Garantizar el acceso a una vivienda digna: requisito esencial, por Alberto de Gregorio Merino

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EN EL ESCAPARATE

ALBERTO DE GREGORIO MERINO,

director general de los Servicios Jurídicos de la Comisión Europea

Las dificultades para acceder a una vivienda asequible erosionan la cohesión social y afectan negativamente a la competitividad europea"

Garantizar el acceso a una vivienda digna: requisito esencial

Durante la última década, el acceso a la vivienda se ha convertido en uno de los principales desafíos sociales y económicos de la Unión Europea. Entre 2013 y 2024, los precios de la vivienda aumentaron en términos nominales más de un 60% en el conjunto de la Unión, una evolución muy superior al crecimiento de los ingresos de los hogares. Paralelamente, la inversión destinada a ampliar la oferta de vivienda se redujo de forma notable durante la última década y no acompañó el crecimiento de la demanda.

La magnitud del problema supera el ámbito estrictamente residencial y configura una auténtica crisis social. Las dificultades para acceder a una vivienda asequible erosionan la cohesión social y afectan negativamente a la competitividad europea. La falta de vivienda limita la movilidad laboral y educativa, dificulta la atracción de talento y contribuye a agravar la escasez de mano de obra en las regiones con mayor dinamismo económico.

Ante este escenario, la Comisión estima que la Unión necesitará más de dos millones de viviendas al año para atender la demanda actual, lo que implica añadir unas 650.000 viviendas anuales a los 1,6 millones que se construyen en la actualidad, con un coste aproximado de 150.000 millones de euros al año.

Papel más activo

La Unión Europea puede y debe desempeñar un papel más activo de apoyo, coordinación y refuerzo de las actuaciones nacionales y locales, asegurando así una acción coherente y coordinada a todos los niveles. Pero debe tenerse presente que la competencia en materia de vivienda recae fundamentalmente en los Estados miembros, las regiones y las ciudades; la Unión Europea dispone de instrumentos para desempeñar un papel más activo.

En este contexto se presenta el Plan Europeo de Vivienda Asequible, que se articula junto con la revisión de las normas sobre ayudas estatales aplicables a los Servicios de Interés Económico General, una Estrategia Europea para la Construcción de Viviendas y una Comunicación y Propuesta de Recomendación del Consejo sobre la Nueva Bauhaus Europea. Estas iniciativas se verán complementadas en 2026 por un Paquete de Energía Ciudadana orientado a reducir de forma adicional los costes energéticos.

El Plan Europeo se estructura en torno a cuatro pilares: el impulso de la oferta de vivienda, la movilización de inversión, la facilitación de apoyo inmediato, y la protección de los colectivos más afectados por la crisis de la vivienda. Su enfoque se inspira en los principios de la Nueva Bauhaus Europea, integrando asequibilidad, sostenibilidad y calidad en la transformación del sector.

Asimismo, es necesario reforzar la productividad y la capacidad del sector de la construcción mediante una mayor inversión en innovación, el uso de materiales y métodos constructivos modernos, la transición hacia una economía más circular y la aplicación de normas armonizadas que reduzcan plazos y costes y refuercen la resiliencia de las cadenas de suministro.

La Comisión prestará asimismo una atención especial a la detección de posibles prácticas anticompetitivas en los ámbitos de la construcción y la rehabilitación. Paralelamente, se impulsará la reducción de cargas administrativas mediante un paquete de simplificación normativa que exigirá una cooperación estrecha entre los distintos niveles de gobierno, sin menoscabar los objetivos climáticos y medioambientales.

La vivienda social y asequible ocupa un lugar prioritario en esta estrategia y deberá cumplir elevados estándares de calidad, inclusión, seguridad, accesibilidad y adaptabilidad, respondiendo a las necesidades de todas las generaciones. En este sentido, el próximo marco financiero plurianual de la UE para el periodo 2028-2034 ofrecerá nuevas oportunidades, al incorporar la vivienda social y asequible como objetivo específico en los futuros Planes de Asociación Nacionales y Regionales.

Con el fin de facilitar la movilización de inversión pública y privada, la Comisión ha revisado la Decisión sobre los Servicios de Interés General. Esta revisión refuerza el apoyo a la vivienda asequible destinada a hogares con ingresos bajos y medios, incluidos trabajadores esenciales, estudiantes, personas con discapacidad y hogares con circunstancias específicas.

 


LAS DIFICULTADES PARA ACCEDER A UNA VIVIENDA ASEQUIBLE EROSIONAN LA COHESIÓN SOCIAL Y AFECTAN NEGATIVAMENTE A LA COMPETITIVIDAD EUROPEA

Competencias equitativas


Otro de los retos abordados es el crecimiento de los alquileres de corta duración, especialmente en zonas sometidas a una elevada presión habitacional. Por ello, la Comisión propondrá una iniciativa legislativa que permita a las autoridades adoptar medidas proporcionadas y justificadas, reforzando la protección del consumidor y garantizando condiciones de competencia equitativas.

El plan también se orienta a que los Estados miembros adopten medidas, desde la simplificación administrativa hasta el fortalecimiento de la vivienda social. Y se hace pensando especialmente en los jóvenes, así como a las personas en situación de vulnerabilidad y para quienes el acceso a una vivienda adecuada resulta especialmente difícil.

La cooperación europea en materia de vivienda ha sido hasta ahora limitada. Para subsanar esta carencia, se creará una Alianza Europea para la Vivienda que reunirá a todos los niveles de gobierno y a los principales actores del sector. En este marco, la primera Cumbre Europea de la Vivienda, anunciada por la presidenta Von Der Leyen, se celebrará en 2026.

Como recordó la presidenta de la Comisión en su Discurso sobre el Estado de la Unión, un hogar es mucho más que un espacio físico: es seguridad, estabilidad y sentido de pertenencia. Sin embargo, para demasiados europeos la vivienda se ha convertido en una fuente de incertidumbre y ansiedad.

Garantizar el acceso a una vivienda digna no es únicamente una cuestión de equidad social, sino un requisito esencial para la estabilidad, la competitividad y el futuro de Europa.

La cita previa como barrera: reflexiones sobre el acceso de las personas mayores a los servicios esenciales, por Jesús Norberto Fernández Muñoz

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

LA @

JESÚS NORBERTO FERNÁNDEZ MUÑOZ,

presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP)

La digitalización no puede progresar a costa de excluir a quienes no pueden seguir su ritmo. La cita previa debe ser una opción, nunca una imposición. Debe facilitar, no limitar."

La cita previa como barrera: Reflexiones sobre el acceso de las personas mayores a los servicios esenciales

En los últimos años, la digitalización de los servicios públicos y privados ha avanzado a un ritmo vertiginoso. Administraciones, entidades bancarias, empresas de servicios y, en ocasiones, incluso centros de salud han incorporado la cita previa digital como puerta de entrada obligatoria para la atención presencial. Esta transformación, sin planificación suficiente y sin garantías de accesibilidad universal, ha generado una nueva forma de exclusión social que afecta especialmente a las personas mayores. Como presidente de la Plataforma de Mayores y Pensionistas, considero imprescindible analizar esta problemática desde una perspectiva jurídica y de derechos, para situar en el centro a quienes hoy enfrentan barreras injustas e inaceptables.

Derechos básicos

La premisa fundamental que debe guiar cualquier reflexión es clara: la digitalización no puede convertirse en una condición sine qua non para el ejercicio de derechos básicos. No puede serlo para acceder a la sanidad pública, para realizar trámites administrativos, para cobrar una pensión o para efectuar gestiones bancarias necesarias para la vida cotidiana. Cuando una herramienta —diseñada en principio para facilitar— se convierte en un obstáculo, estamos ante un problema social y jurídico que exige intervención.

La brecha digital entre generaciones no es una percepción subjetiva, sino una realidad documentada. Un porcentaje significativo de personas mayores no dispone de dispositivos adecuados, competencias digitales suficientes o simplemente no se siente segura realizando trámites en línea. La edad avanzada, las limitaciones visuales, auditivas o cognitivas, y la ausencia de acompañamiento tecnológico convierten en auténtica odisea lo que para otros es un trámite rutinario de unos minutos. Obligar a estas personas a utilizar exclusivamente canales digitales no solo constituye una discriminación indirecta, sino que amenaza el principio de accesibilidad universal reconocido en la legislación española y europea.

Ámbito sanitario

En el ámbito sanitario, la obligatoriedad de la cita previa para obtener atención médica agrava muchas veces la ya compleja situación de los mayores. Para quienes padecen enfermedades crónicas, dificultades de movilidad o problemas de comunicación, la imposibilidad de conseguir una cita por no poder completar un proceso digital supone la vulneración de su derecho constitucional a la protección de la salud. Los servicios de salud, saturados y con recursos limitados, han implementado sistemas telemáticos con buena intención administrativa, pero sin evaluar adecuadamente su impacto en colectivos vulnerables. No es infrecuente que una persona mayor acuda a su centro de salud sin cita —porque no ha podido obtenerla— y encuentre una negativa a ser atendida, aun presentando un problema real y urgente. Esta situación, además de generar angustia, erosiona la relación de confianza entre paciente y sistema sanitario.

Esfera administrativa

En la esfera administrativa la situación no es distinta. Ayuntamientos, servicios de empleo, oficinas de extranjería, seguridad social y otros organismos utilizan sistemas de cita previa obligatoria que, en demasiadas ocasiones, son ineficientes, inestables o completamente inaccesibles para quienes no dominan la tecnología. A ello se suma la saturación: falta de citas disponibles, esperas de semanas o meses y portales que se bloquean una y otra vez. Cuando el acceso a un derecho depende del éxito en una tarea informática que muchos ciudadanos no pueden cumplir, la Administración está incumpliendo su deber de servicio público. El artículo 103 de la Constitución es tajante al respecto: la Administración debe servir con objetividad los intereses generales y actuar con eficacia. Obligar a una persona mayor a navegar sin ayuda por un laberinto digital no cumple esos principios.

Sector bancario

Otro ámbito crítico es el bancario. En los últimos años hemos sido testigos de un proceso acelerado de cierre de oficinas, reducción de personal de atención presencial y traslado de gestiones a cajeros automáticos o aplicaciones móviles. La cita previa se ha convertido en el filtro previo para realizar operaciones tan básicas como actualizar un dato, obtener información, gestionar una tarjeta o resolver un bloqueo. Esto afecta de manera especialmente dura a quienes dependen de su pensión como única fuente de ingresos y necesitan un trato personalizado y comprensible. Las entidades bancarias tienen la obligación, no solo ética sino jurídica, de garantizar un servicio accesible y adecuado a todos sus clientes. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios exige que la prestación de servicios esenciales no resulte discriminatoria y se adapte a las necesidades de todos los consumidores, especialmente los vulnerables. La banca, como servicio de interés económico general, no puede desentenderse de esta obligación.

 

Igualdad real y efectiva

Desde un enfoque jurídico, la problemática de la cita previa obligatoria debe analizarse también desde la perspectiva de la igualdad real y efectiva. La Constitución establece en su artículo 9.2 que los poderes públicos deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, y remover los obstáculos que impidan su plenitud. La cita previa digital, cuando no se acompaña de alternativas, se convierte precisamente en un obstáculo. Además, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad —aplicable también en situaciones de discapacidad sobrevenida por la edad— obliga a garantizar ajustes razonables y accesibilidad universal en todos los servicios. No basta con ofrecer una web; es necesario proporcionar canales paralelos, atención telefónica eficaz y una ventanilla presencial disponible.

Connivencia entre canales

La solución no pasa por frenar la digitalización, sino por hacerla inclusiva. Reclamamos un modelo de convivencia entre canales: digital para quien pueda o prefiera usarlo, y presencial o telefónico para quien lo necesite. Exigimos que los sistemas de cita previa incluyan mecanismos de atención humana, accesibles y comprensibles; que las Administraciones destinen recursos a la atención presencial sin ocultarla tras barreras tecnológicas; que la banca mantenga oficinas y personal suficiente para atender adecuadamente a sus clientes mayores; y que se impulse un plan estatal de accesibilidad digital que contemple formación, simplificación de procesos y apoyo personalizado.

La digitalización no puede progresar a costa de excluir a quienes no pueden seguir su ritmo. Como sociedad, tenemos la obligación de garantizar que nadie quede atrás. Las personas mayores han contribuido durante décadas al desarrollo económico, social y democrático de nuestro país. No es aceptable que en la etapa de su vida en la que más apoyo necesitan se encuentren con un muro digital que les impide ejercer derechos tan básicos como recibir atención sanitaria, gestionar su dinero o comunicarse con la Administración. La cita previa debe ser una opción, nunca una imposición. Debe facilitar, no limitar. Y las políticas públicas deben orientarse a garantizar que todos los ciudadanos, independientemente de su edad o capacidades digitales, puedan acceder a los servicios esenciales con dignidad, autonomía y seguridad. Esa es la esencia del Estado social y democrático de derecho que defendemos.

Una jubilación más flexible y gradual, por Yolanda Gómez

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EN ESTE PAÍS

YOLANDA GÓMEZ,

subdirectora de Economía de ABC

Esta es una de esas medidas en las que los principales partidos deberían ponerse de acuerdo dejando a un lado las refriegas políticas"

Una jubilación más flexible y gradual

Incentivar el retraso voluntario de la jubilación, dando más facilidades para compatibilizar trabajo y pensión es, sin duda, una buena fórmula con la que todos podemos salir ganando.

La jubilación en España no es una obligación, es un derecho; una recompensa después de haber trabajado y de haber cotizado al sistema de la Seguridad Social durante décadas. Una recompensa que, tras las reformas que se han producido en las últimas décadas, cada vez se produce más tarde. En estos momentos, la edad media de acceso a la jubilación en España es de 65,3 años. Cuando en 2012 entró en vigor la reforma del sistema de pensiones que retrasaba paulatinamente la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, la edad media de jubilación estaba en los 64 años.

¿Y es positivo que nos jubilemos cada vez más tarde? ¿Cuándo en 2027 se acabe el periodo transitorio, se volverá a retrasar la edad legal de jubilación más allá de esos 67 años? Lo cierto es que es más que probable. El aumento de la esperanza de vida en los últimos 100 años no tiene parangón en la historia de la humanidad. A principios del pasado siglo XX la esperanza de vida estaba por debajo de los 40 años; hoy, en España, supera los 80. Cuando se creó el sistema de la Seguridad Social, a finales de los años 60, los trabajadores se jubilaban a los 65 años y la esperanza de vida era de 67. Apenas cobraban pensión dos años. Hoy, las personas pueden llegar a estar cobrando pensión un tercio de su vida.

El hecho, sin duda positivo, de que cada vez vivamos más años, unido a que las sociedades occidentales estamos cada vez más envejecidas, tensiona, y mucho, los sistemas de pensiones de todo el mundo, y España no es una excepción.

Es por ello que en las últimas décadas se han puesto en marcha algunas medidas para tratar de garantizar su sostenibilidad. Probablemente la más impactante ha sido la del retraso en la edad de jubilación que aprobó el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero en el año 2011. A partir de ahí, durante la Gran Recesión, el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó otras medidas como el factor de sostenibilidad o el índice de revalorización de las pensiones, que trataban de ligar la cuantía de las pensiones y sus subidas anuales a factores como la salud del sistema, la evolución de la economía o la esperanza de vida. Ambas reformas, que lograron frenar el incremento del gasto en pensiones, fueron derogadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, que volvió a ligar la subida de las pensiones a la inflación.

Para intentar compensar este incremento del gasto, la reforma del entonces ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, incluía medidas como el incremento de cotizaciones sociales, la penalización de las jubilaciones anticipadas y los incentivos para retrasar la edad de jubilación o para compatibilizar trabajo y pensión.

Continuar trabajando más allá de la edad legal de jubilación a tiempo parcial es, sin duda, una fórmula que puede servir para aliviar la carga sobre el sistema de la Seguridad Social, pero también es positivo para la sociedad que personas que tienen una gran experiencia puedan seguir poniendo sus conocimientos y habilidades al servicio de todos. Y desde el punto de vista personal, seguir trabajando a tiempo parcial puede permitir incrementar los ingresos actuales y los futuros, así como hacer una transición gradual desde la vida laboral hasta la jubilación, evitando los problemas y el vacío que a veces sienten algunas personas al dejar de trabajar.

Hay varias fórmulas para compatibilizar el trabajo y la pensión. Una de ellas es la jubilación activa. Se pueden acoger a ella tanto trabajadores autónomos como por cuenta ajena, siempre después de la edad legal de jubilación. Tendrá una cotización a la Seguridad Social reducida y normalmente se compatibiliza la actividad con el cobro del 50% de la pensión.

A partir de los 60 años también se puede simultanear el trabajo y la pensión a través de la jubilación parcial, con una reducción de jornada que se situará entre el 25% y el 80%.

Por último, está la jubilación flexible, que permite a personas que ya han accedido a ella reincorporarse a la vida laboral como trabajadores por cuenta ajena, siempre que la jornada que realicen se sitúe entre el 50% y el 75% de lo que sería la jornada habitual en el puesto que desempeñan. La principal diferencia con la jubilación activa es que estos trabajadores siguen cotizando y, cuando finalmente se jubilen al 100%, estas cotizaciones elevarán la cuantía de su prestación. No obstante, no todas las personas pueden acceder a esta modalidad. Por un lado, la ley excluye a aquellas personas que reciban una pensión de incapacidad permanente. Y tampoco se aplica a algunos regímenes especiales, como los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y el servicio de la Administración de Justicia.

El Gobierno quiere incentivar el trabajo más allá de la edad legal de jubilación y es por eso que ha puesto encima de la mesa nuevas medidas para hacer estas fórmulas más atractivas. En concreto, hay una nueva propuesta legislativa que introduce lo que se conocería como jubilación reversible. Su objetivo sería permitir a personas jubiladas reincorporarse al mercado laboral de forma más amplia y flexible, con incentivos económicos que refuercen esta posibilidad. Así, el tiempo de trabajo se establecería entre el 40% y el 80% de la jornada completa. Además, para motivar a los pensionistas a regresar a la vida laboral, se prevé añadir entre un 10% y un 20% de la pensión base al sueldo recibido. Además, permitiría volver totalmente a la vida laboral, renunciando temporalmente al cobro de su pensión.

Aunque la debilidad parlamentaria del Gobierno introduce dudas sobre si finalmente podrá sacar adelante esta iniciativa, lo cierto es que añadir incentivos a la posibilidad de seguir trabajando de manera total o parcial después de la edad legal de jubilación es, sin duda, una buena idea que puede ayudar a aliviar la carga sobre el sistema de pensiones, a la vez que es positivo para la sociedad y para las personas que voluntariamente deciden seguir trabajando. Es por ello que creo que esta es una de esas medidas en las que los principales partidos deberían ponerse de acuerdo dejando a un lado las refriegas políticas.

Invertir juntos para defender mejor a Europa, por Amparo Valcarce

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

ÁMBITO EUROPEO

AMPARO VALCARCE,

secretaria de Estado de Defensa

Europa se defiende no para confrontar, sino para disuadir; no para militarizar su identidad, sino para proteger su forma de vida"

Invertir juntos para defender mejor a Europa

Europa atraviesa un punto de inflexión histórico. La guerra en Ucrania, el deterioro acelerado del entorno geopolítico y la constatación de dependencias estratégicas acumuladas durante décadas han obligado a la Unión Europea a replantearse con urgencia su modelo de seguridad. La defensa ha dejado de ser una cuestión secundaria o exclusivamente nacional para situarse en el centro del proyecto europeo. En este contexto se inscribe la propuesta del nuevo Marco Financiero Plurianual 2028-2034 y, dentro de él, una apuesta clara: reforzar la capacidad de Europa para protegerse a sí misma.

La Comisión Europea ha propuesto incentivar el gasto destinado a defensa con el objetivo de avanzar hacia una auténtica Unión Europea de la Defensa. No se trata solo de gastar más, sino de gastar mejor: de forma coordinada, eficiente y alineada con los intereses estratégicos comunes. Esa es la filosofía que inspira el instrumento SAFE (Security Action for Europe).

SAFE es un mecanismo financiero excepcional, creado en 2025, que pone a disposición de los Estados miembros hasta 150.000 millones de euros en préstamos en condiciones especialmente favorables. Su finalidad es clara: acelerar la preparación defensiva europea mediante inversiones urgentes y de gran escala, al tiempo que se refuerza la Base Industrial y Tecnológica de la Defensa Europea. En la práctica, SAFE permite a los países europeos adquirir capacidades críticas de defensa de manera conjunta, apoyándose en su propia industria y reduciendo dependencias externas.

Este enfoque responde a una lección aprendida con crudeza en los últimos años. Europa ha invertido durante demasiado tiempo de manera fragmentada, comprando de forma aislada y, en muchos casos, fuera del continente. El resultado ha sido una pérdida de economías de escala, problemas de interoperabilidad y una industria europea con dificultades para aumentar rápidamente su capacidad productiva cuando la situación lo exige. SAFE busca corregir estas debilidades fomentando las adquisiciones conjuntas, la planificación compartida y el fortalecimiento de cadenas de suministro europeas.

El instrumento prioriza capacidades esenciales: munición y misiles, defensa aérea y antimisil, sistemas terrestres y navales, drones y antidrones, ciberdefensa, guerra electrónica, movilidad militar o activos espaciales. Además, introduce un criterio estratégico fundamental: al menos el 65% del valor de los componentes debe proceder de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Ucrania. No se trata de proteccionismo, sino de resiliencia y autonomía estratégica.

Para España, SAFE representa una oportunidad estratégica de primer orden. Nuestro país cuenta con una industria de defensa sólida, tecnológicamente avanzada y plenamente integrada en los grandes programas europeos. Esa realidad se ve reforzada por el Plan Industrial y Tecnológico de la Seguridad y la Defensa impulsado por el Gobierno de España, que comparte plenamente la filosofía europea de invertir mejor, de forma coordinada y con una clara orientación estratégica. Este Plan sitúa a la industria de defensa como un vector de soberanía, innovación y crecimiento económico, y actúa como un instrumento de alineamiento nacional con las prioridades europeas.

Desde la Secretaría de Estado de Defensa estamos trabajando intensamente para que España participe activamente en SAFE, no solo como beneficiario, sino también como país tractor de proyectos y capacidades compartidas, liderando adquisiciones conjuntas que refuercen tanto nuestras capacidades militares como la proyección internacional de nuestra industria. Esta visión combina responsabilidad estratégica, compromiso europeo y una apuesta decidida por el tejido industrial nacional, entendiendo la defensa como una política pública con efectos multiplicadores.

En este esfuerzo resulta esencial el trabajo de la Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa (DIGEID). Desde este órgano se está llevando a cabo una intensa labor de coordinación con las empresas del sector para identificar capacidades disponibles, proyectos maduros y soluciones que permitan a España presentarse ante sus socios europeos como un proveedor fiable, competitivo y tecnológicamente avanzado.

Gracias a este trabajo conjunto, España está en condiciones de liderar o participar en proyectos de alto valor estratégico. El desarrollo de los programas como la construcción de las fragatas F-110, los submarinos S-80 o la modernización de sistemas de mando y control o determinados vehículos tácticos son un claro ejemplo de ello. Se trata de capacidades maduras, con plazos de entrega compatibles con la urgencia actual y con un claro interés para otros países europeos y aliados. Además, SAFE introduce incentivos relevantes, como la exención del IVA en las operaciones financiadas por el instrumento, que refuerzan la competitividad de estos proyectos.

Un marco estable

Pero el impacto de SAFE va más allá de los grandes programas. Uno de sus efectos más positivos es la creación de un marco estable y previsible para la industria, que facilita inversiones, incrementa la capacidad productiva y activa un potente efecto tractor sobre el conjunto del ecosistema industrial, incorporando pymes, empresas tecnológicas, centros de investigación y capacidades de doble uso. La defensa, conviene recordarlo, no es solo seguridad: es también innovación, empleo cualificado, cohesión territorial y progreso tecnológico con aplicaciones civiles.

La seguridad y el bienestar no son conceptos opuestos. Sin seguridad no hay estabilidad económica, ni cohesión social, ni capacidad para sostener el modelo europeo de libertades y derechos.

Europa se defiende no para confrontar, sino para disuadir; no para militarizar su identidad, sino para proteger su forma de vida. SAFE encarna esa visión: cooperación frente a fragmentación, industria europea frente a dependencia, inversión estratégica frente a improvisación. Es un instrumento financiero, sí, pero sobre todo es una decisión política de gran calado.

Las negociaciones del nuevo Marco Financiero Plurianual serán complejas, como siempre ocurre cuando se trata de equilibrar intereses diversos. Pero hay algo que ya no admite demora: la necesidad de que Europa esté preparada. Invertir juntos para defender mejor a Europa es, hoy, una condición imprescindible para garantizar nuestro futuro común.

AMPARO VALCARCE,

Secretary of State for Defence

Europe defends itself not to confront, but to deter; not to militarise its identity, but to protect its way of life"

Investing together to defend Europe better

Europe is at a historic turning point. The war in Ukraine, the accelerated deterioration of the geopolitical environment and the realisation of strategic dependencies accumulated over decades have forced the European Union to urgently rethink its security model. Defence is no longer a secondary or exclusively national issue but is now at the heart of the European project. This is the context of the proposal for the new 2028-2034 Multiannual Financial Framework and, within it, a clear commitment: to strengthen Europe’s capacity to protect itself.

The European Commission has proposed boosting defence spending with the aim of moving towards a genuine European Defence Union. It is not just about spending more, but about spending better: in a coordinated, efficient way that is aligned with common strategic interests. This is the philosophy behind the SAFE (Security Action for Europe) instrument.

SAFE is an exceptional financial mechanism, created in 2025, which makes up to €150 000 million in loans available to Member States on particularly favourable terms. Its aim is clear: to accelerate European defence preparedness through urgent and large-scale investments, while strengthening the European Defence Technological and Industrial Base. In practice, SAFE enables European countries to acquire critical defence capabilities jointly, relying on their own industry and reducing external dependencies.

This approach responds to a lesson learned the hard way in recent years. Europe has for too long invested in a fragmented way, buying in isolation and, in many cases, outside the continent. The result has been a loss of economies of scale, interoperability problems and a European industry with difficulties in rapidly increasing its production capacity when the situation demands it. SAFE seeks to address these weaknesses by encouraging joint procurement, shared planning and the strengthening of European supply chains.

The instrument prioritises core capabilities: ammunition and missiles, air and missile defence, land and naval systems, drones and anti-drones, cyber defence, electronic warfare, military mobility or space assets. In addition, it introduces a key strategic criterion: at least 65% of the value of the components must be sourced from the European Union, the European Economic Area or Ukraine. This is not about protectionism, but about resilience and strategic autonomy.

For Spain, SAFE represents a major strategic opportunity. Our country has a solid, technologically advanced defence industry that is fully integrated into major European programmes. This reality is reinforced by the Industrial and Technological Plan for Security and Defence promoted by the Spanish government, which fully shares the European philosophy of investing better, in a coordinated manner and with a clear strategic orientation. This Plan positions the defence industry as a vector of sovereignty, innovation and economic growth, and acts as an instrument of national alignment with European priorities.

From the Secretary of State for Defence, we are working intensively to ensure that Spain actively participates in SAFE, not only as a beneficiary but also as a driving country of shared projects and capabilities, leading joint acquisitions that strengthen both our military capabilities and the international reach of our industry. This vision combines strategic responsibility, a European commitment and a firm pledge to the national industrial base, where defence is understood as a public policy with multiplier effects.

The work of the Directorate General for Defence Industry Strategy and Innovation (DIGEID) is essential to this effort. This body is carrying out intense coordination work with companies in the sector to identify available capacities, mature projects and solutions that will enable Spain to present itself to its European partners as a reliable, competitive and technologically advanced supplier.

Thanks to this joint work, Spain is in a position to lead or participate in projects of high strategic value. The development of programmes such as the construction of the F-110 frigates, S-80 submarines or the modernisation of command and control systems or certain tactical vehicles are a clear example of this. These are mature capabilities, with lead times compatible with the current urgency and of clear interest to other European countries and allies. In addition, SAFE introduces relevant incentives, such as VAT exemption on operations financed by the instrument, which strengthen the competitiveness of these projects.

A stable framework

But SAFE’s impact goes beyond large programmes. One of its most positive effects is the creation of a stable and predictable framework for industry, which facilitates investments, increases productive capacity and activates a powerful driving effect on the industrial ecosystem as a whole, incorporating SMEs, technology companies, research centres and dual-use capabilities. Defence, it is worth remembering, is not only security: it is also innovation, skilled employment, territorial cohesion and technological progress with civilian applications.

Security and well-being are not opposites. Without security there is no economic stability, no social cohesion, and no capacity to sustain the European model of freedoms and rights.

Europe defends itself not to confront, but to deter; not to militarise its identity, but to protect its way of life. SAFE embodies this vision: cooperation versus fragmentation, European industry versus dependence, strategic investment versus improvisation. It is a financial instrument, yes, but above all it is a major political decision.

Negotiations on the new Multiannual Financial Framework will be complex, as is always the case when balancing different interests. But there is one thing that can no longer be delayed: the need for Europe to be ready. Investing together to defend Europe better is now a prerequisite for securing our common future.

¿Cuentas conjuntas o separadas?

CONSUMO

Algo sencillo como abrir una cuenta bancaria puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas.

¿Cuentas conjuntas o separadas?

Marián Lezaun

Compartir o no las cuentas bancarias es una decisión que las personas que viven en pareja deben tomar tarde o temprano. Para acertar es necesario conocer las ventajas y las desventajas de cada opción y, sobre todo, estudiar cada caso en particular: desde la edad de los miembros, hasta las necesidades financieras de cada uno. No obstante, los expertos señalan que la tendencia actual entre los consumidores más jóvenes es mantener sus cuentas separadas y, en caso necesario, abrir una tercera cuenta para los gastos compartidos.

Algo tan sencillo como abrir una cuenta bancaria, puede complicarse si no se toman las decisiones adecuadas desde el primer momento. Y aunque la mayoría de los problemas surgen en el momento de cerrar las cuentas y liquidar el capital, se recomienda dejar constancia del origen de los fondos y de todas las aportaciones periódicas desde el inicio. No obstante, los datos señalan que, con el objetivo de evitar litigios o perder intimidad, las cuentas bancarias compartidas han dejado de ser la opción favorita de las parejas en España, que prefieren mantener cierta independencia en este aspecto. Si hace apenas unos años compartir la cuenta bancaria con la pareja era la situación habitual, las generaciones más jóvenes ni se lo plantean. Según datos de Finect, el 44’5% de los encuestados reconocía la necesidad de separar los gastos individuales y los comunes, y solo un 28’5% de personas aseguraba tener una cuenta bancaria compartida.

 


EL NÚMERO DE CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS APENAS SUPONE EL 30% EN LAS PAREJAS ESPAÑOLAS


 

Tomar una decisión

 ¿Hay una opción que sea más económica y práctica que la otra? ¿Qué pasa con las cuentas conjuntas cuando se produce una separación o algún miembro de la pareja fallece? ¿Cómo se puede garantizar el rescate de las cuentas individuales? Ahí es donde surgen las dudas y los problemas. Dicen los expertos que la falta de claridad sobre la titularidad y el origen de los fondos compartidos está disparando actualmente las consultas jurídicas. Por eso, se recomienda que cuando se abre una cuenta todo quede documentado, aunque sea de manera informal. Y es que, los bancos consultados reconocen que la mejor opción sólo depende de la situación particular, la personalidad de los miembros, el nivel de confianza y los objetivos financieros de la pareja.

Entre las ventajas de las cuentas conjuntas destaca la facilidad para hacer frente a los gastos comunes (alquileres, hipotecas, facturas, compras, etc.). Pero también que ambos tienen una visión clara de los ingresos y los gastos domésticos, lo que fomenta la comunicación de la pareja y la responsabilidad. Algunos estudios sugieren además que las personas que unen sus finanzas sienten un mayor sentido de posesión de los bienes compartidos y de los objetivos financieros comunes, lo que puede aumentar la satisfacción en la relación. De esta manera, también se simplifica la planificación y el ahorro para metas comunes (vacaciones, vivienda, estudios, etc.). Y tampoco hay que olvidar que una cuenta conjunta nos ayudará a ahorrar, especialmente en todo lo que supone el mantenimiento de las cuentas, la emisión de tarjetas o algunas comisiones. Además, supone una forma de preahorro​, ya que en el momento de cobrar el salario se destina una parte de los fondos a la cuenta común, lo que crea un hábito muy útil para aprender a ahorrar.

 


HAY QUE DEJAR CONSTANCIA DE LAS APORTACIONES Y DEL REPARTO DEL DINERO PARA NO TENER PROBLEMAS


 

Los contras

En el lado contrario los expertos señalan la pérdida de privacidad e independencia respecto al dinero. Cada miembro pierde cierta autonomía financiera y hay personas que reconocen que les desagrada tener que justificar cualquier gasto superfluo o capricho. Además, como la responsabilidad es compartida, los dos titulares son responsables de los descubiertos o deudas que se generen en la cuenta, incluso cuando son causados por un solo miembro. En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo. Por eso, si la decisión es compartir las cuentas se requiere un alto nivel de confianza y un acuerdo previo en la gestión financiera.

 


LA FALTA DE CLARIDAD SOBRE LA TITULARIDAD Y EL ORIGEN DE LOS FONDOS COMPARTIDOS ESTÁ DISPARANDO ACTUALMENTE LAS CONSULTAS JURÍDICAS


 

Pero como no todo es blanco o negro, para aquellos a los que las dos opciones anteriores no les terminan de convencer, existe una tercera posibilidad. Se trata de un modelo híbrido o de tres cuentas, recomendado por muchos expertos. Es una de las soluciones más comunes y a menudo la más equilibrada. Se mantiene una cuenta conjunta para gastos y ahorros comunes en la que cada miembro aporta una cantidad acordada (ya sea igual o proporcional a sus ingresos). Por otro lado, cada miembro mantiene su cuenta personal para sus ingresos, gastos individuales y ahorros personales. Esta es la opción que utilizan además otros perfiles de consumidores como son familiares, compañeros de piso e incluso grupos de amigos. En este caso, habrá que estudiar también las consecuencias fiscales. Para la Administración fiscal, los titulares son dueños de los fondos de la cuenta a partes iguales. No obstante, se puede aclarar que una parte tiene más fondos que la otra y señalar que el saldo no se divide a la mitad entre ambos.

No todas las cuentas compartidas son iguales

La gestión de las cuentas bancarias en pareja, ya sea entre matrimonios o convivientes, está rodeada de confusión. Aunque muchas personas piensan que figurar como cotitular automáticamente implica un reparto equitativo del dinero, la realidad legal es mucho más compleja. Además, hay que tener en cuenta que la legislación distingue fundamentalmente entre dos tipos de cuentas compartidas. Por un lado, las cuentas indistintas, que son las que permiten a cualquier cotitular disponer libremente de los fondos, lo que agiliza la gestión diaria, pero puede traer problemas si no se ha acordado claramente la titularidad de los ingresos. Por otro lado, las cuentas mancomunadas, que requieren la firma conjunta para cualquier movimiento, aportando mayor seguridad, pero menos flexibilidad en el momento de operar. Cuando se trata de una cuenta de valores, el funcionamiento es el mismo y se entiende que el volumen de activos se repartirá a partes iguales.

Una cuenta conjunta ayudará a ahorrar en lo que supone el mantenimiento de las cuentas.
Si la decisión es compartir cuentas se requiere un alto nivel de confianza.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

En el caso de una ruptura, la división de los activos puede ser un proceso más complejo.

PARA SABER MÁS

Helpmycash: El comparador financiero dispone en su web de toda la información necesaria para decidir qué tipo de cuenta elegir. Además, periódicamente analiza qué cuentas bancarias ofrecen mejores condiciones.

Nationale-Nederlanden: La entidad financiera explica en su canal cuáles son las ventajas e inconvenientes de optar por cuentas bancarias conjuntas o cuentas separadas.

Idealista: El portal inmobiliario y de servicios explica todo lo que hay que saber cuándo tienes una cuenta con tu pareja.

Cofidis: La entidad financiera cuenta en su blog todos los pormenores de las cuentas compartidas, para que no haya sorpresas y cada titular sepa cuáles son sus responsabilidades.

Cuentas conjuntas o separadas: Números, Derecho y Hacienda, por Bernardo Bande García-Romeu

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CONSUMO

BERNARDO BANDE GARCÍA-ROMEU,

Presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF

La colaboración entre notarios y asesores fiscales resulta esencial para prevenir conflictos y reforzar la seguridad jurídica"

Cuentas conjuntas o separadas: Números, Derecho y Hacienda

La forma en que una pareja organiza su dinero, si mediante cuentas conjuntas, separadas o una fórmula mixta, tiene consecuencias jurídicas y fiscales que suelen revelarse en los momentos difíciles: la ruptura y el fallecimiento. En España, es habitual combinar una cuenta compartida para los gastos comunes con cuentas individuales para mantener independencia. Esa solución es eficiente si se planifica bien; de lo contrario, puede ser fuente de conflictos ante la Administración o los tribunales.

El análisis de las cuentas compartidas se sitúa en la frontera donde confluyen el Derecho civil y el tributario, un terreno en el que las presunciones legales y la realidad económica no siempre coinciden.

La titularidad

Con respecto a la titularidad y efectos jurídicos, cabe señalar que en la práctica bancaria existen dos modalidades básicas: por un lado, la cuenta mancomunada o conjunta, que exige la firma de todos los titulares (o del número pactado por ellos) para disponer de los fondos. Por otro, la cuenta indistinta o solidaria, en la que cualquiera de los cotitulares puede operar por sí solo, sin necesidad de consentimiento previo de los demás.

El contrato con la entidad determina cuál se aplica, pero lo relevante es distinguir entre titularidad de disposición (la facultad de operar frente al banco) y titularidad dominical o real, que determina quién es dueño del dinero. La cotitularidad bancaria no implica necesariamente copropiedad civil: puede haber titulares meramente operativos que no son propietarios del saldo. Esta diferencia es clave tanto en el ámbito civil como en el tributario.

Con respecto al tratamiento fiscal en vida, la normativa del IRPF establece que los rendimientos del capital deben atribuirse a los titulares reales de los bienes o derechos según las normas civiles. No obstante, la Administración tributaria los imputa en proporción al número de cotitulares. Además, en los datos fiscales del IRPF los rendimientos se reflejan conforme a la titularidad formal de la cuenta, lo que puede inducir a error. Si el contribuyente declara siguiendo esa imputación presunta en proporción al número de cotitulares y posteriormente intenta acreditar una titularidad distinta, esa declaración previa puede dificultar su defensa y debilitar la prueba de una distribución real diferente.

Para desvirtuar la presunción, deben acreditarse las aportaciones efectivas mediante justificantes de origen, por ejemplo, transferencias desde cuentas personales, ingresos de nóminas o movimientos bancarios identificables.

La prudencia aconseja dejar constancia escrita de que los fondos siguen perteneciendo al aportante cuando se comparte una cuenta por mera operatividad.

En cuanto a la jurisprudencia aplicable, en el plano civil, el Tribunal Supremo ha mantenido una línea constante: ingresar dinero privativo en una cuenta común no lo convierte en ganancial ni implica ánimo de donar. La Sentencia 608/2022, de 16 de septiembre, reconoció el derecho de reembolso a quien probó que las sumas ingresadas provenían de bienes privativos, rechazando la presunción de liberalidad por el mero depósito. Y la Sentencia 795/2021, de 22 de noviembre, afirmó que el dinero privativo usado para adquirir bienes gananciales genera crédito de reembolso, sin necesidad de reserva expresa.

Estas decisiones refuerzan una idea transversal: las presunciones de copropiedad o donación ceden ante la prueba documental del origen privativo.

Entre los supuestos más habituales de conflicto destacan dos especialmente relevantes.

Fallecimiento

En caso de fallecimiento de un cotitular, la práctica bancaria suele bloquear la cuenta en cuanto conoce el deceso, hasta que se acredita la condición de heredero y se liquida el Impuesto sobre sucesiones. En ausencia de cláusula de supervivencia, los fondos del causante se integran en su herencia. La consulta V0392-24 de la DGT aclara que la facultad de disposición del otro titular cesa con la muerte. Además, la realización de disposiciones tras el fallecimiento puede ser interpretada por la Administración como aceptación tácita de la herencia, incluso cuando el heredero pretendía renunciar. Por ello, conviene abstenerse de operar con los fondos hasta que la sucesión esté formalmente tramitada.

En cuanto a las donaciones y movimientos previos al fallecimiento, en la práctica, las Administraciones tributarias autonómicas suelen revisar los movimientos bancarios del año anterior al fallecimiento, ya sea en el marco de un procedimiento de comprobación o porque la normativa autonómica exige aportar el extracto detallado junto con la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. El objetivo es detectar retiradas o transferencias que puedan calificarse como donaciones no declaradas.

Los traspasos significativos a favor de otro cotitular pueden tributar como donación si existen indicios de transmisión gratuita o ánimo de liberalidad. Por ello, resulta aconsejable justificar documentalmente los movimientos —pagos de gastos, reintegros o gestión de fondos del propio causante— para evitar presunciones de liberalidad y eventuales regularizaciones fiscales.

Del mismo modo, estas cautelas no se limitan al ámbito sucesorio. Existen otros escenarios que con frecuencia originan conflictos similares: la ruptura de parejas con cuentas compartidas, la coexistencia de cuentas conjuntas en regímenes de separación de bienes o las disposiciones unilaterales antes de un divorcio. En todos ellos, la falta de prueba sobre las aportaciones y el origen de los fondos suele ser el detonante de litigios.

En conclusión, no existe una fórmula universal válida para todos. Las cuentas conjuntas pueden ser un instrumento eficaz de gestión, pero exigen claridad documental, previsión jurídica y un asesoramiento adecuado que anticipe sus implicaciones civiles y fiscales.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos apuntan en una misma dirección: lo que determina la titularidad del dinero no es el nombre que figura en la cuenta, sino el origen probado de los fondos.

En un terreno donde convergen el Derecho civil, el tributario y la práctica cotidiana, la colaboración entre notarios y asesores fiscales resulta esencial para prevenir conflictos y reforzar la seguridad jurídica. Una correcta planificación sucesoria y una adecuada prueba documental de la titularidad real de los fondos son la mejor garantía para evitar litigios y sorpresas fiscales.

Protegerse ante la desinformación

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

En la web del Parlamento Europeo se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación.

La desinformación es información descontextualizada, imprecisa o falsa que se difunde para manipular

Protegerse ante la desinformación

PATRICIA ANDÚJAR

Las fake news representan uno de los grandes retos mundiales de nuestro tiempo, pues la información manipulada supone, incluso, un riesgo para las democracias. Las redes sociales son el aliado perfecto para quienes buscan confundir y obtener beneficios políticos o económicos y por ello, países y organizaciones como la UE, trabajan para regularlo.

La desinformación se podría definir como esa información descontextualizada, imprecisa o directamente falsa, que se difunde intencionadamente para manipular la opinión u obtener un beneficio concreto. Conecta con otro término, el de la ‘posverdad’, o ‘verdad emotiva’, y que viene a señalar que “los hechos objetivos tienen menos influencia que las apelaciones a las emociones y las creencias personales”. Así lo afirma Julia Alicia Olmo y Romero, actual cónsul General de España en Bogotá, en su análisis Desinformación: concepto y perspectivas. Al contrario de la máxima periodística sobre que “los hechos son sagrados y las opiniones libres”, ahora lo que vale son las interpretaciones y que cada uno elija su propia verdad.

 


EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA UE CONTIENE NORMAS Y COMPROMISOS PARA LUCHAR CONTRA LA DESINFORMACIÓN


 

Si bien es cierto que la desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre, el mundo digital lo ha dimensionado hasta límites imposibles de determinar. En esta era donde internet marca el paso, se producen más noticias que nunca y se difunden a escala mundial. Y lo hacen a la velocidad de la inmediatez. Este hecho, lleva implícito la falta de análisis, pues no hay tiempo que perder y, por lo tanto, la veracidad del relato queda reducido a una condición casi casual. “Cada individuo se ha convertido en un medio de comunicación en sí mismo que solo comparte lo que quiere y aquello con lo que está de acuerdo”, explica Olmo y Romero.

De hecho, tal y como apunta Rosario Serra, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, en su análisis Noticias falsas (fake news) y derecho a recibir información veraz, “las noticias falsas tienen un 70% más de probabilidades de ser retuiteadas que las verdaderas”.

Límites a la regulación

Moisés Barrio, profesor de Derecho digital y autor del estudio La regulación de la desinformación en el derecho digital europeo, señala que “vivimos inmersos en una ciberdemocracia donde la política y las redes sociales van de la mano. En ese mundo digital los bulos representan una amenazada global para la libertad y la democracia de los Estados”.

Urge poner límites y así lo han entendido los diferentes países y organizaciones internacionales. ¿Debería ser un derecho estar protegidos de la desinformación? ¿Hasta qué punto legislar para controlar la desinformación puede atentar contra la libertad de expresión? Para Serra Cristóbal, “no existe un derecho fundamental a no recibir mentiras, de hecho, la libertad de expresión y de información deben prevalecer”. “Sin embargo, si se transmiten unos hechos falsos, no es que se niegue o impida el libre acceso a una información, al contrario, ésta ha fluido libremente y sin impedimentos se ha recibido, pero al ser falsos, puede dañar otros derechos que serían los invocables ante los tribunales”, señala.

 


EL 83% DE LOS EUROPEOS CREE QUE LA DESINFORMACIÓN ES UNA AMENAZA PARA LA DEMOCRACIA


 

“En los años en los que las redes sociales emergieron con fuerza, tanto Estados Unidos (EE.UU.) como la Unión Europea (UE), entendieron que regular internet llevaba implícito limitar algunos derechos fundamentales y sus respuestas jurídicas al respecto fueron tímidas”, señala Barrio. Sin embargo, en años posteriores, algunos incidentes que afectaron a políticos de diferentes países y, sobre todo, las noticias falsas durante la pandemia de la COVID-19, la guerra de Rusia con Ucrania o el auge de la Inteligencia Artificial, iniciaron el camino de la regulación.

Estos acontecimientos propiciaron que algunos Estados miembros de la UE aprobaran su propia legislación contra la desinformación, y también desde Bruselas se dieron los primeros pasos pues en 2018 se presentó el Código de Buenas Prácticas, “el primer instrumento autorregulador voluntario del mundo para las plataformas en línea y que contiene normas y compromisos destinados a luchar contra la desinformación”, tal y como explica la Comisión Europea.

En 2022, este Código se reforzó y, un año más tarde, la Ley de Servicios Digitales, más conocida como Reglamento de Servicios Digitales, pasó a ser jurídicamente vinculante, “regulando a los intermediarios y plataformas en línea”, según señala la web de la Comisión Europea. El objetivo del reglamento es “prevenir las actividades ilegales y nocivas en línea y la difusión de desinformación”, y lo hace garantizando la seguridad de los usuarios mediante la protección de sus derechos fundamentales y creando un entorno de plataformas en línea “justo y abierto”. Para ello, explica la Comisión, “las plataformas y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben compartir sus evaluaciones de riesgos anuales sobre el contenido ilícito difundido a través de su servicio”.

Además, en 2025, el Código de Buenas Prácticas se integró en el marco de la Ley de Servicios Digitales como Código de Conducta en materia de Desinformación, lo que le convierte en una referencia para comprobar el cumplimiento de dicha ley por parte de las plataformas.

Guía para frenar la desinformación

Desde la web del Parlamento Europeo también se ofrecen recomendaciones para que los ciudadanos puedan enfrentar la desinformación. Señalan diez pasos a seguir para protegerse y proteger a los demás, como mantenerse alerta a la hora de leer los titulares de las noticias; aprender a descifrar la información y buscar fuentes que permitan comprobar los hechos; verificar las noticias, imágenes y vídeos en diferentes fuentes antes de compartirlas, sobre todo, por redes sociales; formarse e informarse para detectar estrategias habituales utilizadas en las campañas de injerencia extranjera; promover el pensamiento crítico e informar sobre contenido sospechoso ante las autoridades competentes o en las plataformas correspondientes.

También indican cuáles son las tácticas más utilizadas para engañar al ciudadano, que son jugar con las emociones, la polarización, la saturación de información mediante el bombardeo de múltiples versiones contradictorias de una misma historia y aprovechar el sesgo de confirmación, es decir, la tendencia del consumidor a creer más la información que refuerza sus propias ideas; así como la manipulación del contexto, el ataque y silenciamiento de voces críticas.

Principales víctimas

Si la regulación es importante, la implicación ciudadana es clave a la hora de frenar la desinformación. Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news y la mejor vía es la formación. Para ello, se debe incidir especialmente en los jóvenes y los mayores, pues son los más perjudicados. Los de mayor edad poseen menos competencias digitales y pueden tener más dificultad para distinguir el contenido real del falso, algo que también les sucede a los más pequeños. Por ello, en el apartado dedicado a menores de la web del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), se aborda el tema de los bulos en la Red, ofreciendo herramientas útiles para aprender a combatirlo mediante la prevención e identificación de dichos contenidos. Además, la Línea de Ayuda en Ciberseguridad de INCIBE, 017, está disponible para atender al ciudadano.

Hay que dotar a la sociedad de pensamiento crítico para combatir las fake news.

Qué piensa la ciudadanía

Para entender el impacto que la desinformación ejerce en la sociedad, hay que conocer los datos. La Comisión Europea ofrece en su página web tres cifras muy significativas: el 83% de los europeos cree que la desinformación es una amenaza para la democracia, el 63% de los jóvenes se enfrentan a noticias falsas más de una vez a la semana y el 51% de la gente cree que ha estado expuesta a desinformación en línea. Según el informe Digital News Report 2025, elaborado por el Reuters Institute y la Universidad de Oxford, el 40% de la población mundial evita las noticias por la falta de credibilidad, el sesgo de contenido o el elevado número de informaciones que recibe. Si ponemos el foco en España, la confianza se desploma, ya que cerca del 70% de los ciudadanos desconfía de la información y casi cuatro de cada diez evitan informarse de forma habitual por la saturación de fake news.

La última encuesta realizada por la consultora Asesores nos muestra también que “en torno al 40% de los españoles admite no ser capaz de distinguir entre una información real y un bulo, así como que el 55% de la población cree que las redes sociales son el lugar donde más abunda la desinformación”.

Urge poner límites a la información falsa.

PARA SABER MÁS

Web oficial de la Comisión Europea. Información sobre el Código de Buenas Prácticas (qué es, cronología y documentos relacionados).

Página web del Parlamento Europeo sobre desinformación. Acciones europeas contra la desinformación, recomendaciones y vídeos para usuarios.

Informe Digital News Report 2025. Elaborado por Reuters Institute y la Universidad de Oxford sobre el consumo de noticias en español.

La desinformación no es algo nuevo, pues las mentiras o medias verdades han existido siempre.

El bulo es un arte, por Casimiro García-Abadillo

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

CASIMIRO GARCÍA-ABADILLO,

Director de «El Independiente»

Duden y contrasten diversas fuentes. Y entre ellas, elijan las más solventes"

El bulo es un arte

Hay un programa de televisión, dirigido por Risto Mejide, que se llama Todo es mentira. Toda una provocación que apela al escepticismo que impera en nuestros días: ya no nos creemos nada. 

Bulos los ha habido siempre, desde que el mundo es mundo. La mentira es un recurso que se ha utilizado en la vida cotidiana, en la prensa e incluso en las guerras. ¿Qué es un espía sino un virtuoso de la mentira? 

Incluso hay bulos sin malicia. En julio de 1971 Henry Kissinger hizo un viaje secreto a Beijing (entonces decíamos Pekín) para entrevistarse con el número dos del régimen, Zhou Enlai. El objetivo era preparar la visita del presidente Richard Nixon a China (que se produjo en febrero de 1972), y la reunión que mantendría con el padre de la revolución, Mao Zedong. La cumbre supuso un cambio radical en el tablero geopolítico global. De ese primer viaje de Kissinger quedó una anécdota. El secretario de Estado de EE.UU. le preguntó al primer ministro chino qué opinaba de la revolución francesa, a lo que éste le respondió: “Todavía es pronto para valorarla”. Aquella respuesta se interpretó como una muestra de la relativización del tiempo que caracteriza a una cultura con más de 3.000 años de historia.

Cuarenta años después, el interprete que acompañaba a Kissinger, ya liberado de su compromiso de confidencialidad, reveló que Zhou Enlai no se había referido con su respuesta a la revolución que acabó con la monarquía francesa (1789), sino a los disturbios del mayo francés de 1968. 

El secretario de Estado norteamericano alimentó ese bulo porque rodeaba su encuentro con Zhou Enlai de un cierto halo de misterio. Actuó como lo hacen algunos periodistas: que los hechos no te estropeen un buen titular. 

La diferencia con lo que ocurría hace medio siglo es que antes los bulos eran una excepción y ahora son casi la regla. Las redes sociales han contribuido a hacer masivo al bulo. Un tuitero o un tiktoker no tiene que ceñirse a ninguna norma ni código deontológico -como sí debe hacerlo un periodista- por lo que puede dar vía libre a su imaginación o a sus intereses o a sus fobias para vender una mercancía falsa como verdadera. 

Esa recreación de la realidad ha llegado al paroxismo con la implantación masiva de la Inteligencia Artificial (IA). La capacidad para embaucar ha alcanzado cotas insospechadas; la manipulación de la imagen ya no es cosa de expertos, cualquiera puede hacerlo. 

Así que debemos ser conscientes de que el bulo es un producto de consumo como las patatas fritas. 

A mi modo de ver, el bulo fantasioso no es tan peligroso como el bulo sutil, que suele ser el que está planificado con un objetivo. Al primero se le ve el plumero, el segundo puede lograr su objetivo porque es admitido como verdad por los que no quieren perder el tiempo o emplear esfuerzo en comprobar la veracidad de lo que consume. 

En 2010 salió a la luz el escándalo de Cambridge Analytica, la empresa británica que utilizó millones de datos de usuarios de Facebook sin su permiso para venderlos a clientes con una finalidad política. Ahora todos los partidos utilizan la técnica del perfilado de los electores para dirigir en redes sociales con precisión su propaganda no sólo a los suyos sino, sobre todo, a los que se muestran dudosos pero podrían llegar a votarles. 

El mensaje ya no es algo que se lanza al vacío para ver si tiene eco entre el público, sino que va dirigió a colectivos concretos cuyos gustos y actitudes se conocen previamente. A medida que el votante es más fiel a la marca, su capacidad para discernir si el mensaje es cierto o no se reduce. Tendemos a creernos lo que está en línea con lo que pensamos y ponemos en duda los mensajes que no cuadran con nuestros principios. 

Los bulos tienen una capacidad de difusión extraordinaria cuando se viven situaciones extraordinarias. Así sucedió con el COVID-19. Teorías peregrinas y remedios fantásticos se difundieron por las redes sociales e incluso por algunos medios pretendidamente serios y arraigaron no sólo entre el populacho, sino en creadores de opinión. Claro que la explicación oficial que se dio en un principio como origen del virus era un bulo en sí misma (¿se acuerdan del pangolín?). 

La tecnología y las redes sociales han contribuido a expandir los bulos. Pero también los llamados influencers, personas que se arrogan capacidad como prescriptores y que recomiendan todo tipo de productos, actividad por la que cobran, naturalmente. 

La opinión autorizada era ejercida hace medio siglo por expertos. Ahora no es que se haya democratizado, es que se ha vulgarizado, de tal manera que cualquier desaprensivo con un móvil se cree capaz de movilizar a las masas. 

En medio de esta selva plagada de trampas, rodeados de difusores de bulos, el ciudadano honesto y con apego a la verdad o a la veracidad, debe tomar precauciones. No hay una fórmula mágica, una prueba del algodón que nos diga sin dudas que es verdadero y que es falso, pero sí una recomendación que nunca falla. Duden. Duden y contrasten diversas fuentes. Y entre ellas, elijan las más solventes. Haciéndolo no sólo se aproximarán al hecho cierto, sino que descubrirán que leer medios distintos a los que estamos acostumbrados nos hace menos sectarios. No hay mal que por bien no venga. 

El envejecimiento como realidad presente y como reto, por Manuel Seda Hermosín

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

EN SOCIEDAD

MANUEL SEDA HERMOSÍN,

vicepresidente del Consejo General del Notariado

La ley 8/2021 ha convertido al notario en actor fundamental en el apoyo y protección de las personas con discapacidad"

El envejecimiento como realidad presente y como reto

A nadie se escapa que el envejecimiento de la población constituye uno de los retos fundamentales del siglo XXI en todos los órdenes de la vida. No solo aumentará la población de edad avanzada: también viviremos más años. Y a mayor expectativa de vida, mayor riesgo de caer en situación de discapacidad o de vulnerabilidad o en ambas a la vez. Resulta un dato objetivo y contrastado que el mayor número de personas en situación de discapacidad no se cifra entre niños, jóvenes o adultos que han nacido con una disfunción física, psíquica o sensorial, o que la padecen a consecuencia de un accidente acaecido en el curso de su vida, sino entre personas de avanzada edad que, por el deterioro imputable al transcurso del tiempo, padecen limitaciones conducentes a situaciones de discapacidad.

Frente a tal reto, resulta decisivo: primero, ser conscientes de tal realidad y después tomar decisiones en el ámbito personal y patrimonial tendentes a asegurar nuestro bienestar. Se trata de anticiparse al futuro, vivir mejor y estar más tranquilo. Y en esa toma de conciencia y de decisiones, resulta determinante la figura del notario.

Apoyo y protección

La ley 8/2021 ha convertido al notario en actor fundamental en el apoyo y protección de las personas con discapacidad y de los mayores en situación de vulnerabilidad, pues ha puesto en sus manos la aplicación de medidas voluntarias de apoyo que permiten a los afectados ejercer sus derechos en plena igualdad con los demás, al tiempo que reserva a jueces y fiscales la fijación de medidas legales de apoyo aplicables a falta de medidas voluntarias o, cuando existiendo éstas, no funcionan de manera adecuada.

El notario, en su condición de funcionario público y autoridad en el marco del Estado de Derecho, estudia el caso concreto y asesora de manera imparcial acerca de los instrumentos jurídicos más apropiados para, respetando la voluntad, deseos y preferencias de la persona en situación de discapacidad o de vulnerabilidad, encauzar su futuro y disponer las medidas de apoyo que lo hagan más autónomo y más igual. Tales medidas son de orden personal y de orden patrimonial. Las enunciamos brevemente.

En cuanto a las medidas voluntarias de apoyo de alcance personal, su implementación requiere siempre escritura pública (por la confianza que el legislador deposita en el notario) y publicidad a través del Registro Civil, verdadera sede desde la que dar a conocer la situación personal del individuo, dentro del debido respeto a la protección de su intimidad y sus datos personales. Entre otras, destacamos, por un lado, las disposiciones reguladoras de la propia discapacidad que buscan establecer mecanismos de control o salvaguardias para impedir influencias indebidas, conflictos de interés o abusos. Por ejemplo, una persona de avanzada edad ordena que para gravar o enajenar sus bienes inmuebles u otros de especial trascendencia, además de su consentimiento, sea preceptivo que haya el de otra persona por él designada (por ejemplo, un hijo, su abogado de confianza, etc.).

El poder preventivo

Por otro lado, cabe destacar el poder preventivo que es el instrumento público por el cual la persona necesitada de apoyo (poderdante) designa a la persona o personas (apoderados) para que le representen en los actos que aquel determine, con las facultades y el modo de ejercicio que el poderdante disponga. Puede ordenarse que el poder sea usado desde su otorgamiento, o solo en el caso de que el apoderado ya no pudiera decidir por sí mismo; o para ambos casos. Su virtud radica en que, llegada la situación de discapacidad, no resulta necesario recurrir a la provisión judicial de medida de apoyo alguna, pues el poder por sí mismo constituye la medida de apoyo, sin perjuicio de que pueda ser limitado o revocado por la autoridad judicial, llegado el caso.

La autocuratela

Entre las medidas voluntarias de apoyo de alcance personal cabe señalar también la autocuratela que es la figura jurídica, contenida en escritura pública, en virtud de la cual una persona, previendo que pueda incurrir en situación de discapacidad, determina cómo desea que se organicen y administren los asuntos relativos a su persona y bienes y propone el nombramiento de su futuro curador, sea asistencial (mero apoyo) o representativo (sustituyendo la voluntad del afectado). Siempre a criterio último del juez, pues a él corresponde la constitución de la curatela, si bien solo podrá apartarse de lo ordenado por el afectado mediante resolución judicial motivada en beneficio de éste.

El testamento vital

Por último, el testamento vital es el documento de voluntades anticipadas o instrucciones previas, vulgarmente conocido como testamento vital, es una fórmula legal por la que una persona mayor de edad y con capacidad suficiente manifiesta qué asistencia médica desea recibir en caso de que llegue a encontrarse en una situación de poder expresar su voluntad.

Aunque la legislación autonómica resulta variada al respecto, en la mayor parte de los casos puede ordenarse directamente ante el funcionario encargado de este registro en la Administración sanitaria, o bien ante notario, que comunicará el contenido de tal documento al registro de dicha Administración. Este registro es accesible a los facultativos de la Comunidad. Contenido propio de esta disposición suelen ser: la aceptación o rechazo a determino tipo de tratamientos médicos; la decisión de prolongar o no la vida de modo artificial; la designación de representante ante el equipo médico, incluso para la prestación del consentimiento informado; la decisión favorable o contraria a la donación de órganos con fines terapéuticos o de investigación, etc.

Orden patrimonial

Entre las medidas de orden patrimonial más frecuentes citamos, en primer lugar, la renta vitalicia. Es un contrato, generalmente formalizado en escritura pública, por el cual una persona cede a otra u otras la propiedad de uno o varios de sus bienes (sean o no inmuebles) a cambio de una pensión periódica a percibir hasta su fallecimiento. Su finalidad radica en proporcionar al beneficiario una renta complementaria de su pensión  de jubilación, a fin de conservar su poder adquisitivo y subvenir a la atención de necesidades futuras. Sería razonable un trato fiscal más favorable, a fin de generalizar esta figura.

En segundo lugar, el contrato de vitalicio. Es igualmente contrato, generalmente formalizado en escritura pública, en virtud del cual una persona (cedente o alimentista) transmite a otra (cesionaria o alimentante) la propiedad de uno o varios de sus bienes (sean o no inmuebles) a cambio de recibir vivienda, manutención y asistencia de todo tipo durante el resto de su vida, especialmente cuando el cedente ya no puede autoproporcionarse el cuidado y la atención adecuados para el mantenimiento de una vida digna. También reivindicamos un tratamiento fiscal más favorable en orden a la generalización de la figura.

En segundo lugar, la hipoteca inversa, que se trata de un instrumento jurídico ordenado mediante escritura pública por el cual el propietario de una vivienda recibe una cantidad de dinero, en pago único o periódicos, poniendo el inmueble como garantía hipotecaria y asegurando así la devolución de lo recibido. El hipotecante continúa viviendo en su vivienda y puede cancelar, si las circunstancias lo permiten, la hipoteca cuando lo desee, mediante la restitución del capital percibido y sus intereses.

Tras el fallecimiento del hipotecante, los herederos pueden: saldar la deuda dando la finca hipotecada en pago; vender la finca para pagar; o liberar la carga hipotecaria restituyendo a la entidad financiera el capital dispuesto y los intereses, para lo cual pueden volver a hipotecar, esta vez de manera ordinaria, la vivienda.

Otra medida de orden patrimonial es la venta de la nuda propiedad con reserva del usufructo. Este instrumento permite al propietario de una vivienda venderla y seguir viviendo en ella hasta su fallecimiento. El comprador paga lo convenido, pero no tiene la posesión ni el disfrute de la vivienda, hasta que la parte vendedora haya fallecido. El vendedor retiene la posesión de su casa hasta su fallecimiento (por lo que puede vivir en ella); y también retiene el disfrute de la misma hasta su muerte, razón por la cual puede arrendarla y obtener una renta que le permita, por ejemplo, ser asistido en una residencia adecuada. El tratamiento fiscal de la figura resulta, en esta ocasión, generoso, pues si se trata de vivienda habitual y el disponente tiene más de 65 años, goza de exención tributaria en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas por la ganancia patrimonial que se haya puesto de manifiesto al realizar la transmisión.

Las nuevas tecnologías y su impacto en la educación

EN PLENO DEBATE

Suecia ha eliminado la digitalización obligatoria en menores de seis años.

LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU IMPACTO EN LA EDUCACIÓN

MARTA RUIZ-CASTILLO

Las nuevas tecnologías (TIC) y la Inteligencia Artificial (IA) han transformado la sociedad, en general, y el sistema educativo, en particular. En el caso de España, como en otros países de nuestro entorno, cada vez más voces se preguntan si su implantación está teniendo efectos no deseados en el aprendizaje. 

Es un hecho que vivimos en una sociedad marcada por el uso cotidiano de la TIC y la IA. Un uso que, desde la pandemia, se ha incrementado en las aulas. El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas, según el informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación con datos del Instituto Nacional de Estadística de 2024, del Ministerio de Educación y de Infocop. Además, según el estudio, el 92% de los adolescentes españoles posee un smartphone propio y lo utiliza a diario con fines educativos y de ocio; el 61% de los estudiantes en España ha tenido clases híbridas (presenciales + online) en el último año académico».

 


UNO DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA DIGITALIZACIÓN EXCESIVA ES LA DISMINUCIÓN DE LA COMPRENSIÓN LECTORA Y LA ATENCIÓN SOSTENIDA


 

En la décima feria SIMO Educación celebrada en 2024 bajo el lema Tecnología que inspira la transformación educativa, los expertos analizaron este tema desde perspectivas como la seguridad digital, la alfabetización tecnológica, la salud mental y el papel de la educación emocional, destacando un enfoque equilibrado entre el componente tecnológico y el humano.

Miguel Ángel Savall, doctor en Tecnología Educativa y director general de Foredu, y Adelardo Camacho, especialista en sistemas digitales en Globeducate, coincidieron en que «es esencial garantizar entornos tecnológicos seguros en las escuelas, considerando que la digitalización acelerada, especialmente tras la pandemia ha expuesto vulnerabilidades significativas». Durante las conferencias quedó claro que «la tecnología tiene un potencial transformador, pero su implementación debe estar acompañada de un enfoque reflexivo y equilibrado». Para los expertos «la tecnología no debe verse como un fin en sí mismo, sino como un medio para enriquecer la experiencia educativa y humana, siempre con un enfoque centrado en las personas».

 


SOLAMENTE EL 9% DE LOS PADRES ESTABLECE REGLAS CLARAS SOBRE EL USO DE LA IA PARA AYUDAR EN LOS ESTUDIOS


 

¿Positivo o negativo?

 El debate está servido, como reflejan las encuestas y las distintas opiniones de expertos. «El 62% de los padres en España afirma que la tecnología ha tenido un impacto positivo en el aprendizaje de sus hijos», y para el «54% de las familias, el aprendizaje online aumenta la motivación de los estudiantes». Son datos del Informe GoStudent 2025 sobre el futuro de la educación, con información de Infobae España y El País.

Entre los detractores, el informe recoge que hay un «74% de padres que teme un uso excesivo de las pantallas y de la IA en el entorno escolar»; el «83% de las familias españolas manifiesta preocupación por la privacidad y el uso de datos personales en aplicaciones educativas», y «el 53% de los padres no considera adecuado que los alumnos usen IA para hacer los deberes». Destaca también el hecho de que «sólo el 9% de los padres establece reglas claras sobre el uso de la IA para ayudar en los estudios».

Restricciones

Suecia, pionera en su día de la digitalización de las aulas, anunció en 2023 un cambio de rumbo en su estrategia para la educación, eliminando la digitalización obligatoria en menores de seis años para volver a la enseñanza tradicional en los primeros grados, centrándose en habilidades fundamentales como lectura, escritura y cálculo. El motivo de este cambio fueron los malos datos obtenidos por los alumnos suecos en el Estudio Internacional de Progreso en Comprensión Lectora (PIRLS).

 


EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID APROBÓ UN DECRETO QUE ELIMINA EL USO DE DISPOSITIVOS DIGITALES EN ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS


 

Medidas similares se están tomando en España. En concreto, el Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó en julio de 2025 un decreto que elimina desde este curso 2025/26 el uso individual de dispositivos digitales en alumnos de Educación Infantil y Primaria de los centros educativos públicos de la región y concertados y restringe el uso en cursos superiores. «El Consejo de Gobierno ha autorizado esta normativa autonómica para reducir los riesgos derivados del uso temprano, intensivo o inadecuado de las tecnologías de la información, una medida pionera que beneficiará a más de 550.000 estudiantes», cita un comunicado de la Comunidad de Madrid al respecto. Otras comunidades que han limitado el uso de dispositivos en las aulas son Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Baleares, Galicia, Asturias y Cataluña. En todas ellas se promueve un equilibrio entre lo digital y lo tradicional.

Desde E-tic, un programa educativo dirigido a niños, niñas y adolescentes y cuyo objetivo es fomentar un uso responsable, ético y con criterio de las tecnologías, se hace hincapié en lo que apuntan los expertos: «Más allá de la prohibición del acceso, el trabajo debe centrarse en la regulación, la educación y el acompañamiento. Esto permitirá que los y las estudiantes no sólo aprendan a usar la tecnología de manera segura y responsable, sino que también desarrollen las competencias necesarias para aprovechar su potencial en beneficio de su aprendizaje y desarrollo personal».

Rendimiento escolar

Cataluña, País Vasco y Navarra, donde el uso diario de dispositivos alcanza hasta el 75%, son las que peores resultados obtienen en matemáticas, lectura y ciencias durante la última década, según el último Informe PISA. Por el contrario, en comunidades como Castilla León, Asturias y Cantabria, donde el uso diario de TIC se sitúa en torno al 37%, los alumnos tienen de media mejores resultados. En este sentido, cada vez más expertos coinciden en que una digitalización excesiva en las aulas no siempre tiene efectos positivos en el aprendizaje. «Uno de los principales problemas es la disminución de la comprensión lectora, la memoria de trabajo, la atención sostenida y el pensamiento abstracto cuando el soporte es digital», explica Telmo Lazcano, experto en Educación Digital. En su artículo Retos de la digitalización en el sistema educativo, publicado en octubre de 2025, subraya que «a diferencia del libro impreso y la escritura manuscrita, que facilita una lectura lineal, profunda y reflexiva, la pantalla tiende a promover una navegación fragmentada, hipertextual y superficial. Esta fragmentación no sólo afecta a la retención de información, sino también a la capacidad de análisis y síntesis, elementos clave en el aprendizaje significativo». Para Lezcano la principal conclusión es que «la digitalización educativa será una oportunidad sólo si logramos que esté al servicio del desarrollo integral del alumnado y no al revés».

Docentes en la era digital

Uno de los aspectos analizados en la citada feria SIMO Educación incidía en la importancia que, según los expertos, tiene actualizar infraestructuras tecnológicas y formar a docentes en competencias digitales, ya que en muchos casos, la falta de personal especializado compromete la protección de datos sensibles de estudiantes.

El Informe GoStudent 2025 pone de manifiesto que «el 75% del profesorado español declara no haber recibido formación específica sobre el uso de IA en la educación», mientras que «el 63% de los estudiantes españoles opina que sus profesores deberían tener más conocimientos sobre IA para poder guiarles mejor». En cuanto a los retos y actitudes del profesorado, «el 71% de los docentes españoles defiende que el acceso a la IA debe estar supervisado, pero no prohibido en las aulas» y un «60% teme que el uso excesivo de tecnología reduzca el esfuerzo y la autonomía de los alumnos». Entre las recomendaciones del informe se destaca la necesidad de «reafirmar la función insustituible de los y las docentes en la educación» y «promover y proteger las competencias profesionales  docentes» con objeto de contrarrestar los «riesgos de desprofesionalización».

La implementación de la tecnología debe estar acompañada de un enfoque reflexivo.

Cómo liquidar las cuentas cuando la pareja se rompe

Si llega el momento de cancelar una cuenta bancaria conjunta, hay varias cosas que debes considerar, especialmente cuando la cuenta se cierra por el fallecimiento de alguno de los titulares. Los principales inconvenientes se relacionan con la sucesión de los bienes, la fiscalidad y los posibles conflictos entre herederos. Aunque la cuenta sea compartida, al notificarse el fallecimiento, el banco suele bloquear o limitar la disposición de la parte del saldo que corresponde al fallecido. En las cuentas de titularidad indistinta, el cotitular superviviente generalmente puede seguir disponiendo de su parte del saldo (la mitad, salvo prueba de lo contrario) pero no de la parte del fallecido, la cual pasa a ser parte de la herencia. En las cuentas mancomunadas, la cuenta puede quedar bloqueada hasta que los herederos se acrediten y se realice el reparto.  Además, hay que tener en cuenta las implicaciones fiscales porque la parte del saldo del fallecido se integra en el importe de la herencia y debe tributar en el Impuesto de Sucesiones. Si la cuenta se cancela de forma precipitada, pueden quedar domiciliaciones o recibos esenciales (suministros, seguros, hipoteca, pensión) pendientes de pago, lo que provocaría cortes de servicio, cargos por impago o problemas contractuales, ya que no habría una cuenta donde cargar o recibir esos pagos.

El 89% de los colegios en España cuenta con conexión a internet de alta velocidad en las aulas.

Otros enfoques

La Vanguardia: Se centra en el debate que hay con argumentos a favor y en contra del uso de ta-bletas en los centros educativos. 

ABC: El reportaje da voz a padres contrarios a la digitalización en las aulas. 

Extraconfidencial.com: El reportaje analiza la transformación de la educación tras la llegada de las nuevas tecnologías.