La esperada ley sobre el derecho de defensa

DEBATE PARLAMENTARIO

La esperada ley sobre el derecho de defensa

Los profesionales de la abogacía con discapacidad tendrán derecho a utilizar los apoyos necesarios para el efectivo desempeño de sus labores.

El Gobierno ha llevado al Congreso el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que quedó interrumpido en la anterior legislatura por la convocatoria de elecciones generales. Esta norma, pionera en Europa, tiene como objetivo dar seguridad a la ciudadanía al acogerse a su derecho a la defensa y a los profesionales de la abogacía en el ejercicio de su labor.

 
ELVIRA ARROYO

El Proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa, que se debate en el Parlamento, desarrolla en toda su extensión este derecho fundamental recogido en el artículo 24 de la Constitución Española. Tras la aprobación de la carta magna, la práctica judicial ha ido consolidando los estándares de protección del derecho a la defensa en los distintos órdenes, pero, 45 años después, se ha considerado necesario impulsar una norma que lo regule. De este modo, la sociedad conocerá todas las dimensiones de un derecho que representa uno de los principios básicos de la democracia.

 


LA GARANTÍA DE LA DEFENSA SE EXTIENDE MÁS ALLÁ DE LOS ÁMBITOS JURISDICCIONALES A MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS


 

El núcleo de la norma describe el alcance del derecho de defensa, que reconoce el derecho de toda persona a recibir asistencia jurídica adecuada para defender sus intereses legítimos. También implica acceder libremente a los tribunales de Justicia, tener un proceso sin dilaciones, que se dicte una resolución congruente por parte de la jueza o el juez, y la invariabilidad de las resoluciones firmes.

El texto legal subraya la libertad de elegir, renunciar y sustituir al profesional que presta asistencia, así como a que la persona sea oída o informada en detalle de todo lo relativo a su procedimiento. En las causas penales, aparte del derecho de defensa íntegra, existen también los derechos a ser informado de la acusación, a no declarar contra uno mismo, a no confesarse culpable, a la presunción de inocencia, y a la doble instancia (posibilidad de que las resoluciones judiciales puedan ser revisadas por un tribunal superior).

Ámbito de aplicación

Como novedad, se extiende la garantía de la defensa más allá de los ámbitos jurisdiccionales, incluyendo otros medios alternativos de solución de controversias como la mediación, el arbitraje y la conciliación.

Es, además, la primera ley que recoge el derecho de la ciudadanía a que la Administración de Justicia se dirija a ellos con un lenguaje claro y universalmente accesible, tanto en las notificaciones de actos y comunicaciones procesales como en cualquier información que precisen sobre sus causas, estrategias procesales e intereses. Igualmente, las resoluciones judiciales estarán redactadas de forma comprensible, sin perjuicio de la necesidad de utilizar el lenguaje técnico-jurídico para garantizar la precisión de estas.

 


LA SOCIEDAD CONOCERÁ TODAS LAS DIMENSIONES DE UN DERECHO QUE REPRESENTA UNO DE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA DEMOCRACIA


 

Otro aspecto destacable es que, no sólo disfrutarán de asistencia jurídica gratuita las personas que acrediten falta de recursos económicos, sino también aquellas que justifiquen estar en situaciones de especial vulnerabilidad.

Asimismo, la utilización de medios electrónicos en la actividad de los tribunales y la Administración de Justicia deberá ser compatible con el ejercicio efectivo del derecho de defensa en los términos previstos en las leyes.

 


ES LA PRIMERA LEY QUE RECOGE EL DERECHO DE LA CIUDADANÍA A QUE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SE DIRIJA A ELLOS CON UN LENGUAJE CLARO Y ACCESIBLE


 

Asistencia jurídica

Dentro del capítulo dedicado a las garantías y deberes de la abogacía, se detalla que la asistencia letrada será prestada por los profesionales de la abogacía, que son aquellas personas con un título profesional regulado y que están inscritas como ejercientes en un colegio profesional.

Los colegios profesionales de la abogacía garantizarán el cumplimiento de las normas deontológicas y el correcto amparo de los profesionales en el cumplimiento de su misión. Los procedimientos disciplinarios derivados del incumplimiento de los deberes deontológicos se iniciarán de oficio por acuerdo de la institución colegial competente.

Los servicios de orientación jurídica de los colegios profesionales facilitarán también información sobre la prestación de la asistencia jurídica, en particular los requisitos para el acceso al sistema de asistencia jurídica gratuita, teniendo en cuenta las personas más desfavorecidas de la sociedad. Al mismo tiempo, los poderes públicos apoyarán este tipo de servicios, en especial cuando el objeto sea la atención a los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad, entre otros, mujeres víctimas de violencia de género, menores de edad, personas con discapacidad, tercera edad o sin recursos económicos. Los profesionales al servicio del Estado, de los órganos constitucionales, de las Administraciones Públicas o entidades públicas que asuman las funciones de asistencia jurídica letrada no estarán obligados a colegiarse y se someterán al régimen disciplinario colegial. En estos casos, la garantía institucional del ejercicio de la función de asistencia jurídica letrada y el régimen disciplinario de estos empleados públicos corresponderá a los centros que dirigen los servicios jurídicos en los que se integren.

El proyecto de ley hace referencia específica a los profesionales de la abogacía con discapacidad, a quienes reconoce el derecho a utilizar la asistencia y los apoyos necesarios para el efectivo desempeño de sus labores.

Garantía de confidencialidad

El proyecto de ley recoge este punto fundamental del ejercicio de la abogacía, recordando que todas las comunicaciones mantenidas entre un profesional de la abogacía y su cliente tienen carácter confidencial y sólo podrán ser intervenidas en los casos y con los requisitos expresamente recogidos en la ley.

El secreto profesional comprenderá todos los documentos y comunicaciones del profesional de la abogacía que estén relacionados con el ejercicio de sus deberes de defensa. Al mismo tiempo, estará exento de prestar declaración ante cualquier autoridad, instancia o jurisdicción sobre hechos de los que tenga conocimiento como consecuencia de su desempeño profesional, con las excepciones legales que puedan establecerse.

Los grupos parlamentarios opinan*

FRANCISCO ARANDA VARGAS

Diputado y portavoz de Justicia del Grupo Parlamentario Socialista.

«Deja clara la voluntad del Ejecutivo de dar respuesta a uno de los principales retos de la justicia» 

El Gobierno ha presentado el Proyecto de Ley Orgánica de Derecho a la Defensa, que quedó inconcluso en la XIV legislatura. El hecho de que el Gobierno haya presentado esta ley como una de las primeras iniciativas que llegan al Congreso, deja clara la voluntad del Ejecutivo de dar respuesta a uno de los principales retos que la justicia tiene por delante: la atención integral al justiciable y al ciudadano usuario del servicio público de justicia. Esta ley y la futura ley de justicia gratuita, que esperamos ver en la tramitación parlamentaria, han de suponer sendos hitos en la definición integral, tanto del usuario de la justicia, como de los operadores jurídicos encargados de la defensa de estos mismos, con especial atención a aquellos cuya situación financiera los hiciera acreedores de asistencia jurídica gratuita o tengan una especial situación de vulnerabilidad.

ENRIQUE SANTIAGO ROMERO

Diputado, portavoz adjunto del Grupo Plurinacional Sumar y portavoz parlamentario de Izquierda Unida.

«Por fin, una plasmación legal, coherente y unificada»

Nuestro Grupo Parlamentario de Sumar apoya sin reservas que, por fin, se vislumbre una plasmación legal, coherente y unificada a todos los aspectos que se derivan del mandato constitucional, como derecho fundamental, del derecho a la defensa, recogido en el artículo 24 de la Constitución. Indudablemente, supone un paso adelante que exista una norma que recoja la protección del libre acceso a la justicia, el derecho a no sufrir dilaciones indebidas, a la resolución congruente o el derecho a la doble instancia. Es muy importante también que se recojan las garantías y deberes de la asistencia jurídica en el derecho de defensa prestada por los profesionales de la abogacía. No obstante, sobre esta misma cuestión, aún quedan aspectos que mejorar, como la protección del derecho de elección en la asistencia jurídica en caso de incapacidad temporal o enfermedad del profesional previamente elegido para ejercer la defensa, carencia que, junto a otras, confiamos solventar durante el trámite de enmiendas a la ley.

María Jesús Moro Almaraz

Diputada y portavoz de Justicia del Grupo Parlamentario Popular.

«Es preciso mejorarla con el máximo consenso porque afecta a un derecho fundamental»

¡La deseada! No hay abogado con trayectoria profesional y vocación que no haga una exclamación semejante.

Reclamada por los profesionales, es una ley relevante porque define las garantías de un derecho fundamental de todos los españoles: el de defensa.

Por ello, esta ley debe responder a las expectativas generadas. En la abogacía, la mayoría ya no acepta menos.

Hay margen de mejora en la tramitación parlamentaria y es preciso hacerlo con el máximo consenso porque afecta a un derecho fundamental. Esta ley no puede dejar en cita anecdótica la referencia al turno de oficio.

* Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.

Apoyo al opositor

FUNDACIÓN NOTARIADO

www.fundacionnotariado.org

Apoyo al opositor

La Fundación Notariado ha puesto en marcha un programa de apoyo para los opositores al título de notario con el fin de aliviar el proceso de preparación de las mismas.

JAIME PÉREZ DE MIGUEL
En el programa se hace hincapé en la preparación mental para los casos prácticos.

Se trata del Programa de Entrenamiento Mental para Opositores a Notario, cuyo objetivo es aumentar su rendimiento, ayudarles a incrementar su potencia mental, manejar el estrés, aumentar su motivación y autoestima y aprender a ser más resilientes.

Proyecto formativo

El proyecto formativo consta de tres fases. La fase I, también llamada de “arranque”; la fase II o “travesía”, y la fase III, o de “ataque a la cumbre”. Los primeros seis módulos están enmarcados en la fase I. En ella se sientan las bases y se proporcionan las técnicas de estudio y tecnología cognitiva específica que el opositor necesita para avanzar mejor. Se verán aspectos como los mitos y las falsas creencias de la oposición; se les informará sobre la importancia de crear un contexto clave favorable al rendimiento, y se hablará sobre los enemigos de la estabilidad para tener una actitud confiada y no dramática, o sobre la importancia de la motivación y la autoestima. El módulo sexto es especialmente importante porque está dedicado al llamado “cante” del temario, es decir, la exposición verbal ante el tribunal, tanto en la preparación, como en la propia técnica o en lo que ocurre después.

 


EL PROYECTO CONSTA DE TRES FASES: DE «ARRANQUE», DE «TRAVESÍA» Y DE «ATAQUE A LA CUMBRE»


 

En la fase II (módulos 7 y 8) se consolida la aplicación práctica del método, subrayando las claves para rendir en el estudio y las virtudes del buen opositor. Por su parte, en la fase III (módulos 9 al 12) se asegura que el opositor llegue al examen en buena forma física, mental y emocional. Los cuatro módulos de este tercer momento se centran en las estrategias y prioridades de los dos meses anteriores al primer examen, distinguiendo entre lo fundamental y lo secundario; tratando de darles una visión clara de lo que va a suceder. Al mismo tiempo, hay espacio para abordar lo que ocurre entre los distintos exámenes, así como la preparación mental para los casos prácticos.

Los vídeos tienen una duración de entre 15 y 20 minutos, con la posibilidad de administrarlos a su conveniencia y en función de sus necesidades, aunque el ritmo lógico es ver uno a la semana. Además de los videos, el programa consta de un segundo elemento: las reuniones online grupales, que se realizan de forma mensual en directo con el coach, y que además quedan grabadas, por lo que estarán disponibles con posterioridad para ser vistas de nuevo en caso de ser necesario. También habrá un foro por fase donde se plasmarán las preguntas que surjan en cada una de ellas. Además, cada alumno podrá consultar en privado con el coach todo lo que necesite a través de un buzón de consultas con el tutor.

En palabras de José Ángel Martínez Sanchiz, presidente de la Fundación Notariado y del Consejo General del Notariado: “Creemos en el valor de la dimensión cualitativa que este programa aporta al estudio de la oposición, un curso que a la vez pone en común las mejores prácticas de los opositores más brillantes y de los preparadores más carismáticos. Por eso desde la Fundación Notariado hemos decidido ofrecerlo a nuestros opositores. Todo esto ayudará a brindar a las nuevas generaciones las mejores herramientas en este exigente periodo”.

‘Música por la infancia desplazada’

El Consejo General del Notariado, a través de sus dos fundaciones -Fundación del Notariado y Fundación Aequitas- junto a Unión Profesional, impulsa el concierto solidario Música por la infancia desplazada, en beneficio de Cruz Roja y la Plataforma de infancia. El evento se celebrará el 6 de abril a las 19:00 horas en el Teatro Monumental de Madrid, y contará con el patrocinio de Vodafone Business.

Las entradas están disponibles en la página oficial del Teatro Monumental con unos precios que oscilan entre los 15 y los 45€ y los fondos recaudados se destinarán a proyectos destinados a la infancia refugiada y desplazada en España de dos instituciones: Cruz Roja Española y Plataforma de la Infancia, alianza que engloba a más de 70 entidades que velan por el bienestar de la infancia. Además, para aquellos que no puedan acudir al concierto de forma presencial y quieran colaborar con un donativo, se ha habilitado la ‘FILA 0’ para que puedan hacerlo.

La Joven Orquesta Bohème, dirigida por Luis Prades Rubias, interpretará tres obras: Egmont Obertura, del Maestro Ludwig van Beethoven; Danzas eslavas, de Antonín Dvořák; y Aurora Europa, una oda a la Unión Europea, compuesta por el notario y compositor Josep María Valls.

Los niños refugiados e inmigrantes de Ucrania, Siria, Afganistán, Senegal o norte de África siguen en aumento en Europa y en España. Las ONG no dejan de mostrar datos descorazonadores sobre ello. En el caso español, Canarias es el mayor puerto de entrada de inmigrantes en la Frontera Sur, a los que hay que sumar los de otros puntos de llegada en Ceuta, Melilla o Baleares, sin contar con los 50.000 niños refugiados procedentes de Ucrania desde el inicio de la guerra.

AYUDA

Donativos Fila O. Cruzroja.es

Comprar entradas en el Teatro Monumental

Entrevista a Aurora Elósegui, magistrada. Premio Foro Justicia y Discapacidad

EN CURSO LEGAL

AURORA ELÓSEGUI,

magistrada. Premio Foro Justicia y Discapacidad

El Foro Justicia y Discapacidad concedió el pasado diciembre su premio A una trayectoria profesional a la magistrada jubilada Aurora Elósegui. En el acto de entrega, el presidente del Foro, Juan Manuel Fernández, destacó de la jueza galardonada su «respeto, cuidado, exigencia, cercanía y trabajo en equipo».

JOSÉ M. CARRASCOSA

"Todos los operadores jurídicos tienen su papel en el tratamiento integral y transversal de la discapacidad"

¿Qué ha supuesto para usted este reconocimiento a su trayectoria profesional?

Este premio inicialmente me incomodó. No soy amiga de reconocimientos oficiales por hacer tu trabajo con dedicación, como creo debe hacer cualquier profesional. El verdadero premio es el reconocimiento de las personas a las que has ayudado en la solución de sus conflictos en el día a día de la labor judicial; y ese premio creo que lo he tenido durante estos largos años de contacto personal con quienes acudieron al juzgado en busca de apoyo. En mi jubilación ya me sentía reconocida. En todo caso, reflexionando, creí entender que se otorgaba no a mi persona, sino a una manera de trabajar en el ámbito de la discapacidad y esto podía ser un acicate para que ese modelo sirviera, en algún sentido, de orientación a los profesionales que siguen trabajando en ese ámbito. Así entendido, expreso mi profundo agradecimiento al Foro Justicia y Discapacidad por este premio, que quiero hacer extensivo a todos cuantos colaboraron conmigo en ese modelo de trabajo.

 


LA DEFENSA DEL ESTADO DE DERECHO ES DIFÍCIL EN CUALQUIER TIEMPO; LAS FORMAS DE ATACARLA SON DIVERSAS Y LA INDEPENDENCIA JUDICIAL SUELE LEVANTAR AMPOLLAS


 

Ingresó en la magistratura en 1987, en plena época de los ‘años de plomo’ de ETA, llegando a ser la decana de los juzgados guipuzcoanos. ¿Qué papel jugaron los jueces vascos en esos primeros años de democracia?

Creo que los jueces, entonces como ahora, defendíamos la Constitución y los derechos fundamentales en ella reconocidos -como son la libertad, la igualdad, la no discriminación-, frente a los intolerantes totalitarios e identitarios que pretendían imponer por la fuerza un pensamiento único. No plegarse a sus exigencias tuvo sus consecuencias. Hubo una huida de ciudadanos y también de jueces de esta tierra y los que nos quedamos perdimos una parcela de libertad pues vivimos todos bastantes años escoltados. No fue una experiencia fácil para nadie, pero la defensa del Estado de Derecho es difícil en cualquier tiempo; las formas de atacarla son diversas y la independencia judicial suele levantar ampollas.

 


A LOS FAMILIARES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD LES DIGO QUE NO TENGAN MIEDO A PEDIR AYUDA. QUE NO ESTÁN SOLOS


 

El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Sebastián, del que usted era titular hasta su jubilación en 2019, está considerado como uno de los pioneros en especializarse en discapacidad e internamientos voluntarios. ¿Qué recuerda de aquellos primeros pasos?

Entonces los procedimientos que afectaban a la discapacidad eran los llamados de incapacitación y los ingresos psiquiátricos involuntarios, fundamentalmente. No entraban muchos asuntos. Se tramitaban mediante modelos, con nulo contacto con las personas afectadas. No se cumplía tan siquiera la escasa normativa existente. Las resoluciones se basaban en informes médicos y testimonios de familiares que no se comprobaban; y, en general, se actuaba con una ignorancia total de la dimensión emocional de la vida de una persona, sus familiares y allegados que comportaba una declaración de incapacitación. Las sentencias eran escuetas, genéricas, abstractas, … Se declaraba a una persona incapaz para todo y se nombraba un tutor que la representara en el ejercicio de su capacidad jurídica.

¿Qué le hizo pensar esa realidad?

Inmediatamente fui consciente de que no se podía tratar este campo como tratábamos las hipotecas, los contratos, las sociedades… Esto era otra cosa. Requería cercanía, escucha, comprensión, principios muy alejados de la burocracia, formalismos y protocolos habituales en los juzgados civiles. Había que profundizar en el conocimiento de la escasa legislación y jurisprudencia existente, ver la forma de aplicarla de acuerdo con los principios reconocidos en la Constitución y en convenciones internacionales sobre discapacidad y salud mental. Se requería dedicación y especialización. Eso era imposible si seguíamos repartiendo estos asuntos entre seis juzgados. Entendiendo que la situación era urgente vi otra vía para poder hacerlo que fue a través de las normas de reparto de asuntos, de tal manera que todos los temas relacionados con la discapacidad se turnaran a un solo juzgado a cambio de una exención de otro tipo de procedimientos.

 


ANIMO A TODOS LOS QUE PUEDAN, A QUE ACUDAN A LA NOTARÍA A EXPRESAR SU VOLUNTAD Y SUS PREVISIONES PARA UNA POSIBLE SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD


 

¿Por qué eligió el ámbito civil de la discapacidad como principal área de actuación?

Dentro del derecho, el ámbito civil es un poco ‘la madre’ de todos los derechos. Es el más extenso, el que contempla a la persona en sí misma. Es también, por decirlo de alguna manera, la cara más amable del derecho, distante del carácter punitivo y sancionador del penal. Además, dentro del procedimiento civil, existe una rama -por llamarla de alguna manera- que contempla determinadas relaciones, situaciones, actividades de las personas en las que no existe confrontación, pero que requieren ser reguladas, supervisadas, para evitar abusos. Esa función se realiza mediante la jurisdicción voluntaria, tan olvidada y menospreciada por nuestros juristas, pero a través de la cual el juez puede ejercer una función que para mí es importante, que es la de cuidar. Hicimos muchas cosas con la jurisdicción voluntaria en beneficio de las personas con discapacidad, medidas puntuales, planes temporales, provisionales…

Participa activamente como patrona en las actividades de la Fundación donostiarra Hurkoa. ¿Cuál es la contribución de las ONG de este tipo?

Este tipo de entidades son esenciales en el mundo de la discapacidad intelectual, porque de nada sirve que se reconozca en una resolución judicial la existencia de una situación de discapacidad que necesita ayuda, si no existe una persona o entidad dispuesta a prestársela. Es más, estas entidades son muy importantes para determinar qué tipo de ayuda requiere la persona, por qué la requiere, para qué, cómo se puede ejercer y con qué recursos.

En unas jornadas organizadas por el Foro Aequitas de la Discapacidad en el Parlamento de Vitoria se puso de manifiesto el avance logrado desde la entrada en vigor hace dos años de la Ley 8/2021 a la hora de adaptar los expedientes a la nueva normativa. ¿Está de acuerdo o cree que queda camino por recorrer?

La Ley 8/2021 exige revisar todas las sentencias de incapacitación dictadas hasta su entrada en vigor. Sé que es una carga de trabajo enorme para estos juzgados, ya de por sí sobrecargados, y seguramente estarán retrasando los nuevos procedimientos para la fijación de medidas de apoyo de las personas que los necesiten. Siento no compartir esa urgencia de revisión de sentencias, que creo surge de una desconfianza injustificada respecto, al menos, de las sentencias dictadas en la última década. La Convención de Nueva York rige desde el año 2006 y debía ser aplicada. La jurisprudencia desde hace tiempo iba revocando aquellas sentencias genéricas, abstractas, y exigiendo que se detallaran los aspectos en que la persona requería ser asistida o sustituida, así como la prohibición de privar de derechos.

¿Qué recomienda a las familias a la hora de configurar las mejores ayudas que garanticen la situación patrimonial, personal o laboral de sus seres queridos?

A los familiares y personas con discapacidad les digo que no tengan miedo a pedir ayuda. Que no están solos. Que acudan a los servicios sociales, a las entidades del tercer sector, a los notarios, al juzgado, … Que sean persistentes y exijan.

Imágenes del acto de entrega del premio a la magistrada jubilada Aurora Elosegui.
Fotos: Consejo General del Poder Judicial
El papel de los operadores jurídicos

¿Qué papel juegan los operadores jurídicos en un derecho de la discapacidad cada vez más desjudicializado?

Todos los operadores jurídicos, y en conjunto toda la sociedad, tienen un papel en el tratamiento de la discapacidad que ha de ser transversal e integral. La función de los notarios es relevante porque mediante su ejercicio podemos conocer de modo fehaciente la voluntad de las personas -expresada cuando están con plenitud de facultades para hacerlo- sobre cómo quieren ser tratadas cuando no puedan decidir por sí mismas y quién debe ser la persona o entidad que ponga en práctica sus decisiones anticipadas. En esa dirección puede otorgar los apoderamientos o instrumentos jurídicos necesarios para ello. El notario debe realizar el juicio de capacidad preciso para la adopción de dichas decisiones; así como el asesoramiento sobre el conjunto de medidas que pretenda establecer. También deberá asesorar sobre las salvaguardas posibles para el caso de que las circunstancias futuras que se han previsto como idóneas, no sean tales o sufran modificaciones. Una resolución judicial o un acta notarial, constituyen una foto fija de la persona y su voluntad en un momento determinado, pero sus efectos se proyectan hacia el futuro y la realidad nos demuestra que las cosas y las personas pueden cambiar.

En todo caso, aun cuando finalmente estas situaciones puedan llegar a los juzgados, estimo esencial conocer cuál fue la voluntad de la persona. Animo a todos los que puedan a que acudan a la notaría a expresar su voluntad y sus previsiones para el caso de que se produzca -que seguramente se producirá porque la edad nos llega a todos- una posible situación de discapacidad, anticipando de esta manera las decisiones que le gustaría que se adoptaran para su atención, sin olvidar la provisión de recursos económicos para ello.

Coto a los paraísos fiscales

ÁMBITO EUROPEO

La nueva legislación europea busca ecuanimidad impositiva en un mundo interconectado.

COTO A LOS PARAÍSOS FISCALES

La competencia es feroz. Ya sea entre bloques comerciales, Estados socios de un mercado común o incluso regiones de un mismo país, la necesidad de atraer inversiones es un objetivo prioritario de gobiernos nacionales y administraciones locales. Bajo distintas denominaciones: concierto o convenio económico, zona franca o de libre comercio, entre otras, existen determinados territorios en todo el planeta que gozan de ciertos beneficios que conllevan la exoneración en el pago de algunos impuestos. Esa laxitud tributaria, en ocasiones criticada como dumping, implica una fiscalidad a la carta que, tradicionalmente, ha beneficiado a grandes empresas y multinacionales, ávidas de rebajar su factura fiscal, que ahora puede tener los días contados.
FERNANDO GEIJO

“Uno para todos, todos para uno”, parece ser la intención que subyace en el espíritu de la legislación para tratar de meter en cintura la elusión fiscal que practican algunas multinacionales y grandes empresas aprovechando su dimensión y huella geográfica.

La idea es poner orden en la selva impositiva, donde los países compiten al ofrecer impuestos a la medida (léase a la baja) para captar inversiones en sus respectivos territorios en detrimento de otros Estados. Una estrategia administrativa que drena recursos tributarios en los mercados donde se produce la actividad comercial y concentra, en forma de maná, el pago de tasas en áreas privilegiadas. Además, supone una evidente desventaja competitiva para las pequeñas y medianas empresas, excluidas de esta especie de juego del trilero fiscal al alcance sólo de las grandes corporaciones.

Un poco de historia

Para cambiar esta dinámica, desde el pasado 1 de enero, han entrado en vigor varias normativas comunitarias que introducen un tipo mínimo del impuesto de sociedades del 15% paras las multinacionales con actividades en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea (UE).

El objetivo de esta nueva legislación es obtener una mayor ecuanimidad y estabilidad impositiva en un mundo interconectado, tanto en el ámbito comunitario como global. De hecho, esta senda se inició hace años con las recomendaciones emitidas desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el G-20 contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

Fruto de ello, la UE adoptó medidas para convertir lo anterior en derecho comunitario, de cara a luchar contra la planificación fiscal agresiva en su mercado interior. De esta manera, aprobó sendas directivas: UE 2016/1164 y UE 2017/952, de 12 de julio de 2016 y 29 de mayo de 2017, por las que se establecían normas para evitar la elusión fiscal y se legislaba en materia de asimetrías híbridas con terceros países, respectivamente. Posteriormente, el Parlamento Europeo sancionó la Directiva UE 2022/2523, de 15 de diciembre de 2022, en la que se definen aspectos como el gravamen mínimo de sociedades, establecido en el 15%, y el impuesto complementario.

 


140 PAÍSES YA SE HAN ADHERIDO A LAS NUEVAS NORMATIVAS ANTIELUSIÓN FISCAL EMPRESARIAL


 

Cuestión de pilares

Previamente, en octubre de 2021, la normativa tributaria recibió un nuevo impulso mediante la declaración conjunta de la OCDE y el G-20 en relación con la citada erosión impositiva y el traslado desleal de beneficios. Para ello se aprobó una declaración, apoyada hoy en día por alrededor de 140 países (incluidos China e India y, por parte europea, algunos países bajo la lupa de la laxitud, como Países Bajos, Luxemburgo y Malta), que suponen en conjunto más del 90% del PIB mundial, y que, entre otros aspectos, perseguía unificar el marco fiscal internacional con una solución basada en dos pilares.

El primero incluye mecanismos para permitir la reasignación de los derechos de imposición entre diferentes jurisdicciones, en las que grandes empresas y multinacionales comercian y obtienen sus beneficios. El segundo comprende las normas para garantizar que se abone el impuesto de sociedades al tipo mínimo acordado del 15%, transpuesto al derecho de la UE mediante Directiva del Consejo de 15 de diciembre de 2022.

El tamaño importa

La nueva normativa comunitaria afecta por igual a multinacionales y a grupos nacionales considerados de gran magnitud, siempre y cuando tengan, por un lado, una sociedad matriz o filial en algún país de la UE y, por otro, ingresos combinados anuales iguales o superiores a los 750 millones de euros obtenidos en, al menos, dos de los últimos cuatro ejercicios inmediatamente anteriores de operación en el mercado único.

Asimismo, la reciente legislación en vigor trata de no dejar cabos sueltos. De esta manera, si se da el caso de que el tipo impositivo efectivo sea inferior al 15% en un país determinado, la directiva comunitaria contempla la posibilidad de calcular la carga fiscal a abonar mediante el denominado impuesto complementario. Una suerte de compensación efectiva cuando se dé la circunstancia de que una filial no esté sujeta al tipo mínimo en el país extranjero en el que desarrolla su actividad, para lo que se le aplicará la citada tasa a su sociedad matriz en el Estado miembro de la UE donde esté situada.

Además, esta directiva también garantiza el pago tributario en los casos en que la matriz no se encuentre ubicada en la UE sino en algún país con bajas tasas que, aún, no aplique normas similares.

Sangría económica

La importancia financiera de este asunto no es baladí. Así, la propia OCDE calculó en su día que los gobiernos pierden cada año nada menos que entre 100.000 y 240.000 millones de dólares por evasión fiscal debido a la ingeniería financiera practicada por grandes empresas y multinacionales.

Tras la puesta en marcha de la normativa europea se abre el turno para que los gobiernos nacionales aprueben leyes en línea con el tipo mínimo acordado, reduciendo las posibilidades de fraude. Esto, sin llegar a eliminar la competencia fiscal entre Estados, acotará el uso agresivo de estrategias de atracción de inversiones y supondrá, según la OCDE, la generación a escala global de ingresos adicionales anuales para las Administraciones por importe de 150.000 millones de dólares.

 


LA EVASIÓN POR INGENIERÍA FISCAL GENERA PÉRDIDAS ANUALES DE ENTRE 100.000 Y 240.000 MILLONES DE DÓLARES


 

Como mostró la célebre película Wall Street, el dinero nunca duerme, dirigida por Oliver Stone y protagonizada por Michael Douglas, la avidez por maximizar los ingresos y reducir los gastos es una constante de toda gestión empresarial que se precie. Sin embargo, las nuevas normativas aprobadas ya están dando sus resultados. Gracias al trabajo pionero de la UE, varios ‘paraísos’ ya han anunciado la implementación de un impuesto de sociedades para las empresas que operen en sus respectivos territorios. Una necesaria cuestión de justicia distributiva frente a las recurrentes prácticas ejercidas por algunos grandes conglomerados empresariales.

Tenemos un plan

La normativa emanada del impulso propuesto en el seno de la OCDE y avanzada por la UE tiene evidentes ventajas; entre ellas:

  • Permitir a los gobiernos incrementar la inversión en infraestructuras gracias al aumento de la recaudación impositiva.
  • Ayudar a recabar fondos para destinarlos a la lucha contra el cambio climático.
  • Garantizar que las grandes empresas paguen las tasas donde operan y obtienen beneficios.
  • Posibilitar una distribución más justa de los impuestos sobre los beneficios, incluidos los relativos al negocio de origen digital.
  • Aportar estabilidad y confiabilidad al sistema fiscal internacional.
A vueltas con lo digital

Tras el auge tecnológico y dado que la normativa aún presupone la presencia sobre el terreno para gravar la actividad empresarial, la UE también aboga por la implantación de un sistema digital de tasas que tenga esto en cuenta.

Por tanto, la UE trabaja desde 2017 para alinear la normativa tributaria actual a la era digital. Para ello, en marzo de 2021 adoptó nuevas normas (denominadas DCA7) con el objetivo de que las autoridades de los Estados miembros intercambiasen automáticamente, a partir de 2023, información sobre los ingresos de las plataformas digitales.

En octubre de 2023, el Consejo dio otra vuelta de tuerca y adoptó una nueva directiva (DCA8), cuyos principales cambios consistían en:

  • El intercambio automático de información sobre operaciones con criptoactivos.
  • La información para personas con elevado patrimonio neto sobre resoluciones fiscales previas.
OJO AL DATO

Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión. Diario Oficial de la Unión Europea, 22 de diciembre de 2022.

Declaración sobre el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía. OCDE, 8 de octubre de 2021.

Directiva del Consejo por la que se modifica la 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. Consejo de la Unión Europea, 19 de febrero de 2021.

El comercio marítimo mundial

ALDEA GLOBAL

EL COMERCIO MARÍTIMO MUNDIAL

El mar es y ha sido siempre la gran autopista por la que se mueven las mercancías que forman parte de los flujos de importación y exportación internacionales. En torno a un 90% de ellas viaja en enormes barcos desde el lugar de producción al de consumo o, según qué casos, de distribución. De las rutas definidas, la más importante es la que circunvala el globo terráqueo pasando por los puertos principales del planeta. La conveniencia de usar atajos para recortar tiempos y costes en esta ruta es también su punto débil cuando entran en juego asuntos geopolíticos. Un ejemplo es el Canal de Suez, al que se llega por el estrecho Bab al Mandeb, al sur del mar Rojo. De ahí que el conflicto bélico en la zona se haya convertido en una fuente de inquietud económica..
Barcos geolocalizados por vía satélite. Captura del 26/02/24 a las 19:50 horas
(www.marinetraffic.com).
MELCHOR DEL VALLE

Al hablar de circunvalación comercial, por ser más concretos, hemos de tener en cuenta que no se trata de una vuelta al mundo como la que protagonizó la expedición de Magallanes y Elcano hace poco más de 500 años. Digamos que se trata de varias rutas que, vistas en un mapamundi y enlazándolas gráficamente, nos permitirían darnos cuenta de que podríamos empezar en un punto cualquiera y volver al mismo tras haber navegado siempre en una misma dirección, pero no es «obligatorio» hacerla completa, lógicamente, para completar una misión de transporte de mercancías.

 


EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR VÍA MARÍTIMA MUEVE UNOS 21.100 BILLONES DE EUROS, UN 90 % APROXIMADAMENTE DEL COMERCIO MUNDIAL


 

A navegar

Imaginemos un barco que sale de alguno de los puertos importantes de China. Yendo hacia el sur, se dirigiría primero hacia Singapur para coger el primer atajo, que es el estrecho de Malaca, por el que se calcula que pasan diariamente unos ciento cincuenta barcos, petroleros la mayoría, con destino a China y a Japón. Nuestro barco imaginario habría cruzado el océano Índico, por tanto, y podría haber llegado hasta el golfo Pérsico cruzando un segundo estrecho, el de Ormuz, si su objetivo fueran los yacimientos de gas y petróleo. Se estima que por esta angostura pasan unos quince petroleros al día. El barco habría vuelto por el mismo camino para dirigirse al mar Rojo pasando por un tercer cuello de botella, como es el estrecho de Bab al Mandeb, por el que navegan anualmente petroleros con unos 3,3 millones de barriles de oro negro y es paso obligado hacia el Canal de Suez, por donde suelen pasar unos doscientos barcos semanalmente.

Esto ya deja a nuestra nave en el Mediterráneo rumbo a Grecia, Italia, Francia o España, pero tendrá que usar el estrecho de Gibraltar, que soporta un tráfico de unos ochenta y dos mil buques al año, si quiere recalar en los puertos del mar del Norte (Holanda, Bélgica o Alemania). Desde Europa, la ruta lleva hacia los fondeaderos del este norteamericano, encabezados por Nueva York, y sigue hacia las Antillas Mayores, cruzando normalmente el Caribe entre la República Dominicana y Puerto Rico, para tomar el último de los atajos: el canal de Panamá. Por él cruzan unos quince mil barcos de alto tonelaje anualmente y permite pasar del Atlántico al Pacífico sin tener que bordear América del Sur. El destino de nuestro buque podría ser, a partir de ahí, Los Ángeles, San Francisco o Vancouver, ya en Canadá, desde donde enfilaría hacia las islas de Japón, cruzando el mar de Bering, y desde ahí de nuevo a las costas chinas. Circunvalación completada.

El transporte marítimo en cifras

Según la Organización Mundial del Comercio (Perspectivas del comercio mundial, 2023) el negocio internacional de mercancías supone 25,3 miles de millones de dólares de EE.UU. (23.400 billones de euros). El transporte de estas mercancías por vía marítima mueve unos 21.100 billones de euros (un 90% aproximadamente del total). Obviamente, en estas cifras mundiales no se incluyen el valor del comercio de servicios comerciales (6.500 billones de euros) ni los servicios prestados digitalmente (3.500 billones de euros).

 


EVITAR EL CANAL DE SUEZ SUPONE UN AUMENTO DE 9.000 KILÓMETROS EN EL TRAYECTO, 14 DÍAS MÁS DE NAVEGACIÓN E INCREMENTO DE LA HUELLA DE CARBONO


 

Vueltos al mar, todo ese dinero flota en cisternas, como los petroleros, en contenedores amontonados, habitualmente en cubiertas y en bodegas. En peso, durante todo 2023 se han movido por mar algo más de 11.200 millones de toneladas según la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Informe sobre el transporte marítimo 2023). Mientras, y por distintas razones, los precios del transporte siguen en aumento. El coste medio de transportar un contenedor de 67,4 metros cúbicos de capacidad (el estándar llamado «de 40 pies») ha pasado de los 1.300 euros de 2019 a los casi 3.400 en febrero de 2024: un incremento del 160% (datos de la consultora británica Drewry). Hay rutas cuyos costes de flete superan con bastante la media; es el caso de la vía Shanghái-Rotterdam, que tiene incrementos superiores al 440% en el mismo periodo.

Conflictos y problemas

Decíamos, al dibujar imaginariamente la circunvalación por la que corre habitualmente el transporte marítimo, que uno de los atajos más importante es el Canal de Suez. Cruzarlo en una u otra dirección implica atravesar el estrecho de Bab el-Mandeb, que es frontera entre Yemen (Asia) y Yibuti (África) y cuyo nombre significa «puerta de las lágrimas», lo que ya da una idea de lo peligroso que se considera circular por sus aguas desde siempre. Tras el comienzo de la actual guerra en Gaza, los hutíes (facción yemení pro-palestina) decidieron declarar la guerra a todo el que apoyase a Israel, léase barcos británicos y estadounidenses, principalmente. La peligrosidad para los buques en tránsito a o desde Suez trajo consigo dos consecuencias inmediatas: por un lado, el incremento de las primas de los seguros; por otro, la alternativa de cambiar a una ruta más larga, que lleva a rodear el Cuerno de África y bordear casi todo este continente para llegar a Gibraltar y tomar desde ahí dirección este (sur de Europa) u oeste (puertos del norte europeo). Aumento de 9.000 kilómetros en el trayecto,14 días más de navegación, mayores costes del flete y, que no se olvide, incremento importante de la huella de carbono.

La «puerta de las lágrimas» no es el único punto caliente de la ruta de circunvalación. Tanto el estrecho de Ormuz como el de Malaca son posibles lugares de inestabilidad. El primero ya sabe de amenazas de cierre por parte de Irán ante las sanciones de EE.UU. a causa del programa de armamento nuclear iraní. El segundo, entre Malasia e Indonesia, porque es la principal vía por la que se mueven las mercancías que tienen a China como origen o destino, pero no es un lugar controlado por el gigante asiático; alguno de sus dirigentes, de hecho, cita su dependencia de este paso como «el dilema de Malaca». A todos ellos se unen los problemas del canal de Panamá, en este caso a causa de la sequía y las dificultades para que lo crucen naves con grandes calados.

Lo que la actualidad señala.

Los ataques en el Mar Rojo son un tropiezo más en el último lustro para el comercio mundial, que se añade a la pandemia del Covid-19 y a la guerra en Ucrania. El trío de dificultades en tan corto lapso hace preguntarse a quienes deben pensar en soluciones si es suficiente con intentar parchear los problemas o si se deben buscar alternativas más fiables. Cabe incluso plantearse si pudiéramos haber llegado al límite de la viabilidad del comercio mundial, tal y como actualmente lo llevamos a cabo. Un cambio de modelo pasaría por disponer de fábricas alternativas, duplicar las fuentes de abastecimiento y renunciar al stock cero, lo que va en contra de las estrategias que han marcado el desarrollo comercial últimamente. Todo un apasionante tema el de la resistencia de las cadenas de suministro en las que el transporte marítimo es actor principal.

 


LOS ATAQUES EN EL MAR ROJO SON UN TROPIEZO MÁS EN EL ÚLTIMO LUSTRO, QUE SE AÑADE A LA PANDEMIA DEL COVID-19 Y A LA GUERRA EN UCRANIA


 

El caso es que todo lo que no sea utilizar la famosa circunvalación como vía principal es multiplicar los costes y, en consecuencia, el precio final que los consumidores deben asumir. Hay quien piensa que una posibilidad sería aprovechar el deshielo del Ártico y utilizar el estrecho de Bering como ruta alternativa, pero tampoco es un lugar plenamente confiable –no deja de ser frontera entre Rusia y EE.UU.– y menos desde que en 2012 la costa rusa del paso es zona militar cerrada. Y no: los transportes mixtos tierra-mar no parecen alternativas viables; entre otras cosas, como la relación entre la carga y la capacidad de los vehículos para transportarla, porque transitar por las distintas fronteras no es lo mismo que navegar por aguas internacionales.

El tráfico portuario en España

El sistema portuario español lo integran 28 autoridades portuarias que gestionan los 46 puertos marítimos de interés general, bajo la coordinación del ente público Puertos del Estado. En estos puertos se embarcan anualmente más de 200 millones de toneladas de mercancía y se desembarcan más de 280 millones de toneladas. Los de mayor tráfico son los de la bahía de Algeciras y Valencia, con Barcelona en tercer lugar, pero algo más descolgado. Los dos primeros llevan a cabo una importantísima función de trasbordo entre las embarcaciones que conectan Europa con Asia y América, a la vez que las que llegan de África con destino a Europa. La localización estratégica del puerto de Algeciras, en la confluencia del Atlántico con el Mediterráneo, ha favorecido que muchas navieras tengan programadas sus rutas cerca de esta bahía.

El canal de Panamá tiene, debido a la sequía, problemas para que lo crucen naves con grandes calados.

Para saber más

Tráfico marítimo mundial.
marinetraffic.com. (Web de geolocalización constante. Pinchando en cada barco se conoce su nombre y destino).

Informe sobre el comercio mundial 2023.
Organización Mundial del Comercio (septiembre de 2023).

Global Trade.
United Nations Conference on Trade and Development (actualización junio de 2023).

Informe sobre el transporte marítimo.
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (noviembre de 2023).

«La suma positiva y la suma cero», por Gonzalo Gómez Bengoechea

ALDEA GLOBAL

GONZALO GÓMEZ BENGOECHEA,

director del Departamento de Economía de Comillas (ICADE)

Los desglobalizadores consideran el mundo como un juego de suma cero: «Si tú ganas más, yo pierdo»

La suma positiva y la suma cero

La desglobalización es un fenómeno caracterizado por Estados nación poderosos, soluciones locales y controles fronterizos en lugar de instituciones globales, tratados y libre intercambio de personas, mercancías o capitales. Es un movimiento hacia un mundo menos conectado.

La economía global está en alerta por este creciente y aparentemente novedoso fenómeno. Partidos políticos a derecha e izquierda, grupos de presión y agentes diversos (desde agricultores a líderes políticos) alertan sobre el riesgo de seguir dependiendo del resto del mundo para proveernos de bienes básicos o sobre la competencia desleal de nuestros socios comerciales.

Eventos recientes como el brexit, el trumpismo, la guerra en Ucrania, la ralentización del comercio internacional, la inestabilidad en el Mar Rojo, o la crisis energética global, acrecientan la sensación de que hemos entrado en un período de cierta desglobalización económica.

Desde el punto de vista académico, es más preciso abordar esta cuestión como un equilibrio entre fuerzas globalizadoras y desglobalizadoras. Los globalizadores observan el mundo desde una perspectiva de suma positiva: dos países que comercian mejoran su posición previa, aunque uno se beneficie más que el otro con el intercambio. Los desglobalizadores consideran el mundo como un juego de suma cero: “Si tú ganas más que yo, entonces yo pierdo”.

Esta tensión es recurrente en la historia reciente. El capitalismo en los siglos XIX, XX y XXI evoluciona a partir de momentos críticos en los que se produce una alteración en los equilibrios entre aislacionistas e internacionalistas. El empuje integrador, como si del bastón de mando de la competitividad global se tratara, ha pasado del Reino Unido a Estados Unidos, y de Estados Unidos a China.

Así, a finales del siglo XIX, Reino Unido era la gran potencia globalizadora, con unos Estados Unidos temerosos y proteccionistas. El objetivo de la nación americana era construir una industria doméstica poderosa. El riesgo de verse inundados por productos británicos, más baratos y avanzados, los llevó a defenderse mediante tarifas y barreras arancelarias de todo tipo.

No fue hasta después de la Primera Guerra Mundial cuando el dominio tecnológico, empresarial e institucional americano les permitió comenzar a liderar una nueva oleada globalizadora. Europa, aun digiriendo la descomposición de sus tradicionales imperios y las consecuencias económicas de la Gran Guerra, adoptó el nacionalismo económico como estrategia económica dominante.

La época de la Pax Americana se inició tras la Segunda Guerra Mundial. Estados Unidos, líder indiscutido de la nueva globalización, propició política, económica y militarmente el período más próspero de la modernidad en las economías avanzadas. En Europa, el compromiso keynesiano basado en Estados intervencionistas apostó igualmente por la integración.

Las crisis petrolíferas de los años 70 frenaron el proceso de integración global como parte de una estrategia de reducción de dependencia de las economías productoras de petróleo. Este tropezón fue seguido de una nueva oleada liberalizadora de la mano de Reagan, Thatcher, los neoconservadores americanos y el llamado Consenso de Washington.

En el siglo XXI las consecuencias económicas y sociales de dos eventos alteraron el consenso globalizador: los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 y la Gran Recesión del período 2008-2013. Las fuerzas antiglobalizadoras occidentales se agruparon detrás de aquellos más afectados por estos cambios: trabajadores vinculados a sectores de bajo valor añadido superados por la competencia exterior, así como ciudadanos temerosos de perder sus identidades nacionales e instituciones locales irrelevantes en un entorno cada vez más integrado. China y las economías asiáticas, mientras tanto, aceleraron su incorporación a los mercados internacionales de bienes con precios bajos y crecientes capacidades tecnológicas.

A partir de 2016, con la victoria de Donald Trump en las elecciones americanas, la salida de Reino Unido de la Unión Europea y el resurgimiento de los populismos en Europa, la agenda desglobalizadora ganó tracción espoleada por un volátil contexto geopolítico. Desde entonces, el “combo liberal” formado por democracia y capitalismo global se ve amenazado por nuevos actores que abogan por diferentes formas de autocracias de mercado. Por un lado, China apuesta por la integración económica global con un régimen doméstico que restringe libertades y derechos. Por otro, diferentes formas de trumpismo mantienen recelos hacia la globalización e incorporan matices autoritarios a sus democracias. Los defensores de este enfoque abogan por diferentes formas de fortalecimiento de lo nacional en base a una mezcla de proteccionismo, subsidios y política industrial. Joe Biden también apoya esta estrategia para competir con China y las economías asiáticas. No es solo “cosa de Trump”. Estados Unidos es ahora un país más proteccionista e intervencionista.

La tentación para los perdedores de la globalización en las economías avanzadas es grande: renunciar a un sistema éticamente superior, pero que no está cumpliendo con lo que de él se espera, o abrazar políticas económicas estatalistas, proteccionistas o autocráticas que prometen salvar a Occidente de su lento declive económico.

Europa y Estados Unidos tienen ante sí un reto mayúsculo: deben decidir si la visión integradora y competitiva que han defendido desde la Segunda Guerra Mundial sigue vigente. No se trata de una decisión de política económica, únicamente. Es necesario evitar que la desatención hacia los “descontentos de la globalización” se traduzca en el surgimiento de modelos alternativos que acaben con 60 años -relativamente exitosos- de democracia, libertades y globalización.

Digitalización notarial: mayor seguridad y agilidad para la empresa

ENTRE MAGNITUDES

DIGITALIZACIÓN NOTARIAL: MAYOR SEGURIDAD Y AGILIDAD PARA LA EMPRESA

Los casi 3.000 notarios que ejercen en nuestro país son también garantía de seguridad jurídica en el entorno digital. La entrada en vigor de la Ley 11/2023 ha permitido la creación del protocolo electrónico, la generación de copias electrónicas para particulares y empresas y la prestación de algunos servicios notariales íntegramente online.

ALEJANDRO MOYA BLAY
El presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, explicó en Foro Confilegal Especial Notariado las novedades que aceleran y facilitan los servicios notariales.

Sobre estos aspectos dialogaron el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz; el director general del centro tecnológico del Notariado, Ancert, Alberto Martínez Lacambra; y el director de Economía y Políticas Sectoriales de Cepyme, Francisco Vidal. El debate tuvo lugar en una sesión del Foro Confilegal; un espacio de debate organizado por el medio y moderado por su director, Carlos Berbell.

 


JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ SANCHIZ: «NUESTRA FUNCIÓN SE BASA EN EL CONTACTO CON LAS PERSONAS, QUE MANTENEMOS EN LAS NOTARÍAS Y HEMOS EXTENDIDO CON LOS SERVICIOS DIGITALES»


 

Los representantes del cuerpo notarial y de la patronal de la pequeña y mediana empresa pusieron sobre la mesa los cambios que han traído consigo las medidas de digitalización de las actuaciones notariales, recogidas en la Ley 11/2023, en vigor desde el pasado 9 de noviembre, y su impacto en el sector empresarial, particularmente en las pymes.

El presidente del CGN remarcó que estas novedades suponen un gran avance y un hito histórico para el Notariado, pero no una transformación de la función que tradicionalmente desarrollan los notarios. “Estos servicios online facilitan el acceso de los ciudadanos al notario. Nuestra función se basa en el contacto con las personas, que mantenemos en las notarías y hemos extendido al entorno digital”, subrayó.

Videoconferencias notariales

Según Martínez Sanchiz, la normativa introduce dos mejoras fundamentales. En primer lugar, la posibilidad de realizar ciertos actos por medio de una videoconferencia en la Sede Electrónica Notarial, que tiene la máxima calificación -nivel alto- en el Esquema Nacional de Seguridad, a la cual se accede a través del Portal Notarial del Ciudadano.

En esta web ciudadanos y empresas pueden solicitar cita con el notario que elijan para pedirle diversos servicios online, como realizar el otorgamiento de algunos poderes o la constitución de una sociedad limitada. También, las videoconferencias notariales van a permitir solucionar situaciones societarias en las que es difícil reunir presencialmente a todas las personas, como ampliaciones de capital o nombramientos de administradores, y facilitar la financiación, agilizando la firma de créditos no hipotecarios o pólizas.

 


ALBERTO MARTÍNEZ LACAMBRA: «EN APENAS DOS MESES, LOS NOTARIOS HAN DEPOSITADO 1.300.000 PROTOCOLOS ELECTRÓNICOS EN LA SEDE ELECTRÓNICA NOTARIAL»


 

Verificación de la identidad

En lo relativo a la comprobación de la identidad, el presidente del Notariado explicó que “la acreditación en el Portal Notarial supone una verificación inicial, puesto que requiere también registrarse con un certificado electrónico cualificado, Cl@ve Pin o acudiendo previamente a una notaría. Además -continuó- el sistema cruza la información con la base de datos de la policía para comprobar que el carnet de identidad o DNI no ha sido sustraído o se ha perdido”.

Alberto Martínez Lacambra señaló que desde el centro tecnológico del Notariado, Ancert, están trabajando para integrar un software que permite detectar si el documento de identidad que se muestra en imagen es auténtico o se trata de una copia.

Copias autorizadas electrónicas

Esta ley también permite generar copias autorizadas electrónicas de los documentos notariales, que hasta ahora solo podían circular en un circuito cerrado con las administraciones públicas, para que cualquier particular o empresa disponga de ellas mediante un código seguro de verificación (CSV), pudiendo acceder incluso desde su teléfono móvil.

Para Francisco Vidal este es “un instrumento ideal para la empresa” y refuerza la seguridad jurídica, “por la trazabilidad del proceso, especialmente con el uso de estos CSV que permiten conocer la situación actualizada de un documento público en el momento de su utilización”.

Agilidad y eficiencia para las empresas

En España existen cerca de tres millones de sociedades, de las cuales un 93 % son microempresas. Particularmente, “700.000 empresas constan de uno o dos trabajadores y más de millón y medio son autónomos sin empleados. Con estos recursos laborales cualquier medida que lleve a procesos más eficientes es vital”, apuntó Francisco Vidal.

En opinión del director del área económica de Cepyme, poder realizar un acto de forma telemática con varias personas que se encuentran en diferentes lugares, que de otra manera podría verse retrasado varios meses, “ahorra tiempo y dinero porque hay un coste de oportunidad en ciertas operaciones”.

Adaptación rápida y segura

El Notariado está afrontando este proceso de transformación, no exento de complejidad, de una manera ágil y con la mayor seguridad. “La adaptación está siendo magnífica. En apenas dos meses, los notarios han depositado 1.300.000 protocolos electrónicos en la Sede Electrónica Notarial”, explicó Alberto Martínez Lacambra.

El director del centro tecnológico del Notariado, Ancert, hizo hincapié en que la seguridad en el tráfico digital de documentos entre notarios, administraciones, empresas y ciudadanos está garantizada y remarcó que el Notariado español es referente, no solo por su función, sino por su tecnología.

“Llevamos más de 20 años trabajando con nuestro centro tecnológico. Todos los notarios del territorio nacional estamos conectados mediante una red que nos permite disponer de iguales medios, tanto a aquellos que se encuentran en grandes ciudades, como a los que prestan servicio en pequeños núcleos rurales”, añadió Martínez Sanchiz.
Por último, Martínez Lacambra animó a empresas y ciudadanos a aprovechar esta “oportunidad” y registrarse en el Portal Notarial del Ciudadano (www.portalnotarial.es), que ya cuenta con más de 370.000 usuarios.

Freno a la morosidad

ENTRE MAGNITUDES

FRENO A LA MOROSIDAD

En Europa no se ponen de acuerdo. Mientras que la Comisión Europea quiere aprobar un reglamento que limite el plazo de los pagos a proveedores y endurezca las sanciones por retrasarse, el Parlamento Europeo parece decidido a dar largas al proyecto. A esto hay que sumar que tendría que pasar por la aprobación del Consejo de la UE, donde el rechazo parece ser casi unánime.
FERNANDO GEIJO,
El nuevo reglamento endurecería las sanciones por retraso en el pago a proveedores.

Alrededor del 99% del tejido empresarial de la Unión Europea (UE) está compuesto por pymes y autónomos. Una cifra nada desdeñable desde el punto de vista estadístico que, sin duda, da idea de la magnitud e importancia del colectivo que ansiaba una regulación más efectiva de la morosidad en el pago de sus facturas. Una oportunidad para, de paso, eliminar ambigüedades en los plazos de abono, acotados a un máximo único de 30 días común para toda la UE, que atañe a todas las operaciones comerciales, realizadas tanto con grandes compañías como con Administraciones públicas.

 


EUROPA PROPONE POR PRIMERA VEZ MULTAR A EMPRESAS Y ADMINISTRACIONES MOROSAS


 

El nuevo Reglamento sobre la morosidad (Late Payment Regulation, por su denominación en inglés), cuya aprobación estaba prevista para antes de las elecciones al Parlamento Europeo, en junio de 2024, y que derogaría la vigente Directiva sobre medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, trata de poner coto a una práctica recurrente llevada a cabo, principalmente, por multinacionales e importantes corporaciones al alargar más allá de los límites legales el pago de sus facturas a proveedores, con aplazamientos que, en ocasiones, llegan a superar los 120 días de demora.

Vigilancia reforzada

La futura legislación contempla que sean los propios Estados miembros quienes se encarguen de aplicar el régimen sancionador acordado, respetando siempre el espíritu de la norma, que habla de “sanciones efectivas, proporcionales y disuasorias”.

El objetivo no es otro que garantizar la aplicación efectiva del reglamento. Para ello, cada Estado designaría a la autoridad, que pueden ser varias, responsable última de su funcionamiento. Entre sus facultades se encontraría la potestad para realizar inspecciones sobre el terreno, así como la capacidad para imponer multas y, en su caso, medidas cautelares al responsable de la infracción.

Cuando se produjera un impago, se pondría en marcha de forma obligatoria, automática y sin que el acreedor siquiera lo solicite, el mecanismo para reclamar los intereses de demora sobre la cantidad adeudada, a lo que habrá que sumar un 8% adicional en función de cómo estén en ese momento los tipos de referencia del Banco Central Europeo (BCE), mientras que para los países de la UE que aún no han adoptado la moneda común, el tipo lo fijaría el respectivo banco central nacional.

Los expertos consideran que la instauración de un régimen sancionador es el único camino para conseguir la reducción en los plazos de reembolso de las facturas, habida cuenta de las dificultades en la materia registradas, por ejemplo, en España, tras múltiples intentos previos y prórrogas parlamentarias para regular este asunto.

 


LA UE REDUCIRÍA EL TIEMPO PARA AGILIZAR EL PAGO DE FACTURAS A UN MÁXIMO DE 30 DÍAS


 

Mejoras efectivas

El nuevo reglamento, que derogaría una directiva que data nada menos que de 2011, pretende aportar certeza a pymes y autónomos, dado que la anterior normativa no fue transpuesta por todos los Estados de la UE. O sea, lograr la necesaria armonización en el conjunto de los 27 países que integran el bloque comunitario.

Otra diferencia con el escenario presente es que la inminente legislación poseería un carácter legal reforzado, al tratarse de un reglamento -de aplicación rápida y directa- frente a la actual directiva, lo que facilitaría la eliminación de cualquier tipo de ambigüedad y/o laguna.

Esta iniciativa legislativa forma parte de una batería de medidas emanadas desde la Comisión Europea de cara a apoyar al amplio ecosistema europeo de pymes y autónomos. De hecho, incluye también la simplificación burocrática, histórica demanda de las asociaciones sectoriales, al objeto de que las pequeñas y medianas empresas puedan calcular su base imponible según las reglas del país en el que tienen su sede y, de esta manera, presenten una única declaración de impuestos ante la Hacienda de ese Estado. Una disposición que, según los técnicos comunitarios, reduciría en cerca de un tercio sus costes administrativos, con el ahorro de alrededor de 34.000 millones de euros al año.

La relevancia de esta iniciativa se refuerza, además, con el dato aportado por los expertos de la propia Comisión, al calcular que el recorte en un solo día de los retrasos en los reembolsos podría ahorrarles a las empresas europeas cerca de 160 millones de euros en costes de financiación.

El último de la fila

La propuesta de Bruselas garantizaría igualmente el pago automático de los intereses acumulados y las tasas de compensación, al introducir medidas en este sentido para proteger a las empresas de pagadores olvidadizos.

En este sentido, prevé el resarcimiento por los denominados costes de recuperación, al determinar que el deudor debe pagar de forma automática al acreedor una indemnización por los costes de cobranza. Es decir, una compensación a tanto alzado de 40 a 50 euros, o su equivalente, por transacción comercial abonada con retraso. Con ello, se delimitaría la inequidad que supone que el propio acreedor se haga cargo de los intereses generados por la dilación.

Asimismo, no hay que olvidar que este tipo de situaciones genera un efecto arrastre en la cadena de cobros, como en el caso de las subcontratas en algunos grandes concursos públicos que, en ocasiones, deben esperar un tiempo extra para percibir sus honorarios por parte de los proveedores, en vez de cobrar directamente de la Administración pública en cuestión.

La asimetría y el abuso de poder están presenten en el texto de justificación de las razones para poner en marcha el nuevo reglamento, derivado del paquete de medidas integradas en el denominado SME Relief Package, recientemente anunciado a bombo y platillo por la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, en su último discurso sobre el Estado de la Unión.

 


UNA DE CADA TRES PYMES CERRÓ EN ESPAÑA POR CULPA DE LA MOROSIDAD


 

No cabe duda de que las condiciones de cada coyuntura financiera afectan a todos los agentes y empresas. Sin embargo, en el reparto de cartas de la competencia empresarial, no es lo mismo jugar la partida económica siendo una multinacional que una pyme. En definitiva, se trata de una esperada iniciativa impulsada desde la Comisión que, en esta ocasión, pone el foco como nunca antes en tratar de equilibrar la balanza de oportunidades entre los Davides y los Goliats.

Ventajas añadidas

El adelanto en el pago de las facturas entraña evidentes mejoras, sobre todo para pymes y autónomos, entre las que se encuentran:

  • Mejorar la liquidez mediante el incremento del flujo de caja.
  • Aumentar la competitividad.
  • Disminuir los costes de financiación.
  • Acceder a nuevas oportunidades de inversión y comerciales.
  • Simplificación burocrática y un marco regulatorio más efectivo.
El 99 % del tejido empresarial de la UE está compuesto por pymes y autónomos.

Consecuencias del impago

El último Informe sobre Morosidad, relativo a 2022, elaborado por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, refleja que:

  • El plazo medio de pago del sector privado en España fue de 67 días, por encima del límite legal de 60 establecido en la Ley 15/2010.
  • En el caso de las Administraciones públicas también ascendió a 67 días, superior a los 30 días fijados como límite un año antes en la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas.
  • El 53% de las pymes pagó sus facturas a tiempo, mientras sólo lo hizo un 25% de las grandes empresas.
  • Un 22% de empresas cobró en plazo de la Administración pública, frente a un 34% que lo hizo muy por encima del mismo.
  • Un 22% de las Administraciones autonómicas pagó dentro del marco legal y un 29% muy por encima, mientras que, en el caso de las municipales, el 21% cumplió con el límite legal frente a un 30% que lo sobrepasó sobremanera.
  • El 94% de los proveedores encuestados admitió que no exigió la indemnización legal por retraso o impago.
  • Una de cada cuatro empresas en la UE y una de cada tres en España, cerró por culpa de la morosidad.

OJO AL DATO

Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Informe sobre Morosidad Estudio Plazos de Pago en España 2022. Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM).

Comunicado de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité Europeo de las Regiones. Paquete de ayuda para las pymes. Comisión Europea.

«Hacia una regulación europea de la morosidad», por Gerardo Cuerva

ENTRE MAGNITUDES

Gerardo Cuerva.
GERARDO CUERVA,

presidente de CEPYME

"Es urgente homogeneizar las normas contra la morosidad en el ámbito europeo para garantizar que todas las empresas cuentan con las mismas reglas"

Hacia una regulación europea de la morosidad

La morosidad en las operaciones comerciales es un problema generalizado en Europa, que tiene graves efectos negativos sobre la liquidez de las empresas y afecta de manera especial a las pymes, por sus menores recursos y capacidad de negociación con los proveedores y clientes, y mayor debilidad para afrontar el retraso de pagos. La morosidad supone un incremento de los gastos de financiación de las empresas, que deben asumir periodos elevados de demora en los pagos, ocasionando costes muy altos, a veces inasumibles, y limitando su capacidad de competir y reinvertir.

Por ello, desde hace más de 10 años, la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales ocupa un lugar prioritario en la estrategia de CEPYME. Desde el convencimiento de que es urgente un cambio cultural, que promueva el pago de las facturas en plazos asumibles, hemos venido participando, a través de nuestro Observatorio de la Morosidad, en la regulación europea impulsada por la Comisión Europea, que actualmente se encuentra en la fase final para la aprobación del reglamento. Como hemos señalado en foros europeos y españoles, esta regulación es decisiva, por cuanto establece una legislación común para toda Europa en un tema que es especialmente sensible para las pequeñas y medianas empresas.

Para CEPYME es urgente homogeneizar las normas contra la morosidad en el ámbito europeo para garantizar que todas las empresas cuentan con las mismas reglas y preservar la libre competencia; por ello, instamos a los miembros del Parlamento Europeo a que aborden con prontitud esta cuestión, antes de que finalice el actual período legislativo europeo.

Sin duda, la morosidad, altamente nociva para el tejido productivo, es un problema generalizado en toda Europa, pero no tiene la misma incidencia en todos los países de la UE, lo que provoca diferencias sustanciales en términos de competitividad. Tomando los extremos, y según la Encuesta de Pagos D&B recogida en la documentación con la que trabaja la Comisión Europea, los pagos que se efectúan después de la fecha de vencimiento oscilan entre el 10% de Dinamarca y el 86% de Rumania. En España, los pagos atendidos fuera de plazo alcanzan el 56%, en línea con nuestro vecino Francia (58%), Bélgica (56%) y por debajo de Italia (62%), pero lejos de Alemania (35%). De esta forma, nuestro país se encuentra entre los Estados europeos con plazos de pago más amplios.

Según los datos del Observatorio de la Morosidad de CEPYME correspondiente al tercer trimestre de 2023, la morosidad elevó a 2.700 millones de euros el gasto financiero de la deuda comercial de las pymes, duplicando la cifra registrada solo un año antes. El Periodo Medio de Pago se situó en 82 días, frente a los 60 que establece la ley.

 


Es imprescindible que esta regulación tenga en cuenta la realidad de la empresa, especialmente de las pequeñas y medianas, y las condiciones especiales de los sectores económicos y que su aplicación tenga resultados eficientes en la práctica.


 

El nuevo reglamento europeo pondría el objetivo en el cumplimiento de los plazos legales, objetivo que comparte CEPYME, que considera que es preciso tener en cuenta la realidad de las pymes y los sectores concretos, para garantizar su cumplimiento y la eficacia de la norma.

Es imprescindible que esta regulación tenga en cuenta la realidad de la empresa, especialmente de las pequeñas y medianas, y las condiciones especiales de los sectores económicos y que su aplicación tenga resultados eficientes en la práctica, reduciendo los plazos medios de pago, que ocasionan graves problemas de liquidez y de financiación a las pymes.

Enganchados a las bebidas energéticas

CONSUMO

ENGANCHADOS A LAS BEBIDAS ENERGÉTICAS

El 45 % de los jóvenes de entre 14 y 18 años reconoce que toma con frecuencia este tipo de bebidas.
La mezcla de sustancias estimulantes y de azúcares que contienen las bebidas energéticas las convierten en un cóctel tan adictivo como peligroso. El consumo medio de estos productos en España se sitúa en siete litros mensuales por persona y la cifra va en aumento. Una tendencia nada recomendable si tenemos en cuenta los efectos negativos de este cóctel de sustancias sobre la salud.
MARIÁN LEZAÚN

Los adolescentes lideran el consumo de las llamadas bebidas energéticas en España: productos azucarados, con ingredientes estimulantes nocivos para la salud y que, sin embargo, se han convertido en una moda peligrosa. El 45% de los jóvenes de entre 14 y 18 años reconoce que toma con frecuencia este tipo de bebidas, según la encuesta Estudes del Ministerio de Consumo. Los motivos son varios: para rendir más en el gimnasio, para estar más despiertos, para tener energía y también para mezclarlas con alcohol cuando salen de fiesta.

Qué contienen

Sin embargo, muchos de estos consumidores desconocen el efecto que, a medio y largo plazo, la ingesta de estos líquidos puede provocar en su organismo. “Las bebidas energéticas contienen grandes cantidades de estimulantes como la cafeína y la taurina, además de azúcares y otro tipo de sustancias que afectan al sistema nervioso y que alteran los ritmos circadianos, especialmente el de sueño y vigilia. Esto afecta de forma muy negativa al funcionamiento de todo nuestro organismo”, explica Laura Isabel Arranz, experta en nutrición y autora de la Dieta Lógica. Además de esto, Arranz señala que, tomadas en cantidades excesivas, las bebidas energéticas “pueden llegar a provocar taquicardias e hiperexcitabilidad”. Algo que también corroboran desde los servicios de emergencias de los hospitales que alertan de la peligrosidad de las bebidas. Además, algunas de ellas aportan vitaminas en cantidades desorbitadas. Según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), el consumo de estas bebidas supone un riesgo moderado o alto de hipervitaminosis para las vitaminas B3 y B6, cuyo exceso puede producir picores en la piel e incluso alteraciones hepáticas.

 


GALICIA PREPARA UNA LEY PARA CONTROLAR EL CONSUMO DE LOS REFRESCOS ENERGÉTICOS ENTRE LOS MENORES


 

Hay que regular

Por eso, no es de extrañar que la comunidad autónoma de Galicia se haya adelantado y prepare una ley para controlar el consumo de estos refrescos entre los menores de 18 años, ya que en los últimos años están detectando un aumento de los problemas de salud en este grupo de edad. Será una ley de protección de la salud de los adolescentes, pero también de prevención de las conductas adictivas. No obstante, los expertos advierten de que el consumo de estas bebidas es, en muchos casos, el paso previo al abuso de otras sustancias, mucho más perjudiciales, como alcohol y drogas. No hay más que leer las noticias los fines de semana para ver cómo esta tendencia está afectado a los jóvenes. “Y los riesgos se multiplican si se consumen bebidas energéticas junto al alcohol puesto que se ingieren dos sustancias en el cuerpo de manera simultánea y con efectos totalmente contrarios, un estimulante del sistema nervioso y un depresor (alcohol). Esto es muy peligroso y los síntomas pueden comenzar por inestabilidad y mareos, pero al ser similares a los efectos que provoca el mismo alcohol, son difíciles de detectar y pueden llevar a no darles importancia y en última instancia esta mezcla dañina puede conducir a paros cardíacos”, reconoce Arranz.

 


EL CONSUMO DE REFRESCOS ENERGÉTICOS ES, EN MUCHOS CASOS, EL PASO PREVIO A OTRO TIPO DE ADICCIONES


 

Por ahora, el anteproyecto de ley que prepara la comunidad define a las bebidas energéticas como un conjunto heterogéneo sin alcohol que contienen sustancias estimulantes como la cafeína, la taurina, la carnitina, la glucuronolactona (carbohidrato), vitaminas del grupo B y determinados ingredientes a base de plantas como el ginseng o el guaraná. Sin embargo, advierte de que no se deben confundir con otras bebidas isotónicas que existen en el mercado y que son utilizadas por los deportistas para hidratarse y recuperar las sales minerales que se pierden durante el ejercicio. “Según la propuesta, los menores tendrán prohibido consumir, transportar o tener en su haber estas bebidas”, recoge el diario La Voz de Galicia. Y aunque esta autonomía ha sido la primera de España en tomar esta decisión, el debate se ha abierto en otros territorios. Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Navarra y el País Vasco también prevén estudiar la regulación de su consumo. La Comunidad Valenciana y Castilla y León ya han empezado a abordar la cuestión. Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios ha pedido recientemente al Ministerio de Consumo que el etiquetado de estas bebidas sea similar al del tabaco. Es decir, que se reserve hasta un 65% del espacio para indicar los mensajes de advertencia.

Las multas que se contemplan para las empresas pueden llegar a alcanzar los 600.000 euros en los casos más graves. Para los consumidores, la sanción podría llegar a los 600 euros y se controlará su venta en determinados establecimientos, así como en las máquinas expendedoras.

Las consecuencias

Entre los principales efectos que señalan los expertos están las alteraciones del sueño, la ansiedad, la irritabilidad o las arritmias cardiacas. No son pocas las ocasiones en que los servicios de emergencia atienden a jóvenes y adolescentes, especialmente los fines de semana, debido a crisis provocadas por beber en exceso, mezclar con alcohol o, simplemente, por intolerancias a los componentes de estos refrescos.

Otro de los problemas y que preocupa a los expertos es que se trata de un producto que no aporta nutrientes, pero sí que tiene un efecto saciante, por lo que desplaza el consumo de alimentos que sí les convendrían para su salud y desarrollo. Así, “estas bebidas hacen que la dieta de los jóvenes sea inadecuada además de estar hiperestimulados de forma antinatural”, explica Arranz. Para que la salud de los jóvenes sea siempre la mejor, el agua debería ser el líquido preferido, aunque muy ocasionalmente se puede tomar un refresco o algún zumo.

Un mercado en crecimiento

Los lineales de los supermercados se han llenado en los últimos meses de esta oferta poco saludable. Decenas de marcas pelean por llegar a los más jóvenes. El último en hacerlo ha sido el famoso Prime, una bebida energética lanzada por dos de los youtubers más famosos del mundo, Logan Paul y KSI, conocidos a través de las redes sociales. La bebida ya ha llegado a España y entre sus virtudes se señala que se trata de un refresco vegano, que no contiene azúcares. Sin embargo, la colorida lata suministra hasta 200 miligramos de cafeína, casi el doble del clásico Red Bull y el equivalente a la ingesta de seis latas de Coca-Cola. Y, aunque el mercado parece saturado de marcas, la industria siempre encuentra la forma de introducir algo más. Un reciente estudio de la OCU advierte de que al menos doce bebidas energéticas a la venta en supermercados y tiendas de conveniencia igualan o superan los 150 mg de cafeína por lata, la cantidad diaria máxima que establece la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para un adolescente de 50 kg.

Algunas bebidas energéticas aportan vitaminas en cantidades desorbitadas.

Nuevas adicciones

En la adolescencia el cerebro del niño va madurando. Los niños y niñas empiezan a socializar, a relacionarse con sus iguales en contextos más allá del colegio y la familia y esa adaptación no siempre es fácil. Si a estas cuestiones biológicas añadimos el acceso a las redes sociales y el uso de dispositivos móviles, el cóctel es, de partida, bastante peligroso. Así, en los últimos años, los expertos alertan de que, además del alcohol, cuyo consumo se ha adelantado a edades más tempranas, las drogas, las apuestas, los juegos online, las compras y el porno se han convertido en la gran amenaza de nuestros jóvenes. Uno de cada tres adolescentes está enganchado, y seis de cada diez incluso duermen con el móvil.

PARA SABER MÁS

AESAN: La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha elaborado una guía sobre el consumo y los efectos de las bebidas energéticas en la población.

Ministerio de Sanidad: El informe Estudes recoge las tendencias de los más jóvenes respecto al uso de bebidas energizantes.

Alimente: La página web sobre alimentación y vida sana de El Confidencial analiza el mercado de las bebidas energizantes en España y por qué gustan tanto a la población joven.

Statista: La página web de análisis de mercado recoge información sobre el sector de las bebidas energéticas.