Más cerca de la sociedad del reciclado

DEBATE PARLAMENTARIO

Más cerca de la sociedad del reciclado

Una gestión sostenible de los recursos alarga su ciclo de vida útil, reduce la emisión de gases de efecto invernadero y evita que una gran parte de ellos acaben en el mar. Sin embargo, queda mucho por hacer hasta alcanzar un reciclaje de alta calidad que nos permita vivir en un entorno más saludable. El proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que ahora se debate en el Parlamento, impondrá nuevas medidas para optimizar el uso de los recursos e impulsar una economía baja en carbono.

ELVIRA ARROYO
 

La Unión Europea ha instado a los Estados miembros a generar menos residuos y a imponer el modelo de la economía circular en el tratamiento de estos para que permanezcan más tiempo en el ciclo productivo. En España solo reciclamos el 18% de los residuos generados, mientras que el 53,4% acaban en un vertedero. Para mejorar estas cifras, es necesario aplicar rigurosamente el principio de jerarquía, en el que la prevención y la reducción de residuos son las opciones prioritarias.

Este es uno de los propósitos del proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que revisa la normativa de 2011 para cumplir con los nuevos objetivos de residuos establecidos en las directivas de la Unión Europea que componen el Paquete de Economía Circular, así como la directiva de plásticos de un solo uso.

Menos plástico. Una de las principales áreas de intervención es el tratamiento del plástico, un material muy presente en nuestra vida cotidiana que apenas se recicla: menos de la cuarta parte del plástico recogido se recicla y casi la mitad termina en vertederos. A esto se suma el impacto derivado de su abandono, ya que se degrada muy lentamente y sus elementos básicos permanecen en el medio a largo plazo (una bolsa de plástico tarda en degradarse unos 55 años y una botella de plástico permanece una media de 500 años).

Por primera vez en la legislación española, la nueva ley recoge limitaciones para los plásticos de un solo uso, restringiendo la introducción en el mercado de algunos e incorporando un impuesto para reducir su comercialización.

Entre los artículos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas -incluidas sus tapas- y los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, cuya comercialización deberá reducirse en peso un 50% en 2026 y un 70% en 2030 con respecto a 2022. Para ello, los agentes implicados en este proceso fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. En cualquier caso, desde el 1 de enero de 2023 quedará prohibida su distribución gratuita, de manera que el consumidor deberá pagar todos los productos de plástico que reciba, y se detallará el importe correspondiente en el ticket de venta.

Además, se prohibirá la entrada en el mercado de pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, vasos y todos los productos de plástico oxodegradable y microesferas de plástico de menos de 5 mm. También se aplicarán medidas a determinados productos de plástico no compostable no incluidos en la normativa comunitaria (artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico de sujeción) para su reducción y sustitución por otros materiales.

Por otro lado, para gastar menos envases, los establecimientos de hostelería y restauración tendrán que ofrecer siempre a los clientes la posibilidad de consumir agua no envasada de manera gratuita y complementaria, siempre que el ayuntamiento o la empresa suministradora del agua garantice que es apta para el consumo humano. Por su parte, las administraciones públicas deberán reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias, mediante acciones como el fomento de fuentes de agua potable que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria.

Separar más. La recogida separada es una de las claves para incrementar los índices de reutilización y reciclado, con sus consiguientes beneficios ambientales, económicos y sociales. La futura normativa fija calendario de implantación de nuevas recogidas separadas de residuos, que se sumarán a las ya existentes para el papel, los metales, el plástico y el vidrio.

En concreto, en 2022 los municipios con más de 5.000 habitantes contarán con recogida separada de biorresiduos domésticos, y en 2024 ampliará al resto de municipios.

A partir de 2025 habrá recogida separada generalizada de residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos. Con respecto a las botellas de plástico, se definen dos objetivos temporales: en 2025 se deberán recoger por separado el 77% de las botellas puestas en el mercado; y en 2029 el 90%.

También se regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura. En el caso del depósito en vertedero, se someterán a un tratamiento previo.

Jerarquía de residuos. Tal y como marcan las directrices europeas, se refuerza la jerarquía de residuos o, dicho de otra manera, el orden de prioridad en las opciones de gestión de estos: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización y, como última alternativa, la eliminación.

De acuerdo con dicha jerarquía, la prevención de residuos adquiere un papel esencial, al imponer que su peso disminuya un 13% en 2025 y un 15% en 2030 con relación a 2010.

Tampoco se podrán destruir los excedentes no vendidos de productos no perecederos como textiles, juguetes y aparatos eléctricos, salvo que otra normativa exija hacerlo.

Para dar un giro a la situación actual, también es imprescindible incrementar las tasas de reciclado con el fin de aprovechar recursos en un contexto en el que las materias primas son cada vez más escasas y caras. En este sentido, el proyecto de ley determina que en 2035 el 65% de los residuos municipales deberán prepararse para la reutilización y el reciclado.

Todo lo anterior irá acompañado de medidas fiscales cuya finalidad es reducir los residuos y mejorar la gestión de aquellos cuya generación no se pueda evitar. Básicamente, habrá un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y tendrán carga impositiva los tratamientos situados en las posiciones inferiores de la jerarquía de residuos: depósito en vertedero, incineración y coincineración.

Suelos contaminados. Otro apartado fundamental del texto normativo es la regulación de los suelos contaminados, que mantiene el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos.

Con carácter general, los causantes de la contaminación o los propietarios de los suelos tienen la obligación de acometer tareas de descontaminación. Aparte, existe un régimen voluntario de descontaminación al que pueden acogerse sin que medie una declaración formal de suelo contaminado, debiendo quedar registrada la descontaminación voluntaria en la Comunidad Autónoma correspondiente. Como novedad, se ha incluido el Inventario nacional de descontaminaciones voluntarias, que será alimentado por los registros autonómicos.

Objetivos para 2030

La Estrategia Española de Economía Circular se propone alcanzar los siguientes objetivos cuantitativos en el año 2030:

  • Reducir un 30% el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de referencia el 2010.
  • Generar un 15% menos de residuos que en 2010.
  • Reducir los residuos de alimentos en toda cadena alimentaria:
    • Un 50% de reducción per cápita en el hogar y consumo minorista.
    • Un 20% en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2020.
  • Mejorar un 10% la eficiencia en el uso del agua.
  • Reducir la emisión de gases de efecto invernadero por debajo de los 10 millones de toneladas de CO2

Los establecimientos de hostelería y restauración deberán ofrecer la posibilidad de consumir agua no envasada de manera gratuita

Es imprescindible incrementar las tasas de reciclado para aprovechar recursos en un contexto en el que las materias primas son cada vez más escasas y caras

Los grupos parlamentarios opinan*

Eva Bueno

Diputada, Grupo Parlamentario Socialista

 @evapatriciab

“Se trata de cambiar cómo producimos y consumimos”

La nueva Ley de Residuos revisa la actual normativa en esta materia; incluye los objetivos establecidos en las directivas europeas de residuos y de plásticos de un solo uso y vertebra todo el paquete normativo en materia de economía circular.

Es una de las reformas estructurales más importantes del Plan de Recuperación del Gobierno. La norma permitirá reducir residuos y mantener en el ciclo económico, el mayor tiempo posible, aquellos que no se puedan evitar.

Incluye objetivos ambiciosos en la recogida separada de los distintos flujos y sitúa la jerarquía de residuos en el centro de la ley.

Se trata de cambiar cómo producimos y consumimos para proteger el medio ambiente y la salud humana, pero también para construir un nuevo modelo económico eficiente, competitivo y con nuevas oportunidades. Un nuevo modelo social, fundamental para alcanzar la neutralidad climática en 2050 y hacer frente a la crisis ambiental que padecemos.

César Sánchez

Diputado, Grupo Parlamentario Popular

@sanchezcesar

“Una economía circular, adaptada al siglo XXI”

La economía se ha debilitado por la Covid. En una respuesta sin precedentes, las principales economías han dispuesto billones de estímulos. Muchos ven una oportunidad única para hacer una recuperación resiliente baja en carbono y circular. En España los fondos de recuperación y la mal llamada Ley de Residuos y Suelos Contaminados son una oportunidad. En las intensas semanas de reuniones con los sectores he apreciado sus dificultades para adaptarse a una normativa sin diálogo, que sube impuestos, llega tarde, no aporta certidumbre ni valora el impacto económico.

Empresas, municipios y autonomías “quieren hacerlo bien”, pero debemos darles facilidades, no penalizarles de entrada ni condenarles a una carga burocrática en un momento crítico. Estudios de Ellen Macarthur Foundation revelan nuestra capacidad para movilizar recursos y hallar soluciones en línea con el Tratado de París. Es posible alinear a las empresas en los objetivos climáticos. No hay alternativa. Pero con un marco que ofrezca confianza. Hay tiempo.

*Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.

La fiscalía supranacional europea

DEBATE PARLAMENTARIO

La Fiscalía supranacional europea

El 1 de junio empezó su actividad la Fiscalía Europea, que perseguirá los delitos que afectan a los intereses económicos de la Unión Europea (UE). Su principal misión será proteger los presupuestos europeos de todo tipo de fraude, máxime ahora que se movilizarán más de 750.000 millones de euros para superar la crisis provocada por la pandemia. En España este organismo quedará integrado en nuestro ordenamiento jurídico mediante la nueva Ley de Fiscalía Europea que se debate en el Parlamento.

ELVIRA ARROYO
 

El fraude transfronterizo del IVA implica para la UE unas pérdidas de 50.000 millones de euros anuales, a los que hay que sumar los cientos de millones de fondos que no llegan a su destino año tras año. Solo en 2019, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) detectó 485 millones de euros que los países europeos podrían recuperar para sus presupuestos.

La recién estrenada Fiscalía Europea (en inglés, European Public Prosecutor’s Office – EPPO) supone un paso decisivo en la lucha contra este tipo de delitos económicos porque podrá tomar medidas contra los responsables. Los organismos existentes hasta ahora, como la OLAF, Eurojust (Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal) y Europol (Oficina Europea de Policía) carecen de competencias para efectuar investigaciones penales o perseguir los casos de fraude.

Concretamente, la OLAF solo puede notificar los resultados de sus investigaciones administrativas a las autoridades nacionales competentes y estas deciden si inician diligencias penales. En la actualidad, solo el 50% de las recomendaciones judiciales remitidas por esta entidad a las fiscalías nacionales da lugar a una acusación. Además, el bajo número de casos enjuiciados va acompañado de una escasa recuperación de los importes defraudados porque los estafadores se aprovechan de la falta de coordinación de los esfuerzos policiales en el ámbito de la UE.

A esto se suma que, hasta la puesta en marcha de la Fiscalía Europea, solo las autoridades nacionales podían realizar investigaciones penales y perseguir estos delitos, únicamente dentro del territorio nacional. Esto hacía casi imposible realizar avances significativos porque los delitos contra el presupuesto de la UE suelen afectar a varios países y jurisdicciones nacionales diferentes.

Un cambio necesario. Todo esto ha cambiado con la puesta en funcionamiento el pasado 1 de junio de la Fiscalía Europea, un organismo supranacional e independiente de la UE, que actuará como fiscalía única en los 22 Estados miembros participantes y combinará los esfuerzos europeos y nacionales. Entre otras ventajas, podrá actuar rápidamente en diferentes países, sin depender de los dilatados procedimientos de cooperación judicial.

Se encargará de las investigaciones y actuaciones penales en delitos económicos cometidos en la UE después de noviembre de 2017. A la vez, prestará especial atención a la correcta utilización de los 750.000 millones de Next Generation EU, el fondo para ayudar a reconstruir la UE tras la pandemia porque, como ha advertido la fiscal general europea, Laura Kövesi, existe un alto riesgo de delitos ligados a este fondo.

Se calcula que llegará a investigar hasta 3.000 delitos al año. Además, tanto las autoridades de cada país como los propios ciudadanos pueden denunciar presuntos casos de fraude en la propia web de la Fiscalía Europea.

Cómo actuará. La Fiscalía Europea tiene su sede central en Luxemburgo, donde están la fiscal general europea y un fiscal europeo por cada país participante. Asimismo, cuenta con fiscales europeos delegados en los Estados miembros.

Los fiscales adscritos realizarán sus investigaciones en los Estados miembros participantes de manera coordinada, intercambiando información con rapidez y aunando esfuerzos para asegurar el embargo inmediato de activos y, en caso necesario, solicitar la detención de los sospechosos. Para llevar a cabo su trabajo, la fiscalía se nutrirá de las capacidades de los Estados miembros y de las aportaciones de la OLAF, Eurojust y Europol.

Incorporación. La puesta en funcionamiento de la Fiscalía Europea exige una serie de cambios normativos que el Gobierno de España ha recogido en el Proyecto de Ley de la Fiscalía Europea, cuyo objeto es ajustar el ordenamiento español al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.

Aunque el Reglamento es una norma de aplicación directa, es necesario adaptar el ordenamiento jurídico de los Estados partícipes, sobre todo en aquellos casos, como el español, donde la investigación es dirigida por un juez de instrucción. En este sentido, el proyecto de ley establece un procedimiento especial para que los fiscales europeos delegados investiguen aquellos delitos cuyo conocimiento les corresponde en virtud de la norma europea.

También destaca la creación de la figura del juez de garantías que, como órgano ajeno a la dirección del procedimiento, autorizará la adopción de medidas de investigación que limiten los derechos fundamentales; medidas cautelares urgentes; o el novedoso incidente de aseguramiento de las fuentes de prueba, que, por ejemplo, permitirá tomar declaración a un testigo o perito cuando existan motivos para temer que, por razón de ausencia justificada o inevitable -peligro de muerte o imposibilidad física- no podrá comparecer en el juicio oral.

El hecho de que la Fiscalía Europea se haya creado por el procedimiento de cooperación reforzada (cuando un mínimo de 9 Estados miembros acuerda establecer una colaboración más estrecha en un ámbito determinado) constata la necesidad de superar las diferencias de los sistemas jurídicos nacionales para acabar con el fraude dentro de la Unión Europea. Son ya 22 países los que forman parte de esta iniciativa. Los Estados miembros no participantes podrán adherirse más adelante si lo desean.

Delitos que investiga la Fiscalía Europea
  • Fraudes relacionados con el IVA si afectan a dos o más Estados miembros y tienen un valor de al menos 10 millones de euros.
  • Blanqueo de capitales derivado de fraudes al presupuesto de la UE.
  • Corrupción activa y pasiva o malversación que afecte a los intereses financieros de la UE.
  • Participación en una organización delictiva si su actividad se centra en cometer delitos contra el presupuesto de la UE.

Si un funcionario acepta un soborno en relación con un proyecto financiado por la UE y lo oculta comprando una casa, la Fiscalía Europea puede investigar tanto la corrupción pasiva como el posterior blanqueo de capitales.
Colaboración notarial
Concepción Sabadell y José Ángel Martínez Sanchiz

Desde enero de 2006, los notarios españoles colaboran en la prevención y lucha de delitos como el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo o la evasión fiscal. Por ello, y con el objetivo de abrir vías de colaboración, a finales de mayo la representante de España en la Fiscalía de la Unión Europea, Concepción Sabadell, visitó la sede del Consejo General del Notariado, donde mantuvo una reunión con su presidente, José Ángel Martínez Sanchiz y con Pedro Galindo y Mariano García Fresno, director y jefe de la Unidad de Análisis y Prevención del Órgano Centralizado de Prevención (OCP) del Notariado, respectivamente.

Cada año se pierden 50.000 millones de euros en la UE como consecuencia del fraude transfronterizo del IVA

Para saber más

Preguntas frecuentes sobre la Fiscalía Europea. Comisión Europea.

Denunciar un delito ante la Fiscalía Europea. Formulario para presentar denuncias a través de la web.

Seguir la actualidad de la Fiscalía Europea en Twitter.@EUProsecutor

Los grupos parlamentarios opinan*

Francisco Aranda

Diputado y portavoz socialista de Justicia

 

 

[email protected]
@arandapaco

“Un paso colectivo en la lucha contra la corrupción”

El pasado 1 de junio se puso en funcionamiento la European Public Prosecutor’s Office, EPPO. Esta Fiscalía Europea y su red de fiscales delegados nacionales (9 en España) nace con facultades para investigar y perseguir en territorio europeo aquellas infracciones que atenten y perjudiquen el presupuesto europeo.

Dado que en España aún conservamos la figura del juez de instrucción como único responsable de la investigación, la implantación de la Fiscalía Europea requiere aquí la articulación de un nuevo procedimiento capaz de dar respuesta a todas aquellas cuestiones que la incorporación del fiscal europeo investigador plantea y que hoy no encuentran respuesta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal vigente.

El fraude, la corrupción, el blanqueo de capitales o el fraude transfronterizo del IVA son materias a perseguir mediante este mecanismo que el 3 de junio avaló con una amplia mayoría la Comisión de Justicia del Congreso, sin el concurso de PP ni Vox. Es este un paso que damos a nivel colectivo en la lucha contra la corrupción y en pos de los mecanismos de cooperación reforzada.


Jaume Asens

Portavoz de Justicia del Grupo Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común

@Jaumeasens

“Lo consideramos la antesala para la lucha contra los paraísos fiscales”

El Proyecto de Ley de aplicación del Reglamento por el que se establece una cooperación para la creación de una Fiscalía Europea, es un primer paso para implementar un sistema de garantía e investigación contra el fraude a nivel europeo. Lo consideramos como la antesala para la lucha contra los paraísos fiscales y para la persecución del fraude, también el cometido por los grandes poderes privados. Ha sido fruto de un esfuerzo colectivo en la fase de ponencia, donde se ha llegado a acuerdos importantes con la mayoría de grupos parlamentarios.

Se reconoce la legitimación para que ejerciten la acción penal a entidades y asociaciones que, para nosotros, era un punto importante para la defensa de los intereses generales. Asimismo, anticipa reformas que se abordarán también en la modificación pendiente de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Luis Santamaría

Portavoz de Justicia del Grupo Popular

 

@LuisStamaria

“La instrucción de los procedimientos penales por el Ministerio Fiscal debe ser objeto de un debate sereno”

Es difícil explicar en unas pocas palabras por qué el Grupo Popular, a pesar de nuestro carácter profundamente europeísta, ha decidido posicionarse en contra de este Proyecto de Ley. Es difícil porque en su día impulsamos el Reglamento (UE) 2017/1939 y porque la idea de una fiscalía europea independiente encargada de defender los intereses financieros de la Unión, nos gusta. En ningún caso nuestro voto negativo ha pretendido ser un no a la Fiscalía Europea. Lo que pretendemos es que la instrucción de los procedimientos penales por parte del Ministerio Fiscal, modelo por el que apuesta la norma en la línea anunciada por la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, sea objeto de un debate jurídico y político sereno que no se ha producido en espera de la nueva regulación de nuestro proceso penal.

Pensamos que tampoco podemos abrir este período de reflexión que proponemos sin que haya un nuevo texto del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que consideramos imprescindible. Por eso hemos preferido ser prudentes. Pensamos que nuestro actual sistema de instrucción podría haber servido para proteger los intereses de la Unión como así permite el reglamento, en tanto se abra el debate que proponemos.

*Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.

Nueva tregua para salvar el empleo

DEBATE PARLAMENTARIO

Nueva tregua para salvar el empleo

A finales de enero se aprobaron mediante Real Decreto-ley nuevas medidas para proteger el empleo, que incluyeron la prórroga hasta el 31 de mayo de los ERTE basados en causas relacionadas con la pandemia. Ahora el Parlamento tramita con carácter de urgencia el correspondiente proyecto de ley, que pretende dar un respiro a los sectores más afectados por la compleja coyuntura que vivimos.

ELVIRA ARROYO
 

El proyecto de Ley de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo (procedente del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero) es el resultado del cuarto Acuerdo Social en Defensa del Empleo alcanzado desde que empezó la pandemia, con el objetivo de proteger a las empresas y trabajadores hasta que la actividad económica recupere la ansiada normalidad.

Una de las decisiones más relevantes ha sido la prórroga de los ERTE hasta el 31 de mayo, manteniendo las mismas ventajas para aquellas empresas que vean impedida o limitada su actividad debido a las restricciones. Además, se han simplificado los trámites, por lo que ahora estas empresas ya no tienen que gestionar un nuevo expediente para pasar de un ERTE a otro, ni para acceder a las exenciones que les correspondan. Basta con que remitan una comunicación a la autoridad laboral y a la representación de las personas trabajadoras.

Tipologías. Los denominados sectores ultraprotegidos (en su mayoría actividades relacionadas con el transporte, el comercio, la hostelería, el turismo y el ocio) son parte de los principales beneficiarios de estos ERTE. En diciembre se sumaron a este grupo tres actividades: campings y aparcamiento de caravanas; alquiler de medios de navegación y actividad de mantenimiento físico. A la vez, salieron de la lista la fabricación de alfombras, el estirado en frío y la fabricación de instrumentos musicales. Estos sectores tienen unas exoneraciones del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 o más, tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos de trabajo. 

Por otro lado, las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas para luchar contra la pandemia, pueden solicitar un ERTE de impedimento. Estas sociedades están exentas de sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el tiempo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50 trabajadores. Las compañías con más de 50 empleados estarán exentas al 100% durante el cierre y al 90% hasta el 31 de mayo.

Asimismo, las entidades que vean limitado el desarrollo de su actividad en sus centros de trabajo debido a las decisiones adoptadas por las autoridades, podrán acogerse a un ERTE por limitaciones. En este caso, las exoneraciones son decrecientes hasta el 31 de mayo.

Al igual que se ha hecho con anterioridad, las empresas que se acojan a estas ayudas deberán mantener su plantilla durante un nuevo periodo de 6 meses.

En lo que se refiere a los jóvenes de entre 16 y 30 años, se han flexibilizado los requisitos para inscribirse en el programa Garantía Juvenil, una iniciativa europea que facilita ofertas de empleo o formativas a este grupo social. Actualmente, los jóvenes que se hayan visto afectados por un ERTE no deberán cumplir la exigencia de no haber trabajado o no haber recibido atención educativa el día natural anterior a la presentación de la solicitud.

Autónomos. Las ayudas a autónomos también se han ampliado hasta finales de mayo. Concretamente, los trabajadores que vean suspendida su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas, tienen derecho a una prestación del 50% de la base mínima de cotización, que se incrementa hasta el 70% si el autónomo es miembro de una familia numerosa. No obstante, cuando convivan en un mismo domicilio personas unidas por vínculo familiar hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación extraordinaria, la cuantía de cada una será del 40%. Durante el tiempo que permanezca cerrada la actividad, el trabajador no pagará las cuotas a la Seguridad Social, pero ese periodo le contará como cotizado. 

También se ha prorrogado la prestación compatible con la actividad, que pueden solicitar aquellos autónomos cuyos ingresos en el primer semestre de 2021 caigan el 50% (antes era el 75%) respecto al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

A la vez, continúa vigente la prestación extraordinaria por bajos ingresos para quienes no cumplan los requisitos para acceder a las anteriores ayudas. Esta se destina a los trabajadores autónomos que sufran una pérdida de ingresos y que en el primer semestre de 2021 no superen los 6.650 euros. La cuantía es del 50% de la base mínima y es compatible con ingresos por cuenta ajena de 1,25 veces el salario mínimo interprofesional (SMI).

Otra de las novedades acordadas es la suspensión temporal de la subida de los tipos de contingencias profesionales y de cese (del 0,3%) que iba a aplicarse en 2021.

Alquiler de vivienda. El texto legal contempla también la ampliación hasta el final del actual estado de alarma (previsto para el 9 de mayo de 2021) de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública. El objetivo es cubrir determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse.

Igualmente, se amplían hasta esa misma fecha los contratos que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses de los alquileres de vivienda, en las mismas condiciones del contrato firmado, siempre que no se haya llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no haya comunicado la necesidad de la vivienda para él.

Las cifras de los ERTE

En enero de 2021 había en España 704.000 personas en ERTE. De estas, 450.000 estaban en alguna de las modalidades que conllevan exoneraciones a la Seguridad Social. 

Desde que empezó la pandemia, esta ha sido la evolución del gasto en prestaciones ERTE:

Se han simplificado los trámites para las empresas, que ya no tienen que gestionar un nuevo expediente para pasar de un ERTE a otro

Continuidad de Plan Mecuida

Otra medida extendida hasta el 31 de mayo es el Plan MECUIDA, que permite a los trabajadores por cuenta ajena la posibilidad de reorganizar o reducir su jornada laboral para cuidar al cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres y familiares por consanguinidad de hasta segundo grado cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con la pandemia. 

El trabajador puede acogerse a este programa en estos casos:

  • Cuando deba atender a alguno de los familiares indicados por razones de edad, discapacidad o enfermedad como consecuencia del Covid-19.
  • Cuando las autoridades determinen el cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que proporcionen cuidado o atención a un familiar.
  • Cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado de ese familiar no pueda seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el Covid-19.

La adaptación de la jornada no implica pérdida salarial porque se siguen trabajando las mismas horas. La reducción de jornada supone perder ingresos en proporción a las horas recortadas.

Para saber más

Sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).  Acceso a servicios de prestaciones y empleo. Tiene un apartado específico de medidas Covid-19.

Empléate. Bolsa de trabajo del Gobierno de España con ofertas de empleo público y privado.

Nuevas medidas del IV Acuerdo Social en Defensa del Empleo. Preguntas frecuentes. Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Artistas en espectáculos públicos

En mayo de 2020 se concedió, con carácter excepcional y transitorio, la prestación económica por desempleo a los artistas en espectáculos públicos que no pudieran continuar su trabajo por las restricciones sanitarias. De este modo, se daba cobertura a un colectivo que, debido a la intermitencia que caracteriza a su actividad, con frecuencia no reúne los requisitos para percibir dicha prestación.

Esta concesión, en principio prevista hasta finales de 2020, se ha extendido hasta el 31 de mayo de 2021.

No podrán recibir esta ayuda los artistas que desempeñen cualquier actividad por cuenta propia o ajena, o que reciban otras rentas concedidas por la Administración Pública.

El compromiso de los accionistas

DEBATE PARLAMENTARIO

El compromiso de los accionistas

La nueva normativa para fomentar la implicación de los accionistas en las sociedades cotizadas favorecerá que estas empresas crezcan de forma más sostenible y que tengan más facilidades para acceder a la financiación de los mercados.

ELVIRA ARROYO
 

LA COMISIÓN DE Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso de los Diputados ha aprobado con competencia legislativa plena el Proyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras) en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo, de los accionistas en las sociedades cotizadas.

Uno de los objetivos de esta reforma es impedir las estrategias de inversión cortoplacistas, que afectan negativamente al desarrollo sostenible de las sociedades cotizadas. Al parecer, la presión por generar y distribuir beneficios en el corto plazo lleva a las empresas a centrarse en exceso en los resultados financieros trimestrales. Algunas actuaciones, como los programas de recompra de acciones o las reestructuraciones societarias, generan beneficios financie ros efímeros que, sin embargo, pueden hipotecar el futuro sostenible de la compañía y de sus accionistas, trabajadores, acreedores y clientes. Para evitar estos enfoques cortoplacistas, la nueva ley suprime la obligación de elaborar informes financieros trimestrales a las sociedades cotizadas, igual que han hecho otros países de la Unión Europea.

Por otro lado, la Comisión Europea sostiene que si la mayoría de los accionistas mantienen una actitud pasiva, no buscan la interacción con la empresa y no ejercen su derecho de voto, el funcionamiento del sistema de gobierno corporativo es menos eficaz. Por contra, las medidas que refuercen el compromiso en el tiempo de los accionistas ayudarían a mejorar el rendimiento financiero y no financiero de las sociedades cotizadas.

En esta línea, la ley reconoce el derecho de estas sociedades a obtener del depositario central de valores la identidad de sus accionistas, de manera que puedan comunicarse directamente con ellos para facilitarles el ejercicio de sus derechos. Además, cuando la entidad o persona legitimada como accionista en el libro de registro de las acciones sea un intermediario, la compañía tendrá derecho a conocer la identidad del beneficiario último.

Votaciones. Otra novedad es la introducción en nuestro Derecho societario de las denominadas “acciones de lealtad” con voto adicional, mediante las cuales las sociedades cotizadas podrán otorgar en sus estatutos derechos de voto añadidos a las acciones que su titular haya mantenido ininterrumpidamente durante un mínimo de dos años. De este modo se pretende motivar a los accionistas a sostener su inversión en el largo plazo y reducir las presiones cortoplacistas sobre la gestión de las empresas.

Al mismo tiempo, se regula por primera vez la figura de los asesores de voto o proxy advisors, que aconsejan a los inversores sobre el ejercicio del derecho de voto derivado de la titularidad de acciones. A partir de ahora, estas entidades estarán obligadas a comunicar el código de conducta al que estén adheridas y publicarán cada año un informe que explique a sus clientes la fiabilidad de sus actividades.

También se menciona expresamente el derecho de los accionistas a votar la política de remuneraciones de los consejeros, algo que en España se hace desde hace años. El principal cambio es que la directiva ha extendido este mecanismo a toda la Unión Europea, con la posibilidad de que las políticas de remuneración permanezcan vigentes hasta cuatro años y las votaciones tengan un carácter consultivo. En España, el plazo máximo es de tres años y el voto de la junta general de accionistas es vinculante. En concreto, el texto legal aprobado dispone que, si la política de remuneraciones es rechazada por la junta general, se seguirá aplicando la política en vigor y en la siguiente junta se someterá a aprobación una nueva política de remuneraciones.

Transparencia. También se han incorporado a la normativa española las disposiciones europeas relativas a la política de transparencia de los inversores institucionales. Las entidades de inversión colectiva estarán obligadas a publicar su implicación en las sociedades en las que invierten, explicando cómo realizan el seguimiento de estas compañías en lo que se refiere a la estrategia, el rendimiento financiero y no financiero, la estructura del capital, el impacto social y medioambiental y el gobierno corporativo.

A la vez, España ha adaptado a la normativa europea el umbral a partir del cual una emisión de valores requiere la elaboración y publicación de folleto informativo, elevándolo de cinco a ocho millones de euros. La única excepción son las entidades de crédito, para las que se mantiene la barrera de cinco millones. No obstante, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá exigir la publicación de un folleto cuando la emisión no supere los umbrales mencionados, pero la complejidad del emisor o del instrumento financiero lo aconsejen para proteger a los inversores.

Financiación. El Gobierno ha aprovechado esta ley para introducir otros cambios normativos al margen de la directiva europea, con el objetivo de mejorar el acceso a la financiación de las sociedades cotizadas. Para ello, se modifica la Ley de Sociedades de Capital haciendo más sencillos los procesos de captación de capital en el mercado, lo que se considera especialmente oportuno en el actual contexto, en el que muchas empresas necesitan reforzar su estructura de capital.

Entre otras medidas, se reduce de 15 a 10 días naturales el plazo mínimo para ejercer el derecho de suscripción preferente. De este modo, las compañías podrán acortar el periodo que transcurre entre el lanzamiento y el cierre de las operaciones y, por tanto, rebajar costes.

Más allá del beneficio económico

EL FORO ECONÓMICO MUNDIAL de Davos aprobó en 2020 un manifiesto con los principios que deben guiar a las empresas en la cuarta revolución industrial. Entre otros aspectos, señalan que una empresa es algo más que una unidad económica generadora de riqueza. El rendimiento no debe medirse solo como los beneficios de los accionistas, sino también en relación con el cumplimiento de los objetivos ambientales y sociales.

Además, los firmantes de Davos recuerdan que las empresas no deben cumplir únicamente con sus accionistas, sino con todos sus stakeholders: empleados, clientes, proveedores, comunidades locales y la sociedad en general.

Operaciones vinculadas

LA NUEVA NORMATIVA adapta la definición de “operaciones vinculadas” a las normas internacionales de información financiera. Tendrán esta consideración las operaciones realizadas por la sociedad o sus sociedades dependientes con consejeros, accionistas titulares de un 10% o más de los derechos de voto, o representados en el consejo de administración de la sociedad.

No serán operaciones vinculadas:

  • Las operaciones realizadas entre la sociedad y sus sociedades dependientes íntegramente participadas.
  • La aprobación por el consejo del contrato a suscribir entre la sociedad y cualquier consejero que vaya a desempeñar funciones ejecutivas.
  • Las operaciones celebradas por entidades de crédito basándose en medidas destinadas a la salvaguardia de su estabilidad.
El notario en las juntas generales telemáticas

LA FUNCIÓN NOTARIAL es muy diversa y, entre las actividades que desarrolla el notario está la de acudir a las juntas generales de las sociedades, cuando así se lo requieren, para levantar acta de éstas. El acta notarial de junta general se encuentra regulada en la Ley de Sociedades de Capital y en el Reglamento del Registro Mercantil.

Uno de los cambios impuestos por la pandemia ha sido la sustitución de las reuniones físicas por telemáticas (bien sean totalmente telemáticas o bien con previsión de asistencia y voto por medios telemáticos) lo que ha llevado a celebrar de forma no presencial la mayor parte de las juntas generales. El Real Decreto-ley 34/2020 extiende a todo el año 2021 la posibilidad de celebración de juntas totalmente telemáticas de sociedades limitadas y comanditarias por acciones y de juntas con asistencia por medios telemáticos y voto a distancia en las sociedades anónimas cotizadas o no.

PEDRO CASARES

Diputado y portavoz de Economía del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso

@pedro_casares

“Pretende evitar posiciones cortoplacistas y efectos perjudiciales sobre la economía y la sociedad”

TRAS años de intensas negociaciones en el seno de la Unión Europea, se traspone al ordenamiento jurídico español la directiva que fomentará que los accionistas participen a más largo plazo en las sociedades en las que invierten. Se trata de una ley aprobada por unanimidad en el Congreso, que pretende evitar posiciones cortoplacistas y, por ende, impedir efectos perjudiciales sobre el conjunto de la economía y la sociedad.

Evitar este “capitalismo trimestral” es imprescindible para generar modelos más estables, con menor apalancamiento y que permitirán mejorar el rendimiento financiero y no financiero de las sociedades. No olvidemos que esta posición supone una implicación de las instituciones europeas y el Gobierno de España con los Principios de Inversión Responsable de las Naciones Unidas y que son compartidos por la OCDE y el G20.

CUCA GAMARRA

Diputada del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso

@cucagamarra
[email protected]

“En el contexto actual es aún más necesaria la implicación a largo plazo de los accionistas”

El doble shock económico sufrido a raíz de la pandemia ha puesto a prueba la supervivencia en el corto plazo de miles de empresas en todo el mundo, la mayoría de las cuales se han mantenido gracias a una base de accionistas conocedora de los sólidos fundamentos de sus empresas en el largo plazo.

Si en condiciones normales ya era importante avanzar en esa dirección, en el contexto actual se hace aún más necesario fomentar la implicación a largo plazo de los accionistas, tal y como busca la ley.

Desde el Grupo Parlamentario Popular hemos presentado 24 enmiendas que ponen en valor el papel de economistas, auditores, contables y otros profesionales que, como expertos independientes, garantizan la transparencia y veracidad de la información que se hace pública en las distintas operaciones que afectan a los accionistas.

* Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.

Fraude fiscal. Se estrecha el cerco

DEBATE PARLAMENTARIO

FRAUDE FISCAL

Se estrecha el cerco

La evasión de impuestos hace que el fisco deje de ingresar miles de millones de euros, que podrían destinarse a cubrir gastos en sanidad, educación y servicios sociales. La nueva Ley Contra el Fraude Fiscal, que ahora se debate en el Parlamento, incorpora el Derecho comunitario al ordenamiento español y refuerza las medidas contra la elusión fiscal compleja y la economía sumergida.

ELVIRA ARROYO

[email protected]

LA COMISIÓN EUROPEA CALCULA que las arcas de la UE pierden alrededor de un millón de euros anuales debido a los comportamientos fraudulentos de empresas y ciudadanos. En España, el fraude fiscal supone unas pérdidas anuales de 91.600 millones de euros, según el sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha). Son cifras aproximadas porque la falta de trazabilidad de estas operaciones hace muy difícil medir su alcance real, pero el perjuicio que ocasionan al bienestar social es indudable.

La lucha contra la evasión de impuestos es un objetivo prioritario de los gobiernos europeos desde hace años pero, en las actuales circunstancias, es todavía más apremiante para poder cubrir las necesidades derivadas de la pandemia. “Hay que buscar formas de gravar a aquellos que no están pagando justamente su parte. Solo las empresas evitan pagar entre 50.000 y 190.000 millones de euros en impuestos cada año. Podemos salir de esta crisis de una manera justa y mantener la confianza de nuestros ciudadanos”, ha afirmado Paul Tang, presidente de la comisión de Asuntos Fiscales del Parlamento Europeo.


El gobierno cree que esta reforma podría tener un impacto de 828
millones de euros en las arcas públicas el próximo año


En España, el Congreso debate el nuevo proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que, además de recoger la directiva europea 2016/1164, contempla diversas acciones para reducir el fraude fiscal. El gobierno cree que esta reforma podría tener un impacto de 828 millones de euros en las arcas públicas el próximo año.

Entre otras novedades, se endurecen los requisitos para los pagos en efectivo, una de las prácticas defraudatorias más habituales. Concretamente, las transacciones en efectivo entre empresarios y profesionales no podrán superar los 1.000 euros, frente a los 2.500 actuales. Sin embargo, para minimizar los efectos colaterales en pequeñas economías domésticas se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados por particulares a empresarios y profesionales. También se reducen de 15.000 a 10.000 euros las operaciones en efectivo de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Se pondrá fin a las amnistías fiscales, al prohibir expresamente cualquier mecanismo extraordinario de regularización fiscal que implique la disminución de la deuda tributaria. El objetivo es impedir que haya beneficios tributarios injustificados para los que no cumplieron en su momento, con el consiguiente agravio comparativo para los españoles que atienden puntualmente sus obligaciones fiscales.


Las transacciones en efectivo entre empresarios y profesionales no
podrán superar los 1.000 euros, frente a los 2.500 actuales


Asimismo, habrá cambios en los requisitos para ser incluido en los listados de deudores que publica la Administración Tributaria. Con la entrada en vigor de la nueva normativa, entrarán en la lista aquellos que tengan deudas y sanciones tributarias superiores a los 600.000 euros, cuando ahora el límite está en un millón de euros. La ley aclara que, para evitar entrar en estas listas, las deudas se deben satisfacer durante el periodo de ingreso voluntario, sin que este pueda alargarse por solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento presentadas en dicho plazo.

Además, por primera vez se hará público el nombre de los responsables solidarios, con el objetivo de que las implicaciones de aparecer en el listado alcancen en mayor medida a los verdaderos responsables de las deudas.

Paraísos fiscales. Los paraísos fiscales pasarán a denominarse jurisdicciones no cooperativas, término utilizado internacionalmente, y se ampliarán los lugares que tendrán esta consideración. Por ejemplo, formarán parte de la lista de paraísos los territorios que faciliten la existencia de sociedades extraterritoriales para atraer beneficios sin actividad económica real; países con los que no exista un efectivo intercambio de información sobre el titular real de los bienes o derechos; aquellos donde exista una baja o nula tributación (hasta ahora sólo se tenía en cuenta la nula tributación); y los regímenes fiscales preferenciales que dan un trato de favor a los no residentes respecto a los residentes.

Con esto se pretende que los paraísos fiscales dejen de ser el refugio de una gran parte del dinero que se evade de las arcas públicas. Solo la pérdida impositiva asociada al entramado de sociedades conocido como los “papeles de Panamá”, podría haberse destinado a dar apoyo a 1,5 millones de puestos de trabajo.

Pero no hay que irse fuera de la UE para localizar territorios que facilitan la evasión de impuestos. En marzo de 2019, el Parlamento Europeo recordaba que siete países de la UE (Bélgica, Chipre, Hungría, Irlanda, Luxemburgo, Malta y Holanda) tienen lagunas legislativas que facilitan la planificación fiscal agresiva. Entre otras acciones, se pedía la supresión de los programas que permiten obtener la nacionalidad o la residencia en un Estado miembro a cambio de una inversión, en especial los de Malta y Chipre, dadas las escasas exigencias a los solicitantes.

Por otro lado y como resultado de la transposición de la directiva europea, se incluyen medidas para garantizar el pago de los impuestos allí donde se generen los beneficios. La implantación del exit tax hará que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal a otro país, se grave en España el valor económico de cualquier plusvalía creada.


Se pone fin a las amnistías fiscales al prohibir cualquier mecanismo extraordinario de regularización fiscal que reduzca la deuda tributaria


Sistemas informáticos. Otro aspecto fundamental es acabar con los denominados software de doble uso, programas informáticos que permiten la manipulación de los datos contables. A partir de ahora, los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial deberán cumplir una serie de requisitos que garanticen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones.

Finalmente, para aumentar el control sobre las criptomonedas, será obligatorio informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles.

Los españoles opinan
  • El 91,2% de los españoles piensan que en España existe mucho o bastante fraude fiscal.
  • El 59,6% de los españoles creen que la Administración hace pocos o muy pocos esfuerzos para luchar contra el fraude fiscal.
  • La falta de honradez y conciencia ciudadana es la principal razón que mueve a las personas a ocultar sus ingresos a Hacienda.
  • El principal efecto del fraude fiscal es que disminuye los recursos para financiar los servicios públicos y prestaciones sociales.

Fuente: CIS Estudio nº 3259. Opinión Pública y Política Fiscal (XXXVI) Septiembre-octubre 2019.

Regulación del juego

LA NUEVA NORMATIVA se propone acabar con el fraude en las actividades de juego, con especial atención a la manipulación de las apuestas deportivas. Con este fin, la autoridad encargada de la regulación del juego podrá tener acceso a los datos de identidad tratados por las federaciones deportivas españolas.

Además, para acabar con el juego no autorizado, se podrá requerir a cualquier proveedor de juegos, servicios de pago, entidades de comunicación audiovisual, medios de comunicación, agencias de publicidad y redes publicitarias, entre otros, información relativa a las operaciones realizadas por los operadores o por organizadores que carezcan de título habilitante.

Colaboración notarial

EN 2007 ENTRÓ en funcionamiento el Órgano de Colaboración Tributaria (OCT) para la prevención y lucha contra el fraude fiscal. Con la puesta en marcha de esta estructura el Notariado estrechó la colaboración con Hacienda, facilitando información sobre los movimientos de mayor trascendencia tributaria.

El OCT traslada mensualmente a la Agencia Tributaria información sobre las operaciones con trascendencia tributaria en las que alguna de las personas no hubiera comunicado al notario el NIF o se hubiera negado a identificar o aportar información sobre los medios de pago empleados en la compraventa de inmuebles.

Nuevo valor de referencia para la adquisición de inmuebles

LA ELEVADA litigiosidad existente en la valoración de los bienes gravados con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ha llevado a plantear una reforma que dé más seguridad jurídica a los contribuyentes y a las administraciones tributarias, basada en la doctrina del Tribunal Supremo.

En el caso de los bienes inmuebles, la base imponible de los tributos patrimoniales será el valor de referencia del Catastro. Este valor será fijado a partir de las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante un fedatario público.

El valor de referencia es distinto del valor catastral y, por tanto, esta norma no afectará a los impuestos que usan el valor catastral como base imponible (IRPF, IBI o el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

MARIO GARCÉS
Diputado Grupo Parlamentario Popular
@MarioGarcesSan
“Una oportunidad perdida”
En múltiples ocasiones, para desgracia de los operadores jurídicos y de los ciudadanos, las normas no cubren las expectativas para las que han sido elaboradas. Este es un caso inequívoco. El texto adolece de una estructura lógica, en línea con la asistemática propuesta de un Gobierno que legisla a golpe de contingencia ideológica, tal como se ha comprobado también en la modificación de 13 figuras tributarias en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Más allá de la necesaria transposición de la directiva comunitaria, el resto de artículos adolecen de un fin unitario y responden más bien a la adaptación a cierta doctrina del Tribunal Supremo que a buscar respuestas cabales compatibles con el interés general y los derechos de los contribuyentes. En ese orden de cuestiones, llama especialmente la atención la regulación de los pactos sucesorios en el IRPF, que, en los términos redactados, podría constituir una violación de los principios que rigen nuestro sistema constitucional.

PATRICIA BLANQUER
Diputada Grupo Parlamentario Socialista
@Patri_Blanquer

“Pretende aumentar la transparencia fiscal e impedir el agravio que causan las prácticas abusivas”

El proyecto de ley persigue lograr una política tributaria más justa y eficaz con medidas como la prohibición de las amnistías fiscales y del denominado software de doble uso, la lucha del fraude en el juego, el mayor control sobre las criptomonedas, el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones y la transposición de normas comunitarias contra las prácticas de elusión fiscal, de planificación fiscal agresiva. Normas que pretenden aumentar la transparencia fiscal e impedir el agravio y la competencia desleal que las prácticas abusivas y fraudulentas causan a los contribuyentes que sí cumplen con sus obligaciones tributarias. Legislación imprescindible para generar un entorno estable y con condiciones equitativas a todas las empresas que generarán un incremento recaudatorio estimado de más de 800 millones de euros para el próximo año.

RODRIGO JIMÉNEZ REVUELTA
Diputado Grupo Parlamentario VOX
@rodrijr111
“Enmascara una subida de impuestos generalizada”
Un proyecto de ley oscuro, complejo y propio del régimen que hoy nos gobierna que enmascara una subida de impuestos generalizada sobre el Patrimonio, Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones y Donaciones. Con la excusa de la transposición de la directiva, que sólo trata el Impuesto sobre Sociedades y que aprovechan para tocar todos los impuestos.

Con la excusa de alta litigiosidad por el concepto de valor real provocará un incremento de los costes para el contribuyente en el nuevo intento de cálculo de valor de los inmuebles.

Nuevas imposiciones fiscales a través de sanciones, penalización de la transmisión de negocios familiares, ataca las competencias de las comunidades autónomas y promueve inseguridad jurídica del contribuyente.

Limita la posibilidad de recursos y pretende la eliminación temporal del dinero en efectivo perjudicando a los colectivos más desfavorecidos, al pequeño comercio, a la mayoría de pensionistas y condiciona la libertad.

* Se recogen las opiniones de los principales grupos parlamentarios que han considerado oportuno participar.