El kit digital para pymes y autónomos

EN EL ESCAPARATE

EL ‘KIT’ DIGITAL PARA PYMES Y AUTÓNOMOS

«Acelera pyme», iniciativa desarrollada por la entidad Red.es, cuenta con una red de oficinas físicas, desplegadas por toda España para atender la demanda.

Los fondos del Next Generation EU pretenden, entre otras cuestiones, impulsar la modernización del sector empresarial. En España hemos puesto en marcha el programa «Kit Digital»: una iniciativa del Gobierno dentro del marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, que de la mano de Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, aspira en los próximos tres años a promover la digitalización de alrededor de más de un millón de pequeñas empresas, microempresas y autónomos pertenecientes a todos los sectores productivos.

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Renovarse o morir. La célebre expresión atribuida a Miguel de Unamuno en alusión a su particular receta para alcanzar el anhelado progreso económico en su época, viene de nuevo a colación para expresar la necesidad de modernizar el tejido empresarial español. Especialmente en lo relativo a la digitalización de pymes y autónomos. Una constelación de microempresas que, con cifras prepandemia de 2019, suponía nada menos que el 99,8% de las empresas y ocho millones de empleos, a los que hay que añadir un total de 3,2 millones de trabajadores autónomos.

Unas cifras que, sin duda, despejan cualquier atisbo de vacilación en relación con la indiscutible relevancia de este universo empresarial patrio. Lo que evidencia que, a pesar de su reducido tamaño individual, deben ser tenidas en cuenta a la hora de poner en marcha cualquier política orientada a la mejora del posicionamiento competitivo de nuestro país en el actual entorno económico global.

Tanto es así que el Gobierno español ha puesto en marcha el programa ‘Kit Digital’. Una iniciativa, presentada en noviembre pasado por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, que aspira en los próximos tres años – bajo la dirección de Red.es- a fomentar la digitalización de alrededor de más de un millón de pequeñas empresas y autónomos pertenecientes a todos los sectores productivos.

 


ESTA INICIATIVA ESTÁ DOTADA DE UN PRESUPUESTO DE 3.067 MILLONES DE EUROS EN EL PERÍODO 2021-2023, FINANCIADOS POR LA UNIÓN EUROPEA

 

Los posibles beneficiarios pueden contar si lo desean con el asesoramiento de los denominados «agentes facilitadores».

 

Modernización empresarial

La promoción de la modernización del tejido empresarial es uno de los mantras tatuado a fuego en la mente de los gestores de nuestra economía. Y es, precisamente, en este campo de cultivo en el que se ha sembrado, y esperemos que germine con éxito, una iniciativa que promete transformar el panorama económico español durante los próximos años.

Un cambio radical que reduzca, de una vez por todas, la pertinaz diferencia en materia de competitividad que nos separa de nuestros pares entre los denominados países de nuestro entorno.

Precisamente para paliar esta evidente carencia es para lo que este programa pretende canalizar el proceso de transformación tecnológica y prestar soluciones que permitan avanzar en el grado de madurez digital de las pymes y profesionales por cuenta propia.

Para lograrlo, esta iniciativa está dotada de un presupuesto de 3.067 millones de euros en el período 2021-2023, financiados por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU, en el marco del correspondiente Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de la Agenda España Digital 2025 y del Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.

Toda una arquitectura administrativa que conforma un armazón de certidumbre en el que, precisamente, cabe destacar la estrecha colaboración requerida por las autoridades tanto de la Cámara de España como del Consejo General del Notariado (CGN).

Un proyecto seguro

Fruto de lo anterior y de cara a consolidar esa necesaria certeza, el director de Red.es, Alberto Martínez Lacambra, y el presidente del CGN, José Ángel Martínez Sanchiz, rubricaron a finales del pasado mes de enero un convenio para el control de determinados requisitos que, tanto los beneficiarios que soliciten las subvenciones, como los agentes digitalizadores, han de cumplir.

El convenio establece que el CGN podrá suministrar a Red.es información del Índice Único Informatizado, una base de datos que recoge el conjunto de actos celebrados en todas las notarías españolas. Este índice es una herramienta fundamental para la prevención del blanqueo de capitales y del fraude fiscal.

Además, el acuerdo establece las condiciones y procedimientos telemáticos a través de los que el Consejo General del Notariado, en su condición de entidad colaboradora, proporcionará a Red.es información relativa a la representación de los beneficiarios de las subvenciones y, en su caso, agentes digitalizadores.

También podrá facilitarse información de los ficheros derivados del índice: la Base de Datos de Titularidad Real y la Base de Datos de Personas de Responsabilidad Política, que junto los sistemas de detección de fraude del OCP servirán a Red.es para el control de los agentes digitalizadores y de los beneficiarios de las subvenciones.

Pasos previos

La primera convocatoria del programa se pondrá en marcha en el mes de marzo. Dispone de una dotación presupuestaria de 500 millones de euros y su objetivo es repartirlos entre pequeñas empresas entre 10 y 49 empleados. La idea es que puedan optar a un bono digital por un montante de 12.000 euros, siempre que cumplan los requisitos de acceso.

Previamente, los interesados tendrán que registrarse en la página oficial www.acelerapyme.es y completar un test de autodiagnóstico de madurez digital además de comprobar que cumplen los requisitos de la convocatoria. Este test es una herramienta que permite conocer mediante un sencillo cuestionario, el nivel de madurez digital de la empresa e identifica en qué ámbitos enfocar el proceso de transformación digital de su negocio. Su resultado no es vinculante, es decir, de él no depende la concesión del bono digital ni la cuantía del mismo, y sirve para obtener una foto inicial que permita conocer la evolución al final de la implantación del servicio.

Una vez realizado este autodiagnóstico, la empresa o autónomo tiene que solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es. Puede hacerlo por sí mismo o bien a través de un representante voluntario. El programa Kit Digital ha sido diseñado con el fin de facilitar al máximo el proceso de solicitud y concesión de ayudas, siempre cumpliendo todas las garantías, por ejemplo, reduciendo los trámites, robotizando el proceso para minimizar el número de documentos que hay que presentar o creando la figura del representante voluntario. Este representante puede ser una persona física, jurídica, una asociación o incluso el propio agente digitalizador que, en nombre del interesado o beneficiario, solicita y tramita la ayuda.

 


LA PRIMERA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA YA ESTÁ EN MARCHA. DISPONE DE UNA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DE 500 MILLONES DE EUROS

 

Las ayudas se otorgan mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, por lo que se conceden según se van aprobando. Cuando la empresa o autónomo recibe el bono digital, que no es más que un derecho para contratar soluciones de digitalización por un importe 12.000 euros, en el caso de tener entre 10 y 50 empleados; 6.000 euros, para aquellas de entre 9 y 3 empleados; y 2.000 euros, para las de menos de 3 y ningún empleado, tiene que elegir el agente digitalizador que le prestará el servicio. Y suscribir con ellos un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

Los interesados en solicitar las ayudas pueden también obtener asesoramiento en la amplia red de Oficinas Acelera pyme repartidas por toda España. Esta red forma parte del programa Acelera pyme, una iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital destinada a construir el ecosistema de referencia de la transformación digital de las pymes y desarrollada por Red.es y que cuenta con una red de 90 oficinas físicas, que prevén aumentar hasta las 150 en los próximos dos años.

 

El ABC de las ayudas

Entre las condiciones a cumplir por parte de las empresas y autónomos interesados en acceder al programa ‘Kit Digital’, según se recogen en la Orden de bases ETD/1498/2021 publicada en el BOE el pasado 30 de diciembre, se encuentran, además del hecho de haber cumplimentado el test de nivel de madurez digital comentado más arriba, los siguientes requisitos: no tener la consideración de empresa en crisis; tener la consideración de pequeña empresa o microempresa; estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral; estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común; no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones; y no superar el límite de ayudas conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de la orden de bases.

La formalización del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización supondrá la cesión, por parte del beneficiario, del derecho de cobro (el denominado bono digital) del importe de la subvención concedida en favor del agente digitalizador adherido, lo que quiere decir que el beneficiario nunca recibe el importe, sino que el pago de las ayudas se realizará a los agentes digitalizadores una vez justificada y comprobada cada fase de ejecución del servicio (se establece, para cada categoría de solución de digitalización, unos porcentajes diferentes para cada una de las dos fases en las que se fracciona el pago).

 


EL BONO DIGITAL ES CANJEABLE POR LAS SOLUCIONES DIGITALES IDÓNEAS A CADA SITUACIÓN, ELEGIDAS DEL CATÁLOGO DISPONIBLE

 

Oportunidades a la vista

Entre las ventajas de implementar la digitalización en las pymes y negocios de los trabajadores por cuenta propia, sin importar su tamaño y volumen de facturación, se encuentran la mejora de la experiencia de compra por parte de los clientes, de la eficiencia y productividad, vía reducción de costes y tiempos, así como una óptima adaptación a los cambios del mercado, sin olvidar la retención y atracción del talento joven.

Tras superar con éxito, desde hace décadas, el estereotipo de otra famosa expresión de Unamuno, en este caso lapidaria, concretada en la alusión al marginal papel histórico desempeñado por la ciencia en España y resumida en el ¡que inventen ellos!, el tren de la modernidad no puede pasar de nuevo de largo. Se antoja, por consiguiente, de vital importancia para el futuro del país que esta vez se aprovechen las ayudas para modernizar el entramado empresarial que conforma la auténtica base de la economía española. Un ecosistema imprescindible para dejar atrás cualquier tópico y cliché relacionado con la asunción de la tecnología como un instrumento imprescindible para el progreso de una sociedad.

Bruselas al rescate
El Next Generation EU es el instrumento inversor de la Unión Europa creado para ayudar a superar las consecuencias de la COVID-19. Es más que un plan de recuperación. Es una oportunidad única para salir más fuertes de la pandemia, transformar nuestra economía y crear oportunidades y trabajos para esa Europa en la que queremos vivir. Una Europa más ecológica, más digital y más resiliente. Dotado con un total de 750.000 millones de euros: es histórico. Este programa de recuperación supone la asignación a España, entre 2021 y 2026, de 140.000 millones de euros, alrededor 72.000 de ellos a fondo perdido, y se centra en restañar las heridas económicas y sociales provocadas por la pandemia mediante el impulso a largo plazo de objetivos relacionados con la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género.
Habemus plan

Como requisito previo para acceder a las ayudas previstas en el Next Generation EU los diferentes países miembros tuvieron que presentar en su día sus respectivos planes nacionales de desarrollo y gestión de las mismas. En el caso de España, esta función recayó en el denominado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conocido también como ‘España Puede’.

Este documento guía contó con la colaboración de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y el trabajo de consultoras de prestigio internacional, las llamadas ‘Big Four’: PwC, KPMG, Deloitte y E&Y, con el objetivo de impulsar a corto plazo la recuperación económica y de apoyar un futuro proceso transformador para apuntalar el potencial crecimiento y la productividad de la economía española.

En resumen, el PRTR cuenta con cuatro objetivos prioritarios, marcados inicialmente desde Bruselas, que están relacionados entre sí y que pretenden, a la postre, lograr una España más igualitaria, cohesionada, digital y verde. Para ello, se propuso aterrizar las inversiones previstas mediante la priorización de los fondos en diez políticas palanca:

I. Agenda urbana y rural y lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura.
II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes.
III. Transición energética justa e inclusiva.
IV. Administración para el siglo XXI.
V. Modernización y digitalización del
ecosistema empresarial.
VI. Pacto por la ciencia y la innovación y refuerzo del Sistema Nacional de Salud.
VII. Educación y conocimiento, formación
continua y desarrollo de capacidades.
VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo.
IX. Impulso de la industria, la cultura y el deporte.
X. Modernización del sistema fiscal.

Este decálogo representa la hoja de ruta para acometer las necesarias reformas e impulsar la modernización del país en sectores clave de la economía como el turismo, la automoción, el agroalimentario, el comercio o la
sanidad, entre otros.

Colaboración notarial

El director de la entidad Red.es, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Alberto Martínez Lacambra y el presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz, firmaron en febrero un convenio para regular las condiciones de la colaboración en el programa “Kit Digital”, cuyo objetivo es promover la digitalización de pequeñas empresas, micropymes y autónomos, así como contribuir a modernizar el tejido productivo español.

Con la firma de este convenio, el Consejo General del Notariado colabora en agilizar los trámites de las solicitudes de ayudas del programa “Kit Digital”, proporcionando a Red.es información que le facilite el control de determinados requisitos que, tanto los beneficiarios que soliciten las subvenciones, como los agentes digitalizadores, han de cumplir. En concreto, sobre la representación de los beneficiarios de las subvenciones y, en su caso, agentes digitalizadores, y para la lucha contra el fraude y la protección de los intereses de la Hacienda Pública estatal y los intereses financieros de la Unión Europea.

Durante el encuentro, el director de Red.es, Alberto Martínez Lacambra, aseguró que “la agilidad de la tramitación y concesión de las ayudas es uno de los objetivos que persigue el programa, para ello se ha trabajado con gran empeño en simplificar la documentación, motivo este que nos lleva hoy a firmar este acuerdo como ejemplo de colaboración público-privada y transformación digital de las administraciones públicas”.

Por su parte, el presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martinez Sanchiz, manifestó su “total colaboración en un tema de innegable interés para España, relacionado con los fondos europeos y, en concreto, con los de Next Generation, que permitirán ayudar a la digitalización de las pequeñas empresas de nuestro país con programas tan comprometidos como el del Kit Digital».

Según el director del Órgano Centralizado de Prevención (OCP) de blanqueo de capitales del Notariado, Pedro Galindo, “esta colaboración tiene como objetivo evitar el fraude de los intereses de la Unión Europea, para lo cual pondremos a disposición de Red.es la Base de Datos de Titularidad Real y la Base de Datos de Personas de Responsabilidad Política”.

Ojo al dato

Programa “Kit Digital” para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y profesionales autónomos. Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre de 2021, Boletín Oficial del Estado (BOE).

Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Programa ‘Kit Digital’, impulsado por el Gobierno de España dentro del marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia y que se enmarca dentro del programa Acelera pyme, iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Kit Digital. Guía rápida para Pymes.

XII Congreso Notarial Español

EDITORIAL

EDITORIAL

XII Congreso Notarial Español

LOS DÍAS 19 y 20 de mayo tendrá lugar en Málaga el XII Congreso Notarial Español sobre El envejecimiento de la sociedad: principal desafío del siglo, donde está prevista la asistencia de más de cuatrocientas personas, representantes de todos los ámbitos de la sociedad civil y, en especial, del jurídico.

El tema es de tal importancia que, por primera vez en la historia del Notariado, será un congreso abierto a las instituciones y profesionales de la sociedad civil, que reflexionarán sobre lo que va a constituir uno de los fenómenos más determinantes de este siglo.

Esa necesidad no ha hecho más que agigantarse tras la dura experiencia vivida desde el inicio de la pandemia. La realidad ha puesto de manifiesto con tremenda crudeza que hay que incardinar la reflexión sanitaria, política, económica y sociológica en un marco jurídico adecuado, capaz de armonizarlas en beneficio de las personas, especialmente de las de más edad, que son las que han sufrido el impacto
del coronavirus con mayor violencia.

El programa se centra en tres cuestiones: «el respeto a la dignidad versus la protección de la vulnerabilidad», «la vida centenaria y su previsión individual» y «la vida centenaria y su previsión social y política».

Son muchos los foros dedicados a estudiar este tema desde diferentes perspectivas, pero en todos ellos se echa de menos el enfoque jurídico, imprescindible para integrarlas adecuadamente y permitir su implementación práctica, con pleno respeto a la dignidad y libertad de las personas.

El Notariado español está en una posición idónea para asumir la responsabilidad de impulsar un congreso abierto sobre el particular, porque los notarios son garantes de la autonomía y libertad civil de las personas en los aspectos personales y patrimoniales más determinantes de su vida privada.

Pero, además, son un testigo del devenir social y el primero en detectar muchas de las nuevas necesidades y situaciones de vulnerabilidad.

Toda la información en la web congresonotarial.com

El notariado obtiene el Esquema Nacional de Seguridad

EDITORIAL

El notariado obtiene

el Esquema Nacional de Seguridad

LOS SISTEMAS de información del Notariado han obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) de nivel alto, una certificación que reconoce la seguridad de todos los servicios, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales del Notariado.

La obtención de esta certificación, en su nivel alto –que en la Administración General del Estado solo tienen la Dirección General de la Policía, la Guardia Civil y la Seguridad Social– garantiza a los ciudadanos que los sistemas de información del notariado reúnen las condiciones de seguridad
necesarias para salvaguardar su privacidad.

El Esquema Nacional de Seguridad (artículo 156 de la Ley 40/2015) está regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero , que fue modificado por el Real Decreto 951/2015 para actualizarlo a la luz de la experiencia obtenida en su implantación, de la evolución de la tecnología y las ciberamenazas
y del contexto regulatorio internacional y europeo.

El ENS es el resultado de un trabajo coordinado por el Ministerio de Política Territorial y función Pública junto con el Centro Criptológico Nacional (CCN) y la participación de todas las AA.PP., a través de los órganos colegiados con competencias en materia de administración digital.

Este sello es el reconocimiento al máximo nivel del compromiso asumido por el notariado en el ámbito tecnológico, poniendo los mejores medios disponibles al servicio de la seguridad jurídica preventiva.

El ENS ha sido obtenido por Ancert, la agencia notarial de certificación y centro tecnológico del Consejo General del Notariado, responsable de todo el proceso de modernización y desarrollo tecnológico del notariado desde hace más de 18 años y certifica todos los sistemas de información que dan soporte a las actividades que se prestan al colectivo de notarios españoles para el ejercicio de su función pública.

El alcance del ENS incluye los dos centros de procesamiento de datos de Ancert, el entorno Signo de las notarías, el Portal Notarial del Ciudadano y todos los sistemas de información que dan soporte a los servicios de Índice Único Informatizado, prevención del blanqueo de capitales, la tramitación telemática con la Administración Pública y servicios con entidades financieras.


Esta certificación reconoce la seguridad de todos los sistemas, servicios, procesos, bases de datos, sedes, plataformas y portales del Notariado


Máxima seguridad

El sello ENS de nivel alto certifica entre otras cosas, la circulación por canales seguros de más de treinta millones de copias electrónicas de documentos notariales al año. Solo en 2020, la plataforma de servicios telemáticos del Notariado permitió el envío de 8 millones de copias electrónicas
de documentos notariales a las Administraciones, cerca de 2,5 millones de copias electrónicas a los registros y al catastro y cientos de miles de liquidaciones telemáticas, certificaciones o remisiones de datos a diferentes organismos públicos.

 


Garantiza a los ciudadanos que los sistemas de información del notariado reúnen las condiciones de seguridad necesarias para salvaguardar su privacidad


 

Esta sede aloja la segunda mayor base de datos de España: el Índice Único Informatizado Notarial, que almacena y clasifica electrónicamente el contenido de las escrituras y de las actas públicas autorizadas por los más de 2.800 notarios existentes en nuestro país. Esta base de datos cuenta con información parametrizada y anonimizada de más de 135 millones de documentos públicos, más de 41 millones de personas físicas y más de 3,5 millones de personas jurídicas. También custodia la Base de Datos de Titular Real, que permite a las autoridades públicas saber quiénes son las personas ocultas tras una sociedad y la Base de Datos de Personas con Responsabilidad Pública.

Este sello ofrece garantías de que la seguridad se aplica en sus tres ejes fundamentales: aplicaciones y servicios ofrecidos a los ciudadanos; custodia y tratamiento de los datos; y el ciclo de vida de los servicios, desde su concepción inicial hasta su puesta en marcha y explotación. Esta certificación exige para el nivel alto cumplir 75 medidas de seguridad, clasificadas en tres categorías: marco organizativo, marco operacional y medidas de protección.

Propuestas de los notarios para el futuro de Europa

PANORAMA INTERNACIONAL

CNUE

Conferencia sobre el futuro de Europa en el ámbito de la justicia
Carmelo Llopis durante su intervención.
El Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) celebró, el 7 de diciembre, la jornada Reforzar el Estado de derecho ante los cambios económicos y sociales. Los notarios de Europa proponen, los notarios de Europa actúan. En ella se presentaron las propuestas del Notariado europeo en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, la acción puesta en marcha por la Unión Europea para escuchar y dar seguimiento a las recomendaciones formuladas por los ciudadanos en distintos ámbitos de competencia. En el encuentro, el CNUE presentó su propuesta en presencia de representantes de distintas instituciones y Estados europeos, entre los que se encontraban la vicepresidenta de la Comisión Europea de Valores y Transparencia, Věra Jourova; la vicepresidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola; el secretario de Estado de Asuntos Europeos de Eslovenia, Gašper Dovzan y el comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, entre otros. Entre las propuestas planteadas por los notarios para contribuir a la Conferencia sobre el Futuro de Europa, el CNUE señala que el principio de justicia preventiva que prevalece en 22 de los 27 Estados miembros de la UE debe tenerse más en cuenta en la elaboración de las políticas europeas. También recoge propuestas para acabar con la doble imposición en materia de herencias en Europa, para proteger a los adultos vulnerables o para regular la herencia digital con el fin de tener en cuenta los bienes online de las personas fallecidas. Además, el CNUE señala la importancia de que los Estados miembros creen registros y los interconecten, por ejemplo, en los siguientes ámbitos: regímenes de protección de los adultos, regímenes matrimoniales y parejas de hecho registradas, certificados de sucesión europeos, poderes, testamentos vitales, etc. En nuestras manos El presidente del CNUE, Ádám Tóth, que participó en el diálogo titulado El futuro en nuestras manos explicó: «En Europa el Derecho se basa en el principio de justicia preventiva y la regulación eficaz de los operadores económicos. En 22 Estados miembros de la UE, los notarios garantizan la legalidad desde hace varios siglos y siempre han sabido adaptarse a los cambios de la sociedad”. “La función notarial tiene que ver con la veracidad, la seguridad y la conservación de los datos, y en una época en la que aumentan las falsificaciones, el blanqueo de capitales y la ciberdelincuencia, la verdad y la seguridad son más que nunca esenciales para la sociedad y el Estado de derecho». Durante la tarde, se realizaron debates dedicados a los proyectos digitales de los notariados europeos, así como a las propuestas de la Comisión Europea presentadas el 1 de diciembre para la digitalización de la cooperación transfronteriza de los sistemas judiciales. El notario español José Carmelo Llopis presentó el proyecto EUDoc, creado por el Notariado español y el alemán y desarrollado por el centro tecnológico del notariado español Ancert, que pretender ser una plataforma al servicio de CNUE para de interconexión de todos los notariados europeos. Dicho proyecto tiene un triple objeto: el intercambio seguro de documentos electrónicos notariales, la verificación de firmas electrónicas cualificadas notariales, incluyendo el atributo de notario activo, y la conexión directa entre notarios por medio de videoconferencia. Para ello, se propone la creación de una plataforma digital plurilingüe y segura, compatible con las soluciones tecnológicas de los notariados europeos y con la normativa europea (tanto en materia de identificación y firma electrónica como de protección de datos), que permita a los notarios europeos el intercambio confidencial y protegido de documentos electrónicos con plena seguridad y confianza en que el remitente es efectivamente un notario en activo y que el documento no ha sido modificado.

Reformas a valorar

REFORMAS A VALORAR

Determinadas medidas entre las que incluyen de apoyo a autónomos y empresas

BOE: 24/11/2021
R.D. Ley 27/2021- de 23/11

Resumen: “El Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre. Adopta determinadas medidas entre las que incluyen medidas de apoyo a autónomos y empresas, libertad para introducir puntos de recarga para vehículos eléctricos en las gasolineras e incentivar obras de protección y recuperación del Mar Menor. Amplía la vigencia de las líneas de avales, prorroga el régimen de autorización previa de determinadas inversiones extranjeras y extiende algunas medidas en el ámbito concursal. Por otra parte, se mantienen vigentes hasta el 30 de junio de 2022 los fondos de recapitalización de empresas gestionados por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y COFIDES.”

Adaptación Impuesto Incremento Valor Terrenos Naturaleza Urbana

BOE: 09/11/2021

R.D. Ley 26/2021 – 08/11/2021

Resumen:Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg

Instrucción de 16 de septiembre de 2021 de la DGSJYFP sobre Registro Civil

BOE: 23/09/2021

Resumen:

La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser un Registro Civil público, gratuito, único para toda España y que se configura como electrónico e interoperable.

La satisfactoria puesta en marcha de esta Ley implica la ejecución coordinada de numerosas actuaciones en los ámbitos normativo, organizativo y tecnológico, así como la colaboración con múltiples organismos, administraciones locales y administraciones autonómicas, preservando la eficiencia en la actuación mediante una implantación progresiva que la haga viable.

SENTENCIAS CON RESONANCIA

VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA SIN INDEFENSIÓN

Declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

▶ STC 26/10/2021 ▶ Ponente: Ricardo Enríquez Sancho

Resumen: La STC declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), relativos al método de cuantificación de la base imponible de la plusvalía municipal. 

Además, la sentencia establece que no podrán ser revisadas con fundamento en ella aquellas situaciones que, a la fecha en que se dictó la sentencia, hayan sido decididas definitivamente (bien mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada, bien mediante resolución administrativa firme) o aquellas otras que, de acuerdo con lo señalado en la propia sentencia, tienen también la consideración de situaciones consolidadas a estos efectos (lo que afecta, entre otras, a las autoliquidaciones no recurridas antes de la referida fecha).

Acepta la sentencia que el método de valorar la base imponible con arreglo a módulos o criterios objetivos no es necesariamente inconstitucional siempre que se cumplan una serie de condiciones que no se respetan en los artículos analizados, porque la regulación que llevan a cabo esos artículos conducen a un resultado que se aleja notablemente de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario. Por ello, considera que son inconstitucionales y nulos.

Permuta de suelo/vuelo con condición resolutoria y cláusula penal

Considera procedente la cláusula penal, sin necesidad de moderación, aunque el promotor causalizara su incumplimiento en la no finalización del planeamiento por el ayuntamiento.

▶ STS 06/05/2021 ▶ Ponente: Francisco Javier Arroyo Fiestas

Resumen:Se presentó demanda por una sociedad en la que interesaba la resolución del contrato de permuta por obra futura suscrito entre las partes en escritura pública y, en consecuencia, la anulación en el Registro de la Propiedad de las inscripciones de las fincas registrales efectuadas con ocasión de dicha transmisión a favor de la sociedad demandada, ordenando nueva inscripción a favor de la sociedad demandante.
También solicitaba que se declarase ajustada a derecho el cobro de la cláusula penal establecida en el contrato y que había sido satisfecha a la demandante por la entidad bancaria a través de la ejecución del aval bancario que había sido constituido por la demandada con ocasión del contrato litigioso.
La demandada contestó a la demanda oponiéndose, por considerar improcedente la resolución del contrato así como la ejecución del aval.
El juzgado de 1ª instancia estimó la resolución del contrato y la ejecución del aval. Recurrida en apelación por la demandada, esta se aquieta ante la declaración de la resolución del contrato de permuta pero solicita que se declare la ineficacia e inaplicación de la cláusula penal o a lo sumo, alternativamente se modere, cuantificando la pena en un 10%.
En la Audiencia Provincial se estimó el recurso de apelación y se condenó a la demandante a devolver el aval. Estimó que la no aprobación en plazo de la urbanización convirtió el objeto en imposible, considerando que no hubo incumplimiento del demandado y que la ejecución del aval fue incorrecta.
La parte actora interpuso recurso de casación que se funda, como motivo principal, en la infracción del art. 1255 del CC, y del principio general del derecho pacta sunt servanda.
El TS estima el recurso sobre la base de los siguientes argumentos: En la sentencia recurrida se entiende que la condición resolutoria quedaba supeditada a la no obtención de licencia de obra, y ello no pudo efectuarse por la no finalización del planeamiento por las autoridades municipales. Sin embargo el TS considera que la clara redacción de la estipulación discutida viene a determinar su aplicabilidad independientemente de las vicisitudes de planeamiento.
Frente a ello el recurrido opuso la imposibilidad de cumplimiento, la existencia de caso fortuito y la necesaria moderación de la cláusula penal, a la vista de las dificultades urbanísticas acaecidas. Pretensiones rechazadas por el TS, ya que:
– Tratándose de profesionales de la construcción, correspondía a la recurrida prever las posibles dificultades de planeamiento urbanístico que pudieran surgir «debiendo haberse esmerado el hoy recurrido a la hora de estudiar las posibilidades de edificación, a la postre frustradas…”.
– Por tanto, tampoco concurre caso fortuito, pues la situación era previsible y no era ajena a la práctica urbanística (art. 1105 del C. Civil).
– Igual respuesta merece la respuesta a la moderación de la cláusula penal, pues no puede sustentarse en la imprevisión de la parte recurrida (arts. 1152 y 1253 del C. Civil).

Transacción con novación de c. suelo y renuncia al ejercicio de acciones

Aplicación del principio de transparencia. Alcance de la renuncia de acciones: en la medida en que tal cláusula abarca cuestiones ajenas a la controversia no puede reconocerse su validez. Reitera jurisprudencia.

▶ STS 04/05/2021 ▶ Ponente: Rafael Saraza Jimena

Resumen: En 2007 se suscribió un préstamo hipotecario que tenía una cláusula suelo del 4,50% y un techo de 9,75%. Las partes firmaron en 2013 un documento privado rebajando el suelo al 2,75% y renunciando a acciones. En concreto, en dicho documento se dice: «Las partes ratifican la validez y vigor del préstamo, consideran adecuadas sus condiciones y, en consecuencia, renuncian expresa y mutuamente a ejercitar cualquier acción frente a la otra que traiga causa de su formalización y clausulado, así como por las liquidaciones y pagos realizados hasta la fecha, cuya corrección reconocen». Asimismo, en el documento figuraba la siguiente mención escrita de puño y letra de un prestatario, junto a las firmas de ambos: «Soy consciente y entiendo que el tipo de interés de mi préstamo nunca bajará del 2,75% nominal anual».
En 2016 los prestatarios demandaron a la entidad prestamista solicitando que se declarase nula la cláusula suelo-techo y se condenara a la restitución de las cantidades indebidamente cobradas; y la entidad se opuso alegando la eficacia y vigencia del documento privado citado. La sentencia de 1ª instancia estimó la demanda por apreciar falta de transparencia en la cláusula suelo inicial y ser nula por abusiva y entender que el contrato privado posterior carecía de virtualidad, por ser nulo en tanto que constituía la novación de una cláusula nula. Apelada por la entidad, la AP desestimó el recurso. Con posterioridad el banco recurrió ante el TS que señala lo siguiente:
– Que el documento privado novatorio contiene dos estipulaciones relevantes: una en que se pacta un “suelo” al 2,75%; y otra en que las partes ratifican la validez del préstamo y renuncian a ejercitar cualquier acción que traiga causa en su formalización y clausulado; y que ambas estipulaciones constituyen los dos elementos de una transacción: el banco accede a reducir el suelo y los clientes, que en ese momento podían ejercitar la acción de nulidad de la originaria cláusula suelo, renuncian a su ejercicio.
– Que la STJUE de 9/07/2020 declaró que es admisible que una cláusula de un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor, (cuyo carácter abusivo puede ser declarado judicialmente), pueda ser objeto de un acuerdo de novación; pero si esta modificación no ha sido negociada individualmente, sino que la cláusula ha sido predispuesta por el empresario, (como ocurre en este caso), deberá cumplir con la exigencia de transparencia.
– Que, según el TS, en el momento de la novación, los prestatarios conocían la existencia de la cláusula suelo, que era potencialmente nula, la incidencia que había tenido en su préstamo, y la incidencia que tendría la nueva cláusula suelo. Y entiende que estas circunstancias se consideran adecuadas para que el consumidor pudiera valorar el mantenimiento de un suelo en su préstamo, por lo que para el TS la cláusula novatoria, en este punto, cumplía con las exigencias de transparencia.
– Que, en cuanto a la cláusula de renuncia de acciones, se advierte en la misma, indica el TS, que la renuncia efectuada va más allá de la controversia suscitada en torno a la cláusula suelo, ya que se refiere genéricamente a cualquier acción que traiga causa de su formalización y clausulado, así como por las liquidaciones y pago realizados hasta la fecha. Y en la medida en que tal cláusula de renuncia abarca cuestiones ajenas a la controversia no puede reconocerse su validez.
– Por tanto, el TS declara la validez de la estipulación del contrato privado que modifica la originaria cláusula suelo, y la nulidad de la cláusula de renuncia de acciones, que ha de ser removida del contrato transaccional.

Moderación judicial de cláusula penal en caso de incumplimiento parcial

No procede la moderación judicial de la cláusula penal: cuando esté establecida para un determinado incumplimiento; cuando no haya incumplimiento parcial; ni cuando la cuantía de la pena no sea desproporcionada respecto del daño causado.

▶ STS 12/04/2021 ▶ Ponente: María de los Ángeles Parra Lucán

Resumen:El 2 de octubre de 2013, se firma un contrato privado de compraventa de una vivienda, previa su reforma por la vendedora conforme a instrucciones de la compradora. El precio de venta pactado es de 108.000 euros, entregándose a la firma del contrato la suma de 9.000 euros, y el resto de 99.000 euros a la firma de la escritura pública, cuya fecha máxima habría de ser el 30 de noviembre de 2013. El 18 de noviembre de 2013 se modifica dicho contrato, pactándose que la compradora entregaría 51.000 euros el 13 de diciembre de 2013, momento en que la vendedora le entregará la posesión y llaves de la vivienda, y el resto de 48.000 euros se pagarán a la firma de la escritura pública, fechada como máximo para el 31 de enero de 2014; estipulándose que el incumplimiento por la compradora de cualquiera de estos pactos, facultaría al vendedor para exigir el cumplimiento del contrato o a dar por rescindida la compraventa, perdiendo la parte compradora el importe entregado en compensación de los perjuicios causados.
Al acercarse la fecha prevista para el primer pago aplazado, la compradora comunicó verbalmente a la vendedora que no iba a pagar, remitiendo ésta a aquella un escrito de resolución del contrato de acuerdo con lo pactado, en el que además indicaba a la compradora su disposición a negociar un nuevo contrato, dándole un plazo de siete días para que le hiciera una oferta. Pasado el plazo conferido, la compradora contestó mediante un escrito en el que afirmaba que la resolución era únicamente imputable a la vendedora, solicitando la devolución de los 9.000 euros entregados. Poco después, la vendedora vendió la casa a un tercero por 90.000 euros.
La compradora interpone demanda frente a la vendedora por la que solicita que se declare la resolución del contrato de compraventa, con devolución de los 9.000 euros entregados, más intereses y costas. La demanda es desestimada en primera instancia, pero tras recurso de apelación de la compradora demandante, la Audiencia estima parcialmente su recurso y condena a la vendedora a devolver a la demandante la cantidad de 4.500 €, mitad de la suma recibida a cuenta del precio pactado en el contrato de compraventa del inmueble, con los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.
La vendedora demandada interpone recurso de casación por infracción del art. 1154 CC por indebida aplicación y de los arts. 1255 y 1152 CC por inaplicación, razonando que debe aplicarse el art. 1152 CC, que permite establecer una cláusula penal para el caso de incumplimiento, y que no procede la moderación porque el incumplimiento no fue parcial o irregular, que es el que permite la moderación de la cláusula penal prevista en el art. 1154 CC, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que cuando la cláusula penal esté establecida para un determinado incumplimiento, no procede aplicar la facultad moderadora. El recurso de casación es estimado, entendiendo el Alto Tribunal que no procede la moderación judicial de la cláusula penal al no compartir, de una parte, que el incumplimiento de la compradora fuera parcial y, de otra, que la cuantía de la pena fuera desproporcionada para el daño que para el vendedor supuso el incumplimiento de la compradora.

Controles transparencia y abusividad."Préstamo hipotecario tranquilidad"

En un préstamo con cuota creciente en función de la variación del interés y de los ingresos del prestatario, considera el TS que sus cláusulas son transparentes y resulta improcedente el control de abusividad, por referirse a un elemento esencial.

▶ STS 23/03/2021 ▶ Ponente: Pedro José Vela Torres

Resumen: Motiva el presente recurso un producto financiero denominado “préstamo hipotecario tranquilidad” que ya trato el TS en sentencias 560/2020 y 564/2020.
Se trata de un préstamo de cuota creciente, en el que el prestatario comienza pagando una cuota que cada año se incrementaría en un porcentaje. A cambio de pagar una cuota relativamente baja durante los primeros años, los pagos se imputan en las primeras etapas de la duración del préstamo en mayor medida a intereses y no al principal; proporción que se va invirtiendo progresivamente a medida que avanza el plazo vencido del préstamo, de forma que las últimas cuotas se imputan mayoritariamente a la amortización del capital y en mucha menor medida al pago de intereses.
La variabilidad que sobre la carga financiera del préstamo deriva de la variación del índice de referencia pactado para fijar el tipo de interés remuneratorio, no se traduce (como sucede en el sistema francés puro) en un incremento correlativo de la cuota periódica, sino que se traduce en un aumento del número inicialmente previsto de las cuotas periódicas, cuya cuantía se mantiene inalterada. Correlativamente, en caso de disminución de la carga financiera por reducción de los tipos de interés el efecto es una aceleración del proceso de amortización.
Finalmente, en el sistema pactado, se añade la previsión de un incremento lineal de la cuota periódica en un porcentaje anual, en función de un previsible incremento de los ingresos del prestatario, con la finalidad de ajustarse así progresivamente a su capacidad de pago.
En cuanto a la división del cálculo y abono de intereses en dos tramos, uno fijo y otro variable, aunque el prestatario conoce la cuota que va a pagar, ignora la duración exacta del préstamo, ya que si durante el período de aplicación del tipo de interés variable se diera un escenario de tipos bajos, podría ocurrir que el crédito hipotecario se amortizase en un número de años menor al máximo establecido. Y en un escenario sostenido de Euribor alto, se podría dar el caso contrario.
En definitiva, el prestatario, desde el primer momento, conoce el importe exacto de las cuotas pero no sabrá durante cuánto tiempo va a estar pagando el préstamo (dentro del máximo), ni tampoco, en el caso de que el Euribor fluctúe al alza, si con la última cuota deberá pagar la parte de capital pendiente no amortizado y, en su caso, los intereses no cubiertos por los pagos mensuales.
Las cláusulas impugnadas afectan a la devolución del capital y al pago de los intereses. En consecuencia, afectan a elementos esenciales del préstamo hipotecario y quedan sujetas al doble control de transparencia y abusividad. El control de transparencia exige, no solo que las cláusulas estén redactadas de forma clara y comprensible, sino también que el adherente pueda tener un conocimiento real de las mismas, de forma que un consumidor informado pueda prever, sobre la base de criterios precisos y comprensibles, sus consecuencias económicas.
Considera el TS, al contrario de lo que mantiene la sentencia recurrida, que el funcionamiento del interés remuneratorio está claramente explicado en la documentación contractual. Que no se trata de un producto financiero complejo. Que la escritura pública refleja el importe del TAE con claridad. Y que la mención al interés remuneratorio en la escritura pública reúne los requisitos de transparencia contractual.
En definitiva concluye el TS que, en este caso, las cláusulas litigiosas son transparentes y resulta improcedente realizar el control de abusividad, habida cuenta que se refieren al interés, que es el precio del contrato (art. 4.2 de la Directiva 93/13/CE, de 5 de abril, sobre contratos celebrados con consumidores).

RESOLUCIONES DE JUSTICIA

Relativa a la suspensión de inscripción de una escritura de adición de herencia

Siendo que la legitimaria intervino en la partición de la herencia para dar por pagada su legítima, ahora respecto de la adición de la herencia, se evita la indefensión de la legitimaria con la notificación que se le ha hecho para que pueda reclamar el suplemento.

▶ Resolución DGSJFP 02/11/2021 ▶ BOE: 25/11/2021

Resumen: Relativa a la suspensión de inscripción de una escritura de adición de herencia. Sostiene esta resolución del Centro Directivo que, dada la naturaleza de la legítima en el momento del fallecimiento del causante, y el momento en que se otorgó la partición, siendo que la legitimaria intervino en la partición de la herencia para dar por pagada su legítima, ahora respecto de la adición de la herencia, se evita la indefensión de la legitimaria con la notificación que se le ha hecho para que pueda reclamar el suplemento. En consecuencia, debe entenderse inscribible la escritura de adición a la herencia calificada. La Dirección General estima el recurso y revoca la calificación.

Mutualidad de previsión social. Artículos estatutarios

Requisitos de miembros de la Junta Directiva y Comisión de Control.

▶ Resolución DGSJYFP 22/10/2021 ▶ BOE: 22/11/2021

Resumen: Primer defecto: Posibilidad de que formen parte de la junta directiva personas en quienes no concurra la condición de mutualistas ni de protectores.
En los Estatutos se establece que deben ser mutualistas; pero hasta un tercio de los miembros de la Junta Directiva podrán ser independientes externos.
La registradora entiende que no puede haber personas no mutualistas en los órganos sociales, puesto que el 39 del Reglamento de mutualidades de previsión social permite que una tercera parte no sean mutualistas, pero exige que en tal caso sean protectores.
La DG entiende que según el 39.2 de la citada disposición en su redacción inicial, establecía la regla general de que habrían de ser mutualistas, si bien, en caso de protectoras, se permitía que los estatutos pudieran determinar que estos o sus representantes formaran parte de ella. Pero, fue modificado por la DF 2ª, punto 2, del Real Decreto 1060/2015, de modo que ahora dice que habrán de ser mutualistas al menos en dos terceras partes; y en caso de existir protectores, los estatutos podrán determinar que los mismos o sus representantes formen parte de la junta directiva.
En consecuencia, el texto vigente permite que un tercio de los miembros de la junta directiva tengan la condición de no mutualistas, por lo que el primer defecto debe ser revocado.
Segundo defecto: Número de integrantes de la junta directiva. Los Estatutos señalan que habrá un número máximo de quince. La registradora estima que el 39.1 del Reglamento de mutualidades dispone que la junta directiva constará del número de miembros que determine cada estatuto, por lo que debe decir el número exacto. También cita en apoyo de su tesis el artículo 18 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
La DG estima que la exigencia de que en los estatutos deba constar el número de miembros de la junta directiva no puede estimarse cumplida con la mera referencia al máximo de componentes que pudiera tener, razón por la que el defecto relativo a ella debe ser mantenido.
Tercer defecto: Comisión de auditoría regulada en los estatutos.
Según la registradora, la regulada se opone a lo dispuesto en el 43 del Real Decreto 1430/2002 para la que esta norma denomina «comisión de control financiero», donde se prescribe que debe estar compuesta por tres mutualistas que no formen parte de la junta directiva, y que los estatutos deben regular el funcionamiento de la comisión, así como el sistema de elección de sus miembros y la duración del cargo.
La DG establece que esa comisión es necesaria para las mutualidades que por disposición normativa no estén obligadas a auditoría sus cuentas anuales, atribuyéndole el carácter de «órgano social de carácter facultativo» para las que se sometan a auditoría de cuentas, estén o no obligadas a ello.
La DF1ª de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, somete a la obligación de auditoría de cuentas a las entidades que tengan por objeto cualquier actividad sujeta a la legislación de ordenación y supervisión de los seguros privados, dentro de los límites que reglamentariamente se establezcan.
El artículo 3.5 de la Ley de Auditoría de Cuentas otorga la consideración de entidades de interés público a las aseguradoras, lo que comporta el sometimiento de su auditoría a una disciplina especial. La DA3ª de esta misma ley dispone que «las entidades de interés público, cuya normativa no lo exija, deberán tener una Comisión de Auditoría con la composición y funciones contempladas en el artículo 529 quaterdecies del TR LSC .
Por ello, como están obligadas a auditoría, la comisión de control sería facultativa; por lo que entiende revocable el defecto y estima el recurso.

Relativa a la denegación de inscripción de segregación de una finca

Será imprescindible contar con la previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, o bien, que presten su consentimiento interviniendo en la escritura, además del propietario del elemento dividido, los propietarios de los restantes elementos del edificio

▶ Resolución DGSJFP 06/10/2021 ▶ BOE: 03/11/2021

Resumen: Relativa a denegación de inscripción de segregación de una finca integrada en un conjunto en régimen de propiedad horizontal. Según la actual redacción del artículo 10.3.b) de la Ley sobre propiedad horizontal, y el criterio del Tribunal Supremo y el Centro Directivo, para llevar a cabo la división de un departamento independiente será imprescindible contar con la previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, o bien, que presten su consentimiento interviniendo en la escritura, además del propietario del elemento dividido, los propietarios de los restantes elementos del edificio, a menos que figure recogida en los estatutos de la propiedad horizontal una cláusula que autorice al propietario de dicho departamento para realizar esta operación sin el referido acuerdo de la comunidad. En el caso objeto de este expediente, este requisito estaría cumplido porque figura inscrita en la finca matriz la cláusula estatutaria séptima que permite tal posibilidad. La Dirección General estima el recurso y revoca la calificación del registrador.

En referencia a la suspensión la inscripción de una escritura de compraventa

El pacto de privatividad siempre será admisible si bien será necesaria su causalización, sin que ello signifique que haya que acudir a contratos de compraventa o donación entre cónyuges.

▶ Resolución DGSJFP 08/09/2021 ▶ BOE: 18/10/2021

Resumen: Relativa a la suspensión de inscripción de una escritura de compraventa. Sostiene esta resolución del Centro Directivo que, de conformidad con la propia resolución de este Centro Directivo de 30 de julio de 2018, el pacto de privatividad siempre será admisible si bien será necesaria su causalización, tanto en los supuestos en que sea previa o simultánea a la adquisición, como en los casos en que sea posterior, sin que ello signifique que haya que acudir a contratos de compraventa o donación entre cónyuges; si bien dicha exigencia de especificación causal del negocio ha de ser interpretada en sus justos términos, considerándose suficiente que se mencione la onerosidad o gratuidad de la aportación, o que la misma resulte o se deduzca de los concretos términos empleados en la redacción de la escritura. En el presente caso debe concluirse que los cónyuges, por pacto, están determinando el carácter privativo de los bienes comprados por la esposa, abstracción hecha de que no haya podido acreditarse el carácter privativo de dicha participación mediante aplicación directa del principio de subrogación real por faltar la prueba fehaciente del carácter privativo del dinero empleado, de modo que ambos consortes, en ejercicio de su autonomía de la voluntad, excluyen el juego de la presunción de ganancialidad del artículo 1361 del Código Civil; y, como alegan los recurrentes, en la escritura calificada queda explicitado el carácter oneroso del negocio entre los esposos. La Dirección General estima el recurso y revoca la calificación impugnada.

Actualidad de los Colegios Notariales

COLEGIOS NOTARIALES

VALENCIA

Arranca la Cátedra de Derecho Notarial Rafael Gómez-Ferrer
De izda. a dcha.: Ricardo Cabanas, Lorenzo Prats, Ubaldo Nieto y Mª Dolores Hernández.

El Colegio Notarial de Valencia acogió, a mediados de noviembre, la primera jornada de la Cátedra de Derecho Notarial Rafael Gómez-Ferrer de la Universidad Católica de Valencia (UCV) y del Colegio Notarial de Valencia.

A lo largo de dos sesiones, expertos jurídicos y académicos reflexionaron sobre La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario tras dos años de vigencia. El director de la cátedra y notario de Valencia, Ubaldo Nieto, fue el encargado de inaugurar estas jornadas, junto a la decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Económicas y Sociales de la UCV, Nuria Martínez.

En la sesión inaugural Ubaldo Nieto explicó que “la creación de esta cátedra nace con el objetivo de aprovechar los conocimientos jurídicos y profesionales del Notariado para la docencia. Una de las plasmaciones de ello es la creación de la asignatura Derecho y Práctica Notarial, dedicando tiempo importante al instrumento público, a las partes, los sujetos, la representación, el juicio de capacidad, las escrituras de compraventas de inmuebles, crédito inmobiliario o constitución de sociedades, así como el trabajo notarial relativo al Derecho de familia y sucesiones”.

Por su parte, la decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Económicas y Sociales de la UCV, Nuria Martínez, explicó que la cátedra nace «con el objetivo de colaborar y facilitar el conocimiento y la enseñanza del derecho y de la actividad notarial para los estudiantes, así como favorecer una formación de calidad en materias de Derecho privado». 

La primera sesión de debate de estas jornadas contó con la participación del catedrático de Derecho civil de CUNEF, Lorenzo Prats, que centró su exposición en la Directiva 2014/17, su traducción y su transposición al Derecho español.

Los aspectos relacionados con el ámbito subjetivo de aplicación de la Directiva fueron analizados por la profesora de Derecho civil de la Universidad Complutense, Mª Dolores Hernández Díaz-Ambrona. Para desarrollar la problemática práctica del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, los asistentes contaron con la experiencia del notario de Fuenlabrada, Ricardo Cabanas Trejo. 

Ubaldo Nieto fue el encargado de abrir la segunda sesión de estas jornadas centrando su exposición en la importancia del trabajo notarial para garantizar la seguridad jurídica y la transparencia en los contratos de crédito inmobiliario. 

Para finalizar este debate intervino el catedrático de Derecho civil de la Universidad de Castilla-La Mancha, Ángel Carrasco Perera.

Congreso sobre conflictos de intereses en las sociedades de capital

Los días 25 y 26 de noviembre, el Colegio Notarial de Valencia organizó, junto al departamento de Derecho Mercantil «Manuel Broseta Pont» de la Facultad de Derecho de la UV, el Congreso de Derecho de Sociedades sobre los Conflictos de intereses en las sociedades de capital: socios y administradores. Durante dos días, notarios, académicos y profesionales jurídicos, especialistas en Derecho de sociedades dialogaron sobre esta cuestión.

El Congreso contó con la participación de expertos en Derecho mercantil, bajo la dirección del catedrático de la Universitat de València, José Miguel Embid, en colaboración con el notario, Ubaldo Nieto.

El Congreso abordó las principales líneas de desarrollo normativo y los problemas de interpretación que se plantean en relación con los conflictos de interés de los socios y de los administradores. Se discutieron, en primer lugar, aquellos aspectos transversales de su régimen jurídico que suscitan mayor controversia tras las reformas operadas por la Ley 31/2015 y la Ley 5/2021. A continuación, se abordaron de forma sistemática los supuestos concretos de conflictos de interés que afectan tanto a los socios como a los administradores.

Congreso sobre contratación empresarial

El Colegio Notarial de Valencia y el Departamento de Derecho Mercantil “Manuel Broseta Pont” de la Facultad de Derecho de la Universitat de València organizaron en octubre el primer congreso de notarios y profesores de Derecho mercantil sobre contratación empresarial bajo el título El Derecho de Obligaciones y Contratos frente a los retos de la contratación mercantil moderna. La inauguración contó con la asistencia de la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago y de la rectora de la Universitat de València, Mª Vicenta Mestre Escrivá.

El foro, promovido por notarios y profesores de Derecho mercantil, tuvo como codirectores al notario de Valencia y profesor de Derecho mercantil, Ubaldo Nieto Carol; y al catedrático de Derecho mercantil y director del Departamento de Derecho mercantil «Manuel Broseta Pont» de la Facultad de Derecho de la UV, Francisco González Castilla.

La directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, Sofía Puente Santiago; y la rectora de la Universitat de València, Mª Vicenta Mestre Escrivá, inauguraron el congreso promovido por notarios y profesores de Derecho mercantil, en el que durante dos días se abordó el moderno Derecho de obligaciones y contratos. 

La conferencia de clausura la impartió el catedrático de Derecho mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, Juan Sánchez-Calero Guilarte, que profundizó en la contratación mercantil en el siglo XXI, entre la transparencia y la emergencia, acompañado por los codirectores Ubaldo Nieto y Francisco González Castilla. 

Proyecto piloto con el Catastro

De izda. a dcha.: Fernando de Aragón Amunárriz, José Ángel Martínez Sanchiz y Francisco Cantos.

El presidente del Consejo General del Notariado (CGN), José Ángel Martínez Sanchiz, inauguró la jornada de trabajo que se celebró en la sede de Alicante del Colegio Notarial donde se dio a conocer a otros colegios notariales la experiencia piloto en la Comunidad Valenciana sobre la comunicación de las modificaciones físicas al Catastro. A la jornada de trabajo asistieron los decanos del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Luis Fernández-Bravo; del Colegio Notarial de Extremadura, Ignacio Ferrer Cazorla; y del Colegio Notarial de Murcia, Carmen Rodríguez Pérez. En la inauguración, el presidente del CGN estuvo acompañado por el director general del Catastro del Ministerio de Hacienda, Fernando de Aragón Amunárriz; y por el decano del Colegio Notarial de Valencia, Francisco Cantos Viñals.

Jornada sobre la nueva legislación de apoyo a las personas con discapacidad

De izda. a dcha.: el notario y secretario de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Valencia, José María Cid; el notario José María Carrau; la magistrado-juez titular del Juzgado de Instancia nº4 de Castellón, Carolina Castillo, y el registrador de la propiedad Manuel Montánchez.

El Colegio Notarial de Valencia y la Universitat de València, por medio del proyecto de investigación La modernización del Derecho de Familia a través de la práctica jurisprudencial celebraron, el 28 de octubre, una jornada donde se abordó la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, organizada por el notario y secretario de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Valencia, José María Cid; y el catedrático de Derecho civil de la Universitat de València, José Ramón de Verda.

En concreto, académicos, juristas y notarios analizaron la incidencia de la reforma en las profesiones jurídicas, así como las reformas incluidas en materia de sucesiones, responsabilidad civil y familia.

MADRID

Cien números de la revista ‘El notario del Siglo XXI’

José Ángel Martínez Sanchiz y Sofía Puente.

La revista jurídica El Notario Del Siglo XXI celebra su edición número cien. Desde su fundación, hace dieciséis años, y gracias al impulso del entonces decano del colegio y director José Aristónico García, la revista ha mantenido intacta su vocación inicial como testigo de la realidad jurídica, guiada por los principios del rigor, la neutralidad y la imparcialidad. En estos 16 años ha estado dirigida, además, por los notarios Rodrigo Tena e Ignacio Solís y en la actualidad por Ignacio Gomá, que estuvieron presentes en el acto de celebración de esta efeméride.

En la fiesta, que tuvo lugar en el Colegio Notarial de Madrid, el 14 de diciembre, se encontraban también la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Publica, Sofía Puente; el presidente del Consejo General del Notariado y decano del colegio, José Ángel Martínez Sanchiz; la vicedecana, Concepción Barrio del Olmo; así como miembros de la Junta Directiva del colegio y otras autoridades y representantes de las instituciones jurídicas y los colegios profesionales.

Nueva ley relacionada con la discapacidad

En diciembre tuvo lugar la última sesión sobre la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, desde una perspectiva eminentemente práctica. La conferencia fue impartida por la vicedecana del colegio, Concepción Barrio del Olmo y los notarios Ana Fernández-Tresguerres y Rodrigo Tena.

La nueva ley permite pasar de un modelo paternalista a un modelo en el que la autonomía personal se convierte en principio vertebrador del nuevo marco legislativo, equiparando jurídicamente a estas personas con el resto de ciudadanos. El objetivo de los notarios es ser de máxima utilidad a las personas con discapacidad y a sus familias y ofrecerles un asesoramiento constante que les ayude a resolver sus dudas jurídicas ante distintas circunstancias.

Acto público de constitución de la Junta Directiva

El 15 de noviembre tuvo lugar el acto público de constitución de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Madrid.

El compromiso y la colaboración institucional, la defensa de los principios deontológicos y el fortalecimiento de la ética social y de la justicia, son los tres pilares del nuevo equipo de gobierno, explicados por el decano del colegio, José Ángel Martínez Sanchiz, durante el acto.

La ceremonia fue presidida por Enrique López, consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid. También acudieron Juan Pablo González, presidente de la Audiencia Provincial de Madrid; José Mª Alonso Puig, decano del Colegio de Abogados de Madrid y Gabriel Mª de Diego Quevedo, decano del Colegio de Procuradores de Madrid. Así como la vicedecana del colegio, Concepción Barrio del Olmo, y el resto de notarios que integran el órgano de gobierno del colegio notarial.

Miembros de la Junta Directiva.

Academia Matritense

La Academia Matritense del Notariado continúa su ciclo de conferencias: el 11 de noviembre tuvo lugar la ponencia El Notariado ante la confianza electrónica del Registro Eidas, impartida por el notario Carmelo Llopis; el 2 de diciembre se celebró la titulada La Junta digital, realizada por el catedrático de Derecho Mercantil, Cándido Paz-Ares; y el 16 de diciembre tuvo lugar la charla sobre La Carta de Derechos digitales de España, impartida por Moisés Barrio Andrés.

PAÍS VASCO | GALICIA

Apertura de curso de la AVD y entrega de los premios Adrián Celaya

El pasado 29 de noviembre se celebró en el Colegio Notarial del País Vasco la jornada de apertura de curso 2021/2022 de la Academia Vasca de Derecho (AVD-ZEA), que preside el notario de Bilbao, Andrés M. Urrutia. El encuentro contó con la lección inaugural de la decana de la facultad de Derecho de la Universidad de Deusto, Gema Tomás Martínez, que versó sobre la Atomización versus armonización: El abandono del sueño pandectista europeo. 

A la jornada asistieron, además de la vicedecana del colegio, Carmen Velasco, el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Iñaki Subijana; la consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi; la fiscal Superior del País Vasco, Carmen Adán del Río; la presidenta de la Audiencia Provincial, Reyes Goenaga; la diputada foral de Presidencia y Relaciones Institucionales Elixabete Etxanobe; el director del Instituto Vasco de la Administración Pública, Egoitz Laburu y el rector de la Universidad de Deusto, José María Guibert.

Tras la lección inaugural se entregaron los galardones de los Premios Adrián Celaya para jóvenes juristas de la mano de los familiares del jurista que da nombre al premio. Los galardones de este año recayeron en los siguientes trabajos: 

  • En la modalidad de Derecho privado vasco, en euskera, al estudio Euskal Zunzebide Zibileko oinordetza erakundeak gaitasun mugatua duen pertsonaren ikuspuntutik, de Mikel Etxebarria;
  • En la modalidad de Derecho privado vasco, en castellano, al estudio Enfoque transfronterizo de los pactos sucesorios de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho civil vasco, de Ramón Urrutia.
Los premiados con autoridades institucionales, académicas y familiares.
De izq. a dcha.: Ana Teresa Canoa, Iván Ramis y María Paz Rubio.

El Notariado gallego analiza la nueva legislación sobre discapacidad

Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica el Notariado gallego ha aumentado su participación en foros para difundir los principales aspectos de la nueva normativa.

Para ello, los notarios de Galicia estuvieron presentes en el Congreso Internacional Retos del derecho de familia ante la nueva regulación en materia de discapacidad y protección de la infancia y adolescencia frente a la violencia, celebrado los días 4 y 5 de noviembre en Vigo, dirigido por las profesoras de la Universidad viguesa Esther Pillado y Sonia Calaza.

En la mesa redonda Desjudicialización de la discapacidad. El relevante papel del Notariado: poderes preventivos intervinieron la notaria de A Estrada, Alicia Calaza López y el notario de Vigo Ernesto Regueira Núñez. El acto fue presentado y moderado por José María Graíño, decano del Colegio Notarial de Galicia.

Por otro lado, Víctor Manuel Vidal Pereiro, notario y delegado de la Fundación Aequitas en Galicia, participó, el 27 de octubre, en una jornada dirigida a familias, y el 3 de noviembre, en una destinada a profesionales de la Federación Autismo Galicia.

Más conferencias

El 26 de noviembre el notario Vidal Pereiro organizó la charla con el título Resolvendo dúbidas da reforma xurídica sobre discapacidade en la sede de Down Pontevedra – Xuntos. Este acto informativo, y los previstos para enero de 2022 en otras localidades gallegas, se inscriben en el convenio de colaboración firmado el pasado mes de julio en Santiago de Compostela entre el Colegio Notarial de Galicia y Federación Down Galicia, y cuentan también con el patrocinio de la Fundación Aequitas y la Xunta de Galicia.

Por otra parte, el 27 de noviembre, se celebró en Vigo una jornada organizada por la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Galicia (Afaga). En la mesa redonda Impacto de la reciente reforma del derecho civil: desde la perspectiva de las demencias participaron Ana Teresa Canoa Pérez, notaria en Vigo; María Paz Rubio, catedrática de Derecho civil en la Universidad de Santiago de Compostela; y el abogado de la asociación, Iván Ramis.

ANDALUCÍA | CASTILLA-LA MANCHA

Homenaje al notario José Luis Lledó

José Luis Lledó, ex vicepresidente del Consejo General del Notariado y exdecano del Colegio Notarial de Andalucía, recibió el homenaje de amigos y compañeros en una cena organizada en reconocimiento a su trayectoria profesional y entrega al notariado. El acto tuvo lugar en el Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla el pasado mes de noviembre.

A la cena asistieron más de cien personas, entre ellas numerosos notarios. En nombre de todos ellos y de las instituciones notariales pronunciaron unas palabras José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado y María Teresa Barea, decana del Colegio Notarial de Andalucía.

Entre los presente cabe citar también a Damián Álvarez, presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla; Alfonso Castro, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla; María Serrano Fernández, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide; y Juan José Pretel, decano del Colegio de Registradores de Andalucía occidental.

De izq. a dcha.: José Ángel Martínez Sanchiz, María Teresa Barea y José Luis Lledó.

Congreso sobre los nuevos retos del Derecho Agrario

La Universidad de Jaén (UJA) y el Colegio Notarial de Andalucía, con el patrocinio de la Caja Rural de Jaén, organizaron el congreso sobre Nuevos retos del Derecho Agrario en una economía y mercados digitalizados, foro de encuentro de investigadores y operadores jurídicos y económicos.

El acto fue inaugurado por el delegado del rector para la Fundación Universidad de Jaén-Empresa y Relaciones con Entidades de Innovación, Juan Ramón Lanzas; la delegada territorial de Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, María José Lara Serrano; y el vicedecano del Colegio Notarial de Andalucía, Manuel Seda Hermosín.

Durante el encuentro se abordaron la conexión del Derecho agrario y del agroalimentario, su desarrollo a través del cooperativismo y la economía social, así como la intervención en este ámbito del Derecho notarial, desde una perspectiva multidisciplinar.

Conferencia sobre accesibilidad, autonomía y apoyos de la Ley 8/21

María José Segarra, fiscal de la Sala de la Unidad Coordinadora de Atención a las Personas con Discapacidad y Mayores, de la Fiscalía General del Estado, abrió, el 22 de noviembre, el curso de la Academia Sevillana del Notariado con una conferencia sobre Accesibilidad, autonomía y apoyos. Nuevas demandas y barreras sociales al desarrollo de la Ley 8/21.

Para Segarra “esta ley lo que consagra es la absoluta prioridad de las disposiciones voluntarias; lo que cada persona quiera disponer sobre cómo quiere que se desarrolle su vida cuando desaparezca su capacidad para tomar decisiones. Y los notarios son una pieza clave para ello”.

Conferencia sobre la plusvalía municipal

La Academia Granadina del Notariado abrió, en noviembre, su curso académico 2021-2022 con una conferencia de Miguel Ángel Recuerda, catedrático acreditado de Derecho Administrativo, sobre Efectos Administrativos de la declaración de inconstitucionalidad del IIVTNU, en formato mixto, presencial y vía zoom.

En presencia de la decana del colegio, María Teresa Barea, y del director de la Academia Granadina del Notariado, Antonio Juan García; el catedrático Miguel Ángel Recuerda abordó la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el Impuesto del Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como la plusvalía municipal.

De izq. a dcha.: Antonio Juan García, María Teresa Barea y Miguel Ángel Recuerda.

Adhesión al Convenio Marco sobre colaboración en la gestión tributaria local

De izq. a dcha.: Antonio Juan García, María Teresa Barea y Miguel Ángel Recuerda.

En noviembre se firmó el convenio entre el Colegio Notarial de Castilla-La Mancha y el ayuntamiento de Cabanillas del Campo, en adhesión al Convenio Marco del Consejo General del Notariado-Federación Española de Municipios y Provincias sobre colaboración en la gestión tributaria local.  El acuerdo lo firmaron, Alicia Aragoncillo, en representación del colegio notarial y José García Salinas, alcalde del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.

Congreso dedicado a la infancia y la adolescencia

NOTICIAS DEL NOTARIADO

sanchiz
José Ángel Martínez Sanchiz recoge el reconocimiento otorgado durante el acto al CGN y la Fundación Aequitas por parte de ASEAF.

Congreso sobre el interés superior de la infancia y la adolescencia​

Este congreso tuvo lugar el 11 y 12 de noviembre, organizado por la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF).En él intervino el notario y presidente de Familias Para la Acogida, Jorge Prades, que hizo alusión a la Circular Informativa 7/2020 sobre la actuación notarial en aquellos documentos que afecten a la función de guarda de los menores de edad, así como a las pautas y criterios para que el notario ofrezca mediante instrumento público la solución jurídica más adecuada en relación a la guarda de un menor.

En la clausura en la sede del Consejo General del Notariado (CGN), los organizadores agradecieron el apoyo recibido de la Fundación Aequitas y del CGN, y destacaron su labor en la elaboración de ese documento unificado que profundiza en la problemática que surge en torno a los menores que cuentan con una medida de guarda.

José Ángel Martínez Sanchiz, presidente de ambas instituciones, agradeció a la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar “el reconocimiento que nos habéis dado como entidad comprometida con la protección de la infancia y la adolescencia y que nos hayáis abierto una vía de colaboración para poder ayudar, en la medida de nuestras posibilidades, a la infancia”. “Nuestra felicitación por este Congreso. Seguimos en contacto para encontrar juntos vías de ayuda y apoyo para el acogimiento familiar”, finalizó.

El foto fue clausurado con la actuación “Vámonos ya pa casa”.

IX Cátedra del Prado 2021 sobre arte medieval

Raimundo
Fortuñy durante
el acto.

El 5 de noviembre tuvo lugar la inauguración de la IX Cátedra del Prado 2021: Arte medieval, Encuentros entre museos e iglesias, patrocinada por la Fundación Notariado. Con la presencia del vicepresidente de la fundación y del Consejo General del Notariado (CGN), Raimundo Fortuñy, que explicó durante el acto de presentación que “el siglo XIII, que se estudiará ampliamente desde la perspectiva del arte en las iglesias y museos, supuso el nacimiento del Notariado moderno gracias a la escuela de Bolonia desde donde se expandió el Ius commune, configurándose el Notariado latino como oficio público investido por la autoridad, más allá de la figura de escribano”.

El acto también contó con la participación de Javier Arnaldo, jefe del Centro de Estudios del Museo. La conferencia inaugural Museos e iglesias, dos canteras para la historia del arte medieval corrió a cargo de Justin Kroesen, catedrático de historia cultural en la Universidad de Bergen (Noruega) y director de la cátedra de este año. 

La ministra con todos los galardonados.

José Ángel Tahoces y Alba Aula reciben la Cruz de San Raimundo de Peñafort

La ministra de Justicia, Pilar Llop, condecoró el 5 de noviembre a dos notarios y otros profesionales del ámbito de la Administración de Justicia, en Santa Cruz de Tenerife. En su intervención Llop destacó “el excelente trabajo, el elevado sentido del deber, del servicio público y de la Justicia» de los galardonados.

En el evento, celebrado en el salón de actos de la Subdelegación del Gobierno de la ciudad, la titular de Justicia recordó la importancia de luchar por los valores democráticos, la seguridad jurídica y la defensa y protección de los derechos de la ciudadanía.

La ministra de Justicia entregó la Cruz de San Raimundo de Peñafort a los notarios José Ángel Tahoces y Alba Aula Méndez, nº 1 de su promoción.

También recibieron esta distinción Carlos Celestino, decano territorial de Canarias y titular del Registro de la Propiedad de San Cristóbal de la Laguna nº1; Rafael Robledo, decano territorial de Canarias y titular del Registro de la Propiedad de Telde nº1; Mª Asunción Marante, del Cuerpo General Administrativo, jefa de sección Pagadora en la Gerencia de Justicia de Canarias; Pablo Matos, presidente del Consejo Consultivo de Canarias; Agustín Honorio, juez de paz de la Villa de la Matanza de Acentejo; y, a título póstumo, a Manuel Martín, fiscal de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

El 15 de noviembre tuvo lugar la jornada sobre la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

El encuentro fue inaugurado por Álvaro Obando, notario y presidente de la Asociación Patronal Matritense de notarios, que analizó las modificaciones legislativas que han incidido en la actuación notarial hasta llegar a la Ley 8/2021.

Rafael Bescansa Miranda, notario de Córdoba, disertó sobre La incidencia de la Ley 8/2021 en el Derecho de Sucesiones y abordó su repercusión en el Derecho. Carlos Marín, notario de Lorca, explicó las novedades más relevantes en los aspectos sustantivos de esta ley.

A continuación, tuvo lugar la mesa de debate sobre El empleado ante la aplicación de una novedosa reforma de profundo calado, en la que participaron José María Ruiz y Carlos Rodríguez Santamaría, ambos oficiales de notaría; y Miguel Ángel Borreguero, oficial del Registro de la Propiedad. El moderador fue Juan Pablo Pérez, profesor de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide.

La clausura corrió a cargo de José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General de Notariado, que felicitó a FEAPEN por la celebración de estas actividades formativas que “son necesarias para notarios y empleados que conforman el Notariado” y destacó que “esta ley sitúa a los notarios en primera línea, reconociéndoles como apoyo institucional”.

Finalmente, Carmen García Berbel, presidenta de FEAPEN recalcó que esta reforma “implica un cambio de mentalidad respecto de las personas con discapacidad e incide considerablemente en la función que realiza el notario asistido por su equipo de empleados”.    

Feapen celebra su primera jornada presencial tras la pandemia

De izda. a dcha.: José M. Ruiz Nieto, José Ángel Martínez Sanchiz y Carmen García Berbel.

Legal Management Forum

Imagen del acto.

En noviembre tuvo lugar el Legal Management Forum 2021. Bajo el título Starting a new age profesionales del sector jurídico debatieron durante dos días sobre los principales retos a los que se enfrentan.

El delegado de nuevas tecnologías del Notariado, Luis Fernández Bravo, participó en la mesa Beneficios de la automatización documental, moderada por Cristina Retana, directora de Innovación y Contenidos de Wolters Kluwer Legal & Regulatory España y Portugal. También participaron Javier Hernández Diez, subdirector general de desarrollo e implantación de servicios digitales en el Ministerio de Justicia; Rafael Madero, CIO de Perez-Llorca; y Jesús Olmedilla, director de operaciones de Santander Legal.

Fernández Bravo destacó cómo los ciudadanos pueden operar fácilmente de manera digital, con avances como el Portal Notarial del Ciudadano, en el que particulares y empresas pueden elegir al notario que quieran para realizar diversas gestiones y servicios, con la misma seguridad y garantías que en las notarías, pero con la agilidad propia de las operaciones digitales.

De izda. a dcha. Mª del Carmen González, Eduardo Hijas, Blanca de la Cámara, Luis Hernando Cebriá y Daniel Prades.

Las garantías en el Derecho Mercantil: Problemática actual

El 22 de noviembre tuvo lugar la presentación de la primera obra con la que Cuadernos de Derecho y Comercio inicia su colección de monografías: Las garantías en el Derecho Mercantil: Problemática actual, editada por la Fundación Notariado.

En ella catedráticos y profesores de Derecho Mercantil y de otras ramas del Derecho de ocho universidades, así como magistrados y notarios, abordan temas de interés y actualidad del Derecho Mercantil con rigor técnico y visión crítica.

Desde distintas perspectivas, y a lo largo de casi mil páginas, sus veintitrés capítulos tratan cuestiones y problemas que plantean las garantías en el Derecho en el momento actual. El contenido temático se distribuye en cinco partes: El Derecho de propiedad como garantía, las garantías personales, las garantías reales, las garantías prestadas por entidades financieras y aseguradoras y, finalmente, las garantías en la legislación concursal y tributaria.

El día de la presentación estuvieron presentes varios de los autores de la monografía: Mª del Carmen González, catedrática de Derecho Civil Universidad de Castilla-La Mancha; Daniel Prades, profesor titular de Derecho Mercantil Universidad Pontificia Comillas; Luis Hernando Cebriá, profesor titular de Derecho Mercantil Universidad de Valencia, y Eduardo Hijas Cid, notario. El diálogo entre ellos fue moderado por Blanca de la Cámara Entrena, secretaria de la revista.

La Unión Internacional del Notariado en Barcelona

PRIMER PLANO

REUNIÓN DEL NOTARIADO EUROPEO
EN BARCELONA

Encuentro anual de la Comisión de Asuntos Europeos

De izda. a dcha. en el frente: José Marqueño, expresidente de la Unión Internacional del Notariado (UINL); Cristina Armella, presidenta de la UINL; José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial del Cataluña; José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN); Franco Salerno, presidente de la Comisión de Asuntos Europeos; y Adam Toth, presidente del Consejo de Notarios de la Unión Europea (CNUE).

El Colegio Notarial de Cataluña acogió los pasados 26 y 27 de noviembre las reuniones anuales de la Comisión de Asuntos Europeos y de la Academia Notarial Europea, ambos organismos pertenecientes a la Unión Internacional del Notariado. El encuentro fue definido por el decano anfitrión, José Alberto Marín, como “uno de los actos más destacados del año”.

 

La sesión inaugural contó con las ponencias de Cristina Armella, presidenta de la Unión Internacional del Notariado (UINL); Franco Salerno, presidente de la Comisión de Asuntos Europeos (CAE) y José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado (CGN).

 

Notarios de 41 países

La Comisión de Asuntos Europeos reunió a más de un centenar de notarios procedentes de 41 países, quienes discutieron y reflexionaron sobre los principales retos para el Notariado europeo. Entre ellos, la mediación, el divorcio (con la participación del notario español Antonio Juan García Amezcua); los poderes notariales (del notario español Rafael Ferrer Molina) y las sucesiones.
Con la participación destacada de los notarios españoles Antonio Juan García Amezcua y Rafael Ferrer Molina).

 


EL ENCUENTRO REUNIÓ A MÁS DE UN CENTENAR DE NOTARIOS, QUIENES REFLEXIONARON SOBRE LOS PRINCIPALES RETOS PARA EL NOTARIADO EUROPEO

 

Cristina Armella, presidenta de UINL, señaló que “en el marco de la economía postpandemia, es fundamental la virtualidad, que ha venido para quedarse”, subrayando que “el notariado ha demostrado siempre tener una gran capacidad de adaptación”. Aun así, afirmó que es necesario “internalizar los nuevos proyectos que van surgiendo e ir avanzando en la igualdad entre los distintos notariados mundiales, con el apoyo del notariado español y europeo”, concluyó.

Franco Salerno, presidente de la CAE destacó la “importancia de los informes que se elaboran fruto de las reuniones de esta Comisión para hacer llegar a los representantes institucionales de cada país”, así como la importancia del acto de la Academia Notarial Europea, “porque facilita el debate sobre los temas de actualidad”.

Por último, el presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, resaltó la gran implicación del notariado español en la cooperación jurídica: “Creemos en ella y, muy especialmente, en potenciar la estrecha relación que hay entre todos los notarios”. En su opinión, “el notariado se encuentra en una transición hacia la digitalización, pasando del uso del papel hacía las nuevas herramientas digitales”. Fruto del esfuerzo por ser pioneros en innovación y ofrecer el mejor servicio, los notarios españoles cuentan con la Sede Electrónica Notarial, una referencia en toda Europa, que desarrolla tanto herramientas al servicio de la interacción con el ciudadano, como distintas plataformas de uso interno para la interconexión entre notarios y con las distintas Administraciones.

En esta sesión intervinieron también Lionel Galliez, vicepresidente de Europa y presidente de la Asociación de Organizaciones Internacionales; Richard Bock, presidente de la Comisión de Cooperación Notarial Internacional (CCNI); y Adam Toth, presidente del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE). Además, se presentó la Corte Internacional de Arbitraje, a cargo de Amanda Jiménez Pintón, consejera adjunta de dicha institución.

El Notariado, garante de los derechos de las personas con discapacidad

La Academia Notarial Europea reflexionó sobre la adaptación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU a los ordenamientos jurídicos de los países europeos.

Raimundo Fortuny, vicepresidente del Consejo General del Notariado, remarcó que “el hecho de que la Convención de la ONU se convierta en realidad es un reto muy importante para todos los notarios” y animó a los notarios europeos a seguir con el ejemplo de España, “donde hemos conseguido que el notario tenga un papel protagonista”. “Según la OMS, el 15% de las personas del mundo tienen alguna discapacidad. Con lo cual, la figura del notario representa un apoyo fundamental”, anotó.

En la misma línea, Franco Salerno, presidente de la CAE, destacó que el objetivo del notario en esta materia es “promover, proteger y asegurar el disfrute pleno en igualdad de condiciones de todas las personas, sea cual sea su discapacidad”.

 


EL 15% DE LAS PERSONAS DEL MUNDO TIENEN ALGUNA DISCAPACIDAD. EN ESTE CONTEXTO, LA FIGURA DEL NOTARIO SE PRESENTA COMO UN APOYO FUNDAMENTAL

 

José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Cataluña, indicó que “en España hemos desarrollado una nueva legislación que supone un cambio de paradigma en el enfoque de la discapacidad y, como estado con pluralidad legislativa, en Cataluña entró en vigor el Decreto Ley 19/2021 para adaptarse a la Convención. Así, tenemos el centro de gravedad en la figura del notario, que acompaña a la persona con discapacidad durante toda su andadura”, afirmó.

El acto, bajo la coordinación de Pedro Carrión García de Parada, notario de Madrid y miembro del Comité Directivo de la UINL, contó con las ponencias de  Josep Maria Valls Xufré, notario de Barcelona; Francisco Javier Pereda, magistrado de la sección 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona; Sofía de Salas, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza; Pauline Malaplate, notaria de Annecy (Francia); Sabrina Belloni, notaria de Roma (Italia) y Filipa María Marqués de Azevedo, notaria de Arganil (Portugal).

La Unión Internacional del Notariado

Organización no gubernamental que promueve, coordina y desarrolla la función y la actividad notarial en todo el mundo. La integran 91 notariados y forman parte cerca de 300.000 notarios. Entre sus funciones destacan facilitar las relaciones entre los notarios de los países miembros para el intercambio de información y experiencias profesionales; la promoción de los principios fundamentales del sistema notarial; la representación del notariado ante otros organismos internacionales; la colaboración en la armonización de las legislaciones notariales nacionales; la promoción, organización y desarrollo de la formación profesional; y el apoyo a los trabajos científicos en el ámbito notarial.

Los decanos de los colegios notariales asistentes, más el secretario y los dos vicesecretarios del CGN, en la sede del Colegio Notarial de Cataluña.
Reunión del pleno del Consejo General del Notariado

Coincidiendo con la celebración de las reuniones anuales del notariado europeo en Barcelona, se celebró la sesión plenaria mensual del Consejo General del Notariado (CGN), que está presidido por José Ángel Martínez Sanchiz. El GCN, que representa a los casi 3.000 notarios en activo, está integrado por los decanos de los 17 colegios notariales de España.

Desde Santo Estevo. La Ribeira Sacra en Nogueira de Ramuín

AL ENCUENTRO

DESDE SANTO ESTEVO

Cañones del Sil desde el miradoiro de Pé do Home. En primer plano, una alvariza do vello usada para proteger las colmenas de los osos.

Antiguo convento de Santo Estevo (s. X y posteriores). Bien de Interés Cultural (1985).

Algo tienen los bosques y los ríos, las montañas y los tajos que los miles de años de fluir las aguas labran sobre estas, que a pesar de su inmensa exuberancia se convierten en íntimos refugios recoletos de quienes buscan la compañía interior, que no es lo mismo que la soledad, la meditación o, simplemente, comprender lo que pueda haber más allá del solo hecho de vivir. La orensana Ribeira Sacra, créanos, es un libro abierto donde las respuestas llegan de golpe, sin necesidad de hacer preguntas, con solo abrir los sentidos a todo lo que rodea al viajero.

JESÚS ORTÍZ

@JesOrtizAl

Jesús Ortíz

Conviene empezar explicado el porqué de «Desde Santo Estevo». Este monasterio, hoy convertido en espléndido Parador Nacional, comenzó su historia eremítica en torno al siglo VI y llegó a convertirse en un importante centro de la orden benedictina en el siglo XII. Ya el simple hecho de llegar hasta allí entre bosques y naturaleza, de ver aparecer los edificios que lo componen al cabo de una curva de la estrecha carretera que lleva hasta la portería, merece la pena. Pero, es obligado confesarlo, lo que nos llevó hasta el antiguo cenobio es el sortilegio que destila su descripción y sus historias en el libro de María Oruña El bosque de los cuatro vientos. Imposible resistirse a ver, tocar, oler o escuchar claustros, estancias y entornos, llenos de las vidas pasadas y presentes que pueblan las equilibradas mezclas de realidad y ficción contadas por la autora.

 


ENTRE LOS VINOS DE LA RIBEIRA SACRA LOS HAY DE MAGNÍFICOS A ACEPTABLES, PERO NINGUNO DEJA INDIFERENTE AL VIAJERO

 

Los nueve anillos de otros tantos obispos que decidieron retirarse, al final de sus días, en Santo Estevo de Ribas de Sil, que ese es el nombre completo del monasterio, son el núcleo de la trama creada por María Oruña. La leyenda sobre los poderes sanadores de aquéllos y las investigaciones sobre su existencia real, confirmada en noviembre de 2019 con la aparición de cuatro de ellos, sumen al lector en una atmósfera en la que los vetustos muros del convento y los bosques circundantes son como actores de una crónica que transita por el túnel del tiempo. Pero no desvelemos más, que lo recomendable es leer el libro, dejarse llevar por sus protagonistas y luego acercarse a Santo Estevo y su entorno, sin olvidar alzar la mirada hacia la izquierda de la puerta principal, a la llegada, para comprobar que, en efecto, un enorme escudo tallado en piedra representa las nueve mitras de quienes llevaron los anillos como símbolo de su ministerio.

Nos quedamos, además, con una frase de María Oruña (revista Paradores, octubre de 2020), a medio camino entre el objetivo literario y la reflexión: «A pesar de que sea una novela de historia y de intriga, en El Bosque de los Cuatro Vientos también reclamo atención a un patrimonio material, para que así perviva el inmaterial. Las historias nos unen como comunidad y nos reúnen alrededor del fuego. Nos dan algo en común, una patria. Aunque las instituciones tienen muchas prioridades, deben molestarse en que algunas cosas perduren”. Degusten, por favor, la reflexión y, por supuesto, el libro, donde el lector podrá comprobar también que la autora se ha ilustrado sobre la normativa de los protocolos notariales.

 


LA LEYENDA SOBRE LOS PODERES SANADORES DE LOS NUEVE ANILLOS Y LAS INVESTIGACIONES SOBRE SU EXISTENCIA REAL CREAN UNA ATMÓSFERA INQUIETANTE

 

Santo Estevo, como conjunto monumental, tiene un buen recorrido. Nada menos que tres claustros, la iglesia, la sacristía, el bosque encantado… Este último, al que se accede por la cafetería del Parador, tiene restos de una pequeña edificación celta, en la que nos podemos imaginar que habitó algún druida solitario, y del antiguo –e inmenso– horno de pan que permitía a los monjes medievales suministrar el básico alimento a las gentes de la comarca. Y algo importante: entre robles, castaños y demás muestras de la flora autóctona está la colina de los Cuatro Vientos, que no cuesta casi nada subirla (si vamos desde el monasterio, claro), pero que tiene la gracia de haber dado nombre al libro de María Oruña y de mostrar lugares reconocibles de sus páginas. Todo un «subidón» para los amantes de las rutas literarias: donde «tiene lugar el encuentro de los cuatro vientos, donde la leyenda habla de ritos antiguos, donde tiene lugar el encuentro con la humildad» (María Oruña, El Bosque de los Cuatro Vientos).

Los tres claustros citados e imprescindibles en la visita, son el de los Obispos (s. XII), románico en origen, aunque tiene un añadido gótico, que es donde en principio se enterraron a los propietarios de los anillos «milagrosos»; el Pequeño o do Viveiro (s. XVI), porque en él se instaló un estanque en el que se mantenían vivos los peces que llegaban del Sil y del Miño hasta pasar a la cocina anexa y de ahí al refectorio; y el dos Cabaleiros (ss.XVII-XVIII), de estilo renacentista, que es por el que se accede hoy al monasterio y que tuvo como objeto formar parte del Colegio de Artes que se fundó allí en 1562. Eran tiempos en los que, para ser estudiante, había que tener muchos «posibles»; de ahí lo de cabaleiros. Si se alojan en el parador, por cierto, apúntense a la visita teatralizada guiada por un «monje del pasado». Tiene lugar en horas nocturnas, es tremendamente ilustrativo y es también referente en el libro de Orduña.

 


«EN EL ‘BOSQUE DE LOS CUATRO VIENTOS’ TAMBIÉN RECLAMO ATENCIÓN A UN PATRIMONIO MATERIAL, PARA QUE ASÍ PERVIVA EL INMATERIAL» (MARÍA ORUÑA)

 

La Ribeira Sacra ya tiene, en su mismo nombre, toda una historia. Porque, sin pensarlo mucho, y dado que su territorio abraza, principalmente, al Miño y al Sil, parece que al decir «ribera» estemos hablando de las orillas fluviales. Pero ¿lo de sagrada? Al estudiar la etimología, los investigadores descubrieron un error en la trascripción del primer documento en que se hace referencia a la zona, donde se la llama Rouoyra Sacrata, nombre que fue interpretado como Riuoyra (ribera), entendiendo que lo de «sagrada» era por el número de conventos y de eremitas que por allí se encontraban. Pero Rovoyra provendría del latín rubus (roble), árbol totémico de los celtas que poblaban el lugar cuando llegaron los romanos y, por tanto, símbolo sagrado de los ritos druídicos.

Claro que da lo mismo que lo llamemos ribera o robledal, porque lo de sagrado lo lleva en el ADN. Lugar de preferencia para los druidas, decíamos, de elección para los muchos eremitas que quisieron huir del mundanal ruido, de los monjes que consagraron su vida a la oración, el estudio y el labora… En el antiguo monasterio de San Pedro de Rocas, muy cerca del de Santo Estevo (aunque no está en el municipio de Nogueira de Ramuín, que lo hemos establecido como «punto de encuentro»), hay un centro de interpretación de la vida eremítica y monacal en la Ribeira Sacra que aporta cantidad de datos, además de añadir la peculiaridad de poder ver una iglesia troglodita (excavada en la roca).

Miradoiros y vinos podría ser un eslogan que caracterizase a la Ribeira Sacra. Los miradores son impresionantes, tanto si se ven desde las aguas del Sil, navegando en el catamarán que sale del embarque de San Esteban, muy cerca del Parador, como si se recorre la carretera de montaña que bordea el margen derecho del río y se siguen los carteles que van indicado el camino, en parte a pie entre robledales y pinares, hacia los distintos puntos de observación. Un dicho de algunos lugareños es que «os miradoiros, visto un, vistos todos». Quizás para el que tiene la suerte de vivir en la zona, sí; para el viajero que se va asomando al vértigo de los cortados, rodeado del silencio apenas roto por el susurro del viento entre los árboles o las llamadas de algunos pájaros, cada ventana a la inmensidad fluvial es una emoción distinta.

Desde algunos puntos, la otra emoción es ver las vides de Godello, Loureira, Mencía, Braciellao… plantadas en breves terrazas sacadas a tiralíneas en las paredes casi verticales que descienden hacia el río. Es un momento en el que la razón se desboca para intentar ordenar la preminencia de dos fuerzas: la de la naturaleza y la del empeño del hombre. Y, hablando de desbocar, a mil por hora el deseo de catar algunos de los vinos que surgen de tan extremas condiciones de trabajo. Los hay de magníficos a aceptables, pero ninguno deja indiferente al viajero, sobre todo si se deja llevar en la cata por los muchos bodegueros que le abrirán sus puertas y su generosidad.

 


EN SAN PEDRO DE ROCAS, MUY CERCA DE SANTO ESTEVO, HAY UN CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LA VIDA EREMÍTICA Y MONACAL EN LA RIBEIRA SACRA

 

Nogueira de Ramuín, ya lo decíamos líneas arriba, y su capital Luíntra, pueden ser el centro de reunión desde donde ir a multitud lugares cargados de historia, llenos de leyendas –hombre lobo incluido– y pródigos en monumentos que se inscriben en tratados de arqueología, de historia o de arquitectura. Y dentro del municipio, para que no haya dudas, el Monasterio de Santo Estevo de Ribas de Sil.

Anímense con la ruta de los miradores, con la de las bodegas, con las muchas de senderismo que se abren desde cualquier lugar. Para amantes de los caminos, nada más recomendable que intentar la ruta do contrabando, circular, que tiene origen y destino en Luintra. Un magnífico lugar, por cierto, donde comprobar que un oficio humilde, el de afilador, tiene en estas tierras orensanas marchamo de excelencia y monumento propio.

Interior del claustro de los Obispos (s. XII).
Escudo de las Nueve Mitras en la portada de Santo Estevo.

Para saber más

El bosque de los cuatro vientos. María Oruña. Ediciones Destino (2020)

Ribeira Sacra: te mereces un respiro. Consorcio de turismo de la Ribeira Sacra

El sabor de un paisaje. Consello Regulador da Denominación de Orixe Ribeira Sacra.

Iglesia troglodita en San Pedro de Rocas (s. VI).
Acceso al monasterio y al claustro dos Cabaleiros (ss. XVII-XVIII).
INFORMACIÓN

Oficina de Turismo
Estrada de Esgos, 2 (Luíntra)
Tel.: 988 201 525
[email protected]

Nogeira de Ramuín:
El corazón de la Riberia Sacra

Druida R.O.S.
Visitas teatralizadas
Tel.: 649 152 780
[email protected]

ALOJAMIENTO
Parador de Santo Estevo
Monasterio de Santo Estevo, s/n
Tel.: 988 01 01 10
[email protected]

RESTAURANTES Y TAPEO
Parador de Santo Estevo
Monasterio de Santo Estevo, s/n
Tel.: 988 01 01 10

Casa Olegario
Estrada de Viñoás, 3 (Luíntra)
Tel.: 988 20 10 25

Os Corzos
Plaza Maior, 3 (Luíntra)
Tel.: 988 20 10 65

Mesón San Roque
Santo Estevo de Ribas de Sil, 7
Tel.: 629 302 007

¿Freno al envejecimiento?

EN PLENO DEBATE

¿Vamos a vivir para siempre?

No hay acuerdo respecto a si el envejecimiento es una enfermedad y, por tanto, podría tener «cura» o es un proceso natural irreversible.

Una de cada seis personas en el mundo tendrá 60 años o más en 2030. Este grupo de población habrá pasado de los 1.000 millones en 2020 a 1.400 millones en sólo diez años. En 2050, la población mundial en esa franja de edad alcanzará los 2.100 millones, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En el caso de la población mayor de 80 años, este organismo prevé que se triplique hasta los 426 millones entre 2020 y 2050. ¿Estamos cerca de frenar el envejecimiento y los daños que conlleva?

MARTA RUIZ-CASTILLO

@MartaRuizCas

En España, el 20% de la población es mayor de 65 años y, de acuerdo con las previsiones del Instituto Nacional de Estadística, en 2050 este grupo podría suponer más del 30% de la población. Conclusión: vivimos más años, pero ¿vivimos mejor? Lo cierto es que, en general, no envejecemos con muy buena salud. Prevenir las enfermedades asociadas al envejecimiento (Alzheimer, fibrosis, algunos cánceres, entre otras) a través de mecanismos que actúen sobre éste, se ha convertido en todo un reto para la comunidad científica y médica. Hacia esa dirección se centran los trabajos que, desde hace tiempo, se llevan a cabo en laboratorios de medio mundo.

 


EN ESPAÑA, EL 20% DE LA POBLACIÓN ES MAYOR DE 65

 

Células senescentes

Uno de esos trabajos es el que lidera Salvador Macip, médico investigador en la Universidad Oberta de Catalunya (UOC) y en la Universidad británica de Leicester, especializado en envejecimiento y cáncer. Junto a su equipo ha desarrollado un nuevo método para prevenir las enfermedades asociadas al envejecimiento que «abre la puerta a frenar el propio envejecimiento», explica a ESCRITURA PÚBLICA en conversación telefónica.

Sus trabajos se han basado en conocimientos anteriores según los cuales hay unos factores que influyen en el envejecimiento, elementos moleculares y químicos, que «cada vez conocemos mejor». Uno de ellos se conoce como «senescencia» que, básicamente, son células viejas que aumentan con la edad. «Lo que se ha visto en los últimos años es que, si eliminas las células senescentes, mejora en general todo el envejecimiento y las enfermedades relacionadas con éste». La cuestión es cómo conseguir eliminar esas células. Varias investigaciones anteriores «descubrieron unos fármacos con sustancias químicas llamados senolíticos que matan las células senescentes». Las pruebas hechas con ratones demostraron que el fármaco mataba las células viejas y los ratones vivían más tiempo y mejor; el problema de los senolíticos es que al no ser específicos tienen muchos efectos secundarios. Ahí es donde el equipo de Macip interviene con la creación de una segunda generación de fármacos que han denominado «bombas inteligentes» porque destruyen las células viejas de forma selectiva sin que afecte a células sanas. «Lo que hicimos básicamente fue copiar una idea de las terapias del cáncer que se realizan ya con anticuerpos. En nuestro caso, preparas el fármaco para que reconozca la célula veja que te interesa destruir». En cáncer ya se están dando fármacos de este tipo «pero en el envejecimiento no se había probado nunca». Este nuevo método está funcionando muy bien en células de cultivo del laboratorio; falta probarlo en animales y ver qué efectos tendrá sobre el envejecimiento y las enfermedades.

Actuar sobre los telómeros

Otros trabajos se centran en los telómeros (extremos de los cromosomas), como el que dirige Shai Efrati, profesor de la Facultad de Medicina y de la Escuela de Neurociencia Sagol de la Universidad de Tel Aviv. En un artículo publicado en la revista Aging en noviembre de 2020, aseguraba haber encontrado una terapia a través de oxígeno hiperbárico (absorción de oxígeno puro en una cámara presurizada) que alarga los telómeros y, por tanto, frena el envejecimiento.

 


VIVIMOS MÁS AÑOS, PERO ¿VIVIMOS MEJOR? LO CIERTO ES QUE, EN GENERAL, NO ENVEJECEMOS CON MUY BUENA SALUD

 

Para el doctor Salvador Macip los telómeros, efectivamente, afectan al envejecimiento y cuando se acortan provocan que las células envejezcan más rápidamente, pero «hay ocho factores más y casi todos convergen en uno, que es el aumento de las células senescentes». Según Macip, las investigaciones acaban, al final, en el mismo sitio: «Para evitar que se formen células senescentes puedes evitar que se recorten los telómeros o matar las células viejas una vez que se han formado». El problema, en su opinión, es que todos los experimentos con telómeros son complicados «porque el hecho de que existan los telómeros y el acortamiento de éstos envejezca las células es un mecanismo de seguridad contra el cáncer». Esto es así porque la células cancerosas «lo primero que hacen, o una de la cosas que hacen rápidamente, es alargar los telómeros». Por eso, añade, «dar telomerasa, la enzima que ayuda a tener telómeros más largos, conlleva el riesgo de que la célula pueda convertirse en cancerosa y, en mi opinión, creo que es más fácil esperar a que se acorten los telómeros y jubilar la célula, y una vez que está jubilada, eliminarla».

¿Enfermedad o proceso natural?

No hay acuerdo respecto a si el envejecimiento es una enfermedad y, por tanto, podría tener «cura», o es un proceso natural irreversible. Para Efrati está claro: «Tratamos de abordar el envejecimiento con ejercicio físico y cambios en la dieta, pero esto solo ralentiza el declive». En declaraciones a The Times of Israel, aseguró en 2020 que «estamos demostrando que en realidad podemos retroceder el reloj biológico y mejorar la calidad de las células sanguíneas. Esto significa que podemos empezar a considerar el envejecimiento como una enfermedad reversible». Una opinión compartida por otros científicos como el biólogo y genetista David Sinclair, o el investigador español, Juan Carlos Izpisúa, que han publicado estudios para frenar e incluso «revertir» el paso de la edad.

Lo importante es que ha habido un cambio de perspectiva respecto al envejecimiento. A medida que se va conociendo más sobre éste y sus mecanismos, se ha pasado a considerarlo menos como algo inevitable y más como una enfermedad.  Este cambio de concepto abre interesantes perspectivas sobre cómo podemos vivir más y mejor mediante la búsqueda de tratamientos para prevenir enfermedades asociadas a la edad. El fármaco que ha desarrollado Macip junto a su equipo en el laboratorio tiene esa finalidad. «Primero lo probaríamos en enfermedades, pero, a la larga, este fármaco o alguno con un concepto parecido de terapias dirigidas, que ya se están estudiando también, tiene el potencial de reducir todo lo que sean los efectos del envejecimiento en general; aparte de las enfermedades también tendría efectos sobre las personas que envejecen mal». Macip es optimista y cree que en menos de 10 años habrá un fármaco que se podrá usar en enfermedades asociadas a la vejez o en casos de envejecimiento extremo.

En busca de la inmortalidad

Frente a los que creen que no se puede hacer mucho para frenar el envejecimiento están los que aseguran que, no sólo es factible frenarlo, sino también revertirlo y que la inmortalidad es posible. Hay quienes se sitúan en un punto intermedio, como el doctor Macip. «Sí creo que el envejecimiento se puede modular, sin duda ¿Hasta qué punto? ¿Qué quiere decir modular? ¿Podemos hablar de revertir? Quizá en un futuro, pero estamos un poco lejos de esto». En su opinión, para llegar a ese punto haría falta pasar por dos procesos previos: primero, frenar el envejecimiento, y segundo, rejuvenecer, para lo cual sería necesario «un control de la regeneración de tejidos que aún no entendemos tanto cómo funciona». Esto no quiere decir, añade, «que no sea posible, pero creo que será más factible antes enlentecer, hacer que vaya más lento el envejecimiento, que frenarlo; eso me parece lo más asequible, lo que veremos en breve».

Década del Envejecimiento Saludable

La Asamblea General de Naciones Unidas ha declarado el periodo 2021-2030 como la Década del Envejecimiento Saludable. Un proyecto mundial para promover «vidas más largas y saludables» a través de una «acción concertada» durante los próximos 10 años de gobiernos, sociedad civil, organismos internacionales, empresas públicas y privadas, profesionales, académicos, científicos y medios de comunicación.

El objetivo es «reducir las desigualdades en materia de salud y mejorar la vida de las personas mayores, sus familias y sus comunidades». Eso implica cambiar la forma de pensar, sentir y actuar en relación con la edad; fomentar las capacidades de las personas mayores; prestar servicios de atención integrada y atención primaria de salud centrados en la persona, que respondan a las necesidades de los mayores; proporcionar acceso a la asistencia a largo plazo a las personas mayores que lo requieran.

OTROS ENFOQUES

Diario de Sevilla: Analiza dos enfoques: curar el envejecimiento y volcar la conciencia a una inteligencia artificial.

Ethic: Aborda los avances médicos y científicos centrados en dar respuesta a los distintos factores de origen del envejecimiento y la posibilidad de vivir más de 120 años.

The Conversation: La doctora Maria Fiorella Sarubbo escribe sobre los efectos de la pandemia y el confinamiento en el envejecimiento.