En recuerdo de Camilo José Cela

ESFERA CULTURAL

EN RECUERDO DE CAMILO JOSÉ CELA

La Fundación Camilo José Cela cumple 30 años.

El vigésimo aniversario del adiós del último Premio Nobel español impulsa distintas exposiciones y homenajes que reivindican la vigencia de su obra y su figura. 

JULIÁN DÍEZ

Registro oficial de periodistas.

En comparación con la forma en que Camilo José Cela dominaba como gran pope el panorama literario español en los años ochenta y noventa, cuando no sólo era un autor respetado sino también una figura popular que protagonizaba anuncios o protagonizaba momentos televisivos de máxima audiencia, podría considerarse que su nombre ha per-dido algo de relevancia. Sin embargo, el legado de Cela está más que vigente, sus obras más destacadas se mantienen en catálogo, y los veinte años que se cumplen de su fallecimiento en este 2022 van a servir para distintos homenajes y reivindicaciones.

Por toda España

La batería de recuerdos al autor va a repartirse prácticamente por toda España, como corresponde de forma lógica a la trayectoria de este gallego y madrileño, notorio viajero, firmante de 120 libros de distinta naturaleza y animador del panorama cultural. La Xunta de Galicia es quien encabeza las actividades en torno a su figura, ya que, aunque se trasladó a Madrid a los pocos años de nacer en Iria Flavia en 1916, es conocido que sus últimas palabras fueron para dar un viva a su localidad natal, donde hoy se aloja la Fun-dación que lleva su nombre y de la que fue nombrado marqués.

El 17 de enero, cuando se cumplieron exactamente los 20 años de su muerte, el conse-jero de Cultura de la Xunta, Román Rodríguez, hizo una ofrenda floral en su tumba, a pocos metros de la casa natal del autor, y anunció diferentes conferencias y actos en la comunidad. Por ejemplo, la exposición «Cela poliédrico», que recorrerá las siete princi-pales ciudades gallegas (La Coruña, Lugo, Orense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago) con objetos y curiosidades acerca de su trayectoria. El Museo Camilo José Cela expon-drá una muestra extraordinaria sobre la publicación de La familia de Pascual Duarte, su primera novela (1942), que también está de cumpleaños redondo con los 80 años des-de su publicación.

Además, el 11 de mayo, día del nacimiento del autor, se hará una lectura pública de una de sus obras, La rosa, primer tomo de sus memorias correspondiente a su infancia ga-llega, que también será objeto de uno de los teatros sonoros de Radio Nacional de Es-paña.

La Xunta colabora también con otras de las actividades a lo largo del país. La Universitat de Barcelona acogerá en mayo el seminario «Camilo José Cela. Palabras e Imagen», de corte más académico. La Biblioteca Nacional recibirá en otoño la exposición sobre La familia de Pascual Duarte, del que también una primera edición viajará a Villarreal (Castellón) dentro de una muestra global sobre las ediciones más destacadas de la obra de Cela.

En La Rioja se abordará otra de las facetas del autor con un evento organizado por la Delegación del Gobierno en la comunidad que mostrará su periodo como senador por designación real, del que hay muchos más recuerdos y anécdotas.


EL MUSEO CAMILO JOSÉ CELA ALBERGA 25 SALAS CON TODO TIPO DE RECUERDOS, TAMBIÉN PERSONALES DE SU RELACIÓN CON PICASSO, HEMINGWAY O CHAPLIN

Proyecto digital

Cela dirigió la revista Papeles de Son Armadans, herramienta decisiva en la reintegra-ción de algunos autores exiliados en al franquismo tardío. En recuerdo de esa revista, la Fundación Camilo José Cela comenzará la publicación de una iniciativa digital, Cua-dernos de Iria Flavia, en la que no sólo se recogerán algunos textos de y sobre el autor de La Colmena, sino también obras de escritores que quieran en alguna medida seguir su estela, en el mismo espíritu que la publicación mallorquina. Es sólo una muestra más del dinamismo de la Fundación, que además de acoger el legado literario y artístico del autor, se preocupa por mantener su espíritu.

La colección que se puede visitar en las llamadas Casas de los Canónigos de Iria Flavia es realmente formidable, incluyendo la biblioteca personal del autor, obras de artistas con los que mantuvo amistad como Picasso o Miró, las botellas vacías que compartió con figuras como Hemingway o Chaplin, el enorme epistolario de Cela o los manuscritos originales de buena parte de su obra.


LOS 80 AÑOS DE LA PUBLICACIÓN DE «LA FAMILIA DE PASCUAL DUARTE» SERÁN OBJETO DE OTROS RECUERDOS Y CELEBRACIONES

Son veinticinco salas, en total, aunque el influjo de la Fundación se extiende más allá de esas dependencias con un Museo del Ferrocarril, puesto que el abuelo del escritor, John Trulock, fue pionero de la implantación de ese transporte en Galicia. Precisamente otra de las actividades anunciadas en este aniversario es la rehabilitación de la primera lo-comotora usada en suelo gallego, una vieja máquina inglesa rebautizada como Sarita que Trulock que se trajo para cubrir la pionera línea entre Cornes y Carril.

Otra curiosidad para los visitantes que acudan a Iria Flavia, a veinte kilómetros de San-tiago, es la posibilidad de hacer alguna de las rutas que se propone por los paisajes que conoció Cela en la niñez o los que reflejó en uno de sus libros de viajes más conocidos, Del Miño al Bidasoa. Notas de un vagabundaje (1952). Por cierto, que la relevancia de Cela en el campo de la literatura de viajes resulta especialmente digna de recuerdo en la actualidad, puesto que fue una especialidad a la que dedicó una parte sustancial de su obra (publicó catorce novelas y trece volúmenes viajeros, por ejemplo). En su mo-mento, Viaje a la Alcarria (1948) contribuyó a la fama de Cela no menos que las dos principales novelas de su primera etapa como escritor, la citada Pascual Duarte y La colmena (1951).

La relevancia de su obra

Cela sumó en su trayectoria los mayores honores imaginables, no sólo el ingreso en la Real Academia con apenas cuarenta años y el Nobel de 1989, sino también el Príncipe de Asturias en 1987 y el Premio Cervantes, que fue su espina clavada hasta 1995. Cu-riosamente, al margen de esos títulos más conocidos, el resto de su producción está menos presente en los catálogos editoriales hoy, y se diría que existe un aprecio menor en ciertos sectores que el que conservan otros de sus grandes contemporáneos. Tal vez porque lo tremendo de su figura pública ha terminado por eclipsar parcialmente la rele-vancia de su obra. Cabe esperar que los recuerdos de este aniversario sirvan para aqui-latar el recuerdo de uno de los gigantes de las letras españolas en el siglo XX.

Ulises y otros centenarios
relevantes

2022 también celebrará otras conmemoraciones literarias importantes, sin duda enca-bezadas por el centenario de la publicación del Ulises de James Joyce. Con este motivo, aparece por ejemplo en Galaxia Gutenberg una nueva traducción de José Salas Subira-tas, acompañada de más de 300 ilustraciones de Eduardo Arroyo, mientras que la edito-rial Lumen recupera la versión de José María Valverde que en su momento le valió el Premio Nacional de Traducción. En comparación, tal vez pase inadvertido el centenario de un poema que tuvo en las letras inglesas un peso comparable al del libro de Joyce, La tierra baldía, de T.S. Eliot. También se cumplen los cien años de Trilce, el poemario de César Vallejo que dio arranque al vanguardismo en la lírica en lengua española, que luego desarrollaron desde García Lorca hasta Gómez de la Serna.

Otras fuentes

Toda la información sobre las actividades y
posibilidades de visitar la Fundación y el
Museo Camilo José Cela.

Nuestro redactor, José Martínez Carrascosa, ha publicado su primer libro: Víctima del crimen perfecto (editorial Distrito 93), una original novela negra sobre un vigilante prejubilado de Castelldefels que quiere convertirse en asesino múltiple.

El control de las empresas de reunificación de deudas: una asignatura pendiente, por Olga Ruiz Legido

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Olga Ruiz Legido,

Presidenta de FACUA

 

Los consumidores deben ser precavidos, informarse previamente de la operación, su coste y la entidad que realizará las gestiones

El control de las empresas de reunificación de deudas: una asignatura pendiente

En contextos de crisis económicas e incremento de la vulnerabilidad de los consumidores proliferan, como en la actualidad, las ofertas de productos financieros que prometen soluciones mágicas para afrontar el pago de las deudas. Como ya ocurriera hace años, vuelven a cobrar protagonismo los anuncios publicitarios de reunificación de deudas. Anuncios que, en una gran mayoría de casos, ofrecen como señuelo fórmulas cómodas para pagar menos por las deudas contraídas y frente a las que el consumidor debe ser precavido y no dejarse llevar por cantos de sirenas de una publicidad que presenta esta operación como la solución a sus problemas de endeudamiento.

En principio, reunificar la deuda y pagar menos con una sola cuota mensual pudiera parecer atractivo, pero es preciso estar alerta y desenmascarar ofertas engañosas de empresas con pocos escrúpulos. Hay que tener en cuenta las características de la operación a realizar, la entidad que la llevará a cabo y todos los gastos, comisiones e intereses que lleva aparejado. Por ello, es indispensable sopesar bien esta opción, dirigida mayoritariamente a economías vulnerables con alto nivel de endeudamiento y que hace de la necesidad económica de las familias su mayor reclamo.

Intereses muy elevados, gastos de cancelación de los préstamos preexistentes, costes vinculados a la nueva operación de unificación de las deudas en un nuevo préstamo, comisiones y gastos de la empresa intermediaria, etcétera, pueden suponer cantidades que, sumadas, incrementan el nivel de endeudamiento del consumidor de forma considerable, haciendo realmente gravosa una operación que se presenta como solución a sus problemas económicos.

Los consumidores deben ser precavidos, informarse previamente de la operación, su coste y la entidad que realizará las gestiones y valorar correctamente su alcance y riesgo para no caer, víctimas de fraudes y abusos y movidos por una publicidad agresiva y una información engañosa, en graves situaciones de sobreendeudamiento que comprometerán aún más su situación financiera.

La operación de reunificación de deudas puede efectuarse a través de entidades financieras, que realizarán de forma efectiva dicha reunificación a través de la concesión y contratación de un nuevo préstamo; o bien puede hacerse a través de empresas intermediarias, que gestionarán la búsqueda de un producto financiero ofrecido por otra entidad y que no están exentas de obligaciones de transparencia, información y publicidad para con el consumidor.

Si se utiliza como intermediaria una de estas empresas, el precio de la operación se eleva, ya que se tendrá que asumir tanto las comisiones y ganancias de esta entidad como de la que realice la operación de forma efectiva, por lo que conocer bien las condiciones de la operación resulta esencial y, a veces, el contexto de necesidad, la premura y la confusión en el que se desarrollan este tipo de operaciones no ayuda a ello.

Los riesgos de la reunificación de deudas han venido siendo denunciados públicamente por organizaciones de consumidores y diversos organismos e instituciones. Entre ellos, el Defensor del Pueblo, quien ya alertó de sus peligros hace años e hizo un llamamiento a una mejor regulación y control de las entidades que se dedicaban a esta actividad y a aquellas que actuaban de intermediarias en este tipo de operaciones.

La regulación llegó, primero con la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios e intermediación para la celebración de contratos de préstamos o crédito y, posteriormente, con la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

Ambas normas establecen obligaciones de transparencia, información, publicidad, registro y control en la contratación con consumidores de este tipo de productos con el objetivo fundamental de salvaguardar los intereses económicos y los derechos de los consumidores y usuarios. El registro de las empresas y el control y la supervisión de las entidades son instrumentos clave para evitar y prevenir los abusos que se producen, y representa el gran talón de Aquiles de la protección del consumidor en este sector.

De una parte, la Ley 2/2009, de 31 de marzo, encomienda el control y registro de aquellas entidades concesionarias e intermediarias, que no operen con créditos inmobiliarios ni tengan condición de entidad de crédito, a las autoridades de consumo, Ministerio de Consumo y consejerías competentes de las comunidades autónomas. De otra, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, recoge que las empresas intermediarias de crédito inmobiliario deben estar inscritas en registros públicos dependientes del Banco de España o de las respectivas comunidades autónomas, según su ámbito de actuación. Su control y supervisión recaerá sobre estas autoridades y además se crea un Registro Central de Sanciones en el ámbito del crédito inmobiliario.

Actualmente solo resulta accesible al público de forma directa (vía web) el Registro de Intermediarios de crédito Inmobiliario del Banco de España y tres registros de las comunidades autónomas de Castilla y León, Extremadura y Galicia. Otras tres comunidades (País Vasco, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana) informan del organismo competente, teléfono y una dirección de correo electrónico, resultando hasta ahora inédito el Registro Central de Sanciones en el ámbito del crédito inmobiliario.

Respecto de aquellas entidades bajo registro y supervisión del Ministerio de Consumo y autoridades de consumo autonómicas, resulta inaccesible el acceso a los mismas, con una absoluta falta de transparencia sobre su existencia.

Pese a los cambios regulatorios para incrementar los requisitos para que estas empresas operen con transparencia frente al consumidor, ni el Banco de España ni las comunidades autónomas están a la altura de lo que exige la protección de los consumidores. No hay un control “de oficio” efectivo de la publicidad que realizan ni supervisión de la operativa habitual con los consumidores. Ni la memoria de supervisión del Banco de España ni los planes de inspección de los servicios de consumo de las comunidades autónomas ofrecen datos de control eficaces de este tipo de actividades. El control y supervisión de la actividad de este tipo de entidades sigue siendo la gran asignatura pendiente.

Unificar deudas: beneficios y riesgos

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

UNIFICAR DEUDAS: BENEFICIOS Y RIESGOS

La reunificación de deudas es una opción que ofrecen muchos bancos y empresas intermediarias. Los expertos recomiendan informarse bien antes de optar por esta solución porque también tiene sus riesgos.
La falta de conocimientos financieros y la facilidad de acceso al crédito rápido hace que muchas familias españolas entren en una espiral de deudas.

María Lezaun

[email protected]

Twitter: @mlezaun

La escasa cultura del ahorro, la falta de conocimientos financieros y la facilidad de acceso al crédito rápido hacen que muchas familias españolas entren en una espiral de deudas de la que es difícil salir (tarjetas de crédito, préstamos, créditos rápidos, hipotecas, etc.). Una vez que el problema se agrava, la reunificación de deudas podría ser la solución. Sin embargo, no es apta para todos los perfiles y muchos expertos recomiendan tener en cuenta otras soluciones como acogerse a la llamada ley de segunda oportunidad o renegociar con el banco y planificar el pago de los préstamos por separado (reestructuración de la deuda), con el objetivo de ahorrar gastos.

En los últimos años la reunificación de deudas se ha convertido en una práctica cada vez más conocida y a la que se recurre con frecuencia, «sobre todo, porque ha recibido un impulso constante con las sucesivas regulaciones a nivel autonómico, estatal y ahora europeo», explica Luis Javaloyes, director general de Agencia Negociadora, una de las empresas pioneras del sector en España.

 

¿En qué consiste?

El objetivo principal es poder hacer frente a las deudas contraídas y que el importe mensual a pagar sea menor que la suma de todos los préstamos anteriores, lo que alarga considerablemente el plazo de devolución.
Esta solución no es gratis y tiene sus riesgos: es necesario cancelar todos los préstamos contratados, lo que supone un coste añadido y también, al extenderse el plazo de los pagos, aumenta la cantidad inicial que hay que pagar. Sin embargo, si las partes están de acuerdo y existe un verdadero compromiso de solucionar el problema, la reunificación puede ser una solución para situaciones muy específicas.

 


AL EXTENDERSE EL PLAZO DE LOS PAGOS, AUMENTA LA CANTIDAD INICIAL QUE HAY QUE PAGAR

 

Desde la Asociación Española de la Banca (AEB) se defiende esta opción siempre que suponga una solución para el cliente. «Es importante que antes de nada los bancos conozcan las inquietudes de sus clientes para encontrar la mejor solución a sus problemas», explica su portavoz José Luis Martínez.

Entre las entidades que ofrecen este servicio se encuentran los grandes bancos y algunas compañías intermediarias. Respecto de estas últimas, es conveniente comprobar que el intermediario figure en el Registro de intermediarios de crédito del Banco de España o de la Autoridad de Consumo competente.

Respecto a los requisitos que hay que cumplir para acceder a este tipo de financiación, los expertos señalan la necesidad de contar con ingresos mensuales estables, con un trabajo firme, no estar incluido en ninguna lista de morosidad y tener un inmueble en propiedad como garantía, aunque ya esté hipotecado. En el caso de que no se tenga un inmueble y se necesite una reunificación, se exige contar con un avalista.

PARA SABER MÁS

Escritura Pública. En nuestra revista hemos tratado este tema en diferentes momentos con el objetivo de aclarar dudas respecto a esta práctica.

BBVA. El blog de educación financiera del banco dispone de información práctica sobre qué es la reunificación de deudas y qué requisitos se necesitan.

Asufin. La Asociación de Usuarios Financieros dispone en su web de información práctica sobre las consecuencias del sobreendeudamientos, las posibilidades que existen para hacer frente a los pagos y cómo entender mejor la reunificación de deudas.

Derecho a reparar, por Gustavo Samayoa

CONSUMO

GUSTAVO SAMAYOA ESTRADA,,

presidente FUCI. Con la colaboración de Manuel Moran Arias, asesor jurídico FUCI

 

Los fabricantes deberán asegurar la existencia de piezas y de todo lo necesario para hacer efectiva y atractiva para el consumidor la reparación

Derecho a reparar

Abanderando el principio “hacia un mercado único más sostenible para las empresas y consumidores”, el Pacto Verde Europeo de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, dio paso al denominado derecho a reparar (o derecho de reparación) recogido en una nueva normativa aprobada por la Unión Europea el 25 de noviembre de 2020. Este derecho de reparación entró en vigor al año siguiente, más concretamente el 1 de marzo de 2021 y tiene como objetivo potenciar la sostenibilidad del modelo económico apoyándose en medidas para reducir el impacto ambiental de productos tecnológicos.

Con esta novedosa normativa se busca limitar los productos electrónicos considerados “de un solo uso” y combatir la obsolescencia programada, una de las practicas utilizadas por algunos fabricantes para acortar deliberadamente la vida de los productos, siendo esta una de las recurrentes preocupaciones del consumidor en este ámbito del mercado, y facilitando información sobre la capacidad de reparación de los productos a la venta.

Con ánimo de favorecer la vida útil de los electrodomésticos y dispositivos electrónicos y controlar su consumo desmedido, la nueva legislación, entre otros derechos, garantiza al consumidor la reparación de los productos ofertados al menos durante diez años. Para ello, los fabricantes deberán asegurar la existencia de piezas y de todo lo necesario para hacer efectiva y atractiva para el consumidor dicha reparación, ofreciendo una alternativa real al mero deshecho y sustitución del producto que ha dejado de funcionar de manera apropiada.

Además, algunos aparatos como televisores, secadores de pelo o lavadoras deberán disponer de un manual de reparación, una especie de etiquetado de reparación, que permita proceder a su reparación o reciclaje, creando un índice de reparabilidad, para que el consumidor sepa lo fácil o no que pueda ser reparar un aparato y su vida útil, y que la calificación aparezca impresa en los envases y cajas de los dispositivos electrónicos; una calificación muy parecida a la que se maneja con la eficiencia energética e instrumentando medidas para desmontar los aparatos, utilizando para ello herramientas convencionales, cuando su reparación efectiva no sea posible. Esta información es fundamental para que el usuario conozca las posibilidades reales de reparación del producto antes de su adquisición. Hasta hoy el consumidor, una vez pasada la garantía del producto, se encontraba con la situación de que los plazos de entrega son largos o que los costes son tan elevados que se plantea el arreglar el producto o comprarse uno nuevo.

La Directiva, trata un tema de suma importancia, la publicidad ecológica que, algunas empresas hacen de sus productos, apoyándose en anuncios sustentados en evidencias presentadas de forma parcial. Esto es sumamente importante porque la publicidad casi siempre es la que induce a comprar al consumidor tal o cual producto en función, tanto de sus prestaciones como por su carácter medioambiental.

También se debería poner fin al diseño de productos que no se puedan desmontar, en caso de ser reparados por terceros, o que no existan determinadas piezas inherentes al producto en sí, sometiendo al consumidor al soporte autorizado o a los proveedores oficiales del producto.

La recuperabilidad de este tipo de productos se potencia y completa finalmente a través de la extensión de las garantías legales, lo que en España ya ha tenido su plasmación con la aprobación de la modificación en la Ley de Consumidores por medio de la cual la garantía pasa a ser de tres años a partir del 1 de enero del 2022. En el caso de contenidos o servicios digitales, esta será de dos años.

Todas estas medidas buscan favorecer una producción y un consumo sostenible, protegiendo a los consumidores y usuarios de un mercado en constante cambio y evolución.
Alargar la vida de los productos, mediante la autoreparación, para alargar su uso e incluso para venderlos como productos de segunda mano, indudablemente, además de salvaguardar los derechos de los consumidores, ayudará a recortar la factura ecológica y a evitar toneladas de basura electrónica. Indudablemente el reciclaje eficiente es otra de las asignaturas pendientes, por parte de los consumidores, la empresa y la Administración, para conseguir cada vez más la circularidad de los productos.

Reparar antes de cambiar

CONSUMO

Consumo: Reparar antes de cambiar

Los consumidores están más dispuestos a reparar sus viejos electrodomésticos y valoran mucho más la calidad de los mismos a largo plazo.

Marián Lezaún

[email protected]
Twitter: @mlezaun

Reparar cualquier producto antes de reemplazarlo por otro es la filosofía de fondo de la nueva normativa de garantías que busca alargar la vida útil de los productos al tiempo que mejora la protección al consumidor. Para ello, mediante la entrada en vigor, el pasado 1 de enero, del Real Decreto-Ley 7/2021 se han aumentado las exigencias a los fabricantes, a los que se pide contar con piezas de repuesto en un plazo de hasta diez años y se ha ampliado el plazo de garantía legal de los productos de dos a tres años.

Que los consumidores están más dispuestos a reparar sus viejos electrodomésticos y que valoran mucho más la calidad de los mismos a largo es una realidad. No hay más que ver el boom de tiendas de segunda mano, de servicios de reparación o de productos recuperados. Hace ya unos años, el documental Comprar, tirar, comprar de la alemana Cosima Dannoritzer nos abría los ojos ante una realidad que muchos consumidores compartían, pero a la que aún no habían puesto nombre. A partir de entonces, la llamada obsolescencia programada saltó a un primer plano y los usuarios empezaros a tomar conciencia del impacto ambiental y social que tenía el consumo rápido de muchos productos cotidianos, en especial de electrodomésticos y tecnología. En la misma línea, el ensayo Hecho para tirar, del controvertido economista francés Serge Latouche, nos planteaba el problema que suponía para el planeta el consumo excesivo y deshacernos antes de tiempo de cosas que se pueden reparar, reemplazar y reutilizar. Ahora que las nuevas tendencias de consumo avanzan por el mismo camino, la legislación se adapta y se vuelve más exigente con productores y distribuidores.

 


LOS USUARIOS HAN TOMADO CONCIENCIA DEL IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL QUE TIENE EL CONSUMO RÁPIDO

 

Mayores plazos

Así, desde el pasado 1 de enero, los consumidores españoles pueden acogerse a la nueva legislación sobre garantías que amplía sobre todo los plazos de reclamación y mejora las posibilidades de reparación. Se trata de la transposición de la Directiva (UE) 2019/771, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes y que otorga a los Estados miembros una mayor flexibilidad en la protección al consumidor. “Atendiendo a esta posibilidad, en la transposición al ordenamiento jurídico nacional de la citada Directiva, se ha adoptado la decisión de ampliar la garantía por falta de conformidad de los productos (adecuación a las normas de uso) o servicios al plazo de tres años para proteger a aquellas personas consumidoras que adquieran productos o servicios cuyos fabricantes o prestadores limitaban la garantía al plazo legal de dos años”, explica Carlos García, director del Centro Europeo del Consumidor (CEC).

Y aunque la nueva norma ha sido muy bien acogida por las asociaciones de consumidores, despierta también algunas dudas entre los fabricantes y vendedores que se preparan para su aplicación. No obstante, muchos lamentan que no se hayan tenido en cuenta las características específicas de cada producto y que se conceda la misma garantía para un producto sencillo, como un secador, que para un automóvil. Además, la legislación tampoco ha tenido en cuenta el ciclo de vida de los productos, lo que siembra muchas dudas en la gestión de los repuestos. Muchas compañías deberán reestructurar sus políticas de stock, mantener sus proveedores durante más años y eso, a la larga, puede suponer un impacto en los precios. Pero no se trata de establecer una batalla entre fabricantes y consumidores, porque muchos de ellos ya ofrecen desde hace tiempo garantías superiores a las exigidas y cuentan con servicios de reparación que permiten alargar la vida útil de los productos. Se trata de un tema de responsabilidad empresarial y de cumplir las exigencias de Europa, según los expertos. Para el director del Centro Europeo del Consumidor, Carlos García, “el posible encarecimiento de los productos por el nuevo periodo de garantía o por la obligación de disponer de repuestos durante un periodo determinado es una cuestión de mercado, ajena a la regulación de la protección de los consumidores”.

 


SE HA AMPLIADO EL PLAZO QUE TIENE EL CLIENTE PARA ELEGIR ENTRE LA REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN DEL PRODUCTO

 

Porque la norma incluye otras novedades. Además del periodo para reclamar, se ha ampliado también el plazo que tiene el cliente para elegir entre la reparación o sustitución del producto. Así, se amplía de tres a cinco años el plazo de no conformidad y se pasa de seis meses a uno o dos años, en función del producto, el plazo para acreditar que no se está conforme con el producto comprado. Según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios, el 66% de los productos fallan a los tres años de uso y un 49% de las quejas están relacionadas con productos tecnológicos. Para el responsable del CEC, lo más importante es que “se refuerza la posición de las personas consumidoras porque determina la obligación de suministrar bienes con la calidad, seguridad y durabilidad que se puede razonablemente esperar de los mismos, ya que posibilita una mayor protección de los consumidores, una mayor calidad de los bienes puestos en el mercado y el favorecimiento de la sostenibilidad del consumo, así como la potenciación de la economía circular”.

 

Productos digitales

La legislación incluye también por primera vez un apartado especial para los productos digitales. Así, desde el pasado 1 de enero, tanto los contenidos como los servicios digitales deberán ofrecer al usuario una garantía de dos años. Entre esos contenidos y servicios se incluyen los programas informáticos, las aplicaciones, los archivos de vídeo, los archivos de audio, los archivos de música, los juegos digitales, los libros electrónicos y otras publicaciones electrónicas.

 


MUCHOS FABRICANTES YA OFRECEN DESDE HACE TIEMPO GARANTÍAS SUPERIORES A LAS EXIGIDAS

 

Y qué ocurre si el vendedor o el fabricante incumplen la nueva norma: “Cualquier incumplimiento de una obligación establecida en una norma de protección a las personas consumidoras está tipificada como infracción y lleva aparejada la correspondiente sanción”, recuerda García.

La organización sin ánimo de lucro The Ocean Cleanup publicó en la revista Science (abril de 2021) un estudio que pone los pelos de punta y cuyos resultados resumen así: «1 000 ríos son responsables de casi el 80 % de las emisiones anuales mundiales de plástico fluvial, que oscilan entre 0,8 y 2,7 millones de toneladas métricas por año, con los pequeños ríos urbanos entre los más contaminantes. El 20 % restante de las emisiones de plástico se distribuyen en otros 30.000 ríos».

Cifras visibles. Para que podamos poner en valor el significado de todas las cifras que citaremos en estas líneas, hagamos un simple ejercicio numérico a modo de ejemplo. Tenemos que una bolsa de plástico tipo supermercado pesa unos 6 gr y una botella pequeña de agua sin gas, 8 gr. Ahora imaginemos una «sopa» de plástico de tan solo 20 Kg flotando en el mar (recuadro «Mapas interactivos», Sailing seas of plastic), en la que hay bolsas y botellas a partes iguales. Tendríamos en la mancha cerca de 3 000 piezas.

Si llevamos los materiales del ejemplo a lo que vierte el río más contaminante de los que da notica el estudio de The Ocean Cleanup, el Pásig, en Filipinas, sus 62,6 toneladas de plástico anuales significarían 9,4 millones de desechos entrando al mar por su desembocadura en Manila. Este país, en fin, tiene el doloroso récord de ser el que más tráfico fluvial de plásticos conduce al mar. En total, el país tagalo emite 360 000 toneladas de plástico al año mediante 4 820 de sus ríos.

Medallas de deshonor. Tras Filipinas, los siguientes países que más polímeros mueven en sus vías fluviales son, por este orden, India, Malasia, China, Indonesia, Birmania, Brasil, Vietnam, Bangladés y Tailandia, por solo citar los diez más contaminantes. Pero hay que marcar diferencias: el segundo (India), vierte justo la mitad de plástico (130 00 toneladas) que el primero; y el décimo (Tailandia) «solo» 23 000 toneladas. En el entorno del Mediterráneo más próximo, puede ser preocupantes las 14 000 toneladas de ríos turcos, sobre todo al Mar de Mármara, y las 5 800 toneladas de los argelinos dejadas casi a las puertas de las Islas Baleares.

 


EN 2025 HABRÁ DESECHOS PLÁSTICOS COMO PARA CUBRIR CADA METRO DE COSTA DE TODO EL MUNDO CON 100 BOLSAS

 

Asía, por tanto, es la zona donde el problema que venimos comentando alcanza mayor intensidad. En el entorno americano, Brasil es el primer emisor de plásticos, 38 000 toneladas, seguido de Guatemala, Haití, República Dominicana y Venezuela. En África, se lleva «la palma» Nigeria, con 19 000 toneladas, seguido de Camerún, con 11 000 toneladas, y el ya citado Argelia. En la Unión Europea, crucemos los dedos, solo el río Neretva (desemboca en Croacia, pero el 90,2 % de su curso transcurre por Bosnia-Herzegovina) vuelca volúmenes significativos (125,8 toneladas) al Adriático. A esta misma cuenca vierten los albaneses Ishën (algo más de quinientas toneladas) y Seman (235,5 toneladas), entre otros, demostrando que el cuidado medioambiental local puede servir de poco si los problemas no se acometen internacionalmente.

Qué hay de nuevo. Los ríos, nos cuenta la historia, nos vienen sirviendo para abastecernos de agua, disponer de terrenos fértiles para los cultivos o pastos y deshacernos de los residuos. Para esto último hemos involucionado, porque el incremento de producción y uso de plásticos ha hecho de los ríos autopistas de evacuación de productos que no se degradan fácilmente. Cuando hablamos del «uso de plásticos», nos estamos refiriendo a los más de 8.500 millones de toneladas fabricadas desde que se empezó la producción masiva en 1950. Y creciendo.

 


SE CALCULA QUE LA «ISLA DE PLÁSTICO» DEL PACÍFICO NORTE PUEDE ALCANZAR UNA EXTENSIÓN SIMILAR A ESTADOS UNIDOS

 

Un informe de Naciones Unidas calcula que, de seguir así, en 2025 habrá plástico como para cubrir cada metro de costa de todo el mundo con 100 bolsas tipo supermercado. Cabe recordar que los polímeros tardan entre 55 y 1 000 años en degradarse (depende del compuesto y el grosor). Y un dato más: las mascarillas y guantes desechables tardan en desintegrarse entre uno y cinco años.

De los ríos al mar. Mares y océanos son los depositarios de todos estos desechos que pueden a pasar a la cadena alimenticia, los famosos microplásticos, a precipitarse a los fondos marinos o a mantenerse a flote formando las conocidas como «islas de plástico». De las muchas que hay ya, la más impresionante es la del Pacífico Norte. Diversas estimaciones calculan que puede llegar a medir más que EE. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), calcula que esta isla de basura crece al ritmo de una tonelada de desechos al día. Hay más: según investigaciones recientes, en torno a un 70 % de los componentes de estas islas se hunden; calculen la dimensión del problema si eso que es visible y más o menos cuantificable es solo el 30 % de lo que depositamos en el mar.

Las cifras son abrumadoras, ciertamente, e interesarse por ellas nos debería alejar de la indiferencia, huir de la comodidad de comprar productos frescos envasados en barquetas de poliestireno y envueltos con cubierta transparente o de aceptar sin rechistar la bolsa de plástico para llevar nuestra compra. Un estudio de Naciones Unidas, SINGLE-USE PLASTICS: A Roadmap for Sustainability (2018), puso de manifiesto que en el mundo consumimos casi 10 millones de bolsas por minuto. No, no ha leído mal: 10 millones por minuto. La receta, dicen desde hace tiempo quienes más padecen los excesos de plásticos en nuestras aguas, está en las tres «R»: reducir, reusar y reciclar. Fácil, ¿no?

Los derechos del consumidor

Cuando compramos un producto o servicio debemos diferenciar entre las garantías legales y las comerciales. Ya que, además de los requisitos legales, muchas marcas suelen ampliar los derechos del consumidor con reclamos comerciales, como es caso de algunas empresas de coches. Por eso, hay que tener en cuenta que cualquier declaración pública que haga un fabricante sobre sus productos (en la publicidad, en el etiquetado, etc.) es jurídicamente vinculante para el comprador. Mientras la garantía legal es obligatoria y se regula por Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la garantía comercial depende de cada tienda o empresa que venda productos y servicios y es adicional a la garantía legal. Por eso, a la hora de reclamar es necesario saber dónde acudir. En primer lugar, los clientes pueden solicitar al minorista una compensación acogiéndose a esa garantía legal en el caso de que el producto no se ajuste a su descripción; tenga cualidades diferentes al modelo anunciado o mostrado al cliente; no sea adecuado para el uso habitual o para el uso específico que se adquirió; no posea la calidad ni el rendimiento normales en productos del mismo tipo; o se haya instalado mal (por parte del cliente o del proveedor) debido a deficiencias en las instrucciones facilitadas. No obstante, si el proveedor informa de que el producto a la venta tiene algún problema de calidad, el cliente no le puede pedir compensación por ese defecto en concreto. Además, el cliente tiene derecho a solicitar la reparación del producto; la sustitución del producto; una reducción del precio; o la cancelación del contrato y el reembolso íntegro del importe abonado si el producto no responde al uso esperado.

Cuando el arreglo merece la pena

Cuando se estropea cualquier producto en nuestros hogares, el dilema es siempre el mismo: merece la pena arreglarlo o es más rentable cambiarlo por otro. Hace unos años, la tendencia era sustituirlo por otro sin dudarlo, pero hoy las cosas han cambiado. Por eso, antes de tomar una decisión conviene saber qué es y cómo funciona la amortización de esos productos. Calcular ese coste de amortización es algo sencillo y puede aclararnos muchas dudas. Así, teniendo en cuenta que todos los productos empiezan a perder valor desde el momento mismo de la compra, podemos calcular el valor de los mismos durante su ciclo de vida útil. Es decir, tenemos que dividir el precio de compra durante ese periodo de tiempo y así saber en el momento en el que se estropea, cuál es su valor real. Teniendo ese dato en cuenta, deberemos compararlo con el coste de reparación del producto y hacer la misma operación, teniendo en cuenta una nueva adquisición. Cuando el valor del producto es muy bajo, quizá es el momento de cambiarlo.

Para saber más

Organización de Consumidores y Usuarios: explica de manera sencilla las claves de la nueva legislación, así como qué es necesario para reclamar un producto en garantía. Desde aquí se puede consultar el proyecto europeo Prompt, que pretende luchar contra la obsolescencia programada de muchos productos.

Centro Europeo del Consumidor (CEC): En la web del Centro Europeo del Consumidor, que pertenece al Ministerio de Consumo, se puede consultar información práctica sobre reclamaciones, quejas y derechos de los consumidores en todo el espacio europeo

Tanto los contenidos como los servicios digitales deberán ofrecer al usuario una garantía de dos años.

Sin techo no hay cimientos, por Juan José Morodo

ENTRE MAGNITUDES

JUAN JOSÉ MORODO,

subdirector de Cinco Días

 

Resulta turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE

Sin techo no hay cimientos

Manuel es un joven y serio profesional con contrato indefinido. Manuel (el nombre es ficticio) contrajo el Covid en el momento más crudo de la pandemia. No se infectó en una fiesta desenfrenada ni por una imprudencia. Se contagió en la casa en que vive. A pesar de su salario, en la media nacional para su ocupación, Manuel se ve obligado a compartir piso con cuatro compañeros, uno de ellos profesional del sector sanitario, quien sin querer introdujo el virus en la vivienda común. Manuel no está a disgusto con esa vida casi de estudiante, pero lo cierto es que comparte piso porque no le da para alquilar uno en solitario.

La vivienda cara no es un freno solo para Manuel, lo es para el desarrollo de cualquier país. Una política de vivienda que ignore esto no solo está mal orientada, sino que supone un lastre para cimentar el crecimiento y una losa en el futuro de las próximas generaciones. Los altos precios de la vivienda, sea en propiedad o en alquiler, también pueden asfixiar la reactivación del consumo, una condición decisiva para que la economía se expanda e inaplazable en un escenario que urge la recuperación, como el que vive España tras el durísimo impacto de la pandemia.

Toda la renta que los ciudadanos tengan que destinar a vivienda se sustrae de otra partida del gasto, desde la alimentación al ocio, desde la salud a la educación o a la misma vestimenta, con el consiguiente deterioro sobre aquellos sectores ajenos al inmobiliario. A modo de vasos comunicantes, cuanto más elevados sean los fondos que los presupuestos familiares deben dedicar a vivienda más se aminorarán los destinados a otros bienes o servicios.

Este panorama se refleja hoy con toda su crudeza, cuando buena parte de la recuperación tras la crisis del Covid se fía al repunte del consumo, tras largos trimestres de hibernación y contención del gasto y de un precavido crecimiento del ahorro de las familias, solo proporcional a los temores que desata la incertidumbre.

La familia española dedica a la residencia, de media, más de un 35% de su renta, un creciente récord que constriñe su capacidad de gasto. En los hogares con menos renta, este porcentaje se puede encaminar peligrosamente a un inquietante 50%. La vivienda, y destacadamente la que está en régimen de alquiler, “representa en promedio el mayor gasto de los hogares en el conjunto de todos los países de la OCDE”, según constata el organismo que agrupa casi a una cuarentena de los países más desarrollados.

“Esta absorción que hace la vivienda de otros gastos”, alerta la OCDE, “podría ir incluso a más” en el corto plazo, pero modularse poco a poco en función de variables como el aumento de los parques de vivienda asequible en arrendamiento. La Encuesta de Presupuestos Familiares del INE constata que en España se replica esa tendencia.

Estas son algunas de las razones que hacen más preocupante ver a España entre los países desarrollados con impuestos que más lastran el crecimiento: el puesto 30 de los países de la OCDE cuyo modelo fiscal es más perjudicial para el desarrollo económico. Las reformas tributarias del último año hunden al sistema español otros tres puestos en el ranking del Índice de Competitividad Fiscal Internacional 2021 elaborado por la Tax Foundation.

Ante este panorama, resulta más turbador que España sea el país con la batería más larga de impuestos que inciden en la vivienda entre todos los países de la OCDE. Los inmuebles están gravados por el impuesto sobre la renta imputado al propietario para segundas viviendas, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre la renta a los no residentes por el alquiler, el impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, que hasta hace poco tributaba, también e inexplicablemente, aunque fuese minusvalía. Son una pesada carga sobre las espaldas de los ciudadanos que solo quieren ejercer el derecho constitucional a tener un techo digno y adecuado bajo el que cobijarse.

Tras las últimas reformas, España ya se ha colocado en el máximo nivel de gravamen a la propiedad ente los países desarrollados. Casi como Italia, el país con mayor presión fiscal sobre la vivienda de la OCDE.

Todo ello imprime una debilidad competitiva al sector inmobiliario que incide directamente en la capacidad de los ciudadanos para adquirir o alquilar vivienda. La Tax Foundation señala la distorsión que suponen los “múltiples impuestos a la propiedad con gravámenes separados sobre transferencias de bienes raíces, patrimonio neto, herencias y transacciones”.

Solo las políticas de algunas haciendas autonómicas suavizan la presión fiscal a nivel nacional con algunas exenciones o reducciones, lo que, sorprendentemente, en ocasiones lleva a algunos partidos políticos a acusarlas de practicar dumping fiscal. Si no existiesen en las comunidades autónomas estas bonificaciones, España ocuparía el puesto de Italia.

No parece que la en marcha y controvertida Ley por el Derecho a la Vivienda, su inconcreto plan (a largo plazo) de zonas tensionadas de alquiler regulado, su carácter de espantainversores ni la litigiosidad que anuncia su desprecio al dictamen (preceptivo, no vinculante) del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que la considera invasora de competencias de las comunidades autónomas, vaya a resolver el problema de un país en el que se pueden contemplar extensos páramos deshabitados pegados a ciudades en las que no es difícil toparse con infraviviendas. Donde el mercado de alquiler languidece acosado por la inseguridad jurídica del propietario. O donde los jóvenes tienen que afrontar ingentes cargas fiscales si deciden lanzarse a comprar casa.

Manuel, tras pasar semanas difíciles, vuelve a gozar de buena salud. Sigue viviendo en un piso compartido.

Presión fiscal sobre los inmuebles

PRESIÓN FISCAL SOBRE LOS INMUEBLES

Las pensiones se revalorizarán por el IPC anual

ENTRE MAGNITUDES

Fernando Geijo

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España es uno de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los impuestos más altos a la propiedad inmobiliaria. Al menos, así se recoge en el Índice de Competitividad Fiscal Internacional (ICF), de la Tax Foundation, difundido y adaptado en España por tercer año consecutivo por el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

De entre los Estados más desarrollados del mundo que integran esta organización, nuestro país es prácticamente el único objeto de un análisis específico en el informe ICF sobre la influencia de los impuestos que aplica a la propiedad inmobiliaria a la hora de medir su neutralidad y competitividad fiscal.

Producto de lo anterior, España no sale bien parada y ha retrocedido cuatro puestos en la clasificación general de la prestigiosa Tax Foundation, hasta ocupar el puesto 30 de entre los 37 analizados, dada la distorsión que supone la pléyade de impuestos específicos que gravan al sector inmobiliario y que, apenas, son compensados en ocasiones puntuales por bonificaciones y exenciones autonómicas.


IMPUESTOS Y CRECIMIENTO SON DOS TECLAS DE UN MISMO PIANO ECONÓMICO QUE DEBE ESTAR PERFECTAMENTE AFINADO

 

Telaraña impositiva

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), sobre el Patrimonio (caso excepcional en toda la Unión Europea), sobre la Renta que se imputa al dueño de segundas viviendas, además del que abonan los No Residentes por el alquiler, sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, o la plusvalía municipal, derivada del aumento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, son algunos de los que gravan en España la posesión o disfrute de los bienes raíces.

Asimismo, si se observa el análisis realizado por los expertos de Tax Foundation sobre el impacto de los impuestos sobre la propiedad, en el sentido más amplio del término, habría que añadir los impuestos relativos a las transacciones financieras, los activos corporativos o los derechos de capital.

En este sentido, entre las conclusiones del informe se indica que España ha caído en el índice que mide la competitividad fiscal sobre propiedades, patrimonio y herencias hasta el puesto 36, al obtener apenas 36,4 puntos sobre un valor de referencia de 100, únicamente obtenido por Estonia.

El sistema tributario español es el único que aplica, a la vez, sendos impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y el Patrimonio, lo que, para los expertos de la Tax Foundation supone una evidente cortapisa al ahorro y, por consiguiente, a la inversión, el crecimiento y, a la postre, el empleo y el ahorro.

La eficiencia de nuestro sistema tributario se pone en tela de juicio al considerar que combina reglas de juego complejas con tipos crecientes, lo que, en opinión de este instituto de estudios, limita la creación de empleo por parte de las empresas y, en consecuencia, cercena el potencial de crecimiento de la economía española.

Las conclusiones del informe ICF 2021 preconizan la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, una auténtica anomalía pancomunitaria, sólo compartido con Noruega y Suiza, dada su singularidad entre los países de nuestro entorno.

Asimismo, señalan la insuficiencia de las medidas de alivio fiscal emanadas de las diferentes políticas autonómicas, con especial hincapié en la Comunidad de Madrid, que deben ser complementadas con otras a escala nacional de cara a revertir las subidas de impuestos aprobadas en plena crisis sanitaria y a lograr, en definitiva, un sistema con impuestos más bajos y sencillos.


SOMOS EL ÚNICO PAÍS DE LA UE QUE APLICA AL UNÍSONO IMPUESTOS SOBRE PATRIMONIO Y SUCESIONES Y DONACIONES

El dilema fiscal

El objetivo de alcanzar el crecimiento económico y favorecer el florecimiento empresarial debe estar en la base de cualquier sistema fiscal moderno que se precie. Sin embargo, la tentación de subir impuestos para compensar una caída de recaudación, como la recientemente producida a causa del COVID-19, supone una disyuntiva de cara a mantener el estado de bienestar.

Por consiguiente, impuestos y crecimiento son dos teclas de un mismo piano económico que debe estar perfectamente afinado para resolver el sudoku entre competitividad y presión fiscal, dado que beneficiar a uno sobre otro en una partitura, léase política fiscal, puede poner en la picota los necesarios incentivos que requiere la inversión empresarial.

Al igual que un exultante candidato presidencial George H. W. Bush arengaba en 1988 a las masas en la Convención Nacional Republicana con la célebre frase: “read my lips, no new taxes”, en alusión a su negativa a incrementar la carga fiscal, lo que finalmente le daría el triunfo electoral, parece que no hay margen para subir los impuestos en España.

Esa es, al menos, la recomendación del Instituto de Estudios Económicos al indicar, con los datos en la mano de la Tax Foundation, que el análisis internacional de nuestro andamiaje impositivo en relación con la fiscalidad aplicada a la propiedad, el ahorro, el patrimonio y las herencias supone una rémora para nuestra prosperidad socioeconómica.

Desde Estonia con razón

Esta república báltica, famosa además por su apuesta por el acceso de la población a la tecnológica, también cuenta en su haber con el hecho de tener el sistema de tasas a la propiedad más eficiente de la OCDE, al ser el país que menos grava la vivienda. De hecho, en Estonia sólo se aplica gravamen al valor de la tierra en el impuesto sobre bienes inmuebles, al excluir de la base impositiva, práctica común junto con países como Nueva Zelanda y Australia, el valor de edificios o estructuras.

Subir o bajar, he ahí el dilema

Las tesis esgrimidas desde el Ministerio de Hacienda para defender en nuestro país la existencia de margen para subir los impuestos se basan en la diferencia de presión fiscal con respecto a nuestros socios europeos. Según el informe de la Tax Foundation la clave está en el desigual tamaño de la economía sumergida, que supone en España un 22% del PIB frente a una media europea del 13%. Es decir, en nuestro país se recauda un total del 35,45% del equivalente al PIB en impuestos, con un máximo histórico de 223.382 millones de euros alcanzado en 2021, un 15% más que en 2020, pero este porcentaje sólo lo sufraga el 78% de la actividad regulada.

Nueva valoración de los inmuebles

El pasado 1 de enero entró en vigor, tras la publicación en julio en el BOE, la normativa que regula la nueva valoración de los inmuebles, basada en el valor de referencia del Catastro.

Tanto en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la norma modifica su base imponible, sustituyendo el valor real por valor de referencia, concepto que se equipara al valor de mercado. Esta misma regla se añade en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles cuyo valor haya sido determinado por la Administración en un procedimiento.

La nueva regulación establece que quienes adquieran un inmueble, tendrán que declarar la operación por el valor de referencia de Catastro, cuando este sea superior al valor escriturado. En caso de disconformidad les corresponderá a ellos la carga de la prueba.

Ojo al dato

Índice de Competitividad Fiscal 2021. Tax Foundation en colaboración con el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

Índice Autonómico de Competitividad Fiscal 2021. Cristina Enache. Fundación para el Avance de la Libertad. Tax Foundation.

Descosificación y sintiencia: pilares del Derecho Animal, por Nuria Menéndez de Llano

ALDEA GLOBAL

Nuria Menéndez de Llano Rodríguez,

Abogada y Directora del Observatorio Justicia y Defensa Animal. Cofundadora de la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Oviedo.

 

Serán los jueces y tribunales, la doctrina y los demás operadores jurídicos, los que den vida e interpreten este nuevo estatuto jurídico del animal

Descosificación y sintiencia: pilares del Derecho Animal

Dicen que Victor Hugo profesaba una gran devoción hacia los animales, y cuentan que sentaba a su mesa a un galgo de mirada limpia al que llamaba Lux. Estoy segura de que, hoy en día, el autor de Los Miserables aplaudiría que también nuestro legislador, como ya hiciera su Francia natal en 2015, haya escuchado a la sociedad española y haya descosificado legalmente a los animales.

Y ya era hora, porque desde 2009 el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea introduce el mandato de reconocimiento de la sintiencia animal como elemento esencial para la consideración de los animales no humanos que, en tanto portadores de intereses y expectativas, deben ser respetados por el Derecho de los países miembros.

La espera ha dado sus frutos y, tras múltiples avatares y ríos de tinta, el pasado 5 de enero de 2022 todos los animales han dejado de tener, en el ordenamiento jurídico español, la consideración legal de bienes semovientes, es decir, de cosas. Finalmente, la triple reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil ha actualizado una legislación decimonónica y cosificadora para los animales, ofreciendo a los operadores jurídicos actuales unas herramientas legales propias de este siglo.

Remontándonos a los orígenes de esta reforma, en 2015 el Observatorio Justicia y Defensa Animal, atendiendo a la necesidad de afrontar jurídicamente esta cuestión y de ponerla en el centro de la agenda política nacional, depositó en las Cortes Generales el casi medio millón de apoyos ciudadanos recabados en Change.org. Con gran respaldo social y político, la campaña #AnimalesNOsonCosas del Observatorio, ha conseguido que el legislador, al fin, descosifique legalmente a los animales, otorgándoles un régimen jurídico propio. La cuestión no es baladí: con el reconocimiento legal de todos los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, hemos logrado eliminar un anacronismo legal que nos impedía poder avanzar, por más que quisiéramos, en la lucha contra el maltrato animal. No lo olvidemos: el origen de toda opresión y abuso está en la cosificación de la víctima.

Aunque a alguien le pueda resultar una cuestión menor, una simple obviedad, o incluso algo de poca trascendencia, este reconocimiento constituye un hito histórico para el Derecho Animal, y supone la condición necesaria para seguir adelante con el desarrollo futuro de la personalidad jurídica de los animales no humanos.

El contexto plasmado en la anterior legislación civil, que databa de 1889, reflejaba una sociedad menos compleja, eminentemente agraria, y en la que los animales eran considerados como meros recursos de los que sacar algún provecho. Se mantenía, en el Derecho Civil común, la concepción cartesiana y mecanicista de que el animal-máquina no sentía ni padecía y, desde esa perspectiva, y sin ningún cuestionamiento ético ni legal, se les explotaba de todas las maneras imaginables. Y es que, como nos alertaba el ya citado autor francés, los animales son de Dios, pero la bestialidad sigue siendo humana.

Cuando en 2012, en el seno de la Universidad de Cambridge, un nutrido grupo de neurocientíficos firmaron la Declaración de Cambridge de la conciencia animal, ya dejaron constancia científica de que los humanos no somos los únicos animales con los sustratos neurológicos necesarios para tener conciencia. Desde aquella declaración ya resultaba imperiosa, también en el plano legal, la necesidad de actualizar y repensar nuestra forma de relacionarnos con los demás seres vivos. La ignorancia ya no podía seguir siendo una excusa.

De nuevo, Victor Hugo tenía razón. No existe nada más poderoso que una idea a la que le ha llegado su tiempo. Las sociedades cambian y evolucionan. La ética y la razón también progresan y todos nos beneficiamos de ello. Los cambios más profundos, también para los animales, surgen cuando el pueblo soberano se muestra más permeable a la idea de la protección del más débil, del más vulnerable. Es entonces cuando se requiere ver la plasmación legislativa de las expectativas sociales. También el Derecho, como constructo humano, cambiante y vivo, hace que la consideración moral del otro, la alteridad, sea necesariamente extendida a los demás animales con los que compartimos planeta y existencia.

En el plano de lo concreto, seguramente, van a ser múltiples las aplicaciones prácticas que podrán derivarse de este importante avance legal. No obstante, serán los jueces y tribunales, la doctrina y los demás operadores jurídicos, los que den vida e interpreten este nuevo estatuto jurídico del animal, subsumiéndolo en la realidad social de nuestro tiempo. No obstante, el mero hecho de llevarse a cabo la corrección de este anacronismo legal y, al mismo tiempo, alcanzar el reconocimiento legal de la sintiencia animal, ya la convierten en una reforma de hondo calado.
Pese a que todavía estamos bastante lejos de alcanzar una solución definitiva para los grandes problemas de la justicia social de nuestro tiempo, algunos indicadores nos dan cierta esperanza. El reciente estudio Visión y Actitudes hacia los Animales en la Sociedad Española de la Fundación BBVA, nos revela que a una amplísima mayoría de nosotros nos importan los demás animales, no apoyamos su cosificación y su sufrimiento no nos resulta indiferente.

Es por ello que, reconociendo el gran avance jurídico que supone la reforma de la legislación civil, conviene asumir que todavía nos queda por delante un largo camino en el que debemos humanizarnos respetando a los demás animales. Ellos son los únicos dueños de sus vidas. De hecho, es el único bien que poseen. Nadie debería poder arrebatársela ni ser insensible a sus padecimientos. Ya saben, primero fue necesario civilizar al hombre en su relación con el hombre y, ahora, se hace necesario civilizar al hombre en su relación con la naturaleza y con los animales, Victor Hugo dixit.

Esos seres sintientes con los que convivimos

ALDEA GLOBAL

ESOS SERES SINTIENTES CON LOS QUE CONVIVIMOS

Los animales de compañía están más protegidos por la legislación en Reino Unido, Polonia, Austria, Suiza, Suecia, Malasia y México.

Melchor del Valle

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La entrada en vigor en España de la Ley sobre sobre el régimen jurídico de los animales, en diciembre de 2021, ha supuesto la consecución de varios de sus objetivos para organizaciones como el Observatorio Justicia y Defensa Animal, que los perseguían al grito de #AnimalesNOsonCosas desde 2015, y una concienciación general de que la ciencia, primero, y la legislación, después, reconocen que con los humanos conviven seres vivos dotados de sensibilidad.

Legislar sobre la convivencia del hombre con los animales no es algo nuevo. Ya el Derecho Romano incluía a estos últimos en su normativa, aunque los considerase «cosas». La realidad histórica es que ese régimen jurídico de los animales lleva más de dos mil años presente en el continente europeo y, por ende, en muchos países de todo el mundo.

Si nos quedamos en la Unión Europea, tenemos el Tratado de Ámsterdam de 1997, donde se encuentra el germen del artículo 13 del Tratado de Lisboa, firmado en 2007, que dio lugar Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En él se reconoce la sensibilidad animal y exige a los Estados miembros que «tengan plenamente en cuenta los requisitos de bienestar de los animales» cuando apliquen las políticas de la UE relativas a agricultura, pesca, transporte, investigación y desarrollo tecnológico.

 


LA UE EXIGE A LOS ESTADOS MIEMBROS QUE «TENGAN PLENAMENTE EN CUENTA LOS REQUISITOS DE BIENESTAR DE LOS ANIMALES»

 

Pero esto de reconocer que los animales no son meros objetos, parece no ser suficiente. Austria, pionera en quitar a los animales la consideración de «cosas» (1988), lo cita explícitamente en su Código Civil: «Los animales no son cosas; están protegidos por leyes especiales». A parecidas soluciones llegaron Alemania y Suiza. Algo similar sucedió en Canadá, concretamente en la Asamblea Nacional de Quebec, cuando legislaron para reconocer que «los animales no son cosas, sino seres sintientes con necesidades biológicas», y en Nueva Zelanda.

 

La Declaración de Cambridge.

Un prestigioso grupo internacional de científicos especializados en neurociencia cognitiva, neurofarmacología, neurofisiología y neurociencia computacional, se reunieron en la Universidad de Cambridge (julio de 2012) para evaluar, a la luz de los conocimientos actuales, los sustratos neurobiológicos de la experiencia consciente y los comportamientos que tienen que ver con ella; y, aquí viene lo significativo, en humanos y no humanos.

Cuando se refieren a la consciencia, dejan lugar a pocas dudas: «Hay evidencias convergentes que indican que los animales no humanos poseen los sustratos neuroanatómicos, neuroquímicos y neurofisiológicos de los estados de consciencia, junto con la capacidad de mostrar comportamientos intencionales. En consecuencia, el peso de la evidencia indica que los humanos no somos los únicos en poseer la base neurológica que da lugar a la consciencia. Los animales no humanos, incluyendo a todos los mamíferos y aves, y otras muchas criaturas, entre las que se encuentran los pulpos, también poseen estos sustratos neurológicos». Es quizás por eso que las normativas de Francia (2015), Portugal (2017) y la recientemente aprobada en España (2021) «prefieren –como se indica en el preámbulo de nuestra Ley– una descripción “positiva” de la esencia de estos seres que los diferencia, por un lado, de las personas y, por otro, de las cosas y otras formas de vida, típicamente de las plantas». En esto consiste, básicamente, lo que hemos dado en llamar «descosificación».

 

Índice de protección animal.

Para tener una idea de conjunto y por países de en qué situación se encuentran internacionalmente las leyes de protección a los animales y de traslación a la realidad de los distintos países de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales (UNESCO, 1978, y ONU, posteriormente), conviene echar un vistazo al Índice de Protección Animal (API, por sus siglas en inglés de Animal Protection Index) que ofrece la organización internacional World Animal Protection, antes conocida como World Society for the Protection of Animals (WSPA). La segunda edición de este índice es la de 2020 (publicada en diciembre de ese año; la primera fue en 2014) y revisa la situación de cómo la legislación protege a los animales en 50 países de todos los continentes.

 


EL GRUPO DE ANIMALES QUE MAYOR ATENCIÓN RECIBEN, EN CUANTO A LA PRESENCIA EN LA LEGISLACIÓN DEL BIENESTAR ANIMAL, SON LOS DEDICADOS A LA INVESTIGACIÓN

 

El análisis del API se basa en cuatro pilares: reconocimiento de la sensibilidad animal y prohibición del sufrimiento animal, presencia de la legislación sobre bienestar animal, establecimiento de órganos gubernamentales de apoyo y apoyo a las normas internacionales de bienestar animal (la antes citada Declaración Universal y las normas de la Organización Mundial de Sanidad Animal). Los resultados se ofrecen online, abiertos a todos los usuarios, y se pueden ver en conjunto, país por país, según cada uno de los pilares e, incluso, comparando países. En el mapa global se observa que Irán y Azerbaiyán son los últimos de la clasificación general, mientras que Suecia, Dinamarca, Países Bajos, Austria, Suiza y Reino Unido son los que se encuentran a la cabeza. Todos de Europa, como puede apreciarse.

 

Sensibilidad animal.

Siendo importantes todos los pilares citados, los dos primeros están íntimamente ligados con el reconocimiento de #AnimalesNOsonCosas y su traslado a la correspondiente legislación. El reconocimiento de la sensibilidad animal está más arraigado en Colombia, seguido de Perú y Chile, en América; y de Austria, Francia, Países Bajos y Suecia, en Europa, zona en la que el país peor clasificado es Bielorrusia. Si hablamos de leyes contra el sufrimiento animal, Suiza, Dinamarca y Suecia son los más activos. En este capítulo es en el que se denota más actividad, ya que se unen al grupo de los «B» –segunda posición– países como Canadá, Rusia, India o Pakistán y Kenia, Nigeria y Malasia, por no dejar ninguna zona por mencionar.

 


EL ÍNDICE DE PROTECCIÓN ANIMAL MIDE LA TRASLACIÓN A LA REALIDAD DE LOS DISTINTOS PAÍSES DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES

 

La citada Kenia, pasando ya al pilar del traslado de los principios a la legislación, es el país más activo en la protección legal de animales salvajes, seguido de Brasil. El grupo de animales que mayor atención reciben, en cuanto a la presencia en la legislación del bienestar animal, son los dedicados a la investigación, con Francia, Alemania, Polonia, Austria, Suiza, Países Bajos, Suecia y Dinamarca como primeros valedores. El grupo de los dedicados a la agricultura solo se ve reconocido legalmente en Austria y Suecia. El parámetro en que mejor clasificada sale España es respecto al grupo de los animales en cautiverio, junto con Reino Unido, Suiza, Austria, Alemania, Países Bajos, Dinamarca y Suecia. Si señalamos a los animales de compañía, están más protegidos por la legislación en Reino Unido, Polonia, Austria, Suiza, Suecia, Malasia y México. En el último de los grupos, los animales de tiro y recreo –suponemos que se refiere básicamente a caballos–, solo Malasia y Suiza se salvan de la quema, pero con valores mucho más bajos que en las otras medidas.

 

Objetivos 14 y 15.

Naciones Unidas, en su Agenda 2030 sobre desarrollo sostenible, incluyó la necesidad de conservar de manera sostenible los océanos y el uso de los ecosistemas terrestres. Hablan de protección de fauna y flora, claro, promoviendo las adecuaciones legislativas que ayuden a esa sostenibilidad. En mayo de 2022, va a tener lugar en Lyon (Francia) la 19ª Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres a la que asistirán, si nos guiamos por anteriores ediciones, más de 3 000 especialistas. Será un termómetro para conocer cómo estamos haciendo las cosas respecto a la legislación para la protección de esos seres vivos que están a nuestro lado…

La organización sin ánimo de lucro The Ocean Cleanup publicó en la revista Science (abril de 2021) un estudio que pone los pelos de punta y cuyos resultados resumen así: «1 000 ríos son responsables de casi el 80 % de las emisiones anuales mundiales de plástico fluvial, que oscilan entre 0,8 y 2,7 millones de toneladas métricas por año, con los pequeños ríos urbanos entre los más contaminantes. El 20 % restante de las emisiones de plástico se distribuyen en otros 30.000 ríos».

Cifras visibles. Para que podamos poner en valor el significado de todas las cifras que citaremos en estas líneas, hagamos un simple ejercicio numérico a modo de ejemplo. Tenemos que una bolsa de plástico tipo supermercado pesa unos 6 gr y una botella pequeña de agua sin gas, 8 gr. Ahora imaginemos una «sopa» de plástico de tan solo 20 Kg flotando en el mar (recuadro «Mapas interactivos», Sailing seas of plastic), en la que hay bolsas y botellas a partes iguales. Tendríamos en la mancha cerca de 3 000 piezas.

Si llevamos los materiales del ejemplo a lo que vierte el río más contaminante de los que da notica el estudio de The Ocean Cleanup, el Pásig, en Filipinas, sus 62,6 toneladas de plástico anuales significarían 9,4 millones de desechos entrando al mar por su desembocadura en Manila. Este país, en fin, tiene el doloroso récord de ser el que más tráfico fluvial de plásticos conduce al mar. En total, el país tagalo emite 360 000 toneladas de plástico al año mediante 4 820 de sus ríos.

Medallas de deshonor. Tras Filipinas, los siguientes países que más polímeros mueven en sus vías fluviales son, por este orden, India, Malasia, China, Indonesia, Birmania, Brasil, Vietnam, Bangladés y Tailandia, por solo citar los diez más contaminantes. Pero hay que marcar diferencias: el segundo (India), vierte justo la mitad de plástico (130 00 toneladas) que el primero; y el décimo (Tailandia) «solo» 23 000 toneladas. En el entorno del Mediterráneo más próximo, puede ser preocupantes las 14 000 toneladas de ríos turcos, sobre todo al Mar de Mármara, y las 5 800 toneladas de los argelinos dejadas casi a las puertas de las Islas Baleares.

 


EN 2025 HABRÁ DESECHOS PLÁSTICOS COMO PARA CUBRIR CADA METRO DE COSTA DE TODO EL MUNDO CON 100 BOLSAS

 

Asía, por tanto, es la zona donde el problema que venimos comentando alcanza mayor intensidad. En el entorno americano, Brasil es el primer emisor de plásticos, 38 000 toneladas, seguido de Guatemala, Haití, República Dominicana y Venezuela. En África, se lleva «la palma» Nigeria, con 19 000 toneladas, seguido de Camerún, con 11 000 toneladas, y el ya citado Argelia. En la Unión Europea, crucemos los dedos, solo el río Neretva (desemboca en Croacia, pero el 90,2 % de su curso transcurre por Bosnia-Herzegovina) vuelca volúmenes significativos (125,8 toneladas) al Adriático. A esta misma cuenca vierten los albaneses Ishën (algo más de quinientas toneladas) y Seman (235,5 toneladas), entre otros, demostrando que el cuidado medioambiental local puede servir de poco si los problemas no se acometen internacionalmente.

Qué hay de nuevo. Los ríos, nos cuenta la historia, nos vienen sirviendo para abastecernos de agua, disponer de terrenos fértiles para los cultivos o pastos y deshacernos de los residuos. Para esto último hemos involucionado, porque el incremento de producción y uso de plásticos ha hecho de los ríos autopistas de evacuación de productos que no se degradan fácilmente. Cuando hablamos del «uso de plásticos», nos estamos refiriendo a los más de 8.500 millones de toneladas fabricadas desde que se empezó la producción masiva en 1950. Y creciendo.

 


SE CALCULA QUE LA «ISLA DE PLÁSTICO» DEL PACÍFICO NORTE PUEDE ALCANZAR UNA EXTENSIÓN SIMILAR A ESTADOS UNIDOS

 

Un informe de Naciones Unidas calcula que, de seguir así, en 2025 habrá plástico como para cubrir cada metro de costa de todo el mundo con 100 bolsas tipo supermercado. Cabe recordar que los polímeros tardan entre 55 y 1 000 años en degradarse (depende del compuesto y el grosor). Y un dato más: las mascarillas y guantes desechables tardan en desintegrarse entre uno y cinco años.

De los ríos al mar. Mares y océanos son los depositarios de todos estos desechos que pueden a pasar a la cadena alimenticia, los famosos microplásticos, a precipitarse a los fondos marinos o a mantenerse a flote formando las conocidas como «islas de plástico». De las muchas que hay ya, la más impresionante es la del Pacífico Norte. Diversas estimaciones calculan que puede llegar a medir más que EE. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), calcula que esta isla de basura crece al ritmo de una tonelada de desechos al día. Hay más: según investigaciones recientes, en torno a un 70 % de los componentes de estas islas se hunden; calculen la dimensión del problema si eso que es visible y más o menos cuantificable es solo el 30 % de lo que depositamos en el mar.

Las cifras son abrumadoras, ciertamente, e interesarse por ellas nos debería alejar de la indiferencia, huir de la comodidad de comprar productos frescos envasados en barquetas de poliestireno y envueltos con cubierta transparente o de aceptar sin rechistar la bolsa de plástico para llevar nuestra compra. Un estudio de Naciones Unidas, SINGLE-USE PLASTICS: A Roadmap for Sustainability (2018), puso de manifiesto que en el mundo consumimos casi 10 millones de bolsas por minuto. No, no ha leído mal: 10 millones por minuto. La receta, dicen desde hace tiempo quienes más padecen los excesos de plásticos en nuestras aguas, está en las tres «R»: reducir, reusar y reciclar. Fácil, ¿no?

El régimen jurídico de los animales en España

Cuando, dentro de algún tiempo, se actualice el Índice de Protección Animal, España escalará algunos puestos en las clasificaciones merced a la reciente entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

Esta norma modifica otras tres, como deja claro el nombre de la ley, sobre todo respecto al Código Civil.

Para saber más

Animal Protection Index.
World Animal Protection. Mapa multicapa interactivo (2020).

Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030.
Naciones Unidas (2015)

La descosificación de los animales.
Marita Giménez-Candela. Revista Eletrônica do Curso de Direito da UFSM (2017).

El impulso de una economía social y solidaria en la Unión Europea, por Jaume Duch Guillot

ÁMBITO EUROPEO

Jaume Duch Guillot

Director General de Comunicación y Portavoz del Parlamento Europeo

 

El impulso de una economía social y solidaria en la Unión Europea

Promoting a social and solidarity economy in the European Union

Hace tiempo que la Unión Europea dejó de ser una comunidad meramente económica para ser también una entidad política y humana de primer orden, en la que la economía no es el fin, sino solo un medio. En este sentido, la economía social de mercado ejemplifica a la perfección la ambición del proyecto europeo subrayando los valores consagrados en el Tratado de la Unión Europea: respeto a la dignidad humana, libertad, democracia e igualdad y solidaridad entre otros.

Es innegable que la pandemia de la COVID-19 nos ha obligado a reflexionar sobre muchas cosas y entre ellas, los peligros de una brecha social en aumento. Europa ha respondido con firmeza a esta emergencia con un ingente esfuerzo financiero y esta vez no ha olvidado que la política social tiene que ocupar una plaza de relieve en el esfuerzo por la recuperación, gracias en particular, al trabajo realizado por el equipo negociador del Parlamento Europeo. En efecto, el Plan Europeo de Recuperación contiene, junto a la dimensión ambiental y la digital, una dimensión social indispensable, ya que el cambio climático y la modernización de la economía no pueden disociarse de la justicia social y de la lucha contra las desigualdades.

Este Plan Europeo de Recuperación -sin parangón ni por su cuantía ni por su estructura fiscal- es un ejemplo de como la protección y el fomento de una economía social es clave a la hora de diseñar cualquier proyecto europeo. Pero hay muchos más, como la componente que acompaña el Pacto Verde europeo, encabezada por el Fondo Climático Social, cuya propuesta están discutiendo las comisiones de Empleo y Medio Ambiente del Parlamento Europeo, para asegurar que nadie se queda atrás en la llamada transición verde.

Estas medidas no nacen de manera aislada, sino en un marco predeterminado. Cualquier acción que decida poner en marcha la Unión Europea ha de tener cabida en su presupuesto ordinario, el llamado marco financiero plurianual 2021-2027 o en el plan de recuperación de 750.000 millones de euros creado para luchar contra las consecuencias de la pandemia. El componente social del segundo sigue en realidad la pauta del primero, en el cual ya se aumentaron de forma sustancial las partidas destinadas al fomento de una economía social. Un incremento logrado gracias a la determinación del equipo negociador del Parlamento Europeo que no cesó de defender la importancia de poner a las personas en el centro hasta conseguir un acuerdo con el Consejo.

Hasta 15.000 millones de euros suplementarios consiguió el equipo negociador del Parlamento para partidas clave a través de programas como Erasmus Plus, EU4Health, Horizon Europe, Invest EU o Creative Europe, entre otros.

Gracias a los recursos que proporciona el marco plurianual 2021-2027, la Comisión Europea presentó en diciembre el Plan de Acción para la Economía Social que el Parlamento Europeo está actualmente examinando en su comisión de Empleo. El ponente del informe, Jordi Cañas, ya ha manifestado la voluntad del Parlamento de otorgar a la economía social la visibilidad que merece, exprimiendo su potencial para contribuir a los objetivos de mayor bienestar, prosperidad, justicia, inclusión y respeto al medioambiente.

La propuesta se centra en la creación de un entorno para que la economía social prospere, con marcos jurídicos y políticas adecuadas, así como un conjunto de recomendaciones sobre los marcos fiscales, facilitación del acceso a las ayudas y buenas prácticas en materia de contratación pública socialmente responsable. Este apoyo al desarrollo debe ayudar a que las entidades inicien su actividad y se expandan. Por eso, en términos de financiación, la propuesta plantea aumentar la ayuda a estos agentes económicos, superando los 2.500 millones de euros asignados en el periodo anterior (2014-2020).

El desarrollo de la economía social debe producirse desde la inclusión plena de los agentes sociales y de los ciudadanos. Con esta perspectiva, la comisión de Empleo del Parlamento Europeo lleva a cabo audiciones con entidades sociales y académicos expertos, un diálogo útil a la hora de elaborar sus propias recomendaciones.

Cómo evolucionará este sector en los próximos años podría depender también de las conclusiones a las que llegue la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Uno de los paneles en los que participan dos centenares de ciudadanos discute propuestas y recomendaciones en relación con el futuro de la economía y del empleo, prestando atención a la justicia social. Todavía no sabemos a ciencia cierta en qué manera las instituciones europeas transformarán esas recomendaciones en propuestas oficiales de la Conferencia, pero en todo caso el Parlamento ha sido claro desde el inicio en su voluntad de integrar sus conclusiones en el trabajo legislativo de la institución.

Las lecciones aprendidas de la crisis económica de 2010 y de la pandemia de COVID-19, la segunda mucho mejor resuelta que la primera, son en todo caso un potente acicate para el desarrollo de esa economía social que está presente en la concepción inicial del proyecto europeo.

The European Union has long since moved on from being a purely economic community, becoming also a leading political and human entity, for which the economy is not the end, but only a means. In this regard, the social market economy perfectly exemplifies the ambition of the European project by emphasising the values enshrined in the Treaty on European Union: respect for human dignity, freedom, democracy, equality and solidarity, among others.

It is undeniable that the COVID-19 pandemic has forced us to reflect on many things, including the dangers of a growing social divide. Europe has responded robustly to this emergency with a huge financial effort, this time without neglecting the fact that social policy must play a prominent role in the recovery effort, thanks in particular to the efforts of the European Parliament’s negotiating team. Alongside environmental and digital dimensions, the European Recovery Plan contains an indispensable social dimension, since climate change and the modernisation of the economy cannot be separated from social justice and the fight against inequalities.

This European Recovery Plan -unprecedented in terms of both scale and fiscal structure- is an example of how the protection and promotion of a social economy is vital to the design of any European project. But there are many more aspects, such as the component accompanying the European Green Deal, spearheaded by the Social Climate Fund, the proposal for which is being discussed by the European Parliament’s Committees on Employment and the Environment, to ensure that no one is left behind in the so-called green transition.

These measures are not created in isolation, but within a predetermined framework. Any action that the European Union chooses to take must be accommodated by its regular budget, known as the Multiannual Financial Framework 2021-2027, or by the €750 billion recovery plan created to combat the consequences of the pandemic. The social component of the latter in fact follows the pattern of the former, in which the budgetary allocations to promote a social economy have already been substantially expanded. An increase achieved thanks to the determination of the European Parliament’s negotiating team, which constantly argued for the importance of placing people centre-stage, until an agreement was reached with the Council.

Up to an additional €15 billion was secured by Parliament’s negotiating team for key items through programmes such as Erasmus Plus, EU4Health, Horizon Europe, Invest EU and Creative Europe.

Thanks to the resources provided by the multiannual framework 2021-2027, in December the European Commission presented the Action Plan for the Social Economy, currently being examined by the European Parliament’s Committee on Employment. The rapporteur for the report, Jordi Cañas, has already expressed Parliament’s willingness to give the social economy the visibility it deserves, making the very most of its potential to contribute to the goals of greater well-being, prosperity, justice, inclusion and respect for the environment.

The proposal focuses on creating an environment for the social economy to thrive, with appropriate legal and policy frameworks, as well as a set of recommendations on fiscal frameworks, facilitating access to grants and good practices in socially responsible public procurement. This development support should help institutions to begin and expand their operations. In terms of funding, then, the proposal plans to increase support for these economic operators, surpassing the €2.5 billion allocated in the previous period (2014-2020).

The development of the social economy must take place by fully including social agents and citizens. With this in mind, the European Parliament’s Committee on Employment conducts hearings with expert social and academic bodies, serving as a useful dialogue when drawing up its own recommendations.

How this sector develops in the coming years could also depend on the conclusions reached by the Conference on the Future of Europe. One panel involving two hundred citizens is discussing proposals and recommendations regarding the future of the economy and employment, and addressing social justice. We do not yet know for sure how the European institutions will turn these recommendations into official proposals of the Conference, but Parliament has in any event been quite clear from the outset as to its wish to integrate its conclusions into the institution’s legislative efforts.

The lessons learned from the 2010 economic crisis and the Covid-19 pandemic, the second much better resolved than the first, are in any case a powerful incentive for the development of the social economy contained within the initial conception of the European project.