Persona, empresa y tecnología

EN EL ESCAPARATE

PERSONA, EMPRESA Y TECNOLOGÍA

El seminario Persona, Empresa y Tecnología, celebrado en el Palacio de Miramar en San Sebastián tuvo como objetivo la reflexión y el diálogo sobre la persona, la empresa y la tecnología. El curso fue organizado por el Consejo General del Notariado, en colaboración con el Colegio Notarial del País Vasco, dentro del marco de los cursos de verano de la UPV.

FÁTIMA PÉREZ DORCA

De izda. a dcha.: Eugenio Artetxe, José Ángel Martínez Sanchiz, Nerea Melgosa, Carmen Velasco, y José Luis de la Cuesta.

En referencia a la persona se abordó la Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y lo que plantea, tanto desde una perspectiva jurídica, como social.

En los ámbitos de la empresa y la tecnología se reflexionó sobre la ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales. Esta ley permitirá a ciudadanos y empresas realizar online numerosos actos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad jurídica que cuando acuden a una notaría. También se abordó la circulación electrónica de documentos públicos, tanto en el ámbito europeo como iberoamericano; los cambios tecnológicos que se avecinan y la situación del Catastro en Europa.

Inauguración. Durante la apertura intervinieron la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, Nerea Melgosa; el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz; la vicedecana del Colegio Notarial del País Vasco, Carmen Velasco; y el presidente del Comité de Programa de los Cursos de Verano y catedrático de Derecho Penal de la UPV/EHU, José Luis de la Cuesta.

Nerea Melgosa señaló que, en el marco de la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, «el Notariado tiene un papel esencial como garante de la autonomía de la voluntad y de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad». Y en esa línea, explicó que desde el Gobierno Vasco se está trabajando en el Plan Estratégico de Justicia de Euskadi 2022-2028 cuyo fin es fomentar el acceso a la justicia de todos los ciudadanos en igualdad de condiciones y anunció que «se presentará públicamente el Plan de acción y el Foro Vasco de Justicia y Discapacidad».

José Ángel Martínez Sanchiz, tras dar la bienvenida a ponentes y asistentes, señaló que «las jornadas se llaman Persona, Empresa y Tecnología porque esa denominación marca el perímetro de lo que es la actuación notarial, siempre centrada en las necesidades de la sociedad y en el desarrollo de las empresas y la tecnología».

«Hoy nos centraremos en la ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, de gran importancia para el Notariado pues, como en el origen hacían los escribanos, los notarios tenemos la función de conseguir que textos, que a veces son complicados, sean comprensibles para todas las personas y así puedan prestar un consentimiento informado», apuntó el presidente del Consejo General del Notariado.


CON LA NUEVA LEY LAS PERSONAS CON UNA DISCAPACIDAD PUEDEN DESIGNAR, CON LA AYUDA DEL NOTARIO, QUIÉN O QUIÉNES HAN DE PRESTARLES APOYO


Por su parte, José Luis de la Cuesta aseguró que «este año vuelve a incluirse en los temas del curso la discapacidad ya que la nueva ley ha supuesto una auténtica revolución para la sociedad» y agradeció al Notariado la elección de la UPV/EHU como foro de debate.

Para finalizar la inauguración, la vicedecana y anfitriona, Carmen Velasco, dio paso al comienzo de las jornadas en las que, señaló, además de la discapacidad se abordarán «otras cuestiones de suma actualidad como la Ley 11/2023 mediante la cual los notarios podrán autorizar actos jurídicos online por primera vez en la historia».

Persona. Bajo el título Aspectos prácticos de las medidas de apoyo, tuvo lugar el primer coloquio de la primera jornada. Moderado por el abogado Francisco González, de Æquitas, contó con las intervenciones de la magistrada, Patricia Arrizabalaga; la fiscal de sala del Tribunal Supremo para la protección de personas con discapacidad y mayores, María José Segarra; el teniente fiscal de la Comunidad Valenciana y patrono de la Fundación Æquitas, Gonzalo López Ebri; la vicedecana del Colegio Notarial del País Vasco, Carmen Velasco, y el asesor jurídico de Liber y coordinador de la red de Juristas de Plena Inclusión, Torcuato Recover.

Con la nueva ley las personas con una discapacidad pueden designar, mediante escritura pública y con la ayuda del notario, quién o quiénes han de prestarles apoyo y con qué alcance. Para ello se puede, o bien determinar un plan de apoyo que será un sistema hecho «a medida» de las necesidades de cada persona, o establecer apoyos puntuales para realizar cada acto.

Tras casi dos años desde la entrada en vigor de la ley, esta mesa de diálogo abordó la nueva regulación y los aspectos prácticos de las medidas de apoyo. En este sentido, Velasco aseguró que «con esta ley el notario pone una especial atención a lo que la persona es capaz de decir de sí misma y a los apoyos que expresa que necesita para tomar decisiones».

En cuanto a la reforma, López Ebri indicó que «no he leído en mi vida ninguna reforma legislativa que haya valorado más la institución notarial como instituto fiable y seguro para la aplicación de la ley que la 8/2021». «La intervención judicial es el último recurso y como señala el Código Civil, solo en defecto o por insuficiencia de estas medidas de naturaleza voluntaria, y a falta de guarda de hecho que suponga apoyo suficiente, podrá la autoridad judicial adoptar otras supletorias o complementarias», explicó.

Arrizabalaga abordó la importancia de la curatela que «debe ser asistencial y solo cuando no se pueda será representativa, caso en el que se establecerán controles y salvaguardas».

Antes de finalizar el coloquio, Segarra, que entró por vía online, comunicó en directo que acababa de formar parte de la firma de un protocolo entre la Fiscalía General del Estado, las asociaciones bancarias y el Banco de España para asegurar la autonomía financiera de las personas con discapacidad. «Este protocolo protege patrimonialmente a las personas con discapacidad y a los mayores que pueden ser objeto de una influencia excesiva», concluyó.

Finalmente, Recover aseguró que esta ley «ha permitido reconocer el universo de las personas con discapacidad y facilitarles el ejercicio de su capacidad mediante un sistema de apoyos».

El segundo diálogo del día, Aspectos sociales de las medidas de apoyo, contó con el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, como moderador, y la participación del director de la Sección Jurídica de la Fundación Æquitas, Manuel Rueda; el director general de la Fundación Kyros, Álvaro Martín Moreno; la responsable del Área de Formación de A La Par, Marta Martínez Vega, y la asesora jurídica de Plena Inclusión, Natalia Pérez Fernández.

Pérez Bueno comenzó el coloquio asegurando que «la visión del sector social de la discapacidad es fundamental para que la reforma civil de la capacidad jurídica llegue de verdad a las personas».

Rueda explicó que «el derecho civil regula cómo las personas se relacionan entre sí y hay algunas que tienen dificultades para actuar como las demás. La solución según la convención de Nueva York, que protege los derechos de las personas con discapacidad, es suministrar un sistema de apoyos a las personas con discapacidad».

Por su parte, Martín Moreno relató lo que una persona con discapacidad le dijo que significaba para ella la ley 8/2021: «Tener discapacidad intelectual no significa que una persona no pueda decidir ni saber qué quiere, solo que necesita apoyo para determinadas cosas, y facilitar esto ayuda a tener una vida independiente».

A la hora de establecer medidas de apoyo la figura del facilitador es muy relevante: «Nuestra intervención empieza con una valoración de las capacidades cognitivas de esa persona a la que escuchamos dándole tiempo para expresarse, y a partir de ahí hacemos una valoración del tipo de apoyos que necesita», aseguró Martínez Vega.

Finalmente, Pérez Fernández explicó la importancia de que las personas con discapacidad comprendan de manera exhaustiva los documentos notariales que firman y, para ello, «desde Plena inclusión España, con Fundación ONCE y la Fundación Æquitas del Notariado, hemos puesto en marcha el proyecto Documentos notariales en lectura fácil, una iniciativa para hacer comprensibles para las personas con discapacidad intelectual documentos notariales tales como un escrito de compraventa, un testamento o un préstamo hipotecario».

Empresa y tecnología. La primera mesa redonda de la segunda jornada se centró en La Identificación Electrónica: Acceso al Portal. Moderada por el delegado de nuevas tecnologías del Notariado español en el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) y la Unión internacional del Notariado (UINL), Carmelo Llopis, contó como ponentes como el notario y director del curso, Segismundo Álvarez; el director de Seguridad y Nuevas Tecnologías del centro tecnológico del Notariado (Ancert), Enric Hernández; y el investigador de la Universidad Pontificia de Comillas, José Cabrera.


A TRAVÉS DE LA RED IBERFIDES EL NOTARIADO IBEROAMERICANO PUEDE REALIZAR EL INTERCAMBIO DE DOCUMENTOS NOTARIALES


Los participantes abordaron la recién aprobada ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales que permitirá próximamente a ciudadanos y empresas realizar online numerosos actos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse, pero con la misma seguridad jurídica que cuando acuden a una notaría.

«Se podrán autorizar escrituras de sociedad limitada sin presencia física», explicó Segismundo Álvarez, conservándose el principio de que «el notario dará fe de que conoce a las personas y de haberse asegurado de su identidad». ¿Cómo se hará online? «El Notariado cuenta con una sede electrónica a la que se accede por el Portal Notarial del Ciudadano, que tiene un nivel alto de seguridad», aseguró Enric Hernández. «Para entrar el ciudadano necesitará o bien tener un certificado cualificado (los autorizados por el reglamento EIDAS) o acreditarse gratuitamente en una notaría». «además, el notario tendrá que asegurarse, durante la videoconferencia que se mantenga en el Portal, de la identidad y la capacidad de la persona», añadió Llopis. En definitiva, «la ley no hace cambios respecto a la identificación; la única diferencia es que se realiza en un entorno telemático seguro», señaló Cabrera.

Otorgamiento a distancia en la sede electrónica notarial fue el tema del segundo panel de debate. Dirigido por el delegado de nuevas tecnologías del Notariado español en el CNUE, Gonzalo Cano, estuvo integrado por el presidente del Bundesnotarkammer, Jens Bornmann; el notario Pedro Rincón, y el director de Negocio del centro tecnológico del Notariado, Carles Llach.

Jens Bornmann destacó que en el sistema telemático que utilizan los notarios alemanes para identificar a la persona, «comprobamos si tiene identidad válida (certificado EIDAS) y pedimos que pongan el pasaporte en un dispositivo que lo escanea, a través de una interfaz con el móvil. Es un sistema muy seguro».

Pedro Rincón hizo hincapié en los actos que se podrán hacer online a través del Portal Notarial, como «las pólizas mercantiles y todos los societarios, determinados actos unilaterales como algunos tipos de poderes, etc. además, la ley permite la emisión de copias autorizadas electrónicas», señaló. Carles Llach realizó una demostración, a través del Portal Notarial del Ciudadano, de cómo un usuario podrá constituir una empresa de manera íntegramente online.

La última mesa del día, titulada Circulación del documento notarial electrónico. Proyectos Ibera, Iberfides y Eudoc, estuvo moderada por José Ángel Martínez Sanchiz, y contó con el responsable de webs corporativas de Ancert, Miguel Ángel Molinero; el notario Carmelo Llopis, y la candidata a notaria de la Bundesnotarkammer, Larissa Oebel.

Carmelo Llopis incidió en que «Eudoc es una solución desarrollada por el Consejo General del Notariado y su homólogo alemán, con tecnología del Notariado español basada en certificados electrónicos para el intercambio de documentos notariales, entre ambos países, realizados con firma cualificada».

Para Larissa Oebel esta plataforma será muy útil pues «permitirá intercambiar de una manera segura y rápida documentos notariales en un contexto transfronterizo y eliminará la necesidad del envío postal que tiene un coste económico y de tiempo». Para finalizar la jornada, Miguel Ángel Molinero, explicó mediante una demostración, cómo a través de la red iberfides, el Notariado iberoamericano puede realizar el intercambio de documentos notariales».


LA DIGITALIZACIÓN DE ACTUACIONES NOTARIALES PERMITIRÁ REALIZAR ONLINE NUMEROSOS ACTOS ANTE NOTARIO SIN NECESIDAD DE DESPLAZARSE


Tecnología. El último día del curso hubo dos mesas de diálogo más. La primera versó sobre Tecnología. Los cambios que vienen: e-Wallet, Idas, inteligencia artificial, que fue moderada por el director del curso, Segismundo Álvarez, y contó con la participación del notario Gonzalo Cano, que habló de la E-Wallet «un medio de identificación electrónica que también permitirá al usuario almacenar sus datos de identidad». También contó con la participación del CEO de Mister Houston Data Tech Solutions, ramón Franco, quien señaló que «la tecnología va a ayudar al notario con técnicas robóticas, por ejemplo, a la hora de crear una escritura de forma digital, pero la función notarial es muy amplia por lo que la tecnología tan solo será una herramienta de apoyo» y, por último, Max Wosgein, candidato a notario de la Bundesnotakammer habló sobre la importancia de la colaboración de los distintos notariados europeos y de seguir, desde Bruselas, la evolución de la legislación comunitaria para velar por la preservación de la seguridad jurídica en las futuras directivas.

En la última mesa sobre Tecnología. El catastro en Europa, moderada por el decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos, intervino el notario Enrique Brancós, que explicó que «los países de la UE describen la finca sobre bases gráficas, más o menos consolidadas por el tiempo. Sólo en España se presenta la especialidad de que no hay dos fincas, la real y la catastral, sino tres: la real, la catastral y la registral». Por su parte, Antonio Jiménez Clar que sostuvo que «la representación gráfica de los bienes inmuebles es una asignatura en nuestro Derecho». También acudieron al acto Piermassimo Pavese, y Els Dewulf, responsables de los catastros italiano y belga, respectivamente, que explicaron a los asistentes cómo es la función catastral y su regulación en sendos países.

Lectura Fácil

La asesora jurídica de plena inclusión, Natalia Pérez Fernández, hizo alusión a la importancia de que las personas con discapacidad comprendan con exhaustividad los documentos notariales que firman. «con este fin, desde Plena Inclusión España, con la Fundación ONCE y la Fundación Æquitas del Notariado, hemos puesto en marcha el proyecto Documentos notariales en lectura fácil».

José Ángel Martínez Sanchiz:

«Las jornadas se llaman persona, Empresa y Tecnología, porque marcan el perímetro de lo que es la actuación notarial»

Nerea Melgosa:

«El Notariado tiene un papel esencial como garante de la autonomía de la voluntad de las personas con discapacidad»

Antonio Julián Rodríguez

señaló la importancia de la innovación tecnológica del Notariado «para prestar el mejor servicio a la ciudadanía»

José Luis de la Cuesta:

«Volvemos a incluir el tema de la discapacidad en el curso porque la nueva ley ha supuesto una revolución»

Enrique Gil Botero.
Iber@: tecnología española
Durante la segunda jornada se emitió un video de Enrique Gil Botero, secretario General de la COMJIB (conferencia de Ministros de Justicia de los países iberoamericanos), quien no pudo acudir al encuentro por encontrarse en el congreso Mundial de Derecho que se celebraba en la ciudad de Nueva York. Gil Botero habló sobre Iber@, «la red diseñada por el Notariado español que permite compartir de manera electrónica y en tiempo real la información necesaria para enfrentar con más efectividad las amenazas criminales trasnacionales». «Esta información –explicó– afecta a procedimientos que exigen una especial urgencia en su instrucción y enjuiciamiento, como los de terrorismo, delincuencia organizada, el tráfico y trata de seres humanos, el tráfico de drogas y armas, el blanqueo de capitales, la corrupción o la ciberdelincuencia».
De izda. a dcha.: Torcuato Recover, Carmen Velasco, Francisco González, Gonzalo López Ebri y Patricia Arrizabalaga.
De izda. a dcha.: Natalia Pérez Fernández, Marta Martínez Vega, Álvaro Martín Moreno, Manuel Rueda y Luis Cayo Pérez Bueno.
De izda. a dcha.: Carmelo Llopis, Segismundo Álvarez, José Cabrera y Enric Hernández.
De izda. a dcha.: Gonzalo Cano, Jens Bornmann; Pedro Rincón y Carles Llach.
De izda. a dcha.: Miguel Ángel Molinero, Carmelo Llopis, Larissa Oebel y José Ángel Martínez Sanchiz.
De izda. a dcha.: Ramón Franco, Gonzalo Cano, Max Wosgein y Segismundo Álvarez.
Prestar el mejor servicio público

EL cierre del curso corrió a cargo de Antonio Julián Rodríguez, secretario de Estado de Justicia, y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado. Rodríguez, que estuvo acompañado por la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, se refirió a la reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, destacando la importancia de la función notarial en la misma.

El SEJ también señaló la importancia de las innovaciones tecnológicas en el ámbito de la notaría «para prestar el mejor servicio público a la ciudadanía». Entre los avances digitales, el secretario de Estado destacó el otorgamiento online de escrituras públicas, la videoconferencia en actuaciones notariales o la firma de un acuerdo entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Notariado para incluir en su página web la nueva versión de la aplicación que da soporte al Registro Estatal de Apoderamientos Judiciales (REAJ).

De izda. a dcha.: Francisco Cantos, Enrique Brancós, Antonio Jiménez Clar, Piermassimo Pavese y Els Dewulf (en el atril).
De izda. a dcha.: Diego María Granados, decano del Colegio Notarial del País Vasco, José Angel Martínez Sanchiz, Antonio Julián Rodríguez, Sofía Puente y José Luis de la Cuesta.

«El uso de sistemas electrónicos seguros», por Rosa Ana Morán

EN EL ESCAPARATE

ROSA ANA MORÁN,
fiscal jefe de la Fiscalía Especial Antidroga

El uso de Iber@ debe extenderse como forma de comunicación ordinaria de mecanismos urgentes de cooperación”

WORLD LAW CONGRESS
El uso de sistemas electrónicos seguros

La internacionalización del delito es una realidad indudable, imparable y cada vez más extendida, por lo que el reto de enfrentar este fenómeno requiere el uso de mecanismos de auxilio judicial internacional adecuados, actualizados y acordes a la nueva realidad.

Sin embargo, los actuales instrumentos de cooperación internacional, creados esencialmente en el siglo XX, no son ya ni suficientes ni idóneos para conseguir una respuesta eficaz y ágil cuando es requerida. Obtener auxilio internacional penal sigue demasiado formal y dificultoso y por otro lado poco fiable por falta de seguridad en los mecanismos de transmisión.

Las nuevas formas de comunicación deben ser tenidas en cuenta también para la transmisión de las solicitudes de auxilio, documentos, pruebas… No es razonable ni puede seguir manteniéndose lo que, fuera de la UE, sigue siendo la forma común de comunicación de las solicitudes de auxilio, el correo postal y como mucho, en algunos casos, correos electrónicos carentes de seguridad alguna.

Un paso definitivo para evitar vías inseguras y analógicas es optar por el uso de sistemas electrónicos seguros. Efectivamente, para favorecer la autenticidad y ganar en seguridad comienzan a implantarse plataformas seguras de transmisión de pruebas y documentos. En la Unión Europea existen ya estos sistemas en la red Judicial Europea y en Eurojust.

En Iberoamérica, IberRed ha creado el sistema Iber@ que permite la transmisión directa y segura de datos entre los puntos de contacto de IberRed, transmisión que será además válida entre autoridades centrales.

IberRed, la red de cooperación internacional de los países iberoamericanos, creada en 2004 siguiendo el ejemplo de la red Judicial Europea, avanzó en formalidad y seguridad con el Tratado de Medellín en 2021, un tratado que permite el uso del sistema iber@ para la transmisión valida de documentos entre autoridades centrales.

Esta plataforma, creada gracias al trabajo de Ancert y el Consejo General del Notariado español, goza de absoluta garantía de seguridad, autenticidad e integridad. Las ventajas que ofrece la plataforma de rapidez, seguridad y autenticidad son garantía esencial para las autoridades judiciales, el justiciable y el interés público.

La plataforma Iber@ permite, además, garantizar un nivel de protección de datos en el momento de la transmisión, y en el uso y en la conservación de los datos que son condición esencial para cumplir las exigencias impuestas por la UE para la cooperación con terceros Estados, conforme a la Directiva 680/201. La plataforma, que cuenta con la validación de la UE, es una de las bases esenciales de esa protección de datos, lo que ayudará a los países iberoamericanos a obtener cooperación de los Estados miembros y ha permitido la firma de un MoU entre Eurojust e IberRed.

Las características y calidad de esta plataforma Iber@ y la firma del MoU con Eurojust dotan al mecanismo de un extensísimo uso y de un potencial de crecimiento insuperable, ya que el Tratado de Medellín está abierto a la firma de otros Estados y ya existen manifestaciones de interés al respecto.

La posibilidad de conectar con videoconferencias seguras a través de Iber@ sitúa al mecanismo entre los mayores ofrecimientos útiles para la cooperación, con ahorro de costes, garantías de autenticidad y seguridad; en una de las tecnologías más actuales en auxilio judicial internacional.

Desde una visión práctica de una Fiscalía operativa como la que dirijo, el uso de Iber@ debe extenderse como forma de comunicación ordinaria de mecanismos urgentes de cooperación, como las entregas controladas. El uso de esta plataforma a estos efectos requeriría la redacción y firma de un anexo o protocolo al Convenio con el fin de asegurar un uso, no solo seguro, sino eficaz, para lo que debe permitirse la comunicación entre las autoridades operativas, aquellas que tienen que autorizar urgentemente la entrega controlada, en muchos casos en menos de 24 horas. De esta forma podrían intercambiar secreta y seguramente sus comunicaciones. Se trata de una propuesta para el futuro inmediato que permitiría a Iber@ convertirse en un elemento esencial en la cooperación contra la delincuencia organizada.

Todos estos avances y potencialidades no serían posibles sin la desinteresada, certera y eficaz colaboración de los notarios españoles y Ancert, que ponen a disposición de la comunidad iberoamericana unos recursos tecnológicos innovadores y mecanismos de autentificaciones seguros, por lo que termino con la expresión del inmenso agradecimiento de IberRed y en este caso de la Fiscalía antidroga española.

«El cambio y el progreso», por Segismundo Álvarez

EN EL ESCAPARATE

SEGISMUNDO ÁLVAREZ ROYO-VILLANOVA,
notario. Director del curso del Notariado en la Universidad del País Vasco

“Hablamos, por ejemplo, de cómo reforzar el control de identidad e incluso de capacidad con programas informáticos”

El cambio y el progreso

Vivimos en un proceso de cambio tecnológico rapidísimo, hasta tal punto que nos olvidamos que no toda novedad significa progreso. Si consultamos la lista de las «tecnologías del año» de los últimos quince, nos encontramos algunas que han sido abandonadas y muchas que en nada han contribuido al desarrollo.

Arrastrados por el torbellino de novedades no vemos a veces avances que nada tienen que ver con la tecnología. Por eso el Notariado (como todos) tiene que reflexionar sobre qué cambios representan un verdadero progreso, y cómo adaptarse a ellos, usando la nueva tecnología. Esto hemos hecho en el curso de la UPV: dialogar expertos de diversas áreas, jurídicas y no jurídicas, nacionales y extranjeros, para hacer del cambio progreso.

Así, como indudable superación moral cabe calificar la reforma de la regulación de la discapacidad que introdujo la Ley 8/2021. En este caso el Notariado, sobre todo a través de su Fundación Æquitas, ha sido un actor en el cambio de paradigma legal: de incapacidad y representación se ha pasado a capacidad y apoyo. Pero si el Notariado ha sido clave en la adopción de esos nuevos principios, lo es aún más en la aplicación de esa regulación. Para ello es esencial el trabajo de cada notario, pero también compartir experiencias con las demás personas involucradas en esta realidad. En particular es fundamental la colaboración con jueces y fiscales, cuyas actuaciones son complementarias con las de los notarios, y también con otras entidades que actúan sin la intervención notarial, como los bancos. Se trató, por ejemplo, el papel de los notarios para el adecuado funcionamiento de la guarda de hecho, una institución clave en el nuevo régimen. Tuvimos la primicia de la aprobación de un protocolo entre la Fiscalía, el BdE y las asociaciones bancarias, que logra una colaboración permanente para conseguir al mismo tiempo la autonomía y la seguridad de las personas con discapacidad en la gestión de su dinero. Fue también de gran interés el dialogo entre una jueza, un fiscal y un notario sobre el papel de las medidas voluntarias de apoyo como instrumento para la revisión de las medidas judiciales adoptadas conforme la legislación anterior que, aunque sujetas a control judicial, pueden sustituir a aquellas, respetando así el carácter preferente que les da la Ley. Extraordinario interés tuvo la mesa con representantes de asociaciones, pues es fundamental que los notarios nos podamos apoyar, para asegurar un verdadero consentimiento informado y libre, en personas con cualificación profesional específica, como los psicólogos de estas organizaciones. No estamos solos y debemos solicitar la ayuda de estos facilitadores en todas las cuestiones que por su complejidad lo aconsejen.

Pero volvamos a la tecnología y las posibilidades que ofrece. Aunque se trataron otros temas de gran interés, como la colaboración entre notarios europeos y las bases catastrales, el asunto del año es el otorgamiento a distancia previsto en la Ley 11/2023. Supone aparentemente el cambio de un dogma de la actuación notarial: la comparecencia personal de los otorgantes ante el notario y la firma ante el mismo. Pero a diferencia de lo que sucede en el ámbito de la discapacidad, no cabe hablar propiamente de cambio de paradigma. El reto es justamente conservar la esencia de la actuación notarial, que requiere de identificación, juicio de capacidad, asesoramiento personal, control de legalidad y prestación del consentimiento ante notario, pero sin presencia física ante él. El desafío es importante, pues la ley se limita a establecer los principios generales de esa actuación, que deben concretarse en una práctica rigurosa desde un punto de vista tecnológico. En ese sentido es útil conocer las experiencias ya en marcha, como la alemana, cuya ley concreta, por ejemplo, que el control de identidad se hace por la comparecencia por videoconferencia del propio notario en el acto de otorgamiento mediante documentos de identidad oficiales electrónicos. También es importante establecer buenas prácticas y criterios para evitar los riesgos que supone esta nueva forma de actuar. Recordemos que la nueva ley, de acuerdo con la Directiva europea, permite exigir la presencia física cuando sea necesaria para garantizar la identidad o la capacidad o evitar el riesgo de operaciones que puedan suponer blanqueo de capitales.

Pero no tratamos solo lo que ya está sino también lo que viene. Fue enormemente esclarecedora la presentación de la futura regulación europea de la identidad digital a través del eWallet, que se llevará en el móvil y que no solo permitirá identificarse sino también incorporar atributos. Esto supone que podremos graduar la parte de nuestra identidad que ofreceremos. Por ejemplo, podremos acreditar, además de la identidad, nuestra cualificación profesional; para otros servicios, en cambio, podremos identificarnos solo por un atributo, sin necesidad de revelar la identidad (por ejemplo, solo que soy mayor de edad). Las ventajas para los ciudadanos y las posibilidades de contribuir a ellas por los notarios son enormes.

Finalmente, no olvidamos que los cambios tecnológicos suponen nuevos costes y riesgos, pero también ofrecen nuevas herramientas. Hablamos, por ejemplo, de cómo reforzar el control de identidad e incluso de capacidad con programas informáticos. También de cómo utilizar la que sin duda es la tecnología del año, la inteligencia artificial generativa (ChatGPT) en el ámbito notarial, mejorando la producción y gestión de documentos sin comprometer la seguridad.

Dijo Descartes que dos cosas contribuyen a avanzar: ir más deprisa o ir por el buen camino. Lo que tratamos de conseguir con este curso es combinar las dos: tener clara la dirección adecuada y acelerar el paso con la tecnología.

Límites éticos a la Inteligencia Artificial

EN EL ESCAPARATE

Límites éticos a la Inteligencia Artificial

La mayoría de los ciudadanos europeos piensan que la inteligencia artificial puede mejorar su vida cotidiana, pero también ven amenazas que les hacen desconfiar de su implantación. Para minimizar los riesgos que conlleva, las autoridades europeas debaten una Ley de Inteligencia Artificial que garantice un enfoque ético y centrado en el ser humano. Recientemente, el Parlamento Europeo ha aprobado nuevas medidas para reforzar la seguridad de los sistemas de IA. España asume la presidencia de la UE con el deseo de que en 2023 vea la luz esta normativa, que sería la primera del mundo sobre inteligencia artificial.
ELVIRA ARROYO

La inteligencia artificial es ya habitual en áreas como la salud, la movilidad, la agricultura o la seguridad.

La inteligencia artificial (IA) es ya habitual en áreas como la salud (herramientas de diagnóstico de enfermedades), la movilidad (sistemas de conducción), la agricultura (herramientas de seguimiento y análisis del suelo) o la seguridad de los datos que custodian las empresas. En nuestro día a día, los smartphones permiten el reconocimiento facial, ofrecen asistentes de voz y disponen de sistemas de rastreo que proporcionan información muy valiosa sobre las preferencias y hábitos de cada usuario gracias a la IA.

Todas estas tecnologías tienen un gran potencial para generar beneficios sociales, crecimiento económico y competitividad, pero también plantean preocupaciones sobre la seguridad y la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía. En este contexto, la Comisión Europea presentó en abril de 2021 una propuesta de Ley de Inteligencia Artificial (Ley AI) que se encuentra muy avanzada. Recientemente, el Parlamento Europeo, tras introducir varias enmiendas al texto inicial, aprobó un proyecto de mandato de negociación que será llevado al Consejo de Europa para darle forma final.

El eurodiputado Dragos Tudorache (Renew, Rumania), uno de los ponentes, ha subrayado que “la Ley de IA es probablemente la pieza legislativa más importante en este mandato. Es la primera legislación de este tipo en todo el mundo, lo que significa que la Unión Europea (UE) puede liderar el camino para hacer que la IA sea confiable».

 


LA LEGISLACIÓN EUROPEA PROHIBIRÁ LOS SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA REMOTA EN TIEMPO REAL EN ESPACIOS DE ACCESO PÚBLICO


 

Más prohibiciones.

La futura ley establece obligaciones para proveedores y usuarios en función del nivel de riesgo que la IA pueda generar e identifica cuatro tipos de riesgo: inadmisible, alto, limitado y mínimo.

Los sistemas de IA con un nivel inadmisible de riesgo estarán estrictamente prohibidos. Aquí se incluyen aquellos que implementan técnicas subliminales o deliberadamente manipuladoras (ejemplo: juguetes activados por voz que fomenten comportamientos peligrosos en los niños); explotan las vulnerabilidades del ser humano; o se utilizan para clasificar a las personas en función de su comportamiento social, estatus socioeconómico o personal.

Las últimas enmiendas del Parlamento Europeo han incluido en este nivel nuevas prohibiciones relacionadas con los usos intrusivos y discriminatorios de los sistemas de IA. Son los siguientes:

  • Los sistemas de identificación biométrica remota “en tiempo real” en espacios de acceso público.
  • Los sistemas de identificación biométrica a distancia a posteriori, con la única excepción de las fuerzas del orden para la persecución de delitos graves y sólo previa autorización judicial.
  • Los sistemas de categorización biométrica que utilizan características sensibles como el género, la raza, la etnia, la religión o la orientación política.
  • Los sistemas policiales predictivos basados en perfiles, ubicación o conducta delictiva pasada.
  • Los sistemas de reconocimiento de emociones en las fuerzas del orden, la gestión de fronteras, el lugar de trabajo y las instituciones educativas.
  • El raspado indiscriminado de datos biométricos de las redes sociales o imágenes de CCTV (circuito cerrado de televisión) para crear bases de datos de reconocimiento facial violando los derechos humanos y el derecho a la privacidad.

Dentro de lo que se considera inteligencia artificial de alto riesgo, se han añadido los daños a la salud, la seguridad, los derechos fundamentales de las personas y el medioambiente. En esta misma categoría están los sistemas de IA que tratan de influir en los votantes en las campañas políticas y los sistemas de recomendación utilizados por las plataformas de redes sociales.

 


LAS AUTORIDADES EUROPEAS IMPULSARÁN EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS A PONER QUEJAS SOBRE LOS SISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL


 

Transparencia.

También se contemplan nuevas exigencias para los sistemas de IA de uso general con el fin de asegurar su fiabilidad y proteger a los usuarios de un fenómeno tan extendido como la desinformación.

Los modelos básicos generativos, como ChatGPT, tendrán que cumplir con requisitos de transparencia adicionales como revelar que el contenido fue generado por IA, evitar que se cree contenido ilegal y publicar resúmenes de los datos protegidos por derechos de autor utilizados para el entrenamiento de la aplicación.

Igualmente, los sistemas de IA de riesgo limitado deben cumplir con unas normas de transparencia que permitan a los usuarios tomar decisiones informadas. Después de interactuar con las aplicaciones, el usuario podrá decidir si desea continuar usándolas y deberá saber siempre cuándo interactúa con inteligencia artificial. Esto incluye modelos de IA que generan o manipulan contenido de imagen, audio o video, como las deepfakes (un ejemplo que se viralizó rápidamente fue el video en el que un falso Barak Obama insultaba a Donald Trump).

Estas reglas tendrán exenciones cuando se realicen actividades de investigación y en componentes de IA proporcionados bajo licencias de código abierto. En estos casos y para favorecer la innovación, la ley promueve entornos de pruebas controlados (sandboxes regulatorios) definidos por las autoridades para probar la IA antes de su implementación.

Permanencia.

Otro aspecto clave de la nueva normativa es que apuesta por una definición uniforme de IA, tecnológicamente neutral, que pueda aplicarse a los sistemas actuales y futuros. Como ha señalado el eurodiputado Brando Benifei (S&D, Italia), ponente de la ley, “estamos a punto de implementar una legislación histórica que debe resistir el desafío del tiempo”.

Además, las autoridades europeas quieren impulsar el derecho de los ciudadanos a poner quejas sobre los sistemas de IA y a recibir explicaciones de las decisiones basadas en sistemas de IA de alto riesgo que afecten significativamente sus derechos. Esto ha llevado a reformar el papel de la Oficina Europea de IA, que se encargará de monitorear cómo se implementa el reglamento de IA en cada país.

 


LOS MODELOS BÁSICOS GENERATIVOS, COMO CHATGPT, DEBERÁN REVELAR QUE EL CONTENIDO FUE GENERADO POR IA Y EVITAR LA CREACIÓN DE CONTENIDO ILEGAL


 

Si todo va como está previsto, en el segundo semestre de 2023 tendrán lugar las conversaciones con los Estados miembros de la UE en el Consejo de Europa sobre la forma final de la ley. El objetivo es llegar a un acuerdo a finales de este año.

PARA SABER MÁS

Desafíos éticos y sociales de la tormenta tecnológica que se avecina. Estudio que analiza las consecuencias éticas de la convergencia de la inteligencia artificial y las tecnologías de la comunicación, y propone opciones políticas para abordarlas. (En inglés). Servicio de Investigación del Parlamento Europeo. Julio de 2022

El Consejo de Europa y la Inteligencia Artificial. Documento que recoge una visión global de la labor realizada hasta la fecha, o prevista, por los comités intergubernamentales y otras entidades del Consejo de Europa en el ámbito de la inteligencia artificial. Consejo de Europa. Marzo de 2023.

Proyecto de Recomendación sobre la ética de la Inteligencia Artificial. Primer instrumento normativo mundial con recomendaciones para ayudar a gobiernos de todo el mundo a poner en marcha acciones de concienciación y herramientas para evaluar el impacto ético de la IA en todos los ámbitos. Unesco. 2022.

Propuesta de Ley de Inteligencia Artificial. Comisión Europea. 21 de abril de 2021.

¿Cómo se regula fuera de Europa la inteligencia artificial?

Los países que lideran el ranking mundial de IA* son, por este orden: Estados Unidos, China, Reino Unido y Canadá (España ocupa el puesto 21). Ninguno de ellos tiene una legislación específica de inteligencia artificial, pero todos trabajan en ello. Analizamos los avances normativos en cada uno:

Estados Unidos. En octubre de 2022 la Casa Blanca dio a conocer una Declaración de Derechos de IA que identifica cinco principios que deben guiar el diseño, uso e implementación de sistemas de inteligencia artificial para proteger a la ciudadanía estadounidense. En el Congreso se han presentado algunos proyectos de ley y cada vez adquiere más importancia la necesidad de crear un marco regulador de la IA.

China. En 2017 el gobierno chino anunció su Plan de Desarrollo de la Nueva Generación de Inteligencia Artificial con el objetivo de convertirse en líder mundial en IA en 2030. En octubre de 2021 dio a conocer un código ético para la inteligencia artificial, poniendo énfasis en proteger los derechos de los usuarios. Recientemente, el gobierno ha afirmado que desarrollará una legislación específica sobre IA.

Reino Unido. Dentro de su Estrategia Nacional de IA, en 2022 el gobierno manifestó que defenderá una regulación que permita a las empresas crecer haciendo una innovación responsable, manteniendo la confianza del público. En esta misma línea, en marzo de 2023 publicó un libro blanco que guiará el uso de la inteligencia artificial en este país.

Canadá. El Parlamento debate la Ley de Implementación de la Carta Digital 2022, que contempla nuevas medidas para fortalecer la confianza de los canadienses en el desarrollo y despliegue de sistemas de IA.

*Índice Global de IA, que compara a los países por su nivel de inversión, innovación e implementación de IA.

Los usuarios deberán saber que interactúan con inteligencia artificial cuando se les muestren imágenes, audios o videos manipulados.
La sociedad civil pide más protección de los derechos fundamentales

Una de las prioridades de la presidencia española del Consejo Europeo (del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023) será concluir la negociación del reglamento europeo de Inteligencia Artificial (IA). Aunque las últimas enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo han sido bien valoradas, la sociedad civil cree que aún quedan asuntos pendientes.
En una carta abierta dirigida el 17 de mayo a la presidencia española del Consejo de la Unión Europea, 60 organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil expresaban su preocupación por las deficiencias en la propuesta del reglamento de la UE y pedían que, durante las negociaciones finales, se tuvieran en cuenta estas cuestiones:

  1. Ampliar el listado de sistemas de IA prohibidos que representan un riesgo inaceptable para los derechos fundamentales.
  2. Eliminar la discrecionalidad en el proceso de clasificación de sistemas de alto riesgo.
  3. Definir obligaciones significativas de rendición de cuentas y transparencia pública para los usos públicos y los implementadores de sistemas de IA de alto riesgo.
  4. Garantizar derechos y mecanismos de reparación para las personas afectadas por los sistemas de IA.
  5. Asegurar que los estándares técnicos no comprometan los derechos fundamentales y promover una mayor participación de la sociedad civil en su desarrollo.
Entre los sistemas de IA prohibidos se incluyen aquellos que implementan técnicas subliminales o deliberadamente manipuladoras.
España, referente de Inteligencia Artificial ética

España es pionera en impulsar el desarrollo de una inteligencia artificial ética y humanista, con iniciativas como:

  • La puesta en marcha de la primera Agencia de Supervisión de la Inteligencia Artificial en Europa, que tendrá sede en A Coruña. España se adelanta así a la entrada en vigor de la futura legislación europea, que exigirá a los Estados miembros tener una autoridad supervisora en esta materia.
  • La creación de un banco de pruebas (sandbox) en colaboración con la Comisión Europea, para analizar el efecto que tendrá la aplicación del futuro reglamento europeo de Inteligencia Artificial en las empresas, especialmente en las pymes.
  • La ubicación en Sevilla del Centro Europeo para la Transparencia Algorítmica (ECAT por sus siglas en inglés), que fue inaugurado el pasado mes de abril. Su objetivo es proporcionar asistencia técnica y orientación para implantar sistemas algorítmicos transparentes y confiables.
La inteligencia artificial en la Unión Europea
  • Europa produce más del 25% de los robots industriales y profesionales.
  • Más del 50% de los principales fabricantes europeos utilizan la IA.
  • La UE tiene el objetivo de atraer más de 20.000 millones de euros (de la UE, nacional y de empresas) de inversión anual en IA.
  • Los investigadores europeos publican el mayor número de artículos científicos sobre IA a escala mundial.
    Fuente: Comisión Europea.

«Contexto europeo de la Inteligencia Artificial», por Alicia Troncoso

EN EL ESCAPARATE

ALICIA TRONCOSO,

catedrática de Lenguajes y Sistemas Informáticos. Presidenta de la Asociación Española de Inteligencia Artificial (AEPIA)

"La Unión Europea aboga por una Inteligencia Artificial centrada en las personas con el fin de crear las condiciones propicias para su desarrollo e implantación"

Contexto europeo de la Inteligencia Artificial

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL NO ES una disciplina tan reciente como cabría esperar, dada la gran atención mediática que tiene hoy en día. Sin embargo, su esplendor es consecuencia del grado de madurez que ha alcanzado, gracias a los avances conseguidos, fruto de una intensa investigación. A este grado de madurez le ha acompañado la evolución sin precedentes del hardware, que nos permite el uso de plataformas de computación a un menor coste gracias a la computación en la nube. A su vez, la transformación social acontecida en la vida de las personas en la última década en torno al cambio tecnológico, relacionado con nuestro uso de dispositivos electrónicos y servicios digitales, que han generado más del 90% de los datos disponibles en los últimos años, ha contribuido de forma acuciante a dicho esplendor. Y, por último, el desarrollo de nuevos algoritmos dentro del aprendizaje profundo, que han alcanzado unos niveles de precisión antes inalcanzables en aplicaciones reales de un grado elevado de complejidad.

Esta coctelera es el caldo de cultivo en el que vive la Inteligencia Artificial actual. Y sus posibilidades de ser un motor de innovación para generar una nueva economía basada en el conocimiento que sea social, inclusiva, sostenible y competitiva, ha hecho crecer el interés, tanto de las empresas como de los gobiernos de muchos países, así como de la Unión Europea.

La Unión Europea, con el objeto de situarse como líder en esta materia, aprobó un plan coordinado sobre materia de Inteligencia Artificial, que actualizó en abril de 2021, para impulsar la Inteligencia Artificial¹, mediante los programas Europa Digital y Horizonte Europa, y a través de los fondos europeos de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de los cuales el 20% ha sido destinado a la transición digital de las empresas.

En este plan la Unión Europea aboga por una Inteligencia Artificial centrada en las personas con los fines de crear las condiciones propicias para su desarrollo e implantación, fomentar su excelencia, velar para que sirva a las personas y sea una fuerza en pro del bien social, y de promover el liderazgo en sectores estratégicos de gran impacto, como la producción sostenible, la salud, el sector público, la movilidad, o la agricultura, entre otros.

Además, la Unión Europea está desarrollando un marco normativo legal, materializado en el reglamento por el que se establecen normas armonizadas sobre la Inteligencia Artificial², el reglamento para máquinas³, aprobados también el 21 de abril, el reglamento relativo a un mercado único de servicios digitales, aprobado en octubre de 2022, y en una guía ética, publicada en julio de 2020 y elaborada por un grupo de expertos de alto nivel a partir de una consulta. Entiéndase por máquinas una amplia gama de productos de consumo y profesionales, desde robots hasta cortadoras de césped, impresoras 3D, máquinas de construcción o líneas de producción industrial.

Todo este marco normativo intenta ofrecer a las personas la confianza necesaria para adoptar estas tecnologías, animando al mismo tiempo a las empresas a desarrollarlas. En estos reglamentos y en la guía se proponen nuevas normas y directrices para garantizar que los sistemas de Inteligencia Artificial utilizados en la Unión Europea sean seguros, transparentes, éticos e imparciales y estén bajo control humano. En particular, en el reglamento de normas armonizadas, conocido como Ley de Inteligencia Artificial, se opta por un concepto muy general de Inteligencia Artificial y es una ley basada en el riesgo. Un sistema de Inteligencia Artificial es considerado un producto.

De esta forma, la regulación consiste en prohibir los sistemas de riesgo inaceptable; permitir los de alto riesgo exigiendo unos requisitos y evaluación conforme a la normativa vigente; permitir los de riesgo medio exigiendo criterios de transparencia, y permitir sin restricciones los sistemas de bajo o ningún riesgo. Esta ley está inspirada en el reglamento europeo de protección de datos en el que dependiendo de la sensibilidad del dato se exige un determinado nivel de protección. Con esta ley, estarían prohibidos los sistemas que contradicen los valores de la Unión Europea como por ejemplo aquellos sistemas que otorgan una puntuación social, serían de alto riesgo aquellos sistemas relacionados con temas médicos o contratación de personal, y de riesgo medio los chatbots.

Por otro lado, el reglamento relativo a un mercado único de servicios digitales, conocido como Ley de Servicios Digitales, tiene como objetivo aquellos servicios digitales basados en sistemas algorítmicos de búsqueda y recomendación y es una ley basada en el tamaño. Todos los servicios digitales tienen obligaciones en relación a la gestión de riesgos; transparencia de los sistemas de recomendación y de publicidad online; la realización de auditorías externas e independientes de sus servicios; el intercambio de datos con las autoridades e investigadores, y la cooperación en casos de crisis. Así las plataformas en línea y motores de búsqueda de gran tamaño tendrán obligaciones adicionales, mientras que las plataformas más pequeñas y las empresas emergentes se beneficiarán de un conjunto reducido de obligaciones.

Toda esta regulación conformará un marco de referencia para las próximas líneas de investigación que se abordarán y las nuevas aplicaciones que se desarrollarán en los diferentes sectores de alto impacto.

¹ «Coordinated Plan on Artificial Intelligence 2021 Review». https://digitalstrategy.ec.europa.eu/en/library/coordinated-plan-artificial-intelligence-2021-review

² «Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the council laying down harmonised rules on Artificial Intelligence (Artificial Intelligence act) and amending certain union legislative acts» https://digitalstrategy.ec.europa.eu/en/policies/european-approach-artificial-intelligence

³ «Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the council on machinery products» https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_1682

⁴ «Regulation (EU) 2022/2065 of the European Parliament and of the Council of 19 October 2022 on a Single Market For Digital Services»
https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/europe-fit-digitalage/digital-services-act-ensuring-safe-and-accountableonlineenvironment_en

⁵ «Ethics guidelines for trustworthy AI» https://digitalstrategy.ec.europa.eu/en/library/ethics-guidelines-trustworthy-ai

El derecho a decidir de todas las personas

EN EL ESCAPARATE

EL DERECHO A DECIDIR DE TODAS LAS PERSONAS

FÁTIMA PÉREZ DORCA

Inauguración. De izquierda a derecha: Alberto Durán, José Ángel Martínez Sanchiz, Ander Gil, Almudena Castro-Girona y Luis Cayo Pérez Bueno.

“La aprobación de la ley 8/2021 constituye uno de los hitos más importantes de la democracia española. Con ella transmitimos a las personas con discapacidad el mensaje correcto: colaboramos con vosotros para que seáis quien queráis ser», manifestó el presidente del Senado, Ander Gil en la apertura de las jornadas Más de un año tras la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Este foro, celebrado en el mes de marzo, durante dos días, en el Senado, fue organizado por las Fundaciones ONCE y Aequitas, el Consejo General del Notariado (CGN) y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), con colaboración de Plena Inclusión y Liber (Asociación de entidades de apoyo a la toma de decisiones).

Además del presidente del Senado, durante la inauguración intervinieron Luis Cayo Pérez Bueno, presidente del CERMI; Alberto Durán, vicepresidente ejecutivo de la Fundación ONCE; José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado y de la Fundación Æquitas; y Almudena Castro-Girona, directora de Aequitas y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Unión Internacional del Notariado (UINL).

“La ley 8/2021 es una norma que ha sido un completo acierto y un instrumento que ayuda a las personas con discapacidad en ese objetivo de igualdad jurídica. Es una ley proceso, es decir, no es inmediata, pero apela a las conciencias, a la cultura, al cambio jurídico y provoca un cambio social que se mantendrá en el tiempo”, aseguró Luis Cayo Pérez Bueno.

Alberto Durán quiso destacar “el trabajo de todos los operadores jurídicos y profesionales del derecho para desarrollar una ley que da un paso más en la igualdad de trato y permite a las personas con discapacidad tener autodeterminación”. Además, quiso hacer un llamamiento al mundo académico “para que nos ayuden a poder explicar esta ley, para que realicen trabajos de investigación científica que sin duda contribuirán al desarrollo máximo de esta medida”.

“La ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica constituye un marco de referencia mundial pues ha conseguido transponer de la manera más completa lo que persigue la Convención de Nueva York y es un referente a estudiar y a seguir en otras legislaciones, como me consta que está ocurriendo en América y ocurrirá probablemente en Europa”, explicó José Ángel Martínez Sanchiz.

¿Qué implica la Ley para nosotros?

El primero de los paneles de debate tuvo como epígrafe: ¿Qué implica la ley para nosotros? Con la moderación de Gregorio Saravia, delegado del CERMI Estatal para los Derechos Humanos y la Convención de la ONU de la Discapacidad, tuvo como protagonistas a Daniel Gil, de Fundación Kyrios; Salvador Martínez Baringo, de Fundación Granadown; María Pino, de Fundación Futucam (Asociación Liber); y Álvaro Martín-Moreno, director general de la Fundación Kyrios.

Daniel Gil señaló que, según su experiencia, “esta reforma es un avance muy importante y un paso más para desarrollarme como persona teniendo en cuenta mi voluntad, mis deseos y mis preferencias”. Para Salvador Martínez “esta ley respeta la libre voluntad de las personas con discapacidad y con síndrome de Down y nos da apoyo para ejercer nuestra capacidad jurídica”.

Por su parte María Pino relató una situación que se dio cuando la incapacitaron, antes de la aprobación de esta ley: “Mis hermanas me llevaron al juzgado y cuando me puse ante el juez este no me preguntó nada, me sentí inútil. Sin embargo, tras la entrada en vigor de la nueva ley “el mismo juez habló conmigo y ahora tengo una curatela y apoyos para decidir sobre temas relacionados con el aspecto económico, sanitario y lo relacionado con las herencias”.

En la línea de lo que relataron los intervinientes, Álvaro Martín-Moreno aseguró que “las entidades del tercer sector hemos estado al lado de las personas con discapacidad y por fin hemos conseguido que la legislación española esté en sintonía con los Derechos Fundamentales”, «Somos la barandilla, la escalera» a la que uno se sujeta cuando lo necesita.

El ejercicio de la capacidad jurídica.

En el segundo diálogo del día, dedicado a analizar el ejercicio de la capacidad jurídica en condiciones de igualdad, participaron José Marqueño, presidente honorario de la UINL, como moderador; Juan Manuel Fernández Martínez, vocal del CGPJ y presidente del Foro Justicia y Discapacidad; María José Segarra, fiscal de sala del Tribunal Supremo para la protección de personas con discapacidad y mayores; Almudena Castro-Girona, directora de la Fundación Aequitas; y Torcuato Recover, abogado y asesor jurídico de Liber y coordinador de la Red de Juristas de Plena Inclusión.

“Estamos ante una ley muy importante, que exige que todos los procedimientos judiciales actuales de incapacitación sean revisados, en un marco de 3 años, para ajustarlos a las exigencias del nuevo modelo. Para ello se necesita formación y especialización por lo que aprovecho para pedir a las Administraciones competentes que hagan un esfuerzo para incrementar los medios”, señaló Juan Manuel Fernández.

En cuanto a los autos de procedimiento sobre la capacidad de las personas por parte de la Fiscalía, María José Segarra indicó que “se han revisado 15.000 en 2022”. Para Segarra, también es importante “un cambio de mentalidad como sociedad. No es suficiente con que una persona obtenga una resolución que le reconozca la capacidad jurídica, sino que es necesario que cuando esa persona realice sus actividades diarias se le reconozca esa igualdad, dentro de los sectores públicos y privados”.

Con respecto a los efectos de la nueva ley, Almudena Castro-Girona explicó que “el hito de esta ley es que consagra la dignidad de todo ser humano con independencia de sus circunstancias y el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad. Para que sea efectiva se tiene que dar esa transformación en todos los actores y en toda la Administración”. En ese sentido, Torcuato Recover señaló que “antes las personas con discapacidad carecían de la capacidad de obrar; ahora pueden hacerlo con un sistema de apoyos que son versátiles, específicos y no tienen por qué ser permanentes”.

 


ESTA LEY EXIGE QUE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES DE INCAPACITACIÓN SEAN REVISADOS EN UN MARCO DE 3 AÑOS


 

Reformas autonómicas pendientes.

Miguel Ángel Cabra de Luna, director técnico de Movimientos Sociales y Alianzas de Fundación ONCE, coordinó la mesa en la que se habló de las reformas pendientes para aplicar la nueva ley en las comunidades autónomas. Participaron Fernando García Vicente, presidente de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil; Jordi Ribot, catedrático de la Universidad de Girona; Alicia Calaza, notario de A Estrada (Pontevedra); Ignacio Iriarte, secretario general técnico del departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra; y Andrés Urrutia, notario y presidente de la Real Academia de la Lengua Vasca.

Según Fernando García Vicente, “en Aragón tenemos aprobado el borrador del anteproyecto para la trasposición de la Ley 8/2021”. También en Cataluña, “la Generalitat está a punto de aprobar un proyecto en materia de apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica”, explicó Jordi Ribot.

En el caso de Navarra, “está aprobada desde 2022 la Ley Foral de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos que modifica numerosas leyes del Fuero Nuevo”. Explicó Ignacio Iriarte.

En el caso de Galicia, Alicia Calaza señaló que están trabajando “en una comisión del colegio notarial y considerando una revisión más completa de la ley para dar respuesta a las necesidades de una sociedad en constante evolución”. Según Andrés Urrutia, “la ley 8/2021, en su aplicación diaria en el País Vasco, encuentra un amplio eco en las figuras del derecho civil vasco, como la fiduciaria sucesoria o los pactos sucesorios”.

La segunda jornada comenzó con la celebración del diálogo ¿Qué ocurre en los diferentes territorios? que contó con la participación de Rafael de Lorenzo, secretario general del Consejo General de la ONCE, como moderador; Luis Gonzaga, presidente de CERMI Aragón; Josep María Solé, de CERMI Cataluña; Luciano Fernández, presidente de CERMI Galicia; y Mariluz Sanz, presidenta de CERMIN (CERMI Navarra).

El presidente de CERMI Aragón explicó que, en su territorio, donde no ha entrado aún la Ley 8/2021 y aplica su propio Derecho Foral, se vive una situación muy dispar. «Mientras que los juzgados de familia de las capitales de provincia ya vienen aplicando desde hace 4 años unas normas muy cercanas a la Ley 8/2021, observamos que, en zonas más pequeñas, donde los juzgados no son especializados, esta aplicación está dando más problemas», señaló. Por ello, indicó, “el gobierno de Aragón ha creado una comisión técnica cuyo objetivo es hacer incidencia sobre los operadores jurídicos y trabajar en la adaptación del Código Foral a la Ley».

Por su parte, Mariluz Sanz, confirmó que en Navarra sí ha habido un cambio legislativo acorde a la reforma: «hemos cambiado más de 30 leyes de nuestro Derecho Foral». “Cuando se aprobó la ley, el gobierno de Navarra decidió que el primer paso que debía dar era informar y formar a organizaciones, familias y operadores”. «Aunque poco a poco vamos observando cambios estructurales, encontramos muchas familias a las que todavía les cuesta mucho ceder el poder de decisión a sus parientes con discapacidad», explicó la presidenta.

José María Solé, por su parte, señaló que «no existe suficiente participación de la persona», así como suficiente presencia de la figura de apoyo o facilitador. Es necesario el refuerzo de este punto ya que, ahora mismo, estamos muy lejos de conseguirlo».

Para Luciano Fernández la aplicación de esta ley incide en otros ámbitos jurídicos que entran en conflicto con la misma, como la prestación de servicios médicos, el reconocimiento de familia numerosa o la gestión de herencias. Por ello, consideró necesario «crear un foro conjunto que dé solución a todos los problemas existentes y los que vayan surgiendo, para que se haga efectiva esta ley que defiende los derechos de las personas con discapacidad».

Con respecto a las medidas que deben tomarse para tener la garantía de una correcta aplicación de la Ley 8/2021, los cuatro representantes del CERMI coincidieron en la importancia de ofrecer «información y formación» a todos los operadores y personas implicadas.

Aspectos prácticos de la ley.

En el segundo diálogo del día participó el teniente fiscal de la Comunidad Valenciana y patrono de Aequitas, Gonzalo López Ebri, como moderador; el fiscal adscrito a la Fiscalía y Sala de Discapacidad y Mayores, David Mayor; el director de la sección jurídica de la Fundación Aequitas, Manuel Rueda; el abogado especialista en discapacidad, de FEVAS-País Vasco, Rafael Armesto de Campillo; y la directora de Servicios Sociales, Ana Lima.

Según David Mayor “el balance de la ley es positivo y se está aplicando en cuanto a revisión de procedimientos. Podrán verse resultados en la estadística de la Fiscalía General del Estado el año que viene”, aseguró. Por su parte, Manuel Rueda explicó que “esta es una ley llena de esperanza. Uno de los cambios fundamentales está en que los tutores antes tenían facultades de sustitución de voluntad y ahora están en régimen representativo”.

Para Rafael Armesto “con esta ley falta bastante para que el abogado esté apoyando y esté presente”. Por su parte, Ana Lima, aseguró que “estamos ante un cambio de paradigma y tenemos que incorporar una nueva visión y coordinarnos entre todos los agentes involucrados”.

 


LOS REPRESENTANTES DE CERMI COINCIDIERON EN LA IMPORTANCIA DE OFRECER ‘INFORMACIÓN Y FORMACIÓN’


 

Consecuencias.

La última mesa abordó las consecuencias de la Ley 8/2021. Dirigida por la directora ejecutiva de CERMI Estatal, Pilar Villarino, contó con la participación del profesor de la UNED, Isidoro Martín Dégano; la coordinadora del departamento jurídico de Plena Inclusión España, Inés de Araoz; el catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III, Rafael de Asís; y el delegado del Consejo General del Poder Judicial de discapacidad y Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Javier Hernández.

Isidoro Martín quiso “poner de relieve la cuestión sobre cómo se van a aplicar los beneficios fiscales y las prestaciones económicas tras la aprobación de esta ley”. Durante el diálogo Inés de Araoz destacó que “los bancos no están admitiendo actas notariales ni autos de los juzgados que reconocen una guarda de hecho, lo que está suponiendo un problema para que las personas con discapacidad puedan gestionar su economía”.

Por su parte, Rafael de Asís explicó que desde la universidad han “puesto en marcha un observatorio para el seguimiento de la jurisprudencia que aplica la reforma civil en materia de capacidad jurídica y hemos podido ver que, de alrededor de 300 resoluciones, solo el 20% se acomodan completamente a la Convención de Nueva York”.

Javier Hernández quiso incidir en la importancia del lenguaje: “Debe ser claro, accesible y sencillo. Los jueces utilizamos un lenguaje altamente judicializado y esto rompe cualquier compromiso inclusivo”.

El acto de clausura de la jornada contó con la participación del director de la sección jurídica de Fundación Aequitas, Manuel Rueda, y tres ex diputados de diferentes fuerzas políticas y patronos de la ONG del Notariado: Álvaro Cuesta, Emilio Olabarría y Francisco Vañó.

Para Manuel Rueda, “durante estos dos días se ha hecho hincapié en la importancia de la formación. Debe extenderse en las oficinas públicas e incluir no solo a los jueces y a los notarios, también a todos los que trabajen en sus equipos y tengan trato con el usuario”.

Para Álvaro Cuesta “aprobar la ley 8/21 es uno de los hitos de la democracia española y es fruto del trabajo de muchos protagonistas entre los que están ustedes que estaban impulsando esos contenidos antes que de la ley se convirtiera en ley” dijo en referencia a las entidades del tercer sector.

Francisco Vañó señalo que “hay un antes y un después de esta ley que ha conseguido sustituir la tutela por los apoyos, evita la ´muerte civil´ y trae consigo la confección de un traje a medida para cada persona. Las personas con discapacidad hemos pasado de ser objeto a ser sujeto; ahora solo queda desarrollarla”.

Para concluir Emilio Olabarría incidió en que “durante estos días se ha citado en varias ocasiones la falta de medios materiales para poder aplicar la ley correctamente. Las medidas económicas son indispensables para lograr la igualdad de oportunidades y la igualdad ante la ley de las personas con discapacidad”.

Almudena Castro-Girona cerró el acto con un sentido agradecimiento a todos los implicados en el trabajo previo a la aprobación de la ley y a todos los involucrados en estas jornadas.

En primera persona

La mesa ¿Qué implica la ley para nosotros? estuvo moderada por Gregorio Saravia, delegado del CERMI Estatal para los Derechos Humanos y la Convención de la ONU de la Discapacidad, y en ella participaron varias personas con discapacidad, que expusieron su punto de vista sobre la reforma.

Daniel Gil: “Esta reforma es un avance muy importante y un paso más para desarrollarme como persona teniendo en cuenta mi voluntad, mis deseos y mis preferencias”.

Salvador Martínez: “Esta ley respeta la libre voluntad de las personas con discapacidad y con síndrome de Down y nos da apoyo para ejercer nuestra capacidad jurídica”.

María Pino: “Tras la entrada en vigor de la nueva ley el juez habló conmigo y ahora tengo una curatela y apoyos para decidir”.


Alianza CERMI, Fundación ONCE y Fundación Aequitas
El asesor jurídico del CERMI Estatal, Óscar Moral, realizó durante las jornadas una rueda de prensa, presentada por la senadora del grupo parlamentario popular, Amaya Landín, con la que anunció la puesta en marcha de una alianza liderada por CERMI con Fundación ONCE y Fundación Aequitas, cuyo objetivo principal es conseguir una óptima implantación de la reforma en el menor tiempo posible buscando soluciones y reforzando la información y formación necesaria.
El fin de las incapacitaciones judiciales

El 28 de marzo tuvo lugar el encuentro sobre El fin de las incapacitaciones judiciales de las personas con discapacidad tras la Ley 8/2021 realizado en los estudios de Servimedia. Participaron la vicepresidenta del CERMI y presidenta de Plena Inclusión, Carmen Laucirica; la directora de Æquitas, Almudena Castro-Girona; el asesor jurídico de la Asociación Liber, Torcuato Recover; el presidente del Foro Justicia y Discapacidad, Juan Manuel Fernández y la fiscal de sala del Tribunal Supremo para la protección de las personas con discapacidad y mayores, María José Segarra; en una conversación moderada por el director del medio, José Manuel García Huesa.

 

Primera mesa. ¿Qué implica la Ley para nosotros? De izda. a dcha.: María Pino, Salvador Martínez Baringo, Gregorio Saravia, Daniel Gil y Álvaro Martín-Moreno.

Segunda mesa. El ejercicio de la capacidad jurídica en condiciones de igualdad. De izda. a dcha.: Torcuato Recover, María José Segarra, José Marqueño, Juan Manuel Fernández Martínez y Almudena Castro-Girona.

ANDER GIL

«La aprobación de la ley 8/2021 constituye uno de los hitos más importantes de la democracia española».

LUIS CAYO PÉREZ BUENO

«La ley 8/2021 es una norma que ha sido un completo acierto y un instrumento que ayuda a las personas con discapacidad en la igualdad jurídica».

ALBERTO DURÁN

«Quiero destacar el trabajo de todos los operadores jurídicos y profesionales del derecho para desarrollar esta ley».

JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ

«Esta ley constituye un marco de referencia mundial y es un modelo a estudiar y a seguir en otras legislaciones».

EMILIO OLABARRÍA

«Las medidas económicas son indispensables para lograr la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad».

Tercera mesa. Reformas pendientes en las diferentes comunidades
autónomas. De izda. a dcha.: Jordi Ribot, Fernando García Vicente, Miguel
Ángel Cabra de Luna, Ignacio Iriarte, Alicia Calaza y Andrés Urrutia.

Cuarta mesa. ¿Qué ocurre en los diferentes territorios? De izda. a dcha.: Mari Luz Sanz Escudero, Josep María Solé, Rafel de Lorenzo, Luciano Fernández y Luis Gonzaga.

ALMUDENA CASTRO-GIRONA

«El hito de esta ley es que consagra la dignidad de todo ser humano con independencia de sus circunstancias».

MANUEL RUEDA

«La formación debe extenderse en las oficinas públicas a todos los que trabajen en sus equipos y tengan trato con el usuario».

ÁLVARO CUESTA

«La ley 8/21 es fruto del trabajo de muchos protagonistas entre los que están desde el origen las entidades del tercer sector».

FRANCISCO VAÑÓ

«Las personas con discapacidad hemos pasado de ser objeto a ser sujeto, ahora solo queda desarrollar la ley».

Quinta mesa. Aspectos prácticos de la Ley 8/2021. De izda. a dcha.: Rafael Armesto, Gonzalo López Ebri, Manuel Rueda, Ana Lima y David Mayor.

Sexta mesa. Consecuencias de la Ley 8/2021. De izda. a dcha.: Javier Hernández García, Rafael de Asís, Inés de Araoz, Pilar Villarino e Isidoro Martín Dégano.

Clausura. De izda. a dcha.: Francisco Vañó, Manuel Rueda, Álvaro Cuesta y Emilio Olabarría.

Los alumnos de la Escuela Peter Pan ganadores de los Premios de Pintura 20 años de la Fundación Æquitas.
PARA SABER MÁS

Las jornadas pueden verse íntegramente en Youtube.

Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021 la Fundación Aequitas ha participado en la elaboración de dos guías tituladas El impacto de la Reforma del derecho civil y Más de cien preguntas sobre la discapacidad.

«Una ley proceso en la que todos nos debemos involucrar: una alianza a favor de la discapacidad», por Almudena Castro-Girona

EN EL ESCAPARATE

ALMUDENA CASTRO-GIRONA

Directora de la Fundación Aequitas

"El despliegue de una reforma de esta transcendencia está suponiendo un considerable reto, no sólo jurídico, sino también social y administrativo"

Una ley proceso en la que todos nos debemos involucrar: una alianza a favor de la discapacidad

Hace casi dos años se produjo un hito democrático en nuestro país con la aprobación por cuasi unanimidad de la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

España demostró que los consensos eran posibles para cumplir con una oportunidad histórica: reconocer el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad a las personas con discapacidad, situando a nuestro país a la vanguardia de la legislación europea y mundial.

Toca hacer balance, transcurridos casi dos años desde que el legislador diera cumplimiento al mandato de la Convención de Nueva York siguiendo la estela consagrada en el artículo diez de nuestra Constitución.

Por ello, el CERMI, Fundación ONCE y Fundación Aequitas organizamos en el Senado, con la colaboración de Plena Inclusión y la Asociación LIBER de entidades proveedoras de apoyo, unas jornadas de análisis y reflexión que contaron con más de setecientas personas asistentes entre presencial y virtual.

El balance general acerca de la reforma es muy positivo, pero, como señalaba Pérez Bueno estamos ante una ley-proceso en la que todos nos debemos involucrar, pues el despliegue de una reforma de esta transcendencia está suponiendo un considerable reto, no sólo jurídico, sino también social y administrativo.

En este sentido, los cambios impulsados por la ley deben ir acompasados, como ya reclamaba su Preámbulo, de un cambio del entorno, una transformación de la mentalidad social y, especialmente, de la de aquellos operadores jurídicos y no jurídicos que trabajan con personas y que deben prestar sus respectivas funciones, a requerimiento de las personas con discapacidad, partiendo de los nuevos principios que establece la reforma y no bajo los anteriores sistemas que preveían la sustitución en la toma de decisiones. De no hacerlo, corremos el riesgo de convertirnos en barreras para el ejercicio de un derecho fundamental: el ejercicio de la capacidad jurídica en condiciones de igualdad.

Como prevé la disposición adicional segunda de la ley, la efectividad de esta transformación precisa de un esfuerzo de formación y capacitación de todos los profesionales implicados, por ello es preciso un plan de formación integral que respalde las valiosas aportaciones de diversas entidades y corporaciones.

En la sociedad, en la prensa, en la administración, en el ocio, en el ámbito económico o bancario; en definitiva, en todos los ámbitos sociales y económicos, hemos de reconocer la dignidad inherente de las personas con discapacidad y no obstaculizar el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad; de nosotros depende ser barrera o ser apoyo para el ejercicio de derechos.

El cambio de paradigma que supone esta reforma está generando dificultades en diversas áreas que no están directamente relacionadas con el ámbito jurídico. Eso se debe, en muchos casos, simplemente al desconocimiento de la ley o de lo que ésta implica, pero está perjudicando a las personas con discapacidad y a sus familias en el ejercicio de sus derechos en su vida diaria: son los denominados “efectos colaterales”, pensemos en las dificultades en el ámbito bancario, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en la Administración Tributaria….

Por ello, es indispensable realizar las modificaciones necesarias de otras disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico que siguen refiriéndose a conceptos como incapacitación o tutela, para adecuarlos a las distintas figuras de provisión de apoyo que la reforma ha establecido, pues la ausencia de tal equivalencia está generando perjuicios en distintos ámbitos.

Es imprescindible la regulación y la dotación económica necesaria para que sea cierta y efectiva la garantía de la accesibilidad para las personas con discapacidad en las leyes procesales, así como el reconocimiento previsto en la disposición adicional primera de las entidades del Tercer Sector de Acción Social como colaboradoras de la Administración de Justicia.

Un cambio tan profundo requiere que pase un tiempo hasta que cale en la sociedad y en las instituciones, y se modifiquen algunas de las inercias inevitables del pasado. Ha llegado el tiempo en el que todos los operadores jurídicos debemos poner en marcha las figuras de apoyo y traducir su paso de los textos legales a las realidades cotidianas de las personas con discapacidad.

Hemos de trasladar a la sociedad, y a las personas con discapacidad y sus familias en especial, que esta reforma fomenta el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, sin perjuicio de la protección que se debe dar al patrimonio, como señala el artículo 12.5 de la Convención. No merma la seguridad jurídica, ni desprotege, pues la seguridad jurídica, en un estado social y democrático, es condumio sine quiñón para que podamos hablar de libertad y derechos fundamentales: el binomio formado por los apoyos y las salvaguardias sustituye, sin merma de la seguridad jurídica, al anterior sistema de incapacitación que cercenaba la dignidad de la persona con discapacidad.

Para la verdadera implementación de esta ley es necesario que colaboremos todos. Nuestro derecho reconoce la dignidad de todo ser humano con independencia de sus circunstancias sin merma de la seguridad jurídica, por ello es responsabilidad de los operadores jurídicos y no jurídicos involucrarse en su cumplimiento, para no dejar solas a las propias personas con discapacidad y a sus familias ante los posibles miedos o incertidumbres comprensibles que este cambio legal puede traer aparejados.

Al ser tarea de todos, en las jornadas del Senado pusimos en marcha una alianza, liderada por CERMI, en la que participan diversas entidades sociales, como Fundación ONCE o Fundación Aequitas y abierta a las demás entidades del sector y a las personas con discapacidad, que son los verdaderos protagonistas. El objetivo de esta alianza es facilitar el desarrollo óptimo de la reforma y superar conjuntamente los obstáculos que nos encontremos por el camino, buscando soluciones y reforzando la información y formación necesaria para que esta ley proceso llegue a ser una realidad para las personas con discapacidad y sus familias.

Heredar dentro y fuera de España

EN EL ESCAPARATE

HEREDAR DENTRO Y FUERA DE ESPAÑA

FERNANDO GEIJO

Entre padres e hijos la horquilla fluctúa entre el 45% de Francia, frente al 34% de España, y la exención total en otros como Bulgaria y Lituania.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones no sólo existe en España, sino que es de común aplicación en la gran mayoría de los Estados modernos y, por tanto, de los países de nuestro entorno. Sin embargo, las evidentes diferencias en su cuantía, unido al hecho de gravar unos bienes que ya han satisfecho sus tributos, elevan la polémica en torno a su idoneidad, lo que ha llevado a diversos países a eliminarlo o a decretar un pago testimonial por el mismo. Asimismo, se observa un desigual enfoque en los distintos países de Europa.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) está cedido en España a las comunidades autónomas, por lo que es uno de los más dispares. No es lo mismo el cumplimiento de las obligaciones impositivas dependiendo de si se vive en un territorio que en otro.


EXPERTOS CONSULTADOS EN UN FORO DEL NOTARIADO ALEGARON QUE ES NECESARIA UNA LEGISLACIÓN MÁS CLARA Y ARMONIZADA PARA QUE NO SE PENALICE EL AHORRO


Asimetría autonómica

La gestión descentralizada del ISD, desde que así se decidió en 1996, conlleva que las autonomías ejerzan no sólo sus correspondientes competencias recaudatorias sino también normativas. Esta cesión ayuda, sin duda, a las comunidades a cumplir con su autonomía financiera pero también supone, a la postre, evidentes diferencias en relación con los aspectos sobre los que se calcula el impuesto. Es decir: la base imponible, la tarifa, la fijación de la cuantía y los coeficientes del patrimonio preexistente o las deducciones y las bonificaciones a aplicar, entre otros aspectos.

No en vano es, precisamente, en este ámbito en el que las comunidades han ejercido con mayor tesón su potestad competencial, lo que ha llevado a un distanciamiento en términos de armonización desde la bonificación de cuota de hasta el 100% que aplican algunas (Andalucía, Cantabria y Galicia) para herencias de padres a hijos, hasta las más gravosas, como son los casos de Asturias, Comunidad Valenciana, Aragón y Cataluña en relación con el tipo medio efectivo que aplican a este impuesto entre parientes lejanos.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha estado ahí desde sus orígenes, allá por 1811, al establecer las Cortes de Cádiz la Manda Pía Forzosa. Sin embargo, la gran mayoría de los ciudadanos no le presta atención hasta que no le queda más remedio dentro del plazo legal establecido de seis meses, con posibilidad de aplazamiento y pago de los correspondientes intereses, desde que ocurre el fallecimiento. Y es en esos momentos, combinados con la aflicción por la pérdida de un ser querido, cuando, además, un océano de incertidumbre se cierne sobre nosotros.

Al hilo de lo anterior, el Consejo General del Notariado ejerció de anfitrión el pasado mes de noviembre para tratar de arrojar luz sobre este tema y organizar un encuentro con destacados expertos en la materia de cara a analizar la fiscalidad que se aplica en España al patrimonio y a su transmisión. Entre las principales conclusiones, en el caso que nos ocupa, los mismos alegaron que es necesaria una legislación más clara y armonizada en cuanto al ISD al objeto de que no se penalice el ahorro y la inversión, máxime en una coyuntura de elevada deuda como es la actual.

Asimismo, se habló de laberinto autonómico en materia fiscal, lo que provocaría que algunos contribuyentes decidan cambiar de domicilio fiscal hacia otras regiones y/o países de la UE en busca de un trato más benévolo, al tiempo que se solicitó poner en marcha una fiscalidad más competitiva y razonable, habida cuenta de que esos bienes a heredar ya han satisfecho, de facto, sus obligaciones con Hacienda por parte del difunto y su fiscalidad, por ende, no debería tener un efecto confiscatorio.

VER NOTICIA – La fiscalidad del patrimonio y su transmisión- 

Sin embargo, la Comisión de Expertos para la revisión del Modelo de Financiación Autonómica, constituida en 2017, rechazó en su día la supresión del ISD, dadas las acusaciones de inconstitucionalidad por las diferencias de trato entre ciudadanos que crean desigualdades de difícil justificación entre habitantes de diferentes regiones de un mismo Estado, aunque sí reconoció la necesidad de dotarlo de progresividad y de establecer un mínimo exento común para todas las comunidades.

En paralelo a lo anterior, cabe recordar que a lo largo de 2021 se aceptaron en España un total de 365.897 herencias y se registraron nada menos que 55.574 renuncias, lo que supuso un 22% y un 25% más en ambos casos, respectivamente, con respecto al año anterior, mientras que en el primer semestre de 2022 ya se habían notificado 27.224 renuncias, cifra similar a la del semestre precedente, según datos del Consejo General del Notariado.

Entre los principales motivos esgrimidos para decidir el rechazo de una herencia se encontrarían las deudas contraídas por los fallecidos, así como los costes que implica heredar, sobre todo para los familiares lejanos, que en ocasiones no compensan los gastos fiscales o no están en condiciones de asumirlos.

Panorama europeo

En la actualidad, la mayoría de países de Europa mantiene sucesiones en su catálogo de gravámenes. Asimismo, hay que destacar que su naturaleza es bastante análoga, a pesar de las lógicas diferencias derivadas de la soberanía fiscal ejercida por cada Estado, dado que la mayoría de ellos no grava las transferencias por debajo de cierta cantidad.
El impuesto existe en Alemania, Bélgica, Bulgaria, Croacia, República Checa, Dinamarca, Eslovenia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suiza y Turquía, además de España. A pesar de su generalización, cabe destacar que apenas representa un 0,36% del total de los ingresos fiscales de los países que conforman la OCDE, frente a otros, como España, donde IRPF o IVA recaudan 80.000 y 70.000 millones de euros anuales, respectivamente, en comparación con los escasos 2.500 millones de euros recolectados por sucesiones en 2019, tras las bonificaciones aprobadas en la Comunidad de Madrid.


LA MAYORÍA DE PAÍSES DE EUROPA MANTIENE SUCESIONES EN SU CATÁLOGO DE GRAVÁMENES


En relación con el tipo máximo aplicado de padres a hijos, por tomar un parámetro básico común de referencia, la horquilla fluctúa entre el 45% de Francia en el pico más alto, frente al 34% de España, y la exención total en otros como Bulgaria y Lituania. Asimismo, destacan los casos de los países bálticos, con esquemas fiscales tradicionalmente onerosos; en concreto, Suecia y Noruega, donde las herencias no están gravadas. No obstante, en la mayoría de los países europeos se establece una tarifa progresiva en función del patrimonio preexistente del heredero. Asimismo, existen Estados que para este tipo de herencias incluyen bonificaciones elevadas en función del parentesco o bien establecen una tarifa mínima constante.

Además, y como ocurre en nuestro país, algunos Estados del Viejo Continente, como Bélgica o Suiza, también cuentan con diferencias internas a la hora de establecer las cuantías con las que gravan a sus ciudadanos con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en función de la región o cantón, respectivamente, en la que habiten. Sin embargo, esta peculiaridad, derivada de su afinidad federalista, conlleva evidentes problemas añadidos a la hora de realizar herencias transfronterizas, con la consiguiente doble imposición, aspecto este sobre el que la Unión Europea ya se pronunció en 2010, con el lanzamiento de varias recomendaciones para tratar de evitar tributar dos veces por el mismo hecho.

 

Algunos contribuyentes deciden cambiar de domicilio fiscal hacia otras regiones y/o países de la UE.
PAÍS TIPO MÁXIMO T. MÁXIMO DE PADRES A HIJOS
ESPAÑA
BÉLGICA
FRANCIA
DINAMARCA
ALEMANIA
SUIZA
LUXEMBURGO
GRECIA
PAÍSES BAJOS
REINO UNIDO
ESLOVENIA
FINLANDIA
IRLANDA
TURQUÍA
POLONIA
HUNGRÍA
LITUANIA
PORTUGAL
ITALIA
BULGARIA
81,60
80
60
52
50
50
48
40
40
40
39
33
33
30
20
18
10
10
8
6,60
34
30
45
36,25
30
1,4
5
10
20
0
14
19
33
1
7
21
0
0
4
0
¿Espacio común europeo?

Las ventajas derivadas de la globalización fruto de la pertenencia al club comunitario conllevan que cada vez sean más habituales las sucesiones transfronterizas, con el problema añadido de la doble imposición, tema no resuelto por la UE y que está en manos de los Estados miembros. En nuestro caso, España sólo tiene suscritos tres convenios para evitar la doble imposición referente a los impuestos sobre herencias con Grecia, que data nada menos que de 1919, y con Francia y Suecia, ambos en vigor desde enero de 1964.
Por último y en términos comparativos con el resto de Europa, se observa que existen países, como Austria, Suecia, Estonia y Letonia, que han suprimido este impuesto en sus respectivos sistemas impositivos.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones está cedido en España a las comunidades autónomas, por lo que es uno de los más dispares.
Radiografía del impuesto

En Alemania el impuesto de sucesiones está regulado federalmente, contando con una tasa impositiva variable de entre el 7% y el 50%, dependiendo del grado de parentesco. En Bélgica, se tiene en cuenta la región, el sujeto pasivo y la cantidad heredada, con un tipo máximo general que se sitúa en el 34% para las herencias que superen los 797.555,08 euros y pudiendo llegar el gravamen al 80%, casi en paralelo con el tipo máximo español que encabeza este particular ranking, al alcanzar el 81,60% cuando se dan determinadas situaciones. En Bulgaria son los municipios los que establecen la cuantía del impuesto, dentro de los límites que marca la normativa estatal, al tiempo que no fija pago alguno cuando se trata de herencias entre padres e hijos, aplicando un exiguo 0,8% en los casos entre hermanos y sobrinos siempre que la misma sea superior a 128.000 euros, con un máximo del 6,60%.

En el caso de Dinamarca, el coste por heredar depende del patrimonio del difunto, mientras que la carga impositiva puede alcanzar el 52%. Finlandia, por su parte, dispone de dos escalas, como la gran mayoría de países europeos, para distinguir entre familiares cercanos y parientes lejanos o, incluso, personas sin relación de parentesco, pudiendo llegar al 33% de tipo máximo aplicable a las herencias y al 19% cuando se trata de padres a hijos.

Francia, el tercer país en la lista con el tipo máximo más elevado con hasta un 60% y líder en gravar la herencia de padres a hijos con un 45%, dispone de un hecho imponible similar al español, diferenciando también el grado de parentesco a la hora de fijar la escala impositiva a emplear.
En la misma línea de suavización del importe en función del parentesco, en Italia el rango aplicable se mueve entre el 4%, de padres a hijos, y apenas el 8% de tipo máximo, primando la condición anteriormente expuesta y no la masa hereditaria. Mientras que Irlanda cuenta con un gravamen fijo para todo tipo de herencias entre parientes directos establecido en el 33% para la cantidad que exceda el límite libre de impuestos, que varía en función del parentesco entre fallecido y heredero.

Un vistazo al pasado
  • 1947: creación del Impuesto de Derechos Reales y sobre Transmisiones de Bienes, que incluía, junto a las realizadas inter vivos, el canon para grava las mortis causa.
  • 1964: se reforma el esquema anterior y se separan los impuestos en Sucesiones y Donaciones, por un lado, y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por otro.
  • 1987: se incrementa la autonomía del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y se excluye como sujeto pasivo a las personas jurídicas, cuya tributación se integra en el Impuesto de Sociedades como beneficios extraordinarios.
  • A partir de aquí, las modificaciones se ciñen a las bonificaciones y deducciones a aplicar a la base imponible o la cuota íntegra.
  • Desde 1996 el tributo se cede a las comunidades autónomas, lo que inicia el proceso de desarmonización entre diferentes regiones españolas.
Naturaleza del Impuesto de sucesiones y donaciones
  1. Directo, al actuar sobre la nueva capacidad financiera del contribuyente.
  2. Personal, al gravar al heredero.
  3. Subjetivo, al tener en cuenta las circunstancias del contribuyente.
  4. Progresivo, al establecer la cuota a pagar en función de la cuantía.
  5. De devengo instantáneo, en un plazo máximo de seis meses, aplazables, desde el fallecimiento.
  6. De carácter estatal, aunque cedido a las comunidades autónomas.
PARA SABER MÁS

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Boletín Oficial del Estado (BOE). Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN). Consejo General del Notariado.
Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2021. Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF – CGE).

«Doble imposición en el Impuesto sobre Sucesiones: Hacia una tributación justa en las herencias transfronterizas», por Fernando Serrano

EN EL ESCAPARATE

FERNANDO SERRANO ANTÓN,

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Jean Monnet Chair “EU FairTax”. Universidad Complutense de Madrid

"En el contexto internacional, el contribuyente se encuentra desamparado, como así lo ha indicado la Comisión Europea"

Doble imposición en el Impuesto sobre Sucesiones: Hacia una tributación justa en las herencias transfronterizas

El Impuesto sobre Sucesiones (ISD) nace alrededor del s. I a. de C. con las mismas críticas que hasta la actualidad le han acompañado. Las crónicas de entonces, bajo el mandato de Augusto, reflejaban la resistencia y contestación del pueblo a pagar el impuesto. Aquéllas relataban que el gasto público del Imperio Romano se encontraba desbocado por las guerras, por lo que se tuvieron que establecer nuevos tributos, tan útiles para la comunidad como gravosos para los particulares. Otra de las circunstancias que ya entonces se ponía de manifiesto era el componente internacional, como consecuencia de la propia concepción del Imperio Romano, rasgo que ahora también le acompaña por mor de la globalización y de las familias internacionales.

En la actualidad ese enfoque internacional del ISD también encuentra su caldo de cultivo en la expansión del impuesto sobre las herencias por muchas jurisdicciones. Este gravamen existe en la mayor parte de los ordenamientos internacionales, eso sí, con una normativa dispar y un esquema aplicativo todavía más heterogéneo.

Centrándonos en la Unión Europea, todos los ciudadanos tienen derecho a cruzar libremente las fronteras de los Estados miembros con el propósito de instalarse, trabajar, estudiar, disfrutar de su jubilación o adquirir propiedades e invertir en otros Estados. No obstante, existen numerosos obstáculos de tipo práctico y jurídico que disuaden a las personas de ejercer tales derechos en otros países de la UE. La fiscalidad es uno de ellos. Las herencias recibidas en otro país constituyen una de las fuentes más importantes de dificultades y conflictos de carácter fiscal. Los problemas radican principalmente en el pago duplicado de impuestos y la discriminación fiscal. De hecho, entre las preocupaciones de los ciudadanos en el mercado interior europeo, los impuestos sobre sucesiones figuran entre los veinte principales problemas a los que se enfrentan.

La razón de la doble imposición internacional se encuentra en que los Estados no están obligados ni a armonizar, ni a coordinar sus políticas sobre el ISD. Solo tienen que respetar los Tratados de la UE, lo que significa, por ejemplo, que los Estados miembros no pueden discriminar a los ciudadanos, o que el ISD no pueda suponer un obstáculo a las libertades fundamentales de la UE, como ocurría con la normativa española hasta 2014, y después hasta 2021. Así pues, dos o más Estados miembros pueden imponer sus impuestos de sucesiones en paralelo, dado que no existe una prohibición legal de doble imposición.

La disparidad de los impuestos nacionales sobre sucesiones radica en la aplicación de un impuesto, bien sobre los herederos, o bien sobre la base de la herencia; donde en unos casos se toma el patrimonio preexistente y el grado de parentesco y en otros no; en los que la obligación tributaria se determina sobre la residencia, el domicilio o la nacionalidad del causante y/o del beneficiario, y/o la ubicación de los bienes; a veces estos factores se aplican simultánea o sucesivamente, e incluso se usan diferentes métodos de valoración para la misma propiedad. Consecuentemente, en el contexto internacional, el contribuyente se encuentra desamparado, como así lo ha indicado la Comisión Europea, al reconocer que los instrumentos actuales para evitar la doble imposición de la renta no resuelven eficazmente los problemas que, a nivel transfronterizo, plantean los ISD y que se requieren soluciones en esta área de la fiscalidad. Actualmente, se estima que el número de casos potenciales de herencias transfronterizas está comprendido entre 600.000 y 700.000 por año, e incrementándose debido al aumento de familias internacionales.

Los Estados han adoptado mecanismos para evitar la doble imposición de sucesiones en sus legislaciones nacionales. Sin embargo, tales mecanismos, en la mayoría de los casos, no proporcionan una eliminación total de la doble imposición. Aparte de estas disposiciones nacionales que eliminan parcialmente la doble imposición, existen pocas soluciones, ya que los Estados han firmado muy pocos tratados fiscales bilaterales para evitar la doble imposición sobre el ISD. España tan solo ha firmado tres convenios de este tipo y no precisamente recientes: Francia, Grecia y Suecia. Se echan de menos más convenios de este tipo con los países de nuestro entorno, tanto en Europa, como en Iberoamérica, que resolverían todos estos problemas.

La relevancia del tema se ha visto incrementada porque el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha examinado las normas relacionadas con el ISD de los Estados miembros en once asuntos remitidos por los tribunales nacionales. El TJUE decidió, en diez de esos once asuntos, que las normas del impuesto nacional sobre sucesiones y donaciones infringían las normas de la UE sobre la libre circulación de capitales y/o la libertad de establecimiento. En líneas generales, en estos supuestos transfronterizos analizados por el TJUE surgían las siguientes dificultades: (i) los Estados pueden discriminar las herencias transfronterizas y aquellas que no tienen ninguna dimensión transfronteriza. En otras palabras, pueden aplicar un tipo del impuesto sobre sucesiones más elevado cuando los bienes, la persona fallecida y/o sus herederos están establecidos en otros países que el que aplicarían en casos de ámbito puramente nacional; y (ii), cuando dos o más países pueden ejercer su potestad tributaria sobre una misma herencia, surgen situaciones de doble o múltiple imposición y no existen apenas mecanismos nacionales o internacionales para suprimir de manera eficaz esta situación.

Los problemas transfronterizos relacionados con los ISD podrían resolverse asegurando que la interacción entre las normas sea más coherente, de tal modo que se reduzcan las posibilidades de imposición doble o múltiple de las herencias. Habida cuenta del escaso número de tratados bilaterales para eliminar la doble imposición de las herencias, y que tampoco los Estados han tomado la iniciativa de negociar más tratados de ese tipo, la solución se centra más bien en la mejora de las medidas nacionales existentes en los Estados para suprimir la doble imposición de las herencias; en el perfeccionamiento de los puntos de conexión de la configuración del impuesto; en un buen análisis y estudio de las normas aplicables a las herencias; y en un esfuerzo consensuado y multilateral en la resolución de la doble imposición.

Una Europa más verde, digital y social

EN EL ESCAPARATE

UNA EUROPA MÁS VERDE, DIGITAL Y SOCIAL

A GREENER, MORE DIGITAL AND SOCIAL EUROPE

FERNANDO GEIJO

Alcanzar un pacto en materia energética y de inmigración son otras claves de la Presidencia.

Achieving an agreement on energy and immigration would be other key aspects of the Presidency.

España ocupará en el segundo semestre de 2023 la presidencia del Consejo de la Unión Europea. Una responsabilidad que ya ejerció en cuatro ocasiones anteriores y que supone una oportunidad única para asumir un relevante rol como Estado miembro y dar continuidad a los trabajos de las instituciones europeas. La hoja de ruta española tendrá a la inmigración, la energía y América Latina como puntos fuertes de su actuación, sin dejar de lado los pilares fundamentales de la UE en torno a la ecología, la tecnología y la protección social.

Un segundo objetivo será dejar huella en el tablero estratégico en que se mueven los 27 países que conforman la UE y, por ende, tratar de incrementar la influencia política española en Bruselas. Y todo ello en medio de la convocatoria de elecciones generales en nuestro país, previstas para finales del presente año, además de la cita electoral para que 501 millones de ciudadanos renueven los 705 miembros del Parlamento europeo, fijada para mayo/junio de 2024, con el consiguiente nombramiento posterior de una nueva Comisión.

Tres en uno

El Tratado de Lisboa, firmado en 2007 y en vigor desde 2009, estableció la costumbre de asignar un plazo de 18 meses para la presidencia rotatoria compartido por un trío de Estados miembros. Se trata de completar las presidencias semestrales por turnos de seis meses, que se producen desde 1958, e hilvanar sus políticas con los otros dos países que conforman cada terna respectivo. El objetivo es dar una mayor continuidad a los trabajos realizados en ese lapso de tiempo propuesto. En estos momentos, Suecia es el país que ejerce la presidencia del Consejo de la Unión Europea, como tramo final del conjunto de tres que conforma con Francia y la República Checa, mientras que España inaugurará el suyo en julio, que será completado sucesivamente por Bélgica y Hungría a lo largo de 2024.

La colaboración entre los países que integran cada respectivo trío debe estar, como es lógico, previa y convenientemente coordinada, organizada y consensuada entre ellos, al modo en que lo harían los corredores por relevos de un equipo de atletismo de élite que se precie. En el caso español, no sólo va a prestar formación específica a alrededor de 1.000 funcionarios públicos para que afronten con garantías la gestión de estos intensos meses, sino que ha puesto en marcha un Comité Organizador ad hoc.

Asimismo, es preciso que todo este engranaje administrativo de distintos Estados organizados en oleadas de sucesivas ternas tenga presente que las propuestas integradas en su propio programa de actuación, tanto conjunto como específico de cada país, deben estar alineadas y, por consiguiente, encajar con las líneas políticas emanadas desde Bruselas, a saber: el fomento de la transición ecológica hacia una economía verde en su lucha contra el cambio climático y a favor de la biodiversidad; la transformación digital de la sociedad; la agenda social con el foco puesto en el Pilar Europeo de Derechos Sociales y su respectivo Plan de Acción, y el desarrollo de las interconexiones y la correspondiente reforma del mercado energético, así como la revisión de los planes de recuperación y resiliencia, y el fomento de la colaboración con regiones de importancia para la UE, como son América Latina y el Sur del Mediterráneo.

 


EL 1 DE JULIO DE 2023 MARCARÁ EL PISTOLETAZO DE SALIDA DE LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DEL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA


 

Deberes a la vista

Entre las obligaciones de la presidencia de turno se encuentra la planificación y dirección de las sesiones de nueve de las diez formaciones que integran el Consejo, excepto la relativa a Asuntos Exteriores, que sigue siendo responsabilidad exclusiva del Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, cargo que ejerce el español Josep Borrell desde su nombramiento en 2019, además del de Vicepresidente de la Comisión Europea. También debe impulsar las reuniones de sus órganos preparatorios y del Comité de Representantes Permanentes (Coreper), así como de la mayoría de los grupos de trabajo que ya están en marcha, sin descuidar la representación del Consejo ante el resto de instituciones de la UE.

Las tareas del país anfitrión de la presidencia semestral de turno deben, asimismo, centrarse en el fomento del trabajo legislativo mediante la culminación de las negociaciones en curso de los expedientes abiertos en torno a las grandes líneas de trabajo de la Unión Europea, entre las que destacan la transición ecológica, la transformación digital y la agenda social. Sin descuidar impulsar la cooperación entre los países miembros a través de una intermediación que pueda calificarse como imparcial. Y todo ello con la necesaria flexibilidad y cintura para que el aparato burocrático responda de manera eficiente a las diferentes crisis que puedan surgir sobre la marcha en el ciclo europeo semestral en cuestión.

Sin cabos sueltos

Sin embargo, cada Estado miembro tiene la potestad de señalar, dentro siempre de la panoplia europea, los ámbitos en los que prefiere que se concentre la atención bajo su presidencia. Para ello, presenta un Programa específico ante el Consejo de Asuntos Generales, que en el caso de España está previsto que lo haga en junio de 2023.

En el bosquejo del mismo, el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, ya adelantó en septiembre pasado a los embajadores europeos de la UE en nuestro país los ejes fundamentales que guiarán la acción de la Presidencia española.

En la reunión con los mismos, el titular de Exteriores remarcó la necesidad de robustecer la unidad de Europa frente a la volatilidad y complejidad del actual contexto internacional, con Ucrania y la inflación en mente. Asimismo, recordó que el programa de trabajo impulsado por España estará vinculado a reforzar los ejes verde, social y digital que ya marcan la hoja de ruta paneuropea, al tiempo que subrayó la oportunidad que para la Presidencia española supondrá seguir incrementando las relaciones con dos regiones clave para el Viejo Continente, como son América Latina y la Vecindad Sur del Mediterráneo, con las cumbres previstas con ambos bloques en Bruselas y Barcelona, respectivamente, en el segundo semestre de 2023.

Por tierra, mar y aire

25 ciudades españolas acogerán a lo largo del semestre algún tipo de reunión o acto en relación con la Presidencia española del Consejo de la UE. En concreto, está previsto que se celebren reuniones de alto nivel repartidas en las diecisiete comunidades españolas.

Diferentes localidades situadas en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia y el País Vasco albergarán dos reuniones de alto nivel, mientras que Cataluña será la anfitriona de tres. Andalucía será la clara ganadora de esta pedrea diplomática al aglutinar otros tres encuentros y sumar, además, el premio gordo con la sede en la Alhambra de Granada de la cumbre informal de jefes de Estado y de Gobierno.

En total, serán alrededor de 2.000 reuniones las que habrá que organizar entre Bruselas y Luxemburgo, a las que hay que añadir más de 200 en territorio español, 22 de ellas de carácter ministerial, para lo que se contará con un presupuesto que podría rondar los 100 millones de euros, una cifra situada entre los 40-60 millones de las presidencias checa y portuguesa y los 140 millones de coste de la francesa.

De entre todas ellas, sin duda destacan dos citas marcadas en rojo en la agenda de la Presidencia. Por un lado, la cumbre en Granada de los 27 jefes de Estado y Gobierno de la UE con los 33 de la CELAC (Comunidad de Estados de América Latina y el Caribe), con el bloqueo del acuerdo de asociación entre la UE y Mercosur (formado por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela) en el punto de mira y con la próxima Cumbre Iberoamericana en marzo en República Dominicana como antesala y, por otro, coincidiendo con el día del Mediterráneo el 28 de noviembre, tendrá lugar en Barcelona el encuentro de ministros de Exteriores de la UE con sus homólogos de Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Palestina y Túnez.

 


EL PROGRAMA DE TRABAJO IMPULSADO POR ESPAÑA ESTARÁ VINCULADO A REFORZAR LOS EJES VERDE, SOCIAL Y DIGITAL QUE YA MARCAN LA HOJA DE RUTA PANEUROPEA


 

Responsabilidad compartida

Como en cualquier comunidad de vecinos que se precie, la Presidencia rotativa acaba recayendo en todos los Estados miembros cuando les llega su momento. Además, al organizar los turnos se pretende que en los tríos que ejercerán la Presidencia en períodos conjuntos de 18 meses se combinen países grandes con pequeños, veteranos con noveles y que haya un cierto balance cronológico entre Estados situados en el Norte y el Sur de Europa.

Asimismo, cabe destacar que la Presidencia del Consejo de la UE va más allá de las meras reuniones de trabajo y, a la postre, implica tanto a la Administración General del Estado como a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos, sin olvidar a la propia sociedad civil. No en vano, está previsto que se organicen actividades culturales de diversa índole por toda la geografía española a lo largo del semestre.

 


25 CIUDADES ESPAÑOLAS ACOGERÁN A LO LARGO DEL SEMESTRE ALGÚN TIPO DE REUNIÓN O ACTO EN RELACIÓN CON LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DEL CONSEJO DE LA UE


 

Aparte de los objetivos específicos esgrimidos, a partir de julio de 2023 España presidirá una Europa que ya ha debatido, con una amplia participación ciudadana, un nuevo contrato social emanado de los resultados obtenidos en la Conferencia sobre el futuro de Europa, en relación con la defensa de la libertad de expresión, la democracia, los derechos humanos y la lucha contra la pobreza, entre otros asuntos. Un punto de partida que no se puede obviar y que supone la auténtica columna vertebral sobre la que construir las políticas del futuro en la Unión Europea.

Serán alrededor de 2.000 reuniones las que habrá que organizar entre Bruselas y Luxemburgo, a las que hay que añadir más de 200 en territorio español.

There will be around 2,000 meetings to be organised between Brussels and Luxembourg, with more than 200 further gatherings in Spain.

Spain will hold the presidency of the Council of the European Union in the second half of 2023. This responsibility has already been exercised on four previous occasions and represents a unique opportunity to assume an important role as a Member State and to continue the work of the European institutions. The Spanish roadmap will place emphasis on immigration, energy and Latin America in its proceedings, without overlooking the key EU pillars of ecology, technology and social protection.

Las cumbres con Latinoamérica y el Mediterráneo Sur serán las citas estrella del semestre. Summits with Latin America and the Southern Mediterranean will be the highlights of the six months.

A second objective will be to make an impression on the strategic stage on which the 27 countries that make up the EU operate, thereby aiming to increase Spanish political influence in Brussels. This comes amid the calling of a general election in Spain, scheduled for the end of this year, alongside a date with the ballot box for 501 million citizens to re-elect the 705 members of the European Parliament, set for May/June 2024, resulting in the subsequent appointment of a new Commission.

Three in one

The Lisbon Treaty, signed in 2007 and in force since 2009, established the custom of allocating an 18-month period for the rotating presidency, shared by a trio of Member States. This involves supplementing the half-yearly presidencies of six-month shifts, which have taken place since 1958, linking policies together with the other two countries holding each of the three terms. The aim is to give greater continuity to the work carried out within this proposed timeframe. Sweden is currently the country holding the presidency of the Council of the European Union, as the final leg of the group of three comprising France and the Czech Republic, while Spain will open its own in July, to be completed successively by Belgium and Hungary over the course of 2024.

Collaboration among the countries that make up each respective trio must, of course, be appropriately coordinated in advance, organised and agreed among them, just as the relay runners of a prized elite athletics team would do. In the case of Spain, not only will specific training be given to around 1,000 public officials so as assuredly to handle the management of these intense months, but an ad hoc Organising Committee has also been set up.

All this administrative gearing of the different States, organised into waves of successive terms, must also bear in mind that the proposals integrated within their own programme of action, both joint and country-specific, must be aligned and hence consistent with the political lines emanating from Brussels, namely: the promotion of the ecological transition towards a green economy in the fight against climate change and in favour of biodiversity; the digital transformation of society; the social agenda, focusing on the European Pillar of Social Rights and its respective Action Plan; the development of interconnections and the corresponding reform of the energy market, as well as the revision of recovery and resilience plans, and the promotion of collaboration with regions of importance for the EU, such as Latin America and the Southern Mediterranean.

 


1 JULY 2023 WILL MARK THE START OF THE SPANISH PRESIDENCY OF THE COUNCIL OF THE EUROPEAN UNION


 

Duties in view

The duties during the presidency include the planning and management of the sessions of nine of the ten Council formations, excluding Foreign Affairs, which remains the exclusive responsibility of the EU High Representative for Foreign Affairs and Security Policy, a position held by Spain’s Josep Borrell since his appointment in 2019, in addition to the Vice-President of the European Commission. Meetings of the preparatory bodies and the Committee of Permanent Representatives (COREPER) must also be advanced, as well as of most of the working groups already in place, without neglecting the representation of the Council before the other EU institutions.

The tasks of the host country of the rotating six-month presidency also require a focus on promoting legislative work by completing the ongoing negotiations on the open dossiers regarding the European Union’s main lines of work, including the green transition, digital transformation and social agenda. Without overlooking the promotion of cooperation among member countries, by acting as a properly impartial intermediary. All of which must be combined with the necessary flexibility and finesse to ensure that the bureaucratic apparatus responds efficiently to the various crises that might arise over the course of the six-month European cycle in question.

No loose ends

However, each Member State is empowered, albeit within the confines of Europe’s policy spectrum, to highlight those areas on which it prefers to focus attention under its presidency. To this end, it presents a specific programme to the General Affairs Council, which Spain in this case is scheduled to do in June 2023.

In the draft version, the Minister for Foreign Affairs, the European Union and Cooperation, José Manuel Albares, last September revealed to the European ambassadors of the EU in Spain the core strands that will steer the action of the Spanish Presidency.

At the meeting with them, the Foreign Minister stressed the need to strengthen European unity in the face of the volatility and complexity of the current international context, with Ukraine and inflation in mind. He also recalled that the working programme promoted by Spain will be linked to strengthening the green, social and digital strands that already mark the pan-European roadmap, while stressing the opportunity for the Spanish Presidency to continue increasing relations with two regions that are of key importance to the continent, namely Latin America and the Southern Neighbourhood of the Mediterranean, summits with the two blocs having been planned in Brussels and Barcelona, respectively, in the second half of 2023.

By sea and by air

25 Spanish cities will during the six months host some kind of meeting or event in connection with the Spanish Presidency of the Council of the EU. In particular, high-level meetings are scheduled to be held in seventeen of Spain’s autonomous regions.

Different locations in Castile-La Mancha, Castile-Leon, Galicia and the Basque Country will host two high-level meetings, while Catalonia will host three. Andalusia will be the clear winner of this diplomatic jamboree, claiming a further three meetings as well as the star prize, with the Alhambra in Granada hosting the informal summit of Heads of State and Government.

In all there will be around 2,000 meetings to be organised between Brussels and Luxembourg, with more than 200 further gatherings in Spain, 22 of them ministerial, with a budget of around 100 million euros, a figure lying somewhere between the 40-60 million of the Czech and Portuguese presidencies, and the 140 million spent by the French.

Among all these, there are undoubtedly two dates marked in red on the Presidency’s agenda. First of all, the summit in Granada of the 27 Heads of State and Government of the EU with the 33 of the CELAC (Community of Latin American and Caribbean States), with the stalemate of the association agreement between the EU and Mercosur (comprising Argentina, Bolivia, Brazil, Paraguay, Uruguay and Venezuela) in the spotlight, and with the forthcoming Ibero-American Summit in March in the Dominican Republic serving as the precursor. And secondly, coinciding with the Day of the Mediterranean on 28 November, the meeting of EU foreign ministers with their counterparts from Algeria, Egypt, Israel, Jordan, Lebanon, Libya, Morocco, Palestine and Tunisia will take place in Barcelona.

 


THE WORKING PROGRAMME PROMOTED BY SPAIN WILL BE LINKED TO STRENGTHENING THE GREEN,SOCIAL AND DIGITAL STRANDS THAT ALREADY MARK THE PAN-EUROPEAN ROADMAP


 

Shared responsibility

As in any neighbourhood association, the rotating Presidency ends up falling to each of the Member States when their time comes. Furthermore, when the terms are scheduled, the aim is that the trio holding the presidency for the overall period of 18 months should combine large and small countries, veterans with newcomers, and that there should be a certain chronological balance between states located in the north and south of Europe.

It should also be noted that the Presidency of the Council of the EU goes beyond mere working meetings, and ultimately involves both central government and the autonomous regions and local authorities, not forgetting civil society itself. It is no coincidence that cultural activities of various kinds are planned throughout Spain over the course of the six months.

 


25 SPANISH CITIES WILL DURING THE SIX MONTHS HOST SOME KIND OF MEETING OR EVENT IN CONNECTION WITH THE SPANISH PRESIDENCY OF THE COUNCIL OF THE EU


 

In addition to the specific objectives set out, from July 2023 Spain will preside over a Europe that has already discussed, with extensive citizen participation, a new social contract derived from the results obtained at the Conference on the Future of Europe, with regard to the defence of freedom of expression, democracy, human rights and the fight against poverty, among other matters. A starting point that cannot be ignored, and which represents the real backbone on which to build the policies of the future within the European Union.

Seis meses de frenética actividad

El sábado 1 de julio de 2023 marcará el pistoletazo de salida de la presidencia española del Consejo europeo. Un órgano decisorio esencial en el funcionamiento de la Unión Europea. Por delante esperan un total de 184 días distribuidos entre los últimos seis meses del año, a pesar de que agosto se considera inhábil en términos comunitarios, para lograr alcanzar un acuerdo en materia de asilo e inmigración, progresar en la consecución de un mercado único de la energía y, finalmente, estrechar las relaciones de la Unión con Latinoamérica y los vecinos de la orilla Sur del Mediterráneo. Al menos esos serían los grandes objetivos que, a priori, se ha marcado el Gobierno español en su presidencia de turno de la UE.

España ya ejerció esta presidencia en los primeros semestres de 1989, 2002 y 2010, así como en el segundo de 1995, bajo los gobiernos de Felipe González, en dos ocasiones, José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero. Un auténtico escaparate de proyección internacional.

Six months of frenetic activity

Saturday, 1 July 2023, will mark the start of the Spanish presidency of the European Council. An essential decision-making body in the functioning of the European Union. Ahead will lie a total of 184 days spread over the last six months of the year, despite August not being considered working days for EU business, in order to reach an agreement on asylum and immigration, progress towards creating a single energy market, and lastly to strengthen the Union’s relations with Latin America and its neighbours on the southern shore of the Mediterranean. At least these would be the major objectives defined in principle by the Spanish Government for its term of the presidency of the EU.

Spain previously held this presidency in the first half of 1989, 2002 and 2010, and in the second half of 1995, under the governments of Felipe González, on two occasions, José María Aznar, and José Luis Rodríguez Zapatero. A genuine opportunity to claim the international limelight.

PARA SABER MÁS / FOR FURTHER INFO

La Presidencia del Consejo de la UE. Consejo de la Unión Europea.

The Presidency of the Council of the EU. Council of the European Union.

Hablamos de Europa, portal de asuntos europeos de la Secretaría de Estado para la Unión Europea. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Hablamos de Europa, the European affairs portal of the Department for the European Union. Ministry of Foreign Affairs, European Union and Cooperation.

Comparecencia íntegra del ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el Congreso de los Diputados en el marco de la Comisión Mixta para la UE (5 de septiembre de 2022).

Full address to the Congress of Deputies by the Minister for Foreign Affairs, the European Union and Cooperation, within the framework of the Joint Committee for the EU (5 September 2022).

Decisión (UE) 2016/1316 del Consejo de 26 de julio de 2016 que modifica la Decisión 2009/908/UE, por la que se establecen las normas de desarrollo relativas al ejercicio de la Presidencia del Consejo y de la presidencia de los órganos preparatorios del Consejo.

Council Decision (EU) 2016/1316 of 26 July 2016 amending Decision 2009/908/EU laying down detailed rules for the exercise of the Presidency of the Council and the
Presidency of the Council’s preparatory
bodies.

ARQUITECTURA DE UN SEMESTRE

Entre los organismos responsables de coordinar de forma adecuada el aluvión de actos que están previstos a lo largo de los últimos seis meses de 2023, destacan las siguientes estructuras administrativas:

  • Creación del Comité Organizador de la Presidencia española que, bajo la dirección del Ministro de Exteriores, se encargará de posibilitar la necesaria coordinación interdepartamental, al estar integrado por representantes de todos los ministerios implicados en los diferentes actos y eventos.
  • La Secretaría General para la Unión Europea que, en estrecho contacto tanto con las embajadas españolas en los países de la UE como con la Oficina de Representación Permanente de nuestro país (que verá incrementada exponencialmente su actividad), se ocupa de la identificación de contenidos, fijación de posiciones y seguimiento de expedientes en activa coordinación con todos los Ministerios implicados en esta labor.
  • La Oficina de Coordinación para la Presidencia española de la UE, que tiene la responsabilidad de planificar e impulsar todas las iniciativas relacionadas con los diferentes actos incluidos en la presidencia.
FRAMEWORK FOR HALF A YEAR

The bodies responsible for properly coordinating the panoply of events planned over the course of the closing six months of 2023 include the following administrative structures:

  • Creation of the Organising Committee of the Spanish Presidency which, under the direction of the Foreign Minister, will be responsible for enabling the necessary cross-departmental coordination, comprising as it does representatives of all the ministries involved in the different ceremonies and events.
  • The Secretary-General for the European Union, in close contact with both the Spanish embassies in EU countries and the Permanent Representation of Spain (which will see an exponential increase in its activity), is responsible for identifying content, establishing positions and monitoring casework in active coordination with all the Ministries involved in this task.
  • The Coordination Office for the Spanish Presidency of the EU, which has responsibility for planning and promoting all initiatives related to the different events included within the presidency.
NOBLESSE OBLIGUE

Entre las funciones que se espera que realice de manera diligente un Estado miembro a la hora de ejercer la presidencia de turno del Consejo se encuentran:

  • Organización para presidir y planear las reuniones, oficiales o informales, desarrolladas en Bruselas o en el país anfitrión, tanto al máximo nivel, con la representación de jefes de Estado y de Gobierno, como en el ámbito ministerial y/o funcionarial de seguimiento de los distintos grupos de trabajo.
  • Negociación en nombre del Consejo, con el resto de instituciones de la UE, mediante reuniones del denominado Comité de Conciliación o bien por medio de diálogos tripartitos o encuentros informales.
  • Representación ante el propio Consejo y el Parlamento Europeo de cara a facilitar la consecución de acuerdos en torno a expedientes legislativos en marcha, además de la participación externa en las cumbres de la UE con terceros Estados.
NOBLESSE OBLIGE

The tasks which a Member State is expected to carry out diligently when holding the rotating Council presidency include:

  • Organisation to chair and plan meetings, whether official or informal, conducted in Brussels or in the host country, both at the highest level, with the representation of Heads of State and Government, and at the ministerial and/or official level to follow up the different working groups.
  • Negotiation on behalf of the Council with the other EU institutions, through meetings of what is known as the Conciliation Committee, or through three-way discussions or informal meetings.
  • Representation before the Council itself and the European Parliament with a view to facilitating agreements on ongoing legislative casework, as well as external participation at EU summits with third countries.