Freno al juego sin control

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Freno al juego sin control

La Real Academia Española define el verbo jugar como “hacer algo con alegría, con el fin de entretenerse, divertirse o desarrollar determinadas capacidades”. El problema viene cuando se convierte en una obsesión que impide a las personas realizar su día a día con normalidad, como ocurre con los juegos de azar, las apuestas, etc. Las autoridades alertan de cómo la adicción al juego ha aumentado en España y recomiendan poner límites.
MARIÁN LEZAÚN
Los juegos online más elegidos son las apuestas deportivas, la Primitiva y el casino.

El perfil de los jugadores ha cambiado en los últimos años. Si hace apenas una década era el de un hombre de mediana edad que arriesgaba su dinero en las máquinas tragaperras o en el bingo, hoy es muy diferente. Las facilidades de acceso al juego a través de dispositivos móviles o la proliferación de locales de apuestas en el centro de las ciudades alertan sobre una peligrosa tendencia que afecta a los más jóvenes, hombres y mujeres.

 


LOS JÓVENES ENTRE 18 Y 25 AÑOS SON LOS MÁS SUSCEPTIBLES DE CAER EN LAS REDES DEL JUEGO ADICTIVO


 

Irene Núñez, de Proyecto Hombre en Cantabria, explica: “Las personas que llegan a tratamiento son mayoritariamente hombres con 35 años de media. Tienen una sólida red de apoyo sociofamiliar, formación profesional o estudios superiores, así como una ocupación laboral estable”. “Las mujeres también acuden a tratamiento, principalmente con adicción a los juegos online y sufren mayor estigmatización”, señala.

 


EN ESPAÑA, EL SECTOR DEL JUEGO PRIVADO
GENERA 46.423 EMPLEOS DIRECTOS Y MÁS DE 170.000 INDIRECTOS


 

Para parar este problema muchas autonomías han comenzado a regular el sector mediante normativas que limiten el acceso a las personas más vulnerables y, sobre todo, que controlen el desarrollo de este tipo de juegos. El Gobierno de Castilla y León ha sido el último en dar un paso al frente en la renovación de su Ley reguladora del juego, que entró en vigor el pasado mes de abril. Ya lo habían hecho antes autonomías como Galicia, Baleares o la Comunidad Valenciana. Esta realidad choca con el desarrollo de esta industria, un sector muy importante en nuestro país y que considera que introducir medidas restrictivas no es siempre la mejor solución.

El consejero de la Presidencia de Castilla y León, Luis Miguel González Gago, resaltó en marzo, en rueda de prensa, que uno de los objetivos prioritarios de la normativa en su comunidad es “profundizar en las políticas de juego responsable, con el fin de crear un entorno de juego más seguro y consciente y garantizar la debida protección de la salud pública”. Para ello, la Ley recoge mayor control de entrada a los establecimientos específicos, que deberán tener un registro individualizado de los visitantes y limita su visualización desde la calle. En cuanto a la promoción, publicidad y patrocinio de la actividad del juego, González Gago anunció que “cualquier campaña de este tipo quedará sujeta a autorización administrativa previa, salvo las desarrolladas dentro de los establecimientos específicos o a través de los medios de comunicación especializados”.

Cifras

En España, el sector del juego privado genera 46.423 empleos directos y más de 170.000 puestos de trabajo de manera indirecta. Además, en términos de recaudación de impuestos, el juego privado aporta 1.140 millones de euros a las arcas del Estado a través de impuestos y tasas especiales.

Desde Cejuego señalan que “la solución al problema del mal uso del juego tiene que ver con una legislación pertinente y no necesariamente más dura”. Para la patronal, “las Administraciones han asumido de manera errónea que endurecer la normativa contra el sector es bueno y esto ha tenido consecuencias perniciosas”. “En primer lugar -aclaran- porque las medidas a toda costa llevan a adoptar legislaciones totalmente absurdas como las de las distancias desorbitadas entre centros escolares y salones de juego. Lo que ocurría es que el salón podía estar lejos del colegio de un menor, pero cerca de su casa”, apuntan. “En segundo lugar, una legislación demasiado dura genera un efecto ‘ley seca’ que se traduce en un aumento del juego ilegal y en empujar al usuario a entornos desregulados en los que está menos protegido”, explican.

 


PARA PARAR EL INCREMENTO DE LA ADICCIÓN
AL JUEGO MUCHAS AUTONOMÍAS HAN REGULADO
EL SECTOR CON NORMATIVAS MÁS RESTRICTIVAS


 

Para muchos expertos, en lugar de restringir, es necesario apoyar una mayor educación o campañas de concienciación. Desde Proyecto Hombre, señalan: “En nuestro país tenemos muchos años de tradición en juego responsable; muchos ciudadanos compran anualmente un décimo de lotería nacional y eso no genera un problema en la persona”. No obstante, explican, “un grupo de la población al realizar consumo de juego desarrollará un problema de adicción y sus derivadas consecuencias. El motivo de esta diferenciación es multicausal y variable en cada persona afectada, pero podemos dar explicación al mecanismo de escalada a través de procesos de aprendizaje basado en condicionamiento intermitente y otros factores que acompañan y ayudan a que se establezca un problema”.

En el punto de mira

Los jóvenes consideran el juego como algo inofensivo y entre los 18 y los 25 años es cuando corren más riesgo de padecer trastornos al respecto, según señala el Estudio de Prevalencia de Juego 2022-2023, elaborado por la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo. Un factor de riesgo para desarrollar este trastorno y otros problemas de salud mental es haber empezado a jugar en una edad precoz. Según este estudio, el 36% de los pacientes de la Unidad del Juego de Bellvitge habían empezado a jugar antes de la edad legal, los 18 años. Los juegos presenciales más elegidos por este grupo son la lotería, las apuestas deportivas, los juegos de casino y las máquinas tragaperras. Los juegos online más elegidos son las apuestas deportivas, la Primitiva y el casino online.

Señales de alerta

La ludopatía es un trastorno reconocido por la Asociación de Psiquiatría Americana y por la Organización Mundial de la Salud. Para detectar si estamos ante un caso de adicción, varias de las acciones causantes deben prolongarse en el tiempo. Algunas señales que lo indican son: la preocupación por el juego, la necesidad de jugar en cualquier situación, ir incrementando la cantidad de dinero con el objetivo de lograr la excitación deseada, la inquietud o la irritabilidad cuando se intenta reducir o dejar de jugar. Destaca también la utilización del juego como vía de escape de los problemas o de alivio del malestar emocional, entre otras manifestaciones.
La Ley intensifica el control de entrada en los establecimientos de juego.

PARA SABER MÁS

Ministerio de Sanidad. En la web del ministerio podemos encontrar información sobre cómo prevenir y cómo actuar ante las conductas adictivas como el juego.

Gobierno vasco. El Gobierno vasco editó una guía abierta a todos los ámbitos en los que se relacionan los jóvenes para prevenir la ludopatía entre los más jóvenes y detectar las señales de alerta.

Ley del juego. La normativa que regula el juego en España es la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Sin embargo, algunas autonomías han endurecido algunos aspectos debido al aumento de la ludopatía entre la población más joven.

«Medidas contra la ludopatía en el documento notarial», por Concepción Pilar Barrio del Olmo

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CONCEPCIÓN PILAR BARRIO DEL OLMO,

vicedecana del Colegio Notarial de Madrid

“En la actualidad el propio pródigo puede establecer medidas voluntarias de apoyo, que serán un límite a su comportamiento”

Medidas contra la ludopatía en el documento notarial

La ludopatía es un trastorno adictivo reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Como cualquier otra adicción es una enfermedad de carácter crónico, que afecta en muchos de los casos de manera grave la vida de quien la padece tanto a nivel físico, psicológico y emocional, como a nivel relacional y laboral y conlleva numerosos efectos negativos; entre ellos la pérdida del patrimonio propio y, en ocasiones, del familiar.

La ludopatía puede ser la causa de una conducta pródiga, definida por De Castro como conducta socialmente condenable de quien pone en injustificado peligro (directa o indirectamente) la situación patrimonial de su familia más cercana (herederos forzosos); y es que el Código Civil, antes de la reforma operada por la Ley 13/1983, de 24 de octubre, de Reforma del Código Civil en materia de tutela, concebía la prodigalidad como una institución de protección a la legítima.

La prodigalidad puede obedecer a trastornos de diversa naturaleza, pero no deben descartarse supuestos en los que no es el síntoma o la consecuencia de una enfermedad mental, sino un desorden que hace referencia únicamente al aspecto económico.

Además de las medidas legislativas establecidas para limitar la ludopatía, nuestro ordenamiento jurídico ofrece soluciones encaminadas a evitar que una persona dilapide su patrimonio.

El Código Civil, tras la reforma de 1983, sujetaba al declarado pródigo a curatela, y si bien la prodigalidad, que no quedaba incluida entre las causas de incapacitación, se configuró como una institución de protección del derecho de alimentos (que era su verdadera naturaleza), no era cuestión pacífica en nuestra doctrina.

La Ley 8/2021 de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, inspirada, según proclama el Preámbulo, “como nuestra Constitución en su artículo 10 exige, en el respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad, así como en los principios de necesidad y proporcionalidad de las medidas de apoyo que, en su caso, pueda necesitar esa persona para el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás”, declara que “se suprime la prodigalidad como institución autónoma, dado que los supuestos contemplados por ella encuentran encaje en las normas sobre medidas de apoyo aprobadas con la reforma”.

La disposición transitoria segunda, apartado IV, de la citada Ley 8/2021, se ocupa de las declaraciones de prodigalidad vigentes, y establece que “las medidas derivadas de las declaraciones de prodigalidad adoptadas de acuerdo con la legislación anterior continuarán vigentes hasta que se produzca la revisión prevista en la disposición transitoria quinta. Hasta ese momento, los curadores de los declarados pródigos continuarán ejerciendo sus cargos de conformidad con la legislación anterior”.

Que la prodigalidad desaparezca como “institución autónoma”, no significa que hayan desaparecido las conductas o comportamientos que, en la práctica, seguirán calificándose como de prodigalidad, o que lleven a ella. Una de esas conductas es, como he señalado, la ludopatía. Lo que ha desaparecido es la especificidad de su anterior regulación.

Con anterioridad a la Ley 8/2021 solo estaban legitimados para solicitar la declaración de prodigalidad el cónyuge y los descendientes o ascendientes que percibían alimentos del presunto pródigo o se encontraban en situación de reclamárselos. El verdadero cambio en la regulación es que en la actualidad el propio pródigo puede establecer medidas voluntarias de apoyo, que serán un límite a su comportamiento dilapidatorio de su patrimonio.

Al amparo del art. 255 CC, el pródigo podrá prever o acordar en escritura pública medidas de apoyo relativas a su persona o bienes, determinar el régimen de actuación, el alcance de las facultades de la persona o personas que le hayan de prestar apoyo, o la forma de ejercicio del apoyo, designar quién debe prestarle apoyo y con qué alcance, tal como establece el art. 250 CC.

Dentro de las medidas de apoyo voluntarias la posibilidad de autocuratela adquiere especial importancia (arts. 271 y ss. CC).

En defecto o insuficiencia de medidas voluntarias, el pródigo podrá instar la adopción, en su propio provecho, de medidas judiciales de apoyo.

De conformidad con el art. 757.1 LEC, modificado por la Ley 8/2021 y en consonancia con el principio fundamental inspirador de dicha ley, el proceso para la adopción judicial de medidas de apoyo puede promoverlo la propia persona interesada, además de su cónyuge no separado de hecho o legalmente o quien se encuentre en una situación de hecho asimilable, su descendiente, ascendiente o hermano.

Medida de apoyo no formal es la guarda de hecho, que probablemente es y seguirá siendo la situación más frecuente en la práctica, en la que la persona con discapacidad recibe el apoyo de una manera no formalizada y desde su entorno más cercano, normalmente su círculo familiar o afectivo. Ninguna duda plantea su aplicación en los supuestos de comportamientos pródigos.

Además de estas medidas de apoyo, para responder a un problema frecuente en la práctica, como comprobamos los notarios en nuestros despachos, que es la preocupación de los progenitores acerca de que su descendiente pródigo, a los efectos de este artículo ludópata, malgaste la herencia que vaya a recibir de ellos, el art. 252 CC ofrece una solución que consiste en el establecimiento de reglas de administración y disposición de los bienes recibidos por los hijos, incluso de los bienes que integren la legítima, como mantiene acertadamente José Ángel Martínez Sanchiz.

Reglas de administración y disposición que pueden incluirse en el testamento otorgado por los progenitores o en la escritura en la que donen bienes a sus hijos.

Todas estas medidas contenidas en instrumentos públicos cuentan con una enorme ventaja, cual es que los otorgantes, ya sea la persona ludópata o sus progenitores, habrán recibido el oportuno asesoramiento notarial y, por tanto, cualificado e imparcial.

Cerco a los malos humos

CONSUMO

CERCO A LOS MALOS HUMOS

España se plantea reducir el tabaquismo en un 18,3% el próximo año.
Hay cientos de razones para no fumar y ninguna para hacerlo y, sin embargo, miles de personas comienzan cada día a edades más tempranas y sin preocuparse por el riesgo que supone para su salud, su economía y su bienestar. El tabaco es el responsable de más de 1,3 millones de muertes cada año, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y, pese a todas las advertencias, el número de fumadores sigue siendo demasiado alto.
MARIÁN LEZAÚN

El Plan Integral de Prevención y Control de Tabaquismo echa a andar con un objetivo muy claro: reducir la mortalidad y la enfermedad, pero también poner trabas a los fumadores para que tomen conciencia del riesgo que supone tener un cigarrillo en la boca. Lleva más de cuatro años sobre la mesa, pero fue el pasado mes de abril cuando el Gobierno dio luz verde a su puesta en marcha.

Consecuencias y causas

Ahora la urgencia es tal que muchas de las reformas legislativas que propone podrían estar aprobadas antes de que termine el año. No obstante, se trata de un plan de emergencia que busca acabar con el grave problema de salud pública que supone el consumo de tabaco. Porque, aunque fumar sea una decisión personal, sus efectos nos salpican a todos. Según la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica, el tabaquismo es una enfermedad crónica que afecta a alrededor del 25% de la población española mayor de 15 años de edad, y es el causante de un gran número de dolencias, muchas de ellas graves (140 muertes diarias por causas relacionadas con el tabaco).

 


EL 32% DE LA POBLACIÓN RECONOCE FUMAR A DIARIO Y HASTA UN 36% DICE QUE LO HACE ESPORÁDICAMENTE


 

Los expertos consideran que contar con una legislación más dura, precios más altos e incluso barreras para su consumo en el ámbito público y privado, pueden disuadir a más de uno a caer en el consumo de un producto que crea una gran adicción, de la cual es difícil escapar. Señalan también que entender esa dependencia supone tener en cuenta las diversas razones que llevan a empezar a fumar. Desde la situación personal, el entorno e incluso ese halo de romanticismo que nos ha dejado el cine, la publicidad o la literatura sobre el humo del tabaco, los motivos son diversos. “La influencia social, la curiosidad y la experimentación, el estrés y el manejo de las emociones son algunos de los motivos del consumo de tabaco, pese a que se conocen todos los riesgos que conlleva”, explica Estefanía Tosar, psicóloga general sanitaria de Centro Albea.

Por eso resulta complicado erradicar esta insana costumbre que afecta a millones de personas en el mundo. Sólo en España, el 32% reconoce fumar a diario y hasta un 36% dice que lo hace esporádicamente. De hecho, con este plan el Ejecutivo da cumplimiento a uno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible que busca disminuir la mortalidad por enfermedades no trasmisibles mediante la prevención. El texto también responde al Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer que persigue que menos del 5% de la población consuma tabaco de aquí a 2040, frente al 25% de media actual en Europa. Como objetivo intermedio, España se plantea reducir la prevalencia al 18,3% para el próximo año.

 


EL PLAN EUROPEO DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER PERSIGUE QUE MENOS DEL 5% DE LA POBLACIÓN CONSUMA TABACO DE AQUÍ A 2040


 

El coste

Así, la llegada de este plan supone un paso más en la lucha contra el tabaquismo que el Gobierno ya endureció en los momentos previos a la pandemia. De hecho, se configura como una propuesta de actualización y endurecimiento de la Ley 42/2010, más conocida como Ley antitabaco, la cual modificaba a su vez la norma anterior, de 2005. Sin embargo, del texto previo, se ha eliminado una de las medidas que suscitaba más polémica como era la subida del precio en un 10%. Según publicaba La Vanguardia recientemente, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, señaló que la subida de los impuestos especiales nunca se anuncia porque de esa manera podría aumentar el mercado negro del producto al producirse un acaparamiento previo, es decir, la posibilidad de que tanto empresas como particulares hagan acopio para obtener beneficios extra cuando suba el precio.

Y es que, mientras que la venta de cigarrillos es un gran negocio para Hacienda, es un gran problema para Sanidad, que debe hacer frente a un gasto de hasta 8.000 millones de euros anuales derivados de la atención a las enfermedades relacionadas con el tabaco (epoc, asma, enfermedades coronarias, cáncer, etc.).

Medidas más importantes

Por otro lado, el plan mantiene sus grandes objetivos: evitar que los jóvenes empiecen a fumar, ayudar a los fumadores que quieran abandonar el hábito y cuidar la calidad del aire. Para ello, el primer paso será equiparar la regulación de los cigarrillos electrónicos y los productos relacionados del tabaco (con y sin nicotina) a la normativa del tabaco tradicional. Hasta ahora no era así. También, el texto propone aumentar los espacios libres de humo para proteger el derecho a respirar. Se prohibiría así fumar en las terrazas de bares y restaurantes, algo que ya ha puesto a la hostelería en contra. Según fuentes del sector, la caída de los clientes podría ser de hasta un 40% debido a que actualmente es el único espacio en el que se permite fumar. Los hosteleros se quejan también de que en pocos países hay una normativa tan estricta. Desde Sanidad señalan que “cuanto más espacio libre de humo, menos espacio a las enfermedades asociadas al tabaquismo”.

 


EL PLAN INTEGRAL CONTRA EL TABAQUISMO QUIERE ERRADICAR EL CONSUMO EN EL ÁMBITO PÚBLICO Y REDUCIRLO AL MÍNIMO EN EL PRIVADO


 

Asimismo, el plan prohibirá los dispositivos de un solo uso relacionados con el tabaco, impulsará la investigación y el impacto del consumo en la salud, y colaborará con los ayuntamientos para que se prohíba arrojar colillas en vías públicas y en los espacios naturales.

Cómo dejar de fumar

Abandonar una adicción como el tabaco no es fácil pero hoy existen muchos recursos para hacerlo. El éxito depende de cada persona, pero hay datos que demuestran que si existe una determinación puede lograrse. Estefanía Tosar, psicóloga general sanitaria de Centro Albea explica, además, que los métodos existentes se pueden combinar entre sí por lo que resulta más fácil comprometerse con el objetivo. Entre los más utilizados, Tosar señala “las terapias de reemplazo de la nicotina (parches, chicles, inhaladores, pastillas, etc.), ciertos medicamentos que ayudan a reducir el antojo y mejorar el síndrome de abstinencia, las terapias conductuales, aplicaciones móviles, grupos de apoyo, y cientos de recursos educativos”. Tosar señala que el riesgo de recaída siempre va a estar ahí, pero que dependede de la persona y de su entorno. A mayor dependencia psicológica y fisiológica, mayor riesgo. El estrés y la ansiedad también lo aumentan y, sin embargo, “la mayor disponibilidad de recursos para hacer frente a la adicción, reduce el riesgo de recaída”, explica esta experta.

El tabaco es el responsable de más de 1,3 millones de muertes al año.

Crea empleo

Desde el siglo XVI el tabaco es un sector muy importante para la economía española. Desde el cultivo a la distribución, miles de personas viven en España gracias a este producto. El sector genera 3.200 millones de euros al año y emplea a más de 50.000 personas, según un estudio realizado por AFI (Analistas Financieros Internacionales). La alternativa para ellos no es fácil.

PARA SABER MÁS

Moncloa. En la web del Gobierno se puede consultar el texto íntegro del plan y todas las medidas que afectan tanto al ámbito público como privado.

American Cancer Society. Desde la web de la Asociación Estadounidense contra el Cáncer proponen un plan para dejar de fumar desde el compromiso individual y asumiendo las dificultades que aparecerán por el camino.

«El fumador pasivo también muere a causa del tabaco», por Vinayak Prasad

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

VINAYAK PRASAD,

gerente de proyectos en la Organización Mundial de la Salud (OMS)

“La prohibición de fumar es beneficiosa para los negocios, pero la industria tabacalera intenta hacer creer lo contrario”

El fumador pasivo también muere a causa del tabaco

El consumo de tabaco mata a más de ocho millones de personas cada año y continúa representando graves riesgos para la salud de 1,25 mil millones de usuarios en el mundo. Un gran número de aquellos que mueren prematuramente son fumadores pasivos, alcanzando los 1,3 millones. Muchos de ellos sufren accidentes cerebrovasculares, enfermedades coronarias, cáncer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) e infecciones respiratorias. En el caso de los niños, la exposición les provoca asma, infecciones respiratorias y de oído y síndrome de muerte súbita del lactante. Por lo tanto, los entornos libres de humo desempeñan un papel crucial en la protección de la salud de la población.

El humo de segunda mano está formado por 7.000 compuestos y al menos 69 de estos pueden causar cáncer. Comúnmente se cree que designar una sala para fumar o abrir las ventanas puede ser útil, pero no es así pues se propaga por el edificio, independientemente de si las puertas están cerradas o las ventanas abiertas.

Los ciudadanos deben ser protegidos con políticas efectivas de espacios libres de humo. Cuando estas se aplican se observan mejoras significativas en la salud respiratoria de la ciudadanía.

En uno de los primeros estudios, realizado a trabajadores de bares en Escocia, después de la prohibición de fumar se observó una disminución del 26% en sus síntomas respiratorios, y que los trabajadores asmáticos lograron una reducción de la inflamación de las vías respiratorias en tres meses.

Las leyes de espacios libres de humo derivan en una reducción, por un lado, de los ingresos hospitalarios por síndrome coronario agudo y, por otro, de la mortalidad. También reducen la incidencia de ataques cardíacos entre la población general, así como la mortalidad neonatal e infantil.

La prohibición de fumar es beneficiosa para los negocios, pero la industria tabacalera intenta hacer creer lo contrario pues argumenta que reduce los ingresos económicos de los restaurantes y bares, ya que, en caso de llevarse a cabo, los fumadores acudirán con menos frecuencia o por períodos más cortos. Actualmente hay evidencia global que desmiente esta teoría y demuestra que las políticas de espacios libres de humo no tienen consecuencias económicas adversas para los negocios, incluidos los bares y restaurantes. De hecho, a menudo tienen un impacto económico positivo en los negocios y tanto el público en general como los empleados suelen apoyar estas medidas cuando se adoptan.

Todas las personas tienen el derecho fundamental de respirar aire limpio y la Declaración Universal de Derechos Humanos deja claro que los gobiernos están obligados a proteger la salud de todos como un derecho humano fundamental. El aire libre de humo también es una cuestión de derechos infantiles. A diferencia de los adultos, los niños se ven obligados a vivir en el entorno que se les proporciona. Ellos merecen y necesitan entornos limpios y seguros incluso desde antes del nacimiento. Dado que los niños dependen de las decisiones tomadas por los adultos sobre el consumo de tabaco, las políticas informativas sobre los peligros de fumar en entornos con menores son críticas.

España es firmante del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT-OMS), en el que su artículo 8 señala que todos los lugares de trabajo interiores, lugares y transportes públicos, así como «otros lugares públicos según corresponda», deber estar libres de humo.

La OMS elogia a España por ampliar estas áreas a las de juego para niños, los centros educativos y las instalaciones de atención médica, así como por fortalecer la aplicación de las leyes relacionadas.

También se puede legislar sobre espacios privados: fumar en el coche, por ejemplo, conduce a niveles especialmente altos de exposición para los pasajeros menores de edad y algunos países han tomado medidas para prohibir fumar cuando haya un pasajero de esta edad.

La industria del tabaco comercializa nuevos y emergentes productos como alternativas que pueden ser utilizados en áreas públicas interiores, incluso en las que existe la prohibición de fumar. Estos productos incluyen cigarrillos electrónicos, shishas, pipa, etc. Sus tácticas de marketing señalan explícita o implícitamente que las emisiones que resultan del uso de estos productos son inofensivas para quienes están expuestos, pero no es así y la exposición es dañina. Además, es preocupante que estos productos emergentes normalicen el hábito de fumar.

El tabaco contamina el planeta. Todo su ciclo de vida (desde el cultivo a la fabricación y el consumo) envenena nuestras aguas, playas, suelos y calles con productos químicos, colillas de cigarrillos, así como con microplásticos y desechos de cigarrillos electrónicos. Los gobiernos deben apoyar a los agricultores de tabaco para que cambien su negocio a medios de vida alternativos más sostenibles para reducir el impacto ambiental y también implementar medidas de control del tabaco. El plan de acción integral de España sobre el control del tabaco 2024-2027 tiene como objetivo hacer precisamente eso.

Robos digitales

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ROBOS DIGITALES

Los ciudadanos hemos pasado en muy poco tiempo del temor a las transacciones online a realizar cualquier trámite o compra en las redes. Este cambio hace que, en muchas ocasiones, estemos expuestos a cualquiera de los delitos digitales que existen.

MARIÁN LEZAÚN
Las estafas informáticas han aumentado un 508% en 8 años.

El aumento de los casos en los que los ciberdelincuentes se hacen pasar por un banco con el objetivo de vaciar las cuentas de sus titulares está provocando el crecimiento de la alarma social ante los robos digitales. La estrategia que utilizan resulta tan convincente que nadie está libre de caer en sus redes. Expertos reunidos hace unas semanas en el Congreso Internacional sobre CiberDelincuencia, Cybercrime Sevilla 2024, aseguraban que España es el tercer país del mundo más atacado y alertaban del uso de la Inteligencia Artificial para incrementar este tipo de delitos, más lucrativos incluso que el tráfico de drogas.

Hace algunos meses varios bancos avisaron a sus clientes de que bajo ningún concepto facilitasen sus datos personales si recibían la llamada de un supuesto agente de la entidad. La alarma saltaba porque varios usuarios habían denunciado que habían sido engañados tras recibir la llamada de un supuesto agente que les dijo que su cuenta había sido jaqueada y estaba en peligro. La llamada era tan verosímil que no les hizo dudar y muchos clientes terminaron depositando sus ahorros en una cuenta facilitada por el estafador. Por eso, desde las entidades financieras lanzaron una campaña de avisos con el objetivo de comunicar cuál es la información que puede pedir el banco y evitar así cualquier fraude. Sin embargo, hay demasiados clientes que quedan fuera de esta protección, que no leen los mensajes, que no conocen cómo funciona realmente la banca digital o que, incluso, pecan de confiados.

El problema es serio

Según el balance de criminalidad publicado por el Ministerio del Interior, 2023 cerró con 2,5 millones de infracciones penales, de las que casi dos millones corresponden a la delincuencia convencional (un 2,1% más que en 2022) y 470.388 son ciberdelitos. De ellos, el 90% son estafas informáticas, que crecen un 27% con respecto al año anterior. Interior destaca que en ocho años este tipo de estafas han aumentado un 508%, dado que en 2016 apenas se registraron 70.178. Así, los expertos auguran que la balanza empieza a caer del lado digital ya que cada vez realizamos más trámites, más operaciones financieras y más compras de todo tipo en las redes. Como denuncian algunas organizaciones de consumidores, los robos son tan sutiles que, en ocasiones, ni te enteras. El asunto de fondo es que todos los ciudadanos estamos expuestos, ya que nuestros datos están registrados en diferentes plataformas y los consumidores no siempre conocemos cómo podemos protegernos mejor. Cualquiera de nosotros puede ser víctima de un ataque o de un engaño porque a estas alturas ya no somos capaces de saber a quién, cómo y dónde hemos facilitado nuestros datos personales. Esa es la realidad, porque si antes nos mostrábamos más cautelosos a la hora de pagar las compras online, hoy apenas nos fijamos.

 


EL SKIMMING ES UNA TÉCNICA MEDIANTE LA CUAL EL JÁQUER LOGRA HACERSE CON LOS DATOS DE LA TARJETA DE CRÉDITO


 

Estafas actuales

Y es que, desde el anonimato que suponen las redes, los delincuentes campan a sus anchas. La última estafa tiene que ver con la declaración de la renta de 2023. Desde INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad) ya se ha alertado a los ciudadanos de que si reciben un mensaje de la Agencia Tributaria no deben facilitar ningún dato personal. El robo de datos se ha colado también bajo el sistema de autentificación Cl@ve e incluso en los pagos por bizum. Nada escapa a los que buscan el dinero ajeno. Entre estos delitos masivos destacan el phishing (correos fraudulentos y enlaces a páginas falsas); el smishing (mediante mensajes instantáneos); el vising (a través de videollamadas), o los que mezclan varias herramientas. En los últimos meses, las autoridades alertan de tres nuevas estafas menos conocidas, pero que han venido para quedarse. Se trata del skimming, el shimming y el shoulder surfing. Todas con nombre en inglés porque son los países anglosajones los encargados de estudiar cómo funcionan y en los que antes se detectan. El skimming, es una técnica mediante la cual el jáquer logra hacerse con los datos de la tarjeta de crédito o débito mediante el uso de un dispositivo llamado skimmer, que se encarga de duplicarla. El shimming es una variante del skimming, que consiste en trucar la ranura en la que se inserta la tarjeta en los cajeros automáticos o datáfonos para obtener la información necesaria. Y el shoulder surfing permite obtener los datos de la tarjeta de crédito o débito de la víctima mirando por encima del hombro a una persona cuando está sacando dinero de un cajero o cuando paga en un restaurante o comercio para hacerse con el PIN o las contraseñas.

 


EL MINISTERIO DE INTERIOR REGISTRÓ EL AÑO PASADO CASI MEDIO MILLÓN DE CIBERDELITOS EN NUESTRO PAÍS


 

¿Quién es el responsable?

Depende del robo. Los expertos apuntan que en el caso de las compras la legislación protege al consumidor y es el banco el que debe hacerse cargo de la estafa. “Los mensajes para engañar a las víctimas se suelen repetir y son del tipo: tu cuenta ha sido bloqueada, se ha detectado un cargo fraudulento en tu cuenta o tienes pendiente un reembolso”, explica Javier Mezcua, del comparador de productos financieros HelpMyCash.com. Una vez que se cae en la trampa, recuperar el dinero es difícil. Por eso, las compañías de seguros ofrecen también productos dirigidos a mejorar la protección de los clientes ante posibles engaños. Muchas de ellas facilitan la protección frente al pishing, extorsión cibernética, ciberacoso y otros delitos.

Lo que nunca se debe hacer

Protegerse frente a los delitos digitales no es tan complicado. Muchas veces el error está en no prestar atención a las recomendaciones. Lo primero que hay que hacer según los expertos es mantener los dispositivos actualizados. Esas actualizaciones incluyen parches de seguridad que protegen contra las últimas amenazas. Recomiendan también crear contraseñas únicas y seguras para todas las cuentas en línea. Para poder gestionarlas bien y que la excusa no sea que se nos olvidan, lo mejor es contar con un gestor de contraseñas (existen numerosas aplicaciones para hacerlo y son muy útiles). Otro de los pasos que se recomiendan es contar con la autenticación de dos factores, contar con un segundo método de verificación, como un código enviado al teléfono, además de la contraseña, lo que hace que sea más difícil para los jáquers acceder a las cuentas. Además, ante cualquier correo sospechoso lo mejor es no abrirlo, ni responder si no estamos completamente seguros del remitente. A la hora de conectarse se recomienda no utilizar redes abiertas y, en caso de necesitar acceder a una red pública, utilizar una red privada virtual (VPN) para cifrar la conexión. En caso de publicar información en redes, se debe tener en cuenta que cada uno es el responsable de lo que quiere comunicar. Ten presente siempre que la información es vulnerable y que cualquier dato puede ser utilizado por los delincuentes, siempre al acecho.

Dónde acudir

Lo primero que debemos hacer si hemos sido víctimas de cualquier ciberdelito es acudir a cualquiera de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado presentes en nuestra comunidad autónoma. También ponernos en contacto con la página web del INCIBE, aportando la información necesaria, como es una descripción del incidente, los datos de contactos y alguna evidencia o prueba que demuestre que hemos sido estafados. De esta forma, el equipo de respuesta a incidentes identificará mejor el caso y ayudará a resolverlo.
Las compañías de seguros ofrecen productos dirigidos a mejorar la protección ante las estafas informáticas.

Por si las dudas

Banco de España. Su web dispone de la información que los consumidores deben conocer para protegerse contra los delitos cibernéticos. Así, cuenta con una guía para evitar la ciberdelincuencia y conocer cada una de las modalidades que existen.

INCIBE. El Instituto Nacional de Ciberseguridad alerta de las últimas estafas e informa a los ciudadanos de qué hacer ante cualquier sospecha.

OCU. La Organización de Consumidores y Usuarios realiza campañas para informar a los ciudadanos de las últimas estafas y cómo hacer frente a ellas.

«Los desafíos de la digitalización», por Ileana Izverniceanu

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ILEANA IZVERNICEANU,

directora de comunicación OCU

“En algunos casos, los estafadores afirman que están llamando desde el departamento de seguridad del banco y ofrecen asistencia para resolver el problema”

Los desafíos de la digitalización

La creciente interconexión y digitalización de nuestras vidas ha brindado numerosas ventajas y comodidades, pero también ha traído consigo nuevos riesgos y desafíos, especialmente en lo que respecta a la seguridad y la privacidad en línea. En OCU sabemos bien de esto, ya que es una casuística que va en aumento día tras día. Uno de los riesgos más significativos que enfrentamos en este mundo digitalizado es el robo digital, una forma de fraude en la que los delincuentes cibernéticos utilizan técnicas de ingeniería social y tecnología avanzada para engañar a las personas y robar sus datos personales y financieros.

Una de las tácticas más comunes empleadas por los estafadores digitales es hacerse pasar por entidades financieras. Estos delincuentes contactan a las víctimas a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos o mensajes de texto, y les informan de que ha habido actividades sospechosas en sus cuentas bancarias o tarjetas de crédito. Pueden afirmar que se ha detectado un intento de fraude o que la cuenta ha sido comprometida de alguna manera. Utilizando un lenguaje persuasivo y urgente, instan a la víctima a tomar medidas inmediatas para proteger su cuenta y sus fondos.

En algunos casos, los estafadores incluso pueden afirmar que están llamando desde el departamento de seguridad del banco y ofrecen asistencia para resolver el problema. Pueden pedir a la víctima que confirme cierta información personal, como su número de identificación bancaria (PIN) o su contraseña de banca en línea, bajo el pretexto de verificar su identidad y validar la autenticidad de la llamada.

Una vez que los estafadores han obtenido la información confidencial, pueden utilizarla para acceder a su cuenta bancaria en línea, realizar transferencias no autorizadas de fondos o incluso abrir nuevas cuentas a su nombre. En algunos casos extremos, los estafadores pueden robar la identidad completa de la víctima, lo que puede tener graves consecuencias financieras y personales a largo plazo.

Una variante común de esta estafa es cuando los estafadores ofrecen una solución aparentemente segura para detener el supuesto ataque cibernético. Pueden sugerir que la persona transfiera sus fondos a una «cuenta segura» proporcionada por ellos mismos, con la promesa de que sus fondos estarán protegidos de los hackers y del fraude. Para hacer que la oferta parezca más convincente, los estafadores pueden incluso enviar un número de cuenta bancaria por SMS, que parece ser legítimo y aparece en el hilo de mensajes del propio banco de la víctima.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que todas estas tácticas son parte de una elaborada estafa diseñada para engañar a las personas y robar sus fondos. Los estafadores utilizan una combinación de miedo, urgencia y confusión para manipular a las víctimas y hacer que actúen impulsivamente, sin cuestionar la autenticidad de la llamada o el mensaje.

Para protegerse contra los robos digitales y otras formas de fraude en línea, es fundamental mantener la calma y la cautela en todo momento. Aquí hay algunos consejos importantes, que, aunque son de sentido común, no está de más recordarlos.

Nunca asumas que una llamada telefónica, correo electrónico o mensaje de texto es legítimo basándote únicamente en la información proporcionada por el remitente. Siempre verifica la identidad del remitente contactando directamente con la institución financiera a través de los canales oficiales, como el número de teléfono o el sitio web que aparece en tu tarjeta de crédito o estado de cuenta bancario.

Nunca reveles tu número de identificación bancaria (PIN), contraseña de banca en línea, números de tarjetas de crédito u otra información personal o financiera a personas que te contacten por teléfono, correo electrónico o mensajes de texto, incluso si afirman ser representantes de una institución financiera. Los bancos y las compañías de tarjetas de crédito nunca te pedirán que proporciones información confidencial de esta manera.

Mantente al día sobre las últimas estafas y tácticas de fraude en línea para que puedas identificar y evitar situaciones potencialmente peligrosas. Las instituciones financieras y las agencias gubernamentales a menudo publican advertencias y consejos sobre las estafas más recientes en sus sitios web y redes sociales.

Comparte información y recursos sobre cómo protegerse contra los robos digitales y otras formas de fraude en línea con tus familiares, amigos y seres queridos. Cuanta más gente esté informada y alerta, menos probabilidades habrá de que los estafadores tengan éxito en sus engaños.

Si crees que has sido víctima de un intento de fraude o robo digital, repórtalo de inmediato a tu banco o compañía de tarjetas de crédito. Cuanto antes tomes medidas para proteger tus cuentas y fondos, menor será el riesgo de sufrir pérdidas financieras.

Este tipo de delitos representan una seria amenaza para la seguridad financiera y la privacidad en línea de las personas. Con el aumento de la digitalización y la interconexión en nuestras vidas, es más importante que nunca mantenerse vigilante y protegerse contra estas estafas. Al mantener la calma, la cautela y la conciencia, puedes reducir significativamente el riesgo de convertirte en víctima de un robo digital y proteger tus activos digitales de manera efectiva.

Enganchados a las bebidas energéticas

CONSUMO

ENGANCHADOS A LAS BEBIDAS ENERGÉTICAS

El 45 % de los jóvenes de entre 14 y 18 años reconoce que toma con frecuencia este tipo de bebidas.
La mezcla de sustancias estimulantes y de azúcares que contienen las bebidas energéticas las convierten en un cóctel tan adictivo como peligroso. El consumo medio de estos productos en España se sitúa en siete litros mensuales por persona y la cifra va en aumento. Una tendencia nada recomendable si tenemos en cuenta los efectos negativos de este cóctel de sustancias sobre la salud.
MARIÁN LEZAÚN

Los adolescentes lideran el consumo de las llamadas bebidas energéticas en España: productos azucarados, con ingredientes estimulantes nocivos para la salud y que, sin embargo, se han convertido en una moda peligrosa. El 45% de los jóvenes de entre 14 y 18 años reconoce que toma con frecuencia este tipo de bebidas, según la encuesta Estudes del Ministerio de Consumo. Los motivos son varios: para rendir más en el gimnasio, para estar más despiertos, para tener energía y también para mezclarlas con alcohol cuando salen de fiesta.

Qué contienen

Sin embargo, muchos de estos consumidores desconocen el efecto que, a medio y largo plazo, la ingesta de estos líquidos puede provocar en su organismo. “Las bebidas energéticas contienen grandes cantidades de estimulantes como la cafeína y la taurina, además de azúcares y otro tipo de sustancias que afectan al sistema nervioso y que alteran los ritmos circadianos, especialmente el de sueño y vigilia. Esto afecta de forma muy negativa al funcionamiento de todo nuestro organismo”, explica Laura Isabel Arranz, experta en nutrición y autora de la Dieta Lógica. Además de esto, Arranz señala que, tomadas en cantidades excesivas, las bebidas energéticas “pueden llegar a provocar taquicardias e hiperexcitabilidad”. Algo que también corroboran desde los servicios de emergencias de los hospitales que alertan de la peligrosidad de las bebidas. Además, algunas de ellas aportan vitaminas en cantidades desorbitadas. Según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), el consumo de estas bebidas supone un riesgo moderado o alto de hipervitaminosis para las vitaminas B3 y B6, cuyo exceso puede producir picores en la piel e incluso alteraciones hepáticas.

 


GALICIA PREPARA UNA LEY PARA CONTROLAR EL CONSUMO DE LOS REFRESCOS ENERGÉTICOS ENTRE LOS MENORES


 

Hay que regular

Por eso, no es de extrañar que la comunidad autónoma de Galicia se haya adelantado y prepare una ley para controlar el consumo de estos refrescos entre los menores de 18 años, ya que en los últimos años están detectando un aumento de los problemas de salud en este grupo de edad. Será una ley de protección de la salud de los adolescentes, pero también de prevención de las conductas adictivas. No obstante, los expertos advierten de que el consumo de estas bebidas es, en muchos casos, el paso previo al abuso de otras sustancias, mucho más perjudiciales, como alcohol y drogas. No hay más que leer las noticias los fines de semana para ver cómo esta tendencia está afectado a los jóvenes. “Y los riesgos se multiplican si se consumen bebidas energéticas junto al alcohol puesto que se ingieren dos sustancias en el cuerpo de manera simultánea y con efectos totalmente contrarios, un estimulante del sistema nervioso y un depresor (alcohol). Esto es muy peligroso y los síntomas pueden comenzar por inestabilidad y mareos, pero al ser similares a los efectos que provoca el mismo alcohol, son difíciles de detectar y pueden llevar a no darles importancia y en última instancia esta mezcla dañina puede conducir a paros cardíacos”, reconoce Arranz.

 


EL CONSUMO DE REFRESCOS ENERGÉTICOS ES, EN MUCHOS CASOS, EL PASO PREVIO A OTRO TIPO DE ADICCIONES


 

Por ahora, el anteproyecto de ley que prepara la comunidad define a las bebidas energéticas como un conjunto heterogéneo sin alcohol que contienen sustancias estimulantes como la cafeína, la taurina, la carnitina, la glucuronolactona (carbohidrato), vitaminas del grupo B y determinados ingredientes a base de plantas como el ginseng o el guaraná. Sin embargo, advierte de que no se deben confundir con otras bebidas isotónicas que existen en el mercado y que son utilizadas por los deportistas para hidratarse y recuperar las sales minerales que se pierden durante el ejercicio. “Según la propuesta, los menores tendrán prohibido consumir, transportar o tener en su haber estas bebidas”, recoge el diario La Voz de Galicia. Y aunque esta autonomía ha sido la primera de España en tomar esta decisión, el debate se ha abierto en otros territorios. Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Navarra y el País Vasco también prevén estudiar la regulación de su consumo. La Comunidad Valenciana y Castilla y León ya han empezado a abordar la cuestión. Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios ha pedido recientemente al Ministerio de Consumo que el etiquetado de estas bebidas sea similar al del tabaco. Es decir, que se reserve hasta un 65% del espacio para indicar los mensajes de advertencia.

Las multas que se contemplan para las empresas pueden llegar a alcanzar los 600.000 euros en los casos más graves. Para los consumidores, la sanción podría llegar a los 600 euros y se controlará su venta en determinados establecimientos, así como en las máquinas expendedoras.

Las consecuencias

Entre los principales efectos que señalan los expertos están las alteraciones del sueño, la ansiedad, la irritabilidad o las arritmias cardiacas. No son pocas las ocasiones en que los servicios de emergencia atienden a jóvenes y adolescentes, especialmente los fines de semana, debido a crisis provocadas por beber en exceso, mezclar con alcohol o, simplemente, por intolerancias a los componentes de estos refrescos.

Otro de los problemas y que preocupa a los expertos es que se trata de un producto que no aporta nutrientes, pero sí que tiene un efecto saciante, por lo que desplaza el consumo de alimentos que sí les convendrían para su salud y desarrollo. Así, “estas bebidas hacen que la dieta de los jóvenes sea inadecuada además de estar hiperestimulados de forma antinatural”, explica Arranz. Para que la salud de los jóvenes sea siempre la mejor, el agua debería ser el líquido preferido, aunque muy ocasionalmente se puede tomar un refresco o algún zumo.

Un mercado en crecimiento

Los lineales de los supermercados se han llenado en los últimos meses de esta oferta poco saludable. Decenas de marcas pelean por llegar a los más jóvenes. El último en hacerlo ha sido el famoso Prime, una bebida energética lanzada por dos de los youtubers más famosos del mundo, Logan Paul y KSI, conocidos a través de las redes sociales. La bebida ya ha llegado a España y entre sus virtudes se señala que se trata de un refresco vegano, que no contiene azúcares. Sin embargo, la colorida lata suministra hasta 200 miligramos de cafeína, casi el doble del clásico Red Bull y el equivalente a la ingesta de seis latas de Coca-Cola. Y, aunque el mercado parece saturado de marcas, la industria siempre encuentra la forma de introducir algo más. Un reciente estudio de la OCU advierte de que al menos doce bebidas energéticas a la venta en supermercados y tiendas de conveniencia igualan o superan los 150 mg de cafeína por lata, la cantidad diaria máxima que establece la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para un adolescente de 50 kg.

Algunas bebidas energéticas aportan vitaminas en cantidades desorbitadas.

Nuevas adicciones

En la adolescencia el cerebro del niño va madurando. Los niños y niñas empiezan a socializar, a relacionarse con sus iguales en contextos más allá del colegio y la familia y esa adaptación no siempre es fácil. Si a estas cuestiones biológicas añadimos el acceso a las redes sociales y el uso de dispositivos móviles, el cóctel es, de partida, bastante peligroso. Así, en los últimos años, los expertos alertan de que, además del alcohol, cuyo consumo se ha adelantado a edades más tempranas, las drogas, las apuestas, los juegos online, las compras y el porno se han convertido en la gran amenaza de nuestros jóvenes. Uno de cada tres adolescentes está enganchado, y seis de cada diez incluso duermen con el móvil.

PARA SABER MÁS

AESAN: La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha elaborado una guía sobre el consumo y los efectos de las bebidas energéticas en la población.

Ministerio de Sanidad: El informe Estudes recoge las tendencias de los más jóvenes respecto al uso de bebidas energizantes.

Alimente: La página web sobre alimentación y vida sana de El Confidencial analiza el mercado de las bebidas energizantes en España y por qué gustan tanto a la población joven.

Statista: La página web de análisis de mercado recoge información sobre el sector de las bebidas energéticas.

«Dieta mediterránea; un placer saludable en su plato», por Jesús Román Martínez

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

JESÚS ROMÁN MARTÍNEZ,

presidente del Comité científico de la Sociedad Española de Dietética y Ciencias de la Alimentación (SEDCA)

"Nuestros jóvenes y niños padecen una de las tasas de exceso de peso más importantes de Europa"

Dieta mediterránea: un placer saludable en su plato

España es un país en el que todo el mundo habla de comida. Si alguien come mucho, porque engorda. Si come poco, porque está a dieta. La gastronomía se ha convertido en un gancho en todas partes, que es cultura, que es turismo, y la hostelería es ahora la industria nacional.

Los españoles hablamos de comida comiendo e incluso de bebida bebiendo. Las páginas de internet, las redes sociales están llenas de personajes influyentes que le aconsejarán o le disuadirán de comer esto o aquello. El nutricionista se ha convertido en un nuevo gurú, chamán y pope del bienestar y la salud cuando hace veinte años nadie sabía ni lo que era. El cocinero ya no es un cocinero sino un chef prestigioso. Ese hombre que en los anuncios coloca con precisión de relojero la hojita de perejil.

Lo llamativo ocurre cuando miramos con detalle y descubrimos que este interés a menudo es algo insensato y vacío de contenido. Que sentarse a la mesa se ha convertido en una moda, una tendencia o un postureo. Fíjense si no: desde 1992 un documento del Gobierno de entonces decía que los españoles estaban abandonando la dieta mediterránea y que habría que hacer algo al respecto. Esperamos noticias. Los estudios científicos, los de verdad, dan cuenta de cómo nuestros jóvenes y niños padecen una de las tasas de exceso de peso más importantes de Europa. Los mismos que advierten de que los costes sanitarios se dispararán en un futuro cercano cuando la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, o el cáncer sean una plaga derivada de la obesidad. También esperamos a los que mandan.

Eso sí, la dieta mediterránea decimos que nos encanta. Como en España no se come en ningún sitio. Ya saben: la paella, el jamón, la fabada. Pero dejen un momento de lado el menú turístico e intenten localizar verduras o frutas apetecibles en el menú de los bares de esos barrios de oficinas de las grandes ciudades, o de los polígonos industriales. Por no hablar de los de carretera.

La dieta mediterránea nos la tuvo que descubrir un americano allá por la década de los 50 del siglo pasado. Nosotros, como el personaje de Molière que se sorprendía de hablar en prosa sin saberlo, comíamos pan con aceite ignorando que eso era la clave de una dieta mundialmente reconocida como un modelo saludable. Reduzca su colesterol, prevenga el cáncer, fortalezca sus huesos, viva más años y más sanos. No, no es el anuncio de un fármaco revolucionario. Solo es la dieta mediterránea.

Sin embargo, su vecino de asiento en el metro, asiduo de las redes sociales, seguirá una dieta cetogénica que está tan de moda o, tal vez, ni siquiera habrá desayunado porque hace ayuno intermitente. A la vez, los españoles están dejando de comer tanto pescado como solían. En muchas casas, la fruta es un lujo y la verdura otro. Para comprar unos buenos tomates en agosto hay que pedir una hipoteca. El aceite de oliva nunca fue más el oro líquido que ahora. Las conservas vegetales, antes tan económicas, parecen atesorar caviar dentro de los botes y las latas.

Este está siendo el drama español: crea usted en los beneficios de la dieta mediterránea. Intente inculcársela a sus retoños. Y luego intente practicarla… si tiene dinero suficiente. Que antes, los que trabajamos en el mundo de la nutrición jurábamos que llevar una dieta equilibrada y saludable era incluso más barato que comer mal. Ya no. Ahora, como ocurría en el mundo anglosajón, mal comer es comparativamente económico y los productos de pésima calidad nutritiva copan cestas y carros de familias que no pueden pagar todo lo que les decimos que es saludable además de sabroso.

Por si fuera poco, los agricultores están clamando por toda Europa sus reivindicaciones que se pueden resumir en una frase: “Sin productores en el campo, tu nevera será un armario vacío”. Mientras, los europeos pagamos para arrancar viñas, matar vacas, tirar tomates e importar comida que ya producíamos en casa.

Ya ven que alimentarse es un hecho cotidiano que parece fácil. Pero que tiene numerosas facetas y aristas. Piensen en cualquier domicilio o casa de comidas: varias docenas o incluso cientos de productos e ingredientes diferentes y en distintos formatos estarán acumulados en sus estanterías y refrigeradores. Producir todo eso que necesitamos de forma segura y que esté disponible cada vez que lo queremos no es en absoluto sencillo. Transportarlo y venderlo en los mercados, tampoco. Que lo sepamos conservar adecuadamente en nuestras casas, cocinar y servir en las combinaciones y proporciones adecuadas para que cubra nuestras necesidades de nutrientes, no es tan fácil.

Y, sin embargo, en el país de la paella, de la fabada y del jamón (ibérico, por favor), los jóvenes que, en algún momento, confiemos, tendrán que vivir solos, no saben ni freír un huevo. Para muchos de ellos, la cocina es un lugar misterioso donde, menos mal, hay un microondas y una sartén a la que echar algo. En pocas décadas, saber cómo se hace un cocido, unas lentejas o una menestra será alta tecnología, ciencia ficción. Un saber ancestral relegado al mundo de los fogones, donde aún reinarán las abuelas y las madres.

Aprovechen: aprendan de ellas, que aún estamos a tiempo. De volver a comer lo que el americano aquel descubrió que era casi un milagro para nuestras arterias y entretelas. Frutas, verduras, legumbres, aceite de oliva virgen, pan «del de verdad», almendras y nueces. Dense prisa y compren pescado, incluso del que todavía es barato. Sardinas, boquerones, jureles.

Y, por favor, déjense de modas pasajeras y acudan a lo que nunca falla. Si van a hacer dieta, que sea mediterránea.

¡Cuidado! con los créditos rápidos

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

¡CUIDADO! Con los créditos rápidos

Préstamos online, sin avales, sin papeleo, sin nómina… Así se anuncia hoy el dinero rápido que bancos y operadores financieros ofrecen a sus clientes para cubrir gastos inesperados o saldar deudas. En ocasiones, un crédito rápido puede ser la solución a una emergencia financiera, aunque siempre con reparo. Por eso, el primer requisito antes de contratarlo es conocer los riesgos que puede entrañar y planificar minuciosamente cómo se le va a hacer frente.

MARIÁN LEZAÚN
Cualquier persona o entidad puede prestar dinero a otros sin necesidad de estar supervisado por el Banco de España.

Pedir dinero prestado debe ser siempre una decisión medida, analizada y, sobre todo, el consumidor debe contar con los recursos que le permitan hacer frente a la deuda contraída. De lo contrario, los expertos advierten que las consecuencias pueden salir muy caras.

El pasado mes de enero, el defensor del pueblo, Ángel Gabilondo, inició una actuación de oficio ante el Banco de España y el Ministerio de Economía para conocer cuál es el grado de protección que tienen los consumidores cuando contratan un préstamo rápido (online, microcrédito, minicrédito, etc.). Esta decisión vuelve a traer a primera plana los problemas que genera la ausencia de una normativa para este tipo de financiación que, en muchas ocasiones, supone una decisión desesperada para personas que tienen dificultades de acceso a los canales de financiación tradicional.

Entidades prestamistas

En España, según los últimos datos, hay unas 700 entidades no reguladas que conceden préstamos rápidos con un tipo de interés de hasta el 33%. El asunto de fondo es la posibilidad legal que existe en España de que cualquier persona o entidad puede prestar dinero a otros sin necesidad de estar supervisado por el Banco de España o de estar inscrito en un registro del supervisor. Por eso, los prestamistas de toda la vida ahora ofrecen sus servicios en plataformas online o simplemente mediante aplicaciones. No obstante, desde el Banco de España aseguran que la mayoría de las entidades que conceden préstamos se acogen a la norma porque se dedican también a la toma de depósitos y otros productos financieros. El resto, las empresas que no están en el registro del banco, quedan bajo la responsabilidad de las consejerías de consumo de las comunidades autónomas que son las encargadas de garantizar su correcto funcionamiento. Eso no quiere decir que exista una normativa que limite los tipos impositivos, ni las condiciones de devolución ni las cargas por demora. Por eso, las autoridades advierten de que este tipo de préstamos, que tienen una finalidad muy concreta, deben contratarse sabiendo las consecuencias que pueden tener.

Desde la Asociación Española de Micropréstamos (AEMIP), cuyos asociados representan el 80% del volumen de micropréstamos concedidos, se niega que exista esa falta de control, pese a la ausencia de una norma específica. Su presidenta, Alisa Cevere, explica que “aunque las empresas que ofrecen micropréstamos no están supervisadas por el Banco de España se rigen igualmente por una serie de normas que protegen al consumidor”. Es el caso, por ejemplo, de la ley de defensa de los consumidores, la ley sobre comercialización a distancia de servicios financieros o la ley de contratos de crédito al consumo. Pero, ¿puede un consumidor lamentar el contrato de un producto aprobado por él mismo? Esa es una de las grandes cuestiones. Si el tipo medio de los préstamos personales se sitúa en el 8%, en el mercado podemos encontrar productos que incluso los triplican y que algunos consumidores no dudan en firmar. No obstante, teniendo en cuenta la horquilla impositiva que existe, son muchos los afectados que hablan de usura y de abuso. Las quejas van en aumento y el defensor del pueblo ha tomado medidas para controlar ese vacío.

 


ESTE TIPO DE FINANCIACIÓN, EN MUCHAS OCASIONES, SUPONE UNA DECISIÓN DESESPERADA PARA PERSONAS QUE TIENEN DIFICULTADES DE ACCESO A OTROS PRÉSTAMOS


 

Qué dice la regulación

Sin embargo, desde la asociación de prestamistas lamentan que se les ponga en el punto de mira, porque también grandes bancos operan en el negocio. “Además, sí que existe en España una regulación en materia de usura”, explica Alisa Cevere, presidenta de la AEMIP. Se trata de la Ley Azcárate del año 1908, que evidentemente ha quedado desfasada y ha sido objeto de numerosas interpretaciones por parte del Tribunal Supremo. “La doctrina en materia de usura aclara en una sentencia reciente que el tipo de interés puede ser usurario si la diferencia entre el tipo medio del mercado y el pactado en un contrato supera los 6 puntos porcentuales. Sin embargo, un punto clave de la doctrina que no debemos olvidar es que, para determinar el carácter usurario o no del interés de un producto, este debe compararse con el tipo medio de la categoría más específica a la que pertenezca dicho producto”, añade. Por eso no sirve comparar los tipos de interés de los micropréstamos con las estadísticas publicadas por el Banco de España, porque estas no reflejan los tipos medios de los asociados de AEMIP. Ese es uno de los grandes errores, según los expertos. “De hecho, se usa reiteradamente la TAE como medida comparativa, cuando este es un indicador anualizado que distorsiona el resultado para aquellos productos de importe reducido y plazo de devolución muy inferior a la anualidad”, explica Cevere. “No obstante, desde AEMIP estamos en diálogo constante con todas las autoridades competentes y nos ponemos a su disposición para compartir cualquier información que precisen, a fin de que se publique oficialmente un índice de referencia de precios específico para el sector del micropréstamo. Creemos que la creación de dicho índice no solo redundaría en una mayor seguridad jurídica para el sector, sino que también ofrecería las máximas garantías para nuestros clientes, asegurando así su acceso a métodos de financiación alternativa de forma clara y transparente”, añade.

¿Quiénes contratan los préstamos más caros?

Los micropréstamos están diseñados para mejorar a corto plazo el flujo de efectivo, ayudando a solucionar un problema puntual de liquidez que permita cubrir en un momento determinado los gastos corrientes o imprevistos puntuales de cierta urgencia. En definitiva, ofrecen un alivio inmediato a quien necesita hacer frente a un gasto inesperado y carece de ahorros o alternativas por lo que no puede convertirse en un remedio permanente. “En este perfil se encuentran personas de entre 20 y 50 años, aunque son los que están entre los 31 y los 40 años los más numerosos. Además, se trata de personas cuya nómina mensual ronda los 1.500 euros y, en la mitad de los casos, tienen hijos a su cargo”, explica Alisa Cevere, presidenta de la AEMIP. De hecho, Cevere concluye que quienes solicitan esos préstamos responden al perfil del trabajador medio en España. El destino de dichos fondos suele estar relacionado con imprevistos domésticos, talleres de automóviles, gastos médicos o desembolsos relacionados con las reformas del hogar.

El asesoramiento del notario

Formalizar el préstamo en una póliza intervenida ante notario puede ser beneficioso tanto para el prestamista como para el prestatario. El consumidor estará más protegido porque el notario, antes de la firma, realizará un control de la legalidad del documento y comprobará que la póliza no tiene ningún tipo de cláusula abusiva o contraria a la ley. Además, en el momento en el que el notario le explique su contenido, el consumidor podrá plantearle todas sus dudas sobre las cláusulas que va a firmar. Una vez firmada la póliza, el contenido quedará fijado y será inamovible e indiscutible de manera que, en el futuro, el prestamista no podrá alegar que lo registrado en su programa informático contiene cláusulas diferentes. En lo que respecta a la protección de la parte acreedora, la firma de una póliza ante notario le asegura que, si el prestatario no cumple con lo pactado, podrá hacer valer la póliza con carácter ejecutivo en un juicio, ahorrándose el proceso declarativo.
Si el tipo medio de los préstamos personales se sitúa en el ocho por ciento, en el mercado podemos encontrar productos que incluso los triplican.

Educación financiera para evitar riesgos

Uno de los principales riesgos de los créditos rápidos son las penalizaciones, el escaso tiempo para su devolución o unas condiciones de contratación no siempre claras. Por eso, cuanta más información tienen los consumidores menos errores van a cometer en el momento de contratar determinados productos. No se trata de ser un experto en finanzas, pero sí que es una responsabilidad ciudadana disponer de unos conocimientos mínimos sobre cualquier tema que afecta a nuestra economía doméstica. Para ello, diferentes entidades, como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España, promueven campañas de alfabetización financiera dirigidas a paliar esta necesidad. Tener esos conocimientos nos permite gestionar mejor nuestro dinero, administrar nuestros recursos y tener mucha más libertad ante cualquier imprevisto como, por ejemplo, una necesidad de financiación.

Para saber más:

Banco de España: Cuenta en su web con un registro de las principales entidades que operan en el mercado del crédito y de información práctica para tomar las mejores decisiones.

ASNEF: La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito dispone en su página web de las últimas noticias sobre el sector del crédito, estadísticas y también un apartado dedicado a la educación financiera de los consumidores.

OCU: Desde la Organización de Consumidores y Usuarios señalan que recurrir a los créditos rápidos puede acarrear más problemas y proponen otras alternativas para pedir prestadas cantidades no muy grandes.

AEMIP: La Asociación Española de Micropréstamos cuenta en su web con la información que corresponde al sector, así como la normativa disponible y los principales operadores.

«Créditos rápidos: regulación, información y control», por Olga Ruiz Legido

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

OLGA RUIZ LEGIDO,

presidenta de FACUA

"Esta accesibilidad y facilidad para el consumidor esconde un reverso de abusos que pueden terminar situándolo en situaciones graves de endeudamiento"

Créditos rápidos: regulación, información y control

El Defensor del Pueblo ha iniciado una actuación de oficio con el Banco de España y con la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, del Ministerio de Economía, para conocer el grado de protección que existe para los consumidores de los conocidos como créditos rápidos.

Esta actuación se ha producido tras haber recibido quejas ciudadanas por los elevados intereses que pagan a las empresas prestamistas, empresas que, en muchos casos, no tienen consideración de entidades de crédito.

La institución, por ello, ha preguntado al Banco de España, regulador y supervisor del sistema bancario, y a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, si están llevando a cabo algún tipo de actuación sobre las entidades que conceden estos productos, y si se ha emitido alguna directriz aplicable a este tipo de créditos, también denominados microcréditos.

La situación de vulnerabilidad y precariedad económica por la que atraviesan muchas personas provoca la proliferación de empresas que ofrecen dinero rápido, presentándose como la solución fácil y sin complicaciones a los problemas económicos de familias y consumidores. En una sociedad y modelo económico que favorece y propicia el consumo desmedido el impacto es aún mayor.

Los créditos rápidos no cuentan con una definición legal o una regulación y tratamiento específico aplicable. Se encuentran incluidos en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, siempre que el importe prestado sea superior o igual a 200 euros.

Los créditos rápidos pueden considerarse como un medio de financiación consistente en la puesta a disposición de cantidades de dinero no muy elevadas, con reducidos plazos de devolución y a tipos de interés más altos de lo habitual. Suelen ser otorgados por entidades financieras o empresas no financieras de capital privado para responder a necesidades puntuales y urgentes de liquidez y se caracterizan por la celeridad en su otorgamiento y puesta a disposición del dinero prestado, así como por la falta de exigencia de garantías al prestatario para su concesión. En su publicidad, las empresas que ofrecen créditos rápidos venden rapidez y facilidad, sin exigencias de solvencia del prestatario y sin apenas trámites. Se conceden casi de manera automática, la mayoría vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos.

Sin embargo, esta accesibilidad y facilidad para el consumidor esconde un reverso de abusos que pueden terminar situándolo en situaciones graves de endeudamiento. Estamos ante contratos de préstamos personales que, en muchas ocasiones, contienen condiciones abusivas, con comisiones y gastos desproporcionados, altísimas tasas de interés -camufladas muchas veces en otros conceptos como honorarios o gastos de gestión- y con plazos muy breves de devolución que terminan asfixiando al prestatario.

Por si fuera poco, entre las condiciones también suelen recogerse penalizaciones por impago y mora muy elevadas, unidas a otros costes asociados a la prórroga del plazo de devolución, o a los derivados de las gestiones de cobros, notificaciones o comunicaciones. Actualmente nos encontramos con créditos rápidos que llegan a aplicar intereses nominales de más del 36% y TAE de más del 4.000%.

Cabe recordar que en 2015 el Defensor del Pueblo ya tuvo ocasión de analizar la situación generada con los créditos rápidos y alertó de su problemática. En el informe anual de la institución de ese año se señaló que algunas entidades bancarias, pese a la numerosa jurisprudencia existente, continuaban imponiendo en los contratos tipos de interés abusivos que perjudican gravemente a los ciudadanos, por lo que los clientes, para conseguir que se anulara la cláusula impuesta, se veían obligados a acudir a la vía judicial, aunque muchos de ellos no podían presentar demandas por carecer de medios económicos suficientes. El Defensor estimó que los intereses remuneratorios y los moratorios debían quedar limitados y así se lo trasladó a la entonces Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.

El Defensor del Pueblo también alertó hace nueve años de que muchas personas, ante las dificultades para obtener los créditos o préstamos personales, acudían a empresas no financieras en unas condiciones que propiciaban el sobreendeudamiento. Sobre estas empresas hizo un llamamiento al control por parte de las autoridades competentes. Muchas de las empresas encargadas de la comercialización de estos productos, al no ser entidades financieras, no están bajo la supervisión ni el control del Banco de España.

La Ley de Crédito al Consumo establece que el incumplimiento de sus disposiciones por personas físicas y jurídicas distintas de las previstas en el apartado 2, entidades de crédito, será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándose lo dispuesto en el régimen sancionador general de protección de los consumidores y usuarios previsto en el Título IV, libro primero, del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y demás normas aplicables, así como en las normas de protección al consumidor establecidas en las leyes autonómicas correspondientes.

Corresponde, por tanto, al Banco de España el control de las entidades de crédito y a las autoridades de consumo el control de las prácticas abusivas llevadas a cabo por entidades que no sean de crédito. Aquí, en el ámbito del control y la supervisión, hemos topado con el talón de Aquiles de nuestro sistema de protección al consumidor.

¿Sería necesario mejorar la información y formación de los consumidores sobre este tipo de productos? Sí, resulta incuestionable que el consumidor debe conocer qué firma, cómo funcionan estos productos y sus consecuencias.

¿Sería pertinente una regulación más precisa y específica de los microcréditos o créditos rápidos, mejorando la Ley de Crédito al Consumo de 2011? Sí, incluyendo limitaciones a los tipos de interés remuneratorios, gastos y comisiones por su contratación, así como la inclusión de mecanismos que eviten el sobreendeudamiento del consumidor y la resolución extrajudicial de conflictos derivados de la negligencia del prestamista.

Pero, independientemente de todo lo anterior, también es necesario que organismos reguladores y de control actúen frente a esquilmadores y avariciosos que abusan de los consumidores más necesitados. Muchos están ahí, no se esconden.