Actualidad de los Colegios Notariales – Aragón, Extremadura

COLEGIOS NOTARIALES

ARAGÓN | EXTREMADURA

Tres años de vigencia de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario

La comisión de Cultura del Colegio de Aragón celebró en la sede zaragozana de la institución la conferencia Tres años de vigencia de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario.
Cuatro notarios abordaron diferentes temas relacionados con la aplicación de esta nueva normativa: Antonio Longo (Productos vinculados y combinados, seguros); Miguel Viela (Ámbito subjetivo y objetivo. Registro de Condiciones Generales y Protección del Consumidor); Fernando Ruiz Morollón (Efectos del acta, reflejo en ella de las cuestiones planteadas. Cuestiones procedimentales) y Fermín Moreno (Resoluciones de la Dirección General y pronunciamientos judiciales. Reseña del acta en la escritura. Minutas bancarias. Posible modificación del test).

Seminario tributario

De izda. a dcha.: Ignacio Ferrer, decano; Lucía Andrino y Manuel Fidalgo.

El Colegio Notarial de Extremadura acogió un seminario sobre dos temas de actualidad e interés para la comunidad autónoma. Por un lado, Manuel Fidalgo, notario de Valencia de Alcántara, habló sobre Práctica notarial y nuevo impuesto de donaciones en Extremadura, tras la supresión del anterior sistema, especificado recientemente por decreto ley mediante el cual se bonifica el 99% hasta 300.000 euros. Por otro, Lucía Andrino, notaria de Navalmoral de la Mata, analizó la Liquidación online de impuestos en Extremadura. Requisitos, práctica y efectos.

Conferencia de la Cámara de Notarios de Alemania y otras noticias

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE | EUDOC

Conferencia de la Cámara de Notarios de Alemania
Álvaro Lucini, durante su intervención.

El 8 de junio la Cámara Federal de Notarios de Alemania (Bundesnotarkammer) y la Universidad de Friburgo organizaron la conferencia European Integration in the Context of Company Law and Digitalisation.

La primera parte de la conferencia abordó, desde la perspectiva de la integración europea, diversas cuestiones relacionadas entre sí como: el Estado de Derecho, la armonización del Derecho de sociedades, la seguridad jurídica y la digitalización. Junto al presidente del Notariado alemán, Jens Bormann; y el profesor de la Universidad de Friburgo, Jan Lieder, participaron otros distinguidos representantes nacionales e internacionales de la academia, la práctica jurídica y la Comisión Europea. Entre ellos intervino  Álvaro Lucini, notario de Madrid y delegado del Consejo General del Notariado (CGN) para el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), que esbozó la evolución del concepto de seguridad jurídica en el proceso de armonización del Derecho Societario de la UE, desde la primera directiva en 1968, hasta la reciente directiva digital de 2019, destacando la introducción en esta última de un principio de neutralidad jurídica respecto de la digitalización, que permite mantener la coherencia del ordenamiento jurídico, un elemento esencial de la seguridad jurídica protegido constitucionalmente.

Durante la segunda parte de la conferencia, centrada en una revisión política e histórica de la integración europea, Andreas Schwab, miembro del Parlamento Europeo, se refirió a las dos recientes normas que regulan el sector digital en Europa: las Directivas sobre servicios (Digital Servicies Act. DSA) y mercados digitales (Digital Markets Act. DMA). Por su parte, el profesor de la Universidad de Cambridge, Sir Christopher Clark, se centró en la revolución de 1848 y sus lecciones para la integración europea, señalando que “es difícil decir si la salida de esta época de modernidad industrial será tan tumultuosa como lo fue la entrada entonces, pero hay muchos indicios de que una nueva revolución se avecina”. El profesor Clark trazó paralelismos entre las dos etapas históricas y citó una hermosa frase del político liberal granadino Francisco Martínez de la Rosa, que veía en la Constitución “un contrato para la libertad”.

Presentaciones de EUDOC

Los notarios José Carmelo Llopis, delegado de nuevas tecnologías español en el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) y la Unión Internacional del Notariado (UINL); y Gonzalo Cano, miembro de la sección internacional del CGN; han realizado recientemente presentaciones de la plataforma EUDoc, desarrollada por los Notariados alemán y español, de intercambio seguro de documentos en diferentes instituciones, como la Comisión Europea, el CNUE, UINL; y las Cámaras de Notarios de Letonia, Lituania, Chequia, Eslovaquia, Alemania, Austria, Polonia, Italia, Portugal, Francia, Grecia, Bélgica, Estonia, Bulgaria, Holanda o Eslovenia.

De izda. a dcha.: Gonzalo Cano; Manfred Guttman, especialista en tecnología del Notariado austriaco; Maximilian Wosgien, director del Notariado alemán en Bruselas; Michael Lunzer, presidente de la Cámara de notarios de Viena; Jens Bormann, presidente del Notariado alemán, Carmelo Nieto y Nadja Danninger, directora del Notariado alemán.
Asamblea General del CNUE

A finales de junio, la localidad italiana de Como acogió la Asamblea General del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE). El Notariado español estuvo representado por José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN); Álvaro Lucini, delegado del CNUE en el CGN, Isidoro Calvo y José Carmelo Llopis, delegados españoles en grupos de trabajo del CNUE.

Bajo la presidencia del italiano Giampaolo Marcoz, la asamblea reunió a 22 Notariados europeos, y a una delegación ucraniana (que ha recibido el estatuto de miembro observador del CNUE) encabezada por Volodymyr Marchenko, su presidente. Uno de los principales puntos del orden del día fue el unánime apoyo a Ucrania. Este respaldo surge de una estrecha colaboración con la Comisión Europea y una de sus principales medidas es el establecimiento de una cooperación con Cruz Roja en distintos países para acoger a los refugiados. El apoyo del CNUE y sus miembros tendrá una doble vertiente: por un lado económica y, por otro de asesoramiento gratuito en materia de Derecho de Familia (reagrupación familiar, custodia de menores no acompañados…).

Pie de foto: Miembros del CNUE durante un minuto de silencio por las víctimas del conflicto en Ucrania.

Reformas a valorar

REFORMAS A VALORAR

Orden JUS/616/2022. Nuevos modelos. Cuentas anuales

BOE: 04/07/2022

NUEVOS MODELOS PARA LA PRESENTACIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS CUENTAS ANUALES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A SU PUBLICACIÓN.

Resumen: Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. En la presente orden se recogen las novedades, con relación al modelo actualmente vigente, derivadas del artículo 1 del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, norma que se deroga.

Se encuentra en paralelo con la O.M. 615/2022, de esta misma fecha para las cuentas consolidadas.

Se adapta a la normativa del Plan General Contable y normativa internacional, con los modelos contables generalizados y aceptados y a ciertos Reglamentos de la UE.

Destacan conceptos ahora muy relevantes como pérdida esperada y apartados sobre instrumentos financieros.

Se establecen modelos, habilitación a la D.G.S.J.F.P. para su posible modificación.

Entrada en vigor: 5 de julio de 2022.

ORDEN JUS/615/2022. MODELOS. CUENTAS CONSOLIDADAS ANUALES

BOE: 04/07/2022

SE APRUEBAN LOS MODELOS PARA PRESENTAR CUENTAS CONSOLIDADAS EN EL R.M. QUE DERIVA DE LA LEY 16/2007, DE 4 DE JULIO.

Resumen: Orden JUS/615/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

Deriva mediatamente de la Ley La Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea.

*Se dictó la Orden JUS/793/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación. A su vez, la disposición final primera de la Orden JUS/318/2018, de 21 de marzo, habilitó a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública para que apruebe las modificaciones que exijan los modelos como consecuencia de reformas puntuales de la normativa contable.
*De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad (NIC), las NIC sólo son aplicables de forma obligatoria para la elaboración de las cuentas anuales consolidadas si, a la fecha de cierre del ejercicio, la sociedad que elabora dicho informe ha emitido valores que cotizan en mercado regulado de cualquier país de la UE.
En España la decisión del legislador fue (disposición final undécima de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social) que en el ámbito de las cuentas anuales consolidadas, debía dejarse a opción del sujeto contable la aplicación de las normas españolas o de los Reglamentos comunitarios si, a la fecha de cierre del ejercicio, ninguna de las sociedades del grupo ha emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la UE.

Se hace referencia a la normativa internacional sobre pérdida esperada y otros elementos de contabilidad de nueva aplicación en el contexto internacional.

Dispone de varios anexos.
Se establece nuevos modelos y se habilita a la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública a cambiar modelos por variación de normas contables.

Se establece sistema de cohabitación de modelos nuevos y antiguos y formatos electrónicos.

Se deroga la OM.JUS/793/2021, de 22 de julio. Entrada en vigor, día 5 de julio de 2022.

SENTENCIAS CON RESONANCIA

CONTRATOS A DISTANCIA CELEBRADOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

EN EL CONTEXTO DE UN LITIGIO ENTRE UN CIUDADANO Y UNA EMPRESA POR LA RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR CANCELACIÓN DE UNA RESERVA HOTELERA REALIZADA A DISTANCIA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EL TJUE INTERPRETA LA DIRECTIVA 2011/83/UE, SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES.

▶ STJUE 7/04/2022 ▶ Ponente: M. Safjan

Resumen: El TJUE declara que “el artículo 8, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que, para determinar, en el marco de un proceso de pedido relativo a la celebración de un contrato a distancia por medios electrónicos, si una formulación inscrita en el botón de pedido o en una función similar, como la formulación «finalizar la reserva», es «correspondiente» a la expresión «pedido con obligación de pago», a efectos de esta disposición, hay que atender únicamente a la expresión que figura en dicho botón o dicha función similar.”

Es decir que, según la Directiva sobre los derechos de los consumidores, cuando un contrato a distancia se celebra por medios electrónicos mediante un proceso de pedido y va acompañado de una obligación de pago para el consumidor, el comerciante debe, por un lado, proporcionar a ese consumidor, justo antes de que efectúe el pedido, la información esencial relativa al contrato y, por otro, informar expresamente a dicho consumidor de que, al efectuar el pedido, queda sujeto a una obligación de pago. Por lo que respecta a esta última obligación, del tenor literal de la Directiva resulta que el botón de pedido o la función similar deben etiquetarse con una expresión que sea fácilmente legible y carente de ambigüedad, que indique que el hecho de realizar el pedido implica la obligación del consumidor de pagar al comerciante.

Y en el supuesto de que, una normativa nacional cuyo objeto sea trasponer la Directiva no contenga ejemplos concretos de formulaciones correspondientes, a imagen de la propia Directiva, los comerciantes pueden recurrir a cualquier expresión de su elección, siempre que de dicha expresión resulte inequívocamente que el consumidor está sujeto a una obligación de pago desde el momento en el que pulse el botón de pedido o active la función similar.

LA VIDEOVIGILANCIA COMO PRUEBA VÁLIDA PARA JUSTIFICAR UN DESPIDO

LA CONTROVERSIA SUSCITADA EN ESTE RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA CONSISTE EN DETERMINAR SI PUEDE SER ADMISIBLE LA PRUEBA DE VIDEOVIGILANCIA APORTADA POR LA EMPRESA PARA JUSTIFICAR EL DESPIDO DISCIPLINARIO DE UN TRABAJADOR.

▶ STS 30/03/2022 ▶ Ponente: Juan Molins García-Atance

Resumen: El TS determina que se puede admitir como prueba, en el marco de un despido laboral, las imágenes captadas a través del sistema de videovigilancia instalado por la empresa, en aquellos casos en que la instalación de las cámaras era una medida justificada, ya que permitía al empresario descubrir eventuales infractores y sancionar sus conductas y entiende que no existía otro tipo de medios menos intrusivos para conseguir la finalidad perseguida, resaltando que los datos obtenidos se utilizaron para la finalidad de control de la relación laboral y no para una finalidad ajena al cumplimiento del contrato; es decir, recuerda que la videovigilancia es una medida empresarial de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, al amparo del Art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, y trae a colación la doctrina constitucional y jurisprudencial interpretativa de la Ley Orgánica de Protección de Datos de 1999, que determinaba que el tratamiento de datos de carácter personal del trabajador consecuencia de la videovigilancia no requería el consentimiento del artículo 6 de la citada ley, ya que se trataba de una medida dirigida a controlar el cumplimiento de la relación laboral.

En particular, la empresa no necesitaba el consentimiento expreso del trabajador para el tratamiento de las imágenes obtenidas a través de las cámaras instaladas en la empresa con la finalidad de seguridad, ya que se trataba de una medida dirigida a controlar el cumplimento de la relación laboral y que era conforme con el Art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, siendo únicamente necesario cumplir con el deber de informar.

Por lo que se refiere a la información al trabajador acerca de la instalación de cámaras de videovigilancia, sigue la doctrina del TC, entre otras, Sentencia 39/2016, de 3 de marzo, manifestando que no existe vulneración del Art. 18.4 de la Constitución española, y recuerda que, en determinadas circunstancias, la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 17 octubre 2019 (López Ribalda II) admite que la empresa no advierta al trabajador de la existencia ni del emplazamiento de determinadas cámaras de videovigilancia, sin que ello conduzca a la nulidad de la prueba de videovigilancia que sustenta y acredita la sanción al trabajador”; esto es, el TS entiende que el deber de informar sí se entiende cumplido, si la instalación de las cámaras era notoria y conocida por los empleados, pues se instalaron distintos carteles que permitían a todas las personas que accedían al local (tanto empleados como clientes) tener conocimiento de su presencia. Asimismo, el TS también indica que, si el trabajador sabe de la existencia del sistema de videovigilancia, no es obligatorio especificar la finalidad exacta asignada a ese control (STC 39/2016, de 3 de marzo de 2016).

Si bien es importante señalar que el supuesto enjuiciado tuvo lugar el 9 de mayo de 2018, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en este sentido, tras la entrada en vigor de dicha norma, existe la obligación de información con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa de la instalación de las cámaras a las personas trabajadoras y sus representantes, siendo suficiente la instalación de los carteles adhesivos para captar la comisión de ilícitos flagrantes, y existiendo diversas opiniones contrapuestas sobre si dicha información debe darse o no en las instalaciones ocultas temporales.

SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS

INSTANDO DE FORMA INSTRUMENTAL LA REVOCACIÓN DE LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA FIRMA.

▶ STS 4/03/2022 ▶ Ponente: Rafael Fernández Valverde

Resumen: Posibilidad de revocar una liquidación tributaria firme, al entender que una liquidación cuyo fundamento se encuentra en una norma que es objeto de anulación posterior a la firmeza de la liquidación, podría ser objeto de revocación pues dicha nulidad supondría una circunstancia sobrevenida a la situación

STS Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, num. 279/2022, de 4/03/2022.
El TS declara que, la nulidad de una Orden Ministerial, posterior y sobrevenida (Orden Ministerial en virtud de la cual se había practicado la liquidación y que había sido anulada por la Audiencia Nacional), supone un motivo adecuado para acceder a la revocación de la liquidación firme.

Así, resuelve que en aquellos casos en los que el administrado haya solicitado la devolución de ingresos indebidos, siendo el acto de aplicación de los tributos del que deriva el ingreso, firme, si el interesado promueve su revocación, la Administración tiene la obligación de resolver; y el interesado, en el caso de tener una resolución desfavorable, tiene derecho a impugnar la misma por los cauces dispuestos legalmente, poseyendo acción al efecto.

Asimismo, aprecia la concurrencia de “circunstancia sobrevenida”, pues según afirma: 1 – Se trata de un mandato jurisdiccional (nulidad de una Orden Ministerial, que origina la liquidación). 2 – Es posterior al momento de la solicitud de la devolución, y por tanto no se podía esgrimir como causa de revocación. 3 – La nulidad jurisdiccional reconoce la exención tributaria del contribuyente. 4 – El Juzgado en su sentencia, realiza una valoración fáctica de las características en las que apoya la exención aplicable al caso.

El procedimiento de devolución de ingresos indebidos supone un mecanismo para el contribuyente por el que puede solicitar la devolución de lo ingresado teniendo la Administración la obligación de resolver. Este mecanismo se incardina dentro de los procedimientos especiales de revisión pudiendo ser objeto de control judicial en aquellos supuestos en los que se hubiera incurrido en motivo de nulidad de pleno derecho, o bien, se encontrase en alguno de los supuestos previstos en los que proceda la revocación: (i) infracción manifiesta de ley; (ii) circunstancias sobrevenidas que afecten a una situación jurídica particular que pongan de manifiesto la improcedencia del acto; o (iii) indefensión causada en la tramitación del procedimiento.

PUBLICACIONES PEYORATIVAS EN FACEBOOK, INTROMISIÓN ILEGÍTIMA

SE ESTIMA INTROMISIÓN ILEGÍTIMA LAS PUBLICACIONES EN FACEBOOK DE CONTENIDO AFRENTOSO Y PEYORATIVAS NO AMPARABLES EN EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

▶ STS 22/02/2022 ▶ Ponente: Antonio García Martínez.

Resumen: Las expresiones vertidas en contra del actor no son críticas hechas en tono jocoso o humorístico, sino una sarta de descalificaciones personales de nítido contenido afrentoso y peyorativo, manifiestamente desproporcionadas.

El contenido de la red social está centrado en seminarios sobre bienestar animal, cuidados estéticos e higiénicos del perro de agua español y la comercialización de un champú para animales domésticos, y las expresiones vertidas en contra del actor no son críticas hechas en tono jocoso o humorístico, sino una sarta de descalificaciones personales de nítido contenido afrentoso y peyorativo, manifiestamente desproporcionadas e innecesarias para criticar el desempeño profesional del recurrido al que denigran abiertamente y del que trasladan una imagen de engañador, aprovechado y pesetero, carente de preparación, así como de ética profesional y personal. Ello tuvo una incidencia notable de publicaciones: la página del recurrente en Facebook es de 2300 personas y el grupo «Perro de agua Español (Turco Andaluz)» tiene 16.977 seguidores.

Para resolver el conflicto entre a libertad de expresión y el derecho al honor el Tribunal ha ponderado las circunstancias y señala que la libertad no puede prevalecer sobre el honor cuando se trata de descalificaciones personales, peyorativas, y manifiestamente desproporcionadas e innecesarias para criticar una labor profesional en que se denigra y desprestigia abiertamente a la persona.

La Sentencia considera correcta la condena al pago de una indemnización por daño moral por existencia de intromisión ilegítima en derecho al honor de una persona provocada por unos comentarios lesivos desproporcionados en red social de Facebook, y que la cuantía indemnizatoria por daño moral de 7500 euros, es proporcionada y equitativa, debido a las circunstancias del caso, la gravedad de la lesión y la divulgación.

CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA

LA EXTINCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA QUE DISPONE EL ART. 178.3 DE LA LEY CONCURSAL DEBE ENTENDERSE COMO UNA PRESUNCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD, EVITANDO ASÍ QUE LA SOCIEDAD DEUDORA E INSOLVENTE PUEDA SEGUIR OPERANDO EN EL TRÁFICO

▶ AAP 9/12/2021 ▶ Ponente: Inmaculada Concepción Zapata Camacho

Resumen: La Sala, señala que la DGRN (resoluciones de 14 de diciembre de 2016, 30 de agosto de 2017) y el Tribunal Supremo ( SSTS de 27 de diciembre de 2011, 20 de marzo de 2013 y 24 de mayo de 2017) sostienen que la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil no provoca sin más la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades de capital, extinción que solo se produce cuando se agotan todas sus relaciones jurídicas, señalando la Resolución de la DGRN de 30 agosto de 2017, que, no cabe negar la posterior inscripción de la escritura de extinción de una sociedad mercantil en aquellos supuestos en que la cancelación de la hoja registral trae causa del auto de conclusión del concurso de acreedores sin pasar por el trámite intermedio de la apertura de la liquidación.

Es decir que, aunque el Juez del concurso al tiempo que declaró a la sociedad en situación de concurso, y acordó la conclusión del propio concurso por insuficiencia de la masa activa y, por tal vía quedó extinguida la personalidad jurídica de la sociedad, con la consiguiente imposibilidad de dirigir contra ella la ejecución, ello no siempre es así, sino cuando se agotan todas sus relaciones jurídicas.

Especial Congreso Notarial

ESPECIAL

XII CONGRESO NOTARIAL ESPAÑOL

Representación institucional

El congreso acogió una amplia representación institucional. Autoridades y altos cargos de la administración –del ámbito estatal, autonómico y municipal–, y de diversos operadores jurídicos –Judicatura, abogacía, Fiscalía…–, acompañaron al notariado español en esta cita.

Las ministras de Justicia, Pilar Llop, y de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero; el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre; el presidente de la Diputación de Málaga, José Francisco Salado; Francisco Javier Salas, subdelegado del Gobierno; el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez; y Sofía Puente, directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, entre otras personalidades, acudieron a los actos de inauguración y clausura.

Justicia. El mundo de la Justicia estuvo representado por Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española y de Unión Profesional; Juan Carlos Estévez, presidente del Consejo General de Procuradores de España; María José Segarra, fiscal de sala coordinadora de los servicios de protección de las personas con discapacidad y mayores; Gonzalo López Ebri, teniente fiscal de la Comunidad Valenciana; Fernando Santos Urbaneja, fiscal delegado de personas con discapacidad y mayores en la Comunidad Autónoma de Andalucía; Lorenzo del Río, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; los magistrados Pascual Ortuño, María Ángeles Parra y Ángel Luis Campo.

Andalucía. De las administraciones andaluzas y diversos sectores profesionales asistieron: Patricia Navarro, Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía; María Dolores Fernández Trinidad, delegada territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía; Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses y decano del Colegio de Economistas; Pedro Navarro, decano del Colegio de Médicos de Málaga; Salvador González Martín, decano del Colegio de Abogados de Málaga; Mª Rosario Jiménez Rubio, decana Territorial del Colegio de Registradores; Lourdes García Ortiz, presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga; y Juan José Hinojosa, decano de la Facultad de Derecho.

Notariado. La práctica totalidad de los decanos de los colegios notariales y de los miembros del Consejo General del Notariado (CGN) acudió a esta cita: José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del CGN (decano del Colegio Notarial de Madrid); Raimundo Fortuñy, vicepresidente del CGN (decano del C.N. de Islas Baleares); Francisco Cantos, miembro de la Comisión Permanente del CGN (decano del C. N. de Valencia); Ignacio Ferrer, miembro de la Comisión Permanente del CGN (decano del C. N. de Extremadura); José Alberto Marín, miembro de la Comisión Permanente del CGN (decano del C. N. de Cataluña); Manuel Gerardo Tarrío, secretario y miembro de la Comisión Permanente del CGN; María Teresa Barea, portavoz del CGN (decana del C. N. de Andalucía); Luis Fernández-Bravo, delegado de nuevas tecnologías del CGN (decano del C.N. de Castilla-La Mancha); Dámaso Cruz (decano del C. N. de Aragón); María Isabel Valdés-Solís (decana del C. N. de Asturias); Alfonso Cavallé (decano del C. N. de las Islas Canarias); Leopoldo Martínez de Salinas (decano del C. N. de Castilla y León); José María Graiño (decano del C. N. de Galicia); Carmen Rodríguez (decana del C. N. de Murcia); Alfredo Aldaba (decano del C. N. de Navarra); Carmelo Prieto (decano del C. N. de La Rioja); Diego Granados (decano del C. N. del País Vasco); y Jorge Prades, vicesecretario-tesorero del CGN.

Ex presidentes del CGN como José Manuel García Collantes, Antonio Ojeda y Juan Bolás; y ex vicepresidentes, como José Luis Lledó, también asistieron al congreso. Por parte de la Fundación Aequitas, participaron como ponentes Almudena Castro-Girona (directora) y Federico Cabello de Alba (director del área social y económica).

Asistentes a la inauguración del congreso. En primera fila, y de izquierda a derecha, diversos decanos y miembros de CGN: J. A. Marín, C. Prieto, J. M. Graiño, A. Aldaba, J. Prades, M. Tarrío, M. I. Valdés- Solís, D. Granados, R. Fortuñy, C. Rodríguez y F. Cantos.
Asistentes a la clausura del congreso. En la primera fila, de izquierda a derecha, varios decanos de los colegios notariales: F. Cantos. R. Fortuñy, I. Ferrer, J. L. Lledó (ex decano de Andalucía), L. Fernández-Bravo, J. A. Marín, J. Prades (vicesecretario del CGN), y D. Cruz.

XII CONGRESO NOTARIAL ESPAÑOL | MESAS REDONDAS

El régimen de apoyos a la luz de la Ley 8/2021

Estudio de las implicaciones que para el Derecho español va a suponer este completo cambio de paradigma

De izquierda a derecha: Lorenzo del Río, Cristina González, Almudena Castro-Girona, Sofía de Salas y Cristóbal Fábrega.

Lorenzo del Río Fernández,
presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

«Ahora mismo hay preocupación porque, tanto a nivel social como en el ámbito jurídico, se necesita una formación continua para la aplicación de esta nueva ley»

Cristóbal Fábrega Ruiz,
fiscal en la Fiscalía Provincial de Jaén y doctor en Derecho especializado en la protección de personas con discapacidad

«Con esta ley hemos llegado al final de un camino, ahora las personas con discapacidad tienen derecho a decidir qué quieren para su vida»

Sofía de Salas Murillo,
catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza

«Una de las mayores novedades de esta ley han sido los acuerdos de apoyo voluntarios»

Cristina González Beilfuss,
catedrática de Derecho Internacional Privado

«Se están haciendo acciones para mayor conocimiento y difusión de esta ley»

Almudena Castro-Girona Martínez

fue la moderadora de la mesa. Notaria. Directora de la Fundación Aequitas y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Unión Internacional del Notariado (UINL).

¿Es sostenible una economía de servicios en una sociedad envejecida?

El problema de nuestro modelo productivo en una sociedad envejecida
De izquierda a derecha: Ramón González, Inmaculada Ordiales, Enrique Feás, Sara Baliña y Manuel Alejandro Hidalgo.

Enrique Feás Costilla,
técnico comercial y economista del Estado. Investigador asociado del Real Instituto Elcano

«Identificar industria con alta productividad y servicios con baja productividad es una visión anticuada; del siglo XX»

Manuel Alejandro Hidalgo Pérez, profesor de economía de la Universidad Pablo de Olavide

«Se puede generar un valor muy útil para la economía basado en las aportaciones de los mayores de 65 años, compaginando pensión con trabajo, a través de las retiradas voluntarias. Una conciencia social que empieza a fraguarse cada vez más»

Inmaculada Ordiales Hurtado, economista y Jefa del Área Económica del Servicio de Estudios en el CES

«Las políticas de emprendimiento entre personas mayores son aún un campo inexplorado, incluso en el ámbito de la UE»

Sara Baliña Vieites, subdirectora. Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de la Presidencia del Gobierno

«Hay que concienciar a la sociedad de que el envejecimiento no empieza a los 65 años; debe ser más tarde, ya que la esperanza de vida hoy es mayor»

Ramón González Férriz

fue el moderador. Columnista de El Confidencial y analista en el programa 24 horas de Radio Nacional de España.

Valoración de la capacidad

Análisis de las técnicas y de las distintas finalidades (en función del sujeto, acto o procedimiento) de la valoración de la capacidad para prestar un consentimiento informado
De izquierda a derecha: Ángel Luis Campo, María Paz Rubio, Federico Cabello de Alba, Ángeles Luna y Carmen Sánchez.

Carmen Sánchez Castellano, adjunta de Geriatría del Hospital Universitario Ramón y Cajal de Madrid

«Los que tratamos a personas mayores y los que nos situamos en el campo del diagnóstico, en consultas con prevalencia de demencia, nos hemos encontrado ante un cambio de paradigma con esta ley»

Mª Ángeles Luna Méndez, forense. Jefe de Sección del Instituto de Medicina Legal de Madrid

«La intervención del médico forense es exclusiva de la vía judicial, por lo que sólo intervendremos cuando se soliciten judicialmente medidas de apoyo para la persona con discapacidad»

María Paz García Rubio, catedrática de Derecho Civil en la Universidad de Santiago

«La Ley 8/2021 plantea al encargado de aplicar a las normas retos indudables que pasan por repensar algunos conceptos básicos que creíamos asentados en nuestro acervo jurídico»

Ángel Luis Campo Izquierdo, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid

«Esta ley es un paso más hacia el objetivo final, pero a la letra de la norma no le acompaña una revisión y provisión de medios económicos, materiales y profesionales que se requieren para ello»

Federico Cabello de Alba Jurado

fue el moderador. Notario y director del Área Social de la Fundación Aequitas.

La financiación pública de las pensiones y de la sanidad en una sociedad envejecida

¿Puede la piedra angular del Estado del Bienestar permanecer igual cuando todo cambia?
De izquierda a derecha: Juan Oliva, Carmen Boulet, Ignacio Conde-Ruiz y Miguel Cruz.

Ignacio Conde-Ruiz, doctor en Economía de la Universidad Carlos III de Madrid

«El sistema de pensiones se halla en una encrucijada. En España, los ‘babyboomers’ son más jóvenes que en otros países, por lo que la tasa de dependencia se va a multiplicar en las próximas décadas»

Miguel Cruz Amorós, ex director general de Tributos

«No todas las pensiones son suficientes ni adecuadas, pero es difícil diseñar políticas fiscales con una lógica social»

Juan Oliva Moreno, catedrático de Economía. Departamento de Análisis Económico y Finanzas y Seminario de Investigación en Economía y Salud. Universidad de Castilla-La Mancha

«Nuestro sistema sanitario, ya antes del COVID, requería reformas profundas para que fuera de calidad. Impulso del gasto, innovaciones y nuevas terapias proporcionarán más sostenibilidad»

Carmen Boulet Alonso

fue la moderadora. Notaria.

Voluntades anticipadas y consentimiento informado

La visión médica y la visión jurídica y su coordinación en un mundo post-Covid
De izquierda a derecha: Segismundo Álvarez-Royo, Ignacio Gomá, Lourdes Rexach y Ángel Luis Guirao.

Lourdes Rexach Cano, coordinadora del Equipo de soporte Hospitalario de Cuidados Paliativos del Hospital Universitario Ramón y Cajal de Madrid

«La instrucción previa es el documento por el que una persona manifiesta su voluntad para que ésta se cumpla si llega a situaciones en las que no pueda expresarse»

Ángel Luis Guirao García, subdirector general de RRHH, Alta Inspección y Cohesión del SNS. Dirección General de Ordenación Profesional. Ministerio de Sanidad

«Es necesario que los ciudadanos conozcan el beneficio de realizar la planificación anticipada de decisiones»

Segismundo Álvarez Royo-Villanova, notario

«A la hora de solicitar la eutanasia en el documento de instrucciones previas tiene que haber una voluntad clara e inequívoca de las circunstancias en las que se tendría que aplicar; no puede ser una alusión genérica»

Ignacio Gomá Lanzón

fue el moderador. Notario. Presidente de la Fundación Hay Derecho

Conflicto intergeneracional y toma de decisiones políticas

El fenómeno del envejecimiento genera conflictos de intereses de todo tipo, pero especialmente entre generaciones. ¿Se puede llegar a un consenso?
De izquierda a derecha: Carmen Vela, Elisa Chuliá, Pablo Simón y Cristina Ares.

Elisa Chuliá Rodrigo, profesora titular de Sociología de la UNED

«El crecimiento de la esperanza de vida ha contribuido a que la población cambie demográficamente: las sociedades multigeneracionales se han ampliado. En el ámbito familiar hay cohesión intergeneracional, sin conflictos. No ocurre lo mismo en el ámbito de lo público»

Cristina Ares Castro-Conde, profesora de Ciencia Política y de la Administración. Universidad de Santiago de Compostela

«Es necesario actualizar nuestro modelo de crecimiento al envejecimiento de la población»

Pablo Simón, profesor del departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Carlos III

«La Covid ha afectado a todas las generaciones y ha cambiado la actitud del mundo, sobre todo en los más jóvenes»

Carmen Vela Fernández

fue la moderadora. Notaria de Sevilla.

La guarda de hecho tras la Ley 8/2021

Su condición de hecho plantea problemas de acreditación y limitación
De Izquierda a derecha. Jorge Prades, María Ángeles Parra, María José Segarra y Ascensión Leciñena.

Ascensión Leciñena Ibarra, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Murcia

«Que la guarda de hecho sea una medida de apoyo informal no quiere decir que sea de segunda: es la gran medida de apoyo»

María Ángeles Parra Lucán, magistrada de la Sala Primera de Tribunal Supremo y catedrática de Derecho Civil

«Si funciona una guarda de hecho de manera espontánea, no hay que establecer ninguna medida de apoyo judicial»

María José Segarra, fiscal de Sala coordinadora de los servicios de protección de las personas con discapacidad y mayores

«En sólo tres meses desde el inicio de la aplicación de la ley ya es perceptible el efecto de la guarda de hecho y el descenso de diligencias abiertas»

Jorge Prades López

fue el moderador. Notario. Presidente de la Asociación Familias para la Acogida.

La planificación financiera de una vida centenaria

Cómo planificar financieramente una vida centenaria y de qué recursos se dispone para ello.
De izquierda a derecha: Jorge Cadórniga, Laura Duque, Diego Valero y Belén Alarcón.

Belén Alarcón Medina, socia directora de Asesoramiento Patrimonial en Abante

«No estamos diseñados para pensar en el futuro, por lo que no nos preocupamos lo suficiente por la planificación financiera de una vida centenaria»

Diego Valero Carreras, profesor de la Universidad de Barcelona. Director académico de London School of Economics-GPP. Presidente de Novaster

«Junto al cambio climático y la digitalización, la longevidad es uno de los grandes retos de nuestra sociedad para este siglo»

Laura Duque Santamaría, subdirectora general de Cumplimiento y Legal de Mutualidad de la Abogacía

«Planificar es una necesidad. Los españoles de 65 años tienen hoy una esperanza de vida media de veinte años más, tendencia que tiene un proceso ascendente. Somos el tercer país de la OCDE con más posibilidades de alcanzar una vida centenaria, sólo por detrás de Japón y Corea»

Jorge Cadórniga Díaz,

fue el moderador. Notario.

Abuelos y nietos: derechos, legítimas y alimentos

El nuevo paradigma de convivencia simultánea de varias generaciones, tanto desde el punto de vista personal como patrimonial
De izquierda a derecha: María Luisa Moreno-Torres, Victorio Magariños y José Miguel de la Rosa.

María Luisa Moreno-Torres Herrera, catedrática de Derecho civil en la Universidad de Málaga

«¿Es razonable proteger a los menores a costa de los ancianos? Durante la vejez las personas se encuentran en un estado de mayor debilidad e incrementan sus necesidades. No es sensato proteger a un débil a costa de otro»

José Miguel de la Rosa Cortina, fiscal de Sala adscrito a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y doctor en Derecho

«Muchas veces los abuelos sustituyen con la guarda de hecho a los padres y suele ser la mejor opción para no separar a los menores de su familia»

Victorio Magariños Blanco

fue el moderador. Notario.

La hipoteca inversa y otras soluciones inmobiliarias

¿Por qué no ha tenido éxito?
De izquierda a derecha: Mercedes Ayuso, Ubaldo Nieto y José Manuel Ruiz- Rico.

José Manuel Ruiz-Rico Ruiz, catedrático de Derecho Civil, Universidad de Málaga

«En España, nuestra mentalidad nos lleva a aspirar a tener una vivienda en propiedad. Cerca del 90% de los mayores la tienen, es un activo que no se puede despreciar, por lo que la hipoteca inversa puede ser una solución para suplir la insuficiencia de una pensión»

Mercedes Ayuso Gutiérrez, catedrática de la Universidad de Barcelona, actuaria y directora de la revista Anales del Instituto de Actuarios Españoles

«En los mercados anglosajones sí que existen planes de reversión de la vivienda; pero en el resto de la UE no hay suficiente regulación normativa sobre el desarrollo de productos como la hipoteca inversa y todos sus derivados»

Ubaldo Nieto Carol

fue el moderador. Notario y doctor en Derecho y en Ciencias Económicas y Empresariales.

Internamientos involuntarios

Análisis del internamiento involuntario como instrumento de protección. Límites y particularidades en el caso concreto de los ancianos

De izquierda a derecha: Gonzalo López Ebri, Carolina Tardín, José María Graiño, Luciana Miguel Alhambra y Juan Manuel Fernández.

Luciana Miguel Alhambra, médico forense y especialista en Geriatría

«La evaluación médica de la capacidad se centra en las habilidades psicológicas y neurológicas implicadas en el proceso de toma de decisiones y en su nivel de funcionamiento»

Gonzalo López Ebri, teniente fiscal de la Comunidad Valenciana. Patrono de la Fundación Aequitas

«El internamiento involuntario es una privación de la libertad que tiene que estar sometida a control judicial»

Juan Manuel Fernández, magistrado especialista en internamiento

«El juez, a las 72 horas de ingreso involuntario, debe regularizar la situación de la persona»

Carolina Tardín Sánchez, abogada y responsable del Departamento Jurídico del Grupo Orpea Ibérica

«Los principales problemas prácticos con los que nos encontramos en los centros residenciales son: divergencia de los criterios por parte de los órganos judiciales; los ingresos voluntarios que derivan en involuntarios, los problemas familiares y la demora en la tramitación de los ingresos involuntarios»

José María Graiño Ordoñez

fue el moderador. Notario. Decano del Colegio Notarial de Galicia

Poderes preventivos y regulación de la propia discapacidad

Técnicas jurídicas de previsión de la propia incapacidad al amparo de la Ley 8/2021, tanto desde el punto de vista personal como patrimonial

De izquierda a derecha: Manuel Lora- Tamayo, Josep María Valls, María Linacero y Fernando Santos.

Fernando Santos Urbaneja, fiscal delegado de Personas con Discapacidad y Mayores en la Comunidad Autónoma de Andalucía

«Muchos poderes preventivos se otorgan a los amigos antes que a la familia. Está creciendo mucho esta medida de apoderamiento que evita ir al juzgado»

Josep Maria Valls i Xufré, notario

«Los juzgados están colapsados y no pueden atender todas las solicitudes de medidas de apoyo referidas a personas mayores. Algunos de esos casos los podemos atender los notarios a través de los poderes preventivos»

María Linacero de la Fuente, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid. Ex vocal asesora del Ministerio de Justicia

«La Ley 8/2021 supone una conquista social y jurídica encomiable; reflejo de un renacimiento legislativo que ha implicado una renovación del Derecho Civil. Uno de sus principales méritos es la regulación sistemática de los apoderamientos preventivos»

Manuel Lora- Tamayo Villacieros 

fue el moderador. Notario.

¿Necesitamos más niños? Natalidad e inmigración

¿Verdaderamente hay un «problema» demográfico?

De izquierda a derecha: Julio Pérez, Nuria Moreno-Manzanaro, Ramón González y Antonio Roldán.

Julio Pérez Díaz, científico titular del Instituto de Economía, Geografía y Demografía

«Todo el mundo sabe que estamos en crisis demográfica, necesitamos más niños en España»

Antonio Roldán Monés, director. Center for Economic Policy & Political Economy, Esade

«Hemos vivido ya el pico de nacimientos de la humanidad y ahora estamos empezando a decrecer y de manera más rápida»

Nuria Moreno-Manzanaro García, jefa del Área Social. Consejo Económico y Social

«La inmigración ha sido un regalo para España. Si no estaríamos ya en declive y gracias a ella crecimos vertiginosamente en menos años»

Ramón González Férriz

fue el moderador. Columnista de El Confidencial y analista en el programa 24 horas de Radio Nacional de España.

La tecnología como potenciadora de capacidades

Medios técnicos al servicio de la persona, no al revés
De izquierda a derecha: José Carmelo Llopis, Ignacio Dávila, Lourdes González y Jesús Hernández.

Jesús Hernández Galán, director de Accesibilidad Universal e Innovación. Fundación ONCE

«En breve se presentará un manual de accesibilidad en los despachos notariales; una guía que permitirá a los notarios interactuar con sus clientes, independientemente de su discapacidad»

Ignacio Dávila, innovation manager health & Education Vodafone Business

«La tecnología está para ayudarnos y resolver los retos que nos identifique el usuario»

Lourdes González Perea, coordinadora de Proyectos de Tecnología y Accesibilidad de Fundación ONCE

«La accesibilidad tecnológica debe contemplar los medios que tienen las personas y adaptarse a ellos; no todo el mundo tiene los mismos dispositivos»

José Carmelo Llopis Benlloch

fue el moderador. Notario.

Atención de la dependencia

El cuidado de los mayores: una obligación familiar y social
De izquierda a derecha: Andikona Uriarte, Ángel Rodríguez, Manuel Rueda y Marina del Corral.

Ángel Rodríguez Castedo, ex director general del IMSERSO

«Es importante que los mayores se puedan desplazar sin barreras por su domicilio. Las nuevas tecnologías pueden ayudar para que las personas vivan más cómodas y más seguras»

Marina del Corral Téllez, directora general de CEAPs

«En España según donde viva un ciudadano mayor le tocan mejores o peores servicios»

Andikona Uriarte, representante de la Fundación Hurkoa

«Hay personas mayores en situación de soledad y sin apoyo que todavía no son dependientes y no tienen reconocido un derecho a ser cuidadas y acompañadas»

Manuel Rueda Díaz de Rábago

fue el moderador. Notario.

La planificación vital de una vida centenaria

Adaptarse a la nueva realidad va a exigir un radical cambio de actitud
De izquierda a derecha: Juan Díez Nicolás, Isabel Louro y José Antonio Herce.

Juan Díez Nicolás, catedrático emérito de Sociología. Universidad Camilo José Cela

«Es complicado evitar el envejecimiento de la población: tenemos una mortalidad muy baja y cada vez hay menos nacimientos; además, la esperanza de vida se ha duplicado en un siglo. Deberíamos empezar a planificar cómo vamos a vivir si llegamos a una vida centenaria»

José Antonio Herce San Miguel, socio fundador de LoRIS (Longevity & Retirement Income Solutions)

«Hay una barrera tiránica que empieza a los 65 años. Los mayores de esa edad no necesitan "edadismo" positivo. Debemos invocar el derecho a la autosuficiencia financiera en la 'gran edad' para no depender de 'papá Estado'»

Isabel Louro García

fue la moderadora. Notaria.

XII CONGRESO NOTARIAL ESPAÑOL | PARTICIPACIÓN INTERNACIONAL

El Notariado internacional se da cita en Málaga

El XII Congreso del Notariado español congregó también a notarios europeos, americanos y africanos, encabezados por Giampaolo Marcoz y Cristina Noemí Armella, presidentes del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) y de la Unión Internacional del Notariado (UINL), respectivamente; las dos organizaciones supranacionales.
Giampaolo Marcoz, Pilar Llop, Cristina Armella y José Ángel Martínez Sanchiz, en la inauguración del congreso.
Cristina Armella, en la clausura

Representando a otras delegaciones asistieron: Igor Stijovic y Branislav Vukicevic (vicepresidente y ex presidente del Notariado de Montenegro); Adam Tóth (presidente del Notariado de Hungría), Tomas Sajbem y Tomas Patri (Hungría); Vincenzo Gunella, Elsa Bertholet y Laura Santagelo (Italia), Lionel Galliez (vicepresidente de la UINL, Francia); Dimitar Tanev (presidente del Notariado de Bulgaría), Krasimir Anadoliev, Pamela Valkova, Lidiya Kamuldzhieva, Antony Getov, Mariya Bakardzhieva, Neli Lukova, Eva Dobreva, Meglena Tsatsarova, Ivanka Vasileva y Zhenia Dzhikova (Bulgaria). Por parte del Notariado español acudieron diversos representantes del Consejo General del Notariado (CGN) en el CNUE y la UINL, como Álvaro Lucini, Alfonso Cavallé (decano), Jose Carmelo Llopis, Gonzalo Cano, Jose Ignacio González Álvarez, Segismundo Álvarez y María de los Reyes Sánchez.

José Ángel Martínez Sanchiz (derecha) y Dimitar Tanev, durante la firma del acuerdo.

Convenio con la Cámara de Notarios de Bulgaria

Durante el congreso tuvo lugar la firma de un acuerdo de cooperación entre José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del CGN, y Dimitar Tanev, presidente de la Cámara de Notarios de Bulgaria.

En virtud de este convenio, ambas instituciones se comprometen a colaborar en la capacitación continuada notarial mediante la organización de cursos, seminarios y prácticas de formación; la orientación para el desarrollo técnico, especialmente en el ámbito de la informatización de las notarías; la implantación de procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo; y el impulso a la mejora de la legislación, mediante el intercambio recíproco de textos y novedades legislativas, publicaciones y estudios en materia notarial.

De izda. a dcha.: Álvaro Lucini, Aurora Muebaque, Rimme Bosio Riokalo, José Ángel Martínez Sanchiz, Víctor Ondo Nsang y y Pergentino Angue.

Visita del Notariado de Guinea

Una delegación del Ministerio de Justicia y la Cámara de los Notarios de la República de Guinea acudió a Málaga y posteriormente a la sede del CGN en Madrid para conocer de primera mano el funcionamiento del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales.

La representación africana estuvo conformada por: Rimme Bosio Riokalo, secretaria de Estado de Justicia; Víctor Ondo Nsang, secretario general de Justicia; Aurora Muebaque Torao, directora de Registros; y Pergentino Angue, director del Notariado de Guinea.

XII CONGRESO NOTARIAL ESPAÑOL | REPERCUSIÓN

José Ángel Martínez Sanchiz (derecha) y Dimitar Tanev, durante la firma del acuerdo.

Amplia difusión externa

El XII Congreso Notarial tuvo una amplia repercusión en la prensa económica, digital, generalista y regional; así como en las agencias nacionales y las radios y televisiones locales y regionales. También se dio a conocer a través de Youtube (donde se publicaron varios vídeos) y de las redes sociales.

RNE emitió en directo desde el NH de Málaga, sede del congreso, el programa De Pe a Pa, que dirige Pepa Fernández, donde entrevistó a varios representantes del notariado y del congreso: María Teresa Barea, Rodrigo Tena, Almudena Castro-Girona, Isabel Louro y Plácido Barrios.

El día anterior a la inauguración, el Hotel NH acogía una rueda de prensa que contó con la asistencia de numerosos medios. Los portavoces de este encuentro informativo fueron José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado; María Teresa Barea, decana del Colegio Notarial de Andalucía; y Rodrigo Tena, coordinador del Congreso. Asimismo, durante los actos de inauguración y clausura las ministras de Justicia –Pilar Llop– y Hacienda y Función Pública –María Jesús Montero– atendieron a los medios desplazados.

Otros actos realizados en paralelo al congreso, como la exposición sobre documentos notariales o el premio Cerca de los que están cerca de las Fundaciones Aequitas y Notariado, también contaron con cobertura. Previamente y en paralelo a esta cita, se publicaron diversos artículos de opinión relacionados con el tema del envejecimiento, así como varios vídeos.

Recortes de prensa relacionados con el Congreso.
En la web del Congreso pueden leerse tribunas de opinión y entrevistas relativas al Congreso.
Imagen de la rueda de prensa, con María Teresa Barea, José Ángel Martínez Sanchiz, y Rodrigo Tena (de izquierda a derecha).
Informativos de televisión –como Canal Málaga o Cuatro TV, en la imagen– dedicaron reportajes a la inauguración del Congreso en sus informativos.
María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública; José Ángel Martínez Sanchiz, y Plácido Barrios (comisario de la exposición sobre documentos notariales), atendiendo a los periodistas.
Recortes de prensa relacionados con el Congreso.

Twitter
@CNotarial2022

Con motivo del congreso se creó una cuenta oficial en la red social Twitter, desde donde se informó de los contenidos propios de esta cita: fotografías, declaraciones de los 70 ponentes de las 17 mesas, vídeos, noticias… Cerca de 400 mensajes fueron publicados en este canal que fueron seguidos por unos 600 usuarios.

Reformas a valorar

REFORMAS A VALORAR

LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

BOE: 09/04/2022

LEY 7/2022, DE 8 DE ABRIL, DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA
UNA ECONOMÍA CIRCULAR.

Resumen: Artículo 98.3: Las personas físicas o jurídicas propietarias de fincas están obligadas, con motivo de la transmisión de cualquier derecho real sobre los mismos, a declarar en el título en el que se formalice la transmisión, si se ha realizado o no en la finca transmitida alguna actividad potencialmente contaminante del suelo. También en las declaraciones de obra nueva por cualquier título. Entrada en vigor 10 de abril de 2022.

RD 415/2022, DE 31 DE MAYO. REGISTRO NACIONAL DE INSTRUCCIONES PREVIAS

BOE: 01/06/2022

REAL DECRETO 415/2022, DE 31 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 124/2007, DE 2 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO NACIONAL DE INSTRUCCIONES PREVIAS Y EL CORRESPONDIENTE FICHERO DE DATOS PERSONALES.

Resumen: Real Decreto 415/2022, de 31 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el Registro nacional de instrucciones previas y el correspondiente fichero automatizado de datos de carácter personal, que modifica aspectos orgánicos y de contenido, para adaptarlo a la reciente legislación sobre eutanasia en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

Modifica la legislación anterior, Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero, en el marco del art. 11 de la Ley de Autonomía del Paciente de 2002.

Competencia: Ministerio de Sanidad, la Subdirección General de Cohesión y Alta Inspección del Sistema Nacional de Salud, no en el ámbito de Consumo, como antes.

Se permite el acceso de la Administración Autonómica competente, a instancia de médico que atienda al otorgante, vía certificado digital.

Se establece en el Anexo los datos a suministrar desde los registros autonómicos, dentro del apartado «Materia de la declaración: Cuidados y tratamiento. Destino del cuerpo del otorgante o de los órganos una vez fallecido. Prestación de ayuda para morir». Sobre todos los aspectos.

Entrada en vigor, 2 de junio de 2022.

LEY 6/2022, DE 31 DE MARZO, SOBRE ACCESIBILIDAD COGNITIVA. DISCAPACIDAD

BOE: 01/04/2022

LEY 6/2022, DE 31 DE MARZO. MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, DE 29 DE NOVIEMBRE.

Resumen: Modificación de normativa sobre acceso cognitivo, eliminación de barreras para personas con discapacidad, favoreciendo la integración de éstas, con cambio de la normativa, Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Se adapta al gran cambio de la Convención de 2006 de Naciones Unidas. Prevé una regulación más estricta en materia de servicios, entornos y los elementos materiales y tecnológicos que favorezcan la integración de los discapacitados con dificultades cognitivas.

Se especifica y amplía el concepto de accesibilidad universal y no discriminación.

Se prevé en el artículo 23, apoyos complementarios, tales como ayudas económicas, productos y tecnologías de apoyo, servicios o tratamientos especializados, otros servicios personales, así como otras formas de apoyo personal o animal. En particular, ayudas y servicios auxiliares para la comunicación, como sistemas aumentativos y alternativos, braille, lectura fácil, pictogramas, dispositivos multimedia de fácil acceso, sistemas de apoyo a la comunicación oral y lengua de signos, sistemas de comunicación táctil y otros dispositivos que permitan la comunicación.»

Se establecen previsiones de Estudios, Reglamento de Condiciones Básicas de Accesibilidad Universal (3 años para su aprobación), Plan Nacional de Accesibilidad y el nuevo Centro Español de Accesibilidad Cognitiva.

Entrada en vigor: 2 de abril, salvo medidas crediticias.

INSTRUCCIÓN. APLICACIÓN INFORMÁTICA DICIREG. REGISTRO CIVIL

BOE: 09/06/2022

INSTRUCCIÓN DE 3 DE JUNIO DE 2022, DE LA DGSJYFP, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS PAUTAS Y CRITERIOS PARA APOYAR LA ENTRADA EN SERVICIO EFECTIVA DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DICIREG, A PARTIR DE LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LA PRIMERA OFICINA.

Resumen: Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se modifican las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, aprobados por Instrucción de 16 de septiembre de 2021.

Mediante la presente Instrucción se modifican las pautas de actuación en el periodo transitorio contenidas en el Anexo aprobado por la Instrucción de la DGSJFP de 16 de septiembre de 2021 (BOE núm. 228, de 23 de septiembre).

RESOLUCIONES DE JUSTICIA

PODER EN TÉRMINOS GENERALES VS PODER GENERAL

PODER MERCANTIL PARA “REPRESENTAR LEGALMENTE” A LA SOCIEDAD. ES UN PODER EN TÉRMINOS GENERALES PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN; PERO NO ES UN PODER GENERAL.

▶ Resolución DGSGYFP 08/04/2022 ▶ BOE: 04/05/2022

Resumen: El Consejo de Administración de una sociedad otorga un poder a una persona, aparentemente para cubrir una vacante en dicho Consejo.

El registrador no inscribe porque entiende que el poder habla de concederle al apoderado representación “legal”, y legalmente sólo puede tener la representación orgánica de la sociedad el Consejo de Administración. Por otro lado, tampoco hay una delegación de facultades propiamente dicha por parte del Consejo.

La DG entiende que las sociedades pueden dar poderes, y conceder delegaciones. El acto objeto de este expediente se determina poder y no hay obstáculo para ello. Entiende la DG que cuando se habla de representación legal en este caso, se entiende que es para enfatizar que el representante puede vincular legalmente a la sociedad.

La representación de las personas físicas pude ser legal o voluntaria, y en la jurídicas es orgánica o voluntaria, por lo tanto, el atributo legal en este caso lo único que hace es enfatizar la precisión anterior.

Por otro lado, tampoco puede ser una delegación de facultades porque el apoderado no es miembro del Consejo.

Por todo ello, pretender que la atribución de carácter «legal» a la representación del apoderado puede crear confusión con la propia de los representantes orgánicos, incluso aparentar que se despoja al consejo de administración de algunas de sus facultades, es una interpretación forzada.

Y si bien no hay problema en la naturaleza de la representación, hay que plantearse si surge entonces por razón de su alcance, por la posible inconcreción de un poder que se extiende sin más indicación complementaria a «la  representación legal» de una entidad.

Al no especificarse facultades, estamos ante un poder concebido en términos generales, el cual es objeto de regulación en el artículo 1713 Código Civil. En ese caso, y como señala la Resolución de 4 de marzo de 2009, deberá interpretarse restrictivamente y siempre dentro de la esfera de los actos de mera administración a que alude el citado artículo 1713 Código Civil. En absoluto es un poder general como pretende en su informe al registrador.

Los problemas no están en el otorgamiento y consiguiente inscripción de un poder representativo conferido en términos tan generales, y poco expresivos, sino que estarán en el ejercicio del mismo, por la mayor o menor dificultad que en la práctica encuentre la concreción de los actos de administración que el apoderado esté autorizado a celebrar con terceros, pero esta dificultad, y consecuente riesgo de que el tercero lo estime insuficiente, ha sido asumida por la sociedad al conferir el poder en esas condiciones. No le corresponde al registrador conjeturar con las dificultades de su ejercicio.

Por todo ello estima el recurso y revoca el poder.

REVOCACIÓN DEL NIF

CIERRE DE DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES POR REVOCACIÓN DEL CIF.

▶ Resolución DGSJYFP 05/04/2022 ▶ BOE: 25/04/2022

Resumen: Se presentan las cuentas anuales a depósito de una SL.

El registrador en una calificación confusa como dice la DG no inscribe por varios motivos.

Uno de ellos es el cierre por falta de depósito de cuentas anuales. El recurrente dice que son precisamente las cuentas señaladas por el registrador las que está tratando de depositar.

Por ello la DG estima el recurso y revoca el defecto tal cual está planteado.

La DG confirma otro defecto, que el recurrente entiende como advertencia, que es la imposibilidad de depósito por revocación del NIF de la sociedad conforme a la DA 6ª de la LGT.

REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN EN SL

LA DG ADMITE EL SISTEMA DE NOMBRAMIENTO PROPORCIONAL DE CONSEJEROS EN UNA SL.

▶ Resolución DGSJYFP 28/03/2022 ▶ BOE: 19/04/2022

Resumen: Se discute si es inscribible una cláusula de estatutos sociales que establece que las participaciones sociales que voluntariamente se agrupen, hasta constituir una cifra del capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número de componentes del consejo, tendrán derecho a designar los que, superando fracciones enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción; y no participarán en la votación de los demás miembros del Consejo.

El registrador rechaza la inscripción porque el sistema de nombramiento proporcional está previsto en la LSC para las SA y no para las SL y el 191 RRM lo prohíbe expresamente, así como una Resolución de la DG de 2008.

La DG hace un repaso evolutivo de la normativa. La LSRL de 1953 no establecía nada sobre ese punto, pero doctrinalmente, y por la propia DGSJYFP, se admitió por la elasticidad y flexibilidad del régimen propio delas SL.

La LSRL de 1995 volvía a omitir en su articulado mención al sistema proporcional, pero en su Exposición de Motivos explicitaba que no se había creído conveniente extender a las SL el sistema proporcional de las SA. En base a ese criterio y a la prohibición del 191 RRM, la DGSJYFP rechazó la posibilidad de aplicar a las SL dicho sistema.

No obstante, lo que se prohibió fue establecer el sistema idéntico por remisión al de las SA, pero el veto legal debía circunscribirse a los estrictos términos expresados por el legislador. Por ello se admitían otras modalizaciones del voto como el voto plural, consagrado a su vez por el 184.2.1 RRM que habla de desigualdad de los derechos que atribuyen las participaciones sociales, si se ha pactado que concedan más de un derecho de voto para todos o algunos acuerdos. Esta posibilidad puede, además, combinarse con la que permite exigir, para determinados acuerdos, el voto favorable de un determinado número de socios, conforme al artículo 53.3 de la misma Ley.

En ese sentido también el TS en Sentencia 138/2009 admitió el sistema de representación proporcional en las SL toda vez que a) el silencio de la Ley 2/1995 no tiene el significado de una prohibición; b) el sistema proporcional no priva a la junta general de la para el nombramiento, ni resulta contrario al principio de igualdad de derechos, dada la desigualdad de la que parten las minorías; c) el 191 RMM no puede ser determinante dado el rango que la norma ocupa en nuestro ordenamiento; d) la regulación de las SL está inspirado en las ideas de flexibilidad y de protección de la minoría y e) sería paradójico que el deseo del legislador de evitar el eventual conflicto entre socios inspirarse la declaración de nulidad de una disposición estatutaria pactada por los socios como la mejor solución para evitarlos.

Por ello en este caso y actualmente la DG admite la posibilidad de regular estatutariamente un sistema proporcional. Si bien el mismo, puede originar conflictos en el seno del consejo de administración que obstaculicen la unidad de; también es cierto que son los propios socios los más indicados para decidir si ese sistema de representación proporcional es el más adecuado atendiendo a las circunstancias concretas de la sociedad.

Por todo ello admite el recurso y revoca la calificación.

ÁMBITO TEMPORAL DE LA SUSPENSIÓN POR INTERPOSICIÓN DE RECURSO A LA DG

SE EXTINGUE LA SUSPENSIÓN, A LOS DOS MESES DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LA RESOLUCIÓN, SIN PERJUICIO DE PODER SOLICITAR NUEVA ANOTACIÓN PREVENTIVA EN CASO DEMANDA JUDICIAL.

▶ Resolución DGSJYFP 21/03/2022 ▶ BOE: 11/04/2022

Resumen: Este expediente se refiere a la pretendida suspensión del plazo de vigencia del asiento de presentación en caso de impugnación judicial de la resolución de la DG que puso fin a un recurso presentado.

La registradora entiende que la suspensión se interrumpe con la resolución expresa de la DG, puesto que la demanda judicial no se dirige contra la calificación, sino contra la resolución administrativa que pone fin al procedimiento iniciado con el recurso.

Entiende el recurrente, por el contrario, que la interrupción debe mantenerse también durante la tramitación de la posterior impugnación judicial, dado que la firmeza de la nota de calificación depende de la sentencia que en su día recaiga.

La DG aclara que la suspensión por la presentación del recurso decae a los dos meses de la publicación de la Resolución en el BOE, sin perjuicio de la posibilidad de pedir nueva anotación preventiva por interposición de demanda.

Así, en este expediente, la vigencia de asiento de presentación del documento cuya calificación dio lugar a la Resolución de 15 de julio de 2021, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el día 29 de julio de 2021, desestimatoria del recurso, se extinguió el día 29 de septiembre de 2021, a los dos meses de la publicación de la desestimación (artículo 327, párrafo undécimo, de la Ley Hipotecaria), sin que en ningún caso hubiera podido afectar a este extremo la impugnación judicial de la Resolución. Cuestión distinta será la eventual anotación preventiva de la demanda impugnatoria que pudiera ordenar el tribunal (artículos 42 de la Ley Hipotecaria y 721 a 745 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

CIERRE REGISTRAL POR BAJA EN EL ÍNDICE DE ENTIDADES Y POR REVOCACIÓN DE CIF

DIFERENTES EFECTOS DE LOS DISTINTOS CIERRES REGISTRALES POR INCUMPLIMIENTOS TRIBUTARIOS.

▶ Resolución DGSJYFP 23/03/2022 ▶ BOE: 11/04/2022

Resumen: Resolución idéntica a otra publicada el mismo día.

En cuanto al cierre por estar dada la sociedad de baja en el Índice de Entidades, la regulación actual es el 119.2 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. Establece que no podrá realizarse ninguna inscripción sin la presentación de certificación de alta en el índice de entidades. Además, el 96 del RRM establece que sólo podrán extenderse los asientos ordenados por la autoridad judicial o aquellos que hayan de contener los actos que sean presupuesto necesario para la reapertura de la hoja, así como los relativos al depósito de las cuentas anuales.

Por tanto, en este caso no se puede inscribir ni siquiera el cese, a diferencia del cierre registral por falta de depósito de cuentas.

En cuanto al cierre registral por revocación del CIF, la revocación se regula en el 147 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria. Producido el cese, que culmina en la publicación en el BOE, implicará la abstención del notario para autorizar cualquier instrumento público relativo a declaraciones de voluntad, actos jurídicos que impliquen prestación de consentimiento, contratos y negocios jurídicos de cualquier clase, así como la prohibición de acceso a cualquier registro público, incluidos los de carácter administrativo, salvo que se rehabilite el número de identificación fiscal.

Por tanto, este cierre es el más amplio puesto que sólo se admite la rehabilitación del mismo.

DENEGACION COPIA TESTAMENTO. PODER TESTATORIO (PAÍS VASCO)

TESTAMENTOS OTORGADOS POR EL TESTADOR EN SU PROPIO NOMBRE Y TAMBIÉN COMO COMISARIO EN EJERCICIO DE UN PODER TESTATORIO CONFERIDO POR SU ESPOSA YA FALLECIDA, PERO ANTES DEL FALLECIMIENTO DEL COMISARIO O DE LA EXTINCIÓN DEL PODER TESTATORIO.

▶ Resolución DGSJYFP 21/03/2022

Resumen: En este concreto caso, se trata de dilucidar si el notario ha de expedir copia de los testamentos solicitados por la recurrente, esto es, testamentos otorgados por el testador en su propio nombre y también como comisario en ejercicio de un
poder testatorio conferido por su esposa ya fallecida, pero antes del fallecimiento del comisario o de la extinción del poder testatorio.

A tales efectos cabe indicar que el artículo 226 del Reglamento Notarial señala que en vida del testador “solo éste o su apoderado especial puede obtener copia del testamento”.

La condición de legitimaria respecto de la causante alegada por la recurrente, en este caso concreto, tampoco es decisiva, pues aunque es cierto que los legitimarios ostentan el derecho de obtención de copia de testamentos incluso revocados, también es cierto que el otorgamiento de un poder testatorio genera una situación de pendencia en relación con los ya nombrados herederos, en tanto en cuanto el poder testatorio esté vigente y pueda ser ejercitado por el comisario, que impide que aquéllos puedan ejercitar sus derechos como consecuencia de la naturaleza revocable de la disposición testamentaria otorgada por lo que, conforme al artículo 17.2 de la Ley de Derecho Civil del País Vasco, la delación no se producirá hasta la extinción del poder testatorio o el ejercicio irrevocable del mismo, lo que impide que los posibles designados soliciten copia siquiera parcial del testamento realizado por el comisario con tal carácter.

REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN EN SL

LA DG ADMITE EL SISTEMA DE NOMBRAMIENTO PROPORCIONAL DE CONSEJEROS EN UNA SL.

▶ Resolución DGSJYFP 28/03/2022 ▶ BOE: 25/04/2022

Resumen: Se presentan las cuentas anuales a depósito de una SL.

El registrador en una calificación confusa como dice la DG no inscribe por varios motivos.

Uno de ellos es el cierre por falta de depósito de cuentas anuales. El recurrente dice que son precisamente las cuentas señaladas por el registrador las que está tratando de depositar.

Por ello la DG estima el recurso y revoca el defecto tal cual está planteado.

La DG confirma otro defecto, que el recurrente entiende como advertencia, que es la imposibilidad de depósito por revocación del NIF de la sociedad conforme a la DA 6ª de la LGT.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN. DENEGACION DE COPIAS

NO ADMITE EL RECURSO DE REVISIÓN Y PONE DE MANIFIESTO QUE LOS DOCUMENTOS CUYA COPIA SOLICITA NO SE ENCUENTRAN EN EL PROTOCOLO A CARGO DE DICHO NOTARIO.

▶ Resolución DGSJYFP 21/03/2022

Resumen: Recurso revisión. Firmeza acto administrativo. Denegación copia. Competencias D.G.Registros.– El recurso extraordinario de revisión, como su propio nombre indica, se caracteriza por su carácter excepcional; excepcionalidad que se materializa en la necesidad de interpretar de forma taxativa y excepcional, sin aceptar interpretaciones analógicas o extensivas, los supuestos recogidos en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, evitando, en consecuencia, que el recurso extraordinario de revisión se convierta en una instancia administrativa más para recurrir resoluciones administrativas firmes en vía administrativa.

En su escrito, la recurrente no indica ni especifica hallarse en ninguno de los supuestos recogidos en el mencionado artículo 125.

Asimismo, cabe recordar a la recurrente que, tal y como se constató en la Resolución de este Centro Directivo de 24 de septiembre de 2019, los documentos cuya copia solicita no se encuentran en el Protocolo a cargo de dicho notario.

CONSULTA A LA D.G. . PÓLIZAS DE PRÉSTAMO

REFERENTE A DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA FORMALIZACIÓN DE PÓLIZAS DE PRÉSTAMOS CUANDO LA ENTIDAD PRESTAMISTA ES UNA ENTIDAD DE CARÁCTER PÚBLICO SUJETA A TURNO Y LA PRESTATARIA RESIDE EN POBLACIÓN DISTINTA DE LA SEDE DE DICHA ENTIDAD.

▶ Resolución DGSJYFP 21/03/2022

Resumen: Consulta vinculante administrati. Póliza. Intervención póliza. Póliza desdoblada. Mandato verbal. Turno reparto documentos. Arancel notarial. Una respuesta adecuada a la consulta planteada requiere del examen previo de tres cuestiones. La primera, la sujeción o no a turno de las pólizas en las que se formalizan préstamos en las que interviene una entidad sujeta al mismo, y en qué medida afecta a la entidad pública prestamista y a la particular prestataria. La segunda, el vehículo formal adecuado en el caso de otorgamientos de pólizas en distintos lugares. Y la tercera, la distribución de los honorarios devengados entre los diversos notarios que intervienen en una póliza. Respecto de la primera de las cuestiones, esto es, la sujeción a turno de las pólizas, este Centro Directivo ya ha tenido ocasión de pronunciarse sobre ello (ver Resoluciones de 9 de septiembre de 2011, 13 de mayo de 2013 y 9 de diciembre de 2013). En dichas resoluciones, se recogió la doctrina de que las pólizas, por estar sujetas a honorarios de máximos, quedan excluidas de la sumisión a turno en base al artículo 127 párrafo tercero del Reglamento Notarial.

Respecto a la segunda cuestión. Todo ello lleva a concluir:

–Que, tratándose de consumidores, debe acudirse al sistema de póliza única, al sistema de póliza desdoblada o a la póliza única otorgada por el consumidor y posteriormente perfeccionada por ratificación o adhesión de la parte predisponente.

–Y que, tratándose de no consumidores de no seguirse la regla general de la póliza única, queda al arbitrio de la parte no predisponente acudir a la póliza desdoblada o al expediente de la ratificación o adhesión, bien entendido que si dicha parte solicita del notario que despliegue la actividad propia de la intervención debe seguirse necesariamente el sistema de la póliza desdoblada que en este caso el notario podría imponer por la distinta responsabilidad que tiene en ambos supuestos.

Finalmente, en cuanto al tema arancelario, se reitera la doctrina entada en la resolución de fecha 8 de octubre de 2014 .

El problema puede plantearse si se ha acudido a la ratificación o adhesión mediante escritura posterior. Podemos distinguir las siguientes situaciones:
–Si la póliza se ha otorgado inicialmente por la parte no predisponente, ratificando o adhiriéndose en escritura posterior la parte predisponente, el reparto arancelario resultaría el mismo que el recogido para el desdoblamiento de pólizas en la resolución indicada.

–Si se ha procedido a la inversa, toda vez que, conforme a lo antes indicado la parte no predisponente puede pedir el sistema de póliza desdoblada o bien si dicha parte solicita del notario la actividad propia de la intervención puede el fedatario imponer dicho sistema, con las normas arancelarias actuales el notario ante quien se ratifica o adhiere sólo podría cobrar el importe señalado por la letra h) del número 1.

-Si a pesar de haber actuado la predisponente como mandatario verbal de la otra parte, ésta opta por el sistema de póliza desdoblada o el notario lo impone por solicitársele que despliegue la actividad propia de la intervención, el reparto de honorarios será el previsto en la indicada resolución.

La Ministra de Justicia resalta el papel de los notarios en La Palma

PRIMER PLANO

NOTARIOS EN LA PALMA

La Ministra de Justicia resalta el papel de los notarios en La Palma

De izda. a dcha.: Francisco Cantos, Pilar Llop, José Ángel Martínez Sanchiz, José Alberto Marín y Alfonso Cavallé.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, se reunió a mediados de marzo, en el ayuntamiento de El Paso, con el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz, y los decanos de los colegios notariales de Cataluña, Valencia y Canarias, José Alberto Marín, Francisco Cantos y Alfonso Cavallé, respectivamente.

El acto contó además con la presencia de la primera teniente de alcalde del ayuntamiento, Ángeles Fernández; la alcaldesa de Los Llanos de Aridane, Noelia García; el alcalde de Tazacorte, Juan Miguel Rodríguez; la consejera del Cabildo Insular de La Palma, Jovita Monterrey; el delegado del Gobierno de Canarias, Anselmo Pestana; el Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Julio Pérez; la viceconsejera de justicia del Gobierno de Canarias, Carla Vallejo y el secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo.

En el encuentro, la Ministra puso en valor el papel de notarios y operadores jurídicos en la isla durante la reconstrucción: “Habéis demostrado no solo vuestra altísima profesionalidad, sino vuestra calidad como seres humanos”.

Durante la visita a una de las notarías temporales, ubicada en el Ayuntamiento de El Paso, Alfonso Cavallé, entregó la Medalla de Honor del Colegio Notarial de Canarias a la Ministra, que señaló que recibía esta distinción “con emoción, satisfacción y con gran sentido de la responsabilidad” y resaltó el trabajo realizado por los notarios voluntarios desplazados en La Palma: “Tras la erupción del volcán tratamos de dar una respuesta rápida, intentando aprovechar el talento, el conocimiento jurídico y científico de los profesionales como los notarios. He de reconocer el éxito de las medidas notariales de respaldo a las personas afectadas, se ha debido al compromiso sin fisuras que los notarios demostráis día a día con la sociedad”.

El galardón también se extendió a los tres decanos citados y al presidente del CGN. Para Martínez Sanchiz “esta encomienda es inmerecida, a diferencia de los cincuenta notarios que sí han estado aquí y los oficiales y empleados que han atendido y consolado a las personas que llegaban sin nada. Las actas notariales que se han ido elaborando suponen un reconocimiento de sus derechos y un recuerdo de lo que han tenido, que quedará también para las generaciones futuras. Recibo la Medalla en representación del Consejo y de todos los compañeros que han trabajado y encontrado un sentimiento de calidez en las personas que atendían, un revivir de lo que es la llama propia de nuestra función”.

El decano anfitrión, Alfonso Cavallé, destacó que “el servicio público notarial se ha adecuado a la catástrofe. Hemos podido dar seguridad y garantizar el reconocimiento de los derechos de los afectados”.

Cantos, por su parte, señaló “la agilidad de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y del Ministerio de Justicia para dotar de los instrumentos jurídicos necesarios con los que poder poner en marcha las notarías provisionales en la isla”. Por último, Marín agradeció la Medalla recibida y manifestó que “este reconocimiento debe extenderse a todos los notarios que han pasado y que pasaran por La Palma”.

La CNMV accederá a información de las bases de datos notariales

El acuerdo suscrito entre ambas entidades fue firmado a finales de marzo por Rodrigo Buenaventura, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado.

De izda. a dcha.: José Ángel Martínez Sanchiz y Rodrigo Buenaventura.
El acuerdo suscrito entre ambas entidades fue firmado a finales de marzo por Rodrigo Buenaventura, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado. En virtud del mismo, la CNMV recibirá información de las bases de datos de Titular Real y de Personas de Responsabilidad Pública del Notariado, gestionadas por su Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo (OCP). La Base de Datos de Titular Real del Notariado permite saber quiénes son las personas físicas titulares reales de una sociedad u otras estructuras jurídicas. En esta base están identificados de manera acreditada los titulares reales de más de 2.000.000 sociedades limitadas, 126.000 sociedades anónimas y 210.000 personas jurídicas no mercantiles, como asociaciones, fundaciones o partidos políticos. En la Base de Datos de Personas con Responsabilidad Pública están identificadas casi 25.000 personas con responsabilidad pública por elección o por designación; más de 24 000 personas allegadas (familiares y personas con vinculación profesional o mercantil) y más de 3.000 sociedades participadas por personas con responsabilidad pública. En virtud de este convenio, el Consejo General del Notariado habilitará una plataforma desde la que se canalizarán los requerimientos de información de la CNMV. Esta herramienta estará dotada de todas las medidas que garanticen la seguridad y confidencialidad de los datos, que serán exclusivamente utilizados por la CNMV para llevar a cabo sus funciones de supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos. Ya en 2011 la CNMV y el CGN firmaron un primer convenio para articular mecanismos de colaboración que permitieran a la Comisión una mejor supervisión de los mercados de valores y de la actividad de las personas físicas y jurídicas relacionadas con su tráfico. Desde entonces se le facilita información procedente del Índice Único Informatizado Notarial, una gran base de datos sobre los documentos notariales autorizados desde 2014.

Convenio con la Junta de Extremadura

La vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales; el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz; y el decano del Colegio Notarial de Extremadura, Ignacio Ferrer; suscribieron, en marzo, un convenio para la utilización de las nuevas tecnologías en la aplicación de los tributos. Al acto, celebrado en Cáceres, también asistió el decano del Colegio Notarial de Valencia y miembro de la Comisión Permanente del Consejo General del Notariado, Francisco Cantos.

De izda. a dcha.: José Ángel Martínez Sanchiz, Ignacio Ferrer y Pilar Blanco-Morales.

El documento firmado establece el marco de colaboración que permite a los notarios realizar muchos de los trámites relacionados con los impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y de Sucesiones y Donaciones que actualmente están obligados a realizar ante la Administración Tributaria autonómica.

Desde abril, los notarios, siempre que el contribuyente lo solicite, pueden suministrar información de los coeficientes aplicables al valor catastral o, en su caso, sobre los precios medios de mercado por los que se determina el valor real de los bienes inmuebles situados en Extremadura que sean objeto de los citados impuestos.

Del mismo modo, pueden asistir a los obligados tributarios que lo soliciten en la presentación de autoliquidaciones y declaraciones y en su correcta cumplimentación, así como efectuar la presentación, el pago y la remisión por vía telemática de las autoliquidaciones de los impuestos.

Previamente a la firma del convenio tuvo lugar en la sede cacereña del Colegio Notarial de Extremadura una reunión presencial y telemática de la Comisión Permanente del Consejo General del Notariado.

De izda. a dcha.: José Alberto Marín, Francisco Cantos, José Ángel Martínez Sanchiz, Ignacio Ferrer, César Sanz Pérez, Jorge Prades y Manuel Tarrío.

La ministra de Justicia entrega varias condecoraciones de San Raimundo de Peñafort

RECONOCIMIENTOS | ENCUENTROS INSTITUCIONALES

Concesión de las Cruces de San Raimundo de Peñafort

Next generation concept.
De izda. a dcha: José Luis Lledó, Pilar Llop, Itziar Ramos y Gloria García.

Este galardón se concede por el Ministerio de Justicia a destacados profesionales jurídicos y los actos de entrega, en algunos casos, se habían demorado por la pandemia. La Orden reconoce el mérito jurídico y los servicios prestados por notarios y oficiales por su servicio a los ciudadanos durante cuatro décadas.

Esta distinción del Ministerio de Justicia fue creada por Real Decreto el 23 de enero de 1944 (festividad de San Raimundo, patrono de los juristas) para premiar los relevantes méritos contraídos por cuantos intervienen en la Administración de Justicia y recompensar los hechos distinguidos en el cultivo y aplicación del estudio del Derecho en todas sus ramas.

En un acto celebrado en la subdelegación del Gobierno en Córdoba, Llop entregó la Cruz Distinguida de 1ª Clase de la Orden a José Luis Lledó, ex decano del Colegio Notarial de Andalucía y ex vicepresidente del Consejo General del Notariado.

En este mismo acto hizo entrega de la Medalla de Plata de San Raimundo de Peñafort a Gloria García Alcolea, oficial primera de la secretaría de dicho colegio. La vocal de la Junta Directiva del Colegio, Itziar Ramos, estuvo presente en la entrega.

La sede alicantina de ‘Casa Mediterráneo’ fue el lugar elegido por la ministra para hacer entrega de la Orden a los notarios Delfín Martínez (vicedecano del Colegio Notarial de Valencia) y José Nieto y al notario jubilado Alberto María Cordero. Los tres notarios recibieron la Cruz Distinguida de 1ª Clase.

Por otro lado, unos días antes, la Notaria Mayor del Reino hizo entrega de la Cruz Distinguida de 1ª Clase a otros tres notarios en un acto celebrado en la delegación del Gobierno de Murcia: Pedro Martínez Pertusa, ex decano del Colegio Notarial de Murcia, Francisco Sobrao y Salvador Montesinos.

Con posterioridad, en visita a la sede del Tribunal de Justicia de Andalucía en Granada, Llop hizo entrega a Margarita Entrena, oficial mayor del Colegio Notarial de Andalucía durante 43 años, de la Medalla de Plata de la Orden la Cruz. La decana del colegio, María Teresa Barea, estuvo presente en el acto.

La ministra también entregó condecoraciones de la Orden de San Raimundo de Peñafort a diversos profesionales del sector de la Justicia del País Vasco. El acto tuvo lugar en la Delegación del Gobierno en Vitoria. Entre los galardonados se encontraba el notario Ignacio Gomeza, que recibió la Cruz Distinguida de 1ª Clase, que estuvo acompañado por el decano Diego Granados.

not6
De izda. a dcha.: Francisco Sobrao (fila superior, primero por la izquierda), Pedro Martínez Pertusa (a la derecha de Pilar Llop, en el centro de la fila superior) y Salvador Montesinos (a la derecha de Martínez Pertusa), junto con otros condecorados.
not1
De izda. a dcha: José Nieto, Delfín Martínez, Pilar Llop y Alberto María Cordero.
not4
De izda. a dcha: Diego Granados, Pilar Llop y José Ignacio Gomeza.
not8
De izda. a dcha.: María- Teresa Barea, Pilar Llop y Margarita Entrena

RECONOCIMIENTOS | ENCUENTROS INSTITUCIONALES

Reuniones con los presidentes de consejos generales

Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española y de Unión Profesional, asociación que agrupa a las profesiones colegiadas españolas, entre ellas, la notarial, mantuvo un encuentro institucional con José Ángel Martínez Sanchiz y Raimundo Fortuñy, presidente y vicepresidente del Consejo General del Notariado.

Por otro lado, los máximos responsables de los consejos generales de la Psicología y del Notariado mantuvieron un primer encuentro de toma de contacto para poner en común iniciativas conjuntas relacionadas con la Ley 8/2021 para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Por parte del Notariado asistieron José Ángel Martínez Sanchiz y Raimundo Fortuñy; mientras que el presidente y el vicepresidente primero, Francisco Santolaya y Fernando Chacón, representaron al Consejo General de Psicología.
Pie de foto: Raimundo Fortuñy, Fernando Chacón, Francisco Santolaya y José Ángel Martínez Sanchiz.

not2
De izda. a dcha.: Raimundo Fortuñy, Fernando Chacón, Francisco Santolaya y José Ángel Martínez Sanchiz.

Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

El pleno de académicos de número eligió a la notaria Ana Fernández-Tresguerres, tesorera de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, quién, además, preside la sección sexta de la Academia, dedicada al Derecho Internacional Privado.

También es delegada del Ministerio de Justicia en el Comité de Derecho Civil del Consejo de la Unión Europea y letrada adscrita a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, donde presta servicios desde 1991.

Fernández-Tresguerres es autora de una amplia bibliografía en todas las ramas del Derecho Privado, siendo su especialización fundamental el europeo.

Ana Fernández- Tresguerres.

ESTADÍSTICAS NOTARIALES

Efectos del Covid según los datos del Notariado

Infografía con los principales datos del Informe.

El 14 de marzo, con motivo del segundo aniversario de la declaración del estado de alarma, el Consejo General del Notariado analizó los efectos causados por la pandemia en la vida de los ciudadanos, con la función notarial como acompañante en muchos de sus actos vitales.

En esta línea, los datos del Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN), muestran que, a diferencia de lo que ocurrió en el año 2020, el exceso de mortalidad sí se tradujo en un incremento de los actos notariales relacionados con las herencias, con aumentos significativos en 2021 tanto en las renuncias como en las aceptaciones. Los actos relativos a las herencias pueden llevarse a cabo durante mucho tiempo, por lo que constituyen una variable retrasada respecto de la evolución de la mortalidad. Esta circunstancia, junto al efecto “espera o rebote”, parece explicar que muchas de las operaciones se formalizasen durante 2021, en lugar de en 2020, que tuvo un exceso de mortalidad mucho mayor.

De esta manera, en 2021 se registró el mayor aumento de aceptaciones de herencias y, además, se marcó un récord histórico: se otorgaron 365.649 aceptaciones, un 22,2% más que en 2020. A su vez, en la renuncia de herencias se registró un aumento del 25% en 2021. Esta tasa rompe la tendencia de contracción en la serie del 2020 y supone la mayor de la serie histórica desde 2007, hasta las 56.557 operaciones.

Por otra parte, el número de testamentos alcanzó los 723.642 en 2021, aumentando en 92.406 frente a los otorgados en 2020, lo que constituye un incremento del 14,6%, la mayor subida interanual de la serie de testamentos desde que comenzó a registrarse en la base de datos de CIEN en el año 2007.

La pandemia y las restricciones de movilidad motivaron caídas en el mercado inmobiliario en el año 2020. Según los datos de CIEN, el número de compraventas de vivienda alcanzó las 490.207, un 14,6% menos que en 2019, ejercicio en el que las transacciones rozaron las 575.000 operaciones. Una tendencia que se revirtió con amplitud en el año 2021, con un crecimiento interanual del 38,2%, llegando a alcanzar las 677.455 operaciones.

Con el despliegue de la fase de desescalada en junio de 2020 y el aligeramiento de restricciones durante el tercer trimestre se inició la recuperación en las transacciones inmobiliarias. Y la diferencia por tipo de vivienda se hizo visible y persistente a partir de entonces. Los pisos siguieron mostrando una negativa evolución durante el segundo semestre del año, al promediar una caída del 3,5% interanual acumulada. En cambio, la vivienda unifamiliar se disparó, anotándose un incremento promedio del 22,8% interanual en la segunda mitad del año. La positiva evolución en este periodo ayudó a la vivienda unifamiliar a no dejarse por el camino un gran número de operaciones y registrar en 2020 un descenso del 3,1%, mucho más moderado que el retroceso del 17,9% experimentado en las viviendas de tipo piso.

Ha cambiado la tendencia de compras antes y después del advenimiento de la pandemia. En los años previos, el 80% de las compraventas de viviendas se referían a pisos y el restante 20% a viviendas unifamiliares. Este último porcentaje repuntó al 25% con la llegada de la crisis en 2020 y se mantuvo constante también en 2021.
Por otra parte, las donaciones también registraron un incremento significativo, alcanzando las 174.866 en 2021, lo que supuso un aumento del 30,7% sobre las de 2020. En este sentido, previsiblemente, debido, entre otras razones, a la solidaridad intrafamiliar e intergeneracional para paliar los efectos de la crisis económica.

NOTICIAS DEL NOTARIADO | FUNDACIONES AEQUITAS Y NOTARIADO

La vejez como experiencia humana

A finales de marzo tuvo lugar una visita privada al Museo del Prado organizada por la Fundación Notariado, que contó con la asistencia de su presidente, José Ángel Martínez Sanchiz, y diversos ponentes del Congreso Notarial de Málaga que tiene como objeto de estudio el envejecimiento de la población. Los asistentes pudieron contemplar la muestra de cuadros sobre la vejez que han sido seleccionados para la exposición virtual y el catálogo homónimos. En las páginas de la Esfera Cultural de esta misma revista se incluye un reportaje sobre la exposición.

Protocolo de buenas prácticas para el cumplimiento de la Ley sobre discapacidad

José Ángel Martínez Sanchiz (segundo por la derecha), junto al resto de asistentes a la presentación.

A finales de marzo tuvo lugar en la sede del Consejo General del Poder Judicial la presentación de un protocolo de buenas prácticas en actuaciones judiciales de provisión de apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica.

Esta iniciativa ha sido impulsada por Liber (conocida hasta ahora como la Asociación Española de Fundaciones Tutelares) y contó con la participación de diversos operadores jurídicos. José Ángel Martínez Sanchiz, presidente de la Fundación Aequitas y del Consejo General del Notariado, asistió al acto junto a otras personalidades como Juan Manuel Fernández Martínez, vocal del Consejo General del Poder Judicial y presidente del Foro Justicia y Discapacidad o María José Segarra, fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores.

Sobre la responsabilidad de los diferentes operadores jurídicos, Martínez Sanchiz manifestó que “los notarios tenemos que asumir que hay que potenciar la autonomía de la persona y garantizar la ley para que no sea un fracaso, porque sería un fracaso muy triste”.

Premios Cerca de los que están cerca

La Fundación Aequitas y la Fundación Notariado convocaron, a finales de marzo, los premios Cerca de los que están cerca, para reconocer el trabajo que las asociaciones y colectivos de personas mayores están realizando para mejorar el bienestar de este grupo de edad.

Las instituciones participantes presentaron sus proyectos hasta el 30 de abril y la decisión del jurado se comunicará a la asociación o asociaciones ganadoras durante esta primera quincena del mes de mayo. Se otorgarán dos premios dotados con 6.000€ cada uno.
El fallo del jurado se hará público en el XII Congreso Notarial que se celebra en Málaga los días 19 y 20 de este mes de mayo, bajo el título El envejecimiento de la sociedad, principal desafío del siglo.

El jurado está formado por miembros de ambas fundaciones y de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP).

De izda. a dcha.: Mª Paz García Rubio, Manuel Tarrío, Mª Jesús Moro y Almudena Castro-Girona.

Comentario articulado a la legislación civil y procesal en materia de discapacidad

La sede del Consejo General del Notariado acogió, a primeros de abril, la presentación de la obra Comentario articulado a la legislación civil y procesal en materia de discapacidad.
La publicación fue presentada por: Manuel Tarrío, secretario del Consejo General del Notariado; y Almudena Castro-Girona, directora de la Fundación Aequitas y coautora. También participaron las codirectoras del libro: María Jesús Moro, profesora titular de Derecho Civil y diputada del Congreso de los Diputados; y Mª Paz García Rubio, catedrática de Derecho Civil y vocal de la sección permanente de la sección primera de la Comisión General de Codificación.

Tarrío señaló la oportunidad de la obra «habida cuenta de la trascendencia del cambio normativo producido desde la legislación precedente hasta el actual reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. La nueva ley ha supuesto un cambio drástico en nuestro Derecho Civil, por lo que este volumen se convertirá, a buen seguro, en el libro de cabecera de muchos juristas y muchos notarios».

Castro-Girona señaló que: «Fundamentalmente, esta obra tiene un cariz del que carecen otras, y es el hecho de que sus directoras han sido autoras de la propia Ley 8/2021, elaborando el texto legislativo como ponentes y miembros de la Comisión de Codificación».

JORNADAS, ACTOS Y SEMINARIOS

Grupo de trabajo de Ciberseguridad

Luis Fernández-Bravo, segundo por la izquierda, durante el coloquio.

El secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo, inauguró el 5 de abril, en León, el Grupo de Trabajo de Ciberseguridad, en el marco de las tres jornadas de trabajo especializadas en ciberseguridad, ciencias forenses y contratación en el sector de Justicia, previas a la celebración del I Foro de Transformación Digital de la Administración de Justicia.

Este Grupo de Trabajo de Ciberseguridad, en el que participa Luis Fernández-Bravo, delegado de tecnologías del Consejo General del Notariado, se organizó en colaboración con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE), el Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe), el Centro Criptológico Nacional (CCN) y el Foro de Transformación Digital de la Justicia.

Con esta jornada se perseguía compartir objetivos entre el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas en materia de ciberseguridad y digitalización de la Justicia y dar a conocer el acuerdo alcanzado en la Conferencia Sectorial del 25 de marzo.
En las mesas de la jornada sobre ciberseguridad se abordaron asuntos relacionados con el impacto de las brechas de seguridad, la situación actual del sector y la evolución de las amenazas, así como la ciberseguridad en el sector privado, entre otros.
Además, a continuación, se celebró un foro en el que representantes tanto en el sector público como privado compartieron sus experiencias en ciberseguridad con el objeto de generar sinergias e implementar mecanismos que mejoren los procesos de seguridad.

Luis Fernández Bravo señaló que «el Notariado español cuenta con el Esquema Nacional de Seguridad de nivel alto para todos los procesos desarrollados en la sede electrónica notarial, que es, en este momento, la máxima certificación disponible». Asimismo, resaltó la labor del INCIBE «en la concienciación de ciudadanos y empresas en una materia crucial en el proceso de digitalización en el que ya estamos inmersos».

Curso de Verano en la Universidad del País Vasco

El próximo mes de julio, del miércoles 20 al viernes 22, el donostiarra Palacio de Miramar acogerá el curso Persona, Empresa y Tecnología. El seminario, enmarcado dentro del programa de los Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco (sede de San Sebastián) será organizado por el Consejo General del Notariado y el Colegio Notarial del País Vasco.
A la fecha de cierre de esta publicación, el programa está aún por definir. La información se publicará aquí

Diez años del Reglamento europeo de sucesiones

La sección de Derecho Internacional Privado de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, presidida por la notaria y académica de número, Ana Fernández-Tresguerres, organizó en febrero la sesión Diez años del Reglamento europeo de sucesiones: Experiencia y problemas no resueltos. El webinar contó con la participación del notario Javier Oñate, entre otros juristas.

Redacción del testamento notarial en Iberoamérica

El seminario organizado por la Unión Internacional Profesional de Auxiliares del Notariado (UIPAN), Grupo Notarial y el Centro de Estudios Universitarios (CEDEU), el pasado marzo, tuvo una acogida excepcional entre los profesionales del Notariado y del Derecho en Iberoamérica, con un amplio seguimiento en redes sociales.

Los más de seiscientos inscritos asistieron a ponencias impartidas por notarios de doce nacionalidades. España estuvo representada por Isidoro Lora-Tamayo Rodríguez, que desarrolló el tema La herencia a beneficio de inventario.

Actualidad de los Colegios Notariales

COLEGIOS NOTARIALES

CATALUÑA

Formación en la Escuela Judicial

El Colegio Notarial de Cataluña, fruto del convenio de colaboración con la Escuela Judicial, participó por séptimo año consecutivo en las Jornadas de Formación de dicha institución, que comenzaron en febrero y finalizaron el 3 de marzo.

La participación del Colegio consistió en la colaboración de diversos notarios en el programa de formación de los futuros jueces; este año los pertenecientes a las 72ª promoción, que cuenta con 161 integrantes; tanto impartiendo ponencias en la sede de la Escuela Judicial, como poniendo a disposición sus notarías para que los alumnos de la Escuela Judicial conociesen de primera mano la función notarial.

 


POR SÉPTIMO AÑO CONSECUTIVO, EL COLEGIO NOTARIAL DE CATALUÑA PARTICIPA EN LAS JORNADAS DE FORMACIÓN DE LA ESCUELA JUDICIAL


 

También se celebró, en marzo, un acto institucional en la sede del Colegio Notarial de Cataluña. El decano José Alberto Marín lo presidió destacando los puntos de colaboración entre la función judicial y la función notarial. Marín apuntó que “desde nuestra doble condición de funcionarios públicos y profesionales del derecho, ejercemos una justicia preventiva, de evitación del conflicto” además resaltó las ocasiones en que el notario debe personarse en procedimientos penales o aportar copias de escrituras públicas.

Asimismo, apuntó como ejemplo de la colaboración entre ambos cuerpos «el ámbito de la lucha contra el blanqueo de capitales, en el que los notarios contamos con el Órgano Centralizado de Prevención (OCP) de blanqueo de capitales”. Pedro Galindo, director del OCP, intervino telemáticamente exponiendo el funcionamiento de este organismo, creado para intensificar y canalizar la colaboración de los notarios en esta materia. Los datos que recogen los notarios a través del Índice Único Informatizado incluyen un total de 144 millones de documentos, 189 millones de operaciones y 603 millones de intervenciones. En caso de detectar indicios de sospecha, desde el OCP se procede a analizar y, posteriormente, trasladar información al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), la Fiscalía General del Estado y órganos judiciales, administrativos o policiales.
Por su parte, la Escuela Judicial estuvo representada por Ángela Galván y Rocío Ortega, ambas profesoras del Área Civil y Procesal, quienes expusieron “los objetivos compartidos de ambas funciones, la notarial, preventiva, y la de jueces, como cirujanos de la justicia; unos evitando conflictos y los otros intentando resolverlos”.

Finalmente, Jesús Fuentes, notario que actúa como enlace entre el colegio y la Escuela Judicial, afirmó que “la función notarial es evitar que muchos conflictos lleguen al juez y, si llegan, que sea de la manera más comprensible posible”.

La 72º promoción de la Escuela Judicial junto al decano del Colegio Notarial de Cataluña.
De izda. a dcha.: Ángela Galván, José Alberto Marín y Jesús Fuentes. En conexión telemática, Pedro Galindo.
El derecho a copia: supuestos prácticos

En febrero tuvo lugar el Webinot El derecho a copia: supuestos prácticos. El encuentro fue presentado por María Simón, censora de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Cataluña, y tuvo como ponente al notario Pablo Vázquez.

MADRID

Entrega de la medalla de San Ginés a la ‘generación de oro’ del Notariado

De izda. a dcha.: José Ángel Martínez Sanchiz, Tontxu Rodríguez y la vicedecana Concepción Barrio. En las mesas laterales, los premiados.

El Colegio Notarial de Madrid entregó en marzo las Medallas al Mérito Notarial, instituidas bajo la advocación de San Ginés, a siete notarios de reconocido prestigio, que fueron considerados la «generación de oro del Notariado español», como la calificó el decano José Ángel Martínez Sanchiz, por su «magisterio intelectual y jurídico».

Martínez Sanchiz, tras glosar la semblanza de cada uno de ellos, destacando sus numerosos méritos jurídicos, políticos y sociales, aseguró que «reconocer a los que nos han precedido es el alma de cualquier institución». La entrega tuvo lugar en el salón de actos de la corporación y estuvo presidida por el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez. En esta primera edición fueron condecorados Carlos María Bru, Julio Burdiel, José Luis Álvarez, José María de Prada, Antonio Linage, José Luis Martínez Gil y Antonio Pérez Sanz.

Martínez Gil dio las gracias al colegio en nombre de todos los notarios homenajeados. En su intervención, recordó que la esencia del Derecho y del Notariado es la certidumbre: “Lo contrario de la justicia no es la injusticia, lo contrario de la justicia es la incertidumbre», aseveró.

El secretario de Estado, Tontxu Rodríguez, reivindicó la experiencia, el conocimiento y la sabiduría de esta generación de notarios «fruto del trabajo y el tesón de toda una vida», y concluyó el acto agradeciendo en su nombre y en el de la ministra Pilar Llop su labor en pro del Notariado y de la Justicia.

A la celebración también asistieron Celso Rodríguez Padrón, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; Juan Pablo González-Herrero, presidente de la Audiencia Provincial de Madrid; Sofía Puente, directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública; y Antonio Fuentes, subdirector general del Notariado y de los Registros.

La nueva Ley de Discapacidad

José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado y decano del Colegio Notarial de Madrid, impartió el pasado febrero una conferencia en la Academia Matritense con el título Reflexiones sobre la Discapacidad.
Su análisis de la nueva ley dejó valiosas reflexiones sobre la dignidad del ser humano y sobre los avances de la legislación española en este terreno. Entre otras cuestiones, Martínez Sanchiz insistió en la importancia de diferenciar entre capacidad jurídica y capacidad mental para poder preservar la dignidad de todos los individuos y facilitar su participación en la sociedad. También merece una mención especial su reflexión sobre la llamada voluntad suficiente, por las implicaciones filosóficas y teológica que conlleva.
La conferencia completa puede escucharse en el canal de YouTube del Colegio Notarial de Madrid.

‘La responsabilidad de los notarios’

De izda. a dcha.: José María Calero, Eduardo de Urbano, José Ángel Martínez Sanchiz y José María Alonso.
El Colegio Notarial de Madrid acogió, a primeros de marzo, la presentación del libro La responsabilidad de los notarios. Cuestiones penales y civiles, coordinado por José María Calero, fiscal en excedencia y experto en Derecho Penal, y Eduardo de Urbano, exmagistrado y director del departamento de Penal y Económico de Kepler-Karst. El acto fue presentado por los decanos de los notarios y abogados madrileños: José Ángel Martínez Sanchiz y José María Alonso, respectivamente.

PAÍS VASCO

Curso de Praxis de Derecho Civil y Fiscal Vasco en Donostia

De izda. a dcha. Andrés Mª Urrutia y Diego Mª Granados.

El Colegio Notarial del País Vasco y la Academia Vasca de Derecho organizaron, entre marzo y mayo, un nuevo Curso de Praxis de Derecho Civil y Fiscal Vasco. Como en otras ediciones, el curso pretende mostrar de forma práctica las particularidades que en la comunidad autónoma tiene la entrada en vigor de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco. Un sistema jurídico propio que ha cambiado radicalmente la forma de enfocar la planificación de las relaciones de sus habitantes en el ámbito familiar y sucesorio, así como la resolución de las situaciones surgidas a raíz del fallecimiento, de la distribución de la masa hereditaria o de la ruptura del matrimonio, entre otras. A eso se añade reformas no menos importantes como la civil y procesal para el apoyo a personas con discapacidad que introduce la Ley 8/2021, o las propias de la normativa fiscal común y foral, aplicable, por ejemplo, al tratamiento de los pactos sucesorios.

El curso se desarrolló en la delegación donostiarra del colegio, con la participación de civilistas vascos, como notarios, magistrados, registradores y abogados. Entre los notarios, participaron en esta edición el decano Diego Mª Granados; la vicedecana Carmen Velasco; el presidente de la AVD-ZEA, Andrés Mª Urrutia; y los notarios Javier Oñate y Mariano Melendo.

Dos primeros títulos de Minor Bilduma

El Colegio Notarial del País Vasco, la Academia Vasca de Derecho y la editorial Dykinson, publicaron a finales de abril los dos primeros títulos de MINOR Bilduma, una colección que pretende reunir a destacados los mejores operadores jurídicos del País Vasco en monografías dedicadas a temas de actualidad jurídica. El primer número lo firma el decano Diego Mª Granados y se titula Notariado, seguridad jurídica y sociedad. Reúne en un volumen algunos artículos publicados por el notario en diferentes revistas y foros académicos. El segundo número, titulado Diez notarios vascos, lleva la firma de Andrés Mª Urrutia y agrupa las distintas semblanzas notariales que publica cada trimestre en la revista notarial Egiunea. El objetivo de los editores es publicar tres o cuatro títulos al año y dar visibilidad a artículos de calado que, de otra manera, permanecerían desperdigados en distintas publicaciones periódicas.

Acuerdo con la Asociación Profesional de la Magistratura

De izda. a dcha.: Carmen Velasco y María Jesús del Barco.

En marzo se firmó, en la sede bilbaína del Colegio Notarial del País Vasco, un acuerdo de colaboración para la realización de actividades jurídicas de tipo formativo entre la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y el colegio.

La vicedecana Carmen Velasco Ramírez, y María Jesús del Barco, como presidenta de la APM, fueron las encargadas de firmar el convenio por el cual se realizarán actividades de carácter formativo dirigidas a profesionales del derecho en los tres territorios históricos.

Encuentro sobre la Ley 8/2021 en Pamplona

La vicedecana Carmen Velasco participó, a finales de marzo, en una jornada sobre la Ley 8/2021, para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, que tuvo lugar en el centro cultural Civican de Pamplona.

Organizado por la Fundación Aequitas del Consejo General del Notariado, la Fundación Caja Navarra y el Gobierno autonómico, este foro estuvo dirigido a profesionales de los ámbitos social y sanitario. Velasco abordó en su intervención las Medidas actuales para la provisión de apoyos: voluntades anticipadas, poderes notariales, tema al que se sumó la catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, Inmaculada Vivas.

VALENCIA

Presentación de la cátedra de Derecho Notarial “Rafael Gómez-Ferrer”

De izda. a dcha.: Ubaldo Nieto, José Manuel Pagán, Antonio Cañizares, Francisco Cantos y Nuria Martínez.

La Universidad Católica de Valencia (UCV) y el Colegio Notarial autonómico presentaron en marzo la nueva Cátedra de Derecho Notarial Rafael Gómez-Ferrer en el Centre Cultural La Beneficencia.

El acto presidido por el cardenal arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares, contó con la participación del rector de la UCV, José Manuel Pagán; del decano del Colegio, Francisco Cantos; del director de la cátedra y notario, Ubaldo Nieto, y de la decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Económicas y Sociales, Nuria Martínez.

Cantos destacó la importancia de esta cátedra: “Al final de la carrera uno ha visto todas las materias, pero el Derecho ya no son normas, ya no son preceptos, el Derecho son principios. No se estudia el Derecho, se vive el Derecho”. En este sentido, aseguró que el Derecho notarial no solo sirve para los estudiantes que deseen dedicarse al Notariado sino que sirve a los juristas y profesionales del mundo de las leyes: “Quien opta a esta cátedra aprenderá a redactar documentos sabiendo tejer con todos los ovillos de las distintas doctrinas del Derecho, utilizando las tablas de multiplicar de todas las disciplinas jurídicas”.
En su intervención Cantos también dirigió unas emotivas palabras hacia Rafael Gómez-Ferrer, al que conoció en 1984 cuando era decano del Colegio Notarial de Albacete: “Rafael era la excelencia como profesional, como docente y como persona, era irrepetible, y tuve la oportunidad siempre de acudir a él cuando tenía un problema y siempre me dio una solución acertada”. “Que esta cátedra lleve su nombre es un orgullo para el Notariado valenciano, español, europeo e internacional, donde nuestro compañero ocupó puestos de alta responsabilidad”.
Según destacó su director, Ubaldo Nieto, esta cátedra tiene por objeto la colaboración entre el Notariado y la universidad en el estudio, la docencia y la investigación en materias relacionadas con el Derecho Privado “no sólo con los conocimientos teóricos de los notarios, sino también con su gran experiencia práctica”.
La cátedra comenzó sus actividades este curso académico 2021-22 y hasta la fecha se celebraron, en noviembre, las jornadas Reflexiones sobre la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario tras dos años de vigencia, en las que participaron destacados catedráticos y notarios. En la actualidad, la universidad también está impartiendo la asignatura de Derecho y Práctica Notarial.

Conferencia de Antonio Jiménez Clar

Antonio Jiménez Clar.

El notario, Antonio Jiménez Clar, impartió en marzo una conferencia para los miembros del Colegio Territorial de Arquitectos de Alicante sobre La incorporación de la información gráfica a las transacciones inmobiliarias y los aspectos básicos de la reforma operada por la Ley 13/2015.

Sobre el valor de referencia

Portada del libro.

La sede del Colegio Notarial en Alicante acogió la presentación del libro De escribanos a notarios. Apuntes para una historia del notariado español, escrito por el notario Plácido Barrios. La presentación de la obra, organizada por la Cátedra de Derecho Notarial de la Universidad de Alicante, corrió a cargo de los notarios Jorge López Navarro y Delfín Martínez Pérez, vicedecano del colegio.

Visita al Consell Jurídic Consultiu

Margarita Soler, en el centro, junto a los miembros del Colegio.

El decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos visitó en marzo, junto a miembros de la Junta Directiva, la sede del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana (CJCCV), el órgano consultivo supremo de las administraciones autonómicas y locales de la comunidad en materia jurídica.

Allí se reunió con la presidenta del CJCCV, Margarita Soler, y algunos de sus consellers electivos. Durante la visita, Cantos firmó en el libro de honor de la institución, poniendo de relevancia su papel y «el derecho del Consell Jurídic Consultiu de la Comunidad Valenciana para que nos ampare en la mejora de nuestras normas de convivencia”.

Jornada práctica de estudios notariales

Eduardo García Parra y Javier Juárez.

El Colegio Notarial de Valencia acogió, en marzo, una nueva jornada práctica para colegiados impartida por notarios y organizada por el Instituto Valenciano de Estudios Notariales (IVEN) y coordinada por su director y notario, Eduardo García Parra.

El notario Javier Juárez fue el encargado de analizar el valor de referencia y el notario Jaime Cuesta las juras de nacionalidad. Por su parte, Eduardo García Parra centró su exposición en las modificaciones físicas catastrales y en las utilidades de la Sede Electrónica del Catastro.

Las novedades sobre actas de mediador concursal fueron abordadas por el notario Juan Montero-Ríos; las resoluciones de interés, por el notario Gonzalo Cano; y los encargos de gestión y comunicación del Consejo General del Notariado por el notario Francisco Belda.
Para finalizar, el director del IVEN detalló la nueva redacción del artículo 96 del Código Civil tras la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Sobre el valor de referencia

Cartel de la jornada.

La Cátedra de Derecho Notarial de la Universidad de Alicante, creada por la institución académica y el Colegio autonómico, organizó en marzo la tercera de sus actividades del curso académico: Valoración fiscal inmobiliaria y, en concreto, el nuevo valor de referencia. La conferencia fue dictada por Juan Enrique Varona, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Cantabria.

Eduardo García Parra, director del Instituto Valenciano de Estudios Notariales (IVEN) y del Instituto de Informática Notarial de Valencia (INV@), presentó al ponente y moderó la sesión.

GALICIA

Sobre el valor de referencia

De izda. a dcha.: Juan Mosquera (en la pantalla), María José Gil y José María Graíño, vicedecana y decano del colegio, respectivamente.

El pasado 9 de febrero, el Colegio Notarial de Galicia acogió en su sede coruñesa una videoconferencia del jefe de área de Inspección Tributaria de la Axencia Tributaria de Galicia (Atriga), Juan Mosquera, sobre la incidencia del valor de referencia en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El ponente repasó el contexto jurídico del valor de referencia que entró en vigor con la Ley 11/2021 y auguró un largo futuro para esta figura legal, pese a la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que aboga por la visita al inmueble por parte de la Administración tributaria para determinar su valor.

En el caso de Galicia, recordó la Orden de 30 de diciembre de 2021, por la que se elimina el sistema de valoración que multiplica el valor catastral por los coeficientes establecidos para la zona, así como el sistema de valoración por precios medios de mercado.
Respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el especialista aludió a las particiones de herencia, pactos sucesorios y donaciones, y dio respuesta a numerosas consultas por parte de las notarías.

Sesión informativa en Down Coruña

La vicedecana María José Gil se reunió, el pasado 25 de febrero, con familias de la asociación Down Coruña para informar sobre las novedades que para este colectivo trae la Ley 8/2021 sobre reforma jurídica para el apoyo a las personas con discapacidad.
Esta actividad se suma a las que se han venido organizando desde el pasado mes de octubre en diversas ciudades gallegas, dentro del convenio de colaboración suscrito entre Down Galicia, el Colegio Notarial de Galicia y la Fundación Aequitas.

Durante la charla, la vicedecana explicó a las familias el contenido de la reforma y respondió a las preguntas que le formularon con respecto a cómo se establecerá el nuevo sistema de provisión de apoyos a las personas con discapacidad.

Alicia Calaza presenta ‘En busca de la irrealidad’

Alicia Calaza y José María Asencio.

La notaria Alicia Calaza presentó, el pasado 4 de febrero, en el Hotel Aragüaney de Santiago de Compostela, la novela del magistrado José María Asencio En busca de la irrealidad, su primera incursión en este género literario.

Calaza definió a Asencio como “un librepensador en el sentido más hermoso de la palabra, la libertad de ser y de pensar, y la valentía de expresar sentimientos, ideas y pensamientos auténticos”. Describió la novela como una obra de “exaltación de la cultura en todos sus ámbitos, el arte como desarrollo personal y también como canal liberador de emociones”.

En busca de la irrealidad, subrayó la notaria, está plagada de referencias culturales y tiene la magia de transportar al lector al tiempo y lugar, real o imaginario, donde se desarrolla la trama, pero, sobre todo “aviva la curiosidad de adentrarse en lo desconocido, y estimula el enriquecimiento intelectual”, explicó Calaza.

Doctor en Derecho, profesor universitario y magistrado en excedencia, además de escritor, José María Asencio (Alicante, 1988) es en la actualidad jefe de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial.

ARAGÓN | CANARIAS | CASTILLA Y LEÓN | ANDALUCÍA

Conferencia sobre la Constitución Española

De izda. a dcha.: Luis Alberto Gil, académico encargado de las publicaciones de la Academia; Dámaso Cruz; José Luis Merino; Francisco Mata, secretario general de la Academia, y Jorge Azcón (en atril).

El 24 de febrero tuvo lugar, en la sede del Colegio Notarial de Aragón, un acto impulsado por la Academia de Jurisprudencia y Legislación autonómica, en el que Jorge Azcón, alcalde de Zaragoza, pronunció una conferencia sobre la Constitución Española. Este encuentro fue presidido por el decano anfitrión, Dámaso Cruz, y el presidente de la Academia José Luis Merino.

Pie de foto. De izda. a dcha.: Luis Alberto Gil, académico encargado de las publicaciones de la Academia; Dámaso Cruz; José Luis Merino; Francisco Mata, secretario general de la Academia; y Jorge Azcón (en atril).

Actividades en la sede sevillana del Colegio Notarial de Andalucía

Francisco Aranguren, delegado de Cultura del Colegio, y Manuel Espejo.

En marzo tuvo lugar en la sede de este colegio la conferencia Capacidad para testar y discapacidades, impartida por el catedrático de Derecho Civil de la Universidad hispalense Manuel Espejo. Según el jurista las normas de nuestro Código Civil relativas a la celebración, validez y eficacia de los testamentos han sido reformadas por la Ley 8/2021. En su opinión, las cautelas legales del testamento realizado por personas con discapacidad tenían como función defender en el futuro su validez, por lo que adoptar hoy las precauciones que sean pertinentes queda en manos de la iniciativa notarial.

Por otro lado, la sede del colegio acogió ese mismo mes una conferencia de la Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia. Valores y Unión Europea: jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia en materia de Estado de Derecho, fue el título de la ponencia impartida por el catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Salamanca y magistrado del Tribunal General de la Unión Europea, José Martín y Pérez de Nanclares.

Jornada de capacitación jurídica

A mediados de marzo, el recinto de la institución ferial de Canarias, en Las Palmas, albergó una jornada de capacitación jurídica promovida por el Colegio Notarial de Canarias y la Fundación Aequitas. En este foro, que contó con la colaboración de otras instituciones, como el Cabildo de Gran Canaria, CERMI Canarias, la Consejería de Política Social y Accesibilidad y las fundaciones ONCE y La Caixa, se abordaron las principales medidas de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

En este encuentro participaron como ponentes los notarios Almudena Castro-Girona, directora de la Fundación Aequitas; y José Antonio Riera, vicedecano del Colegio Notarial de Canarias, quienes abordaron en sus intervenciones la Ley 8/2021.

Sofía Puente visita la sede del Colegio de Castilla y León

Sofía Puente, con miembros de la junta directiva del Colegio Notarial de Castilla y León.

La directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, Sofía Puente, visitó en febrero la emblemática sede del Colegio Notarial de Castilla y León en Valladolid. Puente, pucelana de nacimiento, había manifestado en su cuenta de Twitter su interés por conocer el majestuoso edificio del colegio, ubicado en la calle Teresa Gil, en pleno casco histórico. La invitación fue cursada por el decano Leopoldo Martínez de Salinas quien, acompañado por los miembros de su junta directiva recibió a la directora general.

El Notariado de Ucrania, nuevo observador del CNUE.

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE | UINL

Asamblea del CNUE: Ucrania nuevo observador

El 18 de marzo tuvo lugar una nueva asamblea del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE). El orden del día estuvo marcado fundamentalmente por las acciones derivadas de la invasión en Ucrania.

La reunión contó con la participación de la directora de la Unidad de Justicia Civil y Comercial de la Dirección General de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea, Salla Saastamoinen, que intercambió con los presidentes de los notariados impresiones sobre la crisis de Ucrania, el apoyo brindado por las instituciones europeas y la contribución del CNUE.

Anteriormente, a inicios de marzo, los presidentes de los 22 notariados miembros del CNUE ya habían mantenido una reunión extraordinaria con el presidente de la Cámara de Notarios de Ucrania, Volodymyr Marchenko y, en nombre de los 45.000 notarios comunitarios, adoptaron una resolución en la que se reconoció “el estatus de observadora a la Cámara de Notarios de Ucrania Libre”, acogiéndola en la familia europea de notarios.

Además, el CNUE ha puesto en marcha la Unidad de Crisis de Ucrania, a través de la cual se ha elaborado una hoja de ruta que recoge las acciones acordadas en: ayuda financiera; provisión de viviendas para los refugiados ucranianos; apoyo material a través de los países limítrofes al conflicto y asistencia e información notarial para los profesionales y ciudadanos.

En marzo, el Comité Directivo de la Unión Internacional del Notariado (UINL) también adoptó medidas en este sentido, suspendiendo el ejercicio de los derechos de los Notariados de la Federación Rusa y de Bielorrusia en la organización.

Presentación de la plataforma EUdoc

El delegado de nuevas tecnologías del Consejo General del Notariado (CGN) para el Consejo de Notarios de la Unión Europea (CNUE) y para la Unión Internacional del Notariado (UINL), José Carmelo Llopis, asistió a inicios de año a Riga, en Letonia, y a Vilna, en Lituania, para presentar la plataforma EUdoc, que permite el intercambio transfronterizo online de copias de los documentos notariales.

Llopis, junto a representantes del Notariado alemán, presentó la herramienta con el objetivo de poder extender la utilización de este proyecto entre los 22 notariados de la Unión Europea. La implantación de esta iniciativa permitirá intercambiar documentos públicos de forma segura con la garantía de certificados electrónicos basados en la firma reconocida.

José Carmelo Llopis.
Encuentro sobre Seguridad Jurídica Preventiva

Cartagena de Indias acogió en abril el primer encuentro iberoamericano de la seguridad jurídica preventiva. Este foro, dedicado en su primera edición a La reactivación inmobiliaria en post pandemia, fue organizado por la Unión Internacional del Notariado (UINL) y la Unión Colegiada del Notariado Colombiano. El Consejo General del Notariado (CGN) estuvo representado por su presidente, José Ángel Martínez Sanchiz, el delegado para América, Alfonso Cavallé; y el delegado para África, Ignacio González,

‘El rol de las notarias en el siglo XXI’
Cartel jornada.

El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, tuvo lugar la clausura del Primer Foro Internacional sobre El rol de las notarias en el siglo XXI, organizado por la Unión Internacional del Notariado (UINL). Este espacio de diálogo y reflexión virtual contó con la participación de la directora de la Fundación Aequitas y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la UINL, Almudena Castro-Girona. La representante del Notariado español abordó en su intervención el tema de ‘Las notarias y los derechos humanos’. Cristina Armella, primera mujer elegida como presidenta de esta organización desde su fundación en 1948, clausuró el foro.