Nueva edición del proyecto “Light”

DELITOS ECONÓMICOS

Nueva edición del proyecto ‘Light’

De izda. a dcha.: Luis Rubí, José Ángel Martínez Sanchiz y Pedro Galindo.

José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN) y Luis Rubí, miembro de la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), inauguraron en junio una nueva edición de Light, el proyecto comunitario de formación en prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

El proyecto Light comenzó en diciembre de 2020 y finalizará en noviembre de 2022. Subvencionado por la Comisión Europea, su objetivo es dar formación sobre delitos económicos a abogados y notarios de España, Bélgica, Bulgaria e Italia.

El fin de esta iniciativa es mejorar la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo en las profesiones jurídicas. Monedas virtuales, dinero electrónico, relación comercial sin intermediarios y sus riesgos en el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo es el título del seminario que se celebró en Madrid, al que asistieron cerca de un centenar de notarios y abogados.

“La prevención de los delitos económicos, especialmente del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, debe continuar estando en el centro de nuestras actuaciones, como ha estado durante años», manifestó el presidente del CGN durante la inauguración.
«Desde hace ya varias décadas -recordó Martínez Sanchiz- el Notariado lleva involucrado en la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, especialmente desde la creación del Órgano Centralizado de Prevención (OCP) de blanqueo de capitales en 2005. Durante este período hemos afrontado numerosos retos y solventado problemas variados, y es en este ámbito en el que se enmarca el proyecto Light, orientado a mejorar la prevención de este tipo de delincuencia financiera en las profesiones jurídicas».

Sobre el curso

Entre los objetivos de este curso, puesto en marcha en colaboración con el Consejo General de la Abogacía Española y la Comisión Europea, junto a otras instituciones internacionales, Martínez Sanchiz destacó «el interés de las profesiones jurídicas de trabajar codo con codo con las autoridades comunitarias, como Europol, y elaborar un documento final que contenga las mejores prácticas de abogados y notarios europeos en la lucha contra esta lacra».

Por su parte, Luis Rubí, puso de manifiesto «la voluntad decidida de la Abogacía de colaborar activamente con las autoridades responsables de la persecución del delito de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, como demuestra el esfuerzo que, desde hace más de 15 años, desempeñamos los miembros de la Subcomisión de Prevención. Desde este organismo asumimos la importante responsabilidad de difundir entre los letrados españoles la necesidad de dar cumplimiento a esta normativa preventiva preservando en todo momento el secreto profesional, pilar sobre el que se sustenta el derecho de defensa y la función social de la Abogacía».

«Esperamos que esta iniciativa se materialice pronto en la creación de un Órgano Centralizado de Prevención de los letrados, siguiendo el modelo que, con tanta eficacia, han desarrollado los notarios que nos acompañan en este interesante programa. El paquete normativo que se anuncia en la Unión Europea, contempla nuevos modelos de colaboración público-privada, en los que la creación de este órgano centralizado tendría un perfecto encaje», resaltó el jurista.

 


EL FIN DE ESTA INICIATIVA ES MEJORAR LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EN LAS PROFESIONES JURÍDICAS


 

Este curso fue impartido por profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado implicados en la lucha contra los delitos económicos, como Fernando Sanz, jefe de la Unidad de Delitos Fiscales y Económicos de la Brigada Central de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción de la Policía Nacional; Álvaro Sevilla, teniente del subgrupo de investigaciones económicas de la Guardia Civil; Juan Kutz, notario; Pedro Galindo, director del Órgano Centralizado de Prevención (OCP) de blanqueo de capitales del Notariado; África Pinillos, jefa del Área de Supervisión del SEPBLAC, y Lourdes Jiménez, asesora de la secretaría de la Comisión para la Prevención del Blanqueo de Capitales (Ministerio de Hacienda y Función Pública).

A lo largo de dos jornadas los ponentes analizaron la legislación relativa a las criptomonedas; el comercio con este tipo de divisas (Bitcoin, Ethereum, DeFi…) o la detección de operaciones sospechosas realizadas en el mercado financiero virtual.

Actualidad de los Colegios Notariales – Castilla – La Mancha

COLEGIOS NOTARIALES

CASTILLA - LA MANCHA

El régimen jurídico de las transacciones virtuales

De izda. a dcha.: María del Carmen González Carrasco, Ángelo Carrasco, Ana Isabel Mendoza y Luis Fernández-Bravo.

La Universidad de Castilla-La Mancha realizó los días 5 y 6 de julio el curso Metaverso: Régimen Jurídico de las transacciones virtuales e impacto en el mundo real. Este seminario es fruto de la colaboración que desde hace años mantiene la universidad, en este caso a través del Centro de Estudios de Consumo (CESCO), con el colegio notarial autonómico, patrocinador y colaborador de este curso de verano.

El curso, cuya dirección recayó en la catedrática de Derecho Civil, María del Carmen González Carrasco, y la profesora titular de Derecho Civil, Ana Isabel Mendoza, tuvo como objetivo analizar desde la perspectiva jurídica las transacciones en el mundo virtual y el metaverso. Para ello se analizaron los criptoactivos y las cadenas de blockchain y sus implicaciones jurídicas, los contratos inteligentes, los problemas asociados a la identidad digital y la capacidad en el mundo de los avatares, la acreditación del título y el tracto sucesivo en la transmisión de tokens.

Inauguración

El programa del curso se inició con la apertura, en la que intervinieron Luis Fernández-Bravo, decano del colegio; Ángel Francisco Carrasco, catedrático de Derecho Civil y director del Centro de Estudios de Consumo; y María del Carmen González Carrasco, catedrática de Derecho Civil.

 


EL CURSO SOBRE METAVERSO SE HIZO DENTRO DEL MARCO DE COLABORACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA CON EL COLEGIO NOTARIAL DE LA COMUNIDAD


 

Tras el acto inaugural, comenzó la primera sesión bajo el título Experiencia práctica de inmersión en el metaverso, impartida por Carlos Álvarez López, director de Transformación Digital en Gómez-Acebo & Pombo Abogados. A continuación, dio comienzo la segunda sesión bajo el título Metaverso y universo real: ¿la “gran mentira”? con el análisis de Ángel Carrasco. Después se inició la ponencia “Smart contracts, ¿inmutables, transparentes y seguros?” por Santiago Márquez, ingeniero informático y experto en blockchain. La jornada finalizó con Alberto Gómez Toribio, experto en blockchain, quien abordó la Propiedad, riesgo, intercambio y mercado de los NFT.
La jornada vespertina dio comienzo con la ponencia Ofertas, contratos de trabajo y derechos laborales en el metaverso, a cargo de Lourdes López Cumbre, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria. Tras ella, fue Luis Fernández-Bravo quien centró su intervención en el Control de identidad y de capacidad en el metaverso.

El segundo día comenzó con la conferencia “Tokens financieros como valores negociables”, intervención a cargo de Reyes Palá Laguna, catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de Zaragoza. Tras la ponencia, fue el turno de DAOS, fundaciones, comunidad: ¿de quién es el sistema?, impartida por María del Sagrario Navarro, profesora titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Castilla-La Mancha.

La tercera intervención de la mañana se centró en la Creación de avatares y entornos virtuales a cargo de Marta de Pablos, responsable de nuevos negocios de Vodafone España y la penúltima en Criptomonedas y otros medios de pago en el metaverso, siendo su ponente Ignacio Gomá, notario y director de Asuntos Públicos en FTI Consulting y especialista en asuntos digitales y autor del libro ¿Qué es realmente Bitcoin? La ponencia de clausura tuvo como protagonista a Pedro de Miguel, catedrático de Derecho Internacional Privado de la Universidad Complutense de Madrid, quien habló sobre Leyes aplicables y jurisdicciones competentes en el metaverso.

Actualidad de los Colegios Notariales – Cataluña

COLEGIOS NOTARIALES

CATALUÑA

Reunión de la Comisión Permanente del Notariado

El Consejo General del Notariado (CGN) celebró, en mayo, en la sede del Colegio Notarial de Cataluña, una de las reuniones quincenales de su Comisión Permanente. Dicho órgano tiene por objetivo marcar las líneas directrices, coordinar y dar continuidad a las acciones del Consejo aprobadas en el Pleno, del que forman parte los decanos de los 17 colegios autonómicos. En esa misma fecha, se celebró también una reunión de los colegiados catalanes con el presidente del CGN, José Ángel Martínez Sanchiz, en la que este explicó los principales proyectos en los que se trabaja actualmente desde la institución.

De izda. a dcha.: Ignacio Ferrer, decano de Extremadura; José Alberto Marín, decano de Cataluña; José Ángel Martínez Sanchiz, decano de Madrid y presidente del CGN; Raimundo Fortuñy, decano de Baleares y vicepresidente del CGN; Francisco Cantos, decano de Valencia, y Luis Fernández-Bravo, decano de Castilla-La Mancha.
Homenaje a Robert Follia

El Colegio Notarial de Cataluña y la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña rindieron homenaje al notario Robert Follia i Camps, fallecido en 2021, en un acto al que asistió la junta directiva del colegio, así como académicos, amigos, familiares y compañeros de profesión.

El colegio conmemoró al que fue su decano con el nombramiento de la Sala de Actos como Salón de Actos Robert Follia por su implicación y trayectoria como decano durante los mandatos de 1990-1995, y como principal artífice de las obras de remodelación de la sede colegial.

La ceremonia fue presidida por el decano José Alberto Marín, que aseguró que “con este homenaje, vamos a tenerlo eternamente presente en este salón de actos que ahora lleva su nombre”. La jornada también contó con la intervención del presidente de la Academia de Jurisprudencia de Cataluña, Francesc Tusquets; el hijo del difunto, Robert Follia, notario de Laredo; y Lluís Jou, notario de Barcelona y miembro de la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña, que fue el encargado de glosar la figura de Follia i Camps.

Por su parte, Robert Follia agradeció en nombre de toda su familia la conmemoración a su padre y la asistencia de todos los presentes, asegurando que “este homenaje y esta placa permitirán que el espíritu de nuestro padre siga por siempre entre todos nosotros”.

Pie: Retrato de Robert Follia.
‘Webinots’

El Colegio Notarial de Cataluña ha continuado, en los últimos meses, con la celebración de webinots. En las últimas fechas tuvieron lugar Aspectos fiscales de las operaciones de reestructuración y Las operaciones de reestructuración y de la empresa familiar. Ambos presentados por Albert Domingo, tesorero de la junta directiva del colegio; y con Concha Carballo, abogada y economista, como ponente. También tuvo lugar el titulado El notario y las nuevas tecnologías, presentado por María Simón, censora del colegio; con el notario Francisco Javier García Mas, como ponente.

Fiesta patronal de San Juan Evangelista

En junio el colegio celebró la fiesta patronal de San Juan Evangelista, a la que asistieron más de 200 notarios de Cataluña. La jornada contó con un acto institucional en el que el decano, José Alberto Marín; la vicedecana, Raquel Iglesias; y el tesorero, Albert Domingo Castellà, en nombre del colegio notarial, homenajearon a veinticuatro notarios que han alcanzado los 25 años de profesión y a los catorce notarios que se han jubilado durante los últimos tres años, desde 2019, año en que se celebró la última festividad.

De forma extraordinaria, este año se contó con la presencia del decano del Colegio Notarial de Canarias, Alfonso Cavallé, que distinguió a los diecisiete notarios y notarias que han ejercido como voluntarios en la notaría temporal que el colegio gestiona desde el mes de noviembre en Tazacorte (La Palma) para atender a los afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja y prestarles asesoría gratuita. Esta acción se ha enmarcado en una iniciativa promovida por el Consejo General del Notariado, en la que también han participado los colegios de las Islas Canarias y de la Comunidad Valenciana y notarios de toda España.

La celebración finalizó con una cena en el Real Club de Polo Barcelona, a la que asistieron, entre otras autoridades, la delegada del Gobierno en Cataluña, Mª Eugenia Gay y la consellera de Justicia, Lourdes Ciuró. También hubo una misa en recuerdo a los notarios y registradores fallecidos desde 2019, que se celebró en la Iglesia de Nuestra Señora de Belén de Barcelona.
El decano, José Alberto Marín, manifestó que “la celebración de nuestra fiesta patronal nos ofrece la oportunidad de reencontrarnos tras dos años difíciles, a causa de la pandemia, y rendir homenaje a aquellos compañeros que merecen un especial reconocimiento. La amplia distribución territorial de los notarios en poblaciones de poco más de 2.000 habitantes, hasta grandes ciudades, para cubrir las necesidades y ofrecer el servicio público notarial a todos los ciudadanos, convierten en excepcional la ocasión de contar con una muy destacada presencia de compañeros en un acto de celebración como este”.

De izda. a dcha.: Raquel Iglesias, José Alberto Marín, Alfonso Cavallé y Albert Domingo Castellà.
Regulación en defensa de los derechos de los consumidores

El Colegio Notarial de Cataluña y la Universitat de Barcelona (UB), en colaboración con la Agència Catalana del Consum, celebraron la jornada Conformidad de bienes y servicios: más allá de la transposición de las Directivas (UE) 2019/770 y 2019/771 con el objetivo de acercar la nueva regulación en consumo a la ciudadanía y poner en valor la acción notarial para garantizar la seguridad jurídica.

La clausura de la sesión corrió a cargo del decano, José Alberto Marín, y del director de la Agència Catalana del Consum, Francesc Sutrias. En su intervención, Marín destacó que “hemos hecho un gran avance en la protección de los consumidores, pero necesitamos una mayor participación en su defensa. En este contexto, la función notarial es fundamental. El artículo 147 de nuestro Reglamento Notarial señala que debemos dar un apoyo especial a aquellas personas que lo necesitan, recuperando la simetría de la información, además de proteger y defender los derechos de los consumidores. Los notarios acompañamos y asesoramos a los consumidores en aquellos momentos clave de su vida, como en la firma de una hipoteca”.

Aula de Derecho Internacional Privado Notarial

Dentro del aula de Derecho Internacional Privado Notarial, puesta en marcha por la Universitat de Barcelona y el colegio notarial autonómico, se celebró una sesión semipresencial bajo el título Controversia sobre la ley española aplicable a un pacto sucesorio otorgado por un extranjero-STSJ Islas Baleares 14.5.2021 vs. RDGSJFP 20.1.2022.
Presentada por Pablo Vázquez, censor del colegio, tuvo como ponentes a: Beatriz Añoveros y Cristina González Beilfuss, ambas catedráticas de Derecho internacional privado de la Universitat de Barcelona; Esperança Ginebra, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona; y Albert Font, profesor de Derecho internacional privado de la Universitat Pompeu Fabra.

Actualidad de los Colegios Notariales – Madrid

COLEGIOS NOTARIALES

MADRID

El alcalde José Luis Martínez Almeida visita el colegio

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, firmando en el Libro de Honor.

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, visitó en junio la sede del colegio notarial de la comunidad autónoma, donde fue recibido por el decano José Ángel Martínez Sanchiz.

El edil firmó en el Libro de Honor y tuvo palabras de admiración hacia la profesión, recordando los lazos sentimentales que le unen a ella, ya que su tío abuelo, Alfonso Martínez Almeida, fue notario.

Durante la visita se repasaron los temas que unen a las dos corporaciones y se insistió en la importancia de reforzar la colaboración para afianzar el bienestar de los madrileños.
El alcalde aprovechó su estancia en el colegio notarial para conocer la biblioteca del ilustre jurista y notario Juan Vallet de Goytisolo, cuyo legado, por petición expresa, guarda esta institución, que contiene algunos libros muy valiosos del Derecho Privado.

El colegio le obsequió con dos publicaciones: Signum Notariae, de Joaquín Serrano Yuste, editado por Fundación Notariado, y La Sucesión testada de Isabel la Católica, de Alberto Sáenz de Santa María, editado por la Fundación Matritense.

La Unión Europea protagoniza el cierre del año académico de la Academia Matritense

Las dos últimas conferencias de la Academia Matritense celebradas durante el curso 2021-2022 estuvieron dedicadas a la Unión Europea.
La clausura correspondió a Daniel Calleja, director general del Servicio Jurídico de la Comisión Europea.

Calleja inició su disertación recordando que la clave de bóveda de la construcción e integración europea es el Derecho y, tras ofrecer unas breves pinceladas sobre las funciones del Servicio Jurídico que dirige, se adentró en los retos que encara actualmente la Unión: la salud, la recuperación económica, la guerra en Ucrania y la defensa.

Su conferencia, titulada Los desafíos de la Unión Europea puede verse en el canal de YouTube del Colegio Notarial de Madrid.

Por su parte, Ana Gallego, directora de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea, compartió con el Notariado los hitos de la nueva política europea de consumo en el contexto post-covid. Su conferencia, titulada Los derechos de los consumidores europeos en un mundo digital y sostenible puede escucharse -asimismo- en el canal de YouTube del Colegio Notarial de Madrid.

Ana Gallego.
Daniel Calleja.

En recuerdo de Julio Burdiel Hernández

El pasado 29 de agosto, doce días después que su esposa, falleció en Madrid el notario Julio Burdiel, condecorado con la Medalla al Mérito Notarial del Colegio Notarial de Madrid en reconocimiento a su valía intelectual, a su intensa dedicación al Notariado y a su vida ejemplar.

Julio Burdiel, jubilado en el año 2000, nació en El Barco de Ávila en 1930 y estudió Derecho en la Universidad de Salamanca. Hijo de un registrador de la propiedad, compartió vocación con dos de sus hermanos, notarios como él.

Notario desde 1956, antes de desembarcar profesionalmente en Madrid desempeñó su actividad en distintas localidades de Galicia, La Rioja, Castilla y León y Cataluña. Julio Burdiel fue un destacado jurista y un lector infatigable, y durante toda su vida compaginó su manifiesta vocación de servicio público con un interés notable por la literatura y el arte.

Entre 1993 y 1996 fue Director General de los Registros y del Notariado y una vez jubilado se dedicó a otra de sus pasiones, la literatura, habiendo publicado tres novelas.

De izda. a dcha.: José Manuel García Collantes, José Luis Gómez Corral y José Ángel Martínez Sanchiz.

Presentación del prontuario militar

El 8 de junio se presentó en el Colegio Notarial el Prontuario Militar del Ministerio de Defensa, elaborado conjuntamente por el Cuerpo Militar de Intervención y la institución notarial.

Durante el acto, hubo palabras de afecto y hermandad entre el decano, José Ángel Martínez Sanchiz, y José Luis Gómez Corral, general de división e Interventor General de Defensa.

El Prontuario Militar es un tratado jurídico, recopilación de normas para el ejercicio de la notaría militar en el extranjero.
Fue el notario José Manuel García Collantes, ex decano del colegio, quien tuvo la feliz idea de promover este trabajo, uniéndose al proyecto iniciado por Juan Rodríguez Collado, general de brigada hoy retirado.

En su entusiasmo ambos enrolaron a diversos notarios de Madrid e interventores militares, que con este trabajo mostraron una vez más su compromiso con la sociedad española como servidores públicos.

La Ley 39/2007, de la Carrera Militar, recoge en su artículo 38 las funciones específicas asignadas a los miembros del Cuerpo Militar de Intervención, entre las que se encuentra el ejercicio de la notaría militar.
Así pues, el Cuerpo Militar de Intervención tiene, entre otros cometidos, el encargo de ejercer en el extranjero las mismas funciones que el notario en España.
Es ésta una labor muy querida en el seno del Cuerpo Militar de Intervención que requiere un especial empeño y preparación, particularmente con ocasión de la participación en las operaciones de ayuda humanitaria o de mantenimiento de la paz.
El Prontuario Militar trata todos aquellos asuntos del Derecho Privado y del Código Civil que son propios de la función notarial, entre los que cabe señalar los relacionados con sucesiones, vecindad civil y matrimonio.

Jornadas de asesoramiento notarial para mayores

Begoña Villacís consulta un ejemplar de Los Registros Notariales.

El Ayuntamiento y el colegio notarial celebraron los días 13 y 23 de junio las jornadas de asesoramiento notarial Instrumentos Jurídicos para la Protección Patrimonial y la Autonomía Personal.

El acto fue organizado conjuntamente por el Instituto Municipal de Consumo, perteneciente al ayuntamiento, y el colegio notarial, y estuvo abierto a todos los ciudadanos de la capital.
La primera de las sesiones fue inaugurada conjuntamente por la vicealcaldesa Begoña Villacís y el decano del Colegio Notarial de Madrid, José Ángel Martínez Sanchiz.

En representación del Instituto Municipal de Consumo participaron la directora de la institución, Carmen Rebollo, y el delegado de Familia, José Aniorte.

Martínez Sanchiz abrió el encuentro destacando la amistad que une al colegio y al ayuntamiento, por vecindad física y también por sintonía institucional, “una cercanía -señaló- que redunda en beneficio de los ciudadanos”.

 


BEGOÑA VILLACÍS: “QUEREMOS DOTAR A LOS MAYORES DE INFORMACIÓN PARA QUE PUEDAN GOBERNAR SUS VIDAS MUCHO MÁS TIEMPO”


 

Asimismo, recordó que los notarios cuentan con un amplio conocimiento jurídico de los temas que interesan a los mayores y señaló que el Notariado tiene un compromiso con ellos, que viene de lejos, y que se renovó en mayo durante la celebración del XII Congreso Notarial Español, una convención abierta a la sociedad civil y dedicada al envejecimiento.

En el mismo sentido se pronunció la vicealcaldesa Begoña Villacís, anunciando acto seguido que el Ayuntamiento de Madrid está promoviendo “un cambio de paradigma” en relación a la protección de las personas dependientes. “No se trata de proteger a los mayores, queremos que puedan protegerse ellos solos, y este tipo de formaciones sirven para dotarles de más información para que puedan gobernar sus vidas durante mucho más tiempo”, aseguró.

Por lo que respecta a los contenidos de las sesiones, éstas se articularon alrededor de tres mesas: La primera, dedicada a sucesiones, llevó por título La importancia de otorgar testamento: ¿Donar en vida o heredar? La segunda desarrolló las distintas fórmulas complementarias de planificación en el ámbito patrimonial: renta vitalicia, contrato de alimentos, hipoteca inversa y venta de nuda propiedad. Por último, la tercera mesa de diálogo, trató los distintos instrumentos jurídicos que garantizan la autonomía personal, como las medidas voluntarias de apoyo, los poderes preventivos, etc.

Actualidad de los Colegios Notariales – Valencia

COLEGIOS NOTARIALES

VALENCIA

La accesibilidad de las personas con discapacidad

De izda. a dcha.: Luis Vañó y Francisco Cantos.

A mediados de julio, el decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos, firmó un convenio de colaboración con el presidente del Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad en la Comunidad Valenciana (CERMI CV), Luis Vañó, con el objetivo de garantizar la accesibilidad universal de las personas con discapacidad a la hora de utilizar los servicios notariales.

En este sentido, el decano anunció la puesta en marcha de un Plan de Accesibilidad Universal, con el asesoramiento de CERMI CV, con el objetivo de “incorporar en las notarías de la Comunitat los sistemas de apoyo necesarios para conocer adecuadamente la voluntad del cliente con discapacidad, prestándole además los apoyos necesarios para que los documentos notariales se puedan conformar en lectura fácil, lenguaje de signos, braille o en sistemas aumentativos y alternativos de comunicación que aseguren su legibilidad”, aseguró Cantos.

El presidente de CERMI CV agradeció al colegio su interés en conocer en profundidad las necesidades de las personas con discapacidad y, sobre todo, en favorecer el ejercicio de los derechos, la protección jurídica y la no discriminación de las personas con discapacidad y sus familias. “Vamos a asesorar al colectivo notarial para que ninguna persona con discapacidad sea discriminada u obstaculizada por la falta de accesibilidad universal en la utilización de los servicios de carácter notarial”, indicó Luis Vañó.

 


EL ACUERDO CONTEMPLA LA INCORPORACIÓN DE INSTRUMENTOS QUE MEJOREN LA ACCESIBILIDAD DE TODAS LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LAS NOTARÍAS


 

Por otra parte, el convenio contempla la supervisión de la accesibilidad física a los despachos y sedes notariales de la Comunidad Valenciana, así como el desarrollo anual de actividades formativas conjuntas de difusión y concienciación entre el Notariado de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad y de sus efectos en el ordenamiento jurídico y trabajo notarial.

La firma contó con la asistencia de la presidenta del Instituto Notarial para la Atención Jurídica de las Personas con Discapacidad de Valencia (Indisva) María Consuelo Bombal; así como de la vicepresidenta del CERMI en la Comunidad Valenciana, Marian Ferrús, y su secretario general, Enrique Llin.

Convenio con el Ayuntamiento de Carlet

De izda. a dcha.: Francisco Cantos y Dolores I. Navarro.

El Colegio Notarial de Valencia firmó un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Carlet para que sus vecinos puedan, desde las notarías, liquidar la plusvalía o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Por medio de este acuerdo, los notarios también podrán solicitar telemáticamente información sobre las deudas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), asociadas a un inmueble, en el momento de su transmisión desde la misma notaría, agilizando así los trámites al ciudadano relacionados con una compraventa.

El edificio consistorial acogió la firma de este convenio entre su alcaldesa, Dolores Inmaculada Navarro y el decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos. Las notarias de la localidad, Yolanda Ferrús y María de la Encarnación Mesa, también asistieron a la firma del acuerdo entre ambas entidades.

Carlet se suma así al acuerdo marco suscrito entre la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Consejo General del Notariado (CGN), de octubre de 2009, para mejorar la gestión del IBI y del IIVTNU gracias a la ayuda de los notarios y a sus avances tecnológicos, por medio de una ventanilla única desde las notarías que permite a los ciudadanos liquidar sus impuestos y conocer las deudas de un inmueble antes de la firma de la escritura, de forma rápida y segura.

Cátedra de Derecho Notarial de la Universidad de Alicante

La Cátedra de Derecho Notarial de la Universidad de Alicante, creada por un acuerdo de dicha institución educativa con el Colegio Notarial de Valencia, organizó una nueva conferencia virtual. La ponencia sobre La protección patrimonial de los hijos con discapacidad a través de la sustitución fideicomisaria de residuo, novedades y dificultades de su régimen jurídico tras la Ley 8/2021 fue impartida por Montserrat Pereña, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad Rey Juan Carlos. Antonio Ripoll, notario de Alicante, fue el encargado de hacer la presentación y moderar, junto al director de la Cátedra, Javier Barceló.

Visita del Delegado de Defensa

De izda. a dcha.: El secretario de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Valencia, José María Cid; el tesorero, José Vicente Malo; y el Decano, Francisco Cantos; junto al delegado de Defensa en la CV, Rafael Morenza; el responsable de Relaciones Institucionales de la delegación de Defensa en la CV, Ángel García Solaz; y el exdecano del Colegio Notarial de Valencia, César Belda

En julio, el delegado de Defensa en la Comunidad Valenciana, Rafael Morenza, se reunió con el decano del Colegio Notarial de Valencia para anunciar su cese tras cumplirse el límite de su mandato de seis años. Francisco Cantos agradeció al coronel su trabajo, profesionalidad y la colaboración entre ambas instituciones durante todos estos años.

Mesa redonda en Alicante para celebrar el ‘Día de Europa’

De izda. a dcha.: José Bauzá y Delfín Martínez.

El Colegio Notarial organizó, en mayo, en su delegación de Alicante, y dentro del marco de colaboración de la Cátedra de Derecho Notarial de la UA, una mesa redonda con expertos internacionales para celebrar el Día de Europa, en la que se analizó la situación de Europa, su esencia, retos y enemigos.

Tal y como aseguraba en su presentación, el vicedecano del Colegio Notarial de Valencia, Delfín Martínez “Alicante es el lugar indicado para poder analizar la realidad, el futuro y los problemas de Europa, ya que en la provincia se adquiere el 22% de los inmuebles residenciales que compran los extranjeros en España y eso es así desde hace muchos años”. “Ahora mismo tenemos identificadas 145 nacionalidades diferentes que vienen y quieren quedarse, por nuestra vocación hacia la integración. Tanto es así que hay localidades alicantinas donde casi hay más residentes extranjeros que nacionales, en su gran mayoría europeos, y conviven en armonía”, ha añadido.

Para Martínez, Alicante es un punto importante dentro de esa vocación europea y la actividad notarial lo constata día a día. “Estamos acostumbrados a realizar matrimonios entre diferentes nacionalidades, así como regímenes sucesorios y regímenes hereditarios donde intervienen diferentes orígenes geográficos… Sobre todo, en la delegación de Alicante del Colegio Notarial despachamos del orden de 15.000 apostillas anuales de documentos notariales que han de surtir efectos en el extranjero y son la mitad de las que hacíamos antes”.

Actualidad de los Colegios Notariales – Andalucía

COLEGIOS NOTARIALES

ANDALUCÍA

Academia Sevillana del Notariado

José Luis Seoane.
Javier Máximo Juárez.
Guillermo Cerdeira.
Fernando Llano.

El magistrado del Tribunal Supremo, José Luis Seoane, pronunció en junio la ponencia de clausura del curso de la Academia Sevillana del Notariado: La prestación del consentimiento y el juicio de capacidad tras la Ley 8/2021.

Durante la charla apuntó: “El Convenio de Nueva York sobre los derechos de las personas con discapacidad supone un cambio radical en las concepciones dominantes. El juicio notarial de capacidad habrá de adaptarse a las nuevas exigencias del convenio. El notario debe controlar la aptitud de la persona para el ejercicio de su capacidad jurídica en el momento del otorgamiento, bien por sí sola, o con los apoyos necesarios. El principio de prevalencia de la voluntad, preferencias y deseos de las personas con discapacidad, que proclama la Ley 8/2021, tiene límites”.

Ver noticia en ABC de Sevilla

Previamente, en junio, y en colaboración con la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), la Academia también organizó el seminario El tratamiento fiscal de las extinciones de condominio, criterios actuales, dirigido por el notario Javier Máximo Juárez.


Continuando en el marco de la Academia Sevillana del Notariado, Fernando Llano, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Sevilla, pronunció la conferencia El jurista ante los retos de la revolución tecnológica.

Llano abordó en su intervención «las posibles implicaciones ético-jurídicas que, a propósito de la irrupción del paradigma transhumanista, podría tener en el futuro la inteligencia artificial jurídica y la robótica, como puntas de lanza de la revolución digital en el ámbito cultural, académico y profesional del Derecho».

El catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, Guillermo Cerdeira, pronunciaba, también en la Academia, la conferencia Aspectos notariales de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales.
Cerdeira destacó que «ahora los animales ya no son simples cosas, pero siguen siendo bienes aunque ahora con mayor protección. Con la nueva ley están más protegidos, pero no se convierten en personas”.

Cátedra de Derecho Notarial

Coincidiendo con el primer aniversario de la tramitación notarial del expediente matrimonial previo, la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado del colegio andaluz y la Universidad Pablo de Olavide organizaron el seminario El matrimonio ante notario: autorización previa y celebración (aspectos internos e internacionales), en modalidad semipresencial.

La Cátedra también acogió las ponencias El poder de representación otorgado al amparo de un ordenamiento extranjero, impartida por la notaria Marta Pascua; y Cuestiones actuales sobre la Junta General de Sociedades capitalistas, dictada por la notaria María Isabel Viruel.

La persona con discapacidad en el Derecho de sucesiones

De izda. a dcha.: Carlos Pérez Ramos, Francisco J. Aranguren y Carmen Vela.

Los notarios Carmen Vela y Carlos Pérez Ramos intervinieron en la mesa redonda El testamento de la persona con discapacidad, durante el Congreso Internacional La persona con discapacidad en el Derecho de sucesiones, que acogió la sede sevillana del colegio. El panel de debate fue moderado por Francisco J. Aranguren, presidente de la Academia Sevillana del Notariado.

Otros notarios, como Almudena Castro-Girona, directora de la Fundación Aequitas, Isidoro Lora-Tamayo o Ramón Moscoso, también participaron en este congreso.

Academia Granadina del Notariado

De izda. a dcha.: Antonio Juan García Amezcua, director de la Academia; Mª Teresa Barea, decana del Colegio Notarial de Andalucía; y Jorge Prades.
El 6 de junio tuvo lugar la conferencia sobre La protección del menor extranjero desde la perspectiva notarial: especial referencia a la situación de Ucrania realizada por el vicesecretario del Consejo General del Notariado, Jorge Prades, en la sede de Granada del Colegio Notarial de Andalucía.

Actualidad de los Colegios Notariales – País Vasco

COLEGIOS NOTARIALES

PAÍS VASCO

La notaria Blanca Palacios participa en la Jornada sobre la Ley 8/2021

Blanca Palacios.

El pasado 1 de junio se celebró en el Palacio de Congresos de Europa de la capital alavesa una mesa redonda sobre la Ley 8/2021 de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, en la que participó la notaria Blanca Palacios.

Las jornadas, que contaron con la intervención del diputado general de Álava, Ramiro González Vicente, llenaron el aforo del auditorio Francisco de Vitoria.

El diputado alavés de Políticas Sociales, Emilio Sola, destacó el “sumo interés” que tiene esta ley para la sociedad y para los profesionales que trabajan con personas con discapacidad y enfermedad mental”.

La mesa redonda estuvo formada por Blanca Palacios, notaria; Aida Lozano Pascual, fiscal de la Fiscalía Provincial de Álava; Marije Goicoechea, profesora de Ética en la Universidad de Deusto y miembro del Comité de Ética en Intervención Social de Bizkaia; y Minerva Acedo, licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra y experta en el derecho que regula la discapacidad y la dependencia.

La reforma de esta ley supone, en palabras de la notaria, Blanca Palacios, “un cambio de paradigma y la eliminación de los términos tutela, rehabilitación y prórroga de patria potestad, así como una nueva orientación de los apoyos y salvaguardas a disposición de las personas con discapacidad. Se reconoce así la dignidad, la autonomía y la plena capacidad de estas personas, con los apoyos necesarios, y se promueve la adopción de medidas voluntarias, tomando en consideración el propio criterio y las preferencias de la persona que necesita de apoyo para ejercer sus derechos”.

Leyes Civiles Vascas / Euskal Lege Zibilak

Portada de Leyes Civiles Vascas.

En verano se publicó un nuevo título de la colección IUSPLAZA, dedicado a las Leyes Civiles Vascas / Euskal Lege Zibilak, edición del notario y presidente de la Academia Vasca de Derecho (AVD-ZEA), Andrés M. Urrutia.

La colección IUSPLAZA tiene por objeto proporcionar los textos actualizados de la legislación vigente en la comunidad autónoma vasca, junto con sus correspondientes índices analíticos, tanto en euskera como en castellano, utilizando para ello los soportes de su publicación en papel y online.

En esta tarea, y al servicio de quienes operan en el mundo del Derecho, colaboran el Instituto Vasco de Administración Pública y la Academia Vasca de Derecho, con la participación de la editorial Thomson Reuters Aranzadi.

Actualidad de los Colegios Notariales – Aragón, Extremadura

COLEGIOS NOTARIALES

ARAGÓN | EXTREMADURA

Tres años de vigencia de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario

La comisión de Cultura del Colegio de Aragón celebró en la sede zaragozana de la institución la conferencia Tres años de vigencia de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario.
Cuatro notarios abordaron diferentes temas relacionados con la aplicación de esta nueva normativa: Antonio Longo (Productos vinculados y combinados, seguros); Miguel Viela (Ámbito subjetivo y objetivo. Registro de Condiciones Generales y Protección del Consumidor); Fernando Ruiz Morollón (Efectos del acta, reflejo en ella de las cuestiones planteadas. Cuestiones procedimentales) y Fermín Moreno (Resoluciones de la Dirección General y pronunciamientos judiciales. Reseña del acta en la escritura. Minutas bancarias. Posible modificación del test).

Seminario tributario

De izda. a dcha.: Ignacio Ferrer, decano; Lucía Andrino y Manuel Fidalgo.

El Colegio Notarial de Extremadura acogió un seminario sobre dos temas de actualidad e interés para la comunidad autónoma. Por un lado, Manuel Fidalgo, notario de Valencia de Alcántara, habló sobre Práctica notarial y nuevo impuesto de donaciones en Extremadura, tras la supresión del anterior sistema, especificado recientemente por decreto ley mediante el cual se bonifica el 99% hasta 300.000 euros. Por otro, Lucía Andrino, notaria de Navalmoral de la Mata, analizó la Liquidación online de impuestos en Extremadura. Requisitos, práctica y efectos.

Conferencia de la Cámara de Notarios de Alemania y otras noticias

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE | EUDOC

Conferencia de la Cámara de Notarios de Alemania
Álvaro Lucini, durante su intervención.

El 8 de junio la Cámara Federal de Notarios de Alemania (Bundesnotarkammer) y la Universidad de Friburgo organizaron la conferencia European Integration in the Context of Company Law and Digitalisation.

La primera parte de la conferencia abordó, desde la perspectiva de la integración europea, diversas cuestiones relacionadas entre sí como: el Estado de Derecho, la armonización del Derecho de sociedades, la seguridad jurídica y la digitalización. Junto al presidente del Notariado alemán, Jens Bormann; y el profesor de la Universidad de Friburgo, Jan Lieder, participaron otros distinguidos representantes nacionales e internacionales de la academia, la práctica jurídica y la Comisión Europea. Entre ellos intervino  Álvaro Lucini, notario de Madrid y delegado del Consejo General del Notariado (CGN) para el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), que esbozó la evolución del concepto de seguridad jurídica en el proceso de armonización del Derecho Societario de la UE, desde la primera directiva en 1968, hasta la reciente directiva digital de 2019, destacando la introducción en esta última de un principio de neutralidad jurídica respecto de la digitalización, que permite mantener la coherencia del ordenamiento jurídico, un elemento esencial de la seguridad jurídica protegido constitucionalmente.

Durante la segunda parte de la conferencia, centrada en una revisión política e histórica de la integración europea, Andreas Schwab, miembro del Parlamento Europeo, se refirió a las dos recientes normas que regulan el sector digital en Europa: las Directivas sobre servicios (Digital Servicies Act. DSA) y mercados digitales (Digital Markets Act. DMA). Por su parte, el profesor de la Universidad de Cambridge, Sir Christopher Clark, se centró en la revolución de 1848 y sus lecciones para la integración europea, señalando que “es difícil decir si la salida de esta época de modernidad industrial será tan tumultuosa como lo fue la entrada entonces, pero hay muchos indicios de que una nueva revolución se avecina”. El profesor Clark trazó paralelismos entre las dos etapas históricas y citó una hermosa frase del político liberal granadino Francisco Martínez de la Rosa, que veía en la Constitución “un contrato para la libertad”.

Presentaciones de EUDOC

Los notarios José Carmelo Llopis, delegado de nuevas tecnologías español en el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) y la Unión Internacional del Notariado (UINL); y Gonzalo Cano, miembro de la sección internacional del CGN; han realizado recientemente presentaciones de la plataforma EUDoc, desarrollada por los Notariados alemán y español, de intercambio seguro de documentos en diferentes instituciones, como la Comisión Europea, el CNUE, UINL; y las Cámaras de Notarios de Letonia, Lituania, Chequia, Eslovaquia, Alemania, Austria, Polonia, Italia, Portugal, Francia, Grecia, Bélgica, Estonia, Bulgaria, Holanda o Eslovenia.

De izda. a dcha.: Gonzalo Cano; Manfred Guttman, especialista en tecnología del Notariado austriaco; Maximilian Wosgien, director del Notariado alemán en Bruselas; Michael Lunzer, presidente de la Cámara de notarios de Viena; Jens Bormann, presidente del Notariado alemán, Carmelo Nieto y Nadja Danninger, directora del Notariado alemán.
Asamblea General del CNUE

A finales de junio, la localidad italiana de Como acogió la Asamblea General del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE). El Notariado español estuvo representado por José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN); Álvaro Lucini, delegado del CNUE en el CGN, Isidoro Calvo y José Carmelo Llopis, delegados españoles en grupos de trabajo del CNUE.

Bajo la presidencia del italiano Giampaolo Marcoz, la asamblea reunió a 22 Notariados europeos, y a una delegación ucraniana (que ha recibido el estatuto de miembro observador del CNUE) encabezada por Volodymyr Marchenko, su presidente. Uno de los principales puntos del orden del día fue el unánime apoyo a Ucrania. Este respaldo surge de una estrecha colaboración con la Comisión Europea y una de sus principales medidas es el establecimiento de una cooperación con Cruz Roja en distintos países para acoger a los refugiados. El apoyo del CNUE y sus miembros tendrá una doble vertiente: por un lado económica y, por otro de asesoramiento gratuito en materia de Derecho de Familia (reagrupación familiar, custodia de menores no acompañados…).

Pie de foto: Miembros del CNUE durante un minuto de silencio por las víctimas del conflicto en Ucrania.

Reformas a valorar

REFORMAS A VALORAR

Orden JUS/616/2022. Nuevos modelos. Cuentas anuales

BOE: 04/07/2022

NUEVOS MODELOS PARA LA PRESENTACIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS CUENTAS ANUALES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A SU PUBLICACIÓN.

Resumen: Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. En la presente orden se recogen las novedades, con relación al modelo actualmente vigente, derivadas del artículo 1 del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, norma que se deroga.

Se encuentra en paralelo con la O.M. 615/2022, de esta misma fecha para las cuentas consolidadas.

Se adapta a la normativa del Plan General Contable y normativa internacional, con los modelos contables generalizados y aceptados y a ciertos Reglamentos de la UE.

Destacan conceptos ahora muy relevantes como pérdida esperada y apartados sobre instrumentos financieros.

Se establecen modelos, habilitación a la D.G.S.J.F.P. para su posible modificación.

Entrada en vigor: 5 de julio de 2022.

ORDEN JUS/615/2022. MODELOS. CUENTAS CONSOLIDADAS ANUALES

BOE: 04/07/2022

SE APRUEBAN LOS MODELOS PARA PRESENTAR CUENTAS CONSOLIDADAS EN EL R.M. QUE DERIVA DE LA LEY 16/2007, DE 4 DE JULIO.

Resumen: Orden JUS/615/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

Deriva mediatamente de la Ley La Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea.

*Se dictó la Orden JUS/793/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación. A su vez, la disposición final primera de la Orden JUS/318/2018, de 21 de marzo, habilitó a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública para que apruebe las modificaciones que exijan los modelos como consecuencia de reformas puntuales de la normativa contable.
*De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad (NIC), las NIC sólo son aplicables de forma obligatoria para la elaboración de las cuentas anuales consolidadas si, a la fecha de cierre del ejercicio, la sociedad que elabora dicho informe ha emitido valores que cotizan en mercado regulado de cualquier país de la UE.
En España la decisión del legislador fue (disposición final undécima de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social) que en el ámbito de las cuentas anuales consolidadas, debía dejarse a opción del sujeto contable la aplicación de las normas españolas o de los Reglamentos comunitarios si, a la fecha de cierre del ejercicio, ninguna de las sociedades del grupo ha emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la UE.

Se hace referencia a la normativa internacional sobre pérdida esperada y otros elementos de contabilidad de nueva aplicación en el contexto internacional.

Dispone de varios anexos.
Se establece nuevos modelos y se habilita a la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública a cambiar modelos por variación de normas contables.

Se establece sistema de cohabitación de modelos nuevos y antiguos y formatos electrónicos.

Se deroga la OM.JUS/793/2021, de 22 de julio. Entrada en vigor, día 5 de julio de 2022.

SENTENCIAS CON RESONANCIA

CONTRATOS A DISTANCIA CELEBRADOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

EN EL CONTEXTO DE UN LITIGIO ENTRE UN CIUDADANO Y UNA EMPRESA POR LA RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR CANCELACIÓN DE UNA RESERVA HOTELERA REALIZADA A DISTANCIA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EL TJUE INTERPRETA LA DIRECTIVA 2011/83/UE, SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES.

▶ STJUE 7/04/2022 ▶ Ponente: M. Safjan

Resumen: El TJUE declara que “el artículo 8, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que, para determinar, en el marco de un proceso de pedido relativo a la celebración de un contrato a distancia por medios electrónicos, si una formulación inscrita en el botón de pedido o en una función similar, como la formulación «finalizar la reserva», es «correspondiente» a la expresión «pedido con obligación de pago», a efectos de esta disposición, hay que atender únicamente a la expresión que figura en dicho botón o dicha función similar.”

Es decir que, según la Directiva sobre los derechos de los consumidores, cuando un contrato a distancia se celebra por medios electrónicos mediante un proceso de pedido y va acompañado de una obligación de pago para el consumidor, el comerciante debe, por un lado, proporcionar a ese consumidor, justo antes de que efectúe el pedido, la información esencial relativa al contrato y, por otro, informar expresamente a dicho consumidor de que, al efectuar el pedido, queda sujeto a una obligación de pago. Por lo que respecta a esta última obligación, del tenor literal de la Directiva resulta que el botón de pedido o la función similar deben etiquetarse con una expresión que sea fácilmente legible y carente de ambigüedad, que indique que el hecho de realizar el pedido implica la obligación del consumidor de pagar al comerciante.

Y en el supuesto de que, una normativa nacional cuyo objeto sea trasponer la Directiva no contenga ejemplos concretos de formulaciones correspondientes, a imagen de la propia Directiva, los comerciantes pueden recurrir a cualquier expresión de su elección, siempre que de dicha expresión resulte inequívocamente que el consumidor está sujeto a una obligación de pago desde el momento en el que pulse el botón de pedido o active la función similar.

LA VIDEOVIGILANCIA COMO PRUEBA VÁLIDA PARA JUSTIFICAR UN DESPIDO

LA CONTROVERSIA SUSCITADA EN ESTE RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA CONSISTE EN DETERMINAR SI PUEDE SER ADMISIBLE LA PRUEBA DE VIDEOVIGILANCIA APORTADA POR LA EMPRESA PARA JUSTIFICAR EL DESPIDO DISCIPLINARIO DE UN TRABAJADOR.

▶ STS 30/03/2022 ▶ Ponente: Juan Molins García-Atance

Resumen: El TS determina que se puede admitir como prueba, en el marco de un despido laboral, las imágenes captadas a través del sistema de videovigilancia instalado por la empresa, en aquellos casos en que la instalación de las cámaras era una medida justificada, ya que permitía al empresario descubrir eventuales infractores y sancionar sus conductas y entiende que no existía otro tipo de medios menos intrusivos para conseguir la finalidad perseguida, resaltando que los datos obtenidos se utilizaron para la finalidad de control de la relación laboral y no para una finalidad ajena al cumplimiento del contrato; es decir, recuerda que la videovigilancia es una medida empresarial de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, al amparo del Art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, y trae a colación la doctrina constitucional y jurisprudencial interpretativa de la Ley Orgánica de Protección de Datos de 1999, que determinaba que el tratamiento de datos de carácter personal del trabajador consecuencia de la videovigilancia no requería el consentimiento del artículo 6 de la citada ley, ya que se trataba de una medida dirigida a controlar el cumplimiento de la relación laboral.

En particular, la empresa no necesitaba el consentimiento expreso del trabajador para el tratamiento de las imágenes obtenidas a través de las cámaras instaladas en la empresa con la finalidad de seguridad, ya que se trataba de una medida dirigida a controlar el cumplimento de la relación laboral y que era conforme con el Art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, siendo únicamente necesario cumplir con el deber de informar.

Por lo que se refiere a la información al trabajador acerca de la instalación de cámaras de videovigilancia, sigue la doctrina del TC, entre otras, Sentencia 39/2016, de 3 de marzo, manifestando que no existe vulneración del Art. 18.4 de la Constitución española, y recuerda que, en determinadas circunstancias, la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 17 octubre 2019 (López Ribalda II) admite que la empresa no advierta al trabajador de la existencia ni del emplazamiento de determinadas cámaras de videovigilancia, sin que ello conduzca a la nulidad de la prueba de videovigilancia que sustenta y acredita la sanción al trabajador”; esto es, el TS entiende que el deber de informar sí se entiende cumplido, si la instalación de las cámaras era notoria y conocida por los empleados, pues se instalaron distintos carteles que permitían a todas las personas que accedían al local (tanto empleados como clientes) tener conocimiento de su presencia. Asimismo, el TS también indica que, si el trabajador sabe de la existencia del sistema de videovigilancia, no es obligatorio especificar la finalidad exacta asignada a ese control (STC 39/2016, de 3 de marzo de 2016).

Si bien es importante señalar que el supuesto enjuiciado tuvo lugar el 9 de mayo de 2018, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en este sentido, tras la entrada en vigor de dicha norma, existe la obligación de información con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa de la instalación de las cámaras a las personas trabajadoras y sus representantes, siendo suficiente la instalación de los carteles adhesivos para captar la comisión de ilícitos flagrantes, y existiendo diversas opiniones contrapuestas sobre si dicha información debe darse o no en las instalaciones ocultas temporales.

SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS

INSTANDO DE FORMA INSTRUMENTAL LA REVOCACIÓN DE LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA FIRMA.

▶ STS 4/03/2022 ▶ Ponente: Rafael Fernández Valverde

Resumen: Posibilidad de revocar una liquidación tributaria firme, al entender que una liquidación cuyo fundamento se encuentra en una norma que es objeto de anulación posterior a la firmeza de la liquidación, podría ser objeto de revocación pues dicha nulidad supondría una circunstancia sobrevenida a la situación

STS Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, num. 279/2022, de 4/03/2022.
El TS declara que, la nulidad de una Orden Ministerial, posterior y sobrevenida (Orden Ministerial en virtud de la cual se había practicado la liquidación y que había sido anulada por la Audiencia Nacional), supone un motivo adecuado para acceder a la revocación de la liquidación firme.

Así, resuelve que en aquellos casos en los que el administrado haya solicitado la devolución de ingresos indebidos, siendo el acto de aplicación de los tributos del que deriva el ingreso, firme, si el interesado promueve su revocación, la Administración tiene la obligación de resolver; y el interesado, en el caso de tener una resolución desfavorable, tiene derecho a impugnar la misma por los cauces dispuestos legalmente, poseyendo acción al efecto.

Asimismo, aprecia la concurrencia de “circunstancia sobrevenida”, pues según afirma: 1 – Se trata de un mandato jurisdiccional (nulidad de una Orden Ministerial, que origina la liquidación). 2 – Es posterior al momento de la solicitud de la devolución, y por tanto no se podía esgrimir como causa de revocación. 3 – La nulidad jurisdiccional reconoce la exención tributaria del contribuyente. 4 – El Juzgado en su sentencia, realiza una valoración fáctica de las características en las que apoya la exención aplicable al caso.

El procedimiento de devolución de ingresos indebidos supone un mecanismo para el contribuyente por el que puede solicitar la devolución de lo ingresado teniendo la Administración la obligación de resolver. Este mecanismo se incardina dentro de los procedimientos especiales de revisión pudiendo ser objeto de control judicial en aquellos supuestos en los que se hubiera incurrido en motivo de nulidad de pleno derecho, o bien, se encontrase en alguno de los supuestos previstos en los que proceda la revocación: (i) infracción manifiesta de ley; (ii) circunstancias sobrevenidas que afecten a una situación jurídica particular que pongan de manifiesto la improcedencia del acto; o (iii) indefensión causada en la tramitación del procedimiento.

PUBLICACIONES PEYORATIVAS EN FACEBOOK, INTROMISIÓN ILEGÍTIMA

SE ESTIMA INTROMISIÓN ILEGÍTIMA LAS PUBLICACIONES EN FACEBOOK DE CONTENIDO AFRENTOSO Y PEYORATIVAS NO AMPARABLES EN EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

▶ STS 22/02/2022 ▶ Ponente: Antonio García Martínez.

Resumen: Las expresiones vertidas en contra del actor no son críticas hechas en tono jocoso o humorístico, sino una sarta de descalificaciones personales de nítido contenido afrentoso y peyorativo, manifiestamente desproporcionadas.

El contenido de la red social está centrado en seminarios sobre bienestar animal, cuidados estéticos e higiénicos del perro de agua español y la comercialización de un champú para animales domésticos, y las expresiones vertidas en contra del actor no son críticas hechas en tono jocoso o humorístico, sino una sarta de descalificaciones personales de nítido contenido afrentoso y peyorativo, manifiestamente desproporcionadas e innecesarias para criticar el desempeño profesional del recurrido al que denigran abiertamente y del que trasladan una imagen de engañador, aprovechado y pesetero, carente de preparación, así como de ética profesional y personal. Ello tuvo una incidencia notable de publicaciones: la página del recurrente en Facebook es de 2300 personas y el grupo «Perro de agua Español (Turco Andaluz)» tiene 16.977 seguidores.

Para resolver el conflicto entre a libertad de expresión y el derecho al honor el Tribunal ha ponderado las circunstancias y señala que la libertad no puede prevalecer sobre el honor cuando se trata de descalificaciones personales, peyorativas, y manifiestamente desproporcionadas e innecesarias para criticar una labor profesional en que se denigra y desprestigia abiertamente a la persona.

La Sentencia considera correcta la condena al pago de una indemnización por daño moral por existencia de intromisión ilegítima en derecho al honor de una persona provocada por unos comentarios lesivos desproporcionados en red social de Facebook, y que la cuantía indemnizatoria por daño moral de 7500 euros, es proporcionada y equitativa, debido a las circunstancias del caso, la gravedad de la lesión y la divulgación.

CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA

LA EXTINCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA QUE DISPONE EL ART. 178.3 DE LA LEY CONCURSAL DEBE ENTENDERSE COMO UNA PRESUNCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD, EVITANDO ASÍ QUE LA SOCIEDAD DEUDORA E INSOLVENTE PUEDA SEGUIR OPERANDO EN EL TRÁFICO

▶ AAP 9/12/2021 ▶ Ponente: Inmaculada Concepción Zapata Camacho

Resumen: La Sala, señala que la DGRN (resoluciones de 14 de diciembre de 2016, 30 de agosto de 2017) y el Tribunal Supremo ( SSTS de 27 de diciembre de 2011, 20 de marzo de 2013 y 24 de mayo de 2017) sostienen que la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil no provoca sin más la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades de capital, extinción que solo se produce cuando se agotan todas sus relaciones jurídicas, señalando la Resolución de la DGRN de 30 agosto de 2017, que, no cabe negar la posterior inscripción de la escritura de extinción de una sociedad mercantil en aquellos supuestos en que la cancelación de la hoja registral trae causa del auto de conclusión del concurso de acreedores sin pasar por el trámite intermedio de la apertura de la liquidación.

Es decir que, aunque el Juez del concurso al tiempo que declaró a la sociedad en situación de concurso, y acordó la conclusión del propio concurso por insuficiencia de la masa activa y, por tal vía quedó extinguida la personalidad jurídica de la sociedad, con la consiguiente imposibilidad de dirigir contra ella la ejecución, ello no siempre es así, sino cuando se agotan todas sus relaciones jurídicas.