos al 1,5%”.

Exigencias y mano de obra
Los principales actores del mercado inmobiliario también se topan con las altas exigencias y estándares de calidad impuestos por las normativas comunitarias: “Durante muchos años, cuando desarrollabas un proyecto, valorabas un coste de producción de unos 600 euros el metro cuadrado. En el último trimestre hemos alcanzado los 1.300 euros de coste promedio. La regulación, los estándares técnicos y de calidad que nos están imponiendo, junto a otras muchas cosas hace que la vivienda cueste lo que cuesta”, apuntó Vinagrero. En su opinión, a futuro, “no va a bajar el precio de la vivienda, pero no porque alguien se esté enriqueciendo, sino porque cada vez el nivel de exigencia es más alto. La calidad de la vivienda asequible está prácticamente en la misma línea que la vivienda libre. La pregunta es: ¿podemos permitirnos como sociedad estos altos estándares de calidad?”.

La falta de mano de obra es otro de los principales problemas del sector y las proyecciones no son alentadoras: “En los próximos 15 años el 40% de la mano de obra va a tener edad de jubilación. Ahora tenemos carencia, pero en el futuro va a ser todavía peor”, subrayó Xavier Vilajoana. Como solución a este problema plantearon dos vías de actuación. En primera instancia, fomentar la incorporación de los jóvenes al sector y “mejorar la formación dual en nuestro país”, añadía Vilajoana.

La industrialización del sector
Como segundo punto, incidieron en acelerar el proceso de fabricación de las viviendas y avanzar en la industrialización de la construcción. “Estamos ahora mismo en una fase muy incipiente de industrialización del sector, precisamente para cubrir la falta de capacidad que tiene. Es necesario que suframos ese proceso de transformación, igual que lo han sufrido otras industrias”, expuso Vinagrero.

Desde la Administración Pública se trabaja en esta línea a través del PERTE de Industrialización de la Vivienda, un plan dotado con 1.300 millones de euros de inversión, como señaló la subsecretaria del Ministerio de Vivienda, Llanos Castellanos, en la inauguración del curso. En relación a este plan estratégico del Gobierno, Vilajoana apuntó que “el objetivo del PERTE es que la construcción industrializada suponga el 10% de la producción en los próximos 5-10 años. No se puede plantear como la solución a todo cuando sólo abarcará un porcentaje de lo que vamos a construir, va a ser una solución complementaria”.

Finalmente, desde el punto de vista del Derecho, Fernández Torres matizó que este tipo de ‘viviendas industriales’ no tiene un régimen jurídico diferenciado y privilegiado, de manera que el acceso, instalación y uso sea más fácil que en los demás casos. “Mientras no se establezca un régimen que facilite la implantación de este tipo de viviendas, el ciudadano preferirá seguir el régimen tradicional”, planteó el catedrático.

Xavier Vilajoana (izda.) y José Ramón Fernández Torres (dcha.).
Enrique Vinagrero.
José Ramón Fernández Torres y Valentina Montero.

VALENTINA MONTERO:

“SOLO MEDIANTE UN PACTO DE ESTADO, CON VOCACIÓN DE PERMANENCIA Y SEGURIDAD JURÍDICA, PODREMOS GARANTIZAR EL DERECHO A LA VIVIENDA”

ENRIQUE VINAGRERO:

“FALTA SUELO DESARROLLADO, HAY ESCASEZ DE MANO DE OBRA ESPECIALIZADA Y LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS TRADICIONALES NO SE ADAPTAN”

XAVIER VILAJOANA:

“EN LOS PRÓXIMOS 15 AÑOS EL 40% DE LA MANO DE OBRA VA A TENER EDAD DE JUBILACIÓN. AHORA TENEMOS CARENCIA, PERO EN EL FUTURO SERÁ PEOR”

JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ TORRES:

“DEBEMOS REPENSAR CÓMO QUEREMOS QUE SEAN LAS CIUDADES. SOMOS TRIBUTARIOS DE UN MODELO URBANÍSTICO DE MÁS DE 80 AÑOS”

Ojo al dato

´Plan Alto Impacto en Competitividad, 2025´. Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX). Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

´Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial, 2025´. Gobierno de España.

´Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial´. Boletín Oficial del Estado (BOE).

“Más oferta y menos regulación en vivienda”, por Xavier Vilajoana Eduardo

ENTRE MAGNITUDES
XAVIER VILAJOANA EDUARDO,

Presidente de la Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña)

“Debemos volver a poner en marcha el engranaje de la producción para triplicar el actual ritmo de construcción”

Más oferta y menos regulación en vivienda

Tenemos un reto mayúsculo en materia de vivienda en España, y no es otro que el de incrementar la oferta, desarrollando políticas que la promuevan en vez de legislar solo desde el punto de vista de la demanda. Según las proyecciones del Instituto Nacional de Estadística (INE), se prevé la creación de 330.000 nuevos hogares anuales en los próximos cuatro años. Si tenemos en cuenta que los visados de obra de vivienda nueva alcanzaron cerca de 128.000 unidades a cierre de 2024 (según datos del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana), el ritmo de construcción es claramente insuficiente. Según los cálculos realizados por APCEspaña y Colliers sobre el déficit de vivienda, de no incrementarse sustancialmente la producción en nuestro país, este podría situarse en casi tres millones de viviendas en 2039.

¿A qué se debe este bajo nivel de producción? Pues a la suma de varios factores: problemas en la gestión de suelo y de falta de suelo finalista; los altos costes de construcción; infrafinanciación; embriaguez legislativa -con la consecuente inseguridad jurídica-, falta de mano de obra cualificada y una escasa inversión pública en políticas de vivienda.

Es importante que tengamos clara la magnitud del desequilibrio existente entre oferta y demanda, que no se soluciona únicamente con la construcción de vivienda pública mediante la colaboración público-privada. La vivienda pública anunciada -que no construida- por las distintas Administraciones no llega al 1% de lo que realmente se necesita. Debemos volver a poner en marcha el engranaje de la producción para triplicar el actual ritmo de construcción de viviendas -de toda tipología-, y para ello es imprescindible atraer inversión y ganar en productividad. Desafortunadamente, las medidas que se están tomando en estos últimos años son diametralmente opuestas a la consecución de estos objetivos: se está ahuyentando a la inversión privada y no se están realizando los cambios normativos de calado en el urbanismo, tan necesarios para impulsar ese incremento de producción de vivienda, tanto libre como asequible y protegida.

Tal desequilibrio entre oferta y demanda en el mercado de la vivienda también tiene un impacto directo en los precios, aumentando así el esfuerzo a realizar por parte de las familias para la compra o el alquiler. Como destacaba el Banco de España en su informe sobre el mercado del alquiler, somos el país donde los hogares que viven de alquiler soportan la mayor tasa de sobresfuerzo para el pago de la renta de toda la Unión Europea: casi el 40% de los inquilinos en España se encuentra en situación de sobreesfuerzo para pagar el alquiler, muy por encima del 20% de media de la zona euro o del 13,8% de Alemania. Y ya hemos visto que la producción de obra nueva actual, tanto en venta como en alquiler, es insuficiente para reducir este desequilibro.

El sector promotor constructor privado es el que tiene la maquinaria para poder llevar a cabo la tarea de construir las viviendas necesarias, ya que la estructura productiva de la
Administración por sí sola no podrá asumir este reto. Un hecho que requiere de un trabajo conjunto y de consenso entre sector público y sector privado, y desde la APCE reiteramos nuestra disposición a colaborar para alcanzar un objetivo común: mejorar el acceso a la vivienda en nuestro país y que los ciudadanos puedan elegir en qué régimen de tenencia quieren disfrutar de su hogar, ya sea siendo propietarios o bien arrendatarios.

Pero para ello, necesitamos voluntad política. Voluntad para alcanzar un Pacto de Estado en materia de vivienda, para aprobar la reforma de la Ley de Suelo que permita desencallar los numerosos planeamientos urbanísticos paralizados por defectos menores totalmente subsanables, y voluntad para regular de manera justa y eficiente. Cuando se legisla buscando únicamente un rédito electoral y sin verter recursos públicos ha quedado demostrado que es una dinámica que no funciona: sólo hay que ver los efectos que está teniendo la Ley Vivienda, o los escasos resultados de la medida del 30% de reserva de VPO para nueva construcción y gran rehabilitación en Barcelona, por poner solo un par de ejemplos. Si sólo se incide en aspectos referentes a la demanda, sin hacerlo también en la oferta; si no se garantiza la seguridad jurídica; si los trámites administrativos se eternizan; si no se agiliza la gestión urbanística de los planeamientos, etc., la situación continuará igual o empeorará.

Y otro factor clave para ampliar el parque de vivienda, especialmente de vivienda asequible: que toda política vaya acompañada de una dotación presupuestaria suficiente que garantice su viabilidad y que se mantenga en el futuro para poder dar respuesta a las necesidades de hogares de los próximos años. La construcción de viviendas es intensiva en capital y actualmente en España no disponemos de la financiación suficiente para asumir el reto que tenemos por delante, así que es imprescindible atraer la inversión privada, a la vez que promover más líneas de financiación pública para desarrollar vivienda asequible en alquiler y en venta.

Es hora de pasar de las palabras a los hechos, de pensar en las próximas generaciones y no en las próximas elecciones. Afortunadamente, los promotores constructores siempre estaremos aquí, y me siento orgulloso de poder representar a un sector que, a pesar de algunas críticas interesadas, sigue resistiendo, sigue trabajando, sigue evolucionando y sigue generando valor, mucho valor.

La incertidumbre de las Pymes españolas

ENTRE MAGNITUDES
Las pequeñas y medianas empresas suponen el 99,8% del total del tejido productivo español.

LA INCERTIDUMBRE DE LAS PYMES ESPAÑOLAS

El retorno de Trump en 2025 ha desatado una renovada disputa comercial internacional. Un conflicto multilateral, más virulento aún que el iniciado en su primer mandato, tras la imposición indiscriminada de aranceles a casi todos los países del mundo. Los vaivenes judiciales y constantes volantazos de opinión del inquilino de la Casa Blanca están generando una alta volatilidad en los mercados financieros y, en definitiva, remodelando las reglas de juego del tablero geopolítico mundial. Ante este panorama las empresas españolas, especialmente las pymes, deben afrontar un escenario de creciente incertidumbre ante un incierto futuro.
FERNANDO GEIJO

El caos generado por el autodenominado ‘día de la liberación’ parece haber llegado para quedarse. Al menos en términos de intercambios económicos y mientras dure el mandato del 47º presidente de los Estados Unidos. De hecho, las promesas que lanzó en ese sentido durante su campaña electoral se están cumpliendo al pie de la letra. Con ello, el mandatario republicano ha desatado un auténtico tsunami de inseguridad entre gobiernos y gestores empresariales de medio mundo. El resultado está siendo nada menos que la reconfiguración de las normas comerciales, aún por reescribirse, con tres grandes protagonistas: unos Estados Unidos que tratan de salir de su aparente ocaso, una China en ascenso imparable y una Unión Europea inmersa en su dinámica interna.

Un entorno con inciertas consecuencias que está impactando entre todas las compañías, pero, especialmente, entre las pequeñas y medianas empresas (pymes). Un colectivo que es el auténtico motor económico de España, dado que supone nada menos que el 99,8% del total de nuestro tejido productivo, con alrededor de tres millones de empresas, de las que 1,1 millones serían micropymes (con menos de 10 empleados y una facturación por debajo de los dos millones de euros anuales).

 


EL GOBIERNO HA PUESTO EN MARCHA UN PAQUETE DE AYUDAS A LAS EMPRESAS POR IMPORTE DE 14.100 MILLONES DE EUROS


 

Línea proteccionista. El retorno de Donald Trump a la presidencia de EE.UU. ha reactivado su agenda proteccionista con un anuncio que inquietó a empresas exportadoras de todo el mundo: imponer aranceles generales de entre el 10% y el 20% a los productos importados.

Aunque estas medidas no están plenamente en vigor, por las idas y venidas de la Casa Blanca y las restricciones impuestas por sus propios tribunales de justicia, la posibilidad de su aplicación efectiva como arma negociadora para obtener ventajas competitivas en posteriores acuerdos comerciales ha encendido las alarmas entre las compañías españolas, sobre todo aquellas con fuerte presencia en el mercado estadounidense. La memoria reciente de la guerra comercial durante su anterior mandato, entre 2017 y 2021, no deja lugar a dudas sobre ese posible impacto.

Tenemos un plan. Frente a la amenaza comercial procedente de Washington, el Gobierno español ha puesto en marcha una batería de medidas destinadas a proteger al tejido empresarial nacional. El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, presentó recientemente el nuevo Plan ICEX de Alto Impacto en Competitividad, una iniciativa incluida en el paquete económico de 14.100 millones de euros aprobado por el Ejecutivo.

El documento se dirige especialmente a las pequeñas y medianas empresas, las más vulnerables ante escenarios de tensión comercial internacional. Entre sus acciones más destacadas figuran programas como el ICEX 500, centrado en las 500 compañías responsables del 77% de las exportaciones a EE.UU., y el ICEX-Invest in Spain, orientado a facilitar la conexión entre pymes y un destacado número de inversores internacionales, 100 en concreto, con el objetivo de reforzar sus cadenas de valor.

En paralelo, se implementarán tres líneas de apoyo sectorial: un programa de innovación abierta para 200 empresas medianas; asesoramiento en intangibles y estrategia para 700 pymes, y una plataforma de mentorías y financiación para apoyar el crecimiento de 200 startups. Para agilizar la atención empresarial, el ICEX ofrecerá también respuestas a consultas en menos de 24 horas e impartirá jornadas informativas semanales.

Una de las novedades clave de esta ofensiva al apoyo empresarial es la creación de un portal digital basado en la inteligencia artificial, destinado a reducir la burocracia, una de las principales demandas empresariales, y a facilitar el acceso a las ayudas. Asimismo, se establecerá un observatorio conjunto con las comunidades autónomas de cara a realizar un seguimiento mensual del impacto arancelario y a ajustar las medidas conforme evolucione la situación internacional.

Asimismo, el Ejecutivo activará una nueva línea de avales a cargo del Instituto de Crédito Oficial (ICO) por un valor inicial de 1.000 millones de euros, ampliables hasta 5.000 millones de euros, para proporcionar liquidez a las empresas afectadas por los aranceles. Aunque no se contemplan, por ahora, la concesión de ayudas directas, el Gobierno mantiene abierta la posibilidad de reforzar su apoyo si se intensifica la escalada comercial. Máxime a tenor de las renovadas amenazas expresadas por Trump a resultas de la negativa del Gobierno español para, en el marco de la OTAN, dedicar el 5% de su PIB al gasto en defensa para 2035.

 


EL ICO ABRIRÁ A LAS EMPRESAS UNA LÍNEA DE AVALES POR 1.000 MILLONES, AMPLIABLES HASTA 5.000 MILLONES DE EUROS


 

La tormenta arancelaria. La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) ha sido una de las primeras voces en pronunciarse sobre la situación generada por los anuncios de Trump. En un comunicado emitido tras la reunión de su Comité Ejecutivo, la patronal calificó de devastador el posible impacto de los nuevos aranceles para las pymes españolas, puesto que ya habían sufrido las consecuencias de la guerra comercial anterior y la crisis inflacionaria posterior.

Según CEPYME, muchas pequeñas empresas lograron diversificar sus actividades hacia el exterior tras la última crisis financiera, pero carecen ahora de la capacidad financiera y operativa para absorber un nuevo golpe de este calibre. La patronal considera que las medidas anunciadas por el Gobierno, aunque bien orientadas, resultan insuficientes y estarían demasiado condicionadas, especialmente en lo referente a los avales o programas como los ERTE, cuya tramitación burocrática podría desincentivar su uso en un entorno tan incierto.

Desde la organización empresarial se pide una reorientación de las ayudas hacia instrumentos ágiles y adaptativos, que permitan redirigir ventas y adaptar producciones. Entre sus propuestas figura el refuerzo de la cobertura crediticia pública, gestionada a través de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE), y una revisión de la presión fiscal y regulatoria que, según la patronal, ha seguido en aumento y limita la maniobrabilidad de muchas pymes. Y todo ello sin olvidar las consecuencias del efecto dominó que se puede producir en una economía global hiperconectada, vía reexportación de piezas de un país a otro.

Por la seguridad jurídica. Los delicados engranajes que mueven las entrelazadas ruedas de las cadenas internacionales de suministro conforman un tablero comercial donde el objetivo de las empresas ya no es la búsqueda de la eficiencia, produciendo donde sea más barato, sino la obtención de seguridad jurídica.

El nuevo mandato de Donald Trump representa una amenaza real para la internacionalización de las empresas españolas, pero también una oportunidad para consolidar estrategias de resiliencia. La respuesta del Gobierno muestra voluntad de actuar con rapidez y coordinación. Las patronales, por su parte, solicitan ambición y ajustes realistas.

 Independientemente de los acuerdos comerciales que se puedan alcanzar, lo cierto es que el daño ya parece estar hecho y la disposición de un nuevo orden mundial parece estar en marcha de forma inexorable. La sensación de certidumbre en que estaba instalada la economía mundial en las últimas décadas ha saltado por los aires y ha hecho abrir los ojos a muchos gestores empresariales.

El comercio internacional se mueve hoy en un terreno incierto y volátil. Las compañías que mejor se adapten, diversifiquen y apuesten por la innovación podrán no solo sobrevivir sino salir fortalecidas. Mientras tanto, el tejido empresarial español espera con cautela la concreción de las medidas desde Washington. El tiempo apremia y las decisiones que se tomen en los próximos meses marcarán el rumbo de la economía exterior española en los años venideros.

Nuevas fórmulas
Las medidas desplegadas por las empresas españolas durante el anterior mandato de Trump consistieron en diversificar hacia otros mercados, como Asia, América Latina u Oriente Medio; en renegociar condiciones para distribuir el sobrecoste con los importadores; en reubicar parte de la producción en terceros países; utilizar herramientas para digitalizar procesos, y en explorar el comercio electrónico como impulso comercial.
Cepyme calificó de devastador el posible impacto de los nuevos aranceles para las pymes españolas.
¿Qué exporta España a EE.UU.?

En 2024 se exportaron bienes por valor de unos 18.000 millones de euros, más del 1% del PIB, lo que convierte a EE.UU. en el principal mercado extracomunitario de España.

Las principales exportaciones españolas fueron bienes de equipo, como motores de propulsión, hidráulicos, mecánicos y eléctricos; semimanufacturas como químicos, plásticos y materiales de construcción; combustibles y aceites minerales; productos agroalimentarios; medicamentos y perfumería.

El porcentaje de exportaciones a EE.UU. de las principales economías de la eurozona ronda, en el caso de Alemania e Italia, el 10% de su PIB, y en el de Francia el 7%.

Ojo al dato

´Plan Alto Impacto en Competitividad, 2025´. Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX). Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

´Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial, 2025´. Gobierno de España.

´Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial´. Boletín Oficial del Estado (BOE).