Actualidad de los Colegios Notariales – Castilla-La Mancha


Ampliación de la Junta Directiva
El pasado 9 de febrero, el Colegio Notarial de Castilla-La Mancha celebró una convocatoria electoral para la ampliación de su junta directiva. De esta forma, la Junta Directiva del colegio queda compuesta por: Luis Enrique Mayorga Alcázar como decano; Daniel Ruiz-Risueño Riera, vicedecano; Alicia Ortega Lanzarot, censora primera; María Simón Marco, censora segunda; Cristina Fernández Cámara, censora tercera; Iván Castejón Fernández-Trujillo, secretario; y Marcos Serrano Yáñez-Mingot, tesorero.
Actualidad de los Colegios Notariales – Galicia

Reuniones con el Gobierno gallego

El decano del Colegio Notarial de Galicia, José María Graíño, y el tesorero de su junta directiva, Santiago Botas, mantuvieron sendas reuniones institucional el pasado día 5 de febrero con los conselleiros de Presidencia, Xustiza e Deportes; Facenda e Administración Pública; y Cultura, Lingua e Xuventude de la Xunta de Galicia.
En su encuentro con el titular de Justicia -y vicepresidente del Gobierno gallego-, Diego Calvo, y el director general de Justicia, José Tronchoni, el decano expuso la propuesta de reforma y actualización del Derecho Civil de Galicia, que elabora una comisión creada a tal efecto en el colegio notarial y se presentará en los próximos meses.
Con el conselleiro de Hacienda, Miguel Corgos, y la directora de la Agencia Tributaria de Galicia, Victoria González, se trataron temas de interés común para el departamento autonómico y la institución notarial; y en la reunión con el responsable del área de Cultura, José López Campos, y el secretario general de Política Lingüística, Valentín García, se abordaron cuestiones relativas al fomento y normalización del uso del gallego en las notarías, tanto a nivel interno como en su relación con la ciudadanía.
Cabe destacar que la Xunta oferta al personal del sector jurídico cursos de formación específicos para favorecer el uso de la lengua gallega y pone a su disposición el portal www.lex.gal, donde se encuentra una completa base de datos con toda la legislación dictada por la comunidad autónoma, consolidada y en gallego.

Foro Æquitas de Discapacidad
La sede del Colegio Notarial de Galicia, en A Coruña, acogió en febrero la primera reunión de trabajo del Foro Aequitas de Discapacidad de Galicia, constituido el pasado mes de octubre. La sesión contó con la participación del decano del colegio, José María Graíño, y en ella se dieron cita numerosos representantes de las instituciones y organizaciones que conforman este espacio, entre ellos: el director general de Justicia de la Xunta de Galicia, José Tronchoni, y el fiscal delegado de Discapacidad, Santiago Miguel Cruces.
También acudieron al encuentro miembros del movimiento asociativo gallego, del ámbito académico y jurídico. La Fundación Aequitas, por su parte, estuvo representada por Gonzalo López Ebri, coordinador del Foro y patrono; las notarias Fátima Vázquez y Lucía Cagigas (delegada y subdelegada autonómica, respectivamente); y Francisco González Ruiz, adjunto a la dirección. La reunión sirvió para poner en común los avances y áreas de mejora en la aplicación de las disposiciones previstas en la Ley 8/2021.
Sesiones en el colegio notarial
El salón de actos del Colegio Notarial de Galicia acogió el pasado 31 de enero la conferencia Reglamento (EU) núm. 650/2012. Una especial mirada a determinados temas candentes en su aplicación práctica, a cargo de la notaria Inmaculada Espiñeira. El acto estuvo presidido por el decano del colegio notarial, José María Graíño.
Ya en el mes de febrero se celebró en la sede colegial un curso de formación para notarios y empleados de notarías, en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, impartido por Pedro Galindo, director del Órgano Centralizado de Prevención (OCP) del Consejo General del Notariado; Mariano García Fresno, jefe de la Unidad de Análisis y Comunicación de OCP; y José Antonio Monreal, jefe de la Unidad de Procedimientos, Cumplimiento y Formación del órgano.
Actualidad de los Colegios Notariales – País Vasco
COLEGIOS NOTARIALES
PAÍS VASCO

Acuerdo con el Gobierno Vasco
El Departamento de Salud del Gobierno Vasco y el Colegio Notarial autonómico suscribieron un acuerdo en el mes de febrero para habilitar la transmisión telemática de los documentos de voluntades anticipadas al Registro Vasco.
El convenio facilita la interconexión de la Administración Pública con la plataforma informática del Notariado, de manera que los notarios puedan realizar, de forma segura y directa, la transmisión de estos documentos. Además, con este procedimiento, el documento de últimas voluntades será accesible tanto desde la notaría como desde el propio registro. “Esto permitirá simplificar y agilizar los trámites, evitando que el ciudadano tenga que desplazarse, y asegurará que el documento quede registrado sin pasos adicionales por su parte”, señaló el decano Ángel Nanclares sobre el acuerdo.

‘Minor Bilduma’
El Colegio Notarial del País Vasco ha editado, en colaboración con la Academia Vasca de Derecho y la editorial Dykinson, el séptimo volumen de la colección Minor Bilduma, titulado Apoyo y control judicial del arbitraje, obra del magistrado Francisco de Borja Iriarte.
La presentación se celebró en la sede del colegio notarial, el 20 de febrero, con la participación del autor; el decano del colegio, Ángel Nanclares; el notario coordinador de la colección, Andrés Urrutia; la catedrática de Derecho de la Universidad de Deusto, Gema Tomás; y el presidente del Consejo Social de la Universidad de Burgos, Luis Abril. El encuentro sirvió, asimismo, de homenaje a Ricardo de Ángel Yágüez, con la presentación de dos libros sobre su figura.

Foro Aequitas de Discapacidad
El 29 de enero, el Colegio Notarial del País Vasco acogió una nueva reunión del Foro Aequitas de Discapacidad autonómico, que congregó a representantes jurídicos y académicos de las distintas entidades que integran este espacio. La reunión fue presidida por el decano del colegio notarial, Ángel Nanclares, y la vicedecana y delegada de Aequitas en el País Vasco, Carmen Velasco, y contó con la asistencia del director general de Justicia del Gobierno Vasco, José María Bastos. Por parte de la Fundación Aequitas también participaron Gonzalo López Ebri, patrono y coordinador de los foros; Emilio Olabarría, patrono; Manuel Rueda, director del Área Jurídica y Francisco González Ruiz, director adjunto.
Actualidad de los Colegios Notariales – Navarra
COLEGIOS NOTARIALES
NAVARRA - MURCIA - BALEARES




Charla sobre herencias
La Asociación IRACHE de Consumidores de Navarra organizó en el mes de noviembre una serie de charlas con motivo de los 45 años de su creación. El entonces decano y actual miembro de la junta directiva del Colegio Notarial de Navarra, Alfredo Aldaba, impartió una de estas sesiones en el Hotel Tres Reyes de Pamplona, en la que habló sobre cuestiones relacionadas con las herencias -cómo hacer testamento, cómo heredar, poderes y reparto- y resolvió las dudas de los consumidores sobre la gestión del patrimonio. Le acompañó en la mesa la directora adjunta de la Asociación, Susana Arizcun.

Cátedra de Derecho Notarial
A principios del mes de diciembre, la sede del Colegio Notarial de Murcia acogió una nueva jornada, en el marco de la Cátedra de Derecho Notarial que comparte con la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia (UMU).
La sesión estuvo centrada en la partición hereditaria y la figura del contador partidor y fue presidida por la decana del colegio notarial, Carmen Rodríguez Pérez. Como ponentes intervinieron el notario José Miguel Orenes y la catedrática de Derecho Civil de la UMU, Carmen García Pérez.
Seminarios sobre normas y resoluciones
En los meses de enero y febrero, el notario Carlos Jiménez Gallego impartió dos nuevos seminarios en el Colegio Notarial de las Islas Baleares para abordar las recientes resoluciones publicadas y normativas de interés notarial.
En la primera sesión se trataron las novedades en herencias, pactos sucesorios y materia fiscal para el año 2025 -modificaciones del IRPF, reducción de plusvalías, etc.-; y en la sesión del mes de febrero, se analizaron las transformaciones que introduce la nueva Ley 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, los cambios regulatorios del alquiler vacacional y diversas cuestiones relativas al nombramiento, requisitos y actuaciones del contador partidor dativo.
CNUE y UINL

Encuentro con la presidenta del CNUE
La presidenta del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE), Cosita Delvaux, visitó a finales de febrero la sede del Consejo General del Notariado (CGN), donde fue recibida por la presidenta del Notariado español, Concepción Pilar Barrio Del Olmo.
En el encuentro también participaron José Ángel Martínez Sanchiz, delegado de la Sección Internacional del CGN; Álvaro Lucini, delegado del CGN para el CNUE; José Carmelo Llopis, delegado de la Sección Internacional de Nuevas Tecnologías del CGN; y Manuel Tarrío, secretario del Consejo General del Notariado.

Visita del Notariado mexicano
Una amplia delegación del Notariado Mexicano, encabezada por David Figueroa Márquez -presidente honorario de la Comisión de Asuntos Americanos de la Unión Internacional del Notariado (UINL)- y Guadalupe Díaz Carranza -decana del Colegio Nacional del Notariado Mexicano- visitó a principios de febrero la sede del Consejo General del Notariado.
La presidenta del Notariado español, Concepción Pilar Barrio Del Olmo, lideró la reunión bilateral, en la que también participaron los miembros de la Comisión Permanente del CGN. En el encuentro se trataron temas comunes de interés y se manifestó el apoyo español a la candidatura de México para la presidencia de la UINL.
La delegación mexicana pudo conocer el Órgano Centralizado de Prevención de blanqueo de capitales del Notariado, así como el Colegio Notarial de Cataluña en Barcelona y las instalaciones del Centro Tecnológico del Notariado en Sant Cugat del Vallés.

Traspaso de poderes
El pasado 16 de enero tuvo lugar en Luxemburgo la ceremonia de traspaso de poderes entre los Consejos de Administración 2024 y 2025 del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE). Al acto asistieron, en representación del Notariado español, la presidenta del Consejo General del Notariado (CGN), Concepción Pilar Barrio Del Olmo, y el decano del Colegio Notarial de Valencia y delegado de la Sección Internacional de Nuevas Tecnologías del CGN, José Carmelo Llopis.
El expresidente Marius Stračkaitis cedió el testigo a la luxemburguesa Cosita Delvaux, nueva presidenta para el presente curso 2025, quien reafirmó su compromiso con la digitalización de los actos jurídicos y la protección transfronteriza de los mayores. En la ceremonia también intervinieron la ministra de Justicia de Luxemburgo, Elisabeth Margue; el presidente de la Cámara de Notarios de Luxemburgo, Edouard Delosch; y el expresidente del CNUE, Jacques Delvaux.
Red Judicial Europea
La Red Judicial Europea en materia Civil y Mercantil celebró su reunión anual los días 27 y 28 de enero en Bruselas para poner en común -en sesión plenaria- las actividades del año 2024 y debatir sobre los próximos pasos para 2025. También, se celebraron sendas ponencias y mesas redondas sobre la cooperación entre los distintos profesionales del ámbito jurídico, el programa de intercambio de la Red Europea de Formación Judicial o el Portal Electrónico de Justicia Europeo, entre otros. En representación del Notariado español asistió al encuentro el notario Roberto Follía.
«Obras maestras del plagio», por Juan Manuel de Prada
Obras maestras del plagio,
por Juan Manuel de Prada,
Expertos en diferentes áreas del Derecho se dan cita en nuestra revista para ofrecernos su visión de lo acontecido en el mundo de la Literatura, las Artes, la Justicia y, por qué no, en la vida misma. En este número nos acompañan: Juan Manuel de Prada escritor, crítico literario y articulista. Licenciado en Derecho y Doctor en Filología Hispánica. Premio Planeta (1997) por La tempestad y Premio Nacional de Narrativa (2004) por La vida invisible; y Pablo de Lora, escritor, ensayista y divulgador. Catedrático de Filosofía del Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid.
Solemos pensar ilusoriamente que la misión del creador consiste en ser original. Esta pretensión de originalidad, en una época en que el arte ya ha agotado todas sus posibilidades de invención, adolece de una insoportable fatuidad. Leemos en el Eclesiastés que nada nuevo existe bajo el sol; sólo el desconocimiento del pasado, o cierta presunción tontorrona, pueden infundir al creador la creencia de que sus argumentos puedan ser enteramente originales. Todo está inventado por los maestros que nos precedieron; nuestra única misión, nuestra única posible originalidad consiste en repetir las mismas cosas que otros escribieron antes, pero de una manera personal, con una mirada renovada.
Pecaríamos de ignorancia si no reconociésemos la alcurnia estética del plagio, que puede llegar a ser una forma suprema de originalidad, cuando “vierte el vino añejo en odres nuevos”. Fue el crítico francés Saint-Beuve quien, con un ingenio un tanto cínico, escribió: “En literatura, se permite robar a un autor a cambio de que se le asesine”. Es decir, con la exigencia de que el robo se utilice provechosamente, creando una nueva forma expresiva que haga olvidar o se ponga a la misma altura que la anterior. Así entendido, el plagio no sólo merece el indulto, sino también el aplauso; y así es como lo han cultivado los más admirables maestros, desde Virgilio hasta Borges, cuya Historia universal de la infamia puede calificarse sin exageración de colección de plagios.
De lo ‘necesario’ del plagio a su carácter propio
Sobre el carácter fecundo del plagio han reflexionado, entre otros, Anatole France, Lautréamont (que lo calificó de “necesario”, porque mejora la literatura) y también nuestro Josep Pla, que definió malévolamente las Crónicas italianas de Stendhal como “un plagio maravilloso”, para a continuación aseverar: “Siempre he defendido que la literatura buena es un plagio”. Quizá para no quedar excluido de este veredicto, el propio Pla plagió en alguna ocasión a Dostoievsky, sin rubor ni remordimiento. En una entrada de su dietario, Pere Gimferrer escribe: “El buen plagio sabe que el material literario existente es una parte del trozo de realidad que el escritor tiene a su alcance”. A raíz de una polémica en la que se discutía la falta de originalidad de Campoamor, Valera publicó un muy perspicaz artículo en el que podemos leer: “La verdadera y buena originalidad ni se pierde ni se gana por copiar pensamientos, ideas o imágenes, o por tomar asuntos de otros autores. La verdadera originalidad está en la persona, cuando tiene ser fecundo y valer bastante para trasladarse al papel y quedar en lo escrito como encantado, dándole vida inmortal y carácter propio”. En esta condición del “carácter propio” es donde debe trazarse la distinción entre el plagio censurable y el plagio “benéfico y laudable” (y conste que citamos al propio Valera).
Habría que empezar a desacreditar el concepto quimérico de “originalidad”, impuesto por los románticos (que, con frecuencia, lo confundían con sus desvaríos y ocurrencias) y consagrado histéricamente en esta modernidad nuestra, en la que aún creemos cándidamente que se puede ser novedoso, como si los grandes asuntos literarios no estuvieran ya todos requeteinventados. La única originalidad posible no consiste en la invención de nuevos ingredientes literarios, sino en la novedosa combinación de los ya existentes. No debe extrañarnos, pues, que los escritores más radicalmente originales, aquéllos que han sabido imprimir en su obra la fisonomía de su genio, hayan recurrido sin rebozo a los maestros que los precedieron, incurriendo en la adaptación, en la ofrenda imitativa, incluso en el plagio. Virgilio, cuyos hexámetros inmortales luego serían copiados hasta la saciedad, no tuvo reparos en asimilar las enseñanzas de Teócrito en sus Bucólicas, como tampoco en traducir cientos de pasajes de las epopeyas homéricas en su grandiosa Eneida (el discurso en el que Turno implora piedad a Eneas, por ejemplo, constituye un plagio descarado y sin disimulos del que Homero pone en labios de Héctor, en un intento infructuoso de aplacar la cólera de Aquiles). ¿Y qué podemos decir de Horacio? Sus débitos con Píndaro no malogran la vehemencia y vivacidad de su estilo, como tampoco denigran a Catulo sus plagios recurrentes de Anacreonte.
La ‘originalidad’ de Shakespeare y el pillaje de Valle-Inclán
Si abandonamos la Antigüedad clásica, descubriremos que el argumento de Fausto, antes de que Goethe nos procurase su obra inmortal, ya circulaba en leyendas divulgadas por el norte de Europa; lo que consiguió el gran escritor alemán fue elevar al rango de arquetipo literario imperecedero un asunto que no era de su invención. En cuanto a Shakespeare, los investigadores más concienzudos de su obra coinciden en afirmar que apenas una tercera parte de los versos que componen sus obras teatrales están sacados de su caletre; el resto, o están copiados literalmente de autores clásicos, o están descaradamente inspirados en obras de sus contemporáneos (aunque Shakespeare se esforzaba por disimular estas apropiaciones con afeites y retoques). Sin embargo, ¿podemos concebir un prototipo de escritor más “original” que Shakespeare? Cada vez que alguien le afeaba su propensión al hurto literario, Shakespeare contestaba muy serio que robaba versos a los poetas mediocres “como quien aparta a una muchacha virgen de las malas compañías”. ¿Y qué ejemplo más indiscutible de originalidad podemos invocar aquí sino el de Dante? ¿Acaso sus latrocinios del libro sexto de la Eneida, o sus sisas inmoderadas a la poesía de sus contemporáneos le restan grandeza? Tampoco creemos que Los tres mosqueteros nos regocije menos cuando descubrimos que es un esmerado plagio de unas Memorias de Monsieur D’Artagnan, escritas por un tal Gatien de Courtilz, a quien Dumas (o su negro) sorbió los tuétanos.
Y, fijándonos en la literatura autóctona, ¿qué hizo Garcilaso de la Vega, sino parafrasear a Petrarca? ¿Acaso esta labor vicaria le resta originalidad? Las fábulas de Samaniego, ¿no expolian sin rebozo las fábulas de La Fontaine, quien a su vez birlaba ideas a Fedro, quien a su vez vampirizaba sin remilgos a Esopo, quien a buen seguro disponía también de fuentes para nosotros ignotas, que “fusilaba” sin contemplaciones? Pero quizá no haya habido plagiario más recalcitrante en nuestra literatura como Ramón María del Valle-Inclán, a quien Julio Casares denunció ferozmente en su libro Crítica profana, desvelándonos que, al escribir su Sonata de primavera, Valle fusiló varias páginas de Casanova, que sin embargo refundió en su embriagador estilo. No contento con esta apropiación, Valle también garduñó a D’Annunzio varios episodios, tomó prestado el personaje de un conde crapuloso a Barbey d’Aurevilly para delinear su marqués de Bradomín y usurpó a Eça de Queiroz diversos epítetos atrevidos y sonoros, así como algunas metáforas y símiles. Valle, lejos de exculparse, reconoció el pillaje, pero hizo ver que aquellas frases o páginas repescadas aquí y allá relucían en su obra con galas mucho más vistosas: “Las mejoré en un cien por ciento”, sentenció sin rebozo.
¿Reprobación u honores al refrito?
Mención aparte en la taxonomía del plagio merece el refrito, que es una suerte de plagio onanista, pero también una suerte de cortesía máxima del escritor que, sabiendo que sus palabras ya nunca recuperarán aquel pálpito de belleza que alcanzaron en el pasado, en lugar de ofrecer un pálido oropel que las remede, prefiere regalar a sus lectores su oro originario. Ciertamente, el abuso de esta modalidad onanista de plagio que es el refrito puede convertir a un escritor en una caricatura de sí mismo: esto le ocurrió, por ejemplo, al noctívago Emilio Carrere, rapsoda de las musas del arroyo y de la bohemia más desastrada, que solía amueblar sus manuscritos con capítulos recuperados de sus obras anteriores, a las que sólo cambiaba el título y los nombres de los personajes, completando la labor de aliño con un capítulo preliminar que variase someramente las circunstancias de la narración. Pero no siempre el refrito degenera en esta ropavejería de la literatura instaurada por Emilio Carrere. Pensemos, por ejemplo, en el ya citado Valle-Inclán, que con gran habilidad empedraba sus novelas con los retazos de los cuentos que previamente había publicado en las revistas de la época, obteniendo a cambio unas rumbosas gratificaciones que sus libros nunca le depararon. Otro insigne y recalcitrante plagiario de sí mismo fue Julio Camba, quien instalado en su habitación del lujoso Hotel Palace de Madrid y entronizado como el gran maestro de la ironía, consagró su última etapa como articulista al rescate de piezas de juventud. En ABC no tardaron en descubrir la añagaza, pero nunca se lo reprocharon, pues, ¿acaso aquellas palabras traspasadas de sutil inteligencia no merecían los honores de la reimpresión? ¿Acaso los lectores no las agradecían dirigiendo a la redacción del periódico unánimes cartas de admiración y elogio?
El plagio, en fin, puede ser también la forma más refinada de originalidad, si se cumple la condición establecida por Saint-Beuve. Después de todo, ¿podemos exigirle a un escritor más que al mismísimo Dios, quien, al crear al hombre, no lo inventó, sino que lo modeló a su imagen y semejanza?
«¿Delinque el pensamiento?,», por Pablo de Lora
¿Delinque el pensamiento?,
por Pablo de Lora
escritor, ensayista y divulgador. Catedrático de Filosofía del Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid
Expertos en diferentes áreas del Derecho se dan cita en nuestra revista para ofrecernos su visión de lo acontecido en el mundo de la Literatura, las Artes, la Justicia y, por qué no, en la vida misma. En este número nos acompañan: Juan Manuel de Prada escritor, crítico literario y articulista. Licenciado en Derecho y Doctor en Filología Hispánica. Premio Planeta (1997) por La tempestad y Premio Nacional de Narrativa (2004) por La vida invisible; y Pablo de Lora, escritor, ensayista y divulgador. Catedrático de Filosofía del Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid.
“Cogitationis poenam nemo patitur”.
El pensamiento no delinque, se lee originariamente en las Instituciones de Domicio Ulpiano y luego en el Digesto. “Principio del hecho”, acostumbran a decir los cultivadores del Derecho penal, para señalar que el Estado, a fuer de “liberal”, solo debe castigar por lo que se hace, no por lo que se piensa. Incluso si es que pudiera acceder a ese fuero; y aunque debamos conceder que, a la hora de la valoración del hecho delictivo y la culpabilidad del autor, es inevitable conjeturar sobre el estado mental del sujeto: ¿actuó con dolo? ¿En qué grado?
La pregunta es, pues, inmediata e inescapable: ¿a qué llamamos “hecho”? Se trata de una pregunta urgente y acuciante en el contexto actual de desarrollo explosivo de la representación visual mediante inteligencia artificial. “Aunque la víctima sea artificial, el crimen es real” titulaba recientemente un diario a propósito de la operación de Europol que ha logrado desarticular una red de pornografía infantil que distribuía entre sus clientes contenidos visuales generados mediante inteligencia artificial. Es decir, se trata de perseguir y eventualmente castigar a quienes, sin publicidad, satisfacen una pulsión sexual que, de contar con el concurso de víctimas reales (menores forzados a participar en esas escenas), constituiría un delito gravísimo y muy severamente castigado.
Legislación, representación y explotación
Y el caso es que la legislación española da pábulo a la incriminación de esa forma de pornografía virtual. Así, el artículo 189.1. del Código Penal establece que a esos efectos “…se considera pornografía infantil todo material que represente de manera visual a un menor … participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada…”, así como “… Todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada…” e igualmente “… imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales” (las cursivas son mías).
Este precepto fue introducido en la reforma del Código Penal de 2015, pero ya antes, con los tipos entonces vigentes, el director de un conocido Festival de Cine Fantástico y de Terror fue investigado por la presunta comisión de un delito de pornografía infantil al haber exhibido en ese certamen una película (“A Serbian Film”) en la que había dos escenas de explícito sexo con menores. La juez archivó finalmente la querella puesto que el producto no reunía la característica de ser “pornográfico” al no estar destinado a la excitación sexual, lo cual efectivamente constituye todo un juicio sobre los “hechos mentales” del director. De haber sido ese el objetivo, y más allá de que para la grabación de esas escenas se hubieran usado muñecos – como fue el caso- o como es ahora con la generación de imágenes por inteligencia artificial, nos encontraríamos ante la comisión de un delito.
En la Circular 2/2015 de 19 de junio emitida por la fiscalía general del Estado relativa a los delitos de pornografía infantil tras la reforma operada por Ley Orgánica 1/2015, se aboga, sin mayores argumentos, por restringir el concepto de pornografía a la representación realista, que trata de aproximarse a, o imitar, la realidad, con lo que quedan excluidos “… los dibujos animados, manga o representaciones similares, pues no serían propiamente “imágenes realistas”, en tanto no perseguirían ese acercamiento a la realidad”. Y también “el material pornográfico escrito”.
¿Libertad de expresión o banalización del contenido?
Pero, de nuevo: aun admitiendo esta delimitación, ¿cuál es el hecho dañoso cuando no hay menores reales involucrados? Si la respuesta consiste en decir “la excitación sexual alcanzada por quienes son espectadores de ese material” (y, como condición necesaria, la generación de ese material), en puridad no estamos castigando el comportamiento pedófilo – salvo que entendamos por conducta la mera autosatisfacción sexual – ni la contribución al mismo como consumidores de un producto que incorpora la explotación sexual de menores, sino el hecho de ser pedófilo. Y si ese es el caso: ¿para que detenerse en la representación visual realista o cercana a la realidad, y no así también en las “imágenes” que suscita una pieza literaria o una grabación de audio? Bastaría de hecho la mera constatación de que un individuo tiene esa inclinación. El Derecho penal estaría así castigando la personalidad, un carácter o disposición que puede ser perfectamente involuntaria. Estaría, al cabo, minando sus cimientos.
En la citada Circular se justifica la tipificación de la pornografía virtual en que se trata de un material que “… banaliza y puede contribuir a la aceptación de la explotación sexual de los niños y en que atacan la dignidad de la infancia en su conjunto”. Así, se protegería el bien jurídico supraindividual de la dignidad e indemnidad sexual de la infancia en general. ¿Pero acaso diríamos lo mismo de otras representaciones visuales, virtuales o con actores, en donde se narran horrores sin fin – guerras, violaciones, masacres, asesinatos, genocidios? ¿No podríamos decir también en esos casos que tales productos banalizan y pueden contribuir a aceptar esos ataques a los individuos, y que con su tipificación se protege el bien supraindividual de la dignidad de la especie humana en general? ¿Estaríamos dispuestos entonces a castigar penalmente la distribución de tantos y tantos productos culturales – películas, videojuegos, comics, literatura, óperas, obras pictóricas- donde se narran o recrean abusos y violencia extrema contra los seres humanos? ¿En qué quedarían entonces libertades y derechos fundamentales como la libertad de expresión o artística, la intimidad de quienes se acercan a esas representaciones?
La condena frente a la relación de causalidad
Tal vez podría entenderse que, en el caso del castigo a la pornografía virtual, nos hallamos ante un delito de peligro abstracto, y, así, la justificación del castigo se fundamentaría en el hecho de que la visualización de ese material pornográfico es la antesala de la violencia sexual contra los menores: “el porno es la teoría, la violación la práctica”, se acostumbra a señalar en ciertos pagos del feminismo. De la misma manera que, en el ámbito de la lucha contra el terrorismo, la punición se anticipa al momento incluso del “auto-adoctrinamiento” del potencial terrorista (artículo 575.2. CP) en un afán, bien justificado, pero no por ello menos problemático, de extremar la prevención. ¿Podríamos parangonar este supuesto punitivo a la pornografía en general o a la infantil en particular?
No parece. Multitud de análisis y metaanálisis son concluyentes en mostrar que, frente al muy divulgado mantra, no hay evidencia concluyente que muestre relación de causalidad alguna entre el consumo de pornografía y la agresión sexual, y que, de haber alguna correlación, sería incluso la contraria: la reducción de esa criminalidad allí donde se ha permitido la circulación de pornografía.
Si fuera entonces el caso, esto es, si la inteligencia artificial o cualesquiera otros modos de producir contenidos audiovisuales pornográficos, evitan la comisión de actos de pedofilia, tales productos lejos de ser “hechos delictivos” deberían ser tratados más bien como métodos terapéuticos, por mucho que aborrezcamos la necesidad que vienen a satisfacer. Parecería que, entonces sí, nos tomamos a la infancia real bien en serio.
Nuevo Consejo General del Notariado
EDITORIAL
Nuevo Consejo General del Notariado
A finales del pasado mes de noviembre quedó constituido el nuevo Pleno del Consejo General del Notariado, integrado por los decanos de los 17 colegios notariales: uno por comunidad autónoma.
El máximo órgano representativo de los casi 3.000 notarios españoles estará presidido los próximos cuatro años -según decisión del Pleno- por una notaria: Concepción Pilar Barrio Del Olmo, elegida previamente decana del Colegio Notarial de Madrid por los notarios que desarrollan su labor en esa comunidad.
La nueva presidenta, con casi tres décadas de ejercicio profesional y una gran experiencia corporativa, es la primera mujer en ostentar este cargo en la historia del Notariado: una tarea que responde a su “vocación de servicio al Notariado y, por tanto, a la sociedad a la que este se debe”, como explica en la entrevista que se publica en las páginas 12 y 13 de esta revista.
EL PRINCIPAL OBJETIVO DEL NUEVO CONSEJO SERÁ POTENCIAR LA UTILIDAD Y CERCANÍA DE LOS NOTARIOS A LOS CIUDADANOS Y A LAS EMPRESAS EN TODOS LOS ÁMBITOS, ENTRE ELLOS EL DIGITAL
Junto a ella fue elegido como vicepresidente de la institución, Manuel Antonio Seda Hermosín, decano del Colegio Notarial de Andalucía, notario desde 1990, quien también lleva dedicando largo tiempo a las labores corporativas.
Asimismo, tal y como establece el Reglamento Notarial, fueron elegidos miembros de la Comisión Permanente del Consejo José Alberto Marín Sánchez (decano del Colegio Notarial de Cataluña); Carmen Rodríguez Pérez (decana del Colegio Notarial de Murcia) y José Carmelo Llopis Benlloch (decano del Colegio Notarial de Valencia).
El Pleno acordó, además, incluir a otros tres decanos en esta comisión, de forma que puedan prestarle apoyo en relaciones institucionales, internacional y reformas legales. Los decanos designados para estos fines fueron, respectivamente, Leopoldo Martínez de Salinas (decano del Colegio Notarial de Castilla y León); Alfonso Cavallé Cruz (decano del Colegio Notarial de las Islas Canarias); y Ángel Félix Nanclares Valle (decano del Colegio Notarial del País Vasco).
Su principal objetivo será potenciar la utilidad de los notarios a los ciudadanos y a las empresas en todos los ámbitos, entre ellos el digital, manteniendo su esencia y, por supuesto, seguir ofreciéndoles cercanía, garantizando su seguridad jurídica.
El Consejo General del Notariado tiene la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad. Sus fines esenciales son colaborar con la Administración, mantener la organización colegial, coordinar las funciones de los colegios notariales, asumiéndolas en los casos legalmente establecidos; dictar circulares de orden interno de obligado cumplimiento para los colegios y los notarios en determinadas materias y ostentar la representación unitaria del Notariado español.
64 notarías valencianas afectadas por la DANA
EDITORIAL
64 notarías valencianas afectadas por la DANA
La presidenta y el vicepresidente del Consejo General del Notariado, así como otros miembros de la Comisión Permanente de este organismo, viajaron a Valencia el pasado 19 de diciembre para interesarse por la situación de las 64 notarías valencianas afectadas por las inundaciones del pasado 29 de octubre y reunirse con los notarios de las localidades dañadas; notarías que están siendo apoyadas profesional y económicamente por su colegio notarial y por el Consejo General del Notariado. En este sentido, el Colegio Notarial de Valencia habilitó el mismo día de la tragedia a todos los notarios de la Comunidad Valenciana para actuar en las poblaciones más afectadas, con el objetivo de mantener el servicio notarial.
Servicio gratuito a los damnificados
El Consejo General del Notariado, a través de su Centro Tecnológico, ha puesto en marcha una plataforma telemática para que los vecinos y empresas afectadas, tanto de Castilla-La Mancha como de Valencia, puedan solicitar y recibir de manera gratuita un acta notarial de los daños sufridos en sus propiedades o vehículos, sin necesidad de desplazamientos.
Ambos colegios están contando con la colaboración de sus colegiados, así como del resto de notarios españoles, para poder realizar y entregar, a la mayor brevedad posible, las actas notariales que solicitan los vecinos damnificados. Desde la puesta en marcha del servicio son más de 10.300 las actas realizadas.
El acceso a esta plataforma seguirá habilitado mientras sea necesario a través del Portal Notarial del Ciudadano y en las páginas web del Colegio Notarial de Valencia y del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha para que las personas afectadas puedan remitir directamente al notario las fotografías de sus inmuebles o vehículos dañados, con el objetivo de disponer de las actas notariales que necesiten para poder gestionar sus reclamaciones o ayudas por los daños causados por los efectos de las inundaciones.
Del mismo modo, el Colegio Notarial de Valencia ha incrementado en un 50% el servicio telefónico de asistencia y ha atendido de forma presencial a numerosas personas afectadas por la DANA que han necesitado asesoramiento notarial personalizado, al igual que están realizando las notarías de la provincia de Valencia para que todos los vecinos afectados puedan disponer de las copias de las escrituras públicas que han perdido como consecuencia de la DANA.