Entrevista a Araceli Mangas, XXVII Premio Pelayo

EN CURSO LEGAL

ARACELI MANGAS,

XXVII PREMIO PELAYO

“La UE debe promover una nueva generación de derechos fundamentales relacionados con la tecnología digital”

Araceli Mangas Martín recibió de manos del presidente del Senado, Ander Gil, el XXVII Premio Pelayo para Juristas de Reconocido Prestigio el pasado 25 de noviembre, sumándose así un elenco de galardonados que representan lo más significativo de la ciencia jurídica española.

CARLOS CAPA

¿Qué supone para usted este galardón?

Mayor compromiso y responsabilidad en mi trabajo. El Premio Pelayo, que patrocina la Mutua de Seguros Pelayo, es una distinción muy consolidada tras 27 años y la mayor que puede recibir un jurista de la sociedad. Lo han recibido los “Magni Hispani” contemporáneos como Sánchez Calero, Olivencia, Aurelio Menéndez, García de Enterría, Peces Barba, Landelino Lavilla, mi maestro Diez de Velasco, Miguel Herrero, María Emilia Casas, Encarnación Roca…

Ha dedicado su vida al estudio y la docencia. ¿Tenemos una buena educación superior en España?

No. La universidad está en declive permanente desde los años noventa y desde la implantación de Bolonia es una pendiente fuerte. Y si añadimos el haber eliminado todos los controles serios sobre el acceso y calidad del profesorado, los riesgos y daños serán insuperables todavía en una generación.

En su discurso de aceptación del Premio Pelayo dijo sentirse “fascinada” por la construcción europea. ¿Cree que los ciudadanos son conscientes de lo importante de la UE y del derecho comunitario en su vida cotidiana?

Expresé mi fascinación por la capacidad de reconciliar a pueblos como alemanes y franceses que vivieron la más execrable de las guerras. En España hoy se hace elogio del odio desde el poder y amenazan con perseguir a una parte de los perdonados; solo a una parte.

 


“En España no tenemos una buena educación superior. Está en declive desde los años 90”

 

Vuelvo a la intención de su pregunta. A su manera la ciudadanía sabe que España cambió profundamente a partir de los años noventa del pasado siglo. Antes iban a una capital europea (Paris, Berlín, Roma…), viajaban por esos países y podían constatar el atraso y la diferencia de calidad de vida entre ellos y nosotros. Hoy los españoles notan que España tiene ciudades e infraestructuras similares y que no hay abismos. Saben de la calidad de vida que les procuran las normas sobre consumo, medioambiente… y que les ha protegido frente a las cláusulas abusivas de los bancos, o los pagos de los cánones digitales…O cómo la UE ha protegido nuestro Estado de Derecho impidiendo al Gobierno de coalición imponer los nombramientos judiciales de un solo partido.

¿Goza de buena salud la UE después del Brexit y con el desafió a la prevalencia de las leyes europeas en países como Polonia?

Son situaciones distintas. Tras el Brexit subió espectacularmente el apoyo de la ciudadanía a la UE en los 27. En todas las elecciones al Parlamento Europeo desde 1979 fue disminuyendo la participación. De pronto en 2019 subió más de ocho puntos. La gente no entendía que los británicos rechazaran el sistema de integración que nos ha procurado el mayor período de paz, libertad y prosperidad de la historia de Europa. Y la gente tomó conciencia de la fuerza de estar unidos pues se logró un acuerdo muy favorable a la población y empresas de la UE. Al fin y al cabo, se marchó un socio que siempre tuvo una relación tormentosa y que siempre ponía frenos y vetos a una defensa común. El Brexit fue percibido como un triunfo del populismo y la desinformación.

Claro que preocupa Polonia, la rebeldía del gobierno y del parlamento, o la sumisión total de su Tribunal Constitucional al gobierno polaco; no por el problema de la primacía del Derecho de la UE, sino porque el desafío niega los valores comunes, lo razón de estar juntos. Rechazar los valores de la democracia y su columna vertebral, el Estado de Derecho, asentado en la independencia de los jueces, es amenazar la existencia de la Unión misma.

 


“El modelo europeo sigue sacando provecho de las grandes crisis. No sé si España podrá estar a la altura y aprovechar esta gran oportunidad”

 

¿Qué supondrán los Fondos NexGeneration para Europa?

La pandemia (como antes el Brexit) se erigió en otro motor para avanzar en la integración, al acordar un endeudamiento común y solidario mediante el Plan NextGeneration de la UE que fue imposible en tiempos tranquilos. Los grandes impulsos federadores a lo largo de la historia vinieron de grandes guerras o de grandes cataclismos. El modelo europeo sigue sacando provecho de las grandes crisis. La UE pretende movilizar a los Estados y estimular reformas profundas internas de modernización que permitan acelerar los grandes objetivos de las transiciones digital y verde. No sé si España podrá estar a la altura y aprovechar esta gran oportunidad semejante al milagro europeo de la postguerra en 1945.

 


“La sociedad española no ha perdido sus valores, pero los gobernantes de este siglo no están a la altura de sus responsabilidades”

 

La sociedad digital está creando un nuevo entorno en el que hay grades compañías que funcionan casi como estados virtuales, generando sus propias reglas. ¿Puede el derecho tradicional ser efectivo en este escenario?

Hasta ahora la UE ha desplegado una política de control de las conductas de las tecnológicas como los Estados individualmente nunca hubieran podido ejercer. Pero no nos podemos conformar solo con multar por su irresponsabilidad fiscal y sus excesos en materia de competencia leal. Es importante lo que hizo la UE al regular la protección de datos con el reglamento general, los servicios digitales, los mercados digitales, la “Década Digital”, la Estrategia de Ciberseguridad, etc. 

La UE debe promover también una nueva generación de derechos fundamentales relacionados con la consolidación y constante innovación de la tecnología digital en la medida en que nuestra privacidad y seguridad se pueden ver amenazados. La Unión tiene que encontrar una política proactiva que se adelante en la defensa frente al autoritarismo digital

¿Está en crisis el Derecho Internacional Humanitario?

No exactamente. Pero sí hay un conjunto de Estados con gobiernos democráticos, autocráticos y dictatoriales que son refractarios al Derecho Internacional en su conjunto y con distinta intensidad: desde Estados Unidos o Reino Unido, a Marruecos, Turquía, Rusia o dictatoriales como Bielorrusia, Venezuela o Cuba.

 


“El Notariado cumple una función esencial, imprescindible, en una sociedad democrática sujeta a reglas. Incuestionable al aunar legalidad y certeza”.

 

Es usted académica de número en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. ¿Ha perdido la sociedad o, al menos sus gobernantes, algunos de los valores que la han venido sustentando o simplemente los ha cambiado por otros más cercanos a los tiempos?

La sociedad española no los ha perdido: fue ejemplar en los confinamientos con el trabajo sacrificado de los trabajadores esenciales y sanitarios; ejemplar en la masiva vacunación; o líder mundial en la donación de trasplantes de órganos.  Los gobernantes desde este siglo y a velocidad de vértigo en los últimos siete años no están a la altura de sus responsabilidades ni sirven al interés general.

Las mujeres, según un informe del CSIC, son solo el 16% de los rectores, el 21% de los catedráticos y el 25% de los investigadores de mayor importancia. ¿Para cuándo la igualdad real en el ámbito universitario?

No puedo poner fecha. Pero progresa bastante, si bien con lentitud, se hace el camino para integrar a la mitad de los caminantes. Yo fui la segunda mujer en ingresar en 2014 en mi Real Academia (fundada en 1857); y desde 2020 han ingresado tres más y consecutivas…Una hazaña que no debiera serlo.

La seguridad jurídica es un principio básico en una democracia sólida. ¿Qué opina de la función que cumplen los notarios para darle cobertura mediante la fe pública?

Es una función esencial, imprescindible, en una sociedad democrática sujeta a reglas. Incuestionable al aunar legalidad y certeza.  

Huella digital:
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, ejerció la misma actividad académica en la Universidad de Salamanca. Doctora Honoris Causa por la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina) está en posesión entre otras distinciones de la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort.

Araceli Mangas mantiene un completo blog en el que escribe con frecuencia.

Gran parte de la muy extensa producción literaria y científica de la profesora Mangas puede consultarse aquí

El discurso de aceptación del XXVII Premio Pelayo puede descargarse en este enlace

Entrevista a Lourdes Arastey, jueza del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

EN CURSO LEGAL

Lourdes Arastey,

jueza del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

“Al ser interpretado por el TJUE, el Derecho de la Unión se despliega de forma igual en todo el territorio”

María Lourdes Arastey Sahún tomó posesión de su cargo como jueza del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de octubre, destino al que llega desde el Tribunal Supremo, donde ejerció como magistrada en la Sala de lo Social los últimos 12 años. De 2013 a 2021 desempeñó asimismo el cargo de jueza del Tribunal Administrativo de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN). Entregada a la docencia, fue profesora asociada en la Universidad de Barcelona. Miembro del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (GEMME), ha presidido su sección española y su comité ejecutivo europeo.

CARLOS CAPA

Acaba de incorporarse a su puesto. ¿Qué supone este cambio para usted?

Podría decir que supone seguir ejerciendo la misma tarea que he venido desarrollando durante toda mi vida profesional. Sin embargo, en muchos sentidos comporta un enorme cambio.

No sólo por el marco normativo al que he pasado a servir, sino también por la enorme complejidad procedimental que lleva aparejada la función encomendada al Tribunal de Justicia. El fondo, la forma, el ámbito objetivo -funcional y territorial-, el multilingüismo –y la terminología específica del Derecho de la Unión-, las reglas procesales… Todo es distinto y, a la vez, sigue tratándose del desarrollo de la labor de un juez. Un reto que asumo con ilusión, pero con enorme responsabilidad.

¿Qué cree que aporta su condición de jueza de carrera -sus antecesores no lo eran- al TJUE?

El Tribunal de Justicia se nutre de juristas provenientes de diversas experiencias jurídicas, tanto profesionales como culturales. Y esa es su enorme riqueza y su potencial.

A mí, personalmente, el provenir de la práctica jurisdiccional me permite disfrutar de algunas perspectivas muy necesarias para afrontar la tarea –conozco el “oficio” de juzgar-. Pero pasar de la jurisdicción nacional a la de la Unión también me obliga a adaptarme a esas otras aproximaciones que puedan tener otros miembros del tribunal que son jueces y abogados generales con perfiles prácticos y académicos diversos y con cultura jurídica nacional variada. El tribunal actúa de forma colegiada y lo hace con profundo y continuado debate en todas las fases de cada uno de los asuntos que se le someten.

¿Cree usted que los ciudadanos alcanzan a comprender lo cerca que está de su vida cotidiana la justicia europea?

Me preocupa que muchos ciudadanos de la Unión no sean plenamente conscientes del privilegio que implica vivir en un entorno regido por el Estado de derecho. No es algo que se quede en una cuestión de principios generales, sino que afecta a prácticamente todos los aspectos de la vida diaria de las personas: sus compras, sus relaciones laborales, sus viajes, la calidad de los productos y del medioambiente, su acceso a la sanidad, a la justicia, a los servicios públicos e, incluso, la actuación de las instituciones nacionales… El Tribunal de Justicia, como intérprete del Derecho de la Unión, perfila día a día el alcance del conjunto de derechos que el ordenamiento confiere y que los Estados miembros deben garantizar. Hay que recordar que la Historia de Europa no ha tenido un periodo de paz de tanta duración como la que ha propiciado la integración europea a través de la suscripción de unos valores comunes, entre los que el Estado de derecho se alza como la herramienta que amalgama y garantiza los restantes: el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y el respeto a los derechos humanos. Todos estos valores pueden verse amenazados en cualquier momento y, con ello, la realidad de cada uno del medio billón de ciudadanos de la Unión.

La Unión Europea vive tiempos convulsos: Brexit, crisis pandémica, desafío institucional de algunos miembros… ¿Qué papel debe jugar el TJUE para sostener los cimientos de la Unión?

La función del Tribunal está perfecta y claramente definida en los Tratados. Debe garantizar el respeto del Derecho de la Unión en la interpretación y aplicación de éste. Esta función, sometida a la independencia e imparcialidad, le otorga la competencia exclusiva para conocer de los incumplimientos de los Estados Miembros, de la legalidad de los actos de las demás instituciones de la Unión –en los términos fijados en los Tratados-, de los defectos de actuación de éstas y, muy relevantemente, de llevar a cabo la interpretación del Derecho de la Unión que los jueces nacionales hayan de aplicar en los casos de los que conocen. Destaco este último papel porque implica un mecanismo de integración de enorme solidez: los jueces de la Unión no somos sólo quienes servimos en el TJUE, sino todos y cada uno de los jueces de todos y cada uno de los 27 Estados miembros, pues son ante ellos ante los que suscitan los conflictos y quienes deben aplicar el Derecho de la Unión, para lo cual cuentan con la herramienta de la petición prejudicial sobre las dudas interpretativas que ese ordenamiento plantee en relación con el caso concreto. De esta forma, al ser interpretado por el TJUE, el Derecho de la Unión se despliega de forma igual en todo el territorio.

Es cierto que una interpretación del Derecho de la Unión que impida a una legislación nacional tener un efecto distinto al buscado por aquélla puede generar reticencias en el ámbito interno, pero el principio de primacía del Derecho de la Unión y la obligación asumida por los Estados miembros al suscribir su adhesión delimitan la respuesta a las “zonas de fricción”.

¿Es el Derecho de la Unión una fuente efectiva para garantizar los derechos laborales de forma equilibrada en la UE?

En el ámbito social el desarrollo ha sido muy evidente, no en vano el Derecho de la Unión ha ido adquiriendo un marcado perfil social, claramente plasmado en los Tratados vigentes.

A título de ejemplo y centrándonos en la legislación y en la jurisprudencia españolas, comprobamos cómo han evolucionado los aspectos relacionados con la discriminación entre mujeres y hombres, con la asunción de conceptos como la discriminación indirecta, la transversalidad del principio, etc.-; cómo se ha incorporado el análisis de otros factores de discriminación, dando lugar al planteamiento de controversias sobre discapacidad, edad, etc.; cómo ha variado la aproximación a los derechos en materia de tiempo de trabajo; cómo surgió un bloque normativo y jurisdiccional muy amplio en relación con la protección de la salud e integridad física y psíquica de las personas trabajadoras. Y, ya que mencionaban la pandemia, conviene recordar que nuestra legislación en materia de extinciones colectivas de contratos de trabajo, la protección frente a la insolvencia empresarial o frente al cambio de empresario está necesaria y obligatoriamente marcada por las normas de la Unión al respecto.

¿Qué se puede hacer para promover mecanismos alternativos para la resolución de conflictos?

Es algo a lo que he sido invitada a responder muchas veces. Creo que hemos conseguido que el tema de la mediación esté en el discurso de todos. Pero, voy a ser un poco dura: en efecto, la realidad se muestra bastante más recalcitrante. Me pregunta por las posibles soluciones y, conociendo la situación de los juzgados y tribunales de nuestro país y las condiciones en las que trabajan, es evidente que la apuesta por la mediación, no es que sea imprescindible, es que requiere de una inversión material inmediata en el seno de esos órganos judiciales que están infradotados económicamente. Creo que las propuestas legislativas constantes vienen adoleciendo de una efectiva y coherente puesta en marcha. Es urgente una actuación que nos aleje del peligro de la falta de tutela judicial por obsolescencia y abandono de las infraestructuras de la Justicia.

La igualdad sigue siendo un reto no suficientemente cumplido. ¿Por qué no acaba de alcanzarse en plenitud?

Pues es evidente que es un tema cultural, con arraigo secular, que pasa por la educación. Las leyes no pueden ser ya más claras: los hombres y las mujeres son iguales y está prohibido todo trato desigual o discriminatorio. Es evidente que la sanción frente a la vulneración de este derecho fundamental sólo va a actuar cuando se haya podido denunciar y detectar tal lesión del derecho. Por consiguiente, es la sociedad en su conjunto la que debe ser consciente de la realidad de desigualdad que todavía permanece y la que ha de reaccionar “ex ante”.

¿Es el notariado, en su opinión, una herramienta valiosa para garantizar la imprescindible seguridad jurídica, sin la que los valores europeos estarían en peligro?

El principio de seguridad jurídica se halla ínsito en la noción de Estado de derecho. Exige la claridad, precisión y previsibilidad de las normas y, por ende, de los actos jurídicos de los que nazcan derechos y obligaciones. Tal aproximación es también la que sigue la jurisprudencia del Tribunal de Justicia (recientemente: sentencia de 29 de abril de 2021, Banco de Portugal y otros, C-504/19). De ahí que la garantía por la intervención notarial en la documentación de actos jurídicos constituya una pieza sustancial de la preservación del principio.

CONTRA LA DELINCUENCIA FINANCIERA
¿Cómo valora el papel del notariado en la lucha contra el blanqueo de capitales?

La actuación del notariado es, sin duda alguna, esencial, puesto que ejercen una función pública que permite conocer operaciones -actos societarios o transacciones- en las que detectar la primera señal de alarma, por ejemplo, de la existencia de sociedades-pantalla o fundaciones…. La integración de toda la información de forma centralizada y la cooperación con las autoridades competentes en la investigación ha demostrado ser capital y ha supuesto un enorme avance en el terreno de la lucha contra este tipo de delitos, respecto de los que, en efecto, la Unión Europea ha prestado especial atención, en la medida en que el blanqueo afecta a sus intereses financieros, poniendo en marcha la Fiscalía Europea, que comenzó sus funciones el pasado 1 de junio de 2021.

“Me preocupa que muchos ciudadanos de la UE no sean plenamente conscientes del privilegio de vivir en un entorno regido por el Estado de derecho”

Huella digital:

Los principales datos biográficos de la jueza Arastey Sahún se encuentran en este enlace de la web oficial del TJUE 

También Wikipedia tiene una extensa entrada sobre ella en este acceso.

Entre las muchas entrevistas y noticias que ha generado en su vida profesional tomamos por su profundidad la que le dedica la Asociación Judicial Francisco de Vitoria y que puede leerse aquí.

«La garantía por la intervención notarial en la documentación de actos jurídicos constituye una pieza sustancial de la preservación del principio»

«Una ley en defensa de la libertad de expresión», por Francisco Fonseca

ÁMBITO EUROPEO


FRANCISCO FONSECA

representante de la CE en España

[email protected]

 

Una ley en defensa de la libertad de expresión

La entrada en vigor en diciembre de 2019 de la Directiva para reforzar la protección de los denunciantes de irregularidades en la Unión Europea (UE)[1] supone un hito sin precedentes en la defensa de la libertad de expresión y de los medios de comunicación en Europa.

¿Por qué?

Desde el punto de vista jurídico, en el momento de su adopción, solo diez Estados miembros de la UE garantizaban la plena protección de los denunciantes de irregularidades. En los demás países, la protección concedida era parcial y se aplicaba únicamente a determinados sectores o categorías de trabajadores. La Directiva supone, por tanto, una mejora significativa en el nivel de protección de los denunciantes y acerca a los Estados miembros hacia un marco legal avanzado, elevando el listón en todos los gobiernos de la UE.

Desde el punto de vista de los valores y derechos fundamentales -que son la base sobre la que se sustenta el proyecto de la UE- la protección de los denunciantes es esencial para preservar el Estado de Derecho y la democracia en Europa.

Recientes escándalos como los provocados por las revelaciones del Dieselgate, LuxLeaks, los papeles de Panamá o Cambridge Analytica, ponen de manifiesto que los denunciantes de irregularidades desempeñan un importante papel a la hora de sacar a la luz actos ilegales que dañan el bienestar de la sociedad y los ciudadanos europeos. Así pues, si les protegemos mejor, podremos detectar y prevenir mejor los perjuicios para el interés público, tales como el fraude, la corrupción, la elusión del impuesto sobre sociedades o daños a la salud y el medio ambiente.

Los denunciantes de irregularidades pueden ayudar a detectar, investigar y sancionar los abusos de la legislación de la UE. También tienen una importante función a la hora de facilitar que los periodistas y la prensa desempeñen su papel fundamental en las democracias europeas. Por ello, necesitan la protección adecuada contra la intimidación o las represalias. Los ciudadanos que revelen actividades ilegales no deben ser castigados por su actuación.

Habiendo tenido la suerte y el privilegio de estar implicado en la supervisión de la elaboración de la propuesta legislativa durante mi periodo en la Dirección General de Justicia de la Comisión Europea, puedo confirmar el colosal reto legal que supuso poner sobre la mesa una ley europea de carácter horizontal que garantizara una protección prácticamente integral para el denunciante en un amplio número de sectores: contratación pública, servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales, financiación del terrorismo… y así hasta diez grandes rúbricas en las que se subsumen la casi totalidad de casuísticas a las que un potencial denunciante puede llegar a enfrentarse en caso de detectar una infracción legal.


«Los denunciantes de irregularidades desempeñan un importante papel a la hora de sacar a la luz actos ilegales que dañan el bienestar de la sociedad»

Para ello, la Comisión se basó en numerosas disposiciones diferentes del Tratado de la Unión Europea, garantizando que no se crearan lagunas legales, y asegurando el respeto de las competencias nacionales. Todas las áreas cubiertas por la Directiva están relacionadas con una infracción o abuso de la legislación de la UE. Del mismo modo, y con la misma vocación de protección integral, la Directiva tiene un amplio alcance en términos de quién puede ser denunciante: aquellos que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral.

El éxito de esta Directiva dependerá, en última instancia, de su correcta transposición en los Estados miembros a su legislación nacional (prevista en diciembre de 2021). La Comisión Europea alienta a los Estados miembros a superar estas normas mínimas y a establecer normativas exhaustivas basadas en los mismos principios en materia de protección de los denunciantes de irregularidades.

A pesar del gran paso al frente que supone la Directiva en la protección de los denunciantes, la situación de los periodistas en algunos países sigue siendo motivo de gran preocupación. En los últimos años asistimos con horror al asesinato de Daphne Galizia en Malta y Jàn Kuciak en Eslovaquia, periodistas que destaparon delitos de corrupción en sus respectivos países. Unos hechos que sin duda calaron hondo en Europa, donde las amenazas y la intimidación no tienen cabida, y facilitaron la rápida adopción de la Directiva a pesar de su gran complejidad técnica.

La Comisión Europea está realizando un mapeo de las posibles situaciones de abuso de litigio contra periodistas para determinar el mejor camino a seguir. El Plan de Acción para la Democracia Europea, que se adoptará a finales de este año, también incluirá sugerencias sobre cómo abordar las llamadas ‘SLAPP’ (Strategic Lawsuits Against Public Participation). Las SLAPP son demandas entabladas con la intención de silenciar o intimidar actos de participación pública, como informar sobre cuestiones de interés público o el activismo, no con la intención de ganar u obtener justicia. Las SLAPP son una amenaza no solo para nuestro derecho a la libertad de expresión, sino también para nuestras democracias. Los periodistas y las organizaciones de la sociedad civil deben utilizar su experiencia y tiempo para ser los guardianes de nuestras democracias, no para luchar contra litigios abusivos. El apoyo de los Estados miembros será crucial en este esfuerzo, porque a nivel europeo las competencias para actuar en este área son limitadas.

Para concluir, me gustaría insistir en el hecho de que la democracia, los derechos fundamentales y la defensa del estado de derecho son y seguirán siendo prioritarios para la Comisión Europea. El recién publicado informe anual sobre el estado de derecho en la Unión Europea realiza un análisis exhaustivo de la situación de todos los Estados miembros, incluyendo cuestiones relevantes para el tema que nos ocupa como la libertad de expresión y la libertad de los medios. Un documento que sirve de guía a la Comisión en sus actuaciones en éste ámbito y una herramienta clave para todos los interesados en asuntos de justicia en Europa.

[1]DIRECTIVA (UE) 2019/1937 del PARLAMENTO EUROPEO y del CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

A law in defence of freedom of expression

The entry into force in December 2019 of the Directive to strengthen whistleblower protection across the European Union (EU)[1] marks an unprecedented milestone in the defence of freedom of expression and the media in Europe.

Why?

From a legal standpoint, at the time of its adoption only 10 EU Member States ensured that whistleblowers were fully protected. In the remaining countries, the protection granted was partial and only applied to specific sectors or categories of workers. The Directive therefore represents a significant improvement in the level of protection and brings the Member States closer to an advanced legal framework, raising the bar across all EU governments.

From the point of view of fundamental values and rights —the cornerstone of the EU project— whistleblower protection is essential to preserving the rule of law and democracy in Europe.

Recent scandals such as Dieselgate, LuxLeaks, the Panama Papers and the Cambridge Analytica revelations show that whistleblowers can play an important role in uncovering unlawful activities that damage the welfare of European society and citizens. So by better protecting them we can better detect and prevent harm to the public interest such as fraud, corruption, corporate tax avoidance and damage to health and the environment.

Whistleblowers can help to detect, investigate and sanction abuses of EU law. They also play an important role in enabling journalists and the press to play their fundamental role in European democracies. That is why they need proper protection against intimidation and retaliation. Citizens who uncover illegal activities should not be punished as a consequence of their action.

Having had the fortune and privilege of being involved in supervising the drafting of the legislative proposal during my time at the European Commission’s Directorate-General for Justice, I can confirm the colossal legal challenge involved with tabling a European-wide law that would guarantee nigh-on comprehensive protection for blowing the whistle across a wide number of sectors: public procurement; financial services, products and markets; money laundering and terrorist financing, etc. All up, 10 large areas covering almost all the cases potential whistleblowers could face if they detect a legal breach.

To do so, the Commission drew on many different provisions of the Treaty on European Union, ensuring no legal loopholes were created and guaranteeing respect for national competences. All the areas covered by the Directive relate to a breach or abuse of EU law. Similarly, and with the same vocation of wholesale protection, the Directive has a broad scope in terms of who can be a whistleblower: people who work in the private or public sector and who have obtained information on breaches in a work context.

The Directive’s success will ultimately depend on Member States correctly transposing it into their national laws (expected in December 2021). The European Commission encourages Member States to punch above these minimum standards and establish comprehensive regulations based on the same principles for the protection of whistleblowers.


«Whistleblowers play an important role in uncovering unlawful activities that harm the welfare of society»

Despite the big step forward the Directive entails in protecting whistleblowers, the situation of journalists in some countries remains a matter of great concern. In recent years we have witnessed with horror the murders of Daphne Caruana Galizia in Malta and Ján Kuciak in Slovakia, journalists who uncovered corruption offences in their respective countries. Their deaths evidently struck a deep chord in Europe, where there is no place for threats or intimidation, and powered the swift adoption of the Directive despite its great technical complexity.

The European Commission is mapping potential cases of vexatious litigation against journalists to determine the best way forward. The European Democracy Action Plan, to be adopted later this year, will also include suggestions on how to tackle Strategic Lawsuits Against Public Participation (SLAPPs). SLAPPs are filed with the intention of silencing or intimidating acts of public participation, such as reporting on matters of public interest or activism, not with the intention of winning or obtaining justice. They are a threat not only to our right to freedom of expression but also our democracies. Journalists and civil society organisations should leverage their expertise and time to be the guardians of our democracies, not to fight vexatious litigation. Member States’ support will be crucial to this effort since powers to act in this area are limited at the European level.

In conclusion, I would like to emphasise the fact that democracy, fundamental rights and the defence of the rule of law are and will remain a priority for the European Commission. The recently published annual report on the rule of law in the European Union features a comprehensive analysis of the situation of all Member States, including issues relevant to the matter at hand such as freedom of expression and freedom of the media. The document can guide the Commission in its actions in this area and is a key tool for all parties involved in justice matters in Europe.

[1]DIRECTIVE (EU) 2019/1937 of the EUROPEAN PARLIAMENT and of the COUNCIL of 23 October 2019 on the protection of persons who report breaches of Union law.