«Planes de pensiones: posibilidades de rescate en época de crisis», por Ricardo Nogales

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

RICARDO NOGALES


Abogado. CECU – Confederación (de ámbito estatal) de Consumidores y Usuarios
www.cecu.es / @CECUconsumo

Planes de pensiones: posibilidades de rescate en época de crisis

Hablar de los efectos económicos causados por la pandemia del Covid-19 tiene cierto componente de frivolidad dada la magnitud de la catástrofe humanitaria que hay detrás de la enfermedad. Sin embargo, no podemos olvidarnos de los aspectos más crematísticos y abordar cómo cubrir aquellas parcelas que, si bien menos dramáticas que la ausencia de salud, son muy necesarias para continuar, dentro de lo posible, con unos niveles de bienestar similares a los previos a la pandemia.

La afectación social de la Covid-19 ha sido muy dispar, y como suele suceder en estos episodios unos pocos salen favorecidos y los más sufren algún perjuicio. No todos los trabajadores han tenido la suerte de poder trabajar desde casa, o que su empleo sea de los que lo permite, o que la empresa para la que trabajan haya podido mantener su volumen de actividad, o que el autónomo -si fuera el caso- haya conservado un nivel de negocio tal que le haya permitido mantener siquiera una mínima facturación. Otros han tenido que reinventarse: lo hemos visto con las fábricas de ropa, reconvertidas en fábricas de mascarillas y material sanitario; con los hoteles, ofreciendo habitaciones como oficinas o alojamientos semi hospitalarios; con los restaurantes tradicionales preparando comida a domicilio; o en el sector musical, dando al streaming el impulso digital definitivo que necesitaba. 

Pero otros muchos no han podido adaptarse, o al menos no con la suficiente velocidad. Quien por sus circunstancias personales ha padecido las consecuencias adversas de la pandemia, ha tenido a su disposición alguna de las medidas económicas que se han adoptado desde el pasado mes de marzo. La medida estrella ha sido el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), sufrido, en mayo de 2020, por uno de cada cuatro trabajadores (casi 3,4 millones de empleados en total), situación que después del verano aún sufren 0,7 millones. Pero no ha sido la única. Medidas tributarias (por ejemplo aplazamiento de declaraciones fiscales) o flexibilización de la financiación de las entidades locales, han sido algunas medidas públicas; y otras han afectado al sector privado, algunas gracias a la propia iniciativa de cada empresa, y otras por imposición legal, como las moratorias hipotecarias, el apoyo a colectivos vulnerables (mediante bonos sociales para el pago de suministros domiciliarios) o, como en el sector ahora protagonista, flexibilizando el rescate de planes de pensiones. No debe confundirse el plan con el fondo de pensiones, patrimonio este último creado al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones, de cuya gestión, custodia y control se encarga una entidad promotora.

El plan de pensiones es un instrumento financiero por el cual se hacen aportaciones para posteriormente percibir rentas o capitales, siempre en los términos del plan suscrito. Está destinado a mejorar la situación económica tras la jubilación del cliente (denominado partícipe en este tipo de servicios). Por su propia naturaleza tiene restringidas las posibilidades de disponer del capital al que se tenga derecho. La causa normal para ello (art. 8 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre) será la jubilación, la incapacidad permanente total o absoluta, la gran invalidez, el fallecimiento o la dependencia del partícipe. Sin embargo y de manera adicional, extraordinaria podríamos decir, también se permite ese rescate («hacer efectivos sus derechos consolidados», en la terminología legal) en caso de desempleo de larga duración o enfermedad grave, concurriendo los requisitos descritos para cada situación según detalle que recoge el art. 8 del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Se trata de supuestos tasados porque, lógicamente, cuando se configura el plan de pensiones para su comercialización, se tiene en cuenta cuál pueda ser la razón para la satisfacción de las prestaciones, distinta a la mera voluntad del partícipe.


Esta posibilidad de rescate, además de parcial se compadece mal con la segunda oleada de pandemia surgida tras el verano


 

Pero como decíamos al principio, algunas medidas públicas adoptadas con motivo del Covid-19 han afectado al sector privado (en el que se sitúan las promotoras de los planes de pensiones), mediante la ampliación de los supuestos en los que se puede rescatar el capital: desempleo a consecuencia de un ERTE derivado del Covid-19, o haber cesado la actividad empresarial o profesional con motivo de la enfermedad (disposición adicional vigésima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo). Esta posibilidad de rescate, además de parcial (con un máximo de poco más de 1.600 € mensuales), ha estado limitada en el tiempo (al igual que ya sucedió con la posibilidad de rescate por desahucio, disposición adicional 7ª del Real Decreto Legislativo 1/2002), lo que se compadece mal con la segunda oleada de pandemia surgida tras el verano.

¿Necesita un seguro de salud?

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

¿Necesita un seguro de salud?

El 25% de los españoles cuenta con un seguro privado de salud, según datos de la patronal del sector Unespa.

El sector asegurador ha vivido meses de intensa actividad debido a los problemas ocasionados por el Covid-19. Una actividad que ha sido frenética en el caso del ramo de la salud. En un momento en el que la sanidad pública estaba colapsada y en el que la atención médica permanecía centrada en la pandemia, contar con un seguro sanitario privado ha sido una gran baza para muchos ciudadanos.

MARIÁN LEZAUN

[email protected]
@mlezaun

AHORA LAS aseguradoras esperan nuevas contrataciones debido a este inesperado impulso y al reconocimiento social del sector, que puso a disposición de la sanidad pública todas sus instalaciones y muchos medios. Sin embargo, antes de elegir, el consumidor debe leer muy bien la letra pequeña y definir muy bien qué es lo que necesita.

El 25% de los españoles cuenta con un seguro privado de salud o lo que es lo mismo, hay más de doce millones de personas que disponen de coberturas privadas en caso de padecer alguna enfermedad, según datos de la patronal del sector, Unespa. El negocio de la salud privada, formado actualmente por una veintena de compañías, ingresó el año pasado más de 7.700 millones de euros. Unos números más que rentables si tenemos en cuenta que en España los seguros de salud son voluntarios y que la sanidad pública goza de gran prestigio.

Perfil del asegurado. Hoy, el perfil del asegurado medio es el de una persona que prima la rapidez del servicio, la disponibilidad del cuadro médico y, en menor medida, el precio. No obstante, se trata de un producto bastante asequible si lo comparamos con otros países donde el coste de un seguro médico es mucho mayor: en España encontramos productos destinados a personas de 40 años en los que la prima mensual apenas supera los 40 euros, según recogen varios comparadores de precios disponibles en internet. Por eso, se trata de un sector con buenas perspectivas de crecimiento, aunque desde la patronal se muestran cautelosos a la hora de dar cifras. En concreto, hasta un 27% de los encuestados que carecen de seguro de salud, indican que podrían contratar uno en el corto plazo, según un estudio llevado a cabo por la firma de consultoría Bain & Company. Y aunque durante el estado de alarma ha sido complicado registrar nuevas altas, “los asegurados han estado muy pendientes de mantener sus derechos en vigor”, apuntan desde la patronal. Ahora que la situación vuelve poco a poco a la normalidad, las compañías esperan que el negocio siga muy activo y aumente el número de clientes personales. Según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), un 68% de los asegurados paga la póliza de su bolsillo, mientras que al 13% se lo costea íntegramente su empresa y otro 9% lo paga en parte. Además, existe un 8% de asegurados a través de las mutualidades de funcionarios que existen en nuestro país: Muface, Isfas y Mugefu.

A la hora de elegir un producto, los expertos recomiendan fijarse en el uso que se le va a dar y no tanto en el precio. Elegir bien las coberturas y la forma de pago de los servicios es el primer paso para no llevarse sorpresas.

¿Cualquier persona puede contratar un seguro sanitario privado? En España para poder contratar un seguro de salud solo hay que ser mayor de edad y tener la residencia en el país. Sin embargo, puede que algunas aseguradoras pongan inconvenientes al consumidor según su historial clínico. Hay casos en los que el gasto sanitario del paciente es tan enorme que la póliza resulta demasiado cara y poco aconsejable para el tomador. Pero salvo excepciones, la mayoría de los clientes no tienen problemas a la hora de resolver el cuestionario de salud previo que las aseguradoras realizan a sus posibles usuarios. Las preguntas de dicho trámite no se limitan a conocer tu estado actual o enfermedades que hayas tenido anteriormente, sino que también se refieren a la frecuencia con la que se acude al médico o las pruebas o intervenciones quirúrgicas previstas para el futuro.

 


Para poder contratar un seguro de salud solo hay que ser mayor de edad y tener la residencia en el país


 

¿Cuál es el perfil del asegurado? El retrato del usuario de la sanidad privada corresponde a una persona de entre 35 y 50 años, en su mayoría mujeres, que vive en grandes ciudades y que prefiere contar con varias opciones a la hora de acudir al médico y sobre todo saltarse las listas de espera del sistema público. Pero las cosas están cambiando y ese perfil de consumidor es cada vez más variado y también crece el negocio en las zonas rurales y entre personas mucho más jóvenes que comienzan a plantearse una contratación.

¿Qué clases de seguros existen? Lo primero que hay que saber es que no todos los seguros son iguales y que cada consumidor debe elegir el que mejor se ajuste a sus necesidades. El asegurado debe tener en cuenta sus condiciones físicas, la edad, la asiduidad con la que acude al médico y también su presupuesto. Así, si se opta por un seguro de salud sin copago, el cliente paga una única cuantía (más alta), pero con la que podrá usar todos los servicios médicos que necesite. La ventaja principal de este tipo de póliza es que el cliente tendrá siempre la seguridad de pagar la misma prima, sin tener que hacerse cargo de pagos adicionales. En el caso de los seguros con copago, el cliente paga una prima menor, pero a cambio se hará cargo de un porcentaje de lo que cuesten los servicios del cuadro médico. Antes de contratar un seguro de salud con copa-go, es necesario asegurarse del precio de los distintos servicios médicos que entran en el seguro, para luego no llevarse una sorpresa desagradable. El precio de los copagos es diferente en cada aseguradora, que suelen incluir límites anuales.

 


Antes de elegir, el consumidor debe leer muy bien la letra pequeña y definir qué es lo que necesita


 

¿Qué coberturas ofrecen? Por lo general, los seguros de salud incluyen coberturas como la asistencia médica y quirúrgica; el internamiento en clínicas y hospitales; las urgencias; las pruebas diagnósticas; las intervenciones; la medicina preventiva; la asistencia durante embarazo y el parto; la planificación familiar; la fisioterapia y la rehabilitación, entre otras muchas. Además, estos servicios básicos pueden complementarse con determinadas prestaciones de carácter económico. Por ejemplo, se pueden contratar coberturas para accidentes personales o tratamientos especiales, como la conservación de las células madre del cordón umbilical. El resto de las coberturas suelen estar sujetas a franquicias: es el caso de las prótesis, de algunos tratamientos odontológicos o de las vacunas.

¿Existe un límite de edad para contratar un seguro de salud? No existen restricciones por edad a la hora de con-tratar un seguro sanitario. Sin embargo, en el caso de los productos estándar sí que podemos encontrar algún límite que se sitúa entre los 64 y los 69 años. Lo que sí existe son pólizas de salud diseñadas específicamente para personas de edades más avanzadas, con servicios adicionales que no necesitan las personas más jóvenes. Las compañías de seguros consideran que las personas más mayores van a hacer un mayor uso de los servicios y por eso las pólizas son más caras. Ocurre lo mismo en el caso de las mujeres más jóvenes, debido a las posibles consultas ginecológicas, embarazos o tratamientos de fertilidad.

¿Tienen ventajas fiscales? Los seguros de salud son un gasto deducible en el caso de los autónomos. Las pymes y empresas sujetas al impuesto de Sociedades podrán deducirse el 100% del gasto abonado en concepto de seguros médicos de sus empleados. En el caso de los trabajadores con seguro a cargo de la empresa, la prima recibida no tiene carácter de retribución en especie y está exenta de tributación.

Los seguros ante la pandemia

LAS aseguradoras del ramo de salud han llevado a cabo diferentes acciones para mantener el nivel de los servicios sanitarios asistenciales de sus asegurados durante el estado de alarma, según fuentes oficiales de Unespa, la patronal del sector asegurador. Así, en líneas generales, se han introducido algunos cambios y adaptaciones durante este tiempo en relación a cuestiones como la posibilidad de realizar consultas y videoconsultas online y se ha potenciado la consulta telefónica. Además, la mayoría de las empresas ha abierto un servicio de información 24 horas para preguntas relacionadas con el Covid-19. Los llamados chatbots (respuestas automáticas) médicos han sido otra alternativa para la obtención de información relativa a esta pandemia y para el contacto con los diferentes especialistas del cuadro médico. Otra de las novedades ha sido el seguimiento de los pacientes que han contraído el Covid-19 una vez que éstos han recibido el alta médica. Esta monitorización se ha llevado a cabo a través de contacto telefónico o mediante videollamadas. A su vez, se han reforzado los programas de atención y seguimiento domiciliario de los pacientes crónicos, de manera que se han incorporado protocolos específicos en caso de que dichos pacientes hubieran contraído el virus.

Los seguros de salud son un gasto deducible en el caso de los autónomos.

Las quejas de los asegurados

RECONOCEN en Unespa, la patronal del seguro, que “el ramo de salud recibe muy pocas quejas o reclamaciones en relación con el nivel de actos médicos que se llevan a cabo al año; cifra que llega alcanzar alrededor de los 100 millones de actos”. “Ese reducido número de quejas recibidas son relativas a los incrementos de las primas, debidos principalmente a la incorporación de los nuevos avances médicos y los medios de diagnóstico más evolucionados en la prestación de los diferentes servicios sanitarios”, señalan. Durante la pandemia lo que ha existido es una mayor preocupación de los usuarios sobre sus derechos, pero en líneas generales las dudas se han resuelto a tiempo. Según un estudio realizado por la consultora Deloitte, los asegurados han manifestado inquietud por saber cómo quedaban cubiertos ante la infección y su tratamiento, que en la mayoría de los casos se han atendido sin problemas.

Por si las dudas

Estamos seguros.

La asociación empresarial del seguro, Unespa, está detrás de esta plataforma que promueve las ven-tajas de contar con productos de previsión y que destina una sección al seguro de salud, donde explica todo lo que debes saber antes de contratar un seguro médico privado.

Acierto. El comparador de seguros online cuenta con una guía en la que se incluye toda la información necesaria antes de contratar un seguro médico privado. Permite personalizar las necesidades y obtener precios en muy poco tiempo.

«Asegurar el futuro, cuestión de salud», por José Ramón Lozano

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

JOSÉ RAMÓN LOZANO PETIT,

secretario general de la Federación UNAE

@_UNAE_

Asegurar el futuro, cuestión de salud

LA pandemia provocada por el coronavirus SARS-CoV-2 ha hecho estragos en una generación, la de los mayores, que ha sufrido otras crisis de nuestra historia como la posguerra y que ha sido protagonista de la transición. Aunque el problema ha sido especialmente grave en las residencias de ancianos, también ha afectado a muchas personas que tenían suscritos seguros de salud con compañías privadas.

Los mayores de sesenta y cinco años representan a un colectivo cada vez más numeroso, muy heterogéneo, pero con necesidades específicas. Se calcula que en 2060 en Europa la proporción de mayores se encontrará en torno a una de cada tres personas, y España se sitúa a la cabeza de este envejecimiento demográfico a nivel mundial. Esta tendencia sin duda va a suponer un gran cambio social y un enorme desafío asistencial.

Aunque en la actualidad ya no puede considerarse ancianas a las personas que alcanzan los sesenta y cinco años, pues la mayoría llegan a esta edad en mejores condiciones físicas y de salud que las de generaciones anteriores, con los años aumentan significativamente las dolencias y las enfermedades crónicas o que generan dependencia, lo que incrementa el gasto sanitario. Y estas particularidades tienen su reflejo en los seguros médicos. Así, el coste de una póliza de asistencia sanitaria aumenta exponencialmente con la edad, y a partir de sesenta o sesenta y cinco años suele duplicar el importe de la prima para una persona menor de treinta.
Además, como todos los seguros, estos se renuevan anual-mente de forma tácita, es decir, si ninguna de las partes manifiesta con determinada antelación su voluntad de rescindirlo. Sin embargo, muchos usuarios desconocen esta circunstancia por lo que creen, erróneamente, que estas pólizas son indefinidas, mientras se continúen pagando las primas. Por eso, la realidad es que muchas personas se sorprenden cuando su aseguradora les comunica que les rescinden el seguro sanitario cuando más lo necesitan. Efectivamente, muchas compañías extinguen la póliza cuando el usuario cumple una determinada edad, generalmente entre los sesenta y los setenta y cinco años. En otros casos, las compañías aumentan el precio de las primas a los mayores de sesenta años, situándolo generalmente por encima de los cien euros mensuales, en los supuestos más favorables, llegando a superar los doscientos euros, un coste inasumible para la mayoría de pensionistas.

No obstante, ante un aumento de precios que no haya sido notificado con anticipación, el asegurado pue-de cancelar la póliza sin el preaviso exigido legalmente, pero esto no resuelve el problema de los mayores que dejan de tener cobertura sanitaria privada, porque muy pocas asegurado-ras aceptan nuevos clientes de esas edades, incluso si han tenido suscrita una póliza de salud con otra compañía durante muchos años. Este problema es grave especialmente cuando las listas de espera en la sanidad pública han aumentado mucho y donde se limita el número de pruebas o las visitas a especialistas, y especialmente ahora, debido a la saturación provocada por la crisis del Covid-19, que ha llegado a colapsar los servicios de urgencias públicos.

Estas subidas de precios y rescisiones unilaterales de pólizas, que reflejan el aumento del riesgo en función de la edad del asegurado, son uno de los principales motivos de reclamación ante la Dirección General de Seguros, aunque desde 2015 las compañías deben informar a los asegurados de los precios para cada tramo de edad antes de contratar la póliza, y publicarlos además actualizados en su página web.

No obstante, algunas compañías aseguradoras intentan adaptarse a las circunstancias demográficas, ya que el CSIC prevé que para el año 2050 más de trece millones de personas tengan más de sesenta y cinco años, y que los octogenarios superen los cuatro millones. Este envejecimiento poblacional ha sido muy rápido, como consecuencia de una mayor longevidad, pues en menos de treinta años se ha duplicado el número de mayores de sesenta y cinco años, proceso acentuado por la baja tasa de natalidad que se viene registrando desde mediados de los años setenta.

 


«Muchas compañías extinguen la póliza cuando el usuario cumple una determinada edad, generalmente entre los sesenta y los setenta y cinco años»


 

Por eso las compañías ensayan nuevas alternativas, como ofrecer precios más bajos en pólizas familiares, que incluyan al menos al asegurado y su cónyuge; pólizas supervisadas por especialistas en geriatría, que actúen como filtro para acceder a los especialistas y pruebas, u otras que excluyen la hospitalización a partir de los sesenta y cinco años, pero la fórmula más habitual es la póliza de cuadro médico con copago, que permite reducir la prima por-que disminuye las visitas a las consultas médicas.

Finalmente, han aparecido recientemente algunos seguros de dependencia, aunque aún son muy incipientes y tendrán que evolucionar. En la práctica se concretan en una indemnización o renta, la prestación de servicios asistenciales, o incluso una combinación de ambas modalidades, con un tratamiento fiscal favorable.

En definitiva, dado que las diferencias de precios entre las compañías suelen ser considerables porque, como se ha indicado, las coberturas son muy diferentes, antes de contratar un seguro de salud es imprescindible comparar atentamente las condiciones generales y particulares de cada póliza, la denominada comúnmente “letra pequeña”, especialmente a las prestaciones que incluyen y que excluyen cada una, solicitando incluso asesoramiento especializado. Estas exclusiones de coberturas también dan lugar a numerosas reclamaciones, ya que en muchos casos no están especificadas en las pólizas, por lo que resultan abusivas.